Rectifícase y modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, otorgada a la empresa Pacifíco Cable S.A., RUT Nº 96.722.400-6, con domicilio en Barcelona Nº1184, Valle Escondido de Paicaví, comuna de Concepción, VIII Región, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Rectifica decreto supremo indicado en la letra e) de los Vistos, en el siguiente sentido:
1.1 La zona de servicio comprenderá las Regiones: XIII, VI, VII, VIII, IX, XIV y X.
1.2 El período de vigencia de la concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del citado decreto.
2. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar una red de fibra óptica, según se indica:
2.1 Trece (13) nodos, cuya ubicación se indica a continuación:

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2.2 Ocho (8) tendidos de fibra óptica, cuyas características se detallan a continuación:

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3. Los plazos serán los que se indican a continuación:

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La interconexión entre los nodos será a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.
4. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
5. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.