Tramitación de la Ley
Segundo Trámite Constitucional
Oficio Aprobación con Modificaciones
Fecha: 15-12-2015
Cámara: Cámara de Diputados
Sesión: Sesión Ordinaria N°106
Legislatura: Legislatura número 363
Si, con ocasión del servicio y como consecuencia de la falta de medidas de seguridad adecuadas en la prestación de éste, se producen hurtos o robos de vehículos, o daño en éstos, el proveedor del servicio será civilmente responsable de los perjuicios causados al consumidor, sin perjuicio de la responsabilidad infraccional que corresponda de acuerdo a las reglas generales de esta ley.
Cualquier declaración del proveedor en orden a eximir o a limitar su responsabilidad por hurtos, robos o daños ocurridos con ocasión del servicio no producirá efecto alguno y se considerará como inexistente.