CREA COMITÉ DE PROCESOS Y TECNOLOGÍA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Núm. 427.- Santiago, 13 de noviembre de 2009.- Considerando:
Que, de conformidad a lo establecido en la ley Nº18.956, publicada en el Diario Oficial el 8 de marzo de 1990, que reestructura al Ministerio de Educación Pública, corresponde a esta Secretaría de Estado, entre otros asuntos, fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles, siendo función de esa Cartera, proponer y evaluar las políticas y los planes de desarrollo educacional y cultural;
Que, es función del Ministerio de Educación adoptar las medidas y generar las condiciones que sean necesarias para su buen funcionamiento y, en el contexto de la modernización del Estado y la creciente incorporación de la Tecnología Digital, de las redes de comunicaciones y el Internet a la gestión pública, se hace necesario realizar la tarea de incorporar dichas tecnologías como también mejorar y simplificar los procesos internos con el fin de obtener el mejoramiento del servicio;
Que, para el logro del objetivo se requiere de una adecuada y eficiente revisión de los procesos y sus sistemas tecnológicos, que genere cambios en los mismos y adecue los procesos tecnológicos asociados;
Que, los objetivos propuestos requieren de un comité que asesore a la autoridad en los cambios en procesos y sistemas que permitan desarrollar de manera eficaz, eficiente y segura la labor interna; y
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el D.F.L. Nº 1/19.653 del año 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,
Decreto: