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Historia de la Ley

Tramitación de la Ley

  • Versiones Historia de la Ley N° 20.625
    • Primer Trámite Constitucional (desde: 04-01-2005 hasta: 20-04-2011)
      • (Primer Trámite)Ingreso Proyecto de Ley (04-01-2005)
        • Artículo 1.-
        • Artículo 2.-
        • Artículo 3.-
        • Artículo 4.-
        • Artículo 5.-
      • Oficio de Ley a Cámara Revisora (20-04-2011)
    • Segundo Trámite Constitucional (desde: 19-06-2012 hasta: 19-06-2012)
    • Trámite Comisión Mixta (desde: 02-08-2012 hasta: 02-08-2012)
    • Trámite Finalización (desde: 29-08-2012 hasta: 29-08-2012)

Primer Trámite Constitucional
(Primer Trámite)Ingreso Proyecto de Ley
Fecha: 04-01-2005
Cámara: Senado
Sesión: Sesión Ordinaria N° 23
Legislatura: Legislatura Extraordinaria número 352



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MOCIÓN DE LEY

ESTABLECE CONTROL Y SANCIONES A LAS PRÁCTICAS DE DESCARTE DE RECURSOS HIDROBIOLÓGICOS EN FAENAS DE PESCA

Artículo 1.-

Sustitúyase la definición 14 bis del Artículo 2º de la Ley 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el Decreto 430 del Ministerio de Economía del año 1992 por la siguiente:

“14bis) Descarte: es la acción de devolver al mar especies hidrobiológicas capturadas que les signifique daño irreversible o muerte.”.

Artículo 2.-

Agréguese el siguiente Artículo 4A a la Ley General de Pesca y Acuicultura:

“Artículo 4ª.- Los métodos de captura y las artes de pesca deberán ser selectivos, según los fije el reglamento.”

Artículo 3.-

Agréguese el siguiente Artículo 63A a la Ley General de Pesca y Acuicultura,:

Artículo 63A.-

“Todas las especies hidrobiológicas capturadas y que por este hecho les signifique daño irreversible o muerte, según el listado que establezca el reglamento, deberán ser desembarcadas y sometidas a los controles que establece la presente ley”.

Artículo 4.-

Agréguese los siguientes artículos a la Ley General de Pesca y Acuicultura:

Artículo 64e.-

“Además del posicionador satelital que establecen los Artículos 64a, 64b, 64c y 64d de la presente ley, y sujeto a las mismas normas, cada nave deberá llevar un registro o transmisión de imágenes a tiempo real de los procesos de captura que permitan discriminar el tamaño de las especies.”

Artículo 64f.-

“A fin de establecer si hubo o no descarte, además del control de imágenes que establece el artículo 64f, las capturas deberán tener un control estadístico al azar, que señalen los rangos de tamaño según especie y los márgenes correspondientes.”

Artículo 64g.-

“La información que establecen los artículos anteriores constituirá plena prueba para los efectos de las sanciones que establece la presente ley.”

Artículo 5.-

Agréguese la siguiente letra h) al Artículo 193 de la Ley General de Pesca y Acuicultura:

“Reincidir en la entrega de información falsa acerca de las características de la captura, según lo establecen los artículos 64 e y 64f.”