Artículo 3º.- Proyectos, programas y acciones elegibles: Los proyectos, programas y acciones elegibles deberán ajustarse a los recursos asignados anualmente por la Ley de Presupuestos del Sector Público, a través del Ministerio del Medio Ambiente o a las otras fuentes de recursos mencionadas en el artículo precedente, y podrán enmarcarse dentro de las siguientes líneas o sublíneas:
Línea 1: Sensibilización ciudadana para prevenir la generación de residuos y fomentar la separación en origen, reutilización, reciclaje y otro tipo de valorización.
Sub líneas:
a) Campañas de comunicación para prevenir la generación de residuos en la comunidad, y fomentar la separación en origen, reutilización, reciclaje y otro tipo de valorización.
b) Actividades de educación ambiental y capacitación de la comunidad para prevenir la generación de residuos, fomentar la separación en origen, reutilización, reciclaje y otro tipo de valorización.
c) Actividades de sensibilización ciudadana para fomentar la separación en origen, que contemplen instalaciones de recepción y almacenamiento de residuos y su equipamiento.
Línea 2: Promoción del conocimiento técnico municipal y de los recicladores de base para prevenir la generación de residuos y fomentar la separación en origen, recolección selectiva, reutilización, reciclaje y otro tipo de valorización.
Sub líneas:
a) Actividades de capacitación orientadas a potenciar las competencias al interior de las municipalidades en materia de prevención para la generación de residuos, fomento de la separación en origen, recolección selectiva, reutilización, reciclaje y otro tipo de valorización.
b) Actividades de capacitación orientadas a potenciar las competencias de los recicladores de base en materia de prevención de la generación de residuos, separación en origen, recolección selectiva y pretratamiento.
c) Asistencia para la certificación de competencias laborales de los recicladores de base con el objeto de obtener la certificación exigida en el artículo 32 de la ley Nº 20.920.
d) Asistencia técnica dirigida al municipio para: desarrollar diagnósticos sobre la gestión de residuos; elaborar planes o programas de gestión integral de residuos orientados al pretratamiento; implementar ordenanzas que incorporen la obligación de separar residuos en origen y; diseñar e implementar medidas de prevención para la generación de residuos.
e) Desarrollar el diseño y memoria técnica de las instalaciones de recepción y almacenamiento de residuos, con o sin pretratamiento.
Línea 3: Implementación de proyectos de infraestructura para fomentar la reutilización, reciclaje y otro tipo de valorización de residuos. A través de esta línea se financiarán proyectos, programas y acciones en la medida en que sean necesarios para el cumplimiento del objeto del Fondo.
Sub líneas:
a) Construcción de instalaciones de recepción y almacenamiento de residuos, con o sin pretratamiento.
b) Adquisición de equipamiento, vehículos y maquinaria para instalaciones de recepción y almacenamiento de residuos.
c) Operación de instalaciones de recepción y almacenamiento de residuos, con o sin pretratamiento.