Decreto 33 EXENTO FIJA PRECIOS DE PARIDAD PARA COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO

MINISTERIO DE ENERGÍA

Promulgacion: 29-ENE-2013 Publicación: 30-ENE-2013

Versión: Única - 30-ENE-2013

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FIJA PRECIOS DE PARIDAD PARA COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO

    Núm. 33 exento.- Santiago, 29 de enero de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 20.402, que Crea el Ministerio de Energía; en la Ley Nº 20.493; en el Decreto Supremo Nº 332, de 2011, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba Reglamento para la aplicación del Sistema de Protección al Contribuyente ante las variaciones en los precios internacionales de los combustibles, creado por el Título II de la Ley Nº 20.493, y otras materias; en el decreto exento Nº 41, de 2013, del Ministerio de Hacienda; en el Oficio Ordinario Nº 54/2013, de la Comisión Nacional de Energía; y en la Resolución Nº 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

    Decreto:

    1.- Fíjanse los Precios de Paridad para los siguientes combustibles derivados del petróleo:


    2.- Los precios establecidos en el numeral precedente entrarán en vigencia el día jueves 31 de enero de 2013.

    Anótese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Jorge Bunster Betteley, Ministro de Energía.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Hernán Moya Bruzzone, Jefe División Jurídica, Subsecretaría de Energía.
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