DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO AL MURAL "EL PRIMER GOL DEL PUEBLO CHILENO", DE ROBERTO MATTA, UBICADO EN LA COMUNA DE LA GRANJA, PROVINCIA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA
Núm. 124.- Santiago, 10 de abril de 2015.
Considerando:
Que, el Consejo de Monumentos Nacionales recibió la solicitud del Sr. Felipe Delpin Aguilar, Alcalde de la comuna de La Granja, para declarar como monumento nacional en la categoría de monumento histórico al mural de Roberto Matta, "El primer gol del pueblo chileno", ubicado en Avenida Santa Rosa Nº 9014, de la comuna de La Granja, provincia de Santiago, Región Metropolitana;
Que, en el año 1971, en el marco de la implementación de las políticas de Estado, para la inclusión ciudadana de los sectores marginales de Santiago, Roberto Matta viajó a Chile, proyectó el muro de soporte, diseñó el mural y dio las indicaciones sobre la aplicación del color que realizaría la Brigada Ramona Parra (BRP);
Que se destaca la peculiar historia del mural en términos de conservación y restauración: ya que en 1973, tras el golpe militar, el mural fue cubierto con la aplicación de varias capas de pintura y permaneció así hasta el año 2006, fecha en que se inició su recuperación y restauración. Entre los años 2007 y 2010 se diseñó y construyó el actual edificio de la Corporación Cultural La Granja, diseño que se proyectó de tal manera que contuviera, en su interior, la totalidad del mural;
Que, los valores históricos que se identifican en el mural son los siguientes:
a) Roberto Matta es uno de los más destacados artistas chilenos del siglo XX, lo que lo ha hecho merecedor de múltiples reconocimientos, entre ellos, el Premio Nacional de Arte (1990), el Premio Príncipe de Asturias de las Artes (1992) y el Praemium Imperiale de Pintura (1995).
b) Fue la primera obra en Chile en la que intervino tanto el autor como la Brigada Ramona Parra, como ejemplo de complementariedad de saberes y prácticas estéticas hasta entonces desvinculadas.
c) El mural testimonia un momento histórico en el que el Estado concibió el arte como expresión accesible a toda la ciudadanía. Para cumplir con este propósito proyectó nuevos circuitos de exhibición, fuera de la institucionalidad del sistema del arte convencional de los museos o de las galerías de arte.
d) Es una obra que logró ser rescatada tras un meticuloso trabajo de restauración, luego de permanecer oculta por cerca de 33 años, debido a una acción de censura de las autoridades de la época.
e) El título "El primer gol del pueblo chileno" alude y conmemora el primer aniversario del gobierno de la Unidad Popular en Chile;
Que, la solicitud de declaratoria cuenta con la opinión favorable del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, de la Intendencia de la Región Metropolitana, de Honorables integrantes del Congreso Nacional, un Senador y tres Diputados de la República, de Concejales de la Municipalidad de La Granja, de un Consejero Regional Metropolitano y del Consejo de la Sociedad Civil de La Granja;
Que, el Consejo de Monumentos Nacionales, en su sesión de 12 de noviembre de 2014, aprobó por unanimidad, la declaratoria como Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico para el edificio sede del Tribunal Calificador de Elecciones, y
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; la Ley Nº 17.288; el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; los oficios Ord. Nº 4.650, de 17/12/2014 y Nº 846 de 26/03/2015, ambos de la Secretaría Ejecutiva del Consejo de Monumentos Nacionales; las Actas de Sesión Ordinaria de 12 de noviembre de 2014 (punto 16) y Sesión Ordinaria de 14 de enero de 2015 (punto 335) del Consejo de Monumentos Nacionales; la carta del Sr. Felipe Delpin Aguilar, Alcalde de la Municipalidad de La Granja, ingresada al CMN, el 17/04/2014; carta de apoyo del Intendente de la Región Metropolitana, Claudio Orrego Vicuña, de 25/07/2014; carta de respaldo de la Ministra Presidenta del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, Claudia Barattini Contreras, de 14/04/2014; carta de patrocinio del H. Senador Carlos Montes; cartas de patrocinio de H. Diputados Karol Cariola, Ramón Farías y Guillermo Teillier; carta de patrocinio del Consejero Regional Metropolitano, Héctor Rocha; carta de patrocinio de los Concejales de la Municipalidad de La Granja, Germán Pino, Silvana Poblete, Berta Venegas, Sergio Robles, Patricio Oyarce y Juan Valdés; carta de patrocinio de Luis Labra, Presidente del Consejo de la Sociedad Civil de La Granja y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República de Chile,
Decreto: