Decreto 944 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE COLLIPULLI

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES

Promulgacion: 28-AGO-2015 Publicación: 16-OCT-2015

Versión: Única - 16-OCT-2015

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MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE COLLIPULLI
     
    Santiago, 28 de agosto de 2015.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 944 exento.
     
    Vistos:
     
a)  El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante, la Subsecretaría;
b)  La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante, la ley;
c)  La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d)  El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e)  El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
f)  La resolución exenta Nº 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora, y
     
    Considerando:
     
a)  La solicitud de modificación, ingreso Subtel Nº 22.491, de 22.02.2012, complementada por ingresos Subtel Nº 61.480, de 23.07.2012 y Nº 81.420, de 10.10.2012, y
b)  Que no se formularon oposiciones a la solicitud de modificación referida en la letra a) precedente.
     
    Decreto:
     
    1. Modifícase, la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Collipulli, IX Región, señal distintiva XQD-581, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra g) de los Vistos, cuyo titular es la sociedad Radio Corporación S.A., RUT Nº 96.677.320-0, con domicilio en Avda. Presidente Salvador Allende Nº 92, comuna de San Joaquín, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en los términos que a continuación se indican.
    2. Apruébase el proyecto técnico contenido en la solicitud de modificación presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
    3. Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación el estudio, la planta transmisora y cambiar características técnicas del sistema radiante, en los términos que a continuación se señalan:
   
    .
     
    4. El presente decreto de modificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley.
    5. Los plazos serán los que se indican a continuación:
   
- Inicio de obras  : 30 días.
- Término de obras  : 60 días.
- Inicio de servicio: 90 días.

    Todos estos plazos se contarán a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto.

    6. La concesionaria no podrá iniciar los servicios que comprende la presente modificación, sin que sus obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría; para estos efectos deberá solicitar, por escrito, que se verifique que dichas obras e instalaciones se encuentran correctamente ejecutadas y que correspondan a la solicitud aprobada.
    7. La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que se encuentra totalmente tramitado por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el presente decreto.
    8. Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos, normas técnicas y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables.

    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
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