El Servicio de Registro Civil e Identificación, será un servicio público, funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Justicia y se regirá por las disposiciones de esta ley y sus normas complementarias. Su domicilio será la capital de la República.
Su patrimonio estará integrado por los fondos que anualmente le destine la Ley de Presupuestos, sus ingresos propios y los demás bienes que adquiera a cualquier título.