Artículo 4º.- Créase, en la Región Metropolitana de Santiago, una comisión especial, integrada por miembros ad honórem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:
- Los Senadores de la Región Metropolitana de Santiago.
- Un representante del Capítulo Metropolitano de la Asociación Chilena de Municipalidades.
- Un representante del Consejo de Monumentos Nacionales.
- Un representante del Colegio de Arquitectos de Chile A.G.
- Un representante del Partido Comunista de Chile.
- Un representante de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT).
La comisión elegirá un presidente de entre sus miembros, funcionará en la ciudad de Santiago, y el quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.