FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTE DEL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES
Núm. 116.- Valparaíso, 4 de abril de 2016.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.891, que creó el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; en la resolución exenta Nº 483, de 2006, de este Servicio, que aprueba el Reglamento interno del Directorio del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes; en el decreto supremo Nº 336, de 2003, del Ministerio de Educación, que aprueba el Reglamento para el nombramiento de los integrantes del Directorio, del Comité Consultivo Nacional, de los Consejos Regionales y de los Comités Consultivos Regionales del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes; y lo solicitado en el memorando interno Nº 2/160, del Subdirector Nacional (S).
Considerando:
Que la Ley Nº 19.891 creó el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, que tiene por misión promover un desarrollo cultural armónico, pluralista y equitativo entre los habitantes del país, a través del fomento y difusión de la creación artística nacional, así como de la preservación, promoción y difusión del patrimonio cultural chileno, adoptando iniciativas públicas que promueven una participación activa de la ciudadanía en el logro de tales fines.
Que la Dirección Superior de este Consejo corresponde al Directorio, el cual estará integrado por personalidades que representarán a los distintos sectores públicos y privados, relacionados con la cultura y las artes, conforme al
artículo 5º de la
ley Nº 19.891, entre los cuales, se encuentran dos académicos del área de la creación artística, del patrimonio o de la gestión cultural, designados uno por el Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas y otro por los Rectores de las Universidades Privadas Autónomas.
Que atendido a que se ha cumplido el plazo legal de duración del cargo del representante en ejercicio correspondiente al integrante del Directorio designado por los Rectores de las Universidades Privadas Autónomas, se procedió a solicitar a dicha entidad la designación de su respectivo representante.
Que de conformidad con lo requerido en el artículo 6º del decreto supremo Nº 336, de 2003, del Ministerio de Educación, en el mes de noviembre de 2015, el Ministro Presidente convocó a los Rectores de las Universidades Privadas Autónomas para que acuerden la respectiva designación.
Que con fecha 2 de diciembre de 2015 se efectuó la reunión de los Rectores de las Universidades Privadas Autónomas para los fines ya referidos, habiéndose designado como nuevo integrante del Directorio a don Óscar Acuña Poblete.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 7º de la ley Nº 19.891, a través de resolución exenta Nº 483, de 2007, de este Servicio se aprobó el Reglamento Interno de funcionamiento del Directorio, el cual establece en su artículo 8º que las personas designadas para integrar el Directorio permanecerán en su cargo por 4 años consecutivos, pudiendo ser designados sólo una vez para un nuevo periodo consecutivo. Asimismo, establece que dichas personas comenzarán a cumplir sus funciones a partir del día 15 de enero del año que corresponda.
Que en función de lo dispuesto en el Dictamen de la Contraloría General de la República Nº 84.990, de fecha 4 de noviembre de 2014, los integrantes del mencionado órgano colegiado ejercen una función pública, por lo que el acto administrativo que los designa se encuentra afecto al trámite esencial de Toma de Razón.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto, es necesario dictar el respectivo acto administrativo que formalice la designación efectuada, por lo que
Resuelvo: