Decreto 415 EXENTO AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS QUE INDICA

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES

Promulgacion: 13-JUL-2017 Publicación: 27-NOV-2017

Versión: Única - 27-NOV-2017

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AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS QUE INDICA
    Santiago, 13 de julio de 2017.- Con esta fecha de ha resuelto lo que sigue:
    Núm. 415 exento.
    Vistos:
    Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones; el DFL Nº 10, de 1981, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que crea la Empresa de Correos de Chile; el decreto ley Nº 799, de 1974, que dicta Disposiciones que Regulan Uso y Circulación de Vehículos Estatales; el oficio circular Nº 26 de 15 de abril de 2003, de los Ministerios de Hacienda y del Interior; el decreto Nº 19, de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por Orden del Presidente de la República"; el Dictamen Nº 35.593, de 1995, de la Contraloría General de la República; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
    Considerando:
    1. Que, la Empresa de Correos de Chite es un organismo de administración autónoma del Estado, con patrimonio propio, el que se relaciona con la Presidenta de la República a través del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
    2. Que, la referida Empresa, con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el decreto ley Nº 799, de 1974, que dicta Disposiciones que Regulan Uso y Circulación de Vehículos Estatales, solicita respecto de un vehículo arrendado por ésta, la autorización para circular en días sábados en la tarde, domingos y festivos, atendido que su utilización ininterrumpida es necesaria para el desarrollo de las actividades propias de su cometido, requiriendo destinar la camioneta marca Chevrolet, modelo D MAX II 2.5, año 2016, para su utilización por parte del personal de la Subgerencia de Seguridad a fin de constituirse en cualquier horario en aquellas dependencias de Correos de Chile que sean objeto de hechos delictivos, o bien en caso de incidencias de seguridad que las afecten;
    3. Que, atendido lo expuesto y en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º del decreto ley Nº 799, de 1974,
    Se decreta:
    1° Autorícese la circulación en todo el territorio nacional en días sábados en la tarde, domingos y festivos, y sin restricción de horarios, del vehículo arrendado por la Empresa de Correos de Chile que a continuación se individualiza:

    Vehículo            : Camioneta
    Marca              : Chevrolet
    Modelo              : D MAX II 2.5
    Año                : 2016
    Color              : Rojo Terracota
    Nº Chassis          : MPATFR86JFT004151
    Nº Motor            : NH9451
    I.R.N.V.M.          : HYKZ.59-K
    Placa patente única : HYKZ.59-K
    Arrendador          : Rentas y Servicios S.A., RUT Nº 76.095.267-2
    Propietario        : Banco de Crédito e Inversiones, RUT Nº 97.006.000-6

    3° La Empresa de Correos de Chile estará obligada a establecer los controles internos y resguardos que procedan, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º del decreto ley Nº 799, de 1974.
    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.- Mario Fernández Baeza, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Consuelo Maldonado Herrera, Jefa de División Administración y Finanzas.
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