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Historia de la Ley

Tramitación de la Ley

  • Versiones Historia del Artículo 16 de la Ley N° 20.830
    • Trámite Comisión Mixta (desde: 28-01-2015 hasta: 28-01-2015)
      • Informe Comisión Mixta (28-01-2015)

Trámite Comisión Mixta
Informe Comisión Mixta
Fecha: 28-01-2015
Cámara: Senado
Sesión: Sesión Extraordinaria N°93
Legislatura: Legislatura Ordinaria número 362



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Artículo 16°.-

Cada conviviente civil será heredero intestado y legitimario del otro y concurrirá en su sucesión de la misma forma y gozará de los mismos derechos que corresponden al cónyuge sobreviviente.

El conviviente civil podrá también ser asignatario de la cuarta de mejoras.