Resolución 11025 EXENTA MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.555 EXENTA (V. Y U.), DE 2017, QUE LLAMA A POSTULACIÓN NACIONAL DEL PROGRAMA DE SUBSIDIO DE ARRIENDO DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 52 (V. Y U.), DE 2013

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Promulgacion: 08-SEP-2017 Publicación: 14-SEP-2017

Versión: Única - 14-SEP-2017

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MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.555 EXENTA (V. Y U.), DE 2017, QUE LLAMA A POSTULACIÓN NACIONAL DEL PROGRAMA DE SUBSIDIO DE ARRIENDO DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 52 (V. Y U.), DE 2013
    Santiago, 8 de septiembre de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 11.025 exenta.
    Vistos:
    a) El DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, y sus modificaciones, que regula el Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda;
    b) La resolución exenta Nº 1.555 (V. y U.), de 2017, que llama a postulación nacional del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, y
    Considerando:
    a) Que la postulación al Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda ha aumentado y con las selecciones realizadas durante el año 2017 se ha atendido solo a un 42% de la demanda;
    b) Que existen recursos disponibles en el Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda que permiten aumentar los recursos dispuestos por la resolución citada en el visto b);
    c) Que, por otra parte, se estima necesario ampliar el plazo de postulación cuya fecha de cierre es el 31 de octubre, para dar oportunidad de postular a todos los interesados en el Programa que no han podido ingresar por desconocimiento del período dispuesto para ello, dicto la siguiente
    Resolución:
    1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.555 (V. y U.), de 2017, en el siguiente sentido:
    1.1. En el resuelvo 1º reemplázase la frase "hasta el 31 de octubre de 2017" por la frase "hasta el 10 de noviembre de 2017".
    1.2. En el resuelvo 3º sustitúyese el guarismo "1.360.000" por "1.420.690".
    1.3. En el resuelvo 4º reemplázase la tabla por la siguiente:

    .
    .

    1.4. En el resuelvo 5º sustitúyese el guarismo "170.000" por "204.000".
    2. Establécese que la resolución exenta Nº 1.555 (V. y U.), de 2017, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Paulina Saball Astaburuaga, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- José Luis Sepúlveda Soza, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).
documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 26 del 04 de 2025 a las 18 horas con 6 minutos.