MODIFICA LÍMITES DE LA ZONA TÍPICA "PLAZA MUÑOZ GAMERO Y EDIFICIOS QUE LA OCOTAN DE PUNTA ARENAS", UBICADA EN LA COMUNA DE PUNTA ARENAS, PROVINCIA DE MAGALLANES, REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA, DECLARADA COMO TAL, MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO Nº 67, DE 1991, EN LA FORMA QUE INDICA
Núm. 330.- Santiago, 10 de agosto de 2015.
Considerando:
Que, por decreto supremo Nº 67, de 22 de febrero de 1991, del Ministerio de Educación, se declaró como zona típica a la Plazo Muñoz Gomero de Punta Arenas y a los edificios que la acotan, ubicada en la comuna de Punta Arenas, provincia de Magallanes, Región de Magallanes y Antártica Chilena, como consta en el artículo 1º del citado acto administrativo;
Que, con el propósito de resguardar de mejor manera el carácter ambiental y propio, así como los valores definidos en el decreto, de la zona típica mencionada, el Consejo de Monumentos Nacionales, trabajó una propuesta de ampliación de límites, o lo que se suma la solicitud formal del Sr. Emilio Bocazzi Campos, Alcalde de la Municipalidad de Punta Arenas, de ampliar dicha zona;
Que, en la sesión ordinaria del 8 de octubre de 2014, el Consejo de Monumentos Nacionales, se revisó la propuesta, fijándose por mayoría de los consejeros, los nuevos límites de la zona típica de la Plaza Muñoz Gomero y edificios que la acotan de Punta Arenas, motivo por el cual procede la dictación del presente decreto modificatorio, y
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; la ley Nº 17.288; el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; el decreto supremo Nº 67, de 22/02/1991, del Ministerio de Educación; los Oficios ORD. Nº 4.780, de 30/12/2014 y Nº 1.269 de 06/05/2015, de la Secretaria Ejecutiva (S) del Consejo de Monumentos Nacionales; el Oficio ORD. Nº 1.053, de 24/07/2013, del Alcalde de la Municipalidad de Punta Arenas; las Actas de la Sesión Ordinaria de 8 de octubre de 2014 (punto 16) y Ordinaria de 11 de marzo de 2015 (punto 575), del Consejo de Monumentos Nacionales y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;
Decreto: