APRUEBA NÓMINA DE DAMNIFICADOS BENEFICIADOS DEL LLAMADO ESPECIAL PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL D.S. Nº 49, DE 2011, CUYO TEXTO FUE REEMPLAZADO POR EL ARTICULO PRIMERO DEL D.S. Nº105, DE 2014, PARA LOS DAMNIFICADOS POR EL SISMO DEL MES DE ABRIL DE 2014, CORRESPONDIENTE AL MES DE MARZO DE 2015
Santiago, 16 de abril de 2015.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 2.565 exenta.- Visto:
a) El
DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, cuyo texto fue reemplazado por el artículo primero del DS Nº105 (V. y U.), de 2014, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
b) La resolución exenta Nº 110 (V. y U.), de fecha 8 de enero de 2015, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2015 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011;
c) La resolución exenta Nº 556 (V. y U.), de fecha 27 de enero de 2015, que establece llamado especial para el otorgamiento de subsidios habitacionales regulados por el DS Nº 1 y el DS Nº 49, ambos de Vivienda y Urbanismo de 2011, para los damnificados por el sismo de abril de 2014, que afectó a las Regiones de Arica y Parinacota y de Tarapacá, y
Considerando: Que mediante la resolución señalada en el Visto c) precedente, se estableció llamado especial, en las Regiones de Arica y Parinacota y de Tarapacá, para el otorgamiento de subsidios habitacionales del DS Nº 1 y el DS Nº 49, ambos de Vivienda y Urbanismo de 2011, para los damnificados por el sismo de abril de 2014, que afectó a las Regiones de Arica y Parinacota y de Tarapacá, en la alternativa de postulación individual con proyecto habitacional en sitio propio, a quienes hubiesen realizado su solicitud de inscripción e ingreso al sistema computacional respectivo, hasta el día 31 de marzo de 2015, dicto la siguiente
Resolución: