DEJA SIN EFECTO DECRETO QUE INDICA Y AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULO QUE SEÑALA EN DÍAS SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS Y LO EXIME DE OBLIGACIÓN DE USAR DISCO ESTATAL
Núm. 2.068 exento.- Santiago, 15 de octubre de 2010.- Visto:
- Las necesidades del Servicio; el decreto exento MOP Nº 328, de 21.06.2006, que autorizó la circulación de vehículos fiscal DOP;
- El decreto ley Nº 799 de 1974, modificado por el DFL Nº 12-2.345, de 1979 y la circular Nº 9.277, de 1975, de la Contraloría General de la República sobre el uso de vehículos fiscales;
- El decreto supremo Nº 19 de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia;
- La Res. Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;
- El DFL Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840 de 1964; y
Considerando: Que en cumplimiento de las funciones propias del cargo de Sr.(a) Director(a) Nacional de la Dirección de Obras Portuarias del Ministerio de Obras Públicas, es necesario asignar un vehículo para su uso y que pueda circular durante los días sábados, domingos y festivos sin obligación de usar distintivo estatal, según lo señalado en el decreto ley Nº 799, de 1974 y sus modificaciones posteriores,
Decreto: