MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA DE MÍNIMA COBERTURA PARA LA COMUNA DE CHIGUAYANTE
Santiago, 25 de abril de 2011.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 624 exento.- Vistos:
a) El decreto ley Nº1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;
d) El decreto supremo Nº126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo Nº103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
f) Ley Nº19.418, de 1997, sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias;
g) La ley Nº20.433, de 2010, que crea los Servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana, y
h) El
decreto supremo Nº266, de 18.05.2001, que otorgó la concesión, publicada en el Diario Oficial Nº37.000, de 30.06.2001, bajo la señal distintiva XQC-405, y los decretos supremos Nº705, de 09.12.2004, y Nº 355, de 15.04.2010, que renovaron la concesión, bajo la señal distintiva XQK-90, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
a) La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante decreto supremo indicado en la letra h) de los Vistos, ingreso Subtel Nº42.384, de 30.09.2010;
b) El Informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, notificado mediante ingreso Subtel Nº40.714, de 16.09.2010, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º, inciso segundo, de la ley Nº19.733, y en uso de mis atribuciones;
c) La eesolución exenta Nº24, de 03.01.2011, que autorizó previamente la transferencia;
d) El instrumento privado de fecha 21.01.2011;
e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel Nº14.789, de 31.01.2011, y en uso de mis atribuciones
Decreto: