MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN AMPLITUD MODULADA PARA LA CIUDAD DE CONCEPCIÓN
Santiago, 13 de mayo de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 65.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón:
d) El decreto supremo Nº 126 de 01.04.1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El artículo 2º transitorio de la ley Nº 19.277, de 20.01.1994; y,
Considerando:
a) La solicitud de modificación de la concesión, otorgada mediante el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, ingreso Subtel Nº 15.996 de 13.02.2009, complementada por ingreso Subtel Nº 26.088 de 22.04.2009;
b) La resolución favorable del H. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia de fecha 13.08.2008, notificada mediante Ingreso Subtel Nº 40.828 de 18.08.2008, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º, inciso segundo, de la Ley Nº 19.733 de 2001;
c) La escritura pública de fecha 11.08.2008, celebrada ante don Ramón García Carrasco, Notario Titular de Concepción, que da cuenta de la constitución de la sociedad en la cual la persona natural, titular de la concesión, forma parte de ella o se crea para estos efectos, conforme lo establece la letra e) de los Vistos;
d) La escritura pública de fecha 18.03.2009, celebrada ante Jorge Condeza Vaccaro, Notario Titular de Santiago, que aporta la concesión de radiodifusión sonora en amplitud modulada a la sociedad adquirente, María Nelly Fonseca Álvarez Radiodifusión E.I.R.L.;
e) Que la adquirente cumple con los requisitos establecidos en los artículos 21º y 22º de la ley; y en uso de mis atribuciones.
Decreto: