Tramitación de la Ley
Primer Trámite Constitucional
Oficio de Ley a Cámara Revisora
Fecha: 12-08-2003
Cámara: Senado
Sesión: Sesión Ordinaria N° 26
Legislatura: Legislatura Ordinaria número 349
Modifícase el artículo 7° de la siguiente forma:
a)Reemplázase su inciso tercero por el siguiente:
“Las municipalidades podrán rebajar, a su cargo, una proporción o la totalidad del pago de la tarifa, ya sea individualmente o por unidades territoriales existentes en la comuna, a los usuarios que en atención a sus condiciones socioeconómicas lo ameriten, basándose para ello en el o los indicadores establecidos en el reglamento. En todo caso, el alcalde, con acuerdo del concejo, deberá fijar una política comunal para la aplicación de las rebajas determinadas en virtud del presente inciso, la que junto a las tarifas que así se definan serán de carácter público, según lo disponga la ordenanza municipal respectiva.”.
b)Sustitúyese en el inciso cuarto el guarismo “25” por “225”.