Modifícase la concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, otorgada a la empresa Fibersat S.A., RUT Nº96.948.730-6, con domicilio en Nueva Providencia Nº1.881, piso 5, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria para modificar los plazos de inicio de obras, término de obras e inicio de servicio, señalados en decreto supremo Nº23 de 2002, los plazos máximos se indica a continuación:
2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
4. La presente modificación lo es sin perjuicio de la aplicación que corresponde de la legislación urbanística vigente al momento de dictación del presente acto administrativo relativa a la autorización para la instalación de la infraestructura soporte de la antena y sistema radiante, producto de las modificaciones introducidas por la Ley Nº 20.599 a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y ello precisamente por el hecho de no haberse dado inicio a las obras en el plazo establecido originalmente en el acto administrativo que autorizó la instalación de las estaciones cuyos plazos se modifican mediante este decreto.