Resolución 8580 EXENTA DISPONE NUEVO PLAZO PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, CUYO TEXTO FUE REEMPLAZADO POR EL ARTÍCULO PRIMERO DEL DS N° 105 (V. Y U.), DE 2014, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, DISPUESTO POR RESOLUCIÓN N° 6.086 EXENTA (V. Y U.), DE 2016, Y SUS MODIFICACIONES

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Promulgacion: 29-DIC-2016 Publicación: 05-ENE-2017

Versión: Única - 05-ENE-2017

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DISPONE NUEVO PLAZO PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, CUYO TEXTO FUE REEMPLAZADO POR EL ARTÍCULO PRIMERO DEL DS N° 105 (V. Y U.), DE 2014, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, DISPUESTO POR RESOLUCIÓN N° 6.086 EXENTA (V. Y U.), DE 2016, Y SUS MODIFICACIONES

    Santiago, 29 de diciembre de 2016.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 8.580 exenta.
    Visto:
    a) El  DS N° 49 (V. y U.), de 2011, cuyo texto fue reemplazado por el Artículo Primero del DS N° 105 (V. y U.), de 2014, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    b) La resolución exenta N° 9.987 (V. y U.), de fecha 22 de diciembre de 2015, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2016 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011;
    c) La resolución exenta N° 6.086 (V. y U.), de fecha 20 de septiembre de 2016, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el  DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de construcción en nuevos terrenos;
    d) La resolución exenta N° 8.394 (V. y U.), de fecha 28 de diciembre de 2016, que modifica resolución exenta N° 6.086 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de construcción en nuevos terrenos y aprueba proyectos seleccionados correspondientes al mes de noviembre del año 2016, y
    Considerando:
    a) Que la resolución citada en el visto d) precedente introdujo una modificación al llamado a proceso de selección a que se refiere la resolución exenta citada en el visto c), cuyo fin era que postulantes cuya información no estaba disponible del Registro Social de Hogares, pudiesen postular si cumplían requisitos para ello;
    b) Que no es posible aplicar la modificación introducida en la resolución del visto d), pues el llamado a proceso de selección cerró el 27 de diciembre, fecha anterior a la total tramitación de este acto modificatorio;
    c) Que es necesario ratificar actuaciones realizadas por los Serviu tendientes a materializar la postulación de las personas que presentaban la dificultad señalada en el considerando a) precedente, dicto la siguiente
    Resolución:

    1. Establécese el 30 de diciembre como plazo de calificación máxima para que proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos puedan participar en el llamado a proceso de selección dispuesto por la resolución exenta N° 6.086 (V. y U.), de fecha 20 de septiembre de 2016.
    2. Convalídase lo actuado por los Serviu entre el día 28 de diciembre y la tramitación de esta resolución.
3. Establécese que la resolución exenta N° 6.086 (V. y U.), de 2016, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Paulina Saball Astaburuaga, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Iván Leonhardt Cárdenas, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.
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