CREA COMISIÓN ASESORA DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN SISTEMA INTEGRADO DE COMERCIO EXTERIOR
Núm. 1.049.- Santiago, 28 de septiembre de 2010.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 24; artículo 32 números 6 y artículo 35 de la Constitución Política de la República; la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 13 de diciembre de 2000; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1.- Que por mandato constitucional corresponde al Presidente de la República el gobierno y la administración del Estado, tarea que ejerce con la colaboración de los organismos que integran la Administración del Estado, teniendo ésta como finalidad atender las necesidades públicas en forma continua y permanente y fomentar el desarrollo del país a través del ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución y las leyes;
2.- Que para fortalecer el crecimiento de nuestra economía resulta imperativo profundizar en el desarrollo del comercio internacional aprovechando las ventajas comparativas de Chile y su red de mercados con acceso preferencial derivado de la negociación de tratados de libre comercio;
3.- Que para avanzar en el proceso modernizador del Estado se hace imperioso racionalizar y automatizar trámites asociados a las actividades del comercio exterior, lo que se identifica como una necesidad pública prioritaria, pues permite asegurar la eficiencia y transparencia de los procesos, además de contribuir a elevar la competitividad del país;
4.- Que como resultado de un proceso impulsado por el Gobierno y desarrollado en conjunto por los Ministerios de Hacienda, de Relaciones Exteriores, de Agricultura y de Economía, Fomento y Turismo, se ha constatado la necesidad de abordar de manera integral el desafío de mejorar el acceso a los mercados externos;
5.- Que, el cumplimiento del objetivo precedente exige perfeccionar la institucionalidad pública existente, definiendo, diseñando e implementando una estructura y organización funcional;
6.- Que para enfrentar dicha tarea se requiere integrar y aunar los esfuerzos de diversos organismos públicos, coordinando y dirigiendo sus acciones hacia el diseño y establecimiento de un sistema nacional que permita subsanar la dispersión, duplicidad de información y requisitos innecesarios, lo que encarece y retrasa el adecuado desarrollo de la actividad comercial, y
7.- Que para dichos efectos se requiere contar con una comisión asesora, integrada por las principales entidades y organismos vinculados al comercio internacional, que preste su colaboración al Gobierno en el diseño e implementación de políticas que permitan asegurar una fluida participación de nuestro país en los mercados externos,
Decreto: