Decreto 11 MODIFICA PRECIOS DE REFERENCIA Y PARIDAD PARA COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO

MINISTERIO DE ENERGÍA

Promulgacion: 12-FEB-2010 Publicación: 13-FEB-2010

Versión: Única - 13-FEB-2010

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MODIFICA PRECIOS DE REFERENCIA Y PARIDAD PARA COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO

    Núm. 11.- Santiago, 12 de febrero de 2010.- Vistos: Lo dispuesto en la ley N°19.030 y sus modificaciones; en el decreto supremo N°211, de 2000, que aprueba nuevo Reglamento Ley Nº 19.030, que crea Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo, modificado por decreto supremo Nº 97, de 2009, ambos del Ministerio de Minería; el Of. Ord. N°0158/2010, de la Comisión Nacional de Energía, en el cual informa al tenor de lo establecido en los Arts. 6° y 7° del referido Reglamento, y en la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y en uso de las facultades que me confiere la ley,

    Decreto:
    1.- Fíjanse los siguientes Precios de Referencia y Paridad de los siguientes Combustibles derivados del Petróleo:

Combustible        Precios de Referencia        Precio de
                Inferior  Intermedio  Superior  Paridad
                US$/m³    US$/m³    US$/m³    US$/m³

P. Combustible  404.10    461.90    519.60    469.00

    2.- Los precios establecidos en el numeral precedente entrarán en vigencia el día lunes 15 de febrero de 2010.
    Anótese, publíquese y tómese razón.- Por orden de la Presidenta de la República, María Pilar Armanet Armanet, Ministra de Energía (S).
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Mariana Soto Espinosa, Subsecretaria de Energía.
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