Decreto 153 MODIFICA DECRETOS Nº 202, DE 2014, Y Nº 150, DE 2015, AMBOS DEL MINISTERIO DE SALUD

MINISTERIO DE SALUD

Promulgacion: 23-DIC-2015 Publicación: 26-ENE-2016

Versión: Única - 26-ENE-2016

Url: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?i=1086946&f=2016-01-26



MODIFICA DECRETOS Nº 202, DE 2014, Y Nº 150, DE 2015, AMBOS DEL MINISTERIO DE SALUD
     
    Núm. 153.- Santiago, 23 de diciembre de 2015.
     
    Visto:
     
    Lo informado por memorándum C52/Nº 119, de 15 de diciembre de 2015, de la División de Atención Primaria, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, del Ministerio de Salud; lo dispuesto en los artículos 1º, 2º, 24º, 26º, 28º, 49º, 51º y 56º inciso tercero de la Ley Nº 19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal; en los artículos 2º, 3º, 4º y 11º del decreto Nº 2.296, de 1995, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento General de la Ley Nº 19.378; en la ley Nº 20.883 de 2015, que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala y concede otros beneficios que indica; en el decreto Nº 202, de 2014, del Ministerio de Salud, que determina el aporte estatal a municipalidades que indica para sus entidades administradoras de salud municipal por período que señala; en el decreto Nº 150, de 2015, del Ministerio de Salud, que modifica decreto Nº 202, de 2014; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
     
    Considerando:
     
    1.- Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley Nº 20.883, de 2015, se otorgó a contar del 1 de diciembre del año en curso, un reajuste de 4,1% a las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en dinero de los trabajadores del sector público.
    2.- Que, es necesario transferir a las municipalidades, las sumas correspondientes al mayor gasto que representa el aumento de remuneraciones descritos en el considerando anterior, en el nivel de la atención primaria de salud.
    3.- Que existen mayores recursos para efectuar el aporte estatal a las entidades administradoras de salud municipal.
    4.- La necesidad de modificar el monto del aporte estatal y del aporte básico unitario homogéneo.
    5.- Que en mérito de lo expuesto, dicto el siguiente:
     
    Decreto:
     
    1.- Modifícase el artículo 1º del decreto Nº 150, de 2015, del Ministerio de Salud, en la forma que a continuación se indica:
     
    - Sustitúyese, la expresión "$742.606.211.768 (Setecientos cuarenta y dos mil seiscientos seis millones, doscientos once mil setecientos sesenta y ocho pesos) por la siguiente:
    "$744.648.477.993 (Setecientos cuarenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y ocho millones, cuatrocientos setenta y siete mil novecientos noventa y tres pesos)".
     
    2º.- Modifícase el artículo 2º letra a) del decreto Nº 202, de 2014, del Ministerio de Salud, en la forma que a continuación se indica:
     
    - Sustitúyese la cifra "$4.373 (Cuatro mil trescientos setenta y tres pesos) por la siguiente:
    "$4.516 (Cuatro mil quinientos dieciséis pesos)".
     
    3º.- Déjase establecido la plena vigencia del decreto Nº 202, de 2014, y del decreto Nº 150, de 2015, que lo modifica, ambos del Ministerio de Salud, en todo lo no modificado por el presente decreto.


   
    Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Carmen Castillo Taucher, Ministra de Salud.- Jorge Burgos Varela, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Alejandro Micco Aguayo, Ministro de Hacienda (S).
    Transcribo para su conocimiento decreto afecto Nº 153, de 23-12-2015.- Saluda atentamente a Ud., Jaime Burrows Oyarzún, Subsecretario de Salud Pública.
documento impreso desde www.bcn.cl/leychile el 26 del 04 de 2025 a las 17 horas con 33 minutos.