1. Derógase los puntos 5.2, 5.3 y 6 del
decreto MOP Nº 40, de 1986, que declara Caminos Nacionales y asigna el Rol Ruta 205, al camino Mariquina- Valdivia, el Rol Ruta 207 al camino Paillaco-Valdivia.
2. Declárase como Camino Nacional a la Ruta identificada a continuación:
Cruce Ruta 5 (Mariquina)-Cruce Ruta 206 (Valdivia).
3. Asígnase el Rol Ruta 202 al camino identificado en el punto Nº 2.
4. Declárase como Camino Nacional a la Ruta identificada a continuación: Cruce Ruta 5 (Paillaco)-Cruce Ruta 202 (Valdivia).
5. Asígnase el Rol Ruta 206 al camino identificado en el punto Nº 4.
6. Declárase como Camino Nacional a la Ruta identificada a continuación: Cruce Ruta 5 (Los Lagos)-Valdivia.
7. Asígnase el Rol Ruta 204 al camino identificado en el punto Nº 6.
8. Declárase como Camino Nacional a la Ruta identificada a continuación: Cruce Ruta 5-Rapaco-Quilaco-Cruce Ruta 210 (La Unión).
9. Asígnase el Rol Ruta 208 al camino identificado en el punto Nº 8.
10. Declárase como Camino Nacional a la Ruta identificada a continuación: Cruce Ruta 5 (Los Tambores)-Cruce Ruta 208 (La Unión).
11. Asígnase el Rol Ruta 210 al camino identificado en el punto Nº 10.