1.- Otórgase y modifíquese una concesión de radiodifusión comunitaria ciudadana, para la comuna de Colina, Región Metropolitana, a Corporación de Artes y Cultura de Colina, RUT Nº 65.057.407-9, con domicilio en Avenida Colina Nº 700, comuna de Colina, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria.
2.- Apruébase el proyecto técnico, contenido en la solicitud para acogerse al régimen de radiodifusión sonora comunitaria ciudadana. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
3.- Facúltase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de radiodifusión comunitaria ciudadana, señal distintiva XQJ-201, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican:
- Tipo de servicio : Radiodifusión Comunitaria Ciudadana.
- Zona de servicio : Comuna de Colina, Región Metropolitana.
Superficie delimitada por una intensidad de
campo mayor o igual que 74 dB (μV/m),
referida al punto de emisión de la señal.
- Período de la concesión : 10 años.
- Frecuencia : 107,3 MHz.
- Potencia máxima radiada : 25 W.
Sin perjuicio de la potencia máxima radiada de 25 W autorizada a esta concesión, en cuanto elemento de su esencia, y a fin de cumplir con los requisitos previstos en el artículo 4º de la ley 20.433, la concesionaria deberá operar con una potencia máxima en el transmisor de 1 W, atendidas la actual ubicación de su planta transmisora y demás instalaciones y el conjunto de las restantes características técnicas del sistema radiante.
- Diagrama de Radiación : Direccional.
- Ganancia : 1,5 dBd de ganancia máxima.
- Polarización : Vertical.
- Tipo de antenas : Dipolo de 1/2 onda.
- Nº Antenas : 1.
- Altura del centro de radiación : 6 m.
- Pérdidas en cables, conectores y otros : 2,45 dB
- Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla:

.
- Tipo de emisión : 180KF8EHF
- Desviación máxima : ±75 kHz
- Ubicación del Estudio, Planta : Avenida Colina Nº 700, comuna de Colina,
Transmisora y Sistema Radiante Región Metropolitana.
- Coordenadas Geográficas : 33º12'15'' Latitud Sur.
70º41'01'' Longitud Oeste.
Datum WGS84.
4.- Los plazos de inicio y término de obras, de inicio de servicio, de la modificación técnica solicitada, se contarán a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto y serán los siguientes:
- Plazo inicio de obras : 10 días.
- Plazo término de obras : 20 días.
- Plazo inicio de servicios : 30 días.
5.- En virtud de lo dispuesto en los artículos 13º y 14º de la ley Nº 20.433, la concesionaria podrá difundir menciones comerciales, para lo cual deberá estar inscrita en el registro especial creado al efecto por la Subsecretaría, en cuyo caso se encontrará afecta al pago de derechos por utilización del Espectro Radioeléctrico.
6.- El presente decreto de otorgamiento y modificación deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley.
7.- La concesionaria no podrá iniciar los servicios, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que corresponden al respectivo proyecto técnico aprobado.
8.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.