AUTORIZA A LA CORPORACIÓN DE ACTORES DE CHILE (CHILE-ACTORES) PARA REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE GESTIÓN COLECTIVA DE DERECHOS INTELECTUALES RECONOCIDOS EN EL ARTÍCULO 3º DE LA LEY Nº20.243
Núm. 7.084 exenta.- Santiago, 19 de octubre de 2009.- Considerando:
Que por resoluciones exentas de Educación Nº8.061, de 26 de diciembre de 1995, y Nº9.379, de 5 de diciembre de 1996, se autorizó a la Corporación de Actores de Chile (Chile-Actores) para realizar actividades de gestión colectiva de los derechos intelectuales que señalan.
Que la ley Nº20.243, publicada el 5 de febrero de 2008, establece normas sobre los derechos morales y patrimoniales de los intérpretes de las ejecuciones artísticas fijadas en formato audiovisual.
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo tercero de dicha ley, el artista intérprete y ejecutante de una obra audiovisual tendrá derecho a percibir una remuneración por los actos que se realicen en soportes audiovisuales de cualquier naturaleza en que se encuentren fijadas o representadas sus interpretaciones o ejecuciones individuales.
Que en las escrituras públicas de 3 de julio del año 2008 y de 15 de mayo de 2009, ambas otorgadas en la Notaría Pública de Santiago de René Renavente Cash, consta el Acta de la Asamblea General Extraordinaria de Socios, en la cual fueron aprobadas las modificaciones a los estatutos de la Corporación de Actores de Chile (o Chile-Actores) y la escritura pública complementaria, respectivamente, las que fueron necesarias introducirles con motivo de la entrada en vigencia de la ley Nº20.243 respecto de los nuevos derechos que se reconocen a los intérpretes de las ejecuciones artísticas fijadas en formato audiovisual.
Que por decreto exento del Ministerio de Justicia Nº3.052, de 13 de agosto de 2009, publicado en el Diario Oficial de 21 de agosto de 2009, se aprobaron las reformas a los estatutos de la entidad de gestión colectiva de derechos intelectuales "Corporación de Actores de Chile" o "Chile-Actores", y
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº18.956, artículos 21, 65, 91, 94 y 95 del Título V de la ley Nº17.336 y ley Nº20.243; decreto exento del Ministerio de Justicia Nº3.052, de 2009; solicitud de señora María Esperanza Silva S., Presidenta de la Corporación de Actores de Chile, de 24 de abril de 2009; solicitud de ChileActores, de 8 de septiembre de 2009, y en la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,
Resuelvo: