APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS DE LA SEGUNDA QUINCENA DEL MES DE JUNIO CORRESPONDIENTE AL LLAMADO EXTRAORDINARIO DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS EN SU TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 255 (V. Y U.), DE 2006, MODALIDAD DE BANCO DE MATERIALES CON SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN, DESTINADO A LA ATENCIÓN DE LOS DAMNIFICADOS DE LA REGIÓN DE COQUIMBO
Santiago, 14 de julio de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 8.582 exenta.
Visto:
b) La resolución exenta Nº 8.315 (V. y U.), de fecha 23 de diciembre de 2016, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2017, en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006;
c) La
resolución exenta Nº 6.058 (V. y U.), de fecha 11 de mayo de 2017, que Llama a Postulación Extraordinaria para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar en su Título II, Mejoramiento de la Vivienda, regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, destinada a la atención de los damnificados de la Región de Coquimbo, y
Considerando:
1) Que a través de la resolución citada en el visto c), se llamó a postulación extraordinaria para la atención de damnificados de la Región de Coquimbo, para distintas modalidades de reparación de las viviendas afectadas, pudiendo las familias damnificadas optar a estos subsidios a través de la modalidad de Banco de Materiales con contratación de servicios de construcción y reparación o bajo la modalidad de reparación de vivienda a través de proyectos que contemplen la contratación de una empresa constructora o profesional del área de la construcción, que será responsable de la totalidad de la ejecución del proyecto.
2) Que cerrado el proceso de postulación de la primera quincena del mes de junio, del Llamado Extraordinario para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar en su Título II, Mejoramiento de la Vivienda, Modalidad Daño Reparable Moderado, regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, dicto la siguiente
Resolución: