MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 7.995 EXENTA (V. Y U.), DE 2013, QUE APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS DEL QUINTO LLAMADO NACIONAL 2013, DEL SISTEMA INTEGRADO DE SUBSIDIO HABITACIONAL, REGULADO POR EL DS Nº 1 (V. Y U.), DE 2011, EN EL SENTIDO QUE INDICA
Santiago, 9 de diciembre de 2015.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 9.574 exenta.
Visto:
El
DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, que regula el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional y sus modificaciones, en especial lo previsto en sus artículos 20, 21, 22 y 23 y en su Título I de dicho Reglamento; la resolución exenta Nº 6.674 (V. y U.), de fecha 10 de septiembre de 2013, publicada en el Diario Oficial del 14 de septiembre de 2013; la resolución exenta Nº 32 (V. y U.), de fecha 4 de enero de 2013; la resolución exenta Nº 7.995 (V. y U.), de fecha 6 de noviembre de 2013, publicada en el Diario Oficial del 28 de noviembre de 2013; el oficio Nº 6.755, de fecha 10 de julio de 2015, de la Directora (P. y T.) Serviu Región del Biobío, por el que solicita autorización de aplicación del subsidio habitacional correspondiente al Certificado de Subsidio Habitacional Serie DS1T1 7-2013 NA02446, en la Región de Valparaíso, y
Considerando:
a) Que por resolución exenta Nº 6.674 (V. y U.), de 2013, modificada por la resolución exenta Nº 7.995 (V. y U.), de 2013, se formuló en Quinto Llamado Nacional 2013 para postulación al Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, regulado por el DS Nº 1 (V. y U.), de 2011;
b) Que en el resuelvo 2º de la resolución exenta Nº 7.995 (V. y U.), de 2013, se aprobaron las nóminas de postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional correspondiente al Quinto Llamado Nacional 2013, realizada a través de la resolución exenta señalada en el considerando precedente, fijándose en 5.600 el número de postulantes seleccionados en su Título I;
c) Que entre los postulantes seleccionados por la resolución exenta Nº 7.995 (V. y U.), de 2013, señalada se incluyó, entre otros, a la persona que a continuación se individualiza, a cuyo favor se extendió el Certificado de Subsidio Habitacional que se indica:

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d) Que por oficio Nº 6.755, citado en el Visto de esta resolución, la Directora (P. y T.), del Serviu de la Región del Biobío, solicitó autorización para modificar la región de aplicación del Subsidio otorgado a la persona que se individualiza en el considerando c), de esta resolución, en la forma que se señala a continuación:

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e) Que de acuerdo a los antecedentes adjuntos al oficio señalado en el considerando anterior, entre los cuales se encuentra el Certificado emitido por el Hospital Carlos Van Buren y otros antecedentes que permiten tener por acreditado que la beneficiaria singularizada en el considerando c) anterior y su grupo familiar, residen en la Región de Valparaíso, y habiéndose extendido su certificado en la Región del Biobío, es procedente acoger su solicitud en el sentido de permitirle aplicar el beneficio en la Región de Valparaíso y emitir un nuevo Certificado de Subsidio en reemplazo del anterior, dicto la siguiente:
Resolución: