MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA TORRES UNIDAS CHILE SPA
Santiago, 14 de septiembre de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 622 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
d) El decreto supremo N° 99 de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar intermedios de concesiones de servicios telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones.
f) La resolución exenta N° 3.774, de 2012, de la Subsecretaría.
g) La resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 89.345 de 06.07.2017.
b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
Decreto: