FIJA LÍMITES DEL MONUMENTO HISTÓRICO "CASA LLAMADA DE VELASCO", UBICADA EN LA COMUNA Y PROVINCIA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA, DECLARADO COMO TAL, MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO Nº 6.006, DE 1981, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Núm. 363.- Santiago, 20 de diciembre de 2016.
Considerando:
Que, por decreto supremo Nº 6.006, de 10 de septiembre de 1981, se declaró monumento histórico a la "Casa llamada de Velasco", ubicada en calle Santo Domingo Nº 629, de la comuna y provincia de Santiago, Región Metropolitana;
Que, en el citado acto administrativo no se estableció un polígono oficial de los límites del monumento histórico, motivo por el cual se procede a la dictación del presente decreto;
Que, en la sesión ordinaria de 6 de julio de 2016, se aprobó por unanimidad el polígono de protección propuesto, por la Comisión de Arquitectura y Patrimonio Urbano del Consejo de Monumentos Nacionales, fijándose en consecuencia, los límites del citado monumento, y
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; la Ley Nº 17.288 de Monumentos Nacionales; el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; el decreto supremo Nº 6.006, de 10/09/1981, del Ministerio de Educación Pública; el oficio Ord. Nº 4.013, de 16/11/2016, del Vicepresidente Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales; el acta de sesión ordinaria de 6 de julio de 2016 (punto 41), del Consejo de Monumentos Nacionales y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,
Decreto: