DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO EL FARO MONUMENTAL DE LA SERENA, UBICADO EN AVENIDA DEL MAR S/N DE LA CIUDAD DE LA SERENA, COMUNA DE LA SERENA, PROVINCIA DE ELQUI, IV REGIÓN DE COQUIMBO
Núm. 42.- Santiago, 25 de enero de 2011.- Considerando:
Que, el Faro Monumental de La Serena fue construido entre 1950 y 1951 por la Armada de Chile según el diseño del ingeniero civil de la Universidad de Chile don Jorge Cisternas Larenas, en el marco del Plan Serena llevado adelante por el Presidente Gabriel González Videla.
Que, el Faro Monumental por su ubicación y carácter monumental constituye un elemento de identidad de la ciudad, por lo que posee un gran valor urbano, siendo el remate del eje Francisco de Aguirre, en su extremo poniente, a continuación del término de dicha Avenida, generando un punto notable y un espacio mirador.
Que, dada su condición fundamental de "hito urbano vertical notable", se destaca dentro de la trama y la "skyline" o silueta urbana de la ciudad.
Que, las condiciones anteriores hacen que sea un reconocido hito turístico a nivel nacional y de gran valor social, pues desde su construcción se ha constituido en un elemento de identificación e indisolublemente integrado a la imagen de la ciudad, propia de una época de gran auge urbano, por la cual los habitantes de La Serena sienten gran apego, dándose la fisonomía que ellos reconocen como propia.
Que, su valor estético y arquitectónico está definido por su proporción y altura y por su estilo neo-colonial en versión de fortificación, adaptado para la tipología arquitectónica de un faro, propio del Plan Serena.
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 17.288, de 1970; decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; Ord. Nº 5.500/10, del Secretario Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales, de 8 de noviembre de 2010; Acta de Sesión de 9 de junio de 2010, del Consejo de Monumentos Nacionales; Ord. MOP Nº 264, de doña Alejandra Vío Gorget, Directora de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas, Región de Coquimbo, de 15 de marzo de 2010; Ord. Nº 864, de Intendente de la Región de Coquimbo, de 9 de marzo de 2010; Ord. Nº 63 de Director Regional de Turismo, de la Región de Coquimbo, de 12 de marzo de 2010; resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República y en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
Decreto: