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Historia de la Ley

Historia de la Ley

Nº 19.490

OTORGA ASIGNACIONES Y BONIFICACIONES AL PERSONAL DE LA SALUD.

Téngase presente

Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos.

Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley.

Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley.

Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice.

Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

1.1. Mensaje

Fecha 12 de diciembre, 1996. Mensaje en Sesión 28. Legislatura 334.

MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. OTORGA ASIGNACIONES Y BONIFICACIONES A PERSONAL DEL SECTOR SALUD. (Boletín Nº 1957-11)

"Honorable Cámara de Diputados:

Los gobiernos de la Concertación han mostrado en los hechos una especial preocupación por el sector de la salud pública y de quienes trabajan en ella. El gasto público en salud se ha duplicado entre 1990 y 1996, pasando de un nivel de 360 mil millones de pesos en 1990 a uno de casi 800 mil millones en 1996. Del mismo modo, la remuneración promedio de los trabajadores de la salud pública prácticamente se ha duplicado en el mismo período.

El objetivo principal que tiene el Gobierno en el sector salud, es mejorar la atención de salud tanto en la calidad de los servicios prestados, como en su oportunidad y eficiencia.

Dicho objetivo exige fortalecer y modernizar nuestro sistema público de salud. El Gobierno entiende que los trabajadores constituyen un factor esencial para la materialización de este objetivo. El país requiere de un personal de salud motivado, capacitado y adecuadamente remunerado.

De ahí que la modernización y fortalecimiento del sector público de salud pasa por una política de recursos humanos que garantice el adecuado reconocimiento y materialización de la vocación de servicio de los trabajadores, así como de valores y los de la propia institución, el uso eficiente de la infraestructura y el equipamiento, el perfeccionamiento de los niveles tecnológicos y de las oportunidades de capacitación, así como remuneraciones dignas para quienes se desempeñen en él.

El gobierno considera que la atención de salud debe orientarse a terminar con las situaciones de inequidad, dirigiendo sus esfuerzos hacia los más pobres y susceptibles de enfermar y hacia los más vulnerables de sufrir daños en la salud. Dicho compromiso está íntimamente vinculado a la eficiencia en la gestión, toda vez que los recursos limitados del país, administrados eficientemente, se convierten en herramienta esencial para hacer posible la equidad y mejorar la calidad de los servicios.

El principio de equidad en salud, con eficiencia y calidad, debe ser ampliamente compartido por cada uno de los integrantes del sistema nacional de servicios de salud.

Ello requiere reforzar en el personal de salud, sin excepción, el valor del trabajo bien hecho.

Por eso, corresponde a los trabajadores de las instituciones de salud intensificar su contribución a este principio a través del trabajo cada vez más esmerado, respetuoso y cordial.

Tales criterios fueron esbozados en el programa de la Concertación de Partidos Por la Democracia, que vincula remuneraciones con productividad y calidad. El Nº 17 de dicho programa, señala que es "indispensable ligar los sistemas de remuneraciones a los niveles de productividad y calidad de los servicios, establecer incentivos económicos a nivel individual y colectivo, promover la excelencia, permitir la movilidad e invertir fuertemente en capacitación. Todo ello debe plasmarse en una nueva política hacia los profesionales y trabajadores de la salud."

Todo lo anterior explica y fundamenta que el proyecto de ley que someto a vuestra consideración establezca dos tipos de beneficios: una asignación de estímulo por experiencia y desempeño para los servicios de salud y una bonificación para los demás órganos integrantes del sistema de salud.

Adicionalmente, para estos últimos, asociado a un programa anual de mejoramiento de la gestión, se les otorga una bonificación por desempeño institucional.

I. ASIGNACIÓN DE ESTÍMULO POR EXPERIENCIA Y DESEMPEÑO FUNCIONARIO.

Esta asignación tiene las siguientes características.

1. Se trata de una asignación de estímulo por experiencia y desempeño individual. En efecto, la asignación que se otorga es equivalente a un porcentaje por cada tres años de servicios efectivos cumplidos al 31 de diciembre del año anterior, con un máximo de treinta años, tomando en cuenta las calificaciones que hayan obtenido los funcionarios en el proceso calificatorio inmediatamente anterior al pago del beneficio. Específicamente la asignación es de un 3,5% para los funcionarios pertenecientes al 33% mejor evaluado de cada planta; de un 2% para los funcionarios que sigan a los anteriores, en orden descendente de evaluación, hasta completar el 67%; y de un 1,0% para los funcionarios restantes, hasta completar el 100% de los funcionarios sujetos a evaluación.

Lo anterior implica que la asignación se calculará año a año de acuerdo a la relación que exista entre calificación y trienios. Ello hace de esta asignación un asunto de índole individual, no colectivo.

2. El porcentaje respectivo de la asignación se calculará sobre el sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario, sumando las asignaciones de los artículos 17 y 19 de la Ley N° 19.185 y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el D.L. N° 1.770, de 1977.

3. Se pagará al personal de planta y de contrata de los servicios de salud a que se refieren el D.L. Nº 2.763 de 1979, y la ley Nº 19.414, regidos por el Estatuto Administrativo y la Escala Única de Sueldos, excluido el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente. Sin embargo, no tienen derecho a este beneficio los funcionarios que no hayan sido calificados en el año inmediatamente anterior, salvo los miembros de las Juntas Calificadoras Centrales que sí tendrán derecho a este beneficio. Tratándose de los delegados del personal ante las juntas calificadoras y los directores de las asociaciones de funcionarios -que tienen derecho a la asignación- se les considerará su calificación anterior, a menos que soliciten ser calificados. Tampoco tienen derecho a esta asignación los funcionarios calificados en lista 3, Condicional, o 4, de Eliminación. Finalmente, son excluidos de la asignación los funcionarios que hubieren sido objeto de alguna medida disciplinaria, pero sólo a contar de la aplicación de la sanción y por el lapso que reste para completar el período anual respectivo.

4. La asignación se pagará a los funcionarios en servicio a la fecha de pago.

5. La asignación se pagará en cuatro cuotas, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año. El monto a pagar será equivalente al valor acumulado en el trimestre respectivo como resultado de la aplicación mensual de los porcentajes ya señalados.

Sin embargo, no tienen derecho al pago de la cuota respectiva quienes hayan tenido descuentos de sus remuneraciones por inasistencias injustificadas.

6. La asignación es tributable e imponible sólo para efectos de salud y pensiones.

7. No sirve de base de cálculo para la determinación de ninguna remuneración o beneficio.

II. BONIFICACIÓN DE ESTÍMULO POR DESEMPEÑO FUNCIONARIO.

El segundo beneficio que otorga este proyecto de ley, es una bonificación por desempeño funcionario, que tiene las siguientes características:

1. Sólo tiene derecho a ella el personal de planta y a contrata que, cumpliendo ciertos requisitos, preste sus servicios en la Subsecretaría del Ministerio de Salud, en el Fondo Nacional de Salud, en el Instituto de Salud Pública de Chile, en la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, en el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente y en la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, regidos por el Estatuto Administrativo y la Escala Única de Sueldos o por el decreto ley Nº 3.551, de 1981, según corresponda.

2. Se pagará anualmente al 30% de los funcionarios de cada planta de mejor calificación durante el año anterior. Las calificaciones que se tomarán en cuenta serán aquellas determinadas conforme al Estatuto Administrativo. Durante el año 1997, se considerarán los resultados del proceso calificatorio correspondiente al año 1996.

Para tener derecho al beneficio, los funcionarios deberán estar calificados en lista Nº 1 o en lista Nº 2.

3. Es equivalente a un porcentaje calculado sobre la suma del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario, más ciertas asignaciones.

Tratándose de la Superintendencia de Isapres, se incluye la asignación de fiscalización. Para todos los demás servicios, a dicha suma mensual se le debe agregar la asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la Ley Nº 19.185, la asignación del artículo 17 de la misma ley y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el DL Nº 1.770, de 1977.

Dicho porcentaje se calcula conforme a tramos decrecientes. Por una parte, 10% para el quince por ciento de los funcionarios de cada planta de personal mejor evaluados, separadamente, por la Junta Calificadora Central y por cada una de las Juntas Calificadoras Regionales, o por varias de ellas conjuntamente. Por la otra, 5% para los funcionarios que les sigan en orden descendente de evaluación, hasta completar el 30% de los mejor evaluados de cada planta.

4. Los beneficiarios de la bonificación sólo tienen derecho a recibirla durante el año inmediatamente siguiente al del respectivo proceso calificatorio.

5. La bonificación será pagada sólo a los funcionarios en servicio a la fecha del pago.

No tienen derecho a esta bonificación quienes no hayan sido calificados por cualquier causa en el respectivo período ni quienes hayan tenido un desempeño efectivo en su servicio de origen inferior a seis meses. Dichos funcionarios no serán considerados para los efectos de calcular el 30% de cada planta de mejor calificación.

Tampoco tienen derecho a percibir esta bonificación quienes hayan sido objeto de alguna medida disciplinaria, pero sólo a contar de la aplicación de dicha medida y por el lapso que reste para completar el período anual respectivo.

6. La bonificación será pagada en cuatro cuotas en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre del año en que comience a regir el escalafón del servicio.

El monto por pagar en cada cuota será equivalente al valor acumulado en el trimestre respectivo.

Sin embargo, no tienen derecho a la cuota respectiva quienes hayan tenido descuentos de sus remuneraciones por inasistencias injustificadas en el trimestre inmediatamente anterior al mes en que correspondería efectuar el pago.

7. La bonificación no será considerada para ningún efecto legal; tampoco será imponible. No obstante, para fines tributarios, se considerará renta, del Nº 1 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

III. BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO INSTITUCIONAL.

El proyecto establece que la Subsecretaría de Salud, el Fondo Nacional de Salud, el Instituto de Salud Pública de Chile, la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente y la Superintendencia de Isapres, deberán tener anualmente un programa de mejoramiento de la gestión del respectivo servicio para el año calendario siguiente. Dicho programa le fijará el Ministerio de Salud a propuesta de los Jefes de Servicio ya señalados, mediante decreto.

Dicho programa deberá especificar metas de eficiencia y de calidad de los servicios proporcionados a los usuarios.

Las metas deberán establecerse para cada servicio, sin perjuicio que puedan fijarse metas específicas a determinadas áreas de actividad, unidades orgánicas o direcciones regionales.

El proyecto agrega que corresponderá al Ministerio de Salud ejercer el control del cumplimiento de las metas respecto de cada servicio.

La importancia de dichas metas, entre otras razones, es que su cumplimiento en el año precedente, dará derecho a una bonificación por desempeño institucional, cuyas características son las siguientes:

1. Sólo tienen derecho a ella los funcionarios de planta y a contrata pertenecientes a dichos servicios.

2. El porcentaje de la bonificación se establecerá por decreto del Ministerio de Salud, anualmente para cada servicio y para sus áreas, unidades o direcciones regionales.

3. No puede exceder el 10% de la suma de las siguientes remuneraciones. Por una parte, tratándose de la Superintendencia de Isapres, del sueldo base más la asignación de fiscalización. Por la otra, del sueldo base más la asignación de los artículos 17 y 19 de la Ley Nº 19.185 y la asignación de responsabilidad superior del D.L. Nº 1.770, de 1977, en los demás servicios.

4. Se calculará sobre las referidas remuneraciones percibidas mensualmente por cada beneficiario en el año calendario precedente.

5. Se paga de una sola vez, a más tardar el 31 de marzo de cada año.

6. La bonificación es de naturaleza tributable e imponible sólo para efectos de salud y pensiones.

7. No tienen derecho a percibir esta bonificación, el 10% de los funcionarios peor calificados de conformidad con las disposiciones del Estatuto Administrativo y quienes hayan tenido descuentos de sus remuneraciones por inasistencias injustificadas.

8. Esta bonificación deberá pagarse a contar del año 1998 respecto de aquellos servicios que, a más tardar durante el curso del primer semestre de 1997, se les hubieren fijado las metas a alcanzar durante este último año.

En la primera oportunidad que se pague la bonificación, el porcentaje de la misma no podrá exceder del 5% de la suma de las remuneraciones que se consideran para su cálculo, devengadas durante el período de que se trate.

El proyecto también establece una bonificación extraordinaria, por una sola vez, que se caracteriza por lo siguiente:

1. Sólo tienen derecho a ella los funcionarios de planta y a contrata que trabajen en la Subsecretaría de Salud, en el Fondo Nacional de Salud, en el Instituto de Salud Pública, la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, en el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente y la Superintendencia de Isapres.

2. Sólo se pagará por una vez, en el mes de marzo de 1997.

3. Asciende al 4,75% de las remuneraciones, incluyendo las asignaciones de fiscalización, tratándose de la Superintendencia de Isapres y la asignación de los artículos 17 y 19 de la Ley Nº 19.185 y la del DL Nº 1.770, de 1977, en los demás casos.

4. Es tributable e imponible.

5. No tienen derecho a ella quienes se encuentren en el 10% peor calificado y quienes hayan tenido descuentos de sus remuneraciones por inasistencias injustificadas.

En definitiva, con este proyecto, el Ejecutivo propone establecer incentivos económicos a nivel individual y colectivo para el personal de salud, buscando promover con ello la excelencia, calidad y productividad del sector.

En mérito de lo anteriormente expuesto, tengo el honor de someter a la consideración del honorable Congreso Nacional, para ser tratado en la actual Legislatura Extraordinaria de Sesiones, con urgencia en todos sus trámites constitucionales, -incluyendo los que correspondiere cumplir en el honorable Senado- la que, para los efectos de lo dispuesto en la Ley Nº 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de "suma", el siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1º.- Establécese, a contar del 1º de enero de 1997, para el personal de planta y a contrata de los Servicios de Salud a que se refieren el decreto ley Nº 2.763, de 1979 y la ley Nº 19.414, regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974, excluido el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, una asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, la que se regulará por las normas que se pasan a expresar:

a) La asignación se determinará aplicando los porcentajes que más adelante se señalan a la suma mensual del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario, más la asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185, la asignación profesional del artículo 19 de la ley Nº 19.185 y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977.

b) La asignación será equivalente a los siguientes porcentajes por cada tres años de servicios efectivos cumplidos al 31 de diciembre del año anterior al de su concesión, en calidad de planta o a contrata en los Servicios de Salud, o de sus antecesores legales, con un máximo de 30 años.

i) 3,5% para los funcionarios pertenecientes al 33% mejor evaluado de cada planta.

ii)2% para los funcionarios que sigan a los anteriores, en orden descendente de evaluación, hasta completar el 67%.

iii) 1% para los funcionarios que sigan a los anteriores, en orden descendente de evaluación, hasta completar el 100%.

c) Para estos efectos se considerará el resultado de las calificaciones que hayan obtenido los funcionarios, en conformidad con las disposiciones de la ley Nº 18.834, en el proceso calificatorio del año inmediatamente anterior al del pago del beneficio.

d) En caso de producirse empate en los puntajes de calificación entre varios funcionarios de una misma planta, y cuando ello impida determinar qué porcentaje del beneficio le corresponde a cada funcionario, las juntas calificadoras centrales dirimirán dichos empates.

Un Reglamento, aprobado por Decreto Supremo del Ministerio de Salud, el que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda, determinará los procedimientos y criterios que deberán observar las juntas para estos efectos.

e) No tendrán derecho al beneficio los funcionarios que hayan sido calificados en lista 3, Condicional, o en lista 4, de Eliminación, y los que no hayan sido calificados por cualquier motivo en el mismo período. No obstante, los miembros de las juntas calificadoras centrales tendrán derecho al beneficio conforme al numeral ii) de la letra b) de este artículo.

A los delegados del personal ante las juntas y a los directores de las asociaciones de funcionarios se les considerará para estos efectos su calificación anterior, a menos que soliciten ser calificados en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 29 de la ley Nº 18.834 o en el inciso tercero del artículo 25 de la ley Nº 19.296.

f) Los funcionarios con derecho a percibir el beneficio que sean sancionados con alguna de las medidas disciplinarias indicadas en el artículo 116 de la ley Nº 18.834 serán excluidos del pago de la asignación a contar de la aplicación de la sanción y por el lapso que reste para completar el período anual respectivo.

g) El funcionario que por ascenso o cualquier otro motivo cambie de grado con posterioridad al afinamiento del proceso calificatorio, percibirá la asignación en relación a las remuneraciones que estaba percibiendo en el cargo en que fue calificado, sin perjuicio de los reajustes legales de remuneraciones que pudieren corresponderle.

h) La asignación será pagada a los funcionarios en servicio a la fecha de pago en cuatro cuotas, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año. Con todo, no tendrán derecho al pago de la cuota respectiva quienes hayan tenido descuentos de sus remuneraciones por inasistencias injustificadas, por aplicación del artículo 66 de la ley Nº 18.834, en el trimestre inmediatamente anterior al mes en que correspondería efectuar el pago. El monto a pagar en cada cuota será equivalente al valor acumulado en el trimestre respectivo como resultado de la aplicación mensual de los porcentajes establecidos en la letra b) precedente.

Artículo 2º.- La asignación a que se refiere el artículo 1º será tributable e imponible sólo para efectos de salud y pensiones y no servirá de base de cálculo para la determinación de ninguna remuneración o beneficio remuneratorio.

Para determinar las imposiciones e impuestos a que se encuentra afecta, se distribuirá su monto en proporción a los meses que comprenda el período a que corresponda y los cuocientes se sumarán a las respectivas remuneraciones mensuales. Con todo, las imposiciones se deducirán de la parte que, sumada a las respectivas remuneraciones mensuales, no exceda del límite máximo de imponibilidad.

Artículo 3º.- Establécese, para el personal de planta y a contrata de la Subsecretaría del Ministerio de Salud, del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública de Chile, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974 o por el decreto ley Nº 3.551, de 1981, según corresponda, una bonificación de estímulo por desempeño funcionario.

Dicha bonificación se regulará por lo dispuesto en el artículo 11 de la ley Nº 19.479.

Con todo, respecto de las remuneraciones a que se refiere la letra c) del citado artículo, éstas serán aplicables a los funcionarios de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, y en cuanto a las demás instituciones mencionadas en el inciso primero de la presente disposición, se considerarán para tales efectos la suma del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario más la respectiva asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la ley Nº 19.185, la asignación del artículo 17 de la Ley Nº 19.185 y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 19.770 de 1977.

Asimismo, respecto a las juntas calificadoras a que hace referencia el artículo 11 antes citado, se estará a las juntas que se constituyan en cada uno de los Servicios de conformidad a las normas que les sean aplicables, y no obstante lo dispuesto en la letra k) de dicha disposición, en caso de empates se aplicará lo dispuesto en la letra d) del artículo 1º de esta ley.

La limitación dispuesta en la letra h) del artículo 1º del presente cuerpo legal, se aplicará también al pago del beneficio de que trata el presente artículo.

Artículo 4º.- El Subsecretario de Salud y los Jefes Superiores del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública de Chile, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, propondrán cada año al Ministro de Salud un programa anual de mejoramiento de la gestión del respectivo Servicio para el año calendario siguiente. Dicho programa especificará metas de eficiencia institucional y de calidad de los servicios proporcionados a los usuarios.

Por su parte, el Ministro de Salud, en base a dichos antecedentes y mediante uno o más decretos, los que también serán suscritos por el Ministro de Hacienda, fijará las metas definitivas a alcanzar en cada año por cada Servicio.

Además, podrá fijar metas específicas a determinadas áreas de actividad, unidades orgánicas o Direcciones Regionales del respectivo Servicio.

Corresponderá al Ministro de Salud ejercer el control del cumplimiento de las metas respecto de cada Servicio.

Anualmente, el cumplimiento de las metas del año precedente dará derecho a los funcionarios de planta y a contrata pertenecientes al correspondiente Servicio, a una bonificación por desempeño institucional de hasta el 10% de la suma de las siguientes remuneraciones: sueldo base y asignación de fiscalización en el caso de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, y sueldo base, asignación del artículo 17 de la Ley Nº 19.185; asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la Ley Nº 19.185 y asignación de responsabilidad superior otorgada por el Decreto Ley Nº 1.770 de 1977, respecto de los demás Servicios antes referidos.

Dicha bonificación se calculará sobre las referidas remuneraciones percibidas mensualmente por cada funcionario beneficiario en el año calendario precedente al del pago; se pagará de una sola vez, a más tardar el 31 de marzo de cada año, y será tributable e imponible sólo para efectos de salud y pensiones.

Para la determinación de las imposiciones e impuestos a que estará afecta esta bonificación, se aplicará lo dispuesto en el inciso segundo del artículo segundo de esta ley.

No tendrá derecho a percibir la bonificación de que trata este artículo, respecto de cada planta de personal, el 10% de los funcionarios peor calificados de conformidad con las disposiciones del párrafo 3º del Título II de la ley Nº 18.834, como asimismo, quienes hayan tenido descuentos de sus remuneraciones por inasistencias injustificadas, por aplicación del artículo 66 de dicha ley, en el período que se ha considerado como base de cálculo para esta bonificación. En caso de producirse empate en los puntajes de calificación entre varios funcionarios de una misma planta y cuando ello impida determinar quienes serán excluidos del pago de esta bonificación, corresponderá a las juntas calificadoras centrales dirimir dichos empates, estableciendo los funcionarios que no tendrán derecho a la misma.

El porcentaje a pagar en cada año por concepto de esta bonificación, se establecerá para cada Servicio y para sus áreas, Unidades o Direcciones Regionales, si así procediere, mediante decreto del Ministerio de Salud, el que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda.

El reglamento, que será aprobado por decreto supremo del Ministerio de Salud y suscrito, además, por el Ministro de Hacienda, establecerá los mecanismos de control y evaluación de las metas; la forma de medir y ponderar los distintos elementos o indicadores a considerar; la manera de determinar los distintos porcentajes de la bonificación; los procedimientos y el calendario de elaboración, fijación y evaluación de las metas a alcanzar, y toda otra norma necesaria para la adecuada concesión de este beneficio.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Artículo 1º.- Las normas del artículo 3º entrarán a regir a contar del 1º de enero de 1997, sobre la base de los resultados del proceso calificatorio correspondiente al año 1996.

Artículo 2º.- La bonificación de desempeño institucional a que se refiere el artículo 4º, podrá pagarse a contar del año 1998 respecto de aquellos Servicios que, a más tardar, durante el curso del primer semestre del año 1997, se les hubieren fijado las metas a alcanzar durante este último año. En este caso, la bonificación se pagará de una sola vez en el mes de marzo de 1998 y se calculará sobre las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, percibidas durante el segundo semestre del año 1997.

Durante el segundo semestre de 1997, sólo se podrán fijar metas para ser cumplidas en el año 1998.

En la primera oportunidad en que se pague la bonificación por desempeño institucional en algunas de las entidades afectas, el porcentaje de la misma no podrá exceder del 5% de la suma de las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, devengadas durante el período de que se trate.

Artículo 3º.- Autorízase el pago por una sola vez, en el mes de marzo de 1997, a los funcionarios de planta y a contrata de las instituciones mencionadas en el inciso primero del artículo 3º, que se encuentren en servicio a esa fecha, de una bonificación no imponible ascendente al 4,75% de las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, percibidas durante el año 1996.

La exclusión a que se refiere el inciso séptimo del artículo 4º se hará extensiva a la concesión de esta bonificación.

Para efectos tributarios, esta bonificación se regirá por las reglas señaladas sobre la materia para la asignación por desempeño institucional en el artículo 4º.

Artículo 4º.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley para el año 1997 será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto vigente de los Servicios de Salud. No obstante, el Ministro de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no pudieren financiar con sus recursos.".

Dios guarde a V.E.,

(Fdo.): EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República; ALEX FIGUEROA MUÑOZ, Ministro de Salud; EDUARDO ANINAT URETA, Ministro de Hacienda; JORGE ARRATE MAC NIVEN, Ministro del Trabajo y Previsión Social."

1.2. Informe de Comisión de Salud

Cámara de Diputados. Fecha 16 de diciembre, 1996. Informe de Comisión de Salud en Sesión 30. Legislatura 334.

INFORME DE LA COMISIÓN DE SALUD SOBRE EL PROYECTO DE LEY QUE OTORGA ASIGNACIONES Y BONIFICACIONES A PERSONAL DEL SECTOR SALUD.

BOLETÍN Nº 1957-11

HONORABLE CÁMARA:

La Comisión de Salud pasa a informar sobre el proyecto de ley del epígrafe, de origen en un mensaje, con calificación de suma urgencia en todos sus trámites constitucionales.

De la iniciativa legal en estudio se dio cuenta en la Sala de la Corporación con fecha 12 del presente, iniciándose de inmediato su análisis en esta Comisión.

Se contó con la asistencia del señor Ministro de Salud, doctor Alex Figueroa; quien fundamentó el proyecto de ley. Asistió, asimismo, el Subsecretario de dicha cartera, doctor Fernando Muñoz y los asesores del mismo Ministerio, don Pablo Ortiz, Jefe del Departamento de Desarrollo de Recursos Humanos y del doctor Manuel Inostroza.

Concurrieron, también, el Subsecretario del Trabajo, don Julio Valladares, y los señores Ramón Figueroa y Carlos Pardo, de la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, y en representación del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, don Carlos Vergara.

En sesiones sucesivas, realizadas los días viernes 13 y sábado 14 del mes en curso, se escuchó la opinión de los representantes de los trabajadores. En esa condición, asistieron el Presidente y el Vicepresidente de la Confederación Nacional de Trabajadores de la Salud, (Confenats), don Humberto Cabrera y don Mario Merino, respectivamente; la Presidenta del Departamento de Salud de los Colegios Profesionales, señora Gladys Corral; en representación de Federación Nacional de Profesionales Universitarios de los Servicios de Salud (Fenpruss), la señora Emilia Lira, y el asesor de los gremios de la salud don Manuel Gajardo.

Asimismo, en representación del Colegio de Técnicos Paramédicos, concurrieron la señora Silvia Aguilar, Presidenta; el señor José Videla, Secretario Nacional; el señor Juan Rapiman, Vicepresidente; el señor Carlos Castro, Tesorero; la señora Isabel Bachman y el señor José Olguín, Directores.

Se recibió, además, la opinión del Presidente y del Vicepresidente del Colegio Médico de Chile, doctores Enrique Accorsi y Juan Luis Castro, respectivamente.

De igual forma, expresaron su parecer, dirigentes de los gremios regionales de la Asociación de Profesionales Universitarios de Chillán y de Rancagua; Colegio de Enfermeras de Valparaíso; Federación Regional de Técnicos Paramédicos de la V Región; Asociación de Paramédicos del Hospital de Rancagua; Regional Metropolitana del Colegio de Técnicos Paramédicos; Fenats de Talca, de la Región Metropolitana, de la Quinta Región y de Rancagua. Además, entregaron su opinión funcionarios de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Norte; Servicio de Salud Metropolitano Sur, así como funcionarios y dirigentes de base de los Hospitales, San Juan de Dios, Quilpué, Buin, Sótero del Río, Exequiel González Cortés; Complejo San Borja Arriarán, Felix Bulnes, El Salvador, Lucio Córdoba, Psiquiátrico de Santiago, Barros Luco, San José, y de los Institutos Oncológico y Geriátrico Oriente del Área Metropolitana y de la Asistencia Pública.

Cabe hacer presente que entre dirigentes y funcionarios del sector salud asistieron a la sesión que se celebró el día sábado 14 del presente 148 personas.

ºººººº

Cabe destacar, que la Comisión de Salud a fin de conocer a cabalidad la iniciativa legal presentada y dar cumplimiento a los plazos establecidos para despacharla con carácter de “suma” urgencia, sesionó los días jueves 12, de 12 a 15 horas; viernes 13, de 11 a 16:45 horas; sábado 14, de 11 a 19:15 horas, y lunes 16, de 19 a 02;30 horas, del presente mes, contabilizando un total de 23 horas y 30 minutos.

1.- ANTECEDENTES DEL PROYECTO.

Dentro de los antecedentes que conforman la iniciativa en comento y que se desprenden del Mensaje y de lo expresado por las autoridades de salud, cabe señalar el objetivo del Supremo Gobierno de mejorar la atención de salud tanto en la calidad de los servicios prestados como en su oportunidad y eficiencia.

Según lo señala el Mensaje, se necesita modernizar y fortalecer el sistema público de salud y, con ese fin, los trabajadores constituyen un factor esencial para la materialización de dicho objetivo. Asimismo, se indica que el país requiere de un personal de salud motivado, capacitado y adecuadamente remunerado.

Además, para la génesis de este proyecto, se hace referencia a criterios que fueron esbozados en el programa de la Concertación de Partidos por la Democracia, que dentro de su contexto vincula remuneraciones con productividad y calidad.

Por último, según expresara el señor Ministro de Salud, el acuerdo del Palacio Ariztía, que establecía el estudio de un nuevo marco laboral para los trabajadores de la salud adscritos a la ley Nº 18.834, en el que se creaban asignaciones de desempeño y experiencia calificada en los Servicios de Salud, no ha sido posible materializarlo. En tal situación, S.E. el Presidente de la República tomó la decisión de enviar el proyecto de ley en informe, con el carácter de suma urgencia, dando así expresión al acuerdo aludido.

2.- IDEA MATRIZ.

Del Mensaje se desprende que la idea matriz o fundamental del proyecto es establecer incentivos económicos a nivel individual y colectivo para el personal de salud, asociados a factores de antigüedad y desempeño, buscando promover con ello la excelencia, calidad y productividad del sector.

Así es como se establecen dos tipos de beneficios. Una asignación de estímulo por experiencia y desempeño para el personal de los Servicios de Salud y una bonificación para los funcionarios de los demás órganos pertenecientes al sistema de salud. Asimismo, a estos últimos se les otorga una bonificación por desempeño institucional, asociada a un programa anual de mejoramiento de la gestión.

3.- SÍNTESIS DE LA OPINIONES RECIBIDAS.

Tanto los trabajadores como los profesionales no médicos del sector salud que asistieron a la Comisión manifestaron su disconformidad por el carácter unilateral en la elaboración y envío de la iniciativa legal.

a) Colegio Médico de Chile A.G.

En relación con el proyecto en trámite, señala que sólo constituye “una solución de parche”, ya que el problema de fondo está dado por el sistema de la distribución del ingreso. Eso es importante de analizar, ya que cree que, mientras exista esta anomalía en la distribución del ingreso en nuestro país, con gran inequidad y con gran injusticia, estos conflictos, sobre todo a nivel de los trabajadores públicos, municipales, profesores, etc., se van a seguir produciendo. Si bien el monto de recursos que involucra el proyecto es significativo y revela un esfuerzo del Gobierno, que valora, si se divide por el número total de trabajadores, se obtendrá que el aumento promedio que recibirán es de 21.300 pesos. Éste es el aumento que se les está otorgando en definitiva, después de una movilización que ha producido gran crisis, que ha tenido en jaque a los hospitales públicos y que ha puesto en peligro la vida de muchas personas.

Considera que, en estas horas, se debe hacer un llamado a la reflexión profunda. Lo otro que también es importante de analizar es el hecho de elaborar una especie de prevención de los conflictos. Hay que ser capaces de anticiparse al problema, para no llegar a estos extremos, con las graves consecuencias de todos conocidas. En definitiva, estima que debe existir un marco regulatorio de los conflictos.

Respecto del proyecto propiamente tal, estima que el Gobierno debe recoger el espíritu real del acuerdo del Palacio Ariztía, por lo que se debe buscar la manera de respetar ese acuerdo, que señala que existen dos asignaciones. Estas dos asignaciones podrían ser otorgadas durante este período, mientras se discute y se pone en marcha un nuevo marco laboral, que será elaborado durante el año 1997.

Por otra parte, cree que existen otras materias que deben ser analizadas y que dicen relación con la exclusión que se hace de trabajadores que están dentro del sistema de salud público, como son la Central de Abastecimiento, el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, el Instituto de Salud Pública y Fonasa.

En relación con la aplicación del proyecto y, específicamente, con las calificaciones, hace presente que existe un segmento de funcionarios que corresponde a los paramédicos, que es el grupo más numeroso de los trabajadores, -aproximadamente, 23.000-, que tienen calificaciones mucho mejores que el resto de los funcionarios y que exceden al primer tercio que recibe el 3,5%, ya que una cifra superior a ese tercio está calificado en lista 1, por lo que cree que se debe buscar algún ajuste distinto, ya que se producirá una especie de tope si se aplican las calificaciones actuales, quedando mucha gente muy bien calificada sin poder recibir este beneficio, con los consiguientes problemas de desmotivación.

Considera que es factible buscar una posibilidad de aumentar ese primer tramo mientras se elabora un nuevo sistema que incluya otras variables y que tenga otros matices.

Asimismo, estima que existe un problema en la aplicación del sistema que se propone, ya que se producirá una brecha muy grande en el equipo de salud entre los profesionales y los que no lo son. Ello, en razón de que la base de cálculo de los profesionales considera el sueldo base, la asignación de responsabilidad y la asignación profesional. Eso los hará recibir una mejor asignación, por tener una mejor base de cálculo. Esta materia produce inequidad y ello debe ser corregido por el legislador.

Asimismo, estima que la autoridad debe dar una señal positiva hacia los trabajadores a fin de tratar de recomponer el ambiente laboral, por lo que solicita que los sumarios y juicios que se han iniciado no se sigan tramitando, ya que todos tienen culpa en estos hechos y no sólo los trabajadores. Además, en relación con los descuentos por días no trabajados, que son aceptados por los funcionarios, cree que debe buscarse la manera para que los directores de los Servicios tengan atribuciones para efectuarlos de manera escalonada o que sean pagados con trabajo extraordinario pues ello permitiría recomponer el quiebre producido entre los trabajadores y el Gobierno.

En relación con las calificaciones vigentes, señala que en estos momentos se ha producido un cambio, ya que los cargos de jefaturas clínicas, que son los que tienen que evaluar al personal, están siendo desempeñados actualmente por profesionales que accedieron al cargo por concurso, por lo que están ejerciendo el cargo en propiedad. Desmiente el hecho de que estos jefes tengan a su cargo una gran cantidad de personas, ya que los servicios están subdividos en servicios clínicos y cada uno de los jefes conoce perfectamente a su gente.

En todo caso, estima que se debe buscar la manera de hacer una evaluación en los términos más objetivos posibles, eliminando la subjetividad. Ello debe ser abordado a propósito de la discusión del nuevo marco laboral.

En relación con la asignación de estímulo por desempeño y antigüedad, estima que, mientras exista el período de transición y se ponga en aplicación el nuevo marco laboral, se debe privilegiar la antigüedad por sobre el desempeño, por lo que considera que se debería dar el 40% a desempeño, concepto que ya está incorporado por los trabajadores, y el 60% para antigüedad.

b) Representantes de Confenats, Departamento de Salud de los Colegios Profesionales y Fenpruss.

Según señalaron, la fórmula de asignación que contempla el proyecto desnaturaliza el acuerdo firmado en el Palacio Ariztía, toda vez que, según entienden, en él se creaban dos asignaciones separadas: una de experiencia en salud y otra de desempeño. Desean que se privilegie la experiencia en salud y por eso plantean que, de los 14.500 millones de pesos contemplados en el proyecto, 11.000 millones se destinen al pago de una asignación de experiencia y los 3.500 restantes a pagar la asignación de desempeño.

No obstante concordar en el monto global que se destina a financiar esta iniciativa, consideran que el procedimiento de distribución de la asignación que se crea vulnera el principio de equidad, perpetuando la brecha entre los diferentes estamentos, lo que, además, introduce elementos divisionistas entre los trabajadores afectos a la ley Nº 18.834. Es inequitativo, fundamentalmente, porque establece bases de cálculo distintas.

No se oponen a que se mida su desempeño, pero reclaman la existencia de un reglamento de calificaciones que dé garantía de una evaluación objetiva y no discrecional. La calificación del desempeño discrimina a la mujer, a quien no se le garantiza la igualdad de oportunidades frente a las calificaciones, por su condición de madres y jefas de hogar, entre otras.

En cuanto al concepto de “ausentismo injustificado”, señalan que no se deberían considerar para dichos efectos las licencias médicas, maternales y por hijos menores de un año; los permisos administrativos, gremiales y feriados legales.

Consideran que es un proyecto discriminatorio dado que excluye del beneficio de la asignación a alrededor de dos mil funcionarios, pertenecientes al FONASA, Instituto de Salud Pública de Chile, Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente.

En relación con el marco laboral, expresan la necesidad de contar con estabilidad funcionaria y propiedad en el cargo. No quieren llegar a ser “temporeros de la salud”, pues eso atentaría en contra de la buena atención de salud para la gente. El marco laboral debe estar inserto en una política global de salud.

Por último, hicieron presente que no desconocían la legitimidad de posibles descuentos por la paralización, pero solicitan que ellos pudieran ser pagados con tiempo de trabajado extraordinario o, en su defecto, en base a tres o cuatro cuotas desfasadas. También solicitaron que el 31 de diciembre no se caduquen los contratos del personal a contrata. Asimismo, solicitaron resolver la situación de las personas sometidas a sumario o a juicio.

c) Representantes del Colegio de Técnicos Paramédicos.

Haciendo hincapié en el hecho de no conocer a cabalidad la iniciativa, por lo apresurado de su envío, expresan que, en general, los paramédicos cumplen funciones las 24 horas del día al lado del enfermo y apoyando a los médicos en todos los servicios clínicos dentro del área estatal.

Señalan que el 70% de ellos está calificado en lista 1, lo que es lógico y acorde con la función que desempeñan, toda vez que hay ocasiones en que les corresponde atender a más de 40 pacientes en un piso. Agregan que el 95% de los paramédicos son mujeres que cumplen turnos de 12 a 24 horas, lo que significa un sinnúmero de conflictos conyugales y trastornos en el hogar.

Creen que con el proyecto se produciría una discriminación entre los antiguos y los jóvenes, lo que, indiscutiblemente, podría ser perjudicial, pues la experiencia la tendrán los más antiguos y la eficiencia, los más jóvenes, por su mayor vitalidad.

La propuesta del Colegio es elevar el primer tercio al 50% del total de los funcionarios; en el segundo grupo, mantener el mismo porcentaje que contempla el proyecto, y en el tercer grupo, dejar sólo al 15% de los funcionarios.

También estiman necesario separar los trienios del desempeño, con lo cual el funcionario de más edad será calificado en forma diferente que el joven en cuanto a su calidad de trabajo.

Respecto de la norma contenida en el artículo 1º, letra h), que señala que no tendrán derecho al pago de la cuota respectiva de la asignación quienes hayan tenido descuentos de sus remuneraciones por inasistencias injustificadas, por aplicación del artículo 66 de la ley Nº 18.834, en el trimestre inmediatamente anterior al mes en que correspondería efectuar el pago, expresan que, el hecho de que el primer pago deba hacerse en marzo determina que el trimestre inmediatamente anterior sea diciembre, enero y febrero, con lo cual los trabajadores que han participado en la movilización no podrían recibir dicho beneficio. Consecuentemente con lo dicho, solicitan que se deje en una disposición transitoria la no vigencia de la letra h) aludida en lo que toca a inasistencias injustificadas, no considerándola en este primer pago.

En cuanto a las calificaciones, consideran que deben ser revisadas y estudiadas de manera participativa, a fin de elaborar un reglamento que dé cuenta del verdadero trabajo que cumplen los técnicos paramédicos. Son partidarios de establecer un sistema de calificaciones por unidad más que individual, entendiendo que se privilegia el trabajo en equipo. Les parece que en la actualidad las calificaciones son muy subjetivas y efectuadas en la mayoría de los casos por jefes que no conocen a su personal.

d) Dirigentes regionales y de base.

Cabe hacer presente que la Comisión de Salud celebró una sesión especial, en la Sala de Sesiones de la H. Cámara, con la participación de más de 145 dirigentes regionales y de bases, los que concordaron en sus apreciaciones, expresando que solicitaban el retiro de la urgencia del proyecto para conocerlo en detalle y sugerir indicaciones.

Son partidarios de desvincular las asignaciones de experiencia y desempeño, dándole preponderancia especial a la antigüedad, que la consideran base de una carrera funcionaria. Estiman que es un proyecto que acentúa las diferencias entre los estamentos del sector salud y las ahonda en lo económico. No discuten el monto global que contempla la iniciativa y piensan que con el mismo dinero se podría consensuar con el Gobierno un buen proyecto.

Manifestaron también que, para hacer el proyecto más equitativo, les parece necesario no contemplar la asignación profesional en la base de cálculo de las asignaciones.

Se refirieron, asimismo, a la necesidad de la estabilidad laboral y a la no inclusión de los administrativos en la iniciativa en informe, como también, a la situación de los jubilados, de no privilegiarse la antigüedad.

De igual forma, expresaron su deseo de establecer fórmulas con el Gobierno que les permitan hacer frente a los descuentos que pudieran llevarse a cabo como consecuencia del reciente paro de la salud. Solicitan, asimismo, que no se hagan efectivos los sumarios y términos de contrato al 31 de diciembre.

e) Representantes del Instituto Libertad y Desarrollo.

Estiman que el proyecto constituye un paso importante en el establecimiento de parámetros de remuneración de la función pública sobre la base del desempeño funcionario.

Consideran que sería conveniente revisar la asignación por antigüedad propiamente tal de que gozan los funcionarios, de manera que pueda ser incorporada a la asignación que ahora se viene creando, lo que permitiría redistribuirla beneficiando en mayor proporción a los funcionarios más eficientes.

Agregan que el solo aumento del gasto público en cualquier servicio del Estado no produce necesariamente un mejoramiento de la gestión, a menos que vaya acompañado de exigencias de mayor rendimiento, obtenido a través de estímulos bien concebidos que promuevan la eficiencia y la dedicación funcionaria.

f) Instituto Libertad.

Dentro del análisis general, señalan que el establecimiento de incentivos remuneracionales a los funcionarios que laboran en el sector salud resulta positivo, más si están vinculados a la calidad del desempeño funcionario e institucional. Sin embargo, en el caso de los Servicios de Salud, la estructura de incentivos debiera ir acompañada de un importante impulso descentralizador, para permitir la aplicación cabal de los grados de autonomía que la ley les ha asignado.

En relación con la asignación que se da, resulta positivo que se otorgue en función de las calificaciones, siendo preferible que la mayor progresión de aumento se conceda en esta variable, en lugar de la antigüedad.

Respecto de las bonificaciones, también es positiva la discriminación por calidad del desempeño. La de desempeño institucional resulta interesante. No obstante, se necesitaría conocer en base a qué criterios objetivos los jefes de servicio definirán las metas de eficiencia institucional. Por otra parte, convendría saber cómo se operacionalizarán las metas de entidades como la Subsecretaría de Salud, por ejemplo.

Sobre el financiamiento, sería conveniente conocer una proyección de mediano plazo de los ingresos fiscales y de los financiamientos ya comprometidos, a fin de evaluar el futuro de la iniciativa.

g) Director del Servicio Metropolitano de Salud Occidente y Director del Hospital Luis Calvo Mackenna.

Señalan que el proyecto es una muy potente herramienta de gestión de modernización del sector que, independientemente de todos los antecedentes que se puedan proporcionar por parte de los representantes gremiales, habría que perfeccionar y determinar cuáles son los problemas y cómo se resuelven, considerando básicamente el tema relevante que tiene que ver con el ámbito de aplicación y con los mecanismos de calificación, es decir, con la evaluación de desempeño. Existe sólo un gran problema que se puede solucionar. Es el que dice relación al riesgo de producir inequidades si las asignaciones son discriminadas solamente en el ámbito del servicio y no en el de los hospitales. Por lo tanto, es fundamental que el universo donde se evalúe y se aplique esta asignación sea el establecimiento hospitalario y no el servicio de salud, porque, si no es así, se producirá el problema que ha existido siempre y que se relaciona con el reglamento de calificaciones. Para la gente afecta a la ley 18.834, el estar bien evaluada significa poder avanzar en el escalafón. En el fondo, es un reconocimiento por desempeño después de diez o quince años de labor.

Otro problema básico que se plantea es el tema del mecanismo de evaluación de desempeño. Existe un reglamento de evaluación para toda la administración pública, pero no reconoce las particularidades del sector salud. Por lo tanto, este proyecto de ley conlleva, sin duda, la inmediatez de la puesta en marcha de un mecanismo de evaluación de desempeño. En algunos establecimientos, a través del Ministerio de Salud, se han implementado, nuevos mecanismos de evaluación de desempeño que han dado mejor resultado. Es decir, se ha aplicado un nuevo reglamento, diferente, lo que hace perfectible el mecanismo de evaluación y permite discriminar. En este sentido, la aplicación guarda relación con un hecho que es fundamental desde el punto de vista conceptual. Es decir, el mecanismo actual obliga al calificador a poner una nota en relación con conceptos, cuando lo que se espera de un mecanismo de evaluación de desempeño son las conductas. Sin embargo, existen por parte del Ministerio propuestas de mecanismos de evaluación de desempeño que son más modernas.

Otro problema que se presenta es que existe un universo no despreciable de funcionarios que han jubilado y que han sido recontratados, lo que significa también que se produce discriminación por esa parte, puesto que estas personas ya reciben el sueldo, la asignación y, además, su jubilación. Por lo tanto, para efectos prácticos, para estas personas la asignación de experiencia y de años trabajados debería basarse en el tiempo trabajado en el segundo período de contrato. Debe recordarse que estos reconocimientos por antigüedad hay que hacerlos por resoluciones exentas al interior de los hospitales o de los servicios. Es decir, debe haber un acto administrativo que reconozca el tiempo servido y, por lo tanto, los trienios. Cuando llegue la hora de aplicar esta asignación de experiencia y desempeño en el año 97, con las calificaciones del 96 se producirán algunas situaciones que ya se han observado dentro de la primera revisión. En algunas plantas, el 60 ó 70% de las enfermeras de un determinado hospital están en lista 1 y todas con el máximo puntaje, es decir, 70 puntos, por lo que tendrá que haber una forma de dirimir este tipo de empate. Un elemento para ello puede ser la inasistencia injustificada y otro elemento podría ser premiar la asistencia específica. Es decir, si todas las personas están empatadas, habría que ver qué personas han trabajado tiempo efectivo en el último año. Esto se puede medir revisando los atrasos y el período efectivamente trabajado. En esta revisión deben excluirse las licencias maternales y las de enfermedades de los hijos.

Recordando la asignación de urgencia que se ha otorgado en otras oportunidades, expresan que esta no sirvió como incentivo, como se podría haber esperado, y las personas comenzaron a tener mayor inasistencia. Es decir, la gente se tomaba licencias de seis meses a un año. Se les pagaba el sueldo y, más encima, la asignación de urgencia. Esto se implementó para tener menos inasistencia; pero en la práctica no sirvió, porque todo tipo de incentivo debe tener un límite que guarde relación con el tiempo efectivamente trabajado.

Para aplicar esta iniciativa se debe ser muy cuidadoso. Dentro de los niveles descentralizados, debería existir la suficiente flexibilidad como para que estos instrumentos de calificación pudieren ser aplicados respetando las distintas culturas dentro del sistema de salud, sin dejar de lado que debe existir un reglamento marco nacional.

4.- ANÁLISIS DE LA INICIATIVA.

El proyecto de ley crea una asignación de estímulo por experiencia y desempeño para el personal de planta y a contrata de los Servicios de Salud regidos por la ley Nº 18.834, y una bonificación de desempeño individual y otra de desempeño institucional para las instituciones autónomas, es decir, para el personal de planta y a contrata que cumpla ciertos requisitos y preste sus servicios en la Subsecretaría del Ministerio de Salud, en el Fondo Nacional de Salud, en el Instituto de Salud Pública de Chile, en la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, en el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente de la Región Metropolitana y en la Superintendencia de Salud Previsional.

Se otorga también, por una sola vez, y sólo para el año 1997, una bonificación extraordinaria para el personal de planta y a contrata de las instituciones antes señaladas.

El informe financiero estima que la asignación beneficia a 54.000 funcionarios y las bonificaciones a otros 1.976. Expresa, además, que el costo anual de la asignación de estímulo por experiencia y desempeño es de 13.718 millones de pesos, el de la bonificación por desempeño individual alcanza a 156 millones de pesos, el de la bonificación por desempeño institucional a 626 millones de pesos, y el de la bonificación extraordinaria a 297 millones de pesos.

Según expresó el señor Ministro, el proyecto se inscribe en la óptica de introducir elementos de modernización del Estado en un sector tan sensible y delicado como es el sector público de salud, puesto que se tiene la convicción de que, en la medida en que se modernice el sistema, se estará fortaleciendo dicho sector, lo que redundará, en definitiva, en una mayor y mejor calidad de atención a los más o menos diez millones de personas que hoy acceden a este sistema de salud.

Agregó que, en esa dirección, se propone crear una asignación especial que se basa, principalmente, en la experiencia trienal, que va incrementándose de acuerdo al desempeño de cada funcionario público en los Servicios de Salud y que, finalmente, es medida a través del sistema de calificaciones que posee la Administración Pública y donde se opta por la descentralización, puesto que los que realizarán las calificaciones serán los jefes de servicios clínicos, jefes directos, y, posteriormente, las juntas calificadoras, donde participan los trabajadores con sus representantes legítimamente elegidos.

Se otorga un incremento de remuneraciones ligado a la calidad de atención, saliéndose un poco de lo que ha sido tradicional en los mejoramientos de remuneraciones del sector público, los que han estado generalmente asociados a mejorar sueldos en forma general. Por primera vez se introduce una asignación de este tipo, que es claramente innovadora en los sistemas públicos de salud.

Además, el señor Ministro de Salud señaló que de lo que se trata es de que los aumentos presupuestarios en el sector salud se traduzcan en más y mejor atención para la gente.

Concretamente, la asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, que la percibirá el personal de planta y de contrata de los Servicios de Salud regidos por la ley Nº 18.834, es permanente, imponible y tributable y se otorga tomando en cuenta el desempeño funcionario, medido sobre la base de las calificaciones anuales, y en atención a la antigüedad del funcionario, expresada en trienios. El primer tercio mejor evaluado tiene una asignación de 3,5%, aumentado según el número de trienios con un tope de 10 trienios, es decir, el 35% de asignación en el tramo más alto.

El segundo tercio mejor evaluado, es decir, el 34%, obtiene el 2% por cada trienio con un tope, para los 30 años de servicios, de 20%. Para el resto, que corresponde al tercio de los funcionarios peor evaluados y siempre que no se encuentren en lista 3 ó 4, la asignación alcanza al 1%, con similar tope, es decir, el 10% para funcionarios con 10 trienios.

La asignación se calcula como un porcentaje de la suma de sueldo base, asignación profesional del artículo 19 de la ley Nº 19.185, asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185, y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977.

La asignación se pagará en cuatro cuotas, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año. No tendrán derecho al pago de la cuota respectiva quienes hayan tenido descuentos de sus remuneraciones por inasistencias injustificadas. (artículo 1º del proyecto de ley).

La bonificación de estímulo por desempeño funcionario, tributable y no imponible, que beneficia al personal de planta y a contrata que preste sus servicios en la Subsecretaría del Ministerio de Salud, en el Fondo Nacional de Salud, en el Instituto de Salud Pública de Chile, en la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, en el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente de la Región Metropolitana y en la Superintendencia de Salud Previsional, se pagará anualmente al 30% de los funcionarios de cada planta de mejor calificación durante el año anterior y su monto asciende al 10% de la suma del sueldo base, asignación profesional del artículo 19 de la ley Nº 19.185, asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185, y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley 1.770, de 1977, para el primer 15% mejor calificado, y el 5% para el segundo segmento, sin tomar en cuenta el factor antigüedad. En todo caso, sólo tendrán derecho a ella los funcionarios calificados en lista 1 ó 2. (artículo 3º del proyecto de ley).

Según lo dispone el artículo 1º transitorio, esta bonificación entrará a regir a contar del 1 de enero de 1997, sobre la base de los resultados del proceso calificatorio correspondiente al año 1996.

La bonificación por desempeño institucional, imponible y tributable, que privilegia el trabajo en equipo y que beneficia al mismo personal de los organismos antes señalados, se otorga al total del personal de las unidades que cumplan las metas anuales de gestión, a excepción de los calificados en lista 3 ó 4, y al 10% peor evaluado. (Artículo 4º del proyecto de ley).

Para el primer año de aplicación, no puede exceder del 5% de la suma de las siguientes remuneraciones: sueldo base, asignación profesional del artículo 19 de la ley Nº 19.185, asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185, y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977. Tratándose de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, la base de cálculo será el sueldo base más la asignación de fiscalización.

Del segundo año de aplicación en adelante, no podrá exceder del 10% de las sumas de las remuneraciones anteriormente señaladas.

El artículo 2º transitorio establece que esta bonificación podrá pagarse a contar del año 1998 respecto de aquellos servicios que, a más tardar, durante el curso del primer semestre del año 1997, se les hubieren fijado las metas a alcanzar durante este último año.

Finalmente, a la bonificación extraordinaria tienen derecho los funcionarios de planta y a contrata que trabajen en la Subsecretaría de Salud, en el Fondo Nacional de Salud, en el Instituto de Salud Pública, en la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, en el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente y en la Superintendencia de ISAPRES. Se establece por una sola vez para pagarse en el mes de marzo de 1997, y asciende al 4,75% de las remuneraciones, incluidas las asignaciones de fiscalización si se trata de la Superintendencia de ISAPRES y la asignación de los artículos 17 y 19 de la ley Nº 19.185 y la del decreto ley Nº 1.770, de 1977, en los demás casos.

No tienen derecho a esta bonificación quienes se encuentren en el 10% peor calificado y quienes hayan tenido descuentos de sus remuneraciones por inasistencias injustificadas. (artículo 3º transitorio del proyecto de ley).

Por último, el artículo 4º transitorio establece que el mayor gasto que represente la aplicación de esta ley para el año 1997 será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto vigente de los Servicios de Salud. Agrega dicha disposición, que no obstante lo anterior, el Ministro de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no pudieren financiar con sus recursos.

5.- VOTACIÓN EN GENERAL DEL PROYECTO.

Después de un acucioso estudio, los señores Diputados coincidieron con la idea matriz de la iniciativa y concordaron en el hecho de que es un proyecto innovador en materia de remuneraciones, por cuanto se incentiva al funcionario a mejorar su desempeño laboral, lo que se traducirá, en definitiva, en mejor atención para los usuarios del sistema público de salud.

Asimismo, hicieron presente que constituye una herramienta eficaz para modernizar y fortalecer el sector público de salud, perfeccionando, a la vez, la política de recursos humanos del mismo.

Puesto en votación general el proyecto fue aprobado por la unanimidad de los señores Diputados presentes.

6.- VOTACIÓN EN PARTICULAR.

Artículo 1º.

El Ejecutivo formula indicación para sustituir en la letra b), en el número i) el guarismo “3,5%” por “3,25%”, y en el número iii) el guarismo “1%” por “1,25%”.

Después de un intenso debate, la Comisión aceptó la fórmula propuesta por el Ejecutivo en la indicación antes señalada, no obstante que no satisface plenamente las inquietudes planteadas en cuanto a otorgar mayores tramos de diferenciación en el otorgamiento de los porcentajes de asignación. Se hizo hincapié, por parte del señor Ministro de Salud, que dicha propuesta reconoce en mejor forma la experiencia en salud fortaleciéndola sin perder de vista la noción de desempeño.

Cabe hacer presente que esta indicación constituye una propuesta más equilibrada en cuanto reduce la brecha que producía la aplicación de esta disposición en su forma original, entre el primer tercio mejor evaluado y el tercer segmento de menor calificación.

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Se aprobó una indicación de los señores Palma, don Joaquín; Bayo, Masferrer, Melero, Valcarce; Tohá, Urrutia, don Salvador; Ojeda, Walker, Zambrano, Aguiló y señora Cristi, para intercalar, en la letra c), a continuación de la expresión “los funcionarios,” la siguiente oración: “separadamente en cada uno de las juntas calificadoras que existan en cada Servicio de Salud y“.

Se fundamentó la indicación, señalando que ella tiene por objeto descentralizar la aplicación de la asignación a nivel de los establecimientos hospitalarios ya que serán las juntas calificadoras de ellos las que establezcan áreas de distribución de los porcentajes.

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A la letra d), se aprobó una indicación de los señores Bayo, Aguiló, Melero, Valcarce, Masferrer, y señora Cristi, para sustituir la oración “las juntas calificadoras centrales dirimirán dichos empates”, por “cada junta calificadora dirimirá dichos empates.”.

Esta indicación es concordante con la aprobada en la letra c), anterior.

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A la letra h), se aprueba una indicación de los señores Aguiló, Tohá, Ojeda, Urrutia, don Salvador; Zambrano y señora Pollarolo, para eliminar la oración: “Con todo, no tendrán derecho al pago de la cuota respectiva quienes hayan tenido descuentos de sus remuneraciones por inasistencias injustificadas, por aplicación del artículo 66 de la ley Nº 18.834, en el trimestre inmediatamente anterior al mes en que correspondería efectuar el pago.”

Se fundamentó la indicación, entre otras razones, en el hecho de que la normativa vigente contempla sanciones para las ausencias injustificadas y a que se está pagando un beneficio concedido en atención a una calificación anterior y la ausencia de que se trata repercutirá en otro período calificatorio, castigándose, en consecuencia, más de una vez la misma falta.

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Puesto en votación el artículo con las indicaciones anteriormente señaladas se aprobó por mayoría de votos.

Artículo 2º.

Se aprobó por unanimidad, en los mismos términos propuestos.

Artículo 3º.

Se aprobó una indicación de los señores Urrutia, don Salvador; Aguiló, Tohá, Ojeda, Zambrano y señora Pollarolo, para suprimir el inciso final del artículo 3º.

Esta indicación es concordante con la aprobada en la letra h) del artículo 1º.

Puesto en votación el artículo con la aludida indicación se aprobó por mayoría de votos.

Artículo 4º.

Se aprobó una indicación del señor Aguiló al inciso séptimo, para eliminar la siguiente oración, sustituyendo la coma (,), por un punto seguido (.), “como asimismo, quienes hayan tenido descuentos de sus remuneraciones por inasistencias injustificadas, por aplicación del artículo 66 de dicha ley, en el período que se ha considerado como base de cálculo para esta bonificación.”.

Esta indicación tiene su fundamento en las mismas razones dadas para la aprobación de la indicación formulada a la letra h) del artículo 1º.

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Se aprobó indicación de los señores Melero, Bayo y Aguiló, al inciso octavo, para intercalar entre las palabras “decreto supremo” y “del Ministerio” la palabra “fundado”.

Se señaló la necesidad de entregar las razones por las cuales se fija un determinado porcentaje de bonificación por desempeño institucional.

Puesto en votación el artículo con las indicaciones antes señaladas se aprobó por mayoría de votos.

Artículos transitorios.

Los artículos 1º, 2º y 3º transitorios, fueron aprobados por unanimidad y el artículo 4º transitorio por mayoría de votos.

7.- ARTÍCULOS CALIFICADOS CON EL CARÁCTER DE ORGÁNICO CONSTITUCIONAL O DE QUÓRUM CALIFICADO.

La Comisión estimó que esta iniciativa legal no contiene normas de carácter orgánico constitucional ni de quórum calificado.

8.- ARTÍCULOS APROBADOS QUE DEBEN SER CONOCIDOS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA.

En esta condición se encuentran todos los artículos de que consta este proyecto.

9.- ARTÍCULOS DEL PROYECTO QUE NO HAN SIDO APROBADOS POR UNANIMIDAD.

En esta situación se encuentran los artículos 1º, 3º y 4º permanentes, y 4º transitorio.

10.- INDICACIONES O DISPOSICIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN.

Del señor Urrutia, para agregar, en el artículo 1º, al final de la letra d) lo siguiente:

“El 50% de la ponderación que fije dicho reglamento se otorgará a la antigüedad en el Servicios.

Indicación declarada inadmisible:

Al artículo 1º, para agregar a continuación de la letra c), el siguiente párrafo.

“Los funcionarios recibirán la siguiente bonificación de puntaje, que se sumará a la calificación habitual, por antigüedad en el servicio público, con tope de 5 puntos.

1.- 0,5 punto por cada trienio,

2.- 0,165 puntos por cada año, y

3.- 0,0137 puntos por cada mes o fracción superior a 15 días.

Para los fines de esta bonificación se considerará antigüedad, el período transcurrido entre el primer contrato en un servicio estatal de salud o sus antecesores y el 31 de diciembre del año anterior al del pago de la asignación, sin excluir ningún período intermedio, exceptuando el caso de los jubilados recontratados, en que la antigüedad se considerará a partir de la recontratación.”

ºººººº

Por las consideraciones anteriormente expuestas y las que en su oportunidad dará a conocer el señor Diputado Informante, la Comisión de Salud recomienda la aprobación del siguiente:

PROYECTO DE LEY

Artículo 1º.- Establécese, a contar del 1 de enero de 1997, para el personal de planta y a contrata de los Servicios de Salud a que se refieren el decreto ley Nº 2.763, de 1979, y la ley Nº 19.414, regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974, excluido el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, una asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, la que se regulará por las normas que se pasan a expresar:

a) La asignación se determinará aplicando los porcentajes que más adelante se señalan a la suma mensual del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario, más la asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185, la asignación profesional del artículo 19 de la ley Nº 19.185 y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977.

b) La asignación será equivalente a los siguientes porcentajes por cada tres años de servicios efectivos cumplidos al 31 de diciembre del año anterior al de su concesión, en calidad de planta o a contrata en los Servicios de Salud, o de sus antecesores legales, con un máximo de 30 años:

i) 3,25% para los funcionarios pertenecientes al 33% mejor evaluado de cada planta.

ii) 2% para los funcionarios que sigan a los anteriores, en orden descendente de evaluación, hasta completar el 67%.

iii) l,25% para los funcionarios que sigan a los anteriores, en orden descendente de evaluación, hasta completar el 100%.

c) Para estos efectos se considerará el resultado de las calificaciones que hayan obtenido los funcionarios, separadamente en cada una de las juntas calificadoras que existan en cada Servicio de Salud y en conformidad con las disposiciones de la ley Nº 18.834, en el proceso calificatorio del año inmediatamente anterior al del pago del beneficio.

d) En caso de producirse empate en los puntajes de calificación entre varios funcionarios de una misma planta, y cuando ello impida determinar qué porcentaje del beneficio le corresponde a cada funcionario, cada junta calificadora dirimirá dichos empates. Un reglamento, aprobado por decreto supremo del Ministerio de Salud, el que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda, determinará los procedimientos y criterios que deberán observar las juntas para estos efectos.

e) No tendrán derecho al beneficio los funcionarios que hayan sido calificados en lista 3, Condicional, o en lista 4, de Eliminación, y los que no hayan sido calificados por cualquier motivo en el mismo período. No obstante, los miembros de las juntas calificadoras centrales tendrán derecho al beneficio conforme al número ii) de la letra b) de este artículo.

A los delegados del personal ante las juntas y a los directores de las asociaciones de funcionarios se les considerará para estos efectos su calificación anterior, a menos que soliciten ser calificados en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 29 de la ley Nº 18.834 o en el inciso tercero del artículo 25 de la ley Nº 19.296.

f) Los funcionarios con derecho a percibir el beneficio que sean sancionados con alguna de las medidas disciplinarias indicadas en el artículo 116 de la ley Nº 18.834 serán excluidos del pago de la asignación a contar de la aplicación de la sanción y por el lapso que reste para completar el período anual respectivo.

g) El funcionario que por ascenso o cualquier otro motivo cambie de grado con posterioridad al afinamiento del proceso calificatorio, percibirá la asignación en relación a las remuneraciones que estaba percibiendo en el cargo en que fue calificado, sin perjuicio de los reajustes legales de remuneraciones que pudieren corresponderle.

h) La asignación será pagada a los funcionarios en servicio a la fecha de pago en cuatro cuotas, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año. El monto a pagar en cada cuota será equivalente al valor acumulado en el trimestre respectivo como resultado de la aplicación mensual de los porcentajes establecidos en la letra b) precedente.

Artículo 2º.- La asignación a que se refiere el artículo 1º será tributable e imponible sólo para efectos de salud y pensiones y no servirá de base de cálculo para la determinación de ninguna remuneración o beneficio remuneratorio.

Para determinar las imposiciones e impuestos a que se encuentra afecta, se distribuirá su monto en proporción a los meses que comprenda el periodo a que corresponda y los cuocientes se sumarán a las respectivas remuneraciones mensuales. Con todo, las imposiciones se deducirán de la parte que, sumada a las respectivas remuneraciones mensuales, no exceda del límite máximo de imponibilidad.

Artículo 3º.- Establécese, para el personal de planta y a contrata de la Subsecretaría del Ministerio de Salud, del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública de Chile, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974 o por el decreto ley Nº 3.551, de 1981, según corresponda, una bonificación de estímulo por desempeño funcionario.

Dicha bonificación se regulará por lo dispuesto en el artículo 11 de la ley Nº 19.479.

Con todo, respecto de las remuneraciones a que se refiere la letra c) del citado artículo, éstas serán aplicables a los funcionarios de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, y en cuanto a las demás instituciones mencionadas en el inciso primero de la presente disposición, se considerarán para tales efectos la suma del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario más la respectiva asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la ley Nº 19.185, la asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185 y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977.

Asimismo, respecto a las juntas calificadoras a que hace referencia el artículo 11 antes citado, se estará a las juntas que se constituyan en cada uno de los Servicios de conformidad a las normas que les sean aplicables, y no obstante lo dispuesto en la letra k) de dicha disposición, en caso de empates se aplicará lo dispuesto en la letra d) del artículo 1º de esta ley.

Artículo 4º.- El Subsecretario de Salud y los Jefes Superiores del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública de Chile, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, propondrán cada año al Ministro de Salud un programa anual de mejoramiento de la gestión del respectivo Servicio para el año calendario siguiente. Dicho programa especificará metas de eficiencia institucional y de calidad de los servicios proporcionados a los usuarios.

Por su parte, el Ministro de Salud, en base a dichos antecedentes y mediante uno o más decretos, los que también serán suscritos por el Ministro de Hacienda, fijará las metas definitivas a alcanzar en cada año por cada Servicio. Además, podrá fijar metas específicas a determinadas áreas de actividad, unidades orgánicas o Direcciones Regionales del respectivo Servicio.

Corresponderá al Ministro de Salud ejercer el control del cumplimiento de las metas respecto de cada Servicio.

Anualmente, el cumplimiento de las metas del año precedente dará derecho a los funcionarios de planta y a contrata pertenecientes al correspondiente Servicio, a una bonificación por desempeño institucional de hasta el 10% de la suma de las siguientes remuneraciones: sueldo base y asignación de fiscalización en el caso de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, y sueldo base, asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185; asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la ley Nº 19.185 y asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770 de 1977, respecto de los demás Servicios antes referidos.

Dicha bonificación se calculará sobre las referidas remuneraciones percibidas mensualmente por cada funcionario beneficiario en el año calendario precedente al del pago; se pagará de una sola vez, a más tardar el 31 de marzo de cada año, y será tributable e imponible sólo para efectos de salud y pensiones.

Para la determinación de las imposiciones e impuestos a que estará afecta esta bonificación, se aplicará lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 2º de esta ley.

No tendrá derecho a percibir la bonificación de que trata este artículo, respecto de cada planta de personal, el 10% de los funcionarios peor calificados de conformidad con las disposiciones del Párrafo 3º del Título II de la ley Nº 18.834. En caso de producirse empate en los puntajes de calificación entre varios funcionarios de una misma planta y cuando ello impida determinar quienes serán excluidos del pago de esta bonificación, corresponderá a las juntas calificadoras centrales dirimir dichos empates, estableciendo los funcionarios que no tendrán derecho a la misma.

El porcentaje a pagar en cada año por concepto de esta bonificación, se establecerá para cada Servicio y para sus áreas, Unidades o Direcciones Regionales, si así procediere, mediante decreto fundado del Ministerio de Salud, el que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda.

El reglamento, que será aprobado por decreto supremo del Ministerio de Salud y suscrito, además, por el Ministro de Hacienda, establecerá los mecanismos de control y evaluación de las metas; la forma de medir y ponderar los distintos elementos o indicadores a considerar; la manera de determinar los distintos porcentajes de la bonificación; los procedimientos y el calendario de elaboración, fijación y evaluación de las metas a alcanzar, y toda otra norma necesaria para la adecuada concesión de este beneficio.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Artículo 1º.- Las normas del artículo 3º entrarán a regir a contar del 1 de enero de 1997, sobre la base de los resultados del proceso calificatorio correspondiente al año 1996.

Artículo 2º.- La bonificación de desempeño institucional a que se refiere el artículo 4º podrá pagarse a contar del año 1998 respecto de aquellos Servicios a los que, a más tardar, durante el curso del primer semestre del año 1997, se les hubieren fijado las metas a alcanzar durante este último año. En este caso, la bonificación se pagará de una sola vez en el mes de marzo de 1998 y se calculará sobre las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, percibidas durante el segundo semestre del año 1997.

Durante el segundo semestre de 1997, sólo se podrán fijar metas para ser cumplidas en el año 1998.

En la primera oportunidad en que se pague la bonificación por desempeño institucional en algunas de las entidades afectas, el porcentaje de la misma no podrá exceder del 5% de la suma de las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, devengadas durante el período de que se trate.

Artículo 3º.- Autorizase el pago, por una sola vez, en el mes de marzo de 1997, a los funcionarios de planta y a contrata de las instituciones mencionadas en el inciso primero del artículo 3º, que se encuentren en servicio a esa fecha, de una bonificación no imponible ascendente al 4,75% de las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, percibidas durante el año 1996.

La exclusión a que se refiere el inciso séptimo del artículo 4º se hará extensiva a la concesión de esta bonificación.

Para efectos tributarios, esta bonificación se regirá por las reglas señaladas sobre la materia para la asignación por desempeño institucional en el artículo 4º.

Artículo 4º. El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley para el año 1997 será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto vigente de los Servicios de Salud. No obstante, el Ministro de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no pudieren financiar con sus recursos.”.

ººººº

Se designó DIPUTADO INFORMANTE al señor WALKER, don Ignacio.

SALA DE LA COMISIÓN, a 16 de diciembre de 1996.

Acordado en sesiones de fechas 12, 13, 14 y 16 de diciembre de 1996, con asistencia del Diputado señor Aguiló, don Sergio (Presidente), de las Diputadas señoras Cristi, doña María Angélica y Prochelle, doña Marina, y de los Diputados señores Bayo, don Francisco; Encina, don Francisco; Masferrer, don Juan; Melero, don Patricio, Ojeda, don Sergio; Palma, don Joaquín, Tohá, don Isidoro; Urrutia, don Salvador; Valcarce, don Carlos; Walker, don Ignacio, y Zambrano don Héctor.

Asistió, además, la Diputada señora Pollarolo, doña Fanny.

ARTURO FIGUEROA HERRERA

Secretario de la Comisión

1.3. Informe de Comisión de Hacienda

Cámara de Diputados. Fecha 17 de diciembre, 1996. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 30. Legislatura 334.

?Valparaíso, 17 de diciembre de 1996.-

El Secretario de Comisiones que suscribe, CERTIFICA:

Que el proyecto de ley, originado en un Mensaje de S.E. el Presidente de la República, que otorga asignaciones y bonificaciones a personal del sector salud (Boletín Nº 1.957-11), con urgencia calificada de "suma", fue despachado por esta Comisión, con la asistencia de los Diputados señores Longueira, don Pablo (Presidente); Estévez, don Jaime; Galilea, don José Antonio; García, don José; Jocelyn-Holt, don Tomás; Jürgensen, don Harry; Makluf, don José; Matthei, señora Evelyn; Montes, don Carlos; Ortiz, don José Miguel; Palma, don Andrés; Rebolledo, señora Romy, y Schaulsohn, don Jorge.

Concurrieron a la sesión, durante el estudio del proyecto, los señores Alex Figueroa, Ministro de Salud y Fernando Muñoz, Subsecretario de la misma Cartera.

Luego de una detallada explicación de los artículos del proyecto, fueron sometidos a votación en particular el artículo 2º permanente y los artículos 1º, 2º y 3º transitorios del proyecto aprobado por la Comisión de Salud, siendo aprobados por unanimidad.

El Ejecutivo presentó las siguientes indicaciones:

1.- Para intercalar en el inciso primero de la letra e) de su artículo 1º, a continuación de la expresión “los miembros de las juntas calificadoras centrales”, la siguiente oración “y los Jefes Superiores de los Servicios de Salud”

2.- Para intercalar en la letra h) de su artículo 1º, a continuación del punto seguido (.) de la primera oración, la siguiente expresión “Con todo, no tendrán derecho al pago de la cuota respectiva quienes hayan registrado inasistencias injustificadas por aplicación del artículo 66º de la Ley Nº18.834, en el trimestre inmediatamente anterior al mes en que correspondería efectuar el pago.”

3.- Para agregar el siguiente inciso final a su artículo 3º

“La limitación dispuesta en la letra h) del artículo 1º del presente cuerpo legal, se aplicará también al pago del beneficio de que trata el presente artículo.”

4.- Para agregar en el inciso séptimo de su artículo 4º, a continuación de la expresión “Título II de la Ley Nº18.834” y sustituyendo el punto seguido (.) por una coma (,), la siguiente oración “como asimismo, quienes hayan registrado inasistencias injustificadas por aplicación del artículo 66º de dicha ley, en el período que se ha considerado como base de cálculo para esta bonificación.”

5.- Para agregar el siguiente artículo 5º transitorio:

“Artículo 5º.- Para los efectos del cómputo de los años de servicio a que se refiere la letra b) del artículo 1º se considerará, además, por una sola vez al personal en funciones a la fecha de publicación de la presente ley, el tiempo servido en las ex-corporaciones que administraron los consultorios y el Hospital Clínico San Borja Arriarán (Ex-Paula Jaraquemada) del Servicio de Salud Metropolitana Central.

6.- Para agregar el siguiente artículo 6º transitorio:

“Artículo 6º.- Para los efectos de la aplicación de la letra h) del artículo 1º, en relación al primer pago de la asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, sólo se considerarán las eventuales inasistencias injustificadas registradas en los meses de enero y febrero de 1997.”.

Puestas en votación las indicaciones precedentes, la Nº 1 y la Nº 5 fueron aprobadas por unanimidad y las Nºs. 2, 3, 4 y 6 fueron aprobadas por 6 votos a favor y 4 en contra.

A continuación, el artículo 1º fue aprobado por 9 votos a favor y una abstención y el resto del articulado se aprobó por unanimidad.

CONSTANCIAS

Indicaciones rechazadas

- Del Diputado Urrutia, don Salvador, para reemplazar en el punto i) letra b) del artículo 1º, la palabra "planta" por "una de sus cinco plantas.".

- Del mismo señor Diputado, para agregar al final de la letra d) del artículo 1º, lo siguiente: "incluyendo la antigüedad como el principal factor de ponderación”.

La Comisión acordó, además, que el informe se emitiera en forma verbal, directamente en la Sala, para lo cual designó Diputado Informante al señor LONGUEIRA, don PABLO.

Javier Rosselot Jaramillo

Secretario de la Comisión

1.4. Discusión en Sala

Fecha 17 de diciembre, 1996. Diario de Sesión en Sesión 30. Legislatura 334. Discusión General. Se aprueba en general y particular.

MEJORAMIENTO ECONÓMICO PARA EL SECTOR SALUD. Primer trámite constitucional.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Se reanuda la sesión.

De acuerdo con la tabla de la presente sesión, corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley que otorga asignaciones y bonificaciones al personal de la salud.

Diputado informante de la Comisión de Salud es el señor Ignacio Walker, y de la de Hacienda, el señor Longueira.

Antecedentes:

-Mensaje, boletín 1957-11, sesión 28ª, en 12 de diciembre de 1996. Documentos de la Cuenta Nº 1.

-Informe de la Comisión de Salud y certificado de la de Hacienda. Documentos Nos 1 y 2, de esta sesión.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Solicito el acuerdo de la Sala para que ingresen a ella los Subsecretarios de Salud y del Trabajo, el Subdirector de Presupuestos y el Jefe de la División de Estudios de la Secretaría General de la Presidencia , que acompañan al Ministro de Salud en el tratamiento del proyecto.

Acordado.

Tiene la palabra el diputado informante de la Comisión de Salud.

El señor WALKER.-

Señor Presidente, doy a conocer el informe de la Comisión de Salud sobre el proyecto de ley que otorga asignaciones y bonificaciones al personal del sector salud.

La Comisión me pidió que me refiriera no sólo al contenido preciso del proyecto, sino también al contexto que rodeó su discusión y análisis, como una forma de explicar cómo llegamos a este informe.

Cabe decir que, en forma unánime y reiterada, la Comisión de Salud asumió un doble compromiso al tratar este importante proyecto. En primer lugar, su compromiso ineludible, y del Estado en su conjunto, con 10 millones de chilenos -la gran mayoría del país-, que representan el 73 por ciento de la población, que se atiende en el sector público de la salud. Eso ha sido, fundamentalmente, lo que hemos tenido en cuenta: la realidad concreta de la gente que se atiende mayoritariamente en dicho sector.

En segundo lugar, un compromiso igualmente importante con los 54.000 trabajadores de los servicios de salud y con los 2.000 funcionarios de los servicios autónomos que conforman, en conjunto, el sector público de salud. Si sumamos los 8.500 médicos que no están involucrados en el proyecto, pero que laboran en el sector, tenemos 64.500 personas que hacen posible, después de muchas décadas de experiencia, que Chile exhiba uno de los mejores índices de salud del continente.

En lo medular, el proyecto apunta, precisamente, a dignificar a los trabajadores del sector público de salud y, a través de ellos, a mejorar en forma significativa la calidad y equidad de la atención de la población.

Todos conocemos el esfuerzo cuantitativo que ha hecho el Estado chileno en estos seis años, al aumentar de 360 mil millones de pesos, que era el presupuesto de salud en 1990, a 800 mil millones para 1997. Es decir, se ha más que duplicado un esfuerzo cuantitativo que ha significado, por cierto, mejorar la atención en el sector público de salud.

Este proyecto, específicamente, destina 14.500 millones de pesos -más de 35 millones de dólares- para mejorar la situación de los trabajadores de la salud, tanto de los 54.000 que laboran en los servicios de salud como de los 2.000 de los servicios autónomos.

Como lo sabe el país, el antecedente principal del proyecto es el acuerdo suscrito en el Palacio Ariztía, que puso fin al primer paro de los trabajadores de la salud acaecido en noviembre, y que, básicamente contenía un doble compromiso: por un lado, lo que se denominó asignación por experiencia o antigüedad y desempeño y, por otro, el compromiso fundamental -dice dicho acuerdo- de “iniciar el estudio de un nuevo marco laboral para los trabajadores de la salud adscritos a la ley Nº 18.834”. Para ese efecto, se crean las asignaciones y bonificaciones por experiencia y desempeño a que se refiere dicho acuerdo.

Como el país también sabe, las diferencias en torno a las interpretaciones de dicho acuerdo causaron el segundo paro de los trabajadores de la salud en diciembre, con todas las consecuencias que el país y la honorable Cámara conocen, a las cuales no es del caso referirse en esta oportunidad.

Quiero recalcar que, a pesar de tener calificación de “suma” urgencia, la Comisión de Salud ha hecho un esfuerzo importante -que por cierto se justifica- para dar cabida al mayor número posible de opiniones y de recoger lo que piensan, lo que sienten, lo que tienen que aportar a esta iniciativa los trabajadores de la salud, representados por cerca de 200 dirigentes nacionales y de base, quienes durante el viernes y sábado, junto a nosotros en la Cámara, expusieron sus puntos de vista ante la Comisión de Salud que escuchó sus legítimas demandas relacionadas con condiciones de trabajo, sueldos, etcétera. Creo que la experiencia de haberlos escuchado durante dos días y de haber trabajado los días jueves, viernes, sábado y lunes con las autoridades de Gobierno y con los sectores involucrados, sin duda ha enriquecido, mejorado y perfeccionado este proyecto.

Como muchas veces se magnifican las diferencias, creo interesante anotar las importantes concordancias que constatamos en las audiencias con los dirigentes del sector público de la salud. En primer lugar, la Fenats, las enfermeras, los técnicos no profesionales, los paramédicos, el Colegio Médico, en fin, todos los representantes de los trabajadores, partiendo por Humberto Cabrera y todas las personas que vinieron a la Comisión, fueron claros y explícitos al señalar que aceptaban el marco presupuestario de 14.500 millones de pesos preestablecido en la tramitación de este proyecto. Es decir, si bien es cierto que siempre las aspiraciones van más allá de lo que un marco presupuestario puede permitir, ellos no lo objetaron.

Sin embargo, desde su punto de vista, las diferencias surgidas dicen relación con la forma en que se distribuyen estos 14.500 millones de pesos. Es así como la multigremial de la salud planteó la necesidad de que 11.000 millones de pesos de ese total correspondieran al factor antigüedad, y 3.500 millones de pesos, al factor desempeño.

Otros gremios, como los de los paramédicos, representados por siete de sus más altos dirigentes, propusieron tres tramos. Aceptaron el principio de la diferenciación, pero el tramo superior, con el 50 por ciento de los funcionarios; el segundo, beneficiando al 35 por ciento de ellos, y el tercero, al 15 por ciento de los mejores evaluados. Es decir, hubo diferencias, y tal vez las hay -insisto- respecto de los gremios en cuanto a la forma de distribuir los recursos; pero se aceptaron, explícita y reiteradamente, como marco presupuestario para la discusión del proyecto, los 14.500 millones de pesos que propuso el Gobierno.

En segundo lugar, los gremios de la salud también aceptaron incorporar el criterio del desempeño. Como ellos dijeron textualmente: “No lo pedimos, pero lo aceptamos”. En las conversaciones del Palacio Ariztía, la petición de los gremios de la salud se refería básicamente al criterio de antigüedad, y en ello -hay que decirlo claramente- hubo mucha homogeneidad en todas las declaraciones que escuchamos; pero su propia propuesta, 3.500 de los 14.500 millones de pesos, se destinaban al concepto de desempeño.

Ahí, por lo tanto, hay un segundo acuerdo fundamental. Nadie objeta el criterio del desempeño; lo que se discute es la ponderación entre antigüedad y desempeño.

En tercer lugar, hubo acuerdo -ésta es una de las claves fundamentales que discutiremos en la sesión- en perfeccionar el sistema de calificaciones de los trabajadores de la salud. Si vamos a incorporar el criterio del desempeño, como estuvimos de acuerdo en forma unánime en la Comisión de Salud y como, de hecho, los trabajadores también lo están, aunque -insisto- en una ponderación distinta -me imagino que lo estaremos también en la Sala-, es lógico y natural que exista un sistema de calificación transparente, equitativo, objetivo, justo, no discriminatorio ni arbitrario, que garantice que la referida asignación tendrá también una base transparente.

En cuarto lugar, es importante hacer resaltar -para constatar que aquí no sólo hay diferencias irreconciliables en posiciones radicalizadas, sino que hay una base común importante de acuerdo- que tampoco se objetó -el señor Cabrera y los dirigentes de los gremios involucrados fueron muy enfáticos en esto- el descuento por los días no trabajados, cuestión que excede al marco del proyecto en sí mismo, pero es importante por su trasfondo y el ambiente que rodea su discusión. Más bien, en forma explícita propusieron hacer estos descuentos por diferido, y no en el mes de diciembre, por lo menos en lo referente a los días no trabajados en este mes que -como sabemos- en el segundo paro del sector público de la salud, fueron diez.

En quinto lugar, es justo decirlo, tampoco los más altos dirigentes de los gremios representados en estas audiencias intentaron, de manera alguna, inhibir la facultad, que por lo demás es una obligación legal, de la autoridad en materia de sumarios. Y lo que pidieron fue cierto criterio de prudencia y comprensión, en el sentido de que dichas investigaciones en curso estuviesen dirigidas en forma fundamental a los sectores de funcionarios a cargo de los servicios de urgencia, o a lo que los propios dirigentes llamaron, como el país lo conoce, los “turnos éticos”. Entre otras cosas -lo dijeron ellos mismos-, porque rompían las propias instrucciones dadas por los dirigentes a los funcionarios en cuanto a no descuidar tales servicios de salud.

Menciono esos cinco puntos del acuerdo porque, no siendo menores, demuestran que existe un terreno común, un marco dentro del cual es posible discutir.

Para ser igualmente objetivos, ¿cuáles son las objeciones de los gremios representados en esas audiencias?

Fundamentalmente, dos. Más allá del tema de la urgencia, diría que hay dos cuestiones de fondo, que plantearon con mucha fuerza y que han sido los temas más discutidos en la Comisión de Salud y, me imagino, también en la de Hacienda.

En primer lugar, ellos solicitan separar la asignación de desempeño -que aceptan- de la de antigüedad.

En segundo lugar, tienen una apreciación distinta sobre la ponderación con que se introducen en este proyecto, por un lado, la antigüedad y, por el otro, el desempeño, y también -según ellos, por una razón de equidad- la diferencia que se habría producido, de haberse aprobado el proyecto tal cual lo había presentado el Gobierno, entre los ingresos de los tramos más altos y los de los más bajos.

Ésas fueron las dos observaciones -entre otras, que no quiero calificar de secundarias- más medulares que marcan una diferencia con el proyecto.

Ahora bien, en síntesis, ¿qué hace el proyecto?

Fundamentalmente, como se desprende de su lectura -procuraré hacer una apretada síntesis-, establecer una asignación y una bonificación. Una asignación funcionaria, que el proyecto considera como estímulo por desempeño funcionario, que beneficia a los 54 mil trabajadores de los servicios de salud, sobre la base del criterio de experiencia. Insisto, es un concepto más rico que el de la mera antigüedad, lo cual quedó muy reflejado en las audiencias, por cuanto en el ámbito de la salud, la experiencia constituye no sólo la suma de años. Como ellos mismos decían, un paciente será mejor atendido por un paramédico que tiene en el servicio veinte años no sólo de antigüedad, sino de experiencia; que por uno que recién ha ingresado.

Junto con el tema de la experiencia, de la antigüedad, con reconocer los trienios, de uno a diez, o sea, hasta treinta años, se establece también el criterio del desempeño. Al respecto, se establecían tres tramos -el proyecto después varió-, que básicamente benefician a los funcionarios de salud ubicados en listas 1 y 2, excluyendo a los que están en situación condicional en la lista 3, que no son más del 1 por ciento de los funcionarios, incluso, menos. Tales tramos son: de 1 por ciento para el tercio inferior; de 2 por ciento de asignación para el intermedio, y de 3,5 por ciento para el tercio superior.

Esta asignación funcionaria, que considera tanto experiencia como desempeño en los tres tramos que he mencionado, se pagará, según el proyecto, en cuotas trimestrales, a partir de marzo. Es tributable e imponible. Se establece en el artículo 1º y beneficia a 54 mil trabajadores de los servicios de la salud.

En segundo lugar, el proyecto otorga una bonificación, no una asignación de estímulo por desempeño funcionario, tributable y no imponible, a 2 mil funcionarios que se desempeñan en los servicios autónomos de la salud.

En este caso, hay una doble bonificación: por un lado, bonificación individual al 30 por ciento de los funcionarios de cada planta de mejor calificación de los servicios autónomos, que consiste en un 10 por ciento del sueldo base al 15 por ciento mejor evaluado, y un 5 por ciento al 15, es decir, el 30 por ciento de los funcionarios, que son 2 mil, de los servicios autónomos mejor evaluados. Muy similar, por lo tanto -de hecho el proyecto se remite a ello-, a lo que aprobamos en esta Cámara, en su oportunidad, respecto de los funcionarios de Aduanas. La bonificación individual se establece en el artículo 3º del proyecto.

Junto con ello, para los mismos 2 mil trabajadores de los servicios autónomos, el artículo 4º dispone una bonificación institucional; es decir, se premia no sólo el desempeño individual, sino también el institucional, salvo a los que están en lista 3 y 4, muy similar al criterio aplicado en el artículo 1º, y salvo también al 10 por ciento de los funcionarios peor evaluados. La bonificación institucional se aplica al 90 por ciento de los funcionarios mejor evaluados en listas 1 y 2, sobre la base de las metas de gestión que se fijan por la autoridad respectiva. Significa un 10 por ciento de bonificación que comenzará a aplicarse a partir de 1998, a diferencia de la asignación funcionaria del artículo 1º, que se aplicará desde marzo de 1997.

Pues bien, ¿qué acordó la Comisión de Salud? En primer lugar, por unanimidad de sus miembros, después de cuatro días de discusión, aprobó en general el proyecto; es decir, nuestra concordancia con su idea matriz, que es justamente establecer una asignación y una bonificación, tanto individual como institucional, al personal del sector público de la salud: los 54 mil funcionarios de los servicios de salud y 2 mil funcionarios de los servicios autónomos. No hubo votos disidentes, sino sólo unanimidad para aprobar esta idea que, en el fondo, más allá de las interpretaciones legítimas que pueden existir en torno a ella, es consecuencia del acuerdo adoptado en el Palacio Ariztía.

En segundo lugar -quiero hacer resaltar el punto, porque motivó la mayor discusión en la Comisión-, en la votación en particular se modificó la ponderación del proyecto original del Gobierno en un doble sentido: primero, la forma de ponderar los criterios de antigüedad y desempeño, y, segundo, procurar reducir la distancia entre los sectores de ingresos más altos y los de ingresos más bajos.

En definitiva, acogiendo las sugerencias, comentarios y reflexiones muy legítimos, profundos y francos de más de 200 dirigentes de la salud, la Comisión varió la proposición del proyecto original del Gobierno en lo que se refiere a la asignación funcionaria, en el sentido de que el criterio de la antigüedad tendrá mayor ponderación: 57 por ciento en el total ponderado y 43 por ciento de desempeño.

El Colegio Médico, encabezado por el doctor Enrique Accorsi , había propuesto a la Comisión una ponderación de 60 a 40 por ciento, en cuanto a antigüedad-desempeño. Quedamos en 57-43, es decir, bastante cerca de la ponderación sugerida.

En un punto tal vez más importante que éste, los dirigentes de la salud nos hicieron ver con mucha fuerza y razón que no podía darse una diferencia tan grande en el otorgamiento de la asignación entre los sectores de más altos ingresos -directivos y profesionales, que además tienen una asignación profesional-, y los de más bajos ingresos.

En ese sentido, hay que reconocer la flexibilidad y buena disposición del Ministerio de Salud, con el que trabajamos estos cuatro días, para variar también el criterio inicial del Ejecutivo , en cuanto a que ya no habrá una diferencia de 1 a 3.5, lo que significaba que en el tercio mejor evaluado habría un criterio del 70 por ciento por desempeño y 30 por antigüedad, pues disminuyó a la relación de 1 a 2.6 por ciento; es decir, se acortó la distancia que estimamos exagerada, consignada en el proyecto primitivo.

Por lo tanto, la asignación menor ya no será del 1 por ciento, sino del 1.25, y la superior no será de 3.5, sino de 3.25 por ciento.

Insisto en que el monto a repartir, de 14.500 millones de pesos, nunca fue objetado por los dirigentes del sector público de la salud. La discusión estuvo centrada en la forma de distribuir ese monto total.

El proyecto fue aprobado por unanimidad en la Comisión de Salud, que acogió la indicación del Ejecutivo , el que se hizo eco de la petición de dicha Comisión, cuyos integrantes, a su vez, se hicieron eco de las legítimas aspiraciones de los dirigentes de la salud para avanzar en esa doble dirección: ponderación levemente superior en antigüedad en relación con desempeño, pero manteniendo un fuerte estímulo a éste de 3.25 por ciento al tramo superior; y en segundo lugar, disminuyendo la brecha entre los mayores y menores ingresos. Ése fue el aspecto medular de nuestra propuesta.

Finalmente, junto con haber aprobado por unanimidad el proyecto en general y en particular, en lo que a esta ponderación se refiere -desempeño y antigüedad y de ingresos altos y bajos-, también la Comisión innovó respecto de la propuesta original, pues introdujo un criterio de descentralización en la forma en que se califica al personal de la salud. Fue un tema que los trabajadores plantearon con mucha fuerza y razón, porque -insisto- si vamos a introducir este criterio de desempeño a la escala para 54 mil trabajadores de la salud; es decir, en forma distinta al tema de los funcionarios de aduanas y de obras públicas que, en este momento, se está discutiendo, creemos -fue el parecer unánime- que la calificación que sirve de base a la asignación de desempeño debe ser revisada en forma separada por cada junta calificadora para que exista una vinculación más directa con la realidad de los hospitales y de los establecimientos de salud, en general.

En cuanto al contexto del proyecto, es justo señalar que hubo tres o cuatro cuestiones fundamentales a las cuales -debo reconocer- el Ejecutivo se allanó y accedió, no por presiones, porque aquí no las hubo, sino gracias a una discusión racional y serena. Tras escuchar las legítimas aspiraciones de los dirigentes de los trabajadores del sector público de salud, nos hicimos eco de aquellas que consideramos que deben ser incorporadas al proyecto.

En primer lugar, está el compromiso del Ministro de Salud -que tenemos que reconocer públicamente, porque fue la respuesta a una demanda reiterada de los dirigentes- de descontar los diez días no trabajados no en diciembre, sino en forma escalonada en enero, febrero y marzo.

En segundo lugar, que los sumarios -los dirigentes no objetaban la facultad de la autoridad administrativa, en este caso del Ministro de Salud , para hacer uso de esta herramienta legal- se realizaran con un criterio más restringido que aquel que se visualizó en el ambiente y en los medios de comunicación, dirigidos fundamentalmente a los sectores que no sólo faltaron a la ley, sino también a la ética, como es el caso de los servicios de urgencia, que los propios dirigentes llamaron “turnos éticos”, los que a veces también fueron abandonados; incluso insistieron en que se había faltado a las directrices que habían hecho valer con tanta fuerza.

En tercer lugar -tal vez el punto más importante-, hay un compromiso público, solemne, formal del Ministro de Salud , de perfeccionar el sistema de calificación, que es la clave para aplicar esta asignación, basada no sólo en criterios de antigüedad, sino también de desempeño, con el objeto de que hacerlo transparente y más justo, equitativo y no arbitrario o discrecional, como muchas veces, de acuerdo con el relato de dirigentes que colmaron la Sala de la Cámara de Diputados, lo sintieron los trabajadores en forma bastante dramática.

Finalmente, y no menos importante, porque fue la base del acuerdo en el Palacio Ariztía, existe el compromiso, reiterado por el Ministro de Salud -seguramente se referirá a él- de estudiar el nuevo marco laboral que ha de regir a los trabajadores del sector público de la salud.

La Comisión de Salud cree haber hecho un esfuerzo importante, serio, para no actuar -como alguien dijo en esta Sala el sábado- como meros buzones de un proyecto que, en estos aspectos, no menores, fue aprobado en la Comisión de manera distinta, y a veces muy significativa, al enviado por el Ejecutivo.

Por último, en este caso por mayoría de votos y no por unanimidad, como ocurrió con la ponderación de los factores de desempeño y de antigüedad y entre ingresos altos y bajos, la Comisión participó de la idea de eliminar en tres artículos referidos al pago de asignaciones y bonificaciones, la no aplicación a quienes hayan tenido “descuentos de remuneraciones por inasistencias injustificadas”.

¿Por qué el voto de mayoría? Fundamentalmente, por tres razones.

En primer lugar, porque el artículo 66 del Estatuto Administrativo ya contempla una sanción por ausencias injustificadas, la de deducir de la remuneración los días no trabajados.

En segundo lugar, porque esto tiene una segunda sanción: aquellos trabajadores que no concurren a sus labores y que, por lo tanto, caen dentro de la categoría de ausencias injustificadas, son peor calificados que aquellos que sí asisten.

En tercer lugar, el 70 por ciento de los trabajadores de la salud son mujeres y también lo son el 95 por ciento de los paramédicos, 23 mil. Hubo testimonios elocuentes de mujeres, las cuales sienten que se ha -no digo abusado, aunque algunas usaron esa expresión- de la calificación para producir cierta discriminación, que termina por afectarlas, porque son las que cuentan con más ausencias injustificadas, a veces sin licencias médicas, por el cuidado de los niños, de la familia y de todo aquello que significa el entorno de la mujer en nuestro país, en general, y en el sector público de salud, en particular.

Entonces, además de todo lo anterior, de permitir descuentos en las remuneraciones de las peor calificadas -como es lógico, por ausencias injustificadas, lo cual afecta especialmente a la mujer-, ¿íbamos a privar a esos trabajadores de esta asignación o bonificación? La mayoría estimamos que era desproporcionado hacerlo y, por lo tanto, por mayoría de votos, eliminamos esa referencia, a fin de otorgarles este beneficio, considerando, en especial, que es un pago trimestral.

En síntesis, después de una rica y profunda discusión, la Comisión de Salud aprobó por unanimidad el proyecto en general, después de una profunda discusión, y por unanimidad, variando la propuesta inicial del Ejecutivo , tanto en la forma de aplicar esta asignación o bonificación, mediante la ponderación de los factores de antigüedad y desempeño entre ingresos altos y bajos para hacerla más equitativa, como en la concepción de este nuevo criterio de descentralización, que no estaba en el proyecto original.

El proyecto no contiene normas de carácter orgánico constitucional ni de quórum calificado.

Por supuesto, está pendiente -y ahora seguramente lo escucharemos- el informe de la Comisión de Hacienda.

Termino señalando que, a pesar de la “suma” urgencia y de los pocos días que tuvimos para debatir este proyecto, que introduce modificaciones profundas en la Administración Pública, en cuanto a que no sólo conlleva una enmienda legal, sino que apunta a un cambio cultural, lo que es importante -incluso los trabajadores no se oponían ni se oponen a introducir el criterio del desempeño- y a pesar -por qué no decirlo- de las legítimas diferencias y de no haber recogido todas sus aspiraciones en la forma en que los funcionarios lo hicieron saber, ciertamente el proyecto aprobado por la Comisión de Salud mejora, perfecciona y hace más equitativa la iniciativa original del Gobierno.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-

Tiene la palabra el Diputado informante de la Comisión de Hacienda, don Pablo Longueira.

El señor LONGUEIRA .-

Señor Presidente , en el ánimo de no repetir gran parte de lo ya expuesto, trataré de hacer una exposición que complemente la que acaba de hacer el diputado informante de la Comisión de Salud.

El proyecto contiene cuatro artículos permanentes. Los dos primeros dicen relación a la asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario; el 3º y 4º, con una bonificación para los servicios autónomos.

Por otra parte, los artículos transitorios fijan los plazos de pago y los montos de las asignaciones y bonificaciones que se crean en los artículos permanentes.

El artículo 1º otorga, a partir del 1º de enero de 1997, una asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario para el personal de planta y a contrata de los servicios de salud, y señala los requisitos y formas de obtenerla, cuyo costo total es de 13.718 millones de pesos.

Quiero poner énfasis, a fin de agregarlo al informe recién entregado a la Sala, en que en estos servicios existen cinco plantas. Las asignaciones del 3,25 por ciento para aquellos funcionarios que estén en el tercio mejor evaluado; de 2 por ciento para quienes estén en el tercio inmediatamente inferior, y de 1,25 por ciento para los más mal evaluados, se otorgan en cada una de estas plantas. Es decir, en la planta de profesionales, un tercio de ellos recibirán el porcentaje más alto de 3,25; el otro tercio, que es el intermedio, un 2 por ciento, y el tercio más mal evaluado, un 1,25. Lo mismo ocurre en la planta de directivos, de técnicos, de administrativos y de auxiliares. Esto no significa que en un servicio de salud quede todo el personal administrativo con el porcentaje más bajo, sino que en cada una de estas categorías se debe establecer un criterio de evaluación que permita asignar estos porcentajes.

Para que los señores parlamentarios tengan una idea de lo que significa estar mejor o peor evaluado, voy a dar, a modo de ilustración, un ejemplo. Si tomamos como referencia a un profesional grado 12, una enfermera evaluada en el tercio más malo, tendrá de ponderador el 1,25 por ciento para esta asignación, por lo cual recibirá trimestralmente 62.106 pesos; si otra enfermera del mismo grado y con la misma antigüedad -estoy comparando a tres enfermeras con cuatro trienios- quedara evaluada en el tercio intermedio, tendrá un ponderador de 2 por ciento y recibirá una asignación de 99.309 pesos. Por último, a la enfermera mejor evaluada le corresponderá el 3,25 por ciento, y recibirá trimestralmente un monto de 161.473 pesos.

Este ejemplo refleja, de alguna forma, el impacto que tiene el desempeño en la asignación final: de 62 mil pesos, por estar evaluada en el tercio más bajo; hasta 161 mil pesos para aquella mejor evaluada, considerando que tiene igual período laboral y se encuentra en el mismo grado de la planta profesional.

De lo anterior podemos observar lo significativo que es estar bien calificado para gozar de esta asignación que mezcla la experiencia con la antigüedad y el desempeño funcionario.

El artículo 3º del proyecto establece una bonificación exactamente igual a la que otorga la ley Nº 19.479, de Aduanas. Precisamente, en el inciso segundo se hace referencia al artículo 11 de esa ley. Se trata de un beneficio que reciben los servicios autónomos, entendiéndose por ellos la Subsecretaría del Ministerio de Salud, al Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, el Fondo Nacional de Salud, el Instituto de Salud Pública, la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional del Servicio de Salud y la Superintendencia de Instituciones de Salud Pública. Estas instituciones no reciben la asignación establecida en los artículos 1º y 2º permanentes; en cambio, obtienen una bonificación de dos tipos: una, por desempeño individual, para 1.975 funcionarios, dispuesta en el artículo 3º, que se otorga sólo al 30 por ciento del personal de dichos institutos. Dentro de ese porcentaje, el primer 15 por ciento mejor calificado recibe el 10 por ciento de aumento -se considera el sueldo base y otros ítem- y los que están en el segundo 15 por ciento, reciben un 5 por ciento de aumento. El 70 por ciento restante no recibe la bonificación. Es el mismo concepto incorporado en el artículo 11 de la ley Nº 19.479, de Aduanas.

El costo anual de la bonificación otorgada por el artículo 3º asciende a 156 millones de pesos, bastante menor que la de los artículos 1º y 2º, pues sólo se concede a 1.975 funcionarios, en comparación con los 54 mil que tienen derecho a la asignación mencionada en los artículos 1º y 2º.

Por el artículo 4º, se crea una bonificación por desempeño institucional para los funcionarios de las mismas instituciones indicadas en el artículo 3º. En este caso, tiene derecho a recibirla el 90 por ciento del personal, pero queda excluido el 10 por ciento peor evaluado, en la medida en que las instituciones cumplan con las metas establecidas.

El costo de esta bonificación institucional asciende a 626 millones de pesos en el régimen de 10 por ciento, dado que un artículo determina que en el primer año de su aplicación sólo será del 5 por ciento.

Quiero hacer referencia a lo señalado por el diputado informante de la Comisión de Salud , en cuanto a que es efectivo que la Comisión de Hacienda decidió, por mayoría, acoger las indicaciones presentadas por el Ejecutivo , en el sentido de que estas bonificaciones y la asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario no debieran recibirlas aquellos que hayan tenido inasistencias injustificadas, de acuerdo con el artículo 66 de la ley Nº 18.834. Por eso, se acogieron las indicaciones 2, 3, 4 y 6, referidas a ese punto. El Ejecutivo incorporó un artículo 6º transitorio, en virtud del cual, para los efectos de la evaluación del último trimestre de este año, no se considerarán las inasistencias injustificadas relacionadas con el paro por todos conocido. Sólo se computarán las inasistencias injustificadas a partir de enero y febrero de 1997.

El artículo 1º transitorio dispone que la bonificación establecida en el artículo 3º regirá a partir del 1º de enero de 1997.

El artículo 2º transitorio señala, tal como lo informé, que la bonificación por desempeño institucional a que se refiere el artículo 4º no será de un 10 por ciento en 1998, sino sólo de 5 por ciento. Quiero dejar en claro que está excluido de recibir esta bonificación el 10 por ciento del personal peor evaluado.

El artículo 3º transitorio dispone que para el año 1997 la bonificación será de 4,75 por ciento. Tampoco está circunscrita a todo el personal, sino al 90 por ciento mejor evaluado. Por lo tanto, será de 4,75 por ciento para el próximo año; de 5 por ciento para 1998, y a partir de 1999 entrará en el régimen de 10 por ciento, con un costo de 626 millones de pesos. A partir de 1997, dado que se contempla solamente un 4,75 por ciento, porque ésta es una bonificación institucional que hay que poner en marcha, su costo ascenderá a 297 millones de pesos.

La Comisión de Hacienda también acogió otras indicaciones del Ejecutivo. La número 1 incorpora en la letra e) del artículo 1º una norma que apunta, básicamente, a que también se excluya de estas evaluaciones a los jefes superiores de los servicios de salud, al igual como lo están todos los miembros de las juntas calificadoras. Ellos, automáticamente, quedan encasillados en el grupo que recibirá el porcentaje intermedio de 2 por ciento. La Comisión acogió esta indicación.

Para los efectos de hacer más expedita la votación, propongo que se voten simultáneamente las indicaciones 2, 3, 4 y 6, porque todas hacen referencia al texto en cuya incorporación el Ejecutivo ha insistido en la Comisión de Hacienda, en el sentido de excluir tanto de la asignación de desempeño como de las bonificaciones a aquellos funcionarios con inasistencias injustificadas.

La indicación número 5 del Ejecutivo permite incluir, para los efectos de considerar la antigüedad, a aquellos funcionarios que fueron miembros de las ex corporaciones que administraron los consultorios y el hospital clínico San Borja-Arriarán y el ex hospital Paula Jaraquemada , del Servicio de Salud Metropolitano Central. Se propone un artículo 5º transitorio, con el propósito de considerar también la antigüedad de todos aquellos funcionarios durante el período que permanecieron en dichas reparticiones.

Tal como lo señalé, la indicación número 6, relacionada con las Nos 2, 3 y 4, tiene por objeto excluir de las inasistencias injustificadas aquellas que fueron consecuencia del paro para el efecto de calcular la asignación de desempeño.

En general, prácticamente todas las normas del proyecto fueron aprobadas por unanimidad en la Comisión de Hacienda.

Quiero hacer referencia especial al artículo 4° transitorio, que dice: “El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley para el año 1997 será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto vigente de los servicios de salud. No obstante, el Ministro de Hacienda , con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no pudieren financiar con sus recursos.”

La Comisión de Hacienda comenzó la discusión del proyecto precisamente exigiendo a los representantes del Ejecutivo una explicación más expresa de lo que significa una redacción de esta naturaleza. Se recordó que en ocasiones anteriores, en otras iniciativas relacionadas con el sector salud, financiadas con recursos del Ministerio de Salud, se estableció claramente cuáles eran los programas que se reducirían, con el objeto de contar con recursos para financiarlas, los que, por cierto, no se mencionan en el proyecto en discusión. Dado que hace algunos días aprobamos la Ley de Presupuestos, el Ministerio de Salud no debería tener disponibilidad para financiar una ley de esta naturaleza.

El Ejecutivo -esto es importante para la historia de la ley- se comprometió ante la Comisión a que al menos el 50 por ciento del costo del proyecto sería suplementado con el ítem establecido en este artículo y a que el 50 por ciento restante se financiaría. Se debe tener presente que el costo del proyecto es de alrededor de 14.500 millones de pesos. Por lo tanto, el Ministerio de Salud reducirá en infraestructura y en ciertos programas que podrá postergar o suspender, sólo hasta 7.250 millones y el resto deberá ser suplementado.

También los representantes del Ejecutivo se comprometieron a entregar a las Comisiones de Salud y de Hacienda, en un plazo breve, los programas y la infraestructura que deberán postergarse, con el propósito de concurrir con el 50 por ciento del financiamiento del proyecto.

En la eventualidad de que el Senado introduzca alguna modificación al proyecto y deba volver en tercer trámite, el Ejecutivo se comprometió a incorporar en ese momento una adecuación en la redacción del artículo 4º, a fin de dejar explicitado el compromiso asumido en la discusión del proyecto en la Comisión de Hacienda.

Por último, quiero mencionar un tema que interesará a los parlamentarios que representan distritos donde existen hospitales regidos por convenio, que es mi caso, pues en esa situación se encuentra el hospital parroquial de San Bernardo. Se estudiará un mecanismo que permita, por la vía de estímulos distintos, que puedan suplementar los convenios, con el objeto de que el personal de estos hospitales, que también prestan servicios de atención pública, no queden en desmedro en relación con las bonificaciones y aumentos que está recibiendo el personal de los servicios de salud a lo largo del país.

Hasta aquí el informe verbal de la Comisión de Hacienda.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-

En discusión en general y en particular el proyecto.

Tiene la palabra el señor Ministro de Salud.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Hago presente a las personas que ocupan las tribunas que están prohibidas las manifestaciones. Les ruego que nos permitan mantener esa tradición de la Cámara Diputados.

Tiene la palabra el señor Ministro.

El señor FIGUEROA ( Ministro de Salud ).-

Señor Presidente y honorables señoras y señores diputados, esta oportunidad es muy especial para mí, fundamentalmente por dos razones:

Una, porque es la primera vez que me corresponde, como Ministro de Salud, estar ante tan distinguida y honorable audiencia, presentando un proyecto de ley que el Ejecutivo está seguro de que será una importante contribución a la tarea de mejorar entre todos la salud de los chilenos.

La otra, porque me asiste el más profundo convencimiento de que esta iniciativa legal posee un enorme potencial tendiente a consolidar nuestro compromiso, como Gobierno, de fortalecer y modernizar el sistema público de salud, cual es, a nuestro juicio, el único capaz de asegurar su equidad.

Para nadie es desconocido el origen inmediato del proyecto de ley que hoy se ha presentado a la consideración de la Sala de la Cámara de Diputados. El país ha sido testigo de las dramáticas consecuencias que han tenido las dos paralizaciones registradas en los últimos días.

Por primera vez en la historia del sistema público de salud chileno, las paralizaciones han dañado gravemente la atención de salud de servicios de urgencia y unidades críticas -donde había pacientes con evidente riesgo- dirigidas al sostén de funciones vitales de quienes se atienden en los hospitales del sistema nacional de salud.

La ética del servicio público y de las profesiones de salud han sido puestas en grave cuestionamiento por la actitud de algunas personas que adhirieron al paro en diversos hospitales del país. El daño a las personas y al sistema público de salud ha sido incalculable desde el punto de vista social y, ciertamente también, desde el económico.

Resulta, entonces, doblemente significativo que un proyecto de esta importancia surja como producto de un lamentable, difícil y doloroso conflicto en el sector público de salud, a pesar de lo cual busca constituirse en un decisivo paso para resolver los problemas que nos aquejan; pero, principalmente, refleja la enorme convicción que le asiste al Gobierno y al Ministerio de Salud de considerar al honorable Congreso como uno de los pilares fundamentales de nuestra democracia, y como el legítimo e invaluable espacio de diálogo, para buscar acuerdos y soluciones que enriquezcan la convivencia democrática de Chile.

Por lo anteriormente expuesto, es una enorme satisfacción presentar oficialmente el proyecto de ley enviado por su Excelencia el Presidente de la República, don Eduardo Frei Ruiz-Tagle, que otorga asignaciones y bonificaciones al personal de la salud.

El texto legal posee tres grandes objetivos:

1º. Busca mejorar decididamente la atención para los usuarios del sistema público de salud, que actualmente abarca al 70 por ciento de la población chilena.

Si bien son innegables e, incluso, reconocidos internacionalmente nuestros avances en indicadores de salud e innovaciones programáticas, todos reconocemos la necesidad de avanzar e innovar con el mismo grado de éxito en el ámbito de la atención de las personas, las que constituyen nuestra vocación y razón de ser y a las que nos debemos para resolver y satisfacer sus necesidades en forma oportuna y con la mayor eficiencia y eficacia posibles.

2º. Como lo señalara anteriormente, esta iniciativa resulta ser un paso decisivo en la tarea de fortalecer y modernizar el sistema público de salud, ya que no sólo reconoce legítimamente la experiencia en salud, remunerándola de manera consecuente, sino que -lo más novedoso e importante- une las mejores remuneraciones del personal con un mejor desempeño, vinculando ese mejor esfuerzo con obtener mayor satisfacción de nuestros pacientes usuarios del sistema público de salud e interpretando concretamente la visión que el propio Presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle le ha otorgado a la tarea de modernizar el Estado, que no es otra que la de acercarlo a la gente para atenderla y prestarle mejor servicio.

3º. Nada de esto sería posible si no nos esforzáramos en reconocer la labor que realiza la gran mayoría de nuestro personal y que constituye nuestro más preciado recurso en el logro de los objetivos antes descritos.

Nuestro recurso humano es insustituible en este gran desafío, y el proyecto persigue, en esencia, reconocer pecuniariamente su tarea cotidiana y permanente por servir a los chilenos, particularmente a los más necesitados que se atienden en el sistema, para contar con un personal motivado, capacitado e, insisto, adecuadamente remunerado.

Con estos objetivos estamos dando cumplimiento al programa del Presidente Frei en lo que a política de recursos humanos del sector se refiere, y estamos, a su vez, honrando acuerdos que en estas mismas materias sucribiéramos con los dirigentes de los trabajadores en el Palacio Ariztía, sede metropolitana de esta honorable Cámara.

En pocas palabras, la idea matriz consiste en establecer incentivos económicos a nivel individual y también colectivo, asociados a factores de antigüedad y desempeño, para promover con ello la excelencia, la calidad y el rendimiento del sistema público de salud, en un escenario de gestión descentralizada que otorga mayor capacidad a los gestores locales. Es así como se establecen dos tipos de beneficios: uno, asignación de estímulo por experiencia y desempeño para el personal de los servicios de salud; y dos, bonificaciones de estímulo por desempeño funcionario y desempeño institucional para los funcionarios del Servicio de Salud del Medio Ambiente, Fondo Nacional de Salud, Fonasa; Central Nacional de Abastecimientos, Cenabast; Instituto de Salud Pública, ISP; Superintendencia de Isapres y también para el personal de la Subsecretaría de Salud, todos adscritos a la ley Nº 18.834.

La asignación de estímulo por experiencia y desempeño es permanente, imponible, tributable y cubre al ciento por ciento de los funcionarios titulares y a contrata, calificados en listas 1 y 2. Reconoce, al mismo tiempo, la experiencia o antigüedad en la salud a partir de los trienios, pagándose trimestralmente en virtud de las calificaciones anuales y en los siguientes porcentajes: para el 33 por ciento de los ubicados en el nivel superior de la calificación, el 3,25 por ciento por cada trienio; para el 34 por ciento de los ubicados en el nivel intermedio de calificación, el 2 por ciento por cada trienio, y para el 33 por ciento del nivel inferior de calificación, el 1,25 por ciento por cada trienio. Esta fórmula fue concordada y ratificada en forma unánime por las Comisiones de Salud y de Hacienda de la Cámara de Diputados.

Quedaron excluidos los funcionarios calificados en listas 3 y 4.

La base de cálculo de esta asignación se compone del sueldo base, artículo 17 de la ley Nº 19.185 -también llamada letra T-; de la asignación profesional, y de la asignación de responsabilidad superior.

Por su parte, la bonificación de desempeño funcionario es tributable, no imponible, cubre el 30 por ciento de los funcionarios mejor calificados en listas 1 y 2, y de éstos, al 15 por ciento superior se le otorga un 10 por ciento de la suma anual de la base antes señalada, y al 15 por ciento siguiente, un 5 por ciento.

El bono, tal como ocurre con la asignación de experiencia y desempeño, se paga en cuatro cuotas trimestrales: en marzo, en junio, en septiembre y en diciembre, y se contabiliza a partir del próximo año.

Finalmente, existe la bonificación de desempeño institucional, que incentivará el cumplimiento de metas de eficiencia, eficacia y calidad de los servicios proporcionados en los organismos señalados, cohesionando e integrando los equipos de trabajo como un todo común.

Sin duda, al concluir una nueva presentación del texto legal, no puedo dejar de reconocer lo trascendente, innovador y potencialmente positivo que él resulta. Tal vez eso explique la unanimidad con que fue aprobado en la Comisión de Salud de la Cámara. Deseo ratificar los compromisos señalados por el Diputado señor Walker, que, ciertamente, son los del Ministerio de Salud, en particular, y del Gobierno, en general, así como agradecer la diligencia y el respaldo recibidos en la Comisión de Hacienda de esta Cámara, actitud que sin duda adoptarán entusiastamente los distinguidos parlamentarios presentes.

Espero asimismo que la satisfacción y esperanza que he compartido con ustedes, con algunos líderes de opinión y -por qué no decirlo- con la gente a la cual servimos, sean también sentidas por los dirigentes gremiales del sector de la salud.

Durante la tramitación del proyecto de ley, el Gobierno y el Ministerio de Salud han mostrado voluntad y flexibilidad para que la honorable Cámara, nuestra más insigne institución democrática, sea el adecuado espacio de búsqueda de acuerdos y reencuentro de un sector que tiene que ver, ni más ni menos, con la salud y la vida de los chilenos.

Con este espíritu, además de aceptar y concordar modificaciones al texto original presentado, hemos acogido el llamado a allanarnos a reconstruir nuestra convivencia humana y personal -justo en estas fechas en que el recogimiento y la reflexión, junto a nuestras familias, hacen más propicia esa tarea-, al diferir los descuentos, por los días no trabajados en diciembre, durante todo el primer trimestre de 1997, y los compromisos ya mencionados por los parlamentarios que me antecedieron en el uso de la palabra.

Esperamos que este gesto, sin buscar nada a cambio, contribuya sinceramente a lograr tan loable objetivo para todos.

Finalmente, apelo una vez más a la vocación de servicio de la gente, la cual -creo- nos une a todos quienes trabajamos en el sector, para entender que es posible fortalecer y modernizar juntos el sistema público de salud, y que así como hoy pedimos al honorable Congreso que nos respalde en esta tarea, en este gran paso que damos, pronto esté llano a enriquecer otras iniciativas que renueven el sistema de salud que tanto la gente usuaria, en especial la más modesta del país, como los trabajadores y profesionales públicos, realmente se merecen.

Muchas gracias.

El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-

A continuación, tiene la palabra el Diputado señor Isidoro Tohá.

El señor TOHÁ.-

Señor Presidente , en nombre de mi bancada me referiré al proyecto en discusión, que ha enviado el Ejecutivo.

Garantizar el derecho a la salud de los chilenos requiere, en forma imprescindible, de un sector público de salud vigoroso y fuerte. Ello implica que el Estado debe darle la prioridad requerida, expresada en recursos, infraestructura y política de recursos humanos, y que privilegie una adecuada remuneración e incentivos a los trabajadores, verdadero soporte de este sistema. Todo ello en el marco de una política de salud que asegure la equidad, la solidaridad y la calidad de la atención de salud a la gente, como, asimismo, que promueva la participación de los funcionarios y de los usuarios.

Lo que hoy tenemos en salud es el resultado de lo que hemos heredado. Durante 17 años no se privilegió la salud pública; no se invirtió en el sector; los trabajadores perdieron importantes conquistas, lo que fue provocando un estado de creciente frustración.

Revertir esa situación ha sido y será extremadamente difícil, como consecuencia del retraso con que asumimos el sector en materia de infraestructura y, principalmente, de las remuneraciones del personal. Además, debe considerarse que ello se hace en un contexto en donde el país ha modificado de manera significativa su perfil epidemiológico y la salud se ha encarecido enormemente.

De lo anterior resulta que, no obstante los esfuerzos realizados durante los gobiernos de la Concertación, que incluyen significativos aumentos presupuestarios y duplican los recursos disponibles para el sector público de salud, aumentando también significativamente los salarios reales, a través de diversas iniciativas legales aprobadas por el Parlamento, constatamos que se mantienen niveles importantes de insatisfacción.

Agrava la situación anterior el hecho de que, a pesar de que el Gobierno y los gremios concuerdan en la necesidad de fortalecer la salud pública, se observa una evidente discrepancia en la forma en que se quiere acometer esta tarea, lo que se ha manifestado en la ocurrencia de sucesivos conflictos.

Es este contexto, nos fue enviado por el Gobierno un proyecto que tiene por finalidad mejorar las remuneraciones de los funcionarios, para lo cual se destina una cantidad importante de recursos del Estado: 14.500 millones de pesos, magnitud de recursos que nadie ha cuestionado, por lo que no es, evidentemente, el centro de la discrepancia.

La modalidad a través de la cual este proyecto mejora las remuneraciones de los trabajadores, constituye una completa innovación en el sector público, porque introduce el factor de desempeño, el que, junto a la experiencia, da origen a una asignación mixta que aspira a conjugar la antigüedad en el servicio con el desempeño funcionario.

No obstante que este proyecto incluye materias que son sólo de iniciativa del Ejecutivo, por lo cual no pueden ser modificadas por la sola voluntad del Parlamento, hemos hecho un esfuerzo por escuchar y recoger las inquietudes de los trabajadores y, a partir de ellas, buscar un acuerdo con el Gobierno, destinado a mejorar el proyecto y, sobre todo, a dotarlo de la mayor legitimidad social y política.

Los diputados informantes, en su completa exposición, se han referido a los aspectos fundamentales del proyecto, por lo que no redundaremos en ello. Sólo nos referiremos a aquellos aspectos que, por ser tan significativos para los trabajadores, fueron objeto de especial atención en la tramitación del mismo, y, con satisfacción podemos decirlo, modificaron la situación preexistente.

Es así como los descuentos por los diez días de paro en diciembre se efectuarán escalonadamente durante el primer trimestre del próximo año, evitando así una carga excesiva para los trabajadores. De otra parte, nos alegramos de conocer la voluntad del Ejecutivo por priorizar sólo aquellos sumarios relacionados con situaciones que se generaron en áreas críticas. Del mismo modo, nos complace la disposición formal del Gobierno de abocarse a la elaboración de un reglamento de calificaciones especial para el sector salud, en conjunto con los trabajadores, y que dé plena confianza y garantía en su aplicación.

En cuanto a la modalidad de distribución de los 14.500 millones de pesos que contempla el proyecto, precisamente porque compartimos el criterio de los trabajadores, en orden a valorar el factor de experiencia en salud, en el diálogo con el Gobierno logramos modificar los criterios, al punto que hoy se contempla un 57 por ciento de reconocimiento a la experiencia y un 43 por ciento de reconocimiento al desempeño.

En las demandas de los trabajadores hubo un claro planteamiento en orden a distinguir dos asignaciones separadas, toda vez que una modalidad de este tipo, que consideraba antigüedad y desempeño, fue recogida por nuestra bancada y planteada al Gobierno. Lamentamos que no haya sido acogida.

Sin embargo, constituyendo una característica distintiva del trabajo en salud la labor en equipo, creemos indispensable que el premio al desempeño se oriente progresivamente al reconocimiento del trabajo colectivo en equipo, más que al desempeño individual. Nos alegra saber que el Gobierno comparte nuestro criterio y que se encuentra estudiando una modalidad en este sentido.

También deseo expresar que vamos a rechazar la indicación aprobada en la Comisión de Hacienda destinada a restablecer la disposición según la cual no tendrán derecho al pago de la cuota respectiva quienes hayan tenido descuentos de sus remuneraciones por inasistencias injustificadas, por la aplicación del artículo 66 de la ley Nº 18.834, en el trimestre inmediatamente anterior al mes en que correspondería efectuar el pago.

La normativa vigente ya contempla sanciones por las ausencias injustificadas y se está pagando un beneficio concedido en atención a una calificación anterior, y como la ausencia de que se trata repercutirá en otro período calificatorio, se castiga, en consecuencia, más de una vez la misma falta.

Por este motivo, votaremos favorablemente el acuerdo de la Comisión de Salud referido a esta materia.

Este proyecto destina importantes recursos a mejorar las remuneraciones de un sector de trabajadores por mucho tiempo postergado y cuyo esfuerzo y responsabilidad no han sido reconocidos. Se trata de trabajadores que, con legítimo orgullo, han contribuido a hacer de la salud chilena una realidad de prestigio internacional. Sin embargo, su tramitación ha estado precedida por un período de profundos conflictos y convulsiones, con su consiguiente secuela de resentimientos y animosidades que sólo podremos revertir perseverando en la tarea de fortalecer la salud pública, en la cual el trabajo de sus funcionarios es un factor fundamental e insustituible.

Como parlamentarios socialistas, reafirmamos nuestro compromiso de lealtad con los 10 millones de chilenos que se atienden en el sector público y con los miles de trabajadores que velan por su salud, su seguridad y su vida.

He dicho.

El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-

A continuación, tiene la palabra el Diputado señor Patricio Melero.

El señor MELERO .-

Señor Presidente , analizamos un proyecto, con urgencia calificada de “suma”, que otorga asignaciones y bonificaciones a los trabajadores del sector de la salud, como consecuencia de un paro, quizás el más grande y el de mayor proyección que hayamos conocido en el país durante los últimos años, que se suma a una serie de paralizaciones efectuadas durante los seis años del Gobierno de la Concertación. Cuatro ministros de salud han tenido que enfrentar tales conflictos.

Recuerdo que al primero de ellos, el Ministro Jorge Jiménez , se le pidió la renuncia al cargo, justamente a raíz de uno de esos conflictos. Difícil fue la tarea, de ahí en adelante, de los ex Ministros Montt y Massad, y del hoy Ministro Alex Figueroa.

Primero, fueron los servicios de urgencia; después, los de la atención primaria; luego, los médicos, y hoy los trabajadores. En definitiva, todo el sector salud, por distintas razones, generó paralizaciones y un marco de conflicto respecto de la atención a los usuarios.

En este contexto, es importante recordar el balance, la evaluación y el programa que el ex Presidente Aylwin y la Concertación ofrecieron al país al asumir el gobierno. Criticaron acerbamente la gestión que heredaban y pusieron énfasis en mejorar la salud. Poco a poco, dieron paso a una serie de proyectos de ley que originaron un marco basado en centralizar lo descentralizado, como sucedió con la atención primaria; en elevar el presupuesto de salud de la nación, de 360 mil millones de pesos a 800 mil millones hoy día, y en generar una serie de reajustes de remuneraciones que han ido creando insatisfacción en los usuarios, y que no han constituido un elemento contundente de reforma de la estructura de salud del país.

¿Cuál ha sido el resultado tras seis años de gestión de salud efectuada por el gobierno? Un ministro destituido, numerosos paros; la salud mal calificada en las encuestas, con notas tres a cuatro, paros sucesivos y, en definitiva, buenos indicadores de salud en el país.

¿Qué hace que se genere esta contradicción? ¿Qué hace que a pesar de todo esto tengamos buenos indicadores en materia de nutrición, de natalidad, de salud pública en general? Sin dudas, lo hace el esfuerzo de muchos chilenos que trabajan en el sector y, obviamente, una serie de políticas...

-Aplausos en las tribunas.

El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-

Ruego a los asistentes a las tribunas abstenerse de hacer manifestaciones.

Puede continuar el señor Melero.

El señor MELERO .-

...en el campo habitacional, como dotación de alcantarillado, agua potable y vivienda, que también han ido mejorando las condiciones de salud de la población.

En definitiva, tras seis años de gestión de la Concertación no percibimos una reforma estructural sólida de la salud chilena, sino inoperancias en los gobiernos, problemas que se mantienen y situaciones que no se diagnostican adecuadamente. Más que un problema de recursos, estoy convencido de que se trata de un problema de gestión, y la reforma de la salud chilena sigue pendiente.

Desde luego, partir no sólo con las reformas estructurales, sino también por buscar un marco laboral que permita a los trabajadores de la salud y en general a los de la administración del Estado, abocarse a una relación fluida, eficiente, exenta de conflictos y no basada en los términos en que hoy lo está. Eso es parte del compromiso asumido en el Palacio Ariztía y del debate legislativo que debemos tener a futuro, porque el país no resiste más que el diálogo entre los trabajadores y el gobierno se sustente en las presiones, las paralizaciones ilegales y el desmedro de la atención de la salud, en especial de los más pobres.

A propósito del último conflicto, cabe señalar que se puso término al primero en virtud del llamado “documento de acuerdo del Palacio Ariztía” que consignó estudiar este marco laboral, reconocer la existencia de montos de recursos, finalizar la negociación de estos puntos y terminar la paralización a partir de ese minuto. Pero es importante consignar, para la historia del establecimiento de la ley y el análisis de este conflicto, que el acuerdo del Palacio Ariztía no fue respetado en la forma como se concibió y se suscribió.

-Aplausos en las tribunas.

El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-

Reitero a los asistentes a las tribunas que deben abstenerse de hacer manifestaciones. De otra forma, tendré que suspender la sesión.

Puede continuar, señor Melero.

El señor MELERO .-

Éste es un hecho político que debe tenerse presente. Nadie me ha podido demostrar hoy que el acuerdo en el palacio Ariztía no consignaba dos asignaciones separadas, de experiencia y de desempeño.

Más allá de la opinión que se pueda tener -y voy a dejar sentada mi opinión- respecto de lo bueno y de lo malo que tiene el hecho de que estén vinculadas, es importante no engañarnos en cuanto a la forma como se refrendan estos acuerdos y al entendimiento que se genera, porque cuando no quedan claros ni se cumple lo expresado, se generan conflictos que, después, todos tenemos que pagar.

Durante el análisis de este proyecto de ley en la Comisión de Salud, tuvimos un espacio de expresión con estos dirigentes y trabajadores nunca antes visto en este Congreso.

Era realmente sorprendente ver en esta Sala -donde hoy estamos sentados nosotros-, a trabajadores y dirigentes, y a diputados escuchándolos desde la testera. Más de 140 dirigentes y trabajadores, prácticamente sin limitaciones, pudieron darnos a conocer su sentir. Y debo decirles que, como diputado , me caló hondo imponerme de una realidad que percibíamos y sobre la cual teníamos una apreciación, pero que, muchas veces, por mitos, por consideraciones, tendíamos a subjetivizarla, a peyorativizarla, o a ponerla en un contexto distinto.

Es cierto que don Humberto Cabrera es del Partido Comunista; pero no todos los trabajadores del sector salud son comunistas. Descalificar una gestión en ese sentido, me parece tratar de no ver la dimensión del problema.

Es efectivo que las condiciones de los trabajadores son difíciles, que tienen turnos, jornadas largas y bajas remuneraciones. Ocultarlo no sería reconocer la verdad. Es cierto que los trabajadores de la salud tienen temores respecto de los cambios que puedan venir sobre este proyecto y temores -a veces infundados- en cuanto a eslóganes de privatizaciones, de productividades o de evaluaciones que, muchas veces, más que asidero real, responden a una resistencia a los cambios que el país debe hacer.

Este clima de desconfianzas mutuas entre lo que se dice y lo que se proyecta, entre las peyorativizaciones o las sectorizaciones políticas de quienes dirigen esto, no siempre nos lleva a apreciar en toda su dimensión la realidad de lo que está ocurriendo en el sector salud.

Seamos honestos: ni en este Gobierno ni en este Parlamento ni en muchos de nosotros, el tema de la salud es un problema prioritario. Gastamos horas en problemas que nos afectan, en situaciones políticas, en reformas que a nadie le interesan, en cuestiones secundarias respecto de problemas centrales. Este paro, a mi juicio, debe ser una campanada de alerta a todos los parlamentarios y a quienes son gobierno, para entender que el problema de la salud debe tener una prioridad importante, equivalente a la que le hemos dado a la educación, y no estar preocupados en otros temas que nos distraen de los centrales que tiene el país. Sobre todo, no debemos olvidar un aspecto importante: aquí hay 10 millones de chilenos, 10 millones de usuarios que también están esperando señales que permitan una mejor atención hacia ellos.

¿Cómo lograr ese equilibrio? ¿Cómo hacer efectivamente ese cambio? Creo que hay que efectuarlo con valentía, decisión y audacia, porque no se puede -escuchando a mis colegas de las bancadas de enfrente- tener un doble estándar para tratarlos, amparándose en las limitaciones que pone la Constitución cuando les conviene, y desligarse de ellas cuando logran un acuerdo con el Gobierno. No puede ser que echemos mano a las limitaciones de la Constitución para decir: “esto no lo podemos tocar, esto no lo podemos reformar, esto no lo podemos subir”, en circunstancias de que ustedes son parlamentarios de Gobierno y son parte de él, y si no logran convencerse entre ustedes mismos, no vengan entonces a decir que es la Constitución la que los limita.

El problema, repito, es que hay un doble estándar para tratar estos temas, porque cuando consiguen convencer al Gobierno, ahí les chorrea a todos, ahí son un solo gobierno; pero cuando las cosas son difíciles, se dividen y echan mano al expediente de la Constitución. Eso es falso. Ese es un debate que nos lleva a desquiciar las opiniones objetivas que debemos tener sobre estos temas.

Vamos al proyecto de ley en concreto. Esta iniciativa constituye una señal positiva desde el punto de vista del afán modernizador del Estado y de cómo expresar, por primera vez, que no sólo por estar en lista 1 o ser funcionario meritorio tiene ese alcance, sino que ahora le incorporamos el factor económico a quienes quieren superarse, obteniendo un incentivo por esa razón. Eso es nuevo, contundente e importante. Este criterio de otorgar asignaciones vinculadas a la antigüedad y al desempeño tienen ese elemento motivador y es una carta importante de jugar, no sólo en el sector salud, sino en toda la administración del Estado, incluso en la misma Cámara de Diputados y en todos los que trabajamos en el servicio público y dependemos de los recursos de todos los chilenos.

Hay elementos complicados para llevar adelante estas innovaciones y lo han dicho acá varios colegas. Uno de ellos es el reglamento de calificaciones. ¿Es un problema el reglamento o cómo opera el mismo? Obviamente, no, porque más del 90 por ciento de los funcionarios están calificados en lista 1 y sabemos que eso no es real. Entonces, el problema surge de buscar, con el concurso de los trabajadores y del Estado, un reglamento de calificaciones -y hay un acuerdo en esa materia- que vaya por la vía de señalar la realidad. Más que por la vía de un jefe que evalúa, debemos ir en una dirección más moderna, cual es que el funcionario que será evaluado ponga sus propias metas, diga lo que quiere alcanzar, para que, al momento de terminar el período del año, pueda determinar si las cumplió o no. Muchas veces es muy subjetivo cuando el jefe que evalúa ni siquiera conoce al funcionario, o se presta para compromisos políticos o de otro orden, como de amistad, que perjudica a unos en beneficio de otros. Éste es un desafío pendiente que queda por delante y será parte de la agenda del próximo año buscar ese reglamento para hacer más importante y gravitante el factor del desempeño que hoy parte débil, pero que, en el futuro, en la medida en que avance, se concentrará en una mejor evaluación.

Otro punto sustancial del cambio que estamos introduciendo es haber descentralizado la decisión. Somos muy buenos para descentralizarlo todo, pero a veces, cuando las decisiones radican en estos temas, siempre pensamos en las estructuras superiores. La modificación introducida en términos de que los funcionarios que serán evaluados lo harán separadamente en cada una de las juntas calificadoras que existen en los servicios de salud, es una señal clara de que esta aplicación no estará sometida a subjetividades, sino que estará dentro del propio entorno de quienes están laborando en un mismo establecimiento y no bajo el marco de una burocracia mayor, como puede ser un servicio regional o de otra índole.

En definitiva, creemos que este proyecto avanza positivamente en dirección correcta, que tendrá serias dificultades en su aplicación, que dependerá de los trabajadores, de nosotros y del Gobierno, buscar la forma para que, en la medida en que lo probemos, podamos sortear los obstáculos que se presenten. Pero no puede ser que por los obstáculos o dificultades que hoy día prevemos, nos inhibamos a avanzar un paso que también será importante. Es relevante para los trabajadores porque tendrán elementos positivos como incentivos; trascendente para los usuarios, porque estos trabajadores incentivados atenderán con mayor motivación a la gente. También es importante desde el punto de vista de la sana distribución de los recursos de que el Estado dispone.

Asimismo, me referiré a algunos aspectos extralegislativos. Aquí hubo un paro ilegal que generó descuentos y sumarios. La ley obliga a cumplir con eso. Me alegro del criterio prudente que ha tenido el señor Ministro en cuanto a aceptar que los descuentos de estos diez días se efectúen en tres meses: cuatro días en enero, tres en febrero, y tres en marzo. Esto no es un logro ni una conquista sindical. ¿Saben qué es? Es criterio de la responsabilidad compartida, porque si yo no escuché ni hice las cosas a tiempo y los otros me hicieron un paro, también debo compartir el error, porque no podemos cargar la mano sobre uno, en beneficio del otro. Y haberlo hecho de esa forma es una muestra de sentido común, de buen criterio, de lógica y de conciencia social.

¿Qué se ha ganado, en definitiva? 14.500 millones de pesos más para el sector salud.

Vamos viendo de dónde salen. Ya se ha dado la campanada de alerta. No sé por qué aparece la plata cuando hay conflictos; cuando los hay, al Ministerio de Salud le sobran 14.500 millones de pesos y el Tesoro Público suplementará lo que falta.

Es interesante saber qué dejaremos de hacer, porque a los 14.500 millones de pesos hay que sumarle otros gastos. El Ministerio de Salud ha tenido que gastar mucho más como consecuencia de este conflicto y ha comprometido una evaluación del monto total. No son cien ni cincuenta millones, sino miles de millones. Es importante que nosotros, como Parlamento, que hemos acordado un mecanismo de fiscalización permanente en la utilización de los recursos, también sepamos, con mucho criterio y realismo, qué sucederá en esas materias.

Reivindico un hecho que también es importante. Muchas veces somos antropófagos entre nosotros mismos para descalificarnos por las cosas que hacemos mal y estamos sujetos a la crítica de la opinión pública debido a las supuestas ineficiencias del Congreso; pero creo que hay algo que él ha hecho, y en forma específica su Comisión de Salud, con una muy buena conducción de su presidente : abrir un espacio de diálogo que estaba cerrado, una oportunidad de modificaciones que también estaba cerrada y generar un espacio de entendimiento y no de confrontación.

Los pasillos del Congreso han sido visitados todos estos días por dirigentes y personas que han hablado con nosotros, lo cual privilegia la opción del diálogo y fortalece al Parlamento. Y de esto tenemos mucho que aprender.

He dicho.

-Aplausos.

El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-

Ha concluido el tiempo de la Unión Demócrata Independiente.

Tiene la palabra el Diputado señor Joaquín Palma.

El señor PALMA ( don Joaquín) .-

Señor Presidente , el proyecto que hoy discutimos tiene especial importancia.

El sector salud ha sido siempre un sector de difícil manejo, porque los efectos sobre la salud de las personas tienen gran dramatismo.

No ha sido posible introducir cambios significativos en la búsqueda de modernización de la gestión y de mejoría en la calidad de los servicios en los distintos sistemas de salud.

El gobierno de la Concertación, luego de una etapa de inyectar recursos para mejorar la infraestructura que estaba decaída y mejorar los sueldos de los funcionarios y profesionales, ha intentado, con prudencia, producir cambios positivos en la gestión del sistema de salud estatal. Se ha estado trabajando, pero se ha encontrado con la férrea oposición de gremios bien organizados que no entienden o no quieren comprender que la mejor forma de asegurar la permanencia del sistema de salud estatal es legitimándose ante la población por su calidad, por su oportunidad, por el buen uso de los recursos y por el buen trato que se les dé a los usuarios. Si no se logra esta legitimación, vanos serán los intentos por mantener un sector estatal fuerte ante una competencia privada legítimamente agresiva, que cada día se acentúa y perfecciona en su operación, infraestructura y métodos publicitarios para lograr la aceptación y aprobación públicas.

Recordemos que hace pocos meses esta Cámara aprobó por unanimidad un primer proyecto modernizador de la gestión del sector salud, que modifica el estatuto de los médicos funcionarios. Sin embargo, el poderoso y conservador gremio de los médicos actuó, asustó a la población, amenazó con paro, presionó y, desgraciadamente, logró el retiro del proyecto de la convocatoria, lo cual es muy lamentable para los intereses del sistema público y de los usuarios chilenos. Creo que se actuó con debilidad. Tal vez la explicación pudiera estar en los cambios que simultáneamente se producían en la dirección del Ministerio. Espero que el Ministro envíe nuevamente el proyecto que reforma el estatuto del médico funcionario para iniciar su segundo informe, como complementación de este proyecto.

Afortunadamente, en este proyecto se ha actuado con fortaleza, aprovechando tal vez la coyuntura de una huelga ilegal de los funcionarios del sistema, que afectó profundamente a muchas familias chilenas, para plantear este proyecto modernizador.

Naturalmente, por ser modernizador, no es bien acogido por los dirigentes gremiales, que siempre temen que los cambios les hagan perder algo; pero, sin duda, es un paso importante y el inicio de un nuevo sistema de relación laboral que trata de lograr que los grandes defectos de la actual administración estatal sean superados.

Si con este proyecto logramos superar las falencias -lo podemos ver en las distintas encuestas- que los chilenos atribuyen al sistema público: falta de calidad, escasa profesionalización de la gestión, poco respeto por los usuarios, amparo a los malos funcionarios, siembra de rumores y desconfianza, crónico y grave ausentismo, sin duda, habremos acertado con la receta y estaremos en el camino adecuado para mejorar la salud estatal.

El proyecto no es complicado. Se premia la experiencia y el buen desempeño de los funcionarios de cada establecimiento hospitalario del servicio de salud. Para ello, se establecen tres tramos iguales en número de funcionarios del establecimiento: el de los mejores, el de los regulares y el de los peor calificados, y a cada uno de ellos se les premia en distinta forma, en un porcentaje de su sueldo, dependiendo de la antigüedad que se mide en trienios. Se da más a los mejores -3,25 por ciento por cada trienio dice el proyecto- y menos a los peor evaluados -1,25 por ciento por trienio-. Todo esto se hace mediante un mecanismo transparente, cuyo resultado puede ser revisado y apelado por el afectado.

Sin embargo, no sólo premia el desempeño de casi todos los funcionarios -siempre hay una pequeña cantidad que habitualmente no llega al 1 por ciento y que, por estar calificados en lista 3 ó 4, quedarán fuera de él-, sino también la antigüedad o experiencia. Y lo hace en forma definitiva mediante una ley que establece un incentivo que será para siempre -no transitorio-, salvo en los rarísimos casos en que la persona sea calificada en lista 3, caso en el cual será transitorio. Por lo tanto, en realidad, es un incentivo que premia la antigüedad o la experiencia por todo el tiempo que la persona permanezca en el sistema.

Además -tal como dijo el Diputado señor Walker -, después de las modificaciones introducidas en la Comisión, este porcentaje que se entregará anualmente por antigüedad, llegará al 57 por ciento, porcentaje tal vez superior al que muchos de nosotros habríamos pensado que era el óptimo.

En el caso actual, por ejemplo, si analizamos la cantidad de dinero que entrega el Gobierno para este efecto -alrededor de 14 mil millones de pesos-, veremos que se destina para antigüedad -repito, en forma permanente y definitiva- la cantidad de 8 mil millones de pesos, que se acerca bastante a lo solicitado por los gremios en conflicto -10 mil millones de pesos-, dejando para desempeño sólo 5.700 millones, es decir, el 43 por ciento.

Por lo tanto, si analizamos en cifras globales lo que ha sucedido, podemos llegar a la conclusión de que ha habido un acercamiento bastante grande hacia la petición de los trabajadores, que tal vez no es la mejor, pero representa un gesto para tratar de resolver y limpiar las heridas que se han estado produciendo. De esta forma, se premia la calidad y el esfuerzo, cosa que, naturalmente -lo sabemos por experiencia en los siete años que llevamos en el Parlamento-, es muy difícil de lograr en las empresas y en los servicios estatales.

Sin embargo, quiero repetir algo que señaló el diputado informante de la Comisión de Salud: que el Colegio Médico estimó que el incentivo de 60 por ciento para antigüedad y 40 por ciento para desempeño era adecuado. Lo destaco, porque es la primera vez que en la Comisión de Salud de la Cámara el Colegio Médico acepta, de alguna forma, que se premie el desempeño. Hasta ahora nunca lo habíamos logrado y esperamos que sea un criterio que comience a aceptarse para los futuros proyectos que lleguen al Parlamento.

También es positivo que se establezca para los servicios de apoyo del Ministerio de Salud -unas dos mil personas que trabajan en la Central de Abastecimiento, en el Instituto de Salud Pública, en la Superintendencia de Isapres, en Fonasa, en el Servicio Metropolitano del Ambiente y en la Subsecretaría de Salud- una bonificación que premie las metas logradas y el buen desempeño individual. Esto representa un avance en la mejoría de la gestión de los organismos públicos y va encaminado hacia la mayor autonomía y manejo descentralizado -no es privatización- que deben tener estos organismos de apoyo del Gobierno, que se relacionan directamente con las necesidades de salud de las personas, cuya función es tan diferente de la que entregan los servicios de salud.

En la discusión y análisis del proyecto se pudo detectar que, a pesar de lo sencillo que es en su concepción general, su aplicación puede tropezar con una gran cantidad de problemas que afectan a nuestra Administración Pública y que, desgraciadamente, dan base a las principales críticas que le formulan los afectados.

Podemos enumerar las más importantes. Por ejemplo, se dice que el sistema de calificaciones de la Administración Pública es malo, injusto y que depende de personas que muchas veces no actúan objetivamente. Esta crítica es, en gran medida, válida, lo que hace necesario revisarlo a fin de mejorarlo y adecuarlo no sólo en los servicios de salud que estamos revisando hoy, que tienen que ser vistos con una mirada bastante especializada, sino, en general, en toda la Administración Pública. Aquí hay un compromiso del Ministro de Salud , y creo que durante el próximo año tendremos la oportunidad de conversar con todas las personas interesadas para llegar a un buen sistema de calificaciones, de manera que el vigente, que les resulta difícil comprender a las personas afectadas, a fines del próximo año pueda ser entendido y legitimado con tranquilidad y con la experiencia de algunos meses de aplicación.

Otro aspecto cuestionado es el castigo a las ausencias injustificadas, pues ello perjudicaría notoriamente a las mujeres, ya que su responsabilidad sobre los hijos las obliga muchas veces a no asistir al trabajo, a pesar de no tener permiso. En realidad, este reclamo tiene mérito y fue la razón por la cual, en ajustada votación, dicho castigo fue suprimido por la Comisión de Salud. Quien habla no votó a favor; sin embargo, es un tema que considero discutible, porque en aras de asegurar una disciplina que, según la opinión del público, hace falta, sería conveniente reponerlo. En ese sentido, creo que la Comisión de Hacienda ha actuado razonablemente porque, en definitiva, no provoca un efecto grave. La gente que esté escuchando esto debe entender que el único efecto que produce esta medida es en el trimestre en que ocurre la falta. Por lo tanto, no afecta a la antigüedad, ni a futuro ni durante el año, sino sólo en el momento en que se produce, lo que constituye una herramienta para mantener un sistema de gestión mejor que el que existe hoy.

También se plantea que los reajustes que se entregan a los distintos funcionarios siempre se fijan sobre sueldos bases y algunas asignaciones, lo que tal vez perpetúa las grandes diferencias existentes entre sueldos bajos y altos. Ésta también es una crítica válida, pero de difícil solución, porque el principal problema de los servicios de salud y, en general, de todos los organismos del Estado, es la necesidad de retener a los profesionales de alta calificación, porque sin ellos no puede funcionar el sistema. Normalmente, ellos pueden recibir en el sector privado ingresos muy superiores, lo que facilita que muchas personas abandonen los sistemas estatales.

La crítica es válida, pero va mucho más lejos. En Chile, por diversas razones, los grupos de “altos ingresos” tienen ingresos demasiado altos en comparación con los más pobres, lo que configura una situación de inequidad. Pero no podemos encontrar la solución en un proyecto como el que estamos analizando, puesto que es un problema que sobrepasa sus ámbitos, y el Ministerio de Salud actúa responsablemente al estimular a los profesionales para que se mantengan en el sector estatal. Creo que es una tarea general del Gobierno, de los parlamentarios y de todos los chilenos -es un tema cultural- lograr que la gran diferencia que se produce entre los sectores que ganan más y los que ganan menos no sea tan desproporcionada.

Asimismo, se plantea que los funcionarios de más edad -las personas que llegan a los 55 ó 60 años- no tendrán, para los efectos de ganar el premio por desempeño, las mismas posibilidades de los más jóvenes en una competencia libre, lo que indudablemente los perjudicará cuando llegue el momento de su jubilación, ya que no podrán acceder a los tramos superiores de las asignaciones. Éste también es un problema de fondo que hay que analizar, pero la solución también debe ser general para toda la Administración Pública; y no sólo para ella, porque hay un millón de jubilados del sector privado que están en una situación siempre inferior a la de los jubilados del sector estatal. Pero la solución no la hallaremos aquí, sino que mediante un esfuerzo cultural, político y social, debemos encontrarla para todos los chilenos.

En resumen, tenemos un proyecto que fortalece al sector público de salud al entregarle más herramientas para legitimarse por su trabajo; tenemos un proyecto que da a las autoridades locales mejores posibilidades de obtener buenos resultados de gestión; tenemos un proyecto que les da mayor autonomía al establecer que los incentivos se pagarán en cada establecimiento, lo que constituye un avance notorio en el sector de la salud, históricamente tan concentrado en las decisiones. Esta iniciativa origina un camino de modernización al establecer, por primera vez, asignaciones de desempeño para un grupo humano numeroso: unas 55 mil personas accederán a este premio, beneficio que hasta ahora sólo se había otorgado a grupos de servicios muy pequeños.

Por último, este proyecto es una señal para el sector salud, para el resto de la Administración Pública y para el país en general, en cuanto a que el Estado se está modernizando, en forma paulatina, pero inexorable, respetando los derechos adquiridos y la dignidad de los trabajadores, pero sin caer en los extremos. Por lo tanto, creo que merece ser aprobado.

He dicho.

El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Diputado señor Francisco Bayo.

El señor BAYO .-

Señor Presidente , el proyecto que hoy analizamos tiene una connotación político-técnica difícil de encontrar en otra iniciativa que haya conocido la Comisión de Salud o esta honorable Sala.

En lo político, representa la respuesta que, con trámite de “suma” urgencia, se da a las peticiones de los gremios de la salud, paralizados en Chile por segunda vez en menos de treinta días, creando un ambiente propicio a la confrontación que hace difícil la negociación.

Por ello, los diputados de Renovación Nacional hemos tratado de mantener la calma y sin demagogia fácil y barata, de la cual fuimos testigos en los decenios pasados, que condujeron al país a las situaciones que todos conocemos, queremos expresar nuestra posición con racionalidad y altura de miras.

Personalmente me es fácil, por un lado, plantearla, porque conozco el sector desde dentro; pero me es muy difícil también, porque no obstante actuar con racionalidad, tratar de mantener el equilibrio e imponer criterios científicos y técnicos, es una materia relacionada con hombres y mujeres, a los que he visto extremando sus sacrificios y desvelos con pésimas remuneraciones.

Creemos también que el proyecto, en lo técnico, significa una propuesta innovadora en lo que dice relación con un recurso humano determinante en el quehacer del sector en el país, como son los profesionales no médicos, los técnicos paramédicos y los funcionarios administrativos que se desempeñan en los servicios de salud, y como lo son también los funcionarios de planta y a contrata de la Subsecretaría de Salud, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública, de la Central de Abastecimientos, de la Superintendencia de Isapres y del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente. Estamos hablando de una cifra que aquí ya se ha dado, pero que debemos reiterar, porque es sumamente importante: de un universo de, más o menos, 56 mil funcionarios.

Este proyecto es de una complejidad tal que su tratamiento no debió haberse dado en el ambiente de la “suma” urgencia calificada por el Ejecutivo. Pero las cosas son como el hombre propone y Dios dispone, y la verdad es que la gravísima situación que afectó al país durante el conflicto, perjudicando especialmente a los más desposeídos e incluyendo, el eventual fallecimiento de algunos pacientes por falta de atención y, además, la condicionante impuesta por los gremios para terminar el paro, sólo si el Ejecutivo enviaba un proyecto al Congreso con carácter de urgencia, nos tiene hoy compelidos a la acción, con las limitantes temporales derivadas de esta urgencia.

No puedo dejar de mencionar -aunque nos cuesta abordar el tema- la inmensa responsabilidad que en este orden de cosas les cabe al Gobierno y a la dirigencia sindical. Al Gobierno, por mantener decisiones en un nivel centralizado, el que contando con recursos para estudiar propuestas creativas que satisficieran las legítimas aspiraciones de la ciudadanía, aparece hoy reaccionando frente a presiones legítimas en su fundamentación, pero ilegítimas en su materialización.

Tampoco puedo dejar de mencionar la responsabilidad que le cabe a los segundos: a la dirigencia sindical, por la escasa sensibilidad demostrada frente a la comunidad, frente al sufrimiento de los más pobres, de aquellos que no pueden recurrir a otro sector que no sea el público, poniendo en peligro su salud y su vida. Quizás, sin el ánimo confrontacional que hoy hemos visto, pleno de beligerancias, a lo mejor otro habría sido el destino de estos movimientos que han convulsionado a nuestra sociedad.

Además, hay responsabilidad compartida por la imposibilidad de haber logrado acuerdos perdurables, ya que después de trasnochadas negociaciones, persisten hasta hoy muchos disensos.

No me voy a referir a lo incomprensible que resulta para el ciudadano común y corriente el comprobar cómo dos actores que hablan castellano; que convienen un acuerdo, que lo firman y que se supone lo debaten antes de firmarlo; que recurren a la intermediaciòn de dos distinguidos parlamentarios, tengan interpretaciones diferentes para un mismo texto. Y esas diferencias, aún presentes hoy, están en relación, fundamentalmente, con una asignación destinada a mejorar las remuneraciones, vinculándolas a la experiencia y al desempeño.

Vemos aquí la voluntad del Gobierno de perfeccionar la política de recursos humanos dentro del sector, con miras a la modernización y fortalecimiento del sector público de salud. Y resulta positivo para los diputados de Renovación Nacional el que ella considere los criterios de premiación y de estímulos presentes en la iniciativa legal.

En este ámbito es, precisamente, donde están las discrepancias más grandes, que van desde quienes quieren privilegiar casi en forma exclusiva la antigüedad hasta la de aquellos -entre los que nos contamos- que preferiríamos observar mayor gravitación del factor desempeño, como instrumento verdaderamente eficaz en la búsqueda de una mejor calidad en la atención de salud que se entrega a los chilenos.

Puedo decir con propiedad, porque conozco el sector, que la inmensa mayoría de los funcionarios de la salud en Chile no le temen a ser calificados por desempeño, y Renovación Nacional siempre apoyará a los funcionarios capaces del sector salud. Eso es lo que quiere nuestra población.

Reconocemos la limitante que significa calificar con objetividad y justicia, según un reglamento uniforme para toda la Administración Pública. Hay especiales características de la actividad que se desarrolla en el área que hoy analizamos, y ellas hacen aconsejable contar a la brevedad con un nuevo reglamento de calificaciones que, por supuesto, está concordado que sea exclusivo para el sector salud, según lo ya convenido en nuestra Comisión, acorde con lo planteado a nivel de la CUT y del Ministerio del Trabajo, y en el cual tendrían participación directa los trabajadores de la salud.

Estimamos también que la presencia de los incentivos aquí establecidos debiera ir acompañada de un importante impulso descentralizador. No podemos seguir manejando la salud y la educación desde el centro de Santiago. Si descentralizamos y permitimos la calificación cabal de los grados de autonomía, que la propia ley le ha asignado a los servicios de salud, estaríamos mirando hacia el futuro y no hacia el pasado.

Felizmente, ello fue considerado al incorporarse durante el trabajo de la Comisión una indicación tendiente a lograr lo anterior, que modifica la letra c) del artículo 1º del proyecto en cuestión.

No podemos dejar de mencionar nuestra preocupación, expresada en la Comisión de Salud, al constatar la ausencia de un mejoramiento salarial en función del desempeño institucional global de cada unidad en lo referido a los servicios que ejecutan acciones directas en salud, en la misma forma propuesta para el resto de las entidades ligadas al Ministerio en los artículos 3º y 4º del proyecto.

Confiamos en el cumplimiento del compromiso contraído por el señor Ministro para materializarlo en una próxima etapa.

Por ésta y otras razones, concordamos con las ideas matrices del proyecto. Desde hace mucho tiempo, venimos sosteniendo que para un sistema de salud mixto es imprescindible contar con un sector público eficiente, que haga buen uso de los escasos recursos de que dispone para dar satisfacción a sus beneficiarios y cumplir en buena forma con las funciones que la ley le impone.

Dicho sector público debe complementarse con un sector privado que, con reglas claras y permanentes, incremente el importante aporte que hoy ya ha sido reconocido por la ciudadanía. El papel trascendente que en los hechos recientes jugaron las mutuales, los hospitales de las Fuerzas Armadas y de Carabineros y las clínicas privadas, nos permite seguir confiando en un sistema mixto de salud, que tiene en sí el germen de la seguridad para la ciudadanía. Y lo que la ciudadanía exige, pide y, a veces, implora, es precisamente seguridad en ser atendida en forma eficiente, eficaz y oportuna.

El nuevo régimen laboral y remuneracional que se propone, es un significativo avance en comparación con lo existente. Él reconoce los méritos de los funcionarios capaces, que son los más en el sector. De eso tengamos absoluta fe: más del 90 ó 95 por ciento de los funcionarios en el sector de salud son eficientes, capaces, sacrificados y abnegados, y trabajan con los sueldos más bajos de la Administración Pública.

Pero todo perfeccionamiento que, en este minuto, estimamos va en la orientación debida, recibirá el apoyo de Renovación Nacional, cuando se trate, precisamente, de privilegiar el recurso humano.

En resumen, votaremos favorablemente la idea de legislar en esta materia, porque se da un paso positivo en la dirección correcta, orientado a la actualización de una legislación que ha sido sobrepasada por los tiempos y por los escenarios siempre cambiantes a que se ve enfrentado hoy el sector salud.

Llamamos al Gobierno a acelerar el proceso de modernización, cumpliendo con el compromiso asumido no sólo en el programa de la Concertación, sino también en las reuniones celebradas en el Palacio Ariztía. Y llamamos a todos los actores involucrados a asumir con decisión y valentía, sin esperar el aplauso fácil, la responsabilidad que a cada uno le cabe, que, el día de mañana, le será representada por la historia.

Hoy, Chile requiere de renunciamientos que engrandecen, cuando, en casos como éste, se debe priorizar por sobre todas las cosas el superior bien común y la vida de las personas.

He dicho.

El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-

En el tiempo del Partido Por la Democracia, tiene la palabra el Diputado señor Salvador Urrutia.

El señor URRUTIA (don Salvador) .-

Señor Presidente , entender lo que pasa en el país en salud, la crisis que hemos vivido en estos días y ver lo que nos depara el futuro en este tema, sólo se facilita si situamos el problema actual en el marco general de la atención de salud en Chile.

Es indudable que necesita cambios profundos y rápidos, que permitan solucionar los déficit que hoy plantean con urgencia los usuarios y los trabajadores que se desempeñan en ese sector.

El principal foco de insatisfacción ciudadana radica en las dificultades de acceso para la atención de salud. A ello se suma el aumento acelerado del costo de atención derivado de los cambios tecnológicos, de la mayor esperanza de vida y la sobredemanda inducida por prestadores que privilegian factores ajenos a la atención misma.

Junto a esto, hay que considerar la privatización de la medicina y el progresivo imperio de criterios empresariales de lucro que se aplican en ese sector, en donde prima la atención curativa, que genera ganancias, por sobre la prevención.

Por otra parte, cabe considerar que los profesionales y directivos de esta área enfrentan sus propios desafíos. Urge mejorar la gestión y administración de la salud pública, alcanzar un acuerdo en torno al proyecto que modifica la ley médica, para flexibilizar la carrera funcionaria e incentivar la excelencia y el mejor desempeño personal y colectivo. Los funcionarios no profesionales también requieren cambios en sus estatutos y escalafones que apunten a crear una verdadera carrera funcionaria, a privilegiar la capacitación y a mejorar la eficiencia y las remuneraciones.

La situación actual se caracteriza porque la dificultad de acceso al sistema de salud pública genera largas listas de espera, colas de madrugada, rechazos masivos que sobrecargan los servicios de urgencia y obligan a los usuarios a recurrir a la atención particular. Como contraparte, el principal problema del sistema privado es el alto costo de la atención, lo que dificulta el acceso de los sectores medios y lo deja fuera del alcance de la población de escasos recursos. A ello se suma que en esta área, dominada por las Isapres, existe poca transparencia sobre las condiciones del mercado, lo que dificulta al usuario tomar decisiones adecuadas, tanto al contratar como al pedir atención.

La existencia de un sistema dual de salud y no de uno mixto, como se pregona, agrava este cuadro, pues entre el sector público y el privado no hay lazos efectivos de cooperación e intercomunicación, lo que resta eficacia y genera mal gasto de recursos en la globalidad del sistema.

El carácter unidireccional de las áreas en las que se verifica intercambio lo hace, además, dañino para el sector público. Los profesionales formados con un alto costo en las universidades y hospitales públicos se van al sector privado cuando están plenamente capacitados, y los pacientes del sector privado emigran al público cuando han agotado sus fondos y no pueden financiar las prestaciones privadas.

Al final, el sector público se hace cargo de todos los enfermos crónicos e incurables y de las enfermedades catastróficas, dado que otorga, tanto en este caso como en la formación de profesionales, subsidios invisibles al sistema privado, sin recibir ninguna retribución.

El último informe cuadrienal de 1994, de la Organización Panamericana de la Salud, demuestra que a medida que los países se desarrollan, crece el gasto en salud, aumenta el número de médicos y enfermeras profesionales, a la vez que disminuye la mortalidad materna e infantil, y se incrementa la esperanza de vida con cambios demográficos importantes, entre los que se destaca el aumento de la tercera edad. En este punto se inserta la situación de Chile, país en desarrollo, que debe destinar mayor cantidad de recursos a las demandas de la salud, incluyendo absolutamente al personal que la asiste.

Tengo unas estadísticas de 1994, de la Organización Panamericana de la Salud, que muestran que el gasto medido en porcentaje, del producto interno bruto en Chile era de 6.2 por ciento; en Canadá, modelo de salud público muy bien consolidado y que se repite en países europeos como Francia e Inglaterra, el producto interno bruto destinado a salud es de 9.1 por ciento. En Estados Unidos, que utiliza otro sistema, es de 12.7 por ciento, o sea, mucho más. Por su parte, Perú destina el 3.1 por ciento. Es decir, estamos en una etapa intermedia de gastos entre Perú y Canadá, y como nuestro camino es transitar hacia realidades de desarrollo parecidas a las de Canadá, debemos asumir el destinar un mayor gasto a la salud.

Quiero destacar, dado que este paro comprometió a los funcionarios no profesionales y a los profesionales no médicos, que en Chile, por cada diez mil habitantes, existen 4.2 enfermeras; en cambio, en Canadá, 95.8, es decir, veinte veces más. En Estados Unidos son 87.8, también veinte veces más. En Uruguay, la realidad es muy parecida a la nuestra: sólo 5.5.

Esto nos revela la magnitud del esfuerzo que un país en desarrollo, como el nuestro, debe hacer para asumir el desafío de la atención de salud, pues de cuatro enfermeras por cada diez mil habitantes, necesitamos subir, como mínimo, a 60, porque pensar en 95, como en Canadá, está muy lejos. Aproximémonos a Cuba, que tiene 68 enfermeras profesionales por cada diez mil habitantes.

En el caso de los técnicos paramédicos, que en Chile llegan a 24 mil, y con los cuales conversamos en las sesiones de la Comisión, la proporción es de 21 por cada diez mil habitantes; en Canadá es de 31; en Estados Unidos, de 54. Es decir, también necesitamos aumentar la cantidad de técnicos paramédicos en nuestro sistema de salud.

Pensamos en los médicos. Decimos que en Chile el número de médicos está bien para la población; pero, ¿cuál es nuestra la realidad? Hay 11 médicos por cada diez mil habitantes; en Canadá, 22, el doble; en Estados Unidos, 24; en Cuba, 43, cuatro veces más; en Uruguay, 36, y en Argentina, 26; es decir, nuestra cantidad de médicos es ínfima para las necesidades que debemos tener como país desarrollado. Si queremos alcanzar el nivel de Canadá, el menor, necesitamos, por lo menos, duplicar la cantidad de médicos. Si pensamos que los 14 mil que existen actualmente se han formado a lo largo de cincuenta años de labor de nuestras facultades de medicina, ¿cuánto tiempo requeriremos para tener otros 14 mil y así asumir realmente las necesidades de nuestra población?

Está claro que el Estado debe aumentar fuertemente el gasto y asumir que un país en desarrollo requiere más personal y mayor inversión. Es una tarea que no sólo debe asumir este gobierno, puesto que el déficit se arrastra desde hace mucho tiempo. Para mantener nuestros indicadores, que son buenos, debemos destinar mayores esfuerzos como país. Como dijo un diputado anteriormente, si la educación ha sido prioridad uno, la salud también debe serlo, pues es la única manera de que una población produzca y cree valor agregado, para así mantener el crecimiento del país.

Es en este marco donde debemos insertar tanto el paro de la salud como este proyecto de ley, que es un eslabón pequeño dentro del enorme esfuerzo que el país debe hacer. Estoy consciente, porque escuché a los dirigentes de base y nacionales, que aspiraban a las dos asignaciones separadas. Ello no ha sido posible porque en las Comisiones de Salud y de Hacienda hubo unanimidad para aceptar el criterio de que es necesario, a fin de proteger el interés de los usuarios, agregar el componente de desempeño a todo mejoramiento de sueldo de los funcionarios de la salud. Logramos que el diferencial de tres coma cinco del proyecto original, fuera disminuido a dos coma uno, lo que suaviza la diferencia y hace más importante el porcentaje destinado a la antigüedad.

También recogimos el tema de la calificación. Resulta indudable, y así lo hicimos presente a las autoridades, que el actual sistema de calificación llevará al sector salud al desastre, porque la arbitrariedad, la subjetividad, la falta de rigor en las calificaciones, tradicional hasta ahora en toda la Administración Pública, hacían absolutamente incompatible establecer remuneraciones sobre la base de los puntajes que se obtuvieran en el proceso calificatorio habitual. Por ello, pedimos al Ministro de Salud , quien asumió el desafío y se comprometió en ese sentido, estudiar durante 1997 un nuevo sistema de calificación para el sector salud, que sea consensuado con los trabajadores, a fin de que sea aceptable, y que recoja el espíritu de imparcialidad, de justicia y de neutralidad que debe tener.

En cuanto a la antigüedad, varios diputados insistimos en la necesidad de contemplar elementos que la defiendan, porque no nos cabe en la cabeza que para los funcionarios con experiencia en el sistema público de salud y que pasaron las difíciles etapas de los años 70 y 80, durante el régimen militar, con hospitales que estaban colapsados, con despidos discrecionales y sin reajustes -lo digo porque estuvimos en los hospitales en ese tiempo- no se estudie algún sistema de premios por sostener el sistema público de salud durante esos años.

En relación con esta materia, en la Comisión presentamos dos indicaciones que fueron rechazadas. Una de ellas pretendía que la antigüedad fuera considerada como factor principal de ponderación para dirimir los empates. Esperamos que en las futuras etapas del trámite legislativo se recoja este concepto y que el Ministerio de Salud entienda que no pretendemos que la antigüedad sea el criterio único, pero sí que sea considerada en la eventualidad de que haya funcionarios con igual puntaje en el sistema calificatorio de este año.

También fue rechazada una indicación que pretendía bonificar con un puntaje especial a aquellos trabajadores que tuvieran antigüedad en el sistema público y que estuvieran por jubilar. Entendemos la situación. Respetamos, pero no compartimos el criterio del Gobierno de que ello no sería conveniente. Sin embargo, tenemos confianza en que en un futuro no muy lejano se entienda que la antigüedad debe ser considerada, aunque no sea el factor principal, para dirimir empates y también para favorecer a aquellos que están por jubilar.

Finalmente -repito lo que dije al principio-, este proyecto de ley se engarza dentro de un gran marco de reforma total al sistema de salud, pero no podemos pensar que es la solución. Si trabajamos con voluntad para hacer de la salud un tema prioritario; si entendemos que un país en desarrollo necesita gastar muchos más recursos para formar más profesionales, más técnicos paramédicos, que puedan dar las atenciones de salud que la población está requiriendo, habremos dado un gran paso hacia el bienestar de nuestro país.

He dicho.

El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-

Resta un minuto al Comité del Partido Por la Democracia.

Tiene la palabra el Diputado señor Carlos Valcarce.

El señor VALCARCE .-

Señor Presidente , los parlamentarios que me antecedieron en el uso de la palabra se refirieron al tema de la asignación por desempeño y experiencia, y a las bonificaciones. Yo deseo tocar el de la eficiencia, que tiene relación no sólo con lo económico.

Aquí nos enfrentamos con el clima organizacional del sistema de salud. Un clima organizacional que les exige a los trabajadores ser eficientes, pero, por otro lado, el Estado no cumple adecuadamente con sus requerimientos para lograr esa eficiencia. Me refiero a las condiciones de trabajo de los funcionarios de la salud. Según escuchamos a más de 140 dirigentes en la Comisión, ellas no son las más adecuadas. Ninguna unidad del servicio de salud público, ya sea metropolitano o regional, puede compararse con el nivel de la Clínica Alemana o el de la Clínica Las Condes. Son sistemas totalmente distintos, donde la misma función es realizada en condiciones de trabajo distintas. En el sector público no existe un sistema de medicina propio -“en casa de herrero, cuchillo de palo”-. Es decir, en el sistema de salud público, sus funcionarios ni siquiera tienen prioridad para ser atendidos donde ellos mismos desarrollan sus funciones, en circunstancias de que es necesario que cuenten con una buena condición de salud; sin embargo, tienen que “hacer cola”, como cualquier otro señor. No se trata de dividir, pero sí de procurar que la salud de quienes trabajan en el sistema público esté al ciento por ciento, a fin de brindar adecuada atención al resto de los ciudadanos.

También hay discriminación fuerte respecto de la mujer. Entre el 70 y el 90 por ciento del total de los funcionarios de la salud son mujeres. Hasta aquí solamente hemos conversado sobre el problema de los quiebres matrimoniales. Se nos ha informado que como la mujer se ausenta dos o tres noches seguidas, empieza todo un calvario para ella y su marido, y vienen los quiebres matrimoniales. ¿No es importante que su familia esté primero, por sobre todo, para poder entregar cariño a los enfermos que van a estar bajo su cuidado? En ese aspecto, el Estado también tiene mucho que hacer, pues la familia es la unidad básica que permite la tranquilidad y la felicidad para entregar amor a otros que necesitan del apoyo de los funcionarios de la salud.

Por otro lado, hay funcionarios con 55, 60 ó 65 años de edad que trabajan empujando camillas o realizando labores similares. A ellos también el Estado debe darles la oportunidad de jubilar con una renta digna y con un beneficio que les evite hacer filas cuando se traten alguna enfermedad. He visto a ex funcionarios del sistema que, a pesar de haber entregado toda una vida al servicio, los atienden como a cualquier otro ciudadano. Entonces, se preguntan para qué se entregó una vida al servicio de algo si ni siquiera han logrado una retribución por parte del Estado.

La gente también se queja -y con razón-, porque hay personas que entran por la ventana. Esto se ha dicho acá y lo afirmaron varios dirigentes en la reunión del sábado. Manifiestan que aun cuando una persona esté en grado 24 por más de cinco o seis años, aparece otra, recién llegada, en el mismo grado, sin la experiencia ni el conocimiento de la más antigua.

Entonces, es necesario crear un marco laboral adecuado, que permita tener un régimen de ingreso a los servicios de salud, que precise cómo se asciende, cuáles son las remuneraciones que se obtendrán durante su vida laboral y en qué condiciones van a salir, ya sea porque quieren jubilar, retirarse o porque, a lo mejor, no fueron capaces de permanecer en el servicio. Pero es necesario saberlo cabalmente, porque a una persona de 20 ó 21 años, que entregará su vida a un sistema, que sabe que entra ganando 120 mil pesos y termina jubilada con 60 mil, no se le puede pedir que entregue los mejor de sí, sin que vaya rumiando durante toda su vida ese malestar y las oportunidades que el Estado chileno le ha negado.

Hemos visto que el sistema es discriminatorio con la mujer, pero también hay personajes que dicen que existe un exceso de licencias médicas, porque las mujeres con hijos sobre un año deben ausentarse para cuidarlos, y para ello solicitan licencias por estrés o algo similar.

Es fundamental que el Estado se haga parte en esto, porque es distinto a trabajar en una fábrica. Aquí se trata de cosas materiales; en cambio, en la unidad de cuidados intensivos o en la sala de cirugía hay personas, y cuando una funcionaria debe abandonar la clínica o el hospital para ir a atender a su hijo deja sola a una persona, a un ser humano. Entonces, necesitamos legislar, a fin de otorgar las condiciones necesarias para que las personas que tienen problemas, ya sea por separación en su matrimonio u otras, puedan trabajar y atender a sus hijos. Éste es un problema del Estado. Si no lo solucionamos, siempre va a estar latente en la calidad del servicio. Si queremos aumentar la eficiencia, también debemos velar por el clima organizacional, que involucra este aspecto y muchos otros.

Todos le temen al sistema de calificación, pero no a la calificación misma, sino al jefe que no es capaz de hacerlo bien o que simplemente llega y califica, porque le falta tiempo.

Creo que es bueno que el sistema de calificación sea revisado por el Ministro y los trabajadores en conjunto; es bueno cambiar la modalidad y que de una vez por todas exista plena transparencia, en el sentido de que nadie se casa con nadie y que el desempeño será calificado de acuerdo con los méritos de la persona y no porque saluda o no al doctor o a la enfermera de turno.

La capacitación es otro tema del clima organizacional, porque diez mil pesos son necesarios para todos, pero también hay cosas del espíritu. La gente quiere superarse, subir su nivel cultural, y para ello la capacitación es un tema primordial que también pasa por el marco laboral adecuado.

Este proyecto no hará ni más pobres ni más ricos a los trabajadores; quizás, algunos saldrán frustrados de esta reunión, pero me queda claro, como una persona que no es médico, que mira las cosas desde fuera y que ahora lo hace desde dentro de la Comisión, que el sistema de salud necesita cambios profundos. Nada sacamos con que un hospital sea eficiente si su presupuesto va a un fondo general donde nadie verá el resultado de su eficiencia. Si las enfermeras y los paramédicos de un establecimiento se esfuerzan, incentivan y logran los ahorros necesarios, eso debe recaer en ellos de distintas maneras, ya sea mediante bonificaciones, mejores maquinarias y equipos, etcétera, pero lo importante es que el esfuerzo individual se vierta en cada uno de ellos.

Votaré a favor del proyecto, porque no hay otra alternativa, pero debemos seguir avanzando en esa dirección. Los equipos de trabajo son importantes, pero también es relevante que los diez millones de chilenos que se atienden en el sistema de salud sepan que quienes trabajen allí lo hacen contentos, gozan de buena situación y sienten que existe justicia y equidad, palabras que usa todo el mundo, pero que no se plasman como quisiéramos.

He dicho.

El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Diputado señor Camilo Escalona.

El señor ESCALONA.-

Señor Presidente , esta propuesta surge en un momento de peligroso y delicado entrampamiento de la movilización de los trabajadores de la salud que, aceleradamente se ha convertido en una crisis del sector de la salud pública.

Con esta decisión, el Gobierno evitó que esto desembocara en un paro nacional de la salud, de incalculables consecuencias para el país y para la democracia aún en proceso de consolidación.

En mi condición de socialista, no voy a desconocer aquí lo insinuado por los diputados de Derecha.

Es efectivo que el gobierno encabezado por Salvador Allende sufrió las consecuencias de un paro nacional de la salud, y sus repercusiones no sólo para la salud pública del país, sino también para la democracia chilena, fueron tremendas. Por eso, hemos sentido la obligación política de hacer lo posible para que no se repitiera una situación semejante. Ése ha sido el sentido ético y político de nuestra conducta.

Por eso, pusimos todo nuestro empeño en buscar una salida. Con ese espíritu conversamos intensamente, pero, lamentablemente, no se logró un acuerdo a través de la interlocución directa entre las partes, que era el camino preferible. Ante la ausencia de ese camino, valoramos el envío de este proyecto, que abrió una alternativa y construyó un nuevo escenario. Por eso, apelamos al Gobierno y al movimiento sindical: si no existe la voluntad necesaria, perderán la salud pública, el país, y se impondrán las tendencias privatizadoras. No creo que la conciencia del país sea tan frágil y que tenga éxito la fluida demagogia de la Derecha que no permitió, no digamos un paro, sino que ni siquiera los trabajadores pudiesen levantar la voz en los hospitales y en los policlínicos de este país.

-Aplausos en la Sala.

El señor ESCALONA.-

Asumimos la responsabilidad que nos corresponde y respaldamos el proyecto y sus avances. Hemos actuado convencidos de que lo honesto ha sido buscar una opción constructiva para superar el conflicto. Eso ha sido lo democrático, lo justo, lo popular.

He dicho.

-Aplausos en la Sala.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor ARANCIBIA (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Diputado señor Ignacio Walker.

El señor WALKER.-

Señor Presidente , en esta oportunidad no quiero hablar como diputado informante , en que traté de recoger lo que fueron los acuerdos, el sentimiento y los criterios que ha fijado la Comisión de Salud, sino como diputado de la Democracia Cristiana y de la Concertación, porque creo que uno no puede callar después de haber escuchado las palabras del Diputado señor Patricio Melero.

En lo personal, me une al Diputado señor Melero una larga amistad y, sinceramente, siento un gran aprecio por él como persona y como diputado. Pero, con la misma sinceridad y franqueza, creo que es inaceptable un discurso que no hace más que inducir a engaño, un doble discurso motivado por un verdadero afán demagógico, que escapa al espíritu que ha imperado en la Comisión y hoy en esta sesión frente a un tema tan importante. No quiero decir que el Diputado señor Melero carece de autoridad moral para hablar. No señor, porque eso es descalificatorio; pero sí uno tiene derecho a pedir un mínimo de consistencia en su trayectoria, en su discurso y en su práctica.

Quiero citar a una persona respecto de cuyas ideas siempre tuve discrepancias, al igual que muchos de nosotros, pero que era respetable. Decía: “Uno de los principios que ha enarbolado la UDI es la antidemagogia”, y añadía que una de las formas de demagogia “consiste en mostrar una sola cara de la moneda frente a los diversos problemas nacionales. La demagogia escoge siempre la cara que resulta más grata al interlocutor y esconde la otra, de modo que proyecta una media verdad que es siempre una forma de mentira”. Estas palabras, que pronunciara en alguna oportunidad el señor Jaime Guzmán , quisiera que el Diputado señor Melero las tuviera presentes después de su intervención. ¿Cómo un Diputado de la UDI puede hacer una crítica frontal, demagógica, frente a la situación de la salud del país cuando el año 1989, en las postrimerías de la dictadura militar, cuyo sostén político fue la UDI, se destinaba como aporte fiscal a salud el 0,8 por ciento del producto? ¿Dónde están los aplausos para el Diputado señor Melero por el 0,8 por ciento del producto que se destinaba a salud en 1989? ¿Con qué consistencia se puede criticar hoy una política que, a pesar de todas sus imperfecciones, ha subido al 1,5 por ciento del producto el aporte fiscal destinado a salud? Es decir, en seis años ha duplicado prácticamente ese aporte.

Pregunto cómo se puede tener consistencia en este discurso, y no pretendo increpar a nadie, cuando el plan y el presupuesto de inversiones en el sector público de salud, destinado fundamentalmente a infraestructura hospitalaria, correspondía, en 1989, a 5 mil millones de pesos, en circunstancias de que hoy, siete años más tarde, con los gobiernos de la Concertación, ha aumentado a 48 mil millones, es decir, ocho veces la inversión de 1989. ¡Qué fácil es rendir homenaje al recurso humano del sector público de la salud, como lo ha hecho el Diputado señor Melero , pero qué contradictorio es cuando esos mismos funcionarios recibían ayer sueldos de hambre, indignos de cualquier trabajador!

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Silencio, por favor.

El señor WALKER.-

¿O desconoce el Diputado señor Melero que las remuneraciones del sector público de salud, que no son ideales ni óptimas, pues siguen siendo bajas, son un 92 por ciento superiores a las de 1990, en las postrimerías de la dictadura militar? Por ejemplo, un paramédico, sumados su sueldo base y la asignación que le otorga la ley Nº 19.185, hoy recibe 133 mil pesos de sueldo.

-Manifestaciones en las tribunas.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Recuerdo a los asistentes a tribunas que deben guardar silencio.

El señor WALKER.-

Señor Presidente , es cierto que el sueldo base de 133 mil pesos, más la asignación de la ley Nº 19.185 sigue siendo bajo para 5.800 paramédicos que se desempeñan en el grado 22, con cinco trienios, los cuales percibían 70 mil pesos, en plata de hoy, hace seis años.

Entonces, hay que tener más consistencia. Verdaderamente, desconcierta que le cause extrañeza al Diputado señor Melero el hecho de que no se haya respetado la separación de la asignación por antigüedad de la de desempeño, convenida en el Palacio Ariztía, en circunstancias de que él fue quien con más fuerza defendió una sola asignación, calificándola, incluso, como algo intransable. Eso es falta de consistencia.

No se puede tener consistencia cuando el Diputado señor Melero manifiesta su extrañeza -son sus propias palabras- por el lenguaje privatizador, cuando el discurso de la UDI ante la salud -lo han señalado sus candidatos a senadores y a Presidente - es “Isapre para todos”, es decir, privatización de la salud, al contrario del de la Concertación, que es “salud para todos”, en un esquema mixto.

Hay que tener más consistencia. La UDI tiene un “tejado de vidrio” enorme en materia social, pues su “legado”, después de 17 años de dictadura, fue la existencia de 5 millones de chilenos bajo la línea de la pobreza, en 1989, cifra que hoy, con el esfuerzo de estos años, ha bajado a 3 millones 800 mil, la cual todavía es grave, pero menor.

Termino mi intervención con una reflexión positiva.

El proyecto que hoy estamos aprobando es un paso -no más que uno, pero tampoco menos- en la dirección de dignificar a los trabajadores del sector público de la salud, no con palabras ni con discursos demagógicos, sino con hechos, como estos 14.500 millones de pesos que irán íntegramente al bolsillo de los trabajadores a partir de marzo. ¿Para qué? Para realizar una efectiva modernización que pueda redundar en aquello que a todos nos interesa: mejorar la calidad y la equidad de la atención de salud.

Aprovecho esta oportunidad en que se encuentran presentes el señor Ministro de Salud , en representación del Gobierno, y los trabajadores con sus dirigentes, para hacer un llamado a crear un nuevo clima de relaciones laborales que sea constructivo y funcional respecto del objetivo que hemos señalado. Porque, ¿quién perdió y pierde con el clima confrontacional marcado por un conflicto? Pierde la gente, los tabajadores y, sobre todo, el sector público de salud, que tratamos de dignificar.

Por eso, creo que la experiencia que hemos recogido en estos días, trabajando arduamente, con audiencias extraordinariamente interesantes, con niveles de participación que, a pesar de la calificación de “suma” urgencia para este proyecto, nos ha permitido escucharnos con respeto mutuo, sobre la base del diálogo, de la transparencia. El Congreso Nacional ha demostrado ser un espacio de encuentro y de diálogo. Si bien es cierto el proyecto no es una panacea, ni resolverá todos los problemas de la salud, como tampoco, probablemente, dejará satisfechos a todos, es un paso en la dirección correcta, un paso modesto, pero -repito- en la dirección correcta. Si somos capaces de implementarlo en los próximos meses, en el curso del año que va a comenzar, con los compromisos del Gobierno que ha explicitado el señor Ministro , en diálogo con los trabajadores de la salud y sus dirigentes, estamos ciertos de que vamos a contribuir de manera efectiva a dignificar a esos trabajadores, a modernizar el sector público de la salud y, sobre todo, a avanzar en equidad para que todos los chilenos, especialmente los 10 millones que se atienden en dicho sector, es decir, el 73 por ciento de la población, puedan tener realmente una atención de calidad en condiciones crecientes de equidad.

He dicho.

-Aplausos en la Sala y manifestaciones en tribunas.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Recuerdo a las personas que están en tribunas que la Cámara tiene una tradición en cuanto a escuchar y permitir su asistencia, pero también requiere de su respeto a nuestras intervenciones. No puede haber manifestaciones a favor ni en contra.

En el minuto y medio que le resta al PPD, tiene la palabra el Diputado señor Nelson Ávila.

El señor ÁVILA .-

Señor Presidente , argumentar en un minuto y medio sería como pretender hacer un “dribling” en una baldosa, y la verdad es que carezco de esa habilidad.

Por lo tanto, aprovechando la presencia del Ministro de Salud, del Subsecretario , de los dirigentes, incluido el señor “Pacífico” Cabrera...

-Aplausos en las tribunas.

El señor ÁVILA .-

... sólo deseo dejar enunciado un tema que me parece de la mayor trascendencia y que debe ser objeto de reflexión y de debate de cara al futuro. Creo que debemos pasar de la evaluación individual por desempeño a la evaluación por establecimiento. Pretender ligar remuneraciones a un esquema de evaluación que sólo ha recorrido un camino fracasado a lo largo de toda su historia es, sencillamente, internarse en un laberinto de conflictos interminables. La única forma de despertar el espíritu solidario en un grupo humano es calificando al conjunto, es decir, estableciendo niveles de evaluación que involucren al establecimiento como tal.

Creo que ese tema debe ser considerado necesariamente en la evaluación del conflicto, al interior del ámbito público, en el futuro.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Tiene la palabra el último Diputado inscrito, señor Maximiano Errázuriz.

El señor ERRÁZURIZ.-

Señor Presidente , he pedido hacer uso de la palabra para agradecer a la Comisión de Salud, en la persona de su presidente , Diputado señor Sergio Aguiló , el hecho de que haya tomado la decisión de recibir no sólo a los dirigentes nacionales de la salud, sino también a los de las regiones.

El jueves conversé con él para solicitarle la posibilidad de que recibiera a dirigentes del hospital Sótero del Río, que agrupa a 2.500 funcionarios y atiende una población de l millón 300 mil habitantes de siete comunas distintas de la Región Metropolitana. En principio, la audiencia había sido fijada para el martes. Sin embargo, como el Gobierno no retiró la urgencia al proyecto, se anticipó para el sábado, oportunidad en que fueron atendidos los referidos dirigentes. Me parece que, así como muchas veces criticamos algunas acciones negativas, es también natural y lógico reconocer las positivas. Por eso -reitero- agradezco a la Comisión de Salud y al Diputado señor Aguiló su disposición para recibir a los dirigentes del hospital Sótero del Río.

Señor Presidente , por su intermedio, concedo una interrupción al Diputado señor Melero.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-

Tiene la palabra el Diputado señor Melero.

El señor MELERO .-

Señor Presidente , hay dos proverbios que hoy caben en la intervención del Diputado señor Walker : “No hay peor ciego que el que no quiere ver” y “Hay verdades que duelen, pero no pecan”.

Es verdad que el acuerdo del Palacio Ariztía no se respetó,...

-Aplausos en las tribunas.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

¡Silencio en las tribunas!

El señor MELERO .-

... lo que no quiere decir que uno pueda estar en desacuerdo con lo que allí se firmó; pero que el Gobierno no lo respetó, no lo respetó, y al respecto nadie ha dicho cosas distintas.

Además, el país ya está cansado de que en cada conflicto, ustedes le sigan echando la culpa al gobierno militar. Van a cumplir seis años de gobierno, en los cuales han contado con la popularidad más alta con que asume un Presidente de la República ; subieron los impuestos a todos los chilenos y no han hecho ni una sola reforma importante en la salud chilena.

Me gustaría que en su evaluación, el Diputado señor Walker cuando revise las cifras del gobierno militar, examine cómo recibió la situación de la salud en 1973. Le aseguro que fueron mucho mejores las condiciones durante la reconstrucción nacional que tuvimos que llevar adelante.

He dicho.

-Hablan varios señores Diputados a la vez.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-

Señores diputados, cerrado el debate.

Procede someter a votación en general el proyecto de ley que otorga asignaciones y bonificaciones al personal del sector salud.

El señor SILVA .-

¿Me permite, señor Presidente?

Deseo consultar si le queda tiempo al Comité de la Democracia Cristiana.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

No, señor diputado , el debate ya fue cerrado.

En votación en general el proyecto.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 88 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Aprobado en general el proyecto.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:

Acuña, Aguiló, Alvarado, Álvarez-Salamanca, Allende ( doña Isabel), Arancibia, Ascencio, Ávila, Aylwin (don Andrés), Aylwin (doña Mariana), Balbontín, Bartolucci, Bayo, Bombal, Caminondo, Cantero, Cardemil, Ceroni, Coloma, Cornejo, Chadwick, Dupré, Elgueta, Encina, Errázuriz, Escalona, Estévez, Fantuzzi, Ferrada, Fuentealba, Gajardo, Galilea, García (don René Manuel), García-Huidobro, Gutiérrez, Hamuy, Hernández, Huenchumilla, Hurtado, Jara, Jocelyn-Holt, Jürgensen, Leay, Letelier (don Felipe), Longton, Longueira, Luksic, Makluf, Martínez ( don Gutenberg), Masferrer, Matthei ( doña Evelyn), Melero, Montes, Morales, Munizaga, Navarro, Ojeda, Orpis, Ortiz, Palma ( don Andrés), Palma (don Joaquín), Paya, Pérez ( don Aníbal), Pérez (don Ramón), Pérez (don Víctor), Pollarolo (doña Fanny), Prokuriça, Reyes, Rocha, Saa (doña María Antonieta), Sabag, Seguel, Silva, Solís, Sota, Tohá, Tuma, Ulloa, Urrutia (don Salvador), Valcarce, Valenzuela, Vega, Venegas, Viera-Gallo, Vilches, Walker, Wörner ( doña Martita) y Zambrano.

-Se abstuvo el Diputado señor Taladriz.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-

En votación en particular.

Existe una indicación de la Comisión de Hacienda, a la letra e) del artículo 1º. El señor Secretario le dará lectura.

El señor LOYOLA ( Secretario ).-

La indicación es para intercalar, en el inciso primero de la letra e) del artículo 1º, a continuación de la expresión “los miembros de las juntas calificadoras centrales”, la siguiente oración: “y los jefes superiores de los servicios de salud”.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

La indicación fue aprobada por la unanimidad de la Comisión de Hacienda.

¿Habría acuerdo de la Sala para aprobarla con el mismo quórum?

Aprobada.

En el artículo 1º hay otra indicación de la Comisión de Hacienda.

Tiene la palabra el Diputado señor Longueira.

El señor LONGUEIRA .-

Señor Presidente , para agilizar la tramitación del proyecto, podría someter a votación las indicaciones 2, 3, 4 y 6, todas sobre la misma materia.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Señor diputado , recuerdo la indicación que mencionó su Señoría en su informe, pero éstas están formuladas a artículos distintos. Entonces, es mejor ir artículo por artículo.

El señor Secretario dará lectura a la segunda indicación de la Comisión de Hacienda al artículo 1º.

El señor LOYOLA (Secretario).-

Para intercalar

en la letra h), a continuación del punto seguido (.) de la primera oración, la siguiente expresión: “Con todo, no tendrán derecho al pago de la cuota respectiva quienes hayan registrado inasistencias injustificadas, por aplicación del artículo 66 de la ley Nº 18.834, en el trimestre inmediatamente anterior al mes en que correspondería efectuar el pago.”

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

¿Habría acuerdo para aprobarla?

Varios señores diputados.-

¡No!

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

No hay acuerdo.

En votación la indicación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 22 votos; por la negativa, 68 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Rechazada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:

Ascencio, Cornejo, De la Maza, Elizalde, Fuentealba, Gajardo, Hamuy, Huenchumilla, Jocelyn-Holt, Makluf, Martínez ( don Gutenberg), Morales, Orpis, Palma ( don Andrés), Palma (don Joaquín), Paya, Reyes, Sabag, Silva, Venegas, Villegas y Villouta.

-Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:

Acuña, Aguiló, Alvarado, Álvarez-Salamanca, Allende ( doña Isabel), Arancibia, Ávila, Aylwin (don Andrés), Aylwin (doña Mariana), Bartolucci, Bayo, Bombal, Caminondo, Cantero, Ceroni, Coloma, Correa, Chadwick, Dupré, Elgueta, Encina, Errázuriz, Escalona, Estévez, Fantuzzi, Galilea, García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, Gutiérrez, Hernández, Hurtado, Jara, Jürgensen, Leay, Letelier (don Felipe), Longton, Longueira, Luksic, Masferrer, Melero, Montes, Munizaga, Muñoz, Navarro, Ojeda, Ortiz, Pérez ( don Aníbal), Pérez (don Ramón), Pérez (don Víctor), Pollarolo (doña Fanny), Prokuriça, Saa (doña María Antonieta), Solís, Sota, Taladriz, Tohá, Tuma, Ulloa, Urrutia (don Salvador), Valcarce, Valenzuela, Vega, Viera-Gallo, Vilches, Walker, Wörner ( doña Martita) y Zambrano.

-Se abstuvieron los Diputados señores:

Balbontín y Matthei ( doña Evelyn).

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

En votación el artículo 1º del informe de la Comisión de Salud.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 78 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 3 abstenciones.

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:

Acuña, Aguiló, Álvarez-Salamanca, Allende ( doña Isabel), Arancibia, Ascencio, Aylwin (don Andrés), Aylwin (doña Mariana), Balbontín, Bartolucci, Bayo, Bombal, Caminondo, Ceroni, Coloma, Correa, Chadwick, De la Maza, Elgueta, Elizalde, Encina, Errázuriz, Escalona, Estévez, Fantuzzi, Fuentealba, Gajardo, García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, Gutiérrez, Hamuy, Hernández, Huenchumilla, Jara, Jocelyn-Holt, Jürgensen, Longton, Longueira, Luksic, Makluf, Martínez ( don Gutenberg), Masferrer, Matthei ( doña Evelyn), Melero, Montes, Morales, Munizaga, Ojeda, Orpis, Ortiz, Palma ( don Andrés), Palma ( don Joaquín), Pérez (don Aníbal), Pérez (don Ramón), Pérez (don Víctor), Pollarolo (doña Fanny), Prokuriça, Reyes, Saa (doña María Antonieta), Sabag, Seguel, Silva, Solís, Sota, Tohá, Tuma, Urrutia (don Salvador), Valcarce, Valenzuela, Vega, Venegas, Viera-Gallo, Vilches, Villegas, Walker, Wörner ( doña Martita) y Zambrano.

-Votó por la negativa el Diputado señor Villouta.

-Se abstuvieron los Diputados señores:

Galilea, Hurtado y Taladriz.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

El artículo 2º fue aprobado en forma unánime por la Comisión de Salud.

En votación.

Si le parece a la Sala, se aprobará en los mismos términos.

Aprobado.

La Comisión de Hacienda formuló indicación al artículo 3º.

Tiene la palabra el Diputado señor Longuiera.

El señor LONGUEIRA .-

Señor Presidente , ahora sí que tiene sentido que dé por aprobada la indicación.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

¿Habría acuerdo para darla por aprobada?

El señor PALMA ( don Andrés) .-

No hay acuerdo. Que se vote.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

El señor Secretario dará lectura a la indicación de la Comisión de Hacienda al artículo 3º.

El señor LOYOLA ( Secretario ).-

Para agregar el siguiente inciso final a su artículo 3º: “La limitación dispuesta en la letra h) del artículo 1º del presente cuerpo legal se aplicará también al pago del beneficio de que trata el presente artículo.”

El señor LONGUEIRA .-

Señor Presidente , sólo quiero señalar que no tiene ningún sentido votarla, porque la letra h) ya fue rechazada.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Se solicitó el acuerdo, y no lo hubo.

En votación la indicación de la Comisión de Hacienda al artículo 3º.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos; por la negativa, 68 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Rechazada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:

De la Maza, Fuentealba, Hamuy, Huenchumilla, Jocelyn-Holt, Makluf, Navarro, Orpis, Palma ( don Andrés), Palma (don Joaquín), Sabag, Venegas, Villegas y Villouta.

-Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:

Acuña, Aguiló, Alvarado, Álvarez-Salamanca, Allende ( doña Isabel), Arancibia, Ascencio, Aylwin (don Andrés), Aylwin (doña Mariana), Bartolucci, Bayo, Caminondo, Ceroni, Coloma, Cornejo, Correa, Chadwick, Dupré, Elgueta, Elizalde, Encina, Errázuriz, Escalona, Estévez, Fantuzzi, Galilea, García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, Gutiérrez, Hernández, Jara, Jürgensen, Leay, Letelier (don Felipe), Longton, Longueira, Luksic, Masferrer, Melero, Montes, Munizaga, Muñoz, Ojeda, Ortiz, Pérez ( don Aníbal), Pérez (don Ramón), Pérez (don Víctor), Pollarolo (doña Fanny), Prokuriça, Ribera, Saa (doña María Antonieta), Seguel, Silva, Solís, Sota, Taladriz, Tohá, Tuma, Ulloa, Urrutia (don Salvador), Valenzuela, Vega, Viera-Gallo, Vilches, Walker, Wörner ( doña Martita) y Zambrano.

-Se abstuvieron los Diputados señores:

Matthei ( doña Evelyn) y Morales.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

En votación el artículo 3º del informe de la Comisión de Salud.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 66 votos; por la negativa, 4 votos. Hubo 4 abstenciones.

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:

Acuña, Aguiló, Álvarez-Salamanca, Allende ( doña Isabel), Arancibia, Ascencio, Ávila, Aylwin (don Andrés), Aylwin (doña Mariana), Balbontín, Bartolucci, Bayo, Ceroni, Cornejo, Correa, Dupré, Elgueta, Elizalde, Encina, Errázuriz, Escalona, Estévez, Fantuzzi, Gajardo, García (don René Manuel), García (don José), Gutiérrez, Hamuy, Hernández, Huenchumilla, Jara, Jocelyn-Holt, Longueira, Luksic, Makluf, Martínez ( don Gutenberg), Masferrer, Melero, Montes, Morales, Muñoz, Navarro, Ojeda, Orpis, Ortiz, Palma ( don Andrés), Palma ( don Joaquín), Pérez (don Aníbal), Pérez (don Ramón), Pollarolo ( doña Fanny), Reyes, Saa (doña María Antonieta), Sabag, Seguel, Silva, Sota, Tohá, Tuma, Urrutia (don Salvador), Valcarce, Valenzuela, Vega, Viera-Gallo, Walker, Wörner ( doña Martita) y Zambrano.

-Votaron por la negativa los Diputados señores:

Matthei (doña Evelyn), Paya, Pérez (don Víctor) y Ulloa.

-Se abstuvieron los Diputados señores:

Galilea, Hurtado, Taladriz y Villouta.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

El señor Secretario dará lectura a la indicación de la Comisión de Hacienda al artículo 4º.

El señor LOYOLA ( Secretario ).-

Para agregar en el inciso séptimo, a continuación de la expresión “Título II de la Ley Nº 18.834”, sustituyendo el punto seguido (.) por una coma (,), la siguiente oración “como asimismo quienes hayan registrado inasistencias injustificadas por aplicación del artículo 66 de dicha ley en el período que se ha considerado como base de cálculo para esta bonificación”.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

En votación la indicación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 11 votos; por la negativa, 74 votos. Hubo 2 abstenciones.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Rechazada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:

Gajardo, Hamuy, Jocelyn-Holt, Makluf, Martínez ( don Gutenberg), Morales, Orpis, Palma ( don Andrés), Palma ( don Joaquín), Sabag y Villouta.

-Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:

Acuña, Aguiló, Alvarado, Allende ( doña Isabel), Arancibia, Ascencio, Ávila, Aylwin (don Andrés), Aylwin (doña Mariana), Bartolucci, Bayo, Bombal, Caminondo, Cantero, Ceroni, Coloma, Cornejo, Correa, Chadwick, Dupré, Elgueta, Elizalde, Encina, Errázuriz, Escalona, Estévez, Fantuzzi, Galilea, García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, Gutiérrez, Hernández, Hurtado, Jara, Jürgensen, Leay, Letelier (don Felipe), Longton, Longueira, Luksic, Masferrer, Melero, Montes, Muñoz, Navarro, Ojeda, Ortiz, Paya, Pérez (don Aníbal), Pérez (don Ramón), Pérez (don Víctor), Pollarolo (doña Fanny), Prokuriça, Reyes, Ribera, Saa (doña María Antonieta), Seguel, Silva, Solís, Sota, Taladriz, Tohá, Tuma, Ulloa, Urrutia (don Salvador), Valcarce, Valenzuela, Vega, Viera-Gallo, Vilches, Walker, Wörner ( doña Martita) y Zambrano.

-Se abstuvieron los Diputados señores:

Balbontín y Matthei ( doña Evelyn).

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

En votación el artículo 4º del informe de la Comisión de Salud.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 76 votos; por la negativa, 4 votos. Hubo 3 abstenciones.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:

Aguiló, Alvarado, Allende ( doña Isabel), Arancibia, Ascencio, Ávila, Aylwin (don Andrés), Aylwin (doña Mariana), Balbontín, Bartolucci, Bayo, Bombal, Ceroni, Coloma, Chadwick, De la Maza, Dupré, Elgueta, Elizalde, Encina, Errázuriz, Escalona, Estévez, Fantuzzi, Fuentealba, Gajardo, Galilea, García (don René Manuel), Gutiérrez, Hamuy, Hernández, Huenchumilla, Jara, Jocelyn-Holt, Jürgensen, Leay, Letelier (don Felipe), Longton, Longueira, Luksic, Makluf, Martínez ( don Gutenberg), Melero, Montes, Morales, Munizaga, Muñoz, Navarro, Ojeda, Orpis, Ortiz, Palma ( don Andrés), Palma ( don Joaquín), Pérez (don Aníbal), Pérez (don Ramón), Pollarolo (doña Fanny), Prokuriça, Reyes, Saa (doña María Antonieta), Sabag, Seguel, Silva, Solís, Sota, Tohá, Tuma, Urrutia (don Salvador), Valcarce, Valenzuela, Vega, Venegas, Viera-Gallo, Villegas, Walker, Wörner ( doña Martita) y Zambrano.

-Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:

Matthei (doña Evelyn), Paya, Pérez (don Víctor) y Ulloa.

-Se abstuvieron los Diputados señores:

Hurtado, Taladriz y Villouta.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Los artículos 1º, 2º y 3º transitorios fueron aprobados unánimemente en la Comisión.

En votación.

Si le parece a la Sala, se aprobarán en la misma forma.

Aprobados.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

El artículo 4º transitorio no tiene indicaciones.

Tiene la palabra el Diputado señor Estévez.

El señor ESTÉVEZ.-

Señor Presidente , para la historia de la ley, entiendo que es claro lo que se plantea en el informe de la Comisión de Hacienda, respecto de que, al menos, el 50 por ciento de estos recursos serán traspasados por parte del Tesoro Público, de manera que no se restrinja el financiamiento de los servicios de salud.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

En votación el artículo 4º transitorio.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 73 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 2 abstenciones.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:

Aguiló, Álvarez-Salamanca, Allende ( doña Isabel), Arancibia, Ascencio, Ávila, Aylwin (don Andrés), Aylwin (doña Mariana), Bayo, Ceroni, Coloma, Cornejo, Correa, Chadwick, De la Maza, Dupré, Elgueta, Elizalde, Encina, Errázuriz, Escalona, Estévez, Fantuzzi, Fuentealba, Gajardo, Galilea, García (don René Manuel), García (don José), García-Huidobro, Gutiérrez, Hamuy, Hernández, Huenchumilla, Jara, Jocelyn-Holt, Jürgensen, Leay, Letelier (don Felipe), Longton, Longueira, Luksic, Makluf, Martínez ( don Gutenberg), Melero, Montes, Morales, Muñoz, Navarro, Ojeda, Orpis, Ortiz, Pérez (don Aníbal), Pérez (don Ramón), Pollarolo ( doña Fanny), Reyes, Saa (doña María Antonieta), Sabag, Seguel, Silva, Solís, Sota, Taladriz, Tohá, Tuma, Urrutia (don Salvador), Valcarce, Valenzuela, Vega, Venegas, Viera-Gallo, Walker, Wörner ( doña Martita) y Zambrano.

-Se abstuvieron los Diputados señores:

Alvarado y Ulloa.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

El señor Secretario dará lectura a una indicación de la Comisión de Hacienda para agregar un artículo 5º transitorio.

El señor LOYOLA ( Secretario ).-

“Artículo 5º.- Para los efectos del cómputo de los años de servicio a que se refiere la letra b) del artículo 1º, se considerará, además, por una sola vez, al personal en funciones a la fecha de publicación de la presente ley, el tiempo servido en las ex corporaciones que administraron los consultorios y el Hospital Clínico San Borja-Arriarán, (ex Paula Jaraquemada) del Servicio de Salud Metropolitano Central.”

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Esta indicación fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Hacienda.

Si le parece a la Sala, se aprobará en la misma forma.

Aprobada.

El señor Secretario dará lectura a la indicación de la Comisión de Hacienda para agregar un artículo 6º transitorio.

El señor LOYOLA ( Secretario ).-

“Artículo 6º.- Para los efectos de la aplicación de la letra h) del artículo 1º, en relación al primer pago de la asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, sólo se considerarán las eventuales inasistencias injustificadas registradas en los meses de enero y febrero de 1997.”

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

La indicación ya fue rechazada en la letra h) del artículo 1º.

Si le parece a la Sala, se rechazará.

Rechazada.

Despachado el proyecto.

En el mismo sentido que lo hicieron algunos colegas, la Mesa quiere felicitar y agradecer a la Comisión de Salud, que trabajó días fuera de lo normal, con una extensión horaria bastante fuerte, por el buen desempeño de su cometido.

Se suspende la sesión por cinco minutos.

-Se suspendió la sesión.

-Transcurrido el tiempo de suspensión.

1.5. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio de Ley a Cámara Revisora. Fecha 17 de diciembre, 1996. Oficio en Sesión 17. Legislatura 334.

VALPARAISO, 17 de diciembre de 1996.

Oficio Nº1.344

A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO

Con motivo del mensaje, informe, certificado y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V.E., la Cámara de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

"Artículo 1º.- Establécese, a contar del 1º de enero de 1997, para el personal de planta y a contrata de los Servicios de Salud a que se refieren el decreto ley Nº 2.763, de 1979, y la ley Nº 19.414, regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974, excluido el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, una asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, la que se regulará por las normas que se pasan a expresar:

a) La asignación se determinará aplicando los porcentajes que más adelante se señalan a la suma mensual del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario, más la asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185, la asignación profesional del artículo 19 de la ley Nº 19.185 y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977.

b) La asignación será equivalente a los siguientes porcentajes por cada tres años de servicios efectivos cumplidos al 31 de diciembre del año anterior al de su concesión, en calidad de planta o a contrata en los Servicios de Salud, o de sus antecesores legales, con un máximo de 30 años:

i) 3,25% para los funcionarios pertenecientes al 33% mejor evaluado de cada planta.

ii) 2% para los funcionarios que sigan a los anteriores, en orden descendente de evaluación, hasta completar el 67%.

iii) l,25% para los funcionarios que sigan a los anteriores, en orden descendente de evaluación, hasta completar el 100%.

c) Para estos efectos se considerará el resultado de las calificaciones que hayan obtenido los funcionarios, separadamente en cada una de las juntas calificadoras que existan en cada Servicio de Salud y en conformidad con las disposiciones de la ley Nº 18.834, en el proceso calificatorio del año inmediatamente anterior al del pago del beneficio.

d) En caso de producirse empate en los puntajes de calificación entre varios funcionarios de una misma planta, y cuando ello impida determinar qué porcentaje del beneficio le corresponde a cada funcionario, cada junta calificadora dirimirá dichos empates. Un reglamento, aprobado por decreto supremo del Ministerio de Salud, el que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda, determinará los procedimientos y criterios que deberán observar las juntas para estos efectos.

e) No tendrán derecho al beneficio los funcionarios que hayan sido calificados en lista 3, Condicional, o en lista 4, de Eliminación, y los que no hayan sido calificados por cualquier motivo en el mismo período. No obstante, los miembros de las juntas calificadoras centrales y los Jefes Superiores de los Servicios de Salud tendrán derecho al beneficio conforme al número ii) de la letra b) de este artículo.

A los delegados del personal ante las juntas y a los directores de las asociaciones de funcionarios se les considerará para estos efectos su calificación anterior, a menos que soliciten ser calificados en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 29 de la ley Nº 18.834 o en el inciso tercero del artículo 25 de la ley Nº 19.296.

f) Los funcionarios con derecho a percibir el beneficio que sean sancionados con alguna de las medidas disciplinarias indicadas en el artículo 116 de la ley Nº 18.834, serán excluidos del pago de la asignación a contar de la aplicación de la sanción y por el lapso que reste para completar el período anual respectivo.

g) El funcionario que por ascenso o cualquier otro motivo cambie de grado con posterioridad al afinamiento del proceso calificatorio, percibirá la asignación en relación a las remuneraciones que estaba percibiendo en el cargo en que fue calificado, sin perjuicio de los reajustes legales de remuneraciones que pudieren corresponderle.

h) La asignación será pagada a los funcionarios en servicio a la fecha de pago en cuatro cuotas, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año. El monto a pagar en cada cuota será equivalente al valor acumulado en el trimestre respectivo como resultado de la aplicación mensual de los porcentajes establecidos en la letra b) precedente.

Artículo 2º.- La asignación a que se refiere el artículo 1º será tributable e imponible sólo para efectos de salud y pensiones y no servirá de base de cálculo para la determinación de ninguna remuneración o beneficio remuneratorio.

Para determinar las imposiciones e impuestos a que se encuentra afecta, se distribuirá su monto en proporción a los meses que comprenda el periodo a que corresponda y los cuocientes se sumarán a las respectivas remuneraciones mensuales. Con todo, las imposiciones se deducirán de la parte que, sumada a las respectivas remuneraciones mensuales, no exceda del límite máximo de imponibilidad.

Artículo 3º.- Establécese, para el personal de planta y a contrata de la Subsecretaría del Ministerio de Salud, del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública de Chile, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974 o por el decreto ley Nº 3.551, de 1981, según corresponda, una bonificación de estímulo por desempeño funcionario.

Dicha bonificación se regulará por lo dispuesto en el artículo 11 de la ley Nº 19.479.

Con todo, respecto de las remuneraciones a que se refiere la letra c) del citado artículo, éstas serán aplicables a los funcionarios de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, y en cuanto a las demás instituciones mencionadas en el inciso primero de la presente disposición, se considerarán para tales efectos la suma del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario más la respectiva asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la ley Nº 19.185, la asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185 y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977.

Asimismo, respecto a las juntas calificadoras a que hace referencia el artículo 11 antes citado, se estará a las juntas que se constituyan en cada uno de los Servicios de conformidad a las normas que les sean aplicables, y no obstante lo dispuesto en la letra k) de dicha disposición, en caso de empates se aplicará lo dispuesto en la letra d) del artículo 1º de esta ley.

Artículo 4º.- El Subsecretario de Salud y los Jefes Superiores del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública de Chile, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, propondrán cada año al Ministro de Salud un programa anual de mejoramiento de la gestión del respectivo Servicio para el año calendario siguiente. Dicho programa especificará metas de eficiencia institucional y de calidad de los servicios proporcionados a los usuarios.

Por su parte, el Ministro de Salud, en base a dichos antecedentes y mediante uno o más decretos, los que también serán suscritos por el Ministro de Hacienda, fijará las metas definitivas a alcanzar en cada año por cada Servicio. Además, podrá fijar metas específicas a determinadas áreas de actividad, unidades orgánicas o Direcciones Regionales del respectivo Servicio.

Corresponderá al Ministro de Salud ejercer el control del cumplimiento de las metas respecto de cada Servicio.

Anualmente, el cumplimiento de las metas del año precedente dará derecho a los funcionarios de planta y a contrata pertenecientes al correspondiente Servicio, a una bonificación por desempeño institucional de hasta el 10% de la suma de las siguientes remuneraciones: sueldo base y asignación de fiscalización en el caso de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, y sueldo base, asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185; asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la ley Nº 19.185 y asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770 de 1977, respecto de los demás Servicios antes referidos.

Dicha bonificación se calculará sobre las referidas remuneraciones percibidas mensualmente por cada funcionario beneficiario en el año calendario precedente al del pago; se pagará de una sola vez, a más tardar el 31 de marzo de cada año, y será tributable e imponible sólo para efectos de salud y pensiones.

Para la determinación de las imposiciones e impuestos a que estará afecta esta bonificación, se aplicará lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 2º de esta ley.

No tendrá derecho a percibir la bonificación de que trata este artículo, respecto de cada planta de personal, el 10% de los funcionarios peor calificados de conformidad con las disposiciones del Párrafo 3º del Título II de la ley Nº 18.834. En caso de producirse empate en los puntajes de calificación entre varios funcionarios de una misma planta y cuando ello impida determinar quienes serán excluidos del pago de esta bonificación, corresponderá a las juntas calificadoras centrales dirimir dichos empates, estableciendo los funcionarios que no tendrán derecho a la misma.

El porcentaje a pagar en cada año por concepto de esta bonificación, se establecerá para cada Servicio y para sus áreas, Unidades o Direcciones Regionales, si así procediere, mediante decreto fundado del Ministerio de Salud, el que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda.

El reglamento, que será aprobado por decreto supremo del Ministerio de Salud y suscrito, además, por el Ministro de Hacienda, establecerá los mecanismos de control y evaluación de las metas; la forma de medir y ponderar los distintos elementos o indicadores a considerar; la manera de determinar los distintos porcentajes de la bonificación; los procedimientos y el calendario de elaboración, fijación y evaluación de las metas a alcanzar, y toda otra norma necesaria para la adecuada concesión de este beneficio.

Artículos transitorios

Artículo 1º.- Las normas del artículo 3º entrarán a regir a contar del 1º de enero de 1997, sobre la base de los resultados del proceso calificatorio correspondiente al año 1996.

Artículo 2º.- La bonificación de desempeño institucional a que se refiere el artículo 4º podrá pagarse a contar del año 1998 respecto de aquellos Servicios a los que, a más tardar, durante el curso del primer semestre del año 1997, se les hubieren fijado las metas a alcanzar durante este último año. En este caso, la bonificación se pagará de una sola vez en el mes de marzo de 1998 y se calculará sobre las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, percibidas durante el segundo semestre del año 1997.

Durante el segundo semestre de 1997, sólo se podrán fijar metas para ser cumplidas en el año 1998.

En la primera oportunidad en que se pague la bonificación por desempeño institucional en algunas de las entidades afectas, el porcentaje de la misma no podrá exceder del 5% de la suma de las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, devengadas durante el período de que se trate.

Artículo 3º.- Autorízase el pago, por una sola vez, en el mes de marzo de 1997, a los funcionarios de planta y a contrata de las instituciones mencionadas en el inciso primero del artículo 3º, que se encuentren en servicio a esa fecha, de una bonificación no imponible ascendente al 4,75% de las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, percibidas durante el año 1996.

La exclusión a que se refiere el inciso séptimo del artículo 4º se hará extensiva a la concesión de esta bonificación.

Para efectos tributarios, esta bonificación se regirá por las reglas señaladas sobre la materia para la asignación por desempeño institucional en el artículo 4º.

Artículo 4º.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley para el año 1997 será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto vigente de los Servicios de Salud. No obstante, el Ministro de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no pudieren financiar con sus recursos.

Artículo 5º.- Para los efectos del cómputo de los años de servicio a que se refiere la letra b) del artículo 1º se considerará, además, por una sola vez al personal en funciones a la fecha de publicación de la presente ley, el tiempo servido en las ex-corporaciones que administraron los consultorios y el Hospital Clínico San Borja Arriarán (Ex-Paula Jaraquemada) del Servicio de Salud Metropolitana Central.".

Dios guarde a V.E.

GUTENBERG MARTINEZ OCAMICA

Presidente de la Cámara de Diputados

CARLOS LOYOLA OPAZO

Secretario de la Cámara de Diputados

2. Segundo Trámite Constitucional: Senado

2.1. Informe de Comisión de Salud

Senado. Fecha 23 de diciembre, 1996. Informe de Comisión de Salud en Sesión 19. Legislatura 334.

?INFORME DE LA COMISION DE SALUD, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE OTORGA ASIGNACIONES Y BONIFICACIONES AL PERSONAL DEL SECTOR SALUD.

BOLETIN Nº 1957-11.

_________________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Salud tiene el honor de informaros el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, individualizado en el rubro, originado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República.

Cabe señalar que el Primer Mandatario ha hecho presente la urgencia para el despacho de esta iniciativa, con calificación de "suma", en todos sus trámites.

A las sesiones en que se consideró este proyecto asistieron, además de los miembros de la Comisión, el H. Senador señor Eugenio Cantuarias; el señor Ministro de Salud, señor Alex Figueroa; el señor Subsecretario del ramo, don Fernando Muñoz; el señor Director del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, don Mauricio Ilabaca; del Instituto de Salud Pública de Chile, su Director, don Jorge Sánchez y la señora Nancy Fernández; el señor Prosecretario Nacional del Colegio Médico de Chile A.G., don Ramón Osses; los representantes de la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Valparaíso, señoras Ruth Vargas (Presidenta) e Isabel Leyton y señores Segundo Orellana y Héctor Solís; del Instituto Libertad y Desarrollo, la señora Mercedes Cifuentes y el señor Pablo Kangiser; del Instituto Libertad, la señora Ema Budinich; de la Confederación Nacional de Trabajadores de la Salud, los señores Mario Merino, Víctor Domingo Silva, Benjamín Collarte y Luis López; la señora Presidenta del Colegio de Enfermeras de Chile A.G. y del Departamento de Salud de los Colegios Profesionales, doña Gladys Corral; de la Federación Nacional de Profesionales Universitarios de los Servicios de Salud, su Presidente, don Guillermo Peña, la señora Enelia Lira y el señor Mario Carabelli; del Colegio de Enfermeras de Chile A.G., su Secretaria General, doña María Teresa Castillo; del Colegio de Matronas de Chile A.G., su Vicepresidente, señor Lautaro Fernández; los representantes del Ministerio de Salud, señores Manuel Inostroza y Pablo Ortiz; los representantes del Ministerio de Hacienda, señores Ramón Figueroa y Carlos Pardo, y el representante del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, don Carlos Vergara.

Se designó Senador Informante al H. Senador señor Sebastián Piñera Echenique.

----------

ANTECEDENTES

Para el estudio de la iniciativa legal en informe se han tenido en consideración, especialmente, los siguientes antecedentes:

1.- El Mensaje de S.E. el Presidente de la República, con que se inició este proyecto de ley.

El referido Mensaje señala, en su parte expositiva, que tanto el actual Gobierno como el anterior han mostrado en los hechos una especial preocupación por el sector de la salud pública y de quienes trabajan en ella. El gasto público en salud se ha duplicado entre 1990 y 1996, pasando de un nivel de 360 mil millones de pesos en 1990 a uno de casi 800 mil millones en 1996. Del mismo modo, la remuneración promedio de los trabajadores de la salud pública prácticamente se ha duplicado en el mismo período.

El objetivo principal que tiene el Gobierno en el sector salud, añade, es mejorar la atención, tanto en la calidad de los servicios prestados como en su oportunidad y eficiencia.

Dicho objetivo, a juicio del Ejecutivo, exige fortalecer y modernizar el sistema público de salud. El Gobierno entiende que los trabajadores constituyen un factor esencial para la materialización de este objetivo y el país requiere de un personal de salud motivado, capacitado y adecuadamente remunerado.

De ahí, continúa el Mensaje, que la modernización y fortalecimiento del sector público de salud pase por una política de recursos humanos que garantice el adecuado reconocimiento y materialización de la vocación de servicio de los trabajadores, así como sus valores y los de la propia institución, el uso eficiente de la infraestructura y el equipamiento, el perfeccionamiento de los niveles tecnológicos y de las oportunidades de capacitación, así como remuneraciones dignas para quienes se desempeñen en él.

El Gobierno considera que la atención de salud debe orientarse a terminar con las situaciones de inequidad, dirigiendo sus esfuerzos hacia los más pobres y susceptibles de enfermar y hacia los más vulnerables de sufrir daños en la salud. Dicho compromiso está íntimamente vinculado a la eficiencia en la gestión, toda vez que los recursos limitados del país, administrados eficientemente, se convierten en herramienta esencial para hacer posible la equidad y mejorar la calidad de los servicios.

Para el Primer Mandatario, el principio de equidad en salud, con eficiencia y calidad, debe ser ampliamente compartido por cada uno de los integrantes del sistema nacional de servicios de salud. Ello requiere reforzar en el personal de salud, sin excepción, el valor del trabajo bien hecho.

Por eso, prosigue el Mensaje, corresponde a los trabajadores de las instituciones de salud intensificar su contribución a este principio a través del trabajo cada vez más esmerado, respetuoso y cordial.

Tales criterios, precisa, fueron esbozados en el programa de la Concertación de Partidos por la Democracia, que vincula remuneraciones con productividad y calidad. El Nº 17 de dicho programa, señala que es indispensable ligar los sistemas de remuneraciones a los niveles de productividad y calidad de los servicios, establecer incentivos económicos a nivel individual y colectivo, promover la excelencia, permitir la movilidad e invertir fuertemente en capacitación. Todo ello debe plasmarse en una nueva política hacia los profesionales y trabajadores de la salud.

En definitiva, con este proyecto, el Ejecutivo propone diversos incentivos económicos a nivel individual y colectivo para el personal de salud, buscando promover con ello la excelencia, calidad y productividad del sector.

2.- El decreto ley Nº 2.763, de 1979, que reorganizó el Ministerio de Salud y creó los Servicios de Salud, el Fondo Nacional de Salud, el Instituto de Salud Pública de Chile y la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud.

3.- La ley Nº 19.414, que otorgó facultades para la creación de los Servicios de Salud Arauco y Araucanía Norte.

4.- La ley Nº 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo.

a) El Párrafo 3º de su Título II, sobre "Calificaciones".

Su artículo 29 establece que no serán calificados el Jefe Superior de la institución, su subrogante legal, los miembros de la Junta Calificadora Central y los delegados del personal, quienes conservarán la calificación del año anterior, cuando corresponda.

Con todo -agrega su inciso segundo-, si el delegado del personal lo pidiere será calificado por su Jefe Directo.

b) Su artículo 66 prescribe que por el tiempo durante el cual no se hubiere efectivamente trabajado no podrán percibirse remuneraciones, salvo que se trate de feriados, licencias o permisos con goce de remuneraciones, previstos en el Estatuto, de la suspensión preventiva contemplada en el artículo 130, de caso fortuito o de fuerza mayor.

c) Su artículo 116 contempla las medidas disciplinarias de que podrán ser objeto los funcionarios, a saber, censura, multa y destitución.

5.- El decreto ley Nº 249, de 1974, que fijó Escala Unica de Sueldos para el personal que señala.

6.- La ley Nº 19.185, que reajustó remuneraciones del sector público, concedió Aguinaldo de Navidad y dictó otras normas de carácter pecuniario.

a) Sus artículos 17 y 18 establecieron la asignación que indican, en sustitución de las asignaciones y bonificaciones que se señalan.

b) Su artículo 19 contempla la asignación profesional que describe.

7.- El decreto ley Nº 1.770, de 1977, que otorgó mejoramiento económico y dispuso rebajas tributarias.

Su artículo 6º establece una asignación de responsabilidad superior, con las características que precisa.

8.- La ley Nº 19.296, que estableció normas sobre asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado.

Su artículo 25, en su inciso tercero, señala que los directores de las asociaciones de funcionarios no serán objeto de calificación anual durante el lapso que indica, salvo que expresamente la solicitare el dirigente. Si no la solicitare, agrega, regirá su última calificación para todos los efectos legales.

9.- El decreto ley Nº 3.551, de 1981, que fijó normas sobre remuneraciones y sobre personal para el sector público.

Su artículo 6º establece para el personal de la Contraloría General de la República y para el de las instituciones fiscalizadoras una asignación no imponible, denominada "asignación de fiscalización".

10.- La ley Nº 19.479, que introdujo modificaciones a la Ordenanza de Aduanas y a la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, dictó normas sobre gestión y personal de dicho Servicio y sustituyó su planta de personal.

Su artículo 11 establece para el personal de planta y a contrata del Servicio Nacional de Aduanas una bonificación de estímulo por desempeño funcionario, la que se regula por las siguientes normas:

a) La bonificación se pagará anualmente al 30% de los funcionarios de cada planta de mejor desempeño durante el año anterior.

b) Para estos efectos se considerará el resultado de las calificaciones que hayan obtenido los funcionarios, de conformidad con las disposiciones de la ley Nº 18.834.

c) La bonificación será equivalente a los siguientes porcentajes calculados sobre la suma del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario más la respectiva asignación de fiscalización, conforme a los tramos decrecientes que se pasan a señalar:

i) 10% para el quince por ciento de los funcionarios de cada planta de personal mejor evaluados, separadamente, por la Junta Calificadora Central y por cada una de las Juntas Calificadoras Regionales, o por varias de ellas conjuntamente, y

ii) 5% para los funcionarios que les sigan en orden descendente de evaluación, hasta completar el 30% de los mejor evaluados respecto de cada planta.

d) Para tener derecho al beneficio, los funcionarios deberán, necesariamente, estar calificados en Lista Nº 1, de Distinción o en Lista Nº 2, Buena.

e) Los funcionarios beneficiarios de la bonificación sólo tendrán derecho a percibirla durante el año inmediatamente siguiente al del respectivo proceso calificatorio.

f) La bonificación será pagada a los funcionarios en servicio a la fecha de pago, en cuatro cuotas, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre del año en que comience a regir el escalafón del servicio. El monto a pagar en cada cuota, será equivalente al valor acumulado en el trimestre respectivo, como resultado de la aplicación mensual de los porcentajes establecidos en la letra c).

g) Los montos que los funcionarios perciban por este concepto, no serán considerados remuneraciones para ningún efecto legal y, en consecuencia, no serán imponibles. No obstante, para fines tributarios se considerarán rentas del Nº 1 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, entendiéndose, para estos efectos, que la cantidad pagada en cada cuota se ha devengado por partes iguales en cada mes del trimestre calendario respectivo.

h) No tendrán derecho a esta bonificación los funcionarios que no hayan sido calificados por cualquier motivo en el respectivo período.

No obstante, el Jefe Superior del Servicio, los miembros de la Junta Calificadora Central, los delegados del personal ante las Juntas Calificadoras y los directores de las asociaciones de funcionarios tendrán derecho, por concepto de este beneficio, a un 5% de la suma de sus respectivos sueldo base y asignación de fiscalización.

Sin perjuicio de lo anterior, los delegados del personal y los directores de las asociaciones de funcionarios que soliciten ser calificados de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 29 de la ley Nº 18.834 o en el inciso tercero del artículo 25 de la ley Nº 19.296, se sujetarán en todo a las normas generales del presente artículo.

Los beneficiarios a que se refiere esta letra no serán considerados para computar el 30% de los funcionarios a que se refiere la letra a) precedente.

i) El beneficiario que por ascenso o cualquier otro motivo cambiare de grado con posterioridad al afinamiento del proceso calificatorio, percibirá la bonificación en relación a las remuneraciones que estaba percibiendo en el cargo en que fue calificado, sin perjuicio de los reajustes legales de remuneraciones que pudieren corresponderle.

j) Los funcionarios con derecho a percibir el beneficio que sean sancionados con alguna de las medidas disciplinarias indicadas en el artículo 116 de la ley Nº 18.834, serán excluidos del pago de la bonificación a contar de la aplicación de la sanción y por el lapso que reste para completar el período anual respectivo.

k) El Reglamento establecerá las normas de desempate en casos de igual evaluación, los mecanismos de reclamación de los funcionarios cuando estimen afectado su derecho a la bonificación y las demás disposiciones necesarias para la cabal aplicación de este artículo.

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DISCUSION GENERAL

En el seno de vuestra Comisión, el señor Ministro de Salud reiteró los fundamentos del proyecto contenidos en el Mensaje de S.E. el Presidente de la República y explicó, junto con el señor Subsecretario del ramo, detalladamente cada uno de los artículos de la iniciativa.

Asimismo, enfatizó que el principal objetivo que se persigue es ir incrementando paulatinamente la calidad de los servicios de salud que se entregan a la población usuaria del sistema público de salud, que actualmente asciende aproximadamente al 70% de la población del país.

Además, agregó, se pretende continuar por el sendero de la modernización de los servicios públicos, especialmente a través de dos conceptos consustanciales a dicho propósito, a saber, remuneración ligada a desempeño y descentralización de las decisiones.

Añadió que dentro de la descentralización de las decisiones, resulta vital el potenciamiento de las juntas calificadoras locales, orientadas por el reglamento de calificaciones actualmente existente, el que se encuentra en proceso de perfeccionamiento, con el objeto de contar con un instrumento que contenga normas impersonales, que sea objetivo, transparente y que otorgue plenas garantías a quienes serán calificados.

En seguida, los HH. Senadores señora Feliú y señores Larre y Piñera, formularon diversos comentarios en torno a la iniciativa, destacando que si bien ha aumentado considerablemente en los últimos seis años el gasto público en salud, así como las remuneraciones de los funcionarios del sector, no ha existido una mejoría equivalente en materia de calidad de los servicios prestados a los usuarios.

Además, se mostraron decididos partidarios de privilegiar los beneficios ligados al desempeño por sobre aquellos vinculados a la antigüedad, entre otras cosas, teniendo en cuenta el alto ausentismo, tanto justificado como injustificado, que se advierte en el sector de la salud.

Por su parte, los HH. Senadores señora Carrera y señor Ruiz-Esquide, hicieron presente que en Chile el gasto en salud está muy por debajo de lo requerido para satisfacer las necesidades de la población. Además, las remuneraciones del personal del sector son extremadamente bajas y no reconocen el valor, sacrificio y abnegación de su trabajo, por lo que se debe actuar en forma muy cautelosa en la evaluación del desempeño de los funcionarios.

Asimismo, señalaron no compartir las críticas vertidas respecto de la supuesta ineficiencia del servicio público de salud y sobre la forma en que se está trabajando en él.

Acto seguido, los representantes del Instituto de Salud Pública de Chile, afirmaron que el proyecto no les otorga el mismo trato que da a los funcionarios de los Servicios de Salud, en circunstancias que, llegar al citado Instituto constituye, en el hecho, alcanzar uno de los más altos niveles de calificación dentro del sector.

Lo anterior puede ocasionar conflicto y malestar al interior de su entidad, por lo que consideran adecuado obtener beneficios similares.

Por su parte, el Director del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, manifestó que dicha entidad, por su naturaleza esencialmente fiscalizadora, aspira a ser reconocida como ente fiscalizador para así poder gozar de los beneficios connaturales a dichos organismos.

Agregó que cuenta con un personal de vasta experiencia y calificación, en gran parte proveniente de otros Servicios, la mitad de los cuales realiza labores de fiscalización en terreno.

Posteriormente, el representante del Colegio Médico de Chile A.G., expuso ante la Comisión, a la que hizo entrega de una minuta escrita con sus opiniones. En ella señala que en su génesis el proyecto no fue participativo, lo que no es un buen precedente para el sistema.

Señaló que, a juicio de su entidad, este conflicto tan doloroso, es otra expresión de la ausencia de un Proyecto de Salud en el Gobierno. Conflictos como éste se repetirán en los próximos meses si la autoridad no accede a otorgarle a la salud la prioridad que merece. Así, el Colegio Médico propone al Gobierno la discusión al más alto nivel de un Proyecto Integral de Salud para el país, que contemple los aspectos del sistema público y privado, la interrelación entre ambos, el modelo de salud, sistema de financiamiento y una política de recursos humanos definida para cumplir esos objetivos.

En lo concreto, estima que este proyecto desfavorece al personal más antiguo porque existe la posibilidad de que la asignación común de experiencia y desempeño sea variable de año a año castigando entonces a los más antiguos.

Asimismo, la diferencia entre los tramos superiores e inferiores significa que existe todavía una prioridad fundamental en el desempeño, que debe corregirse.

Expresó que la base de cálculo para profesionales y no profesionales es diferente, incluyendo entre los primeros, asignaciones que no deberían ser consideradas, ya que la experiencia y desempeño no dicen relación con un título profesional o una asignación de responsabilidades.

Señaló que es especialmente importante para el Colegio Médico el hecho de que en la Cámara de Diputados se haya eliminado parte del inciso séptimo del artículo 4° del proyecto original, ya que, de no ser así, se estaría evaluando en dos oportunidades un mismo parámetro que es la asistencia: inicialmente en las calificaciones y posteriormente al impedir el goce de asignación de experiencia y desempeño.

Acto seguido, los representantes de la Confederación Nacional de Trabajadores de la Salud; los del Colegio de Enfermeras de Chile A.G. y del Departamento de Salud de los Colegios Profesionales; así como los de la Federación Nacional de Profesionales Universitarios de los Servicios de Salud, hicieron entrega a la Comisión de un documento con sus opiniones respecto de la iniciativa legal en comento, expresando, en primer término, su disconformidad con el procedimiento utilizado y los contenidos vertidos en ella.

En cuanto al procedimiento, manifestaron que existió unilateralidad en la elaboración y envío de la propuesta, lo que vulnera el principio de la participación.

Señalaron, por otra parte, que en cuanto a los contenidos, con la nueva definición de "asignación" que este proyecto contiene, se desnaturaliza el principio que reconocía la "experiencia" en salud y, por tanto, el Gobierno no cumple el acuerdo en que se establecía la creación de dos asignaciones, una de experiencia y otra de desempeño.

Asimismo, manifestaron que resulta difícil entender el sentido del proyecto, cuando se menciona que esta asignación se enmarca en el objetivo principal que tiene el Gobierno en el sector salud, que es mejorar la atención tanto en la calidad de los servicios prestados como en su oportunidad y eficiencia. Sin embargo, el mecanismo de distribución que propone la iniciativa, implica otorgar un mayor beneficio a los niveles jerárquicos actualmente con mejor remuneración comparativa que al personal clínico o asistencial, quienes son, en definitiva, los que tienen la directa responsabilidad de la calidad asistencial.

Reiteraron que la atención de salud requiere de un conjunto de condiciones, entre ellas las financieras, las materiales y de desarrollo del recurso humano, elementos relevantes para el logro de una respuesta de salud efectiva y de calidad.

Estiman que el principio de equidad aparece vulnerado en este proyecto, toda vez que el procedimiento que establece para distribuir los recursos perpetúa la brecha de inequidad entre los diferentes estamentos e introduce elementos divisionistas que afectan a todos los trabajadores regidos por la ley N° 18.834.

Ahora bien, expresaron que en relación con la asignación de estímulo por experiencia y desempeño, resulta relevante señalar un aspecto que se refiere específicamente a la calificación. En efecto, como es ampliamente reconocido, incluso por la propia autoridad de salud, el actual sistema de calificaciones adolece de serias fallas que implican, en definitiva, un proceso poco transparente, muchas veces discrecional y que no da garantías de una evaluación objetiva. La deficiencia de los actuales mecanismos de calificación para los trabajadores del sector salud cobran mayor gravedad, si se considera el hecho que más de un 70% de este universo son mujeres, quienes están en una situación de vulnerabilidad al ser evaluadas sin tomar en cuenta su condición de género y características biológicas reproductivas, produciéndose entonces una desigualdad de oportunidades frente a las calificaciones. Es sobre este obsoleto mecanismo de evaluación, afirmaron, que la autoridad de salud intenta articular la evaluación del desempeño en este proyecto de ley.

Señalaron, por otra parte, que están dispuestos a ser evaluados en su desempeño, pero para ello resulta indispensable contar con mecanismos e instrumentos de evaluación que garanticen un procedimiento riguroso, transparente y objetivo y, a su juicio, será fundamental para la creación de mecanismos de evaluación con las características recién señaladas, la participación y aporte de los trabajadores.

Esta iniciativa legal, agregaron, excluye de esta asignación aproximadamente a dos mil trabajadores de los servicios autónomos del sector, lo que es claramente discriminatorio.

Estiman, por otra parte, que el proyecto no debe financiarse con los actuales recursos ya asignados para la gestión de los Servicios de Salud, para que no se vean reducidos, ocasionando con ello un mayor desmedro de la oportunidad y calidad en general de la atención a la población usuaria.

Expresaron, que es opción de los trabajadores del sector el que se impulse un amplio y profundo proceso de reforma al sistema de salud nacional, que sustentado en los principios de la solidaridad, equidad y participación efectiva de todos los actores involucrados y con una asignación de recursos acorde con el Producto Interno Bruto, permita contar con un sistema que dé respuestas efectivas a las necesidades de salud del país.

Finalmente, respecto de la tan comentada situación de haberse abandonado los denominados "turnos éticos" durante el paro, fueron enfáticos en señalar que los dirigentes del sector permanentemente instruyeron a las bases para respetar a cabalidad dichos turnos. Al efecto, entregaron a la Comisión copia de los boletines que contenían dichas instrucciones.

Luego, los representantes de la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Valparaíso, expusieron sus opiniones acerca del proyecto en análisis e hicieron entrega de un documento escrito, el que destaca que la iniciativa, en general, reúne las aspiraciones del personal de salud como, asimismo, lo que el Gobierno está en condiciones de aportar.

Manifestaron estar completamente de acuerdo en premiar la excelencia funcionaria en el desempeño de las labores y que los funcionarios sean acogidos al beneficio de trienios por permanencia en el servicio.

Estiman, asimismo, necesario que el personal que haya cumplido los 60 años de edad, en el caso de las mujeres y, 65, en el caso de los hombres, se acoja a retiro obligatorio del servicio, a fin de ir haciendo efectiva la carrera funcionaria.

Agregaron que como pobladores que integran una organización vecinal, no están de acuerdo con las huelgas ilegales, por muy legítimas que sean las aspiraciones. Además, insistieron en que los acuerdos que se firmen deben ser respetados para no perjudicar con las huelgas a los más pobres.

Finalmente, afirmaron que por ética y moral no hay ninguna causa que sea más importante que la salud del pueblo.

En seguida, la representante del Instituto Libertad, manifestó que de acuerdo a lo enunciado en el Mensaje, esta iniciativa reflejaría la voluntad del Gobierno de perfeccionar la política de recursos humanos dentro del sector salud, con miras a su modernización y fortalecimiento.

Indicó que el establecimiento de incentivos remuneracionales a los funcionarios que laboran en el sector, sin duda, resulta positivo, más aún si éstos van relacionados con la calidad del desempeño funcionario e institucional.

Sin embargo, precisó, en el caso de los Servicios de Salud tal estructura de incentivos debiera ir acompañada de un importante impulso descentralizador a fin de permitir la aplicación cabal de los grados de autonomía que la propia ley le ha asignado a dichos Servicios.

Afirmó que en este contexto, y en vistas a concretar a la brevedad mayores niveles de equidad, eficiencia y calidad en la atención del sistema público de salud, resultaría de interés conocer de parte de las autoridades del sector su disposición a avanzar hacia crecientes grados de descentralización de los Servicios y establecimientos de salud. En su concepto, esta tendencia está ausente en la iniciativa que se comenta.

Asimismo, expresó que es necesario conocer de parte de las autoridades la política que se aplicará a los profesionales de la salud no incorporados en esta iniciativa -principalmente los médicos- ya que conforman un solo equipo humano con el personal de que trata el proyecto.

Ahora bien, manifestó que en relación a las asignaciones para el personal de los Servicios de Salud, resulta positivo otorgarlas atendiendo a las calificaciones, pero sería preferible que la mayor progresión de aumento se diera en esta variable en lugar de la antigüedad como se propone en el proyecto.

Destacó el hecho de marginar de este beneficio a los funcionarios mal calificados, a aquellos con inasistencias injustificadas y a quienes estén sometidos a medidas disciplinarias. Destacó la necesidad de reglamentar muy claramente estas situaciones de manera que tanto las calificaciones como las exclusiones sean objetivas y claras.

Señaló, que dos aspectos específicos del proyecto se contraponen con las actuales normas sobre la materia. Uno es extender beneficios asociados a la antigüedad (trienios) al personal a contrata, que por definición tiene contrato anual y, el segundo, es la forma que la iniciativa dispone para dirimir los empates en los puntajes de calificación, puesto que la materia ya está resuelta en la ley Nº 18.575, aplicable al sector salud. Además, expresó, dejar a un reglamento esta materia sería inconstitucional según los fundamentos aportados por el Tribunal Constitucional en su fallo a propósito del Estatuto para el Personal No Docente de Educación.

Por otra parte, no entiende por qué se descartó para el personal de los Servicios de Salud un mejoramiento salarial en función del desempeño institucional global.

Reiteró que es probable que las bondades de este proyecto -pago por méritos- queden neutralizadas si es que no van acompañadas de la descentralización efectiva de la administración a nivel de cada establecimiento hospitalario del sistema, no sólo del personal sino también del resto de los bienes y servicios comprometidos en la prestación de las atenciones de salud. Sólo de esta manera, y con un adecuado esquema de incentivos de gestión, se podrán dar las condiciones para radicar las negociaciones salariales en la instancia que corresponde. De lo contrario, agregó, persistirán las presiones gremiales centralizadas con todos los costos sociales que ello implica para los beneficiarios del sistema público de salud, particularmente para las personas de menores ingresos que no tienen posibilidades de elegir otra alternativa de atención.

En cuanto a las bonificaciones al personal del resto del sector, manifestó que nuevamente en este caso resulta positiva la discriminación por calidad del desempeño, con la misma salvedad anterior sobre la claridad de las normas que se aplicarán a las evaluaciones del desempeño.

Respecto de la bonificación por desempeño institucional, si bien la idea resulta interesante, surgen algunas interrogantes, tales como los criterios con que los jefes de servicio definirán las metas de eficiencia institucional. Los criterios generales, afirmó, debieran quedar establecidos en la ley y sus detalles deberían definirse en el reglamento.

Asimismo, no advierte cómo medir las metas de entidades como la Subsecretaría de Salud.

Señaló, por último, que considerando que el proyecto comprometerá recursos en forma permanente, parece insuficiente que se informe sólo de las fuentes de financiamiento para 1997. Considera relevante solicitar al Ejecutivo una proyección de mediano plazo de los ingresos fiscales y de los financiamientos ya comprometidos a fin de evaluar la seguridad del financiamiento futuro de la iniciativa.

A su turno, los representantes del Instituto Libertad y Desarrollo, entregaron sus opiniones escritas, destacando que el proyecto de ley representa un vuelco favorable en la equivocada política laboral seguida por los dos últimos gobiernos.

El proyecto, continuaron, crea beneficios remuneratorios que consideran el desempeño funcionario, lo que parece una buena forma de dar solución a un conflicto de tan dolorosos efectos para la población más pobre del país.

Expresaron que la asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario que se establece, es positiva, ya que constituye un beneficio al que se accede de manera individual, no colectiva, constituyendo así un buen incentivo para mejorar el desempeño de cada trabajador, reconociendo, al mismo tiempo, el valor de la experiencia en el trabajo. Representa un avance, ya que las autoridades de salud dan muestras de preocuparse, aunque sea con mecanismos indirectos, de los usuarios del sector. La gran mayoría de los beneficiarios del sector público, agregaron, no puede elegir el establecimiento donde atenderse, por lo tanto, son víctimas, muchas veces, de mala calidad y mal trato en la atención y, lo que es peor, de no recibir atención en los casos de huelgas del sector.

La asignación, a su juicio, está bien pensada, ya que es de fácil operación e introduce de buena forma el mecanismo de las calificaciones como una manera de discriminar por el desempeño, obviando los posibles defectos de los sistemas calificatorios al obligar a ordenar al personal desde el mejor al peor calificado. Con esto último se resguarda la racionalidad y justicia del proceso. Para hacer aún más justa la calificación del personal, estima el Instituto, sería conveniente aplicar el sistema no sólo a cada planta dentro de un Servicio de Salud, sino a cada planta dentro de cada establecimiento de salud, de tal forma de ordenar al personal de mejor a peor calificado en cada uno de los hospitales y consultorios.

Sin embargo, expresaron que para incentivar aún más el desempeño sería necesario eliminar la inamovilidad funcionaria, las rigideces de las plantas y de las remuneraciones, permitiendo la negociación individual de condiciones de trabajo, de tal forma que el jefe de cada servicio pueda seleccionar mejor a su personal, contratando y despidiendo funcionarios de acuerdo a las reales necesidades de los usuarios. Esta mayor flexibilidad en el manejo de los establecimientos de salud debería darse cuando los establecimientos públicos reciban ingresos de acuerdo a las acciones que realizan y compitan con establecimientos privados en la captación de usuarios.

Señalaron que una solución de fondo para los usuarios sería el asegurarles la libertad de elegir tanto la institución que administre sus recursos como el establecimiento donde acceder a las prestaciones de salud.

En cuanto a la bonificación de estímulo por desempeño funcionario, manifestaron que constituye un elemento que podría incentivar el mejor desempeño individual, pero también debería complementarse con normas que eliminen la inamovilidad funcionaria, dando mayor flexibilidad a las autoridades de los diferentes servicios para despedir al personal que muestre un desempeño mediocre.

En lo relativo a la bonificación por desempeño institucional, señalaron que el sistema propuesto para otorgarla tiene problemas, ya que es difícil establecer parámetros objetivos que midan la eficiencia en la gestión de labores administrativas, de planificación y de control. Al igual que las asignaciones por desempeño individual, debería pagarse como máximo al 60% de los funcionarios, en forma decreciente de acuerdo a las calificaciones del personal ordenado desde el mejor al peor calificado.

Expresaron que una bonificación de este tipo debería aplicarse, más bien, a las instituciones prestadoras de servicios, como hospitales y consultorios. Para estos establecimientos existen mediciones de actividad que permiten fijar metas más precisas. Además, puede comprobarse que existen grandes diferencias en la evolución del número de prestaciones a través de los años y entre servicios, lo que justifica plenamente la introducción de algún tipo de incentivo al establecimiento, además del estímulo al desempeño individual.

Finalmente, reiteraron que este proyecto representa un avance al establecer premios a los mejores, incentivando así la eficiencia en el uso de los recursos públicos y asegurando que los chilenos más pobres, aquellos que no pueden elegir, se beneficien indirectamente con estos incentivos a la eficiencia. Sin embargo, agregaron, es indispensable realizar cambios de fondo en el sistema público de salud si se pretende terminar con los conflictos laborales ilegales y permitir el mayor acceso y la mejor atención a la población, especialmente la más necesitada. Para ello, estiman que será necesario permitir la competencia entre establecimientos públicos y privados, lo que, a su vez, exige la descentralización de los hospitales públicos, con un régimen laboral común al de todos los trabajadores del país, con libertad para contratar, despedir y negociar.

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Puesto en votación el proyecto, fue aprobado en general por la unanimidad de los miembros de la Comisión, HH. Senadores señoras Carrera y Feliú y señores Larre, Piñera y Ruiz-Esquide.

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DISCUSION PARTICULAR

El proyecto de ley en informe consta de cuatro artículos permanentes y cinco transitorios.

A continuación, se efectúa una relación de cada una de las disposiciones de la iniciativa, así como de los acuerdos adoptados a su respecto.

Artículo 1º

Establece, a contar del 1º de enero de 1997, para el personal de planta y a contrata de los Servicios de Salud a que se refieren el decreto ley Nº 2.763, de 1979, y la ley Nº 19.414, regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974, excluido el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, una asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, la que se regulará por las normas que se pasan a expresar:

a) La asignación se determinará aplicando los porcentajes que más adelante se señalan a la suma mensual del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario, más la asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185, la asignación profesional del artículo 19 de la ley Nº 19.185 y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977.

b) La asignación será equivalente a los siguientes porcentajes por cada tres años de servicios efectivos cumplidos al 31 de diciembre del año anterior al de su concesión, en calidad de planta o a contrata en los Servicios de Salud, o de sus antecesores legales, con un máximo de 30 años:

i) 3,25% para los funcionarios pertenecientes al 33% mejor evaluado de cada planta.

ii) 2% para los funcionarios que sigan a los anteriores, en orden descendente de evaluación, hasta completar el 67%.

iii) l,25% para los funcionarios que sigan a los anteriores, en orden descendente de evaluación, hasta completar el 100%.

c) Para estos efectos se considerará el resultado de las calificaciones que hayan obtenido los funcionarios, separadamente en cada una de las juntas calificadoras que existan en cada Servicio de Salud y en conformidad con las disposiciones de la ley Nº 18.834, en el proceso calificatorio del año inmediatamente anterior al del pago del beneficio.

d) En caso de producirse empate en los puntajes de calificación entre varios funcionarios de una misma planta, y cuando ello impida determinar qué porcentaje del beneficio le corresponde a cada funcionario, cada junta calificadora dirimirá dichos empates. Un reglamento, aprobado por decreto supremo del Ministerio de Salud, el que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda, determinará los procedimientos y criterios que deberán observar las juntas para estos efectos.

e) No tendrán derecho al beneficio los funcionarios que hayan sido calificados en lista 3, Condicional, o en lista 4, de Eliminación, y los que no hayan sido calificados por cualquier motivo en el mismo período. No obstante, los miembros de las juntas calificadoras centrales y los Jefes Superiores de los Servicios de Salud tendrán derecho al beneficio conforme al número ii) de la letra b) de este artículo.

A los delegados del personal ante las juntas y a los directores de las asociaciones de funcionarios se les considerará para estos efectos su calificación anterior, a menos que soliciten ser calificados en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 29 de la ley Nº 18.834 o en el inciso tercero del artículo 25 de la ley Nº 19.296.

f) Los funcionarios con derecho a percibir el beneficio que sean sancionados con alguna de las medidas disciplinarias indicadas en el artículo 116 de la ley Nº 18.834, serán excluidos del pago de la asignación a contar de la aplicación de la sanción y por el lapso que reste para completar el período anual respectivo.

g) El funcionario que por ascenso o cualquier otro motivo cambie de grado con posterioridad al afinamiento del proceso calificatorio, percibirá la asignación en relación a las remuneraciones que estaba percibiendo en el cargo en que fue calificado, sin perjuicio de los reajustes legales de remuneraciones que pudieren corresponderle.

h) La asignación será pagada a los funcionarios en servicio a la fecha de pago en cuatro cuotas, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año. El monto a pagar en cada cuota será equivalente al valor acumulado en el trimestre respectivo como resultado de la aplicación mensual de los porcentajes establecidos en la letra b) precedente.

En relación con el artículo antes descrito, vuestra Comisión, en primer término, por la unanimidad de sus miembros, HH. Senadores señoras Carrera y Feliú y señores Larre, Piñera y Ruiz-Esquide, procedió a aprobar su encabezamiento, sin modificaciones.

Luego, con idéntico quórum, la Comisión aprobó la letra a), con una modificación menor de carácter formal.

En lo que respecta a la letra b), se aprobó el encabezamiento de la misma, con el citado quórum, con una modificación originada en una indicación del H. Senador señor Piñera, tendiente a aclarar que los tramos porcentuales en cuestión se aplicarán sobre el universo de los funcionarios calificados en lista 1, de Distinción, o en lista 2, Buena, y con otra, basada en una indicación de los HH. Senadores señora Feliú y señores Larre y Piñera, para corregir la redacción de la norma.

Sobre el particular, la H. Senadora señora Feliú, dejó constancia de su opinión en orden a que los servicios válidos para gozar del beneficio son los efectivos, excluyéndose, por tanto, los períodos sin goce de remuneraciones. Asimismo, entiende que tales servicios pueden ser contínuos o no, ya que la ley no distingue, y que los antecesores legales de los Servicios de Salud referidos en la norma son el Sermena y el Servicio Nacional de Salud, cuestión, esta última, en la que coincidió el señor Ministro de Salud.

A su turno, el H. Senador señor Ruiz-Esquide, planteó la conveniencia de considerar dentro del concepto de antecesores legales de los Servicios de Salud no sólo a los organismos antes mencionados, sino que también a otros anteriores a ellos. Además, a su juicio, debieran reconocerse como servicios efectivos los prestados en otras entidades del mismo giro, como por ejemplo, los Hospitales universitarios, el Hospital de San Bernardo, clínicas particulares, etc. A este respecto, solicitó enviar un oficio al señor Ministro de Salud, petición a la cual adhirieron los HH. Senadores señora Carrera y señor Larre, con el objeto de que se analice tal posibilidad.

Al efecto, el Secretario de Estado anticipó que, en principio, estimaba inconveniente ampliar el universo de los servicios reconocidos, toda vez que ello podría llevar a extremos tales de tener que reconocer todo trabajo realizado desde el momento de la obtención del título profesional, cuestión con la que coincidieron los HH. Senadores señora Feliú y señor Piñera.

A continuación, los HH. Senadores señora Feliú y señores Larre y Piñera, formularon indicación para reemplazar en los números i) e iii) de la letra b), en análisis, los guarismos "3,25%" y "1,25%", por "3,5%" y "1%", respectivamente, reponiendo, de esta manera, los guarismos originalmente contemplados en el Mensaje de S.E. el Presidente de la República y que fueron modificados por el mismo durante la tramitación del proyecto en la H. Cámara de Diputados.

Al respecto, la H. Senadora señora Feliú, dejó constancia de que el objeto de la indicación es restablecer el planteamiento inicial del Ejecutivo en el sentido de privilegiar el factor de idoneidad sobre el de antigüedad.

Respecto de la referida indicación, el Presidente de la Comisión, señaló que, a su juicio, ella es inadmisible, por incidir en una materia de iniciativa exclusiva de S.E. el Presidente de la República. Agregó que, no obstante lo anterior, habiéndose producido interpretaciones divergentes en torno a la necesidad de requerir nuevamente de la iniciativa presidencial en el caso específico de que se trata, sometería a votación la inadmisibilidad de la indicación.

Al respecto, estimaron que la indicación es admisible los HH. Senadores señora Feliú y señores Larre y Piñera, y que, es inadmisible, los HH. Senadores señora Carrera y señor Ruiz-Esquide.

Quienes estuvieron por la admisibilidad de la indicación, manifestaron que, en su concepto, no cabía duda alguna de que los parlamentarios pudieran proponer una indicación como la comentada, toda vez que con ella sólo se restablece la proposición original del Ejecutivo, debidamente formulada, expresada y fundamentada en el Mensaje respectivo. Asimismo, agregaron que existían múltiples precedentes en tal sentido.

Por su parte, quienes sostuvieron la inadmisibilidad, expresaron que si bien el Ejecutivo en el Mensaje propuso idénticos porcentajes que los contenidos en la indicación, luego modificó dicho criterio ante la H. Cámara de Diputados, proponiendo una nueva estructura porcentual. En consecuencia, existiendo dos manifestaciones de voluntad al respecto, necesariamente debe entenderse que la última deja sin efecto la anterior.

Finalmente, los representantes del Ejecutivo, coincidiendo con las afirmaciones contenidas en el párrafo anterior, añadieron que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62, Nº 4º, de la Carta Fundamental y el artículo 24 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, resultaba indubitada la necesidad de contar con iniciativa presidencial para reponer los porcentajes originalmente previstos. Por lo expuesto, el señor Ministro de Salud manifestó su reserva de inconstitucionalidad sobre la materia.

Puesta en votación la indicación, ella fue aprobada por tres votos contra dos. Votaron por su aprobación los HH. Senadores señora Feliú y señores Larre y Piñera y, por su rechazo, los HH. Senadores señora Carrera y señor Ruiz-Esquide.

Al respecto, el H. Senador señor Piñera, señaló que prácticamente toda la remuneración actual de los trabajadores de la salud nada tiene que ver con el factor "desempeño", razón por la que él hubiese preferido que los incentivos que se vienen proponiendo por este proyecto de ley hubieran dependido íntegramente de dicho factor. Ahora bien, dado que ello no resulta posible de establecer, opta por la mejor alternativa al alcance, que es reponer la propuesta original del Ejecutivo en la materia.

A su turno, la H. Senadora señora Feliú, se manifestó partidaria de privilegiar los beneficios basados en el factor "calidad de desempeño funcionario" por sobre el factor "antigüedad", en base al cual ya existen innumerables asignaciones. Agregó que los procesos calificatorios en la Administración son inherentes a la carrera funcionaria y a la estabilidad.

Por su parte, la H. Senadora señora Carrera, manifestó su aprensión en cuanto a que el desempeño pueda originar una malsana competencia funcionaria para ganar asignaciones por ese concepto, situación que en la práctica podría significar un perjuicio en las prestaciones de salud. Reiteró la necesidad de contar con clarísimos parámetros de evaluación que aseguren que las calificaciones de los funcionarios reflejen en justicia su real desempeño. Además, se mostró partidaria de separar las asignaciones de desempeño y de antigüedad, sosteniendo que resultaba del todo necesario realizar una evaluación seria de este nuevo sistema de asignaciones en el corto plazo para medir sus resultados.

Por último, el H. Senador señor Ruiz-Esquide, manifestó que consideraba muy importante incentivar el desempeño de los funcionarios de la salud, puesto que esto implica una mejoría en el servicio prestado. Ahora bien, la experiencia también debe ser reconocida, toda vez que ella es fundamental en un sector tan especial como éste.

No obstante, estima que ambos factores deben ser tratados separadamente, con una mayor ponderación de la experiencia, razón por la cual no comparte ni la indicación en votación ni el texto aprobado por la H. Cámara de Diputados. Asimismo, consciente de que el sistema de calificaciones es un elemento fundamental en la determinación del desempeño, solicitó a los representantes del Ejecutivo estudiar, en forma paralela, un mecanismo que asegure calificaciones objetivas y justas.

Finalmente, se deja constancia de que el señor Presidente de la Comisión procedió a declarar inadmisible una indicación suya, tendiente a sustituir los guarismos "3,25%" y "1,25%", ya referidos, por "3,2%" y "1,3%", respectivamente, por recaer en una materia de iniciativa exclusiva presidencial.

El resto de la letra b), analizada, fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, ya individualizados.

En seguida, vuestra Comisión, por la unanimidad de sus miembros presentes, HH. Senadores señoras Carrera y Feliú y señores Larre y Ruiz-Esquide, procedió a aprobar la letra c), sin modificaciones.

Luego, con idéntico quórum, se aprobó la letra d), con la sola modificación, originada en una indicación del H. Senador señor Ruiz-Esquide, consistente en suprimir la intervención del Ministro de Hacienda en el decreto supremo por el cual ha de aprobarse el reglamento encargado de determinar los procedimientos y criterios que deberán observar las juntas para dirimir empates en puntajes de calificación, por tratarse de una materia ajena a su competencia.

En lo que respecta a la letra e), vuestra Comisión, por la unanimidad de sus miembros, ya individualizados, procedió a aprobarla con modificaciones en su redacción, basadas en sendas indicaciones de los HH. Senadores señora Feliú y señores Larre y Piñera. Además, a instancias de la H. Senadora señora Carrera, aclaró que el no otorgamiento del beneficio a aquéllos que no hayan sido calificados por cualquier motivo, no afecta a quienes se encuentren ejerciendo el derecho al descanso de maternidad, reconocido en el Código del Trabajo.

A continuación, la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, HH. Senadores señoras Carrera y Feliú y señores Larre y Ruiz-Esquide, aprobó, sin modificaciones, las letras f) y g) del artículo en análisis.

Finalmente, en lo que se refiere la letra h), los HH. Senadores señora Feliú y señores Larre y Piñera, formularon indicación para agregar a continuación del punto aparte, una frase que estipula que no tendrán derecho al pago de la cuota respectiva los funcionarios que hayan tenido ausencias injustificadas en el trimestre anterior al mes en que corresponda pagarla.

Puesta en votación esta indicación, fue aprobada por cuatro votos a favor y uno en contra. Votaron por su aprobación los HH. Senadores señoras Carrera y Feliú y señores Larre y Piñera y, por su rechazo, el H. Senador señor Ruiz-Esquide, quien estimó que la norma, en los términos propuestos, no garantizaba que no existiese arbitrariedad por parte de las jefaturas correspondientes en la determinación del carácter de justificada o injustificada de una ausencia.

Al respecto, la H. Senadora señora Feliú, recordó que las causales que justifican la ausencia de los funcionarios se encuentran claramente definidas en el Estatuto Administrativo, lo que constituye una garantía ante posibles arbitrariedades.

Considerando lo expresado por la H. Senadora señora Feliú, en cuanto a que nuestra legislación garantiza que no podrá actuarse arbitrariamente, la H. Senadora señora Carrera señaló que apoyaba la indicación, toda vez que, a su juicio, la gente que no cumple con sus obligaciones debe ser sancionada.

El resto de la letra h) fue aprobada, sin modificaciones, por la unanimidad de los miembros de la Comisión.

Artículo 2º

Señala que la asignación a que se refiere el artículo 1º será tributable e imponible sólo para efectos de salud y pensiones y no servirá de base de cálculo para la determinación de ninguna remuneración o beneficio remuneratorio.

Para determinar las imposiciones e impuestos a que se encuentra afecta, se distribuirá su monto en proporción a los meses que comprenda el período a que corresponda y los cuocientes se sumarán a las respectivas remuneraciones mensuales. Con todo, agrega, las imposiciones se deducirán de la parte que, sumada a las respectivas remuneraciones mensuales, no exceda del límite máximo de imponibilidad.

Este artículo fue aprobado, sin modificaciones, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, HH. Senadores señoras Carrera y Feliú y señor Larre.

Artículo 3º

Establece, para el personal de planta y a contrata de la Subsecretaría del Ministerio de Salud, del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública de Chile, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974, o por el decreto ley Nº 3.551, de 1981, según corresponda, una bonificación de estímulo por desempeño funcionario.

Dicha bonificación, añade, se regulará por lo dispuesto en el artículo 11 de la ley Nº 19.479, norma que se describe en el Capítulo relativo a los "Antecedentes" de este Informe.

Con todo, respecto de las remuneraciones a que se refiere la letra c) del citado artículo, éstas serán aplicables a los funcionarios de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, y en cuanto a las demás instituciones mencionadas en el inciso primero de la presente disposición, se considerarán para tales efectos la suma del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario más la respectiva asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la ley Nº 19.185, la asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185 y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977.

Asimismo, continúa, respecto a las juntas calificadoras a que hace referencia el artículo 11 antes citado, se estará a las juntas que se constituyan en cada uno de los Servicios de conformidad a las normas que les sean aplicables, y no obstante lo dispuesto en la letra k) de dicha disposición, en caso de empates se aplicará lo dispuesto en la letra d) del artículo 1º de esta ley.

En relación con este artículo, la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, HH. Senadores señoras Carrera y Feliú y señor Larre, aprobó, sólo con una modificación menor en su inciso tercero, los cuatro incisos aprobados en primer trámite constitucional.

Luego, con los votos favorables de los HH. Senadores señoras Carrera y Feliú y señores Larre y Piñera, y el voto en contra del H. Senador señor Ruiz-Esquide, la Comisión aprobó una indicación de la H. Senadora señora Feliú y de los HH. Senadores señores Larre y Piñera, tendiente a agregar un inciso final, nuevo, que establece que la limitación dispuesta en la letra h) del artículo 1º, se aplicará también al pago del beneficio de que trata el presente artículo.

Además, cabe hacer presente que la H. Senadora señora Feliú, solicitó dejar constancia del contenido del documento enviado por funcionarios de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, en lo referente a su desacuerdo a ser titulares de los beneficios de este artículo y no de los establecidos en el artículo 1º, para los Servicios de Salud.

En cuanto a los Servicios fiscalizadores, a saber, Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional y Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, hizo presente que, en su concepto, deben tener un sistema estatutario y de remuneraciones especial.

Finalmente, cabe recordar que en relación con este artículo, el H. Senador señor Ruiz-Esquide, manifestó estar en desacuerdo con que a los organismos citados en su inciso primero se les dé un trato diferente y discriminatorio en relación con el que tienen los Servicios de Salud.

Artículo 4º

Prescribe que el Subsecretario de Salud y los Jefes Superiores del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública de Chile, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, propondrán cada año al Ministro de Salud un programa anual de mejoramiento de la gestión del respectivo Servicio para el año calendario siguiente. Dicho programa especificará metas de eficiencia institucional y de calidad de los servicios proporcionados a los usuarios.

Por su parte, el Ministro de Salud, en base a dichos antecedentes y mediante uno o más decretos, los que también serán suscritos por el Ministro de Hacienda, fijará las metas definitivas a alcanzar en cada año por cada Servicio. Además, podrá fijar metas específicas a determinadas áreas de actividad, unidades orgánicas o Direcciones Regionales del respectivo Servicio.

Añade que corresponderá al Ministro de Salud ejercer el control del cumplimiento de las metas respecto de cada Servicio.

Anualmente, el cumplimiento de las metas del año precedente dará derecho a los funcionarios de planta y a contrata pertenecientes al correspondiente Servicio, a una bonificación por desempeño institucional de hasta el 10% de la suma de las siguientes remuneraciones: sueldo base y asignación de fiscalización en el caso de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, y sueldo base, asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185; asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la ley Nº 19.185 y asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770 de 1977, respecto de los demás Servicios antes referidos.

Dicha bonificación, agrega, se calculará sobre las referidas remuneraciones percibidas mensualmente por cada funcionario beneficiario en el año calendario precedente al del pago; se pagará de una sola vez, a más tardar el 31 de marzo de cada año, y será tributable e imponible sólo para efectos de salud y pensiones.

Para la determinación de las imposiciones e impuestos a que estará afecta esta bonificación, se aplicará lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 2º de esta ley.

Luego, en su inciso séptimo, establece que no tendrá derecho a percibir la bonificación de que trata este artículo, respecto de cada planta de personal, el 10% de los funcionarios peor calificados de conformidad con las disposiciones del Párrafo 3º del Título II de la ley Nº 18.834. En caso de producirse empate en los puntajes de calificación entre varios funcionarios de una misma planta y cuando ello impida determinar quienes serán excluidos del pago de esta bonificación, corresponderá a las juntas calificadoras centrales dirimir dichos empates, estableciendo los funcionarios que no tendrán derecho a la misma.

El porcentaje a pagar en cada año por concepto de esta bonificación, se establecerá para cada Servicio y para sus áreas, Unidades o Direcciones Regionales, si así procediere, mediante decreto fundado del Ministerio de Salud, el que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda.

Por último, preceptúa que el reglamento, que será aprobado por decreto supremo del Ministerio de Salud y suscrito, además, por el Ministro de Hacienda, establecerá los mecanismos de control y evaluación de las metas; la forma de medir y ponderar los distintos elementos o indicadores a considerar; la manera de determinar los distintos porcentajes de la bonificación; los procedimientos y el calendario de elaboración, fijación y evaluación de las metas a alcanzar, y toda otra norma necesaria para la adecuada concesión de este beneficio.

En relación con este artículo, vuestra Comisión adoptó los siguientes acuerdos, con el quórum que en cada caso se indica:

1.- Aprobar su inciso primero, sin modificaciones. (Acuerdo adoptado con los votos favorables de los HH. Senadores señoras Carrera y Feliú y señor Larre).

2.- Aprobar su inciso segundo, con una modificación de carácter formal, originada en una indicación de los HH. Senadores señora Feliú y señores Larre y Piñera. (Acuerdo adoptado con los votos favorables de los HH. Senadores señoras Carrera y Feliú y señor Larre).

3.- Aprobar su inciso cuarto, con una modificación formal menor. (Acuerdo adoptado con los votos favorables de los HH. Senadores señoras Carrera y Feliú y señores Larre y Ruiz-Esquide).

4.- Aprobar, sin modificaciones, los incisos tercero, quinto, sexto, octavo y noveno. (Acuerdo adoptado con los votos favorables de los HH. Senadores señoras Carrera y Feliú y señores Larre y Ruiz-Esquide).

5.- Intercalar, en su inciso séptimo, a continuación de la expresión "ley Nº 18.834" la siguiente oración, precedida de una coma: "ni quienes hayan tenido ausencias injustificadas al trabajo en el año precedente al del pago.".(Acuerdo adoptado con los votos favorables de los HH. Senadores señora Feliú y señores Larre y Piñera, y el voto contrario de los HH. Senadores señora Carrera y señor Ruiz-Esquide, sobre la base de una indicación formulada por quienes constituyen el voto de mayoría).

6.- Aprobar el resto del inciso séptimo, sin modificaciones. (Acuerdo adoptado con los votos favorables de los HH. Senadores señoras Carrera y Feliú y señores Larre y Ruiz-Esquide).

Artículos transitorios

Artículo 1º

Señala que las normas del artículo 3º entrarán a regir a contar del 1º de enero de 1997, sobre la base de los resultados del proceso calificatorio correspondiente al año 1996.

Este artículo fue aprobado, sin modificaciones, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, HH. Senadores señoras Carrera y Feliú y señores Larre, Piñera y Ruiz-Esquide.

Artículo 2º

Prescribe que la bonificación de desempeño institucional a que se refiere el artículo 4º podrá pagarse a contar del año 1998 respecto de aquellos Servicios a los que, a más tardar, durante el curso del primer semestre del año 1997, se les hubieren fijado las metas a alcanzar durante este último año. En este caso, la bonificación se pagará de una sola vez en el mes de marzo de 1998 y se calculará sobre las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, percibidas durante el segundo semestre del año 1997.

Durante el segundo semestre de 1997, sólo se podrán fijar metas para ser cumplidas en el año 1998.

Finalmente, indica que en la primera oportunidad en que se pague la bonificación por desempeño institucional en algunas de las entidades afectas, el porcentaje de la misma no podrá exceder del 5% de la suma de las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, devengadas durante el período de que se trate.

Vuestra Comisión procedió a aprobar este artículo, sin modificaciones, por la unanimidad de sus miembros, ya individualizados a propósito de la disposición anterior.

Artículo 3º

Autoriza el pago, por una sola vez, en el mes de marzo de 1997, a los funcionarios de planta y a contrata de las instituciones mencionadas en el inciso primero del artículo 3º, que se encuentren en servicio a esa fecha, de una bonificación no imponible ascendente al 4,75% de las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, percibidas durante el año 1996.

Añade que la exclusión a que se refiere el inciso séptimo del artículo 4º se hará extensiva a la concesión de esta bonificación.

Para efectos tributarios, esta bonificación se regirá por las reglas señaladas sobre la materia para la asignación por desempeño institucional en el artículo 4º.

Este artículo fue aprobado, sin modificaciones, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, HH. Senadores señoras Carrera y Feliú y señores Larre, Piñera y Ruiz-Esquide.

Artículo 4º

Establece que el mayor gasto que represente la aplicación de esta ley para el año 1997 será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto vigente de los Servicios de Salud. No obstante, el Ministro de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no pudieren financiar con sus recursos.

En relación con este artículo, la H. Senadora señora Feliú, advirtió que presentaba diversos problemas, que impedían aprobarlo en los términos propuestos. Así, la ley concede beneficios tanto para los funcionarios de los Servicios de Salud como de otros organismos, pero los gastos totales se imputan solamente al presupuesto de los primeros. Además, en su concepto, no se respeta a cabalidad la norma constitucional que establece que los gastos deben estar debidamente financiados.

Por su parte, el H. Senador señor Piñera, señaló que la disposición debía precisar qué porcentaje del gasto se cargará al presupuesto de los Servicios de Salud y cuánto a Tesoro Público.

Puesto en votación el artículo en cuestión, estuvieron por aprobarlo los HH. Senadores señora Carrera y señor Ruiz-Esquide; por rechazarlo, los HH. Senadores señora Feliú y señor Larre, y se abstuvo, el H. Senador señor Piñera.

El H. Senador señor Ruiz-Esquide, hizo presente que aprobaba la disposición, en el entendido de que ella debía ser objeto de una enmienda sustancial en la Comisión de Hacienda del Senado.

Repetida la votación de conformidad con el Reglamento de la Corporación, el artículo fue aprobado por tres votos contra dos. Votaron por su aprobación los HH. Senadores señora Carrera y señores Piñera y Ruiz-Esquide y, por su rechazo, los HH. Senadores señora Feliú y señor Larre.

Artículo 5º

Preceptúa que para los efectos del cómputo de los años de servicio a que se refiere la letra b) del artículo 1º se considerará, además, por una sola vez al personal en funciones a la fecha de publicación de la presente ley, el tiempo servido en las ex-corporaciones que administraron los consultorios y el Hospital Clínico San Borja Arriarán (Ex-Paula Jaraquemada) del Servicio de Salud Metropolitana Central.

El artículo fue aprobado, sin modificaciones, por la unanimidad de los miembros de la Comisión, HH. Senadores señoras Carrera y Feliú y señores Larre, Piñera y Ruiz-Esquide.

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En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, vuestra Comisión de Salud tiene el honor de proponeros la aprobación del proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, con las siguientes modificaciones:

Artículo 1º

letra a)

Reemplazar la expresión "artículo 19 de la ley Nº 19.185" por "artículo 19 de la misma ley".

letra b)

1.- Sustituir su encabezamiento, por el siguiente:

"b) La asignación será equivalente a los siguientes porcentajes, que se aplicarán sobre el universo de los funcionarios calificados en lista 1, de Distinción, o en lista 2, Buena, por cada tres años de servicios efectivos cumplidos al 31 de diciembre del año anterior al de su concesión, en calidad de planta o a contrata en los Servicios de Salud, o en sus antecesores legales, con un máximo de 30 años:".

2.- Reemplazar en sus números i) e iii) los guarismos "3,25%" y "1,25%", por "3,5%" y "1%", respectivamente.

letra d)

Suprimir la expresión "el que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda,".

letra e)

Reemplazar su inciso primero, por el que se indica a continuación:

"e) Los funcionarios que hayan sido calificados en lista 3, Condicional, o en lista 4, de Eliminación, y los que no hayan sido calificados por cualquier motivo en el correspondiente período, excepto cuando esto último se deba al ejercicio del derecho al descanso de maternidad, no tendrán derecho al beneficio. No obstante, los miembros de las juntas calificadoras centrales y los Jefes Superiores de los Servicios de Salud tendrán derecho al beneficio conforme al número ii) de la letra b) de este artículo.".

letra h)

Agregar a continuación del punto aparte (.), que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente oración: " No tendrán derecho al pago de la cuota respectiva los funcionarios que hayan tenido ausencias injustificadas en el trimestre anterior al mes en que corresponda pagarla.".

Artículo 3º

1.- En su inciso tercero, reemplazar la expresión "artículo 17 de la ley Nº 19.185" por "artículo 17 de la misma ley".

2.- Consultar como inciso final, nuevo, el siguiente:

"La limitación dispuesta en la letra h) del artículo 1º, se aplicará también al pago del beneficio de que trata el presente artículo.".

Artículo 4º

1.- En su inciso segundo, sustituir la expresión "en base a" por "sobre la base de".

2.- En su inciso cuarto, reemplazar la expresión "artículo 19 de la ley Nº 19.185" por "artículo 19 de la misma ley".

3.- En su inciso séptimo, intercalar a continuación de la expresión "ley Nº 18.834" la siguiente oración, sustituyendo el punto seguido (.) que figura a continuación de aquélla, por una coma (,): "ni quienes hayan tenido ausencias injustificadas al trabajo en el año precedente al del pago.".

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Como consecuencia de las modificaciones anteriores, el texto de la iniciativa queda como sigue

"PROYECTO DE LEY:

Artículo 1º.- Establécese, a contar del 1º de enero de 1997, para el personal de planta y a contrata de los Servicios de Salud a que se refieren el decreto ley Nº 2.763, de 1979, y la ley Nº 19.414, regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974, excluido el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, una asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, la que se regulará por las normas que se pasan a expresar:

a) La asignación se determinará aplicando los porcentajes que más adelante se señalan a la suma mensual del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario, más la asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185, la asignación profesional del artículo 19 de la misma ley y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977.

b) La asignación será equivalente a los siguientes porcentajes, que se aplicarán sobre el universo de los funcionarios calificados en lista 1, de Distinción, o en lista 2, Buena, por cada tres años de servicios efectivos cumplidos al 31 de diciembre del año anterior al de su concesión, en calidad de planta o a contrata en los Servicios de Salud, o en sus antecesores legales, con un máximo de 30 años:

i) 3,5% para los funcionarios pertenecientes al 33% mejor evaluado de cada planta.

ii) 2% para los funcionarios que sigan a los anteriores, en orden descendente de evaluación, hasta completar el 67%.

iii) l% para los funcionarios que sigan a los anteriores, en orden descendente de evaluación, hasta completar el 100%.

c) Para estos efectos se considerará el resultado de las calificaciones que hayan obtenido los funcionarios, separadamente en cada una de las juntas calificadoras que existan en cada Servicio de Salud y en conformidad con las disposiciones de la ley Nº 18.834, en el proceso calificatorio del año inmediatamente anterior al del pago del beneficio.

d) En caso de producirse empate en los puntajes de calificación entre varios funcionarios de una misma planta, y cuando ello impida determinar qué porcentaje del beneficio le corresponde a cada funcionario, cada junta calificadora dirimirá dichos empates. Un reglamento, aprobado por decreto supremo del Ministerio de Salud, determinará los procedimientos y criterios que deberán observar las juntas para estos efectos.

e) Los funcionarios que hayan sido calificados en lista 3, Condicional, o en lista 4, de Eliminación, y los que no hayan sido calificados por cualquier motivo en el correspondiente período, excepto cuando esto último se deba al ejercicio del derecho al descanso de maternidad, no tendrán derecho al beneficio. No obstante, los miembros de las juntas calificadoras centrales y los Jefes Superiores de los Servicios de Salud tendrán derecho al beneficio conforme al número ii) de la letra b) de este artículo.

A los delegados del personal ante las juntas y a los directores de las asociaciones de funcionarios se les considerará para estos efectos su calificación anterior, a menos que soliciten ser calificados en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 29 de la ley Nº 18.834 o en el inciso tercero del artículo 25 de la ley Nº 19.296.

f) Los funcionarios con derecho a percibir el beneficio que sean sancionados con alguna de las medidas disciplinarias indicadas en el artículo 116 de la ley Nº 18.834, serán excluidos del pago de la asignación a contar de la aplicación de la sanción y por el lapso que reste para completar el período anual respectivo.

g) El funcionario que por ascenso o cualquier otro motivo cambie de grado con posterioridad al afinamiento del proceso calificatorio, percibirá la asignación en relación a las remuneraciones que estaba percibiendo en el cargo en que fue calificado, sin perjuicio de los reajustes legales de remuneraciones que pudieren corresponderle.

h) La asignación será pagada a los funcionarios en servicio a la fecha de pago en cuatro cuotas, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año. El monto a pagar en cada cuota será equivalente al valor acumulado en el trimestre respectivo como resultado de la aplicación mensual de los porcentajes establecidos en la letra b) precedente. No tendrán derecho al pago de la cuota respectiva los funcionarios que hayan tenido ausencias injustificadas en el trimestre anterior al mes en que corresponda pagarla.

Artículo 2º.- La asignación a que se refiere el artículo 1º será tributable e imponible sólo para efectos de salud y pensiones y no servirá de base de cálculo para la determinación de ninguna remuneración o beneficio remuneratorio.

Para determinar las imposiciones e impuestos a que se encuentra afecta, se distribuirá su monto en proporción a los meses que comprenda el período a que corresponda y los cuocientes se sumarán a las respectivas remuneraciones mensuales. Con todo, las imposiciones se deducirán de la parte que, sumada a las respectivas remuneraciones mensuales, no exceda del límite máximo de imponibilidad.

Artículo 3º.- Establécese, para el personal de planta y a contrata de la Subsecretaría del Ministerio de Salud, del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública de Chile, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974, o por el decreto ley Nº 3.551, de 1981, según corresponda, una bonificación de estímulo por desempeño funcionario.

Dicha bonificación se regulará por lo dispuesto en el artículo 11 de la ley Nº 19.479.

Con todo, respecto de las remuneraciones a que se refiere la letra c) del citado artículo, éstas serán aplicables a los funcionarios de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, y en cuanto a las demás instituciones mencionadas en el inciso primero de la presente disposición, se considerarán para tales efectos la suma del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario más la respectiva asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la ley Nº 19.185, la asignación del artículo 17 de la misma ley y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977.

Asimismo, respecto a las juntas calificadoras a que hace referencia el artículo 11 antes citado, se estará a las juntas que se constituyan en cada uno de los Servicios de conformidad a las normas que les sean aplicables, y no obstante lo dispuesto en la letra k) de dicha disposición, en caso de empates se aplicará lo dispuesto en la letra d) del artículo 1º de esta ley.

La limitación dispuesta en la letra h) del artículo 1º, se aplicará también al pago del beneficio de que trata el presente artículo.

Artículo 4º.- El Subsecretario de Salud y los Jefes Superiores del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública de Chile, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, propondrán cada año al Ministro de Salud un programa anual de mejoramiento de la gestión del respectivo Servicio para el año calendario siguiente. Dicho programa especificará metas de eficiencia institucional y de calidad de los servicios proporcionados a los usuarios.

Por su parte, el Ministro de Salud, sobre la base de dichos antecedentes y mediante uno o más decretos, los que también serán suscritos por el Ministro de Hacienda, fijará las metas definitivas a alcanzar en cada año por cada Servicio. Además, podrá fijar metas específicas a determinadas áreas de actividad, unidades orgánicas o Direcciones Regionales del respectivo Servicio.

Corresponderá al Ministro de Salud ejercer el control del cumplimiento de las metas respecto de cada Servicio.

Anualmente, el cumplimiento de las metas del año precedente dará derecho a los funcionarios de planta y a contrata pertenecientes al correspondiente Servicio, a una bonificación por desempeño institucional de hasta el 10% de la suma de las siguientes remuneraciones: sueldo base y asignación de fiscalización en el caso de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, y sueldo base, asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185; asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la misma ley y asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977, respecto de los demás Servicios antes referidos.

Dicha bonificación se calculará sobre las referidas remuneraciones percibidas mensualmente por cada funcionario beneficiario en el año calendario precedente al del pago; se pagará de una sola vez, a más tardar el 31 de marzo de cada año, y será tributable e imponible sólo para efectos de salud y pensiones.

Para la determinación de las imposiciones e impuestos a que estará afecta esta bonificación, se aplicará lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 2º de esta ley.

No tendrá derecho a percibir la bonificación de que trata este artículo, respecto de cada planta de personal, el 10% de los funcionarios peor calificados de conformidad con las disposiciones del Párrafo 3º del Título II de la ley Nº 18.834, ni quienes hayan tenido ausencias injustificadas al trabajo en el año precedente al del pago. En caso de producirse empate en los puntajes de calificación entre varios funcionarios de una misma planta y cuando ello impida determinar quienes serán excluidos del pago de esta bonificación, corresponderá a las juntas calificadoras centrales dirimir dichos empates, estableciendo los funcionarios que no tendrán derecho a la misma.

El porcentaje a pagar en cada año por concepto de esta bonificación, se establecerá para cada Servicio y para sus áreas, Unidades o Direcciones Regionales, si así procediere, mediante decreto fundado del Ministerio de Salud, el que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda.

El reglamento, que será aprobado por decreto supremo del Ministerio de Salud y suscrito, además, por el Ministro de Hacienda, establecerá los mecanismos de control y evaluación de las metas; la forma de medir y ponderar los distintos elementos o indicadores a considerar; la manera de determinar los distintos porcentajes de la bonificación; los procedimientos y el calendario de elaboración, fijación y evaluación de las metas a alcanzar, y toda otra norma necesaria para la adecuada concesión de este beneficio.

Artículos transitorios

Artículo 1º.- Las normas del artículo 3º entrarán a regir a contar del 1º de enero de 1997, sobre la base de los resultados del proceso calificatorio correspondiente al año 1996.

Artículo 2º.- La bonificación de desempeño institucional a que se refiere el artículo 4º podrá pagarse a contar del año 1998 respecto de aquellos Servicios a los que, a más tardar, durante el curso del primer semestre del año 1997, se les hubieren fijado las metas a alcanzar durante este último año. En este caso, la bonificación se pagará de una sola vez en el mes de marzo de 1998 y se calculará sobre las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, percibidas durante el segundo semestre del año 1997.

Durante el segundo semestre de 1997, sólo se podrán fijar metas para ser cumplidas en el año 1998.

En la primera oportunidad en que se pague la bonificación por desempeño institucional en algunas de las entidades afectas, el porcentaje de la misma no podrá exceder del 5% de la suma de las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, devengadas durante el período de que se trate.

Artículo 3º.- Autorízase el pago, por una sola vez, en el mes de marzo de 1997, a los funcionarios de planta y a contrata de las instituciones mencionadas en el inciso primero del artículo 3º, que se encuentren en servicio a esa fecha, de una bonificación no imponible ascendente al 4,75% de las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, percibidas durante el año 1996.

La exclusión a que se refiere el inciso séptimo del artículo 4º se hará extensiva a la concesión de esta bonificación.

Para efectos tributarios, esta bonificación se regirá por las reglas señaladas sobre la materia para la asignación por desempeño institucional en el artículo 4º.

Artículo 4º.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley para el año 1997 será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto vigente de los Servicios de Salud. No obstante, el Ministro de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no pudieren financiar con sus recursos.

Artículo 5º.- Para los efectos del cómputo de los años de servicio a que se refiere la letra b) del artículo 1º se considerará, además, por una sola vez al personal en funciones a la fecha de publicación de la presente ley, el tiempo servido en las ex-corporaciones que administraron los consultorios y el Hospital Clínico San Borja Arriarán (Ex-Paula Jaraquemada) del Servicio de Salud Metropolitana Central.".

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Acordado en sesiones de fechas 18 y 19 de diciembre de 1996, con asistencia de sus miembros Honorables Senadores señor Mariano Ruiz-Esquide Jara (Presidente), señoras María Elena Carrera Villavicencio y Olga Feliú Segovia, y señores Enrique Larre Asenjo y Sebastián Piñera Echenique.

Sala de la Comisión, a 23 de diciembre de 1996.

SERGIO SEPULVEDA GUMUCIO

Secretario

INDICE

Página

Aspectos de orden general ... 1

Antecedentes ... 2

Discusión general ... 10

Discusión particular ... 24

Modificaciones ... 44

Texto del proyecto de ley ... 47

Asistencia ... 53

RESEÑA

I.BOLETIN Nº: 1957-11.

II.MATERIA: Proyecto de ley que otorga asignaciones y bonificaciones al personal del sector salud.

III.ORIGEN: Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República.

IV.TRAMITE CONSTITUCIONAL: Segundo.

V.APROBACION POR LA CAMARA DE DIPUTADOS: Aprobación general: 81 votos a favor y una abstención.

VI.INICIO TRAMITACION EN EL SENADO: 18 de diciembre de 1996.

VII.TRAMITE REGLAMENTARIO: Primer informe.

VIII. URGENCIA: Suma. Vence el 28 de diciembre de 1996.

IX. LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA: Decreto ley Nº 2.763, de 1979; ley Nº 19.414; ley Nº 18.834; decreto ley Nº 249, de 1974; ley Nº 19.185; decreto ley Nº 1.770, de 1977; ley Nº 19.296; decreto ley Nº 3.551, de 1981 y la ley Nº 19.479.

X. ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISION: Cuatro artículos permanentes y cinco transitorios.

XI. PRINCIPALES OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISION:

Establecer las siguientes asignaciones y bonificaciones:

1.- Asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario para el personal de planta y a contrata de los Servicios de Salud regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974, excluido el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente.

2.- Bonificación de estímulo por desempeño funcionario para el personal de planta y a contrata de la Subsecretaría del Ministerio de Salud, del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública de Chile, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974, o por el decreto ley Nº 3.551, de 1981, según corresponda.

3.- Bonificación por desempeño institucional para el personal indicado en el número anterior.

4.- Bonificación extraordinaria, pagadera por una sola vez, para el personal a que se refieren los números 2 y 3 anteriores.

XII. NORMAS DE QUORUM ESPECIAL: No hay.

XIII. ACUERDOS: Aprobación general: Unanimidad. 5-0.

Aprobación particular:

Por unanimidad: Artículo 2º permanente y artículos 1º, 2º, 3º y 5º transitorios. Por mayoría de votos: Artículos 1º, 3º y 4º permanentes y artículo 4º transitorio.

Valparaíso, 23 de diciembre de 1996.

SERGIO SEPULVEDA GUMUCIO

Secretario

2.2. Informe de Comisión de Hacienda

Senado. Fecha 26 de diciembre, 1996. Informe de Comisión de Hacienda en Sesión 19. Legislatura 334.

?INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY, EN SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL, QUE OTORGA ASIGNACIONES Y BONIFICACIONES AL PERSONAL DEL SECTOR SALUD.

BOLETIN Nº 1.957-11.

_______________________________

HONORABLE SENADO:

Vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de informaros el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que otorga asignaciones y bonificaciones al personal del Sector Salud, iniciado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República.

Para el despacho de esta iniciativa legal, S.E. el Presidente de la República hizo presente la urgencia constitucional, calificándola de "suma".

Además de sus miembros, asistieron a vuestra Comisión el Presidente del Senado, H. Senador don Sergio Díez y los HH. Senadores señora María Elena Carrera y los señores Enrique Larre, Sergio Páez y Mariano Ruiz-Esquide.

Asimismo, a la sesión en que vuestra Comisión analizó este proyecto concurrió el señor Ministro de Salud, don Alex Figueroa acompañado por el Subsecretario del ramo, don Fernando Muñoz; el Subdirector de Racionalización y Función Pública de la Dirección de Presupuestos, don Ramón Figueroa, el señores Carlos Pardo, del Ministerio de Hacienda y el señor Pablo Ortiz, del Ministerio de Salud.

- - -

El proyecto de ley en estudio fue analizado previamente por la Comisión de Salud del Senado, técnica en la materia, la cual lo aprobó con modificaciones.

- - -

De conformidad a su competencia, la Comisión de Hacienda se abocó al estudio de los artículos 1º, 2º, 3º y 4º permanentes y 1º, 2º, 3º, 4º y 5º transitorios despachados por la Comisión de Salud de esta Corporación, a saber:

Artículo 1º

Establece, en su inciso primero, a contar del 1º de enero de 1997, para el personal de planta y a contrata de los Servicios de Salud a que se refieren el decreto ley Nº 2.763, de 1979, y la ley Nº 19.414, regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974, excluido el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, el pago de una asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, la que se regulará por las normas que a continuación se señalan:

a) Esta asignación se determinará aplicando los porcentajes que más adelante se señalan a la suma mensual del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario, más la asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185, la asignación profesional del artículo 19 de la esta ley y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977.

El H. Senador Mariano Ruiz-Esquide presentó indicación para sustituir la frase "la asignación profesional del artículo 19 de la misma ley" por "el 50% de la asignación profesional del artículo 19 de la misma ley".

- Esta indicación fue declarada inadmisible por el Presidente de la Comisión, debido a que versa sobre materia de iniciativa exclusiva de S.E. el Presidente de la República.

b) La asignación será equivalente a los siguientes porcentajes, que se aplicarán sobre el universo de los funcionarios calificados en lista 1, de Distinción, o en lista 2, Buena, por cada tres años de servicios efectivos cumplidos al 31 de diciembre del año anterior al de su concesión, en calidad de planta o a contrata en los Servicios de Salud, o en sus antecesores legales, con un máximo de 30 años:

i) 3,5% para los funcionarios pertenecientes al 33% mejor evaluado de cada planta.

ii) 2% para los funcionarios que sigan a los anteriores, en orden descendente de evaluación, hasta completar el 67%.

iii) l% para los funcionarios que sigan a los anteriores, en orden descendente de evaluación, hasta completar el 100%.

El Ejecutivo hizo indicación para sustituir en sus numerales i) e iii), los guarismos "3,5%" y "1%", por "3,25%" y "1,25", respectivamente.

- Fue aprobada la citada indicación con los votos afirmativos de los HH. Senadores señores Jorge Lavandero, Carlos Ominami y Andrés Zaldívar, y con el voto en contra de los HH. Senadores señores Francisco Javier Errázuriz y Sebastián Piñera.

El H. Senador Mariano Ruiz-Esquide formuló indicación para reemplazar en sus números i) e iii) los guarismos "3,5%" y "1%" por "3,2%" y "1,3%", respectivamente.

- Esta indicación fue declarada inadmisible por el Presidente de la Comisión, debido a que versa sobre materia de iniciativa exclusiva de S.E. el Presidente de la República.

c) Para los efectos de determinar el monto de esta asignación, se considerará el resultado de las calificaciones que hayan obtenido los funcionarios, separadamente en cada una de las juntas calificadoras que existan en cada Servicio de Salud y en conformidad con las disposiciones de la ley Nº 18.834, en el proceso calificatorio del año inmediatamente anterior al del pago del beneficio.

d) En caso de producirse empate en los puntajes de calificación entre varios funcionarios de una misma planta, y cuando ello impida determinar qué porcentaje del beneficio le corresponde a cada funcionario, cada junta calificadora dirimirá dichos empates. Corresponderá al reglamento, aprobado mediante decreto supremo del Ministerio de Salud determinar los procedimientos y criterios que deberán observar las juntas para estos efectos.

El Ejecutivo formuló indicación para intercalar a continuación de la expresión "decreto supremo del Ministerio de Salud," la siguiente oración: "el que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda,".

- Fue aprobada esta indicación, unánimente, con los votos de los HH. Senadores señores Francisco Javier Errázuriz, Jorge Lavandero, Sebastián Piñera y Andrés Zaldívar.

e) No tendrán derecho a este beneficio los funcionarios que hayan sido calificados en lista 3, Condicional, o en lista 4, de Eliminación, y los que no hayan sido calificados por cualquier motivo en el mismo período, excepto cuando esto último se deba al ejercicio del derecho al descanso de maternidad. No obstante, los miembros de las juntas calificadoras centrales y los Jefes Superiores de los Servicios de Salud tendrán derecho al beneficio conforme al número ii) de la letra b) de este artículo.

Respecto de los delegados del personal ante las juntas y a los directores de las asociaciones de funcionarios se les considerará para estos efectos su calificación anterior, a menos que soliciten ser calificados en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 29 de la ley Nº 18.834 o en el inciso tercero del artículo 25 de la ley Nº 19.296.

Durante la discusión de este precepto, el Ejecutivo formuló la siguiente indicación para sustituir la última oración que sigue al punto seguido, por la siguiente:

"No obstante, los Jefes Superiores de los Servicios de Salud tendrán derecho a percibir la asignación conforme al número i) de la letra b) precedente y los miembros de las Juntas Calificadoras Centrales podrán optar entre percibir el beneficio de acuerdo con el número ii) de dicha letra, o bien, en el caso que hayan sido calificados en el período inmediatamente anterior al del pago del beneficio, sujetarse a las normas generales de este artículo conforme al puntaje obtenido en esa calificación.".

- Puesta en votación esta indicación fue aprobada con los votos a favor de los HH. Senadores señores Francisco Javier Errázuriz, Jorge Lavandero y Andrés Zaldívar. Se abstuvo el H. Senador señor Sebastián Piñera.

El H. Senador señor Mariano Ruiz-Esquide presentó indicación para sustituir en el inciso primero de la letra e) la expresión "número ii)" por "número i)".

- Esta indicación fue declarada inadmisible por el Presidente de la Comisión, debido a que versa sobre materia de iniciativa exclusiva de S.E. el Presidente de la República.

f) Los funcionarios con derecho a percibir el beneficio que sean sancionados con alguna de las medidas disciplinarias indicadas en el artículo 116 de la ley Nº 18.834, serán excluidos del pago de la asignación a contar de la aplicación de la sanción y por el lapso que reste para completar el período anual respectivo.

g) El funcionario que por ascenso o cualquier otro motivo cambie de grado con posterioridad al afinamiento del proceso calificatorio, percibirá la asignación en relación a las remuneraciones que estaba percibiendo en el cargo en que fue calificado, sin perjuicio de los reajustes legales de remuneraciones que pudieren corresponderle.

h) Esta asignación se pagará a los funcionarios en servicio a la fecha de pago en cuatro cuotas, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año. El monto a pagar en cada cuota será equivalente al valor acumulado en el trimestre respectivo como resultado de la aplicación mensual de los porcentajes establecidos en la letra b) precedente. Sin embargo, no tendrán derecho al pago de la cuota respectiva los funcionarios que hayan tenido ausencias injustificadas en el trimestre anterior al mes en que corresponda pagarla.

El H. Senador señor Mariano Ruiz-Esquide formuló indicación para eliminar la oración final: "Sin embargo, no tendrán derecho al pago de la cuota respectiva los funcionarios que hayan tenido ausencias injustificadas en el trimestre anterior al mes en que corresponda pagarla.".

- Puesta en votación esta indicación, fue rechazada, unánimemente, con los votos de los HH. Senadores señores Francisco Javier Errázuriz, Jorge Lavandero, Carlos Ominami, Sebastián Piñera y Andrés Zaldívar.

Luego, el H. Senador señor Andrés Zaldívar hizo presente una indicación del siguiente tenor:

Para agregar en la letra h) de este artículo 1º después de la palabra "pagarla", la frase "conforme a lo establecido en el artículo 66 del Estatuto Administrativo.".

- Fue aprobada por unanimidad, con los votos de los HH. Senadores señores Francisco Javier Errázuriz, Jorge Lavandero, Carlos Ominami, Sebastián Piñera y Andrés Zaldívar.

- La Comisión aprobó este artículo unánimemente, con las modificaciones antes referidas.

Artículo 2º

Prescribe que la asignación individualizada en el artículo 1º será tributable e imponible sólo para efectos de salud y pensiones y no servirá de base de cálculo para la determinación de ninguna remuneración o beneficio remuneratorio.

Para determinar las imposiciones e impuestos a que se encuentra afecta, se distribuirá su monto en proporción a los meses que comprenda el período a que corresponda y los cuocientes se sumarán a las respectivas remuneraciones mensuales. Con todo, agrega, las imposiciones se deducirán de la parte que, sumada a las respectivas remuneraciones mensuales, no exceda del límite máximo de imponibilidad.

- La Comisión aprobó este artículo unánimemente, con los votos de los HH. Senadores Francisco Javier Errázuriz, Jorge Lavandero, Carlos Ominami, Sebastián Piñera y Andrés Zaldívar.

Artículo 3º

Establece el pago de una bonificación de estímulo por desempeño funcionario, para el personal de planta y a contrata de la Subsecretaría del Ministerio de Salud, del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública de Chile, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974 o por el decreto ley Nº 3.551, de 1981.

Dicha bonificación, añade, se regulará por lo dispuesto en el artículo 11 de la ley Nº 19.479.

Con todo, respecto de las remuneraciones a que se refiere la letra c) del citado artículo, éstas serán aplicables a los funcionarios de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, y en cuanto a las demás instituciones mencionadas en el inciso primero de la presente disposición, se considerarán para tales efectos la suma del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario más la respectiva asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la ley Nº 19.185, la asignación del artículo 17 de la misma ley y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977.

Asimismo, respecto a las juntas calificadoras a que hace referencia el artículo 11 antes citado, se estará a las juntas que se constituyan en cada uno de los Servicios de conformidad a las normas que les sean aplicables, y no obstante lo dispuesto en la letra k) de dicha disposición, en caso de empates se aplicará lo dispuesto en la letra d) del artículo 1º de esta ley.

La limitación dispuesta en la letra h) del artículo 1º, se aplicará también al pago del beneficio de que trata este artículo

El Ejecutivo hizo indicación para agregar el siguiente inciso final, nuevo:

"No obstante lo dispuesto en la letra h) del referido artículo 11 de la ley Nº 19.479, los Jefes Superiores de Servicios tendrán derecho a percibir la bonificación conforme al número i) de la letra c) de ese artículo y los miembros de las Juntas Calificadoras Centrales podrán optar entre percibirla de acuerdo con el número ii) de dicha letra, o bien, en el caso que hayan sido calificados en el año inmediatamente anterior al del pago del beneficio, sujetarse a las normas generales conforme al puntaje obtenido en esa calificación.".

- Fue aprobada esta indicación con los votos afirmativos de los HH. Senadores señores Francisco Javier Errázuriz, Jorge Lavandero, Carlos Ominami y Andrés Zaldívar. Se abstuvo el H. Senador señor Sebastián Piñera.

El H. Senador señor Mariano Ruiz-Esquide presentó indicación para reemplazar en su inciso tercero la frase "la respectiva asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la ley Nº 19.185" por "el 50% de la respectiva asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la ley Nº 19.185".

- Esta indicación fue declarada inadmisible por el Presidente de la Comisión, debido a que versa sobre materia de iniciativa exclusiva de S.E. el Presidente de la República.

- Otra indicación del mismo señor Senador para eliminar el inciso final de este artículo 3º, fue rechazada por unanimidad con los votos de los HH. Senadores señores Francisco Javier Errázuriz, Jorge Lavandero, Carlos Ominami, Sebastián Piñera y Andrés Zaldívar.

- La Comisión aprobó este artículo con las modificaciones antes referidas, en forma unánime.

Artículo 4º

Prescribe que el Subsecretario de Salud y los Jefes Superiores del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública de Chile, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, propondrán cada año al Ministro de Salud un programa anual de mejoramiento de la gestión del respectivo Servicio para el año calendario siguiente. Dicho programa especificará metas de eficiencia institucional y de calidad de los servicios proporcionados a los usuarios.

Por su parte, el Ministro de Salud, sobre la base de dichos antecedentes y mediante uno o más decretos, los que también serán suscritos por el Ministro de Hacienda, fijará las metas definitivas a alcanzar en cada año por cada Servicio. Además, podrá fijar metas específicas a determinadas áreas de actividad, unidades orgánicas o Direcciones Regionales del respectivo Servicio.

Corresponderá al Ministro de Salud ejercer el control del cumplimiento de las metas respecto de cada Servicio.

Anualmente, el cumplimiento de las metas del año precedente dará derecho a los funcionarios de planta y a contrata pertenecientes al correspondiente Servicio, a una bonificación por desempeño institucional de hasta el 10% de la suma de las siguientes remuneraciones: sueldo base y asignación de fiscalización en el caso de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, y sueldo base, asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185; asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la misma ley y asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770 de 1977, respecto de los demás Servicios antes referidos.

Esta bonificación se calculará sobre las referidas remuneraciones percibidas mensualmente por cada funcionario beneficiario en el año calendario precedente al del pago; se pagará de una sola vez, a más tardar el 31 de marzo de cada año, y será tributable e imponible sólo para efectos de salud y pensiones.

Para la determinación de las imposiciones e impuestos a que estará afecta esta bonificación, se aplicará lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 2º de esta ley.

No tendrá derecho a percibir la bonificación de que trata este artículo, respecto de cada planta de personal, el 10% de los funcionarios peor calificados de conformidad con las disposiciones del Párrafo 3º del Título II de la ley Nº 18.834, ni quienes hayan tenido ausencias injustificadas al trabajo en el año precedente al del pago. En caso de producirse empate en los puntajes de calificación entre varios funcionarios de una misma planta y cuando ello impida determinar quienes serán excluidos del pago de esta bonificación, corresponderá a las juntas calificadoras centrales dirimir dichos empates, estableciendo los funcionarios que no tendrán derecho a la misma.

El porcentaje a pagar en cada año por concepto de esta bonificación, se establecerá para cada Servicio y para sus áreas, Unidades o Direcciones Regionales, si así procediere, mediante decreto fundado del Ministerio de Salud, el que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda.

Finalmente, dispone que corresponderá al reglamento, que será aprobado por decreto supremo del Ministerio de Salud y suscrito, además, por el Ministro de Hacienda, establecer los mecanismos de control y evaluación de las metas; la forma de medir y ponderar los distintos elementos o indicadores a considerar; la manera de determinar los distintos porcentajes de la bonificación; los procedimientos y el calendario de elaboración, fijación y evaluación de las metas a alcanzar, y toda otra norma necesaria para la adecuada concesión de este beneficio.

El H. Senador señor Andrés Zaldívar hizo indicación para suprimir en el inciso primero de este artículo, el vocablo "anual", por redundante.

- Esta indicación fue aprobada por unanimidad, con los votos de los HH. Senadores señores Francisco Javier Errázuriz, Jorge Lavandero, Carlos Ominami, Sebastián Piñera y Andrés Zaldívar.

El H. Senador señor Mariano Ruiz-Esquide presentó indicación para reemplazar en su inciso cuarto la frase "asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la misma ley" por "50% de la asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la misma ley".

- Esta indicación fue declarada inadmisible por el Presidente de la Comisión, debido a que versa sobre materia de iniciativa exclusiva de S.E. el Presidente de la República.

Otra indicación del mismo H. Senador para suprimir en su inciso séptimo, la oración "ni quienes hayan tenido ausencias injustificadas al trabajo en el año precedente al del pago." sustituyendo la coma (,) que la precede por un punto (.), fue rechazada unánimemente con los votos de los HH. Senadores señores Francisco Javier Errázuriz, Jorge Lavandero, Carlos Ominami, Sebastián Piñera y Andrés Zaldívar.

El H. Senador señor Andrés Zaldívar presentó una indicación para intercalar en el inciso séptimo, después de la expresión "al trabajo", la frase "conforme a lo establecido en el artículo 66 del Estatuto Administrativo,".

- Esta indicación fue aprobada por unanimidad, con los votos de los HH. Senadores señores Francisco Javier Errázuriz, Jorge Lavandero, Carlos Ominami, Sebastián Piñera y Andrés Zaldívar.

- Por último, la Comisión aprobó el artículo con las modificaciones antes mencionadas, por la unanimidad de sus miembros, HH. Senadores señores Francisco Javier Errázuriz, Jorge Lavandero, Carlos Ominami Sebastián Piñera y Andrés Zaldívar.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Artículo 1º

Señala que las normas del artículo 3º entrarán a regir a contar del 1º de enero de 1997, sobre la base de los resultados del proceso calificatorio correspondiente al año 1996.

- Este artículo fue aprobado por unanimidad con los votos de los HH. Senadores señores Francisco Javier Errázuriz, Jorge Lavandero, Carlos Ominami, Sebastián Piñera y Andrés Zaldívar.

Artículo 2º

Prescribe que la bonificación de desempeño institucional a que se refiere el artículo 4º podrá pagarse a contar del año 1998 respecto de aquellos Servicios a los que, a más tardar, durante el curso del primer semestre del año 1997, se les hubieren fijado las metas a alcanzar durante este último año. En este caso, la bonificación se pagará de una sola vez en el mes de marzo de 1998 y se calculará sobre las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, percibidas durante el segundo semestre del año 1997.

Durante el segundo semestre de 1997, sólo se podrán fijar metas para ser cumplidas en el año 1998.

Finalmente, indica que en la primera oportunidad en que se pague la bonificación por desempeño institucional en algunas de las entidades afectas, el porcentaje de la misma no podrá exceder del 5% de la suma de las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, devengadas durante el período de que se trate.

- Este artículo fue aprobado por unanimidad con los votos de los HH. Senadores señores Francisco Javier Errázuriz, Jorge Lavandero, Carlos Ominami, Sebastián Piñera y Andrés Zaldívar.

Artículo 3º

Autoriza el pago, por una sola vez, en el mes de marzo de 1997, a los funcionarios de planta y a contrata de las instituciones mencionadas en el inciso primero del artículo 3º, que se encuentren en servicio a esa fecha, de una bonificación no imponible ascendente al 4,75% de las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, percibidas durante el año 1996.

Añade que la exclusión a que se refiere el inciso séptimo del artículo 4º se hará extensiva a la concesión de esta bonificación.

Para efectos tributarios, esta bonificación se regirá por las reglas señaladas sobre la materia para la asignación por desempeño institucional en el artículo 4º.

- Este artículo fue aprobado por unanimidad con los votos de los HH. Senadores señores Francisco Javier Errázuriz, Jorge Lavandero, Carlos Ominami, Sebastián Piñera y Andrés Zaldívar.

Artículo 4º

Establece que el mayor gasto que represente la aplicación de esta ley para el año 1997 será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto vigente de los Servicios de Salud. No obstante, el Ministro de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no pudieren financiar con sus recursos.

- Este artículo fue aprobado con los votos de los HH. Senadores señores Francisco Javier Errázuriz, Jorge Lavandero, Carlos Ominami y Andrés Zaldívar. Votó en contra el H. Senador señor Sebastián Piñera.

Artículo 5º

Preceptúa que para los efectos del cómputo de los años de servicio a que se refiere la letra b) del artículo 1º se considerará, además, por una sola vez al personal en funciones a la fecha de publicación de la presente ley, el tiempo servido en las ex-corporaciones que administraron los consultorios y el Hospital Clínico San Borja Arriarán (Ex-Paula Jaraquemada) del Servicio de Salud Metropolitana Central.

- Este artículo fue aprobado por unanimidad con los votos de los HH. Senadores señores Francisco Javier Errázuriz, Jorge Lavandero, Carlos Ominami, Sebastián Piñera y Andrés Zaldívar.

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Durante la discusión del proyecto, el Ejecutivo formuló indicación para agregar el siguiente artículo 6º transitorio, nuevo:

"Artículo 6º.- Para los efectos de la aplicación de la letra h) del artículo 1º, en relación al primer pago de la asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, sólo se considerarán las eventuales inasistencias injustificadas que se registren en los meses de enero y febrero de 1997.".

- La Comisión aprobó la indicación que contiene este precepto por unanimidad, con los votos de los HH. Senadores señores Francisco Javier Errázuriz, Jorge Lavandero, Carlos Ominami, Sebastián Piñera y Andrés Zaldívar.

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FINANCIAMIENTO

El proyecto de ley crea: i) una asignación de estímulo por experiencia y desempeño al personal de planta y de contrata de los Servicios de Salud regidos por la ley Nº 18.834, beneficiando a 54.000 funcionarios e ii) una bonificación de desempeño individual y otra de desempeño institucional para las instituciones autónomas, beneficiando a otros 1.976 funcionarios.

A. Servicios de Salud menos SESMA.

El artículo 1º crea una asignación permanente, imponible y tributable que, considerando la experiencia del personal de los Servicios de Salud, permita favorecer en mayor proporción a aquellos funcionarios con mejor desempeño en el período anual anterior al que se paga la referida asignación. La asignación se calcula como un porcentaje de la suma de: sueldo base, asignación profesional del artículo 19 de la ley 19.185, asignación del artículo 17 de la misma ley y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el D.L. 1.770, de 1977. Estas corresponden al componente fijo y permanente de las remuneraciones del sector.

La asignación se calcula de acuerdo a los años de experiencia en los servicios de salud, expresados en trienios y la evaluación del desempeño de los funcionarios a través del sistema de calificaciones, aplicando los siguientes porcentajes a la base arriba definida:

i) 3,25% por cada trienio, al 33% mejor evaluado de cada planta.

ii) 2% por cada trienio, al 34% que sigue en la evaluación, de cada planta.

iii) 1,25% por cada trienio, al 33% restante.

El costo anual de esta asignación es de $ 13.718 millones.

B. Servicios autónomos SESMA y Subsecretaría de Salud.

El artículo 3º establece una bonificación por desempeño individual, tributable y no imponible, para el 30% mejor evaluado. Dicha bonificación se calculará en análogas condiciones a las establecidas en la ley Nº 19.479 de modernización del Servicio Nacional de Aduanas. Esto es, una asignación equivalente al 10% de la suma: sueldo base, asignación profesional del artículo 19 de la ley Nº 19.185, asignación del artículo 17 de la misma ley y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el D.L. 1.770 de 1977, para el 15% del personal mejor evaluado; y de un 5% de la misma base para el 15% siguiente. Para la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional la base de cálculo es el sueldo base más la asignación de fiscalización.

El costo anual en régimen de esta asignación es de $ 156 millones.

El artículo 4º crea una bonificación por desempeño institucional, imponible y tributable, para el total del personal de las unidades que cumplan las metas anuales de gestión, a excepción de los calificados en lista 3 y 4, y al 10% peor evaluados. Esta bonificación alcanzará hasta un 5% sobre la suma de: sueldo base, asignación profesional del artículo 19 de la ley Nº 19.185, asignación del artículo 17 de la misma ley y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el D.L. 1.770 de 1977, para el primer año de aplicación, y hasta un 10% a partir del segundo año de aplicación en régimen. Para la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional la base de cálculo es el sueldo base más la asignación de fiscalización.

El costo anual en régimen de esta asignación es de $ 626 millones.

Para 1997 se otorga por una sola vez una bonificación de 4,75% sobre la base de las remuneraciones antes mencionadas. El costo de esta asignación alcanza a los $ 297 millones.

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 4º transitorio, el mayor gasto que represente la aplicación de esta ley para el año 1997 será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto vigente de los servicios de salud. No obstante, el Ministro de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la Partida Presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no pudieren financiar con los recursos.

En consecuencia, vuestra Comisión de Hacienda ha despachado este proyecto debidamente financiado, por lo cual sus normas no producirán desequilibrios presupuestarios ni incidirán negativamente en la economía del país.

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En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, vuestra Comisión de Hacienda tiene el honor de proponeros la aprobación del proyecto de ley despachado por la Comisión de Salud de esta Corporación, con las siguientes modificaciones:

Artículo 1º

Letra b)

Sustituir en los numerales i) e iii), los guarismos "3,5%" y "1%" por "3,25%" y "1,25%", respectivamente.

Letra d)

Intercalar, a continuación de la expresión "decreto supremo del Ministerio de Salud,", la frase "el que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda,".

Letra e)

Reemplazar en su inciso primero, la última oración que sigue al punto seguido (.), por la siguiente:

"No obstante, los Jefes Superiores de los Servicios de Salud tendrán derecho a percibir la asignación conforme al número i) de la letra b) precedente y los miembros de las Juntas Calificadoras Centrales podrán optar entre percibir el beneficio de acuerdo con el número ii) de dicha letra, o bien, en el caso que hayan sido calificados en el período inmediatamente anterior al del pago del beneficio, sujetarse a las normas generales de este artículo conforme al puntaje obtenido en esa calificación.".

Letra h)

Agregar, después de la palabra "pagarla", sustituyendo el punto final (.) por una coma (,), la frase "conforme a lo establecido en el artículo 66 del Estatuto Administrativo.".

Artículo 3º

Agregar como inciso final, el siguiente nuevo:

"No obstante lo dispuesto en la letra h) del referido artículo 11 de la ley Nº 19.479, los Jefes Superiores de Servicios tendrán derecho a percibir la bonificación conforme al número i) de la letra c) de ese artículo y los miembros de las Juntas Calificadoras Centrales podrán optar entre percibirla de acuerdo con el número ii) de dicha letra, o bien, en el caso que hayan sido calificados en el año inmediatamente anterior al del pago del beneficio, sujetarse a las normas generales conforme al puntaje obtenido en esa calificación.".

Artículo 4º

Inciso primero

Suprimir el vocablo "anual".

Inciso séptimo

Intercalar después de la expresión "al trabajo", la frase "conforme a lo establecido en el artículo 66 del Estatuto Administrativo,".

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A continuación, agregar el siguiente artículo 6º transitorio, nuevo:

"Artículo 6º.- Para los efectos de la aplicación de la letra h) del artículo 1º, en relación al primer pago de la asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, sólo se considerarán las eventuales inasistencias injustificadas que se registren en los meses de enero y febrero de 1997.".

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Como consecuencia de las modificaciones anteriores, el texto de la iniciativa queda como sigue:

PROYECTO DE LEY:

"Artículo 1º.- Establécese, a contar del 1º de enero de 1997, para el personal de planta y a contrata de los Servicios de Salud a que se refieren el decreto ley Nº 2.763, de 1979, y la ley Nº 19.414, regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974, excluido el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, una asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, la que se regulará por las normas que se pasan a expresar:

a) La asignación se determinará aplicando los porcentajes que más adelante se señalan a la suma mensual del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario, más la asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185, la asignación profesional del artículo 19 de la misma ley y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977.

b) La asignación será equivalente a los siguientes porcentajes, que se aplicarán sobre el universo de los funcionarios calificados en lista 1, de Distinción, o en lista 2, Buena, por cada tres años de servicios efectivos cumplidos al 31 de diciembre del año anterior al de su concesión, en calidad de planta o a contrata en los Servicios de Salud, o en sus antecesores legales, con un máximo de 30 años:

i) 3,25% para los funcionarios pertenecientes al 33% mejor evaluado de cada planta.

ii) 2% para los funcionarios que sigan a los anteriores, en orden descendente de evaluación, hasta completar el 67%.

iii) l,25% para los funcionarios que sigan a los anteriores, en orden descendente de evaluación, hasta completar el 100%.

c) Para estos efectos se considerará el resultado de las calificaciones que hayan obtenido los funcionarios, separadamente en cada una de las juntas calificadoras que existan en cada Servicio de Salud y en conformidad con las disposiciones de la ley Nº 18.834, en el proceso calificatorio del año inmediatamente anterior al del pago del beneficio.

d) En caso de producirse empate en los puntajes de calificación entre varios funcionarios de una misma planta, y cuando ello impida determinar qué porcentaje del beneficio le corresponde a cada funcionario, cada junta calificadora dirimirá dichos empates. Un reglamento, aprobado por decreto supremo del Ministerio de Salud, el que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda, determinará los procedimientos y criterios que deberán observar las juntas para estos efectos.

e) Los funcionarios que hayan sido calificados en lista 3, Condicional, o en lista 4, de Eliminación, y los que no hayan sido calificados por cualquier motivo en el correspondiente período, excepto cuando esto último se deba al ejercicio del derecho al descanso de maternidad, no tendrán derecho al beneficio. No obstante, los Jefes Superiores de los Servicios de Salud tendrán derecho a percibir la asignación conforme al número i) de la letra b) precedente y los miembros de las Juntas Calificadoras Centrales podrán optar entre percibir el beneficio de acuerdo con el número ii) de dicha letra, o bien, en el caso que hayan sido calificados en el período inmediatamente anterior al del pago del beneficio, sujetarse a las normas generales de este artículo conforme al puntaje obtenido en esa calificación.

A los delegados del personal ante las juntas y a los directores de las asociaciones de funcionarios se les considerará para estos efectos su calificación anterior, a menos que soliciten ser calificados en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 29 de la ley Nº 18.834 o en el inciso tercero del artículo 25 de la ley Nº 19.296.

f) Los funcionarios con derecho a percibir el beneficio que sean sancionados con alguna de las medidas disciplinarias indicadas en el artículo 116 de la ley Nº 18.834, serán excluidos del pago de la asignación a contar de la aplicación de la sanción y por el lapso que reste para completar el período anual respectivo.

g) El funcionario que por ascenso o cualquier otro motivo cambie de grado con posterioridad al afinamiento del proceso calificatorio, percibirá la asignación en relación a las remuneraciones que estaba percibiendo en el cargo en que fue calificado, sin perjuicio de los reajustes legales de remuneraciones que pudieren corresponderle.

h) La asignación será pagada a los funcionarios en servicio a la fecha de pago en cuatro cuotas, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año. El monto a pagar en cada cuota será equivalente al valor acumulado en el trimestre respectivo como resultado de la aplicación mensual de los porcentajes establecidos en la letra b) precedente. No tendrán derecho al pago de la cuota respectiva los funcionarios que hayan tenido ausencias injustificadas en el trimestre anterior al mes en que corresponda pagarla, conforme a lo establecido en el artículo 66 del Estatuto Administrativo.

Artículo 2º.- La asignación a que se refiere el artículo 1º será tributable e imponible sólo para efectos de salud y pensiones y no servirá de base de cálculo para la determinación de ninguna remuneración o beneficio remuneratorio.

Para determinar las imposiciones e impuestos a que se encuentra afecta, se distribuirá su monto en proporción a los meses que comprenda el período a que corresponda y los cuocientes se sumarán a las respectivas remuneraciones mensuales. Con todo, las imposiciones se deducirán de la parte que, sumada a las respectivas remuneraciones mensuales, no exceda del límite máximo de imponibilidad.

Artículo 3º.- Establécese, para el personal de planta y a contrata de la Subsecretaría del Ministerio de Salud, del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública de Chile, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974, o por el decreto ley Nº 3.551, de 1981, según corresponda, una bonificación de estímulo por desempeño funcionario.

Dicha bonificación se regulará por lo dispuesto en el artículo 11 de la ley Nº 19.479.

Con todo, respecto de las remuneraciones a que se refiere la letra c) del citado artículo, éstas serán aplicables a los funcionarios de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, y en cuanto a las demás instituciones mencionadas en el inciso primero de la presente disposición, se considerarán para tales efectos la suma del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario más la respectiva asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la ley Nº 19.185, la asignación del artículo 17 de la misma ley y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977.

Asimismo, respecto a las juntas calificadoras a que hace referencia el artículo 11 antes citado, se estará a las juntas que se constituyan en cada uno de los Servicios de conformidad a las normas que les sean aplicables, y no obstante lo dispuesto en la letra k) de dicha disposición, en caso de empates se aplicará lo dispuesto en la letra d) del artículo 1º de esta ley.

La limitación dispuesta en la letra h) del artículo 1º, se aplicará también al pago del beneficio de que trata el presente artículo.

No obstante lo dispuesto en la letra h) del referido artículo 11 de la ley Nº 19.479, los Jefes Superiores de Servicios tendrán derecho a percibir la bonificación conforme al número i) de la letra c) de ese artículo y los miembros de las Juntas Calificadoras Centrales podrán optar entre percibirla de acuerdo con el número ii) de dicha letra, o bien, en el caso que hayan sido calificados en el año inmediatamente anterior al del pago del beneficio, sujetarse a las normas generales conforme al puntaje obtenido en esa calificación.

Artículo 4º.- El Subsecretario de Salud y los Jefes Superiores del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública de Chile, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, propondrán cada año al Ministro de Salud un programa de mejoramiento de la gestión del respectivo Servicio para el año calendario siguiente. Dicho programa especificará metas de eficiencia institucional y de calidad de los servicios proporcionados a los usuarios.

Por su parte, el Ministro de Salud, sobre la base de dichos antecedentes y mediante uno o más decretos, los que también serán suscritos por el Ministro de Hacienda, fijará las metas definitivas a alcanzar en cada año por cada Servicio. Además, podrá fijar metas específicas a determinadas áreas de actividad, unidades orgánicas o Direcciones Regionales del respectivo Servicio.

Corresponderá al Ministro de Salud ejercer el control del cumplimiento de las metas respecto de cada Servicio.

Anualmente, el cumplimiento de las metas del año precedente dará derecho a los funcionarios de planta y a contrata pertenecientes al correspondiente Servicio, a una bonificación por desempeño institucional de hasta el 10% de la suma de las siguientes remuneraciones: sueldo base y asignación de fiscalización en el caso de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, y sueldo base, asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185; asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la misma ley y asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977, respecto de los demás Servicios antes referidos.

Dicha bonificación se calculará sobre las referidas remuneraciones percibidas mensualmente por cada funcionario beneficiario en el año calendario precedente al del pago; se pagará de una sola vez, a más tardar el 31 de marzo de cada año, y será tributable e imponible sólo para efectos de salud y pensiones.

Para la determinación de las imposiciones e impuestos a que estará afecta esta bonificación, se aplicará lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 2º de esta ley.

No tendrá derecho a percibir la bonificación de que trata este artículo, respecto de cada planta de personal, el 10% de los funcionarios peor calificados de conformidad con las disposiciones del Párrafo 3º del Título II de la ley Nº 18.834, ni quienes hayan tenido ausencias injustificadas al trabajo conforme a lo establecido en el artículo 66 del Estatuto Administrativo, en el año precedente al del pago. En caso de producirse empate en los puntajes de calificación entre varios funcionarios de una misma planta y cuando ello impida determinar quienes serán excluidos del pago de esta bonificación, corresponderá a las juntas calificadoras centrales dirimir dichos empates, estableciendo los funcionarios que no tendrán derecho a la misma.

El porcentaje a pagar en cada año por concepto de esta bonificación, se establecerá para cada Servicio y para sus áreas, Unidades o Direcciones Regionales, si así procediere, mediante decreto fundado del Ministerio de Salud, el que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda.

El reglamento, que será aprobado por decreto supremo del Ministerio de Salud y suscrito, además, por el Ministro de Hacienda, establecerá los mecanismos de control y evaluación de las metas; la forma de medir y ponderar los distintos elementos o indicadores a considerar; la manera de determinar los distintos porcentajes de la bonificación; los procedimientos y el calendario de elaboración, fijación y evaluación de las metas a alcanzar, y toda otra norma necesaria para la adecuada concesión de este beneficio.

Artículos transitorios

Artículo 1º.- Las normas del artículo 3º entrarán a regir a contar del 1º de enero de 1997, sobre la base de los resultados del proceso calificatorio correspondiente al año 1996.

Artículo 2º.- La bonificación de desempeño institucional a que se refiere el artículo 4º podrá pagarse a contar del año 1998 respecto de aquellos Servicios a los que, a más tardar, durante el curso del primer semestre del año 1997, se les hubieren fijado las metas a alcanzar durante este último año. En este caso, la bonificación se pagará de una sola vez en el mes de marzo de 1998 y se calculará sobre las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, percibidas durante el segundo semestre del año 1997.

Durante el segundo semestre de 1997, sólo se podrán fijar metas para ser cumplidas en el año 1998.

En la primera oportunidad en que se pague la bonificación por desempeño institucional en algunas de las entidades afectas, el porcentaje de la misma no podrá exceder del 5% de la suma de las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, devengadas durante el período de que se trate.

Artículo 3º.- Autorízase el pago, por una sola vez, en el mes de marzo de 1997, a los funcionarios de planta y a contrata de las instituciones mencionadas en el inciso primero del artículo 3º, que se encuentren en servicio a esa fecha, de una bonificación no imponible ascendente al 4,75% de las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, percibidas durante el año 1996.

La exclusión a que se refiere el inciso séptimo del artículo 4º se hará extensiva a la concesión de esta bonificación.

Para efectos tributarios, esta bonificación se regirá por las reglas señaladas sobre la materia para la asignación por desempeño institucional en el artículo 4º.

Artículo 4º.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley para el año 1997 será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto vigente de los Servicios de Salud. No obstante, el Ministro de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no pudieren financiar con sus recursos.

Artículo 5º.- Para los efectos del cómputo de los años de servicio a que se refiere la letra b) del artículo 1º se considerará, además, por una sola vez al personal en funciones a la fecha de publicación de la presente ley, el tiempo servido en las ex-corporaciones que administraron los consultorios y el Hospital Clínico San Borja Arriarán (Ex-Paula Jaraquemada) del Servicio de Salud Metropolitana Central.

Artículo 6º.- Para los efectos de la aplicación de la letra h) del artículo 1º, en relación al primer pago de la asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, sólo se considerarán las eventuales inasistencias injustificadas que se registren en los meses de enero y febrero de 1997.".

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Acordado en sesión de fecha 26 de diciembre de 1996, con asistencia de los HH. Senadores señores Jorge Lavandero (Presidente), Francisco Javier Errázuriz, Carlos Ominami (María Elena Carrera), Sebastián Piñera (Sergio Díez) y Andrés Zaldívar.

Sala de la Comisión, a 26 de diciembre de 1996.

CESAR BERGUÑO BENAVENTE

Secretario de la Comisión

RESEÑA

I.BOLETIN Nº: 1957-11.

II.MATERIA: Proyecto de ley que otorga asignaciones y bonificaciones a personal de salud.

III.ORIGEN: Mensaje de S.E. el Presidente de la República.

IV.TRAMITE CONSTITUCIONAL: Segundo.

V.APROBACION POR LA CAMARA DE DIPUTADOS: Aprobación general: 81 votos a favor y una abstención.

VI.INICIO TRAMITACION EN EL SENADO: 18 de diciembre de 1996.

VII.TRAMITE REGLAMENTARIO: Primer informe.

VIII. URGENCIA: Suma.

IX.LEYES QUE SE MODIFICAN O QUE SE RELACIONAN CON LA MATERIA:

- Decreto ley Nº 2.763, de 1979;

- Ley Nº 19.414;

- Ley Nº 18.834;

- Decreto ley Nº 249, de 1974;

- Ley Nº 19.185;

- Decreto ley Nº 1.770, de 1977;

- Ley Nº 19.296;

- Decreto ley Nº 3.551, de 1981, y

- Ley Nº 19.479.

X.ESTRUCTURA DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISION: Cuatro artículos permanentes y seis transitorios.

XI.PRINCIPALES OBJETIVOS DEL PROYECTO PROPUESTO POR LA COMISION: Establecer las siguientes asignaciones y bonificaciones:

1. Asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario para el personal de planta y a contrata de los Servicios de Salud regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974, excluido el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente.

2. Bonificación de estímulo por desempeño funcionario para el personal de planta y a contrata de la Subsecretaría del Ministerio de Salud, del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública de Chile, de la Central de Abastecimiento del Sistema nacional de Servicios de Salud y de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974, o por el decreto ley Nº 3.551, de 1981, según corresponda.

3. Bonificación por desempeño institucional para el personal indicado en el número anterior.

4. Bonificación extraordinaria, pagadera por una sola vez, para el personal a que se refieren los números 2 y 3 anteriores.

XII.NORMAS DE QUORUM ESPECIAL: No hay.

XIII.ACUERDOS: Aprobación particular

Artículos permanentes

Artículo 1º (5x0)

Artículo 2º (5x0)

Artículo 3º (5x0)

Artículo 4º (5x0)

Artículos transitorios

Artículo 1º (5x0)

Artículo 2º (5x0)

Artículo 3º (5x0)

Artículo 4º (4x1 en contra)

Artículo 5º (5x0)

Artículo 6º, nuevo (5x0)

Se deja constancia que las indicaciones presentadas fueron aprobadas, rechazadas o declaradas inadmisibles, en su caso, como consta en el cuerpo del informe.

Valparaíso, 26 de diciembre de 1996.

CESAR BERGUÑO BENAVENTE

Secretario

2.3. Discusión en Sala

Fecha 26 de diciembre, 1996. Diario de Sesión en Sesión 19. Legislatura 334. Discusión General. Se aprueba en general y particular con modificaciones.

ASIGNACIONES Y BONIFICACIONES A PERSONAL DE SALUD

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

En conformidad a la citación a esta sesión especial, corresponde ocuparse en el proyecto de ley de la Cámara de Diputados que otorga asignaciones y bonificaciones al personal del sector salud, con informe de las Comisiones de Salud y de Hacienda. (Véanse en los Anexos, documentos 5 y 6).

1957-11

-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:

Proyecto de ley:

En segundo trámite, sesión 17ª, en 18 de diciembre de 1996.

Informes de Comisión:

Salud, sesión 19ª, en 26 de diciembre de 1996.

Hacienda, sesión 19ª, en 26 de diciembre de 1996.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

La Presidencia pone en conocimiento de los señores Senadores que el informe de la Comisión de Hacienda será verbal, pero que antes del cierre del debate y el comienzo de la votación se dispondrá del ejemplar escrito, y que un acuerdo de Comités ha fijado las 18:30 como hora de término de la discusión, para iniciar la votación del proyecto.

Si no hay observaciones, así se procederá.

Acordado.

El señor Ministro de Salud ha solicitado a la Mesa recabar la autorización de la Sala para que puedan asistir a la sesión el Subsecretario de Salud , señor Fernando Muñoz Porras, y el Subdirector de Racionalización y Función Pública, del Ministerio de Hacienda, señor Ramón Figueroa González.

Si no hay objeciones, así se acordará.

Acordado.

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LAGOS ( Prosecretario ).-

El informe de la Comisión de Salud, junto con consignar que la urgencia ha sido calificada de "Suma", efectúa una relación de los antecedentes considerados para el estudio del proyecto, cuales son el mensaje en que se originó; el decreto ley Nº 2.763, de 1979, que reorganizó el Ministerio de Salud y creó diversos servicios; la ley Nº 19.414, sobre los Servicios de Salud Arauco y Araucanía Norte, y la ley Nº 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo.

Los objetivos de esta iniciativa son, en forma muy resumida, crear una asignación de estímulo por experiencia y desempeño para los funcionarios de los servicios de salud regidos por la ley Nº 18.834; otorgar una bonificación por desempeño individual y otra por desempeño institucional para el personal de las instituciones autónomas de salud que se señalan, y conceder por una sola vez a este último, para 1997, una bonificación extraordinaria.

En la parte de la discusión general, el informe contiene las fundamentaciones pertinentes y expone que, puesta en votación la idea de legislar, ella fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, Honorables señoras Carrera y Feliú y señores Larre, Piñera y Ruiz-Esquide.

En seguida, se incluye una explicación de cada una de las normas, de la discusión respectiva y de los acuerdos adoptados.

En la parte resolutiva, se propone aprobar el proyecto de la Cámara de Diputados, con las modificaciones que se señalan, dejándose establecidos, finalmente, los resultados de las votaciones llevadas a cabo.

Junto con puntualizarse que el texto en análisis consta de cuatro artículos permanentes y cinco transitorios, se hace presente que la Comisión designó Senador informante al Honorable señor Piñera.

El señor DÍEZ (Presidente).-

En discusión general el proyecto.

Tiene la palabra el Senador señor Piñera, como informante de la Comisión de Salud, y a continuación el Honorable señor Lavandero, como Presidente e informante de la Comisión de Hacienda .

El señor PIÑERA.-

Señor Presidente , el mensaje con que se origina esta normativa declara que el objetivo principal perseguido por el Gobierno, respecto del sector salud, es mejorar la atención "tanto en la calidad de los servicios prestados, como en su oportunidad y eficiencia.".

Cabe observar que los usuarios de la salud pública representan, aproximadamente, 70 por ciento de los chilenos, es decir, entre ocho y nueve millones de personas.

Como señalé, el objetivo del proyecto es mejorar la atención de los servicios de salud pública a esas personas, tanto en calidad como en oportunidad y eficiencia a esa cantidad de personas. Para ello, la iniciativa establece como eficiencia. Para ello, según el mensaje, es fundamental "reforzar en el personal de la salud, sin excepción, el valor del trabajo bien hecho.". En consecuencia, se expresa que, a tal efecto, se requiere establecer una ligazón entre el desempeño y las compensaciones y remuneraciones percibidas por los trabajadores de la salud.

En razón de que se estima indispensable ligar los sistemas de remuneraciones a los niveles de productividad y calidad de los servicios, la ley en proyecto contempla un conjunto de bonificaciones o asignaciones, cuyo objetivo principal es el citado en el mensaje y del que ya hice mención.

En primer lugar, tenemos la denominada "Asignación de Estímulo por Experiencia y Desempeño Funcionario." Consiste en otorgar una asignación diferenciada, sobre la base de las calificaciones de los trabajadores de la salud pública. El proyecto original contemplaba 3,5 por ciento por cada 3 años, con un máximo de 30, para el tercio mejor calificado; 2 por ciento por cada 3 años, con un máximo de 30, para el segundo tercio y uno por ciento para el tercio inferior, siempre y cuando la calificación fuese en lista 1 ó 2.

De aprobarse la iniciativa, esta asignación se pagará cada año en cuatro cuotas y será, en cuatro cuotas, en función de la calificación inmediatamente anterior.

El proyecto original establecía que quienes hubieran sido objeto de descuentos por inasistencias injustificadas en el trimestre anterior al pago del bono no tendrían derecho a percibir éste en ese trimestre.

En seguida aparece la Bonificación de Estímulo por Desempeño Funcionario, que está referida, no a los trabajadores de los servicios de salud, sino a quienes laboran en la Subsecretaría del Ministerio de Salud, en el Fondo Nacional de Salud, en el Instituto de Salud Pública de Chile, en la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, en el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente y en la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional.

Esta bonificación se pagará al 30 por ciento de los funcionarios mejor calificados durante el año anterior y tendrá dos tramos decrecientes: 10 por ciento para el 15 por ciento mejor evaluado y de 5 por ciento para el 15 por ciento inmediatamente inferior. También se pagara en cuatro cuotas. Y, como en el caso anterior, el proyecto original establecía que no tendrían derecho a percibirla quienes hubieran registrado inasistencias injustificadas en el período precedente al pago de este beneficio.

El proyecto contempla otras dos bonificaciones. Una, por desempeño institucional --a diferencia de las dos anteriores, que son esencialmente por desempeño individual--, que se pagará a los entes que no son parte de los servicios de salud: Subsecretaría de Salud, Fondo Nacional de Salud, al Instituto de Salud Pública, Central de Abastecimiento, Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente y a la Superintendencia de ISAPRES. Se otorgará sobre la base de programas que cada una de esas instituciones deberá elaborar, donde se fijarán metas de eficiencia y de calidad de los servicios prestados a los usuarios, las cuales deberán establecerse por cada servicio.

La importancia de dichas metas, de acuerdo con el proyecto, radica en que su cumplimiento dará origen al pago de la bonificación por desempeño institucional, que no podrá exceder de 10 por ciento del total de las remuneraciones del servicio respectivo y se pagará por una sola vez, a más tardar el 31 de marzo de cada año.

Asimismo, se establece que la bonificación por desempeño institucional no cubrirá al personal cuya calificación se encuentre en el 10 por ciento inferior de los funcionarios de cada servicio.

Finalmente, sin perjuicio de la disposición transitoria que limita el primer pago de la bonificación por desempeño institucional a 5 por ciento durante el primer año de vigencia, se contempla, para los funcionarios de las instituciones que ya cité, el pago por una sola vez, en marzo de 1997, de una bonificación extraordinaria ascendente a 4,75 por ciento del total de sus remuneraciones, incluidas la asignación de fiscalización y asignaciones descritas en la ley en proyecto. También en este caso se excluye del beneficio al 10 por ciento del personal peor calificado de las referidas reparticiones.

Eso es, en esencia, lo que planteó la iniciativa original.

Ahora bien, durante su tramitación en la Cámara de Diputados el referido texto sufrió, fundamentalmente, dos cambios.

En primer lugar, se modificaron los porcentajes de las asignaciones vinculadas al desempeño y la antigüedad en relación a lo propuesto primitivamente por el Ejecutivo. Se incrementó la importancia del elemento experiencia o antigüedad y se disminuyó la relevancia del desempeño o mérito. De hecho, en la propuesta original, aproximadamente 60 por ciento del total de dichas asignaciones, que suman 14 mil 500 millones de pesos, estaba ligado a la variable desempeño, y 40 por ciento, a la variable antigüedad. Con las enmiendas introducidas en la Cámara de Diputados, dicho 60 por ciento bajó a 45 por ciento y el 40 por ciento subió a 55 por ciento.

En la Comisión de Salud del Senado, la iniciativa fue nuevamente modificada en esos aspectos. Allí se restablecieron los porcentajes planteados en el mensaje: es decir, 60 por ciento para desempeño y 40 por ciento para antigüedad.

Sin embargo, nuestra Comisión de Hacienda restableció lo aprobado por la Cámara Baja.

En síntesis, señor Presidente , el proyecto ingresó a tramitación redactado de una manera,; la Cámara de Diputados lo modificó,; la Comisión de Salud del Senado restableció el texto del Ejecutivo, y la Comisión de Hacienda volvió a enmendarlo.

Por lo tanto, en el fondo hay dos posturas frente a las ponderaciones del desempeño y la antigüedad: una compartida por la visión original del Gobierno y por la Comisión de Salud del Senado, y, la otra, por la Cámara de Diputados y la Comisión de Hacienda de la Cámara Alta.

El segundo cambio importante, que también pasó por distintas etapas, dice relación a la forma de tratar las inasistencias injustificadas. O sea, no estamos hablando aquí de ausencias justificadas mediante licencias o permisos, ni de lo previsto en el artículo 66 del Estatuto Administrativo, que incluye casos fortuitos o de fuerza mayor.

La iniciativa original del Ejecutivo --como he mencionado-- disponía que la persona con inasistencias injustificadas en el trimestre anterior no calificaba para la asignación de estímulo por experiencia y desempeño en el trimestre siguiente. Sin embargo, la Cámara de Diputados eliminó esa disposición, pero la Comisión de Salud del Senado la restableció. Por su parte, nuestra Comisión de Hacienda aprobó una indicación del Ejecutivo que, a modo de regla general, mantiene la inasistencia injustificada como causal para no recibir el bono por el trimestre donde ella exista, pero en un artículo transitorio estableció que para el primer bono que se pagará en 1997 no se considerarán las inasistencias de esa índole registradas en diciembre de 1996; en consecuencia, sólo se tendrán en cuenta las producidas en enero y febrero de 1997. Y ello es muy importante, porque, como todos sabemos, durante 1996, particularmente en noviembre y diciembre, debido a una huelga ilegal, hubo inasistencias injustificadas bastante extensas.

Ésos son, señor Presidente, los cambios fundamentales sufridos por el proyecto.

Adicionalmente, deseo señalar que en las distintas Comisiones donde se estudió la iniciativa hubo acuerdo prácticamente unánime en cuanto a que el mecanismo de calificación del personal vigente debe ser estudiado y perfeccionado, pues existen aprensiones, dudas u objeciones en el sentido de que no es suficientemente transparente, objetivo y equitativo. Y, como todos los estímulos al desempeño se basan en dicho sistema de evaluación, es fundamental --y éste es un compromiso que adquirió el Gobierno en las distintas Comisiones-- estudiarlo y perfeccionarlo, para que sea considerado equitativo, transparente y justo por la autoridad y por los calificados.

Por último, cabe señalar que en los servicios de salud la bonificación se otorgará, básicamente, en función del mérito individual, lo cual constituye un tratamiento distinto del aplicable en las otras reparticiones --las he mencionado varias veces durante esta exposición--, donde la bonificación, o es pareja, o es en función del desempeño institucional.

Lo expuesto refleja, en esencia, el proyecto original del Ejecutivo y los cambios fundamentales que ha experimentado durante su discusión en la Cámara de Diputados y en las Comisiones de Salud y de Hacienda del Senado.

Debo puntualizar que he hecho esta relación en mi calidad de Senador informante . Posteriormente tendré oportunidad de dar mi opinión personal respecto de los cambios introducidos a la iniciativa a lo largo de su tramitación.

He dicho.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Hacienda , Senador señor Lavandero.

El señor LAVANDERO .-

Señor Presidente , la Comisión de Hacienda estudió el proyecto, primero informalmente, el lunes recién pasado, en la oficina del Senado en Santiago, en la casa Manso de Velasco. Hoy lo analizamos formalmente aquí, en una sesión de la Comisión de Hacienda que se prolongó desde las 2 hasta las 4 de la tarde, en el curso de la cual se ratificaron ciertas disposiciones y se admitieron algunas indicaciones del Ejecutivo.

Me referiré a las enmiendas introducidas por la Comisión de Hacienda, no a título personal, sino en mi carácter de Presidente y Senador informante de dicho órgano. Al igual que el Honorable señor Piñera , más tarde daré a conocer mi propio criterio sobre el particular. Éste corresponderá a la política en la cual entiendo que deben desenvolverse los trabajadores del sector público, porque hay ocasiones en que uno no canta con toda la voz que tiene, sino sólo con toda la voz que puede, para hacer lo posible. No hay que empecinarse a veces en lograr lo imposible, porque, como reza el dicho, "Lo mejor es enemigo de lo bueno".

En representación de la Comisión de Hacienda, procederé a informar el proyecto aprobado en ella por mayoría, algunas de cuyas disposiciones contaron también con la anuencia de señores Senadores de la Oposición.

En la letra b) del artículo 1°, cambiamos los guarismos establecidos por la Comisión de Salud. Y lo hicimos --tal como señaló el Senador señor Piñera -- para permitir que el desempeño funcionario tenga la relevancia que merece, pero no mucho más que la antigüedad o la experiencia. Para ello, tuvimos en cuenta que los servidores del Estado están mal pagados. Reconocemos que la bonificación por desempeño, que se incorpora por primera vez, es de vital importancia; sin embargo, también hemos de posibilitar que el funcionario que durante años ha estado percibiendo una remuneración injusta tenga alguna preeminencia en la situación en estudio.

Por eso, en la letra b) del artículo 1° del texto despachado por la Comisión de Salud, reemplazamos los guarismos "3,5%" y "1%" por "3,25%" y "1,25%", respectivamente, que significa 45% para desempeño calificado y 55% para experiencia o antigüedad.

En la letra d), la unanimidad de los miembros de la Comisión de Hacienda acordó que el reglamento atinente a los procedimientos y criterios que deberán observar las juntas calificadoras, además de aprobarse por decreto supremo del Ministerio de Salud, tendrá que ser suscrito por el Ministro de Hacienda .

En la letra e) introdujimos una modificación tendiente a otorgar la asignación de desempeño de 3,25 por ciento a los jefes superiores de los servicios de salud (cargos de la confianza del Presidente de la República ) y a dar a los miembros de las juntas calificadoras centrales la opción de percibir la asignación de 2 por ciento contemplada en el número ii) de la letra b) del artículo 1°, o bien, sujetarse a las normas generales de este artículo, conforme al puntaje obtenido en la calificación efectuada en el período inmediatamente anterior al del pago del beneficio.

En la letra h) aprobamos una enmienda de mera redacción. Ella tiene que ver con lo manifestado aquí acerca de las inasistencias injustificadas. El proyecto primitivo del Gobierno establecía el no pago de la respectiva cuota de asignación a quienes hubieren tenido descuentos de sus remuneraciones por inasistencias injustificadas. Y expresaba: "por aplicación del artículo 66 de la ley N° l8.834". Nosotros dijimos: "conforme a lo establecido en el artículo 66 del Estatuto Administrativo.". De manera que a dichas inasistencias se les aplicará estrictamente este cuerpo legal, sin ninguna excepción. Ello tampoco podía eludirse. Y dejamos una constancia, para evitar que pudiere saltarse dicho Estatuto y aplicarse una sanción mayor.

En el artículo 3° aprobamos una disposición en virtud de la cual los jefes superiores de servicios "tendrán derecho a percibir la bonificación conforme al número i) de la letra c) de ese articulo" (artículo 11 de la ley N° 19.479) "y los miembros de las Juntas Calificadoras Centrales podrán optar entre percibirla de acuerdo con el número ii) de dicha letra, o bien, en el caso que hayan sido calificados en el año inmediatamente anterior al del pago del beneficio, sujetarse a las normas generales conforme al puntaje obtenido en esa calificación.".

En el artículo 4° acogimos una indicación de tipo formal, consistente en reponer la expresión "por aplicación del artículo 66" de la ley N° 18.834, propuesta en el texto original, modificada como sigue: "en conformidad al artículo 66 del Estatuto Administrativo,", que es consecuencia de lo ya aprobado anteriormente.

La Comisión de Hacienda acogió una indicación del Ejecutivo para agregar un artículo 6° transitorio, nuevo. En él se establece que para el primer pago de la asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, que corresponde en marzo, "sólo se considerarán las eventuales inasistencias injustificadas que se registren en los meses de enero y febrero de 1997.". Es decir, no se tomará en cuenta diciembre de 1996, dado que, en el momento de resolverse llevar a cabo la huelga o paro que afectó al sector salud en ese mes, los trabajadores ignoraban que dicha circunstancia estaría contemplada en un futuro bono, que comenzaría a pagarse en marzo. Por tanto, atendido que, en virtud del Estatuto Administrativo, se descontarán los días no trabajados, se estimó que no correspondía aplicar un doble castigo a los funcionarios considerando las inasistencias injustificadas de diciembre, sino que debía tomarse en cuenta sólo su desempeño de enero y febrero de 1997.

En este aspecto, la Comisión de Hacienda modificó el criterio sustentado por la de Salud, estableciendo que, para percibir la cuota de marzo de la asignación mencionada, se considerará únicamente --repito-- el comportamiento funcionario de enero y febrero del próximo año.

A continuación daré a conocer datos netamente financieros.

El proyecto en sí tendrá un costo total de 14 mil 227 millones de pesos en 1997; de 14 mil 243 millones en 1998, y de 14 mil 556 millones en 1999.

El costo total para 1997 se descompone de la siguiente forma: se gastarán 13 mil 718 millones de pesos en personal de los Servicios de Salud y 49,5 millones en jefes de Servicio; para las instituciones autónomas (artículo Nº 3), se ocuparán 163,3 millones de pesos: 156 millones en personal y 7,3 millones en autoridades y jefes de Servicio; y, para las instituciones autónomas (artículo Nº 4), se destinarán 297 millones de pesos. Sumadas estas cifras, da el total ya señalado de 14 mil 227 millones de pesos, que se diferencia de los 14 mil 171 millones que fijaba el informe financiero original para el próximo año.

Señor Presidente , me referiré a tres casos típicos de funcionarios de la salud para ejemplificar el aumento de remuneraciones derivado de la aplicación de estas normas.

Un trabajador del Hospital Ñuble, perteneciente al escalafón Técnico Paramédico, grado 21, antigüedad 24 años, que percibía 170 mil 999 pesos bruto en 1991, en la actualidad está ganando 251 mil 123 pesos bruto. En virtud de las disposiciones de la presente iniciativa, percibirá cada tres meses 363 mil 647 pesos si su evaluación se ubica en el tramo superior.

--Manifestaciones en tribunas.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Hago presente que está prohibido hacer manifestaciones y que la Presidencia del Senado está reglamentariamente obligada a ordenar el desalojo de las tribunas si su advertencia ha sido desobedecida dos veces. Ruego guardar el respectivo silencio, a fin de no verme en la necesidad de tomar una medida de esta naturaleza.

El señor LAVANDERO.-

Señor Presidente, deseo evitar confusiones.

Aquí hay cosas ciertas y cosas menos ciertas que se han difundido al personal de salud.

Si algún trabajador se encontrara en una situación similar a la que indico --es decir, con 24 años de antigüedad, en un escalafón y grado comparables al ejemplo que di para el Hospital de Ñuble-- y que se basa en antecedentes fidedignos --¡absolutamente fidedignos!--, el día de mañana podrá reclamar ante el Servicio de Salud respectivo o el Ministerio del ramo o la Contraloría General de la República o a mí, e incluso a la propia Cámara de Diputados por su función fiscalizadora. ¡Y si no recibe 363 mil 647 pesos cada tres meses después de ser bien evaluado, sepa que lo están engañando!

Una profesional matrona, grado 15, con antigüedad de 18 años, del Hospital Ñuble, que en 1991 ganaba 374 mil 810 pesos bruto y 499 mil 699 pesos en 1996, ahora, por aplicación de esta normativa, deberá percibir de 687 mil 7 pesos bruto cada tres meses si ha sido bien evaluado. La diferencia entre 499 mil 699 pesos y...

El señor PRAT .-

¿A qué se refiere cuando dice "cada tres meses"?

El señor LAVANDERO .-

Significa, en el ejemplo de la profesional matrona, que la diferencia entre los 499 mil 699 pesos bruto pagados en 1996 y los 687 mil 007 pesos que percibirá cada trimestre tendrá que dividirse por tres para saber a cuánto correspondería mensualmente el aumento. Así, en el caso del técnico paramédico, ese incremento mensual ascendería a cerca de 40 mil pesos mensuales, y en el de la profesional matrona, a alrededor de 60 mil pesos mensuales.

Insisto: las cifras que estoy dando son exactas y corresponden a lo que se pagará trimestralmente.

El señor MC-INTYRE .-

Señor Senador, habría que aclarar que los montos señalados corresponden a funcionarios bien calificados.

El señor LAVANDERO .-

Por supuesto, pero también puedo dar a conocer antecedentes relativos a personal con calificación inferior. Por ejemplo, un técnico paramédico ubicado en el tramo intermedio de evaluación, en vez de 363 mil 647 pesos, recibiría 320 mil 369 pesos cada tres meses, y 251 mil pesos si estuviera mal calificado.

Lo mismo ocurre con la profesional matrona.

Tratándose de un auxiliar, grado 24, con 25 años de antigüedad, cuyo total de haberes en 1991 era de 131 mil 126 pesos y de 181 mil 804 pesos en 1996, por efecto de la aplicación de esta normativa recibirá cada trimestre 269 mil 671 pesos, o 235 mil 876 pesos, o 215 mil 599 pesos si respectivamente su calificación fue buena, regular o mala. Al dividir por tres las diferencias entre 181 mil 804 pesos y las distintas cantidades que señalé se obtiene el aumento que el trabajador recibiría mensualmente.

Por último, un oficial administrativo, grado 16, con 30 años de antigüedad, que en 1991 ganaba 203 mil 736 pesos bruto y 249 mil 650 pesos en 1996, en virtud de la aplicación de esta normativa recibirá cada tres meses 431 mil 141 pesos si está bien calificado, 361 mil 337 pesos si su evaluación es regular y 319 mil 454 pesos si su desempeño ha sido apreciado como malo.

Por lo tanto, ...

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Señor Senador , ha terminado el tiempo que le correspondía como Senador informante . Puede continuar con cargo a su propio tiempo.

El señor LAVANDERO .-

Como se puede apreciar, en el caso del oficial administrativo a que me referí, dependiendo de su buena o mala calificación se produce una gran diferencia en cuanto a mayores ingresos derivados de la aplicación de esta normativa. Sin embargo, también se considera la antigüedad. Al respecto --y para contestar algunas observaciones del Honorable señor Piñera , no en mi calidad de Senador informante , sino como Senador--, un trabajador con el grado recién señalado y bien calificado ganará 431 mil 141 pesos y 319 mil 454 pesos si fuera mal evaluado. Por lo tanto, hay una diferencia sustancial entre el funcionario mal calificado y el bien calificado. Y esa diferencia corresponde a la evaluación por desempeño. Pero, conforme al proyecto en debate, también dicho funcionario administrativo --grado 16 y con 30 años de antigüedad--, que hoy percibe 249 mil 650 pesos, ganará por antigüedad un cantidad superior a la actual ascendente a 319 mil 454 pesos. Es decir, existe también un mejoramiento remuneracional importante derivado de la antigüedad.

Por eso, hemos hecho, en conjunto con el Gobierno, un esfuerzo para premiar el desempeño, sin desmerecer la labor del funcionario que durante mucho tiempo ha estado mal pagado. Desgraciadamente, esto, que ha ocurrido por años, no podemos remediarlo incorporando en el proyecto sólo una asignación por desempeño.

Y lo primero que deberíamos hacer para exigir buen desempeño a los funcionarios es darles una buena remuneración. Y los funcionarios de salud no gozan de buena remuneración.

Por esa razón, para exigir un buen desempeño, en esta ocasión hemos debido considerar ambos aspectos.

En lo que concierne a la antigüedad, cabe destacar que hubo quienes actuaron con criterio y lo hicieron bien, no obstante existir inamovilidad. Sin embargo, los funcionarios saben que en el sector privado pueden ganar más, pero también saben que cualquier día es posible que los "manden cambiar para su casa". En el sector público, existe inamovilidad, y esto, a lo mejor, conspiró a través de los años para pagarles malos sueldos. Pero ahora tratamos de combinar el esfuerzo y el sacrificio que han realizado por años.

Habríamos preferido que los ingresos de los trabajadores hubiesen sido mejores. Desgraciadamente, el Estado tiene una capacidad determinada por los recursos que recibe, y éstos cada año se han ido jibarizando debido a una circunstancia especial: el Estado se ha ido achicando, y a tal punto que hoy es ineficiente, porque paga mal a los trabajadores de la salud, paga mal a los profesores, paga mal a los jubilados. Y ello, solamente, porque, en la distribución de los ingresos, el 20 por ciento más rico del país --donde están los empresarios--, se lleva el 62 por ciento de lo que el país produce, y el 80 por ciento de los chilenos, donde están los trabajadores de la salud, los profesores, los jubilados, percibe apenas 38 por ciento restante. Ésa es la injusticia social que hay que reparar, a fin de modificar los criterios destinados a mejorar la situación de los trabajadores del Estado, entre ellos, los de la salud.

Entonces, hay que saber quiénes son los responsables que mantienen un Estado empequeñecido, jibarizado y con pocos recursos...

El señor PRAT .-

Señor Senador , ¿su intervención corresponde al informe de Hacienda?

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

No. El Honorable señor Lavandero está haciendo uso del tiempo que le corresponde como Senador.

El señor PRAT.-

¡Qué bueno es el haberlo aclarado!

El señor LAVANDERO .-

¡Señor Presidente , no es extraño que se produzcan esas voces de los empresarios, que se llevan el 62 por ciento de lo que el país produce!

Sin embargo, quiero señalar que estamos entre Pascua y Año Nuevo, festividades que dan alegría. Estoy cierto de que cada uno de los señores Senadores tendrá una torta para celebrar el Año Nuevo.¿No sería extraño que uno de los invitados se comiera los dos tercios de ella y que poco más del tercio restante quedara para todos los demás comensales? ¿No sería indecoroso, injusto, y hasta daría mal ánimo al propio invitante, al dueño de casa?

Eso es lo que ocurre en Chile: los empresarios, el 20 por ciento de estos chilenos, se lleva casi los dos tercios de lo que el país produce, y el resto tiene que vivir con poco más de un tercio. Y esta situación afecta también a los trabajadores de la salud, a los profesores y a los jubilados.

Por eso, decimos aquí, en el Senado, que la gente de Gobierno, que somos minoría, cantamos con toda la voz que podemos, no con toda la voz que tenemos. Y estos servidores tendrán que conformarse con un proyecto que les entrega parte de lo que les corresponde por antigüedad y parte por concepto de desempeño. ¡Y sepan por qué no les podemos dar más porque hay otro sector minoritario de chilenos que se lleva la tajada del león.

He dicho.

El señor DÍEZ (Presidente).-

Tiene la palabra la Honorable señora Carrera.

La señora CARRERA.-

Señor Presidente , creo que hay conciencia en el país de que existe una crisis en salud. Las huelgas de los trabajadores de la salud --de los médicos, en otras ocasiones-- y la insatisfacción generalizada de los usuarios, tanto en el sector privado como en el sector público, nos dicen que hay una crisis en ese sector.

Pienso, como lo piden los trabajadores --lo han hecho en reiteradas oportunidades los médicos, las autoridades, los usuarios-- que es necesario una profunda reforma en el sector salud. Me refiero a una reforma consensuada, muy reflexionada, chilena, que tenga en cuenta los parámetros internacionales que actualmente se manejan acerca de cómo deben ser las modificaciones en salud en Latinoamérica, pero que considere nuestras características como país, como sociedad, como sistema antiguo de salud, que se ha desarrollado en forma exitosa en Chile.

La salud pasa a ser un tema prioritario después de las huelgas. No hay chileno que no reflexione acerca de este tema y que busque soluciones adecuadas a nuestra historia y tradición.

Dentro de la salud lo más importante es el recurso humano. Durante las huelgas, los trabajadores de la salud han sido denostados, maltratados; la imagen que se tiene de ellos no es la misma de antes, y creo que ello es peligroso y dañino para el sistema de salud y la administración pública.

Aquí se ha señalado que es tremendamente grave, y constituye una irresponsabilidad muy grande, dejar de atender en salud. Eso es cierto. Pero, ¿quién tiene esa responsabilidad? ¿Únicamente los trabajadores que desarrollan una labor directa con los enfermos, o tiene que ver mucho con el financiamiento del sistema de salud y el sistema mismo, no sólo con su gestión? Estamos en presencia de un sistema dividido en dos: uno privado, con la mayor disponibilidad financiera, y otro, público, que subvenciona al privado.

En mi opinión, esa responsabilidad radica en la sociedad chilena en su conjunto; no solamente en las autoridades, que han hecho un análisis del tema y se ciñen --así se les llama-- a los pocos recursos para salud, sino también en los contribuyentes.

He pedido un estudio acerca de los porcentajes de impuestos que se pagan en otros países del mundo, en comparación con la recaudación por este concepto en el nuestro, y resulta que el 20 por ciento de la población en Chile, que --como ha mencionado el Senador señor Lavandero -- se lleva la fantástica suma de 62 por ciento del ingreso nacional, paga menos impuestos que en cualquier otro lugar. Si mis datos están equivocados, podríamos realizar un estudio más exhaustivo. Sin embargo, he solicitado informes de otros países emergentes --del sudeste de Asia, por ejemplo--, y en ellos los contribuyentes pagan el doble de impuestos que en Chile; en Europa, más del 50 por ciento, y en otros ocurre algo similar.

A mi entender, la distribución del ingreso en el país es muy mala. Esto no sólo es reconocido por los Senadores de la Concertación, sino también por informes del Banco Mundial y de otros organismos internacionales.

Una forma de redistribuir el ingreso y ayudar a que la calidad de vida sea mejor radica justamente en la atención de salud. La inseguridad de cada ser humano, que no sabe si se va enfermar o no, siempre ha constituido una tensión bastante grande. Y en estos momentos, en Chile es una tragedia, ya se trate de la persona de clase media afiliada a una ISAPRE, o del trabajador que se atiende en los servicios públicos de salud. En ambas circunstancias esto puede significar una catástrofe económica o la muerte, por no contar con el dinero necesario para hacerse un tratamiento.

Una de las maneras de redistribuir el ingreso consiste en el fortalecimiento del sistema de salud, a fin de que las personas sean tratadas como ciudadanos, donde baste la calidad de tal para acceder a estos servicios, que deben ser financiados en gran parte por el Estado.

El aporte del 7 por ciento, inventado en Chile, va en menor cantidad a los servicios públicos, y su parte más sustantiva, a las ISAPRES. Esta forma de organización no parece ser la más adecuada para un país que dice ser "jaguar" en algunos sentidos, pero que en otros no pasa más allá de ser un inválido, porque carece de sistemas adecuados de financiamiento para la atención de salud, como sí los poseen otros países.

En salud, uno de los recursos más importantes es el humano. Y nadie ha sostenido en el Senado --tanto en la Comisión de Salud, donde he participado, como en la de Hacienda-- que los salarios y remuneraciones del recurso humano de este sector son adecuados. Todos saben que no lo son, y cuando se intenta, como ahora, dar una pequeña compensación a los trabajadores de la salud, hay dificultades.

Por ello, pido a los señores Senadores aprobar el texto despachado por la Cámara de Diputados con el objeto de que los porcentajes sean los pertinentes, según la antigüedad y el desempeño.

--(Aplausos en las tribunas).

La señora CARRERA.-

Señor Presidente, mi opinión es aparte de las manifestaciones que puedan generarse.

A mi juicio, la antigüedad en el área de la salud es extremadamente importante. Ello es reconocido, incluso, por técnicos de la Derecha, del Instituto Libertad y Desarrollo, como consta en actas de la Comisión de Salud.

Si la Oposición lo reconoce, me parece que el Senado debe admitir la importancia de la antigüedad, porque la destreza y la habilidad se adquieren, en gran parte, por los conocimientos técnicos, pero mucho más por la experiencia diaria y permanente.

Debemos reparar algunas injusticias. Considero que el personal de salud, en su inmensa mayoría, es abnegado. Me siento en la obligación --por conocerlos de cerca y porque laboran en la Región que represento-- de defender a los trabajadores del Instituto de Neurocirugía, quienes fueron acusados de "dejar botados" sus turnos y a los enfermos.

Se ha lesionado fuertemente su dignidad por una tergiversación, una mala interpretación de sus actos. Sin embargo, hay algo que debe rescatarse y ser dicho en el Senado: ese personal tomó el acuerdo de abandonar sus turnos como producto de la desesperación. La gente se desespera, sobre todo si tiene un gran sentido de la responsabilidad, cuando se encuentra participando en una huelga y pide cosas justas, y no se la escucha. ¿En qué circunstancias lo hicieron? Ellos abandonaron sus turnos, pero trabajaron 52 médicos, 8 becados, y 10 enfermeras de un total de 37; 28 auxiliares paramédicos, 4 auxiliares de servicios y 22 trabajadores administrativos, todos los cuales no se encontraban participando de la huelga, y había solamente 18 ó 20 pacientes en total. Por consiguiente, existió el personal suficiente para atender a los enfermos, y éstos no fueron dejados a la mano de Dios, sin prodigarles ningún tipo de cuidados.

En mi opinión, la dignidad de esos trabajadores amerita que hoy pueda aclarar lo que efectivamente sucedió.

El Servicio de Urgencia del Instituto de Neurocirugía atiende un promedio normal de 180 personas en 10 días; durante el paro se prestó atención a 135 en el mismo lapso. En el consultorio externo se atendió en forma normal en los días de huelga. El promedio normal de "scanners" en 10 días alcanza a los 49 exámenes, y durante el paro se practicaron 20. En el pabellón de urgencia el promedio habitual es de 50 operaciones; durante los días de huelga se realizaron 23. La recuperación de todos estos pacientes se verificó en la UTI y en la UCI.

En cuanto a los servicios de hospitalizados, en la UTI las camas disponibles diariamente son 8, y el promedio en uso durante el paro fue de 6. En la UCI son 10, y en los días de huelga se ocuparon 8. En pediatría, el total de camas es de 33; el promedio de uso normal, 25, y el promedio en el paro fue de 20. En la sección hombres, el término medio alcanza al 80 por ciento de ocupación de las camas, y durante el paro fue de 40 por ciento. En la sección mujeres, el promedio normal, 80 por ciento, y el promedio en el paro fue 60 por ciento. Cabe señalar que los pacientes, tanto de la UTI como de la UCI y de Pediatría, en un ciento por ciento no son autovalentes, es decir, son enfermos que requieren ser movilizados, bañados todos los días y alimentados por los trabajadores. En las salas comunes de mujeres y de hombres, el 20 por ciento de los pacientes también se encuentra en esas mismas condiciones.

"Queda claro entonces que la atención en nuestro hospital" --dicen los trabajadores-- "fue bastante cercana a la normal,".

Entrego estos datos en defensa de la dignidad y de la mística que poseen los trabajadores de la salud. No creo que todos sean perfectos ni santos y que el ciento por ciento de ellos cuente con esa mística, con dedicación y abnegación. Pero la mayoría sí, y, en mi opinión, ello constituye un bien común, un tesoro con que cuenta nuestro país en cuanto a funcionarios públicos. Y, por ello, debe cuidarlos, respetarlos y remunerarlos como corresponde en una sociedad civilizada, o que, al menos, cree serlo; y, mucho más aún: así debería ocurrir en una sociedad de "jaguares", como es común llamarnos.

He dicho.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Según el acuerdo adoptado por los Comités, el debate debe terminar a las 18:30. Restan 10 señores Senadores inscritos para intervenir: los Honorables señores Cantuarias, Zaldívar, Piñera, Ominami, Díaz, Otero, Ruiz-Esquide, Calderón, Feliú y Larre.

El señor LAGOS.- Inscríbame, señor Presidente.

El señor LARRAÍN.-

A mí también.

El señor MUÑOZ BARRA.-

Pido lo mismo, señor Presidente .

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Y los Senadores señores Lagos, Larraín y Muñoz Barra.

La Mesa sugiere que quienes han hecho uso de la palabra durante el debate no fundamenten su voto.

El señor RUIZ-ESQUIDE.-

¿Me permite, señor Presidente ? Deseo hacer una observación.

El señor DÍEZ (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.

El señor RUIZ-ESQUIDE .-

Excúseme, señor Presidente , comprendo la intención de lo que ha manifestado, pues lo conversamos en la Mesa. Pero éste es un debate que, aunque se ha repetido mucho durante los últimos 40 días, nos obliga de alguna forma a expresarnos de manera más tranquila y serena acerca de lo que cada uno piensa.

Si Su Señoría me permite, propongo algo distinto: mantener la fundamentación del voto, pero sin fijar las 18:30 como hora de término de la discusión, pues me parece un tiempo extremadamente breve, aun tratándose de un acuerdo de Comités. Sugiero que estos últimos permitan alargar el tiempo de la votación, tal vez en 40 ó 45 minutos, y dividirlo por el número de Senadores inscritos. De ese modo, cada uno sabrá si cuenta con 6, 7 u 8 minutos para hablar. Eso permitirá que todos intervengamos, evitando la injusticia que significaría el hecho de que los señores Senadores que se inscribieron primero usen 10 ó 15 minutos, en tanto que los demás no alcanzaríamos a más de 2 ó 3.

El señor ERRÁZURIZ.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor LARRE.-

Pido la palabra, señor Presidente.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

No podemos emplear la tarde en discusiones tocantes a cuánto vamos a hablar, señores Senadores.

Tiene la palabra el Honorable señor Larre.

El señor LARRE.-

Señor Presidente , los Senadores de Renovación Nacional estaríamos de acuerdo con la propuesta del Senador señor Ruiz-Esquide, siempre que se reservara el tiempo para que cada uno fundamente el voto.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Errázuriz.

El señor ERRÁZURIZ.-

Señor Presidente , mi proposición concreta es que los Senadores inscritos --entiendo que somos doce-- contemos con cinco minutos cada uno, lo que me parece suficiente para expresar nuestros puntos de vista; y luego, con 3 minutos para que fundamente su voto quien lo estime necesario.

El señor DÍEZ (Presidente).-

Hasta ahora, restan 15 señores Senadores por intervenir.

El señor DÍAZ.-

Señor Presidente, pido la palabra.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Perdón, señor Senador.

La Mesa se ve obligada a respetar el acuerdo de Comités de cerrar el debate a las 18:30, el que no puede alterarse, a menos que la Sala lo acuerde por unanimidad.

Tiene la palabra el Honorable señor Díaz.

El señor DÍAZ.-

Señor Presidente , me parece un tanto absurdo que Honorables colegas que viajaron hoy, por ejemplo, desde Punta Arenas --lo hizo el Senador señor José Ruiz-- para asistir a esta sesión, no puedan intervenir en el debate por falta de tiempo.

La mayoría de los señores Senadores ha debido realizar viajes larguísimos, porque el asunto lo amerita. Y vernos ahora obligados a despachar este proyecto en dos horas, me parece un contrasentido.

Propongo que se prolongue el tiempo de discusión hasta que sea necesario, con el objeto de permitir a todos que expresen su opinión.

La señora FREI (doña Carmen).-

No hay acuerdo.

El señor DÍEZ (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Cantuarias.

El señor CANTUARIAS.-

Señor Presidente, como suele ocurrir cuando nos corresponde despachar proyectos que interesan a agrupaciones tales como las de trabajadores de la salud, de profesores, de funcionarios municipales, a veces caemos en el absurdo de sentirnos obligados a trabajar con limitaciones de tiempo que me parecen francamente inaceptables.

Respeto el derecho de cada Senador a expresar su opinión, con todos los fueros que le otorga el Reglamento cuando se trata de una materia como la que está en discusión. Contrariamente al modo en que se está procediendo, debiéramos procurar que aquéllo ocurra normalmente. No concuerdo con esta carrera que, estoy seguro, no está en el espíritu de ninguno de los Comités que aprobaron el horario en referencia. Inclusive, bien puede éste interpretarse como una forma de evitar un debate en profundidad, o, eventualmente, como el afán de partir luego y despachar un asunto que, en ese caso, o estaría "cocinado" o se encontraría ya resuelto. En razón de que cualquiera de tales supuestos es igualmente pésimo, deberíamos asegurar a cada señor Senador 15 minutos para exponer su punto de vista, y los 5 minutos que le corresponden para fundamentar el voto.

Es oportuno recordar que cuando llegamos al Senado, en 1990, lo permitido para la discusión en general eran 60 minutos, además del tiempo para fundamentar el voto. Después de eso hemos reducido la primera intervención en dos oportunidades, con el propósito de agilizar los procesos. Sin embargo, en casos como el presente estamos yendo demasiado lejos en esto de meternos en una camisa de once varas que a cada uno nos impide sostener, de cara a Chile y frente a los trabajadores afectados por esta iniciativa, nuestras opiniones.

En segundo lugar, señor Presidente , no comprendo la urgencia que se ha dado a la tramitación del proyecto. La semana pasada los Comités, a través de dos connotados señores Senadores, hicieron las gestiones --previamente las había realizado el Senador que habla, cuando estaba presidiendo la Corporación, ante el señor Ministro Secretario General de la Presidencia -- para averiguar la razón de que el proyecto tuviera que despacharlo el Senado en estos días. Ello, por cuanto los beneficios que crea van a estar disponibles para pagarse a los trabajadores de la Salud a partir del mes de marzo.

En tales circunstancias, no queda clara la razón para mantener una urgencia que, por vencer el próximo 28 de diciembre, obligó a citar al Senado a la sesión de hoy. Y si a eso se suman las limitaciones de tiempo para intervenir en el debate, se conforma un escenario que hablará muy mal de la capacidad del Senado para debatir en profundidad el contenido de la iniciativa.

Lamento que se mantenga la calificación de urgencia. Recuerdo que al respecto dos señores Senadores se dirigieron, por encargo de los Comités, al señor Ministro Secretario General de la Presidencia , y que esa autoridad quiso mantener dicha calificación. Repito: se trata de una materia de suma importancia en cuanto a su contenido y a sus beneficios, pero éstos en nada cambiarían si el proyecto se despachara la primera o la segunda semana de enero. Y presumiblemente ello ocurrirá si el Senado le introduce modificaciones, lo que llevaría a un tercer trámite en la Cámara de Diputados. Y si allí se rechazara, iría a Comisión Mixta y a la nueva vista por ambas Salas. En consecuencia, estamos corriendo no sé por qué ni para qué, cuando en verdad no se atrasará ni un solo instante la entrega de los beneficios en la forma en que lo resuelva el Parlamento de común acuerdo con el Ejecutivo .

Hay aquí algo que tiende a reducir la importancia de un debate bien llevado, lo que hago presente porque tiene que ver finalmente con el hecho de que la limitación llega al extremo de tener que hablar 5 minutos, o 4, o a no fundamentar el voto. Si ni siquiera disponemos de tiempo para exponer nuestros puntos de vista, nos situamos en el peor de los escenarios. Por eso no me extraña que el juicio que nuestro desempeño merece a la ciudadanía sea en realidad adverso, dadas las restricciones que a veces nosotros mismos aceptamos o nos autoimponemos.

En lo que dice relación al proyecto, debo recordar --para hacerme cargo de lo afirmado por algunos Honorables colegas-- que esta iniciativa fue calificada, en el mensaje del señor Presidente de la República , como proyecto que otorga asignaciones y bonificaciones a personal de salud. Así lo define. Por eso, toda esta lata discusión --tal vez interesante, pero ciertamente de otro ámbito-- respecto de la forma en que se distribuye el ingreso en nuestro país, o la comparación entre el sistema público de salud y el privado, me parecen por completo fuera de lugar. No rehúyo el debate en esas materias, que bien valen la dedicación de una o más sesiones del Senado. Sin embargo, teniendo el proyecto el alcance que conocemos, el derivar su análisis hacia otros ámbitos es una tentación, una posibilidad; pero no una manera seria de discutir lo que hoy día nos convoca.

Entonces, se trata de un proyecto "que otorga asignaciones y bonificaciones al personal de salud", para distribuir 14 mil 500 millones de pesos que el Ejecutivo estuvo dispuesto a entregar por ese concepto a dichos funcionarios. Aquí quiero hacer una referencia expresa al denominado Documento de Acuerdo , suscrito en el Palacio Ariztía, en el cual se establecía que las bonificaciones serían de entre 10 mil y 21 mil millones de pesos. Se optó por ese camino, y es el asunto que nos reúne.

A mi juicio, se trata de un mal proyecto. Así lo califico. Es una legislación de parche que no va a resistir mucho tiempo ni logrará los objetivos que persigue. Reúne algunos elementos novedosos, que alguien podría calificar de modernizadores. Tales son el introducir el concepto de mejoramiento de remuneraciones a través de la evaluación del desempeño. Pero, a mi juicio, no ha sido bien elaborado, no es serio, no está correctamente concebido, se ha propuesto apresuradamente, y por todas esas razones no resolverá los problemas que lo motivan.

En tercer lugar, más grave que todo lo anterior resulta el hecho de que en el Acuerdo del Palacio Ariztía se estableció una fórmula que no es la contenida en el presente texto. Permítaseme leer textualmente el número 1 de ese acuerdo. Dice: "1. Iniciar el estudio de un nuevo marco laboral para los trabajadores de la salud adscritos a la Ley 18.834. Se crean para el mejoramiento de las remuneraciones:

"--Asignación de experiencia en servicios de salud, permanente

"--Asignación de Desempeño".

Y contiene tres puntos más.

El acuerdo a que se llegó en el Palacio Ariztía no se respeta en el proyecto, pues las asignaciones de desempeño y de experiencia no figuran en forma separada, sino que se mezclan entre sí. Resalto el hecho, porque, en mi concepto, uno de los problemas que deberá enfrentar la puesta en práctica de la ley en relación con la forma como han sido concebidas las asignaciones, tiene que ver exactamente con la postura de no respetar el citado convenio, el cual reviste un evidente sentido político, dados los términos en que fue suscrito en su oportunidad, independientemente de la opinión que pueda tener de él y que daré a conocer más adelante.

Me referiré a continuación al tema del desempeño. En general, soy partidario --y me agradan; dejo constancia de ello-- de los mejoramientos de remuneraciones vinculados a dicho factor. Sin embargo, considero que para que ellos rijan es condición previa contar con sistemas de evaluación de desempeño y de calificación del personal que hayan sido legitimados, acordados (no con el Parlamento --ojalá también con él--, sino con los propios trabajadores) y ensayados al interior de las reparticiones públicas. Pienso que un sistema de evaluación de rendimiento que se cree ahora para los efectos de distribuir los recursos no va a funcionar --no quiero hacer de pitoniso--, pues las juntas calificadoras tendrían muchas dificultades para establecer con el actual sistema para evaluar a los funcionarios públicos --que es añejo y data de varias décadas-- las diferencias que permitan distribuir los recursos contemplados para las asignaciones.

¿Saben Sus Señorías hacia dónde se orientaría el trabajo de las juntas calificadoras? A crear calificaciones uniformes. Si ya hoy más del 90 por ciento de los trabajadores de los servicios públicos está calificado en Lista 1, el estímulo obvio que habrá detrás del sistema vigente --que ahora pretende usarse para distribuir recursos-- será establecer calificaciones uniformes. De manera que el único criterio que finalmente se utilizaría para entregar las asignaciones es aquel con el que se confeccionan los escalafones, o sea, el que toma en cuenta la experiencia o antigüedad en el servicio.

Evidentemente, entonces, el proyecto queda estructurado sobre bases sumamente débiles respecto del propósito perseguido. Me agradan los incrementos de remuneraciones ligados al desempeño, pero siempre y cuando vengan aparejados con un procedimiento de evaluación previamente acordado con los trabajadores. El sistema que se va a imponer, ya creadas las asignaciones, simplemente no va a funcionar.

Dos consideraciones más.

La iniciativa en debate cuenta con un financiamiento que resulta particularmente curioso. Son 14 mil 500 millones de pesos. Así lo establece tanto el informe de la Comisión de Salud como el de la de Hacienda. Y esa cantidad será financiada --lo señalan estos documentos-- con los presupuestos de los mismos servicios de salud. Que los chilenos lo tengan claro. Porque todo lo que dice el proyecto es que el Ministerio de Hacienda "podrá" concurrir a una parte del financiamiento. Hasta donde sé, en la Cámara de Diputados hubo un compromiso verbal --no veo aquí a ningún representante de esa Secretaría de Estado para que lo suscriba de la misma forma en el Senado-- en orden a concurrir al 50 por ciento...

El señor DÍAZ.-

Se encuentra presente un representante de esa Cartera, señor Senador.

El señor CANTUARIAS.-

Cuando se pidió autorización para su ingreso a Sala, se dijo que era el Director de Presupuestos del Ministerio de Salud , señor Senador. Pero da lo mismo. Lo que quiero resaltar es que ese compromiso verbal --que tal vez sea ratificado-- consiste en cubrir, con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público, el 50 por ciento del costo de los beneficios, es decir, 7 mil 250 millones de pesos.

Esto significa, señor Presidente , que en los presupuestos de los servicios de salud --todos ellos, de Arica a Magallanes, deficitarios en la actualidad-- algo deberá dejar de cubrirse, o aumentar su déficit, para pagar, a lo más, el 50 por ciento de los beneficios, lo cual no puede dejar de hacerse, porque la otra mitad la aportará, en el mejor de los casos, el Ministerio de Hacienda.

No es seria una negociación entre el Gobierno y los trabajadores de la salud cuando el financiamiento de las consecuencias de los respectivos acuerdos no queda explícito e íntegramente contemplado en la ley. En esto tenemos larga y sobrada experiencia. Hemos estado al borde o técnicamente hemos llegado a quebrar municipalidades por la vía de establecer beneficios que después la ley no financia, o lo hace con sujeción a la voluntad o disponibilidad de recursos de una parte y a la influencia de la otra para conseguirlos en el Ministerio de Hacienda.

En consecuencia, señor Presidente , otro rasgo de la falta de seriedad de este proyecto consiste en que los beneficios no se hallan íntegramente financiados. Como digo, algo deberá dejar de hacerse en los servicios de salud a lo largo de Chile --sólo reciben recursos adicionales los de la Región Metropolitana y no los del resto del territorio-- para financiar la iniciativa en debate.

Tengo un compromiso histórico y desde hace mucho tiempo con el sector público de la salud de mi país. Mi abuela fue jefa de servicio y mi padre trabajó en el Servicio Nacional de Salud por más de 20 años. Tengo simpatía y mucho cariño por los trabajadores de la salud. Por eso, no me gusta que en este conflicto se utilicen ciertos lemas y que el paro se haya politizado al extremo de sostenerse que parte de las movilizaciones se deben a que algunos de los dirigentes tiene determinada militancia. Eso no es serio, porque, aunque así fuera, ello no podría explicar el comportamiento de todo el gremio. Sé que dentro de él son muchas las personas que simplemente aspiran a vivir mejor.

Por esas razones, ciertamente no voy a votar en contra de un proyecto que les signifique beneficios, pero me veo en la obligación de destacar que, como están propuestas las cosas y como nos ha enseñado la historia cuando, después de algunos conflictos, se han establecido beneficios para algunos sectores de servidores públicos (por ejemplo, el de los profesores), la forma apresurada con que se construyen estos beneficios redunda, a la larga, o en déficit adicionales respecto de quienes administran, o en la necesidad de leyes complementarias para entregar los recursos pertinentes.

Yo reclamo de la seriedad con que se ha planteado el proyecto, y anuncio --sin que constituya novedad alguna-- que se avecinan conflictos en la atención primaria, en los médicos y en los demás actores de la salud, todos los cuales, ciertamente, descubrirán una buena razón para decir que el reciente conflicto no ha terminado aquí.

En consecuencia, para evitar toda la complicación que significan las transformaciones que se establecen en el proyecto, y porque, de una manera u otra, vamos a terminar entregando los beneficios por la vía de la asignación de experiencia o de antigüedad en el servicio, soy partidario de facilitar las cosas y de aprobar lo resuelto en la Cámara de Diputados--bueno, más o menos, o malo-- y de ese modo ahorrarnos otro trámite. Los problemas seguirán presentándose por las razones que he señalado, pero, procediendo en esa forma, vamos a evitar un conflicto interno entre las dos Cámaras.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Ruego a los señores Senadores limitar voluntariamente sus intervenciones, porque, por acuerdo de los Comités, la Mesa está obligada a cerrar el debate a las 18:30, después de lo cual sólo se podrá fundamentar el voto.

Tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Señor Presidente , después de analizar el proyecto, seguramente podría llegarse a la conclusión de que lo que se está haciendo en él no es lo que quisieran los funcionarios de los servicios de salud para lograr una mejor posición en materia de remuneraciones. Eso es cierto, pero no puede negarse que tras ello hay un esfuerzo para aumentar las rentas del sector.

Se produjo un conflicto que ojalá hubiera podido evitarse, pues provocó y provoca daño a toda la población y también a los propios funcionarios.

Me voy a referir a cosas muy específicas. Primero, la gran discusión se refiere a si acaso está bien hecho lo resuelto por la Comisión de Salud o lo aprobado por la de Hacienda del Senado en relación con la asignación que se otorga en virtud del proyecto en debate. Y eso se dice, porque la asignación aprobada en la Cámara de Diputados tiene como base una proporcionalidad de 60 por ciento por concepto de desempeño y 40 por ciento por experiencia, según el mecanismo establecido en la ley a través de las tres calificaciones que se indican. Los miembros de la Comisión de Hacienda revisaron la proposición, la cual fue reiterada por el Ejecutivo ; y, si bien el Ejecutivo cambió su posición original planteada en la Cámara, no quiere decir que con ello el Gobierno se hace más débil o menos débil, pues simplemente se ha buscado una posición de equilibrio, no irracional, mediante la cual se pretenda dar la razón a uno u otro sector, sino que. como decíamos anteriormente, en la Comisión de Hacienda se repuso ese sistema de proporcionalidad, pero en vez de 60/40, se acordó 55/45 por ciento, porcentajes que podremos discutir.

Lo claro, a mi juicio, es que no se puede negar que lo ideado es bueno para la Administración Pública dentro de la concepción de un nuevo sistema de remuneraciones tendiente a premiar el desempeño. Y creo que él tiene que seguir introduciéndose en el estatuto de remuneraciones de todos los servicios fiscales.

Sin embargo, también debemos tener conciencia y no desvalorizar la experiencia de un funcionario público. El tener más años de trabajo en una determinada actividad en el desempeño de la cual el personal carece de movilidad dentro de un escalafón, implica la experiencia. Y lo anterior no sólo sucede en el sistema de remuneraciones del sector público chileno, sino también en el de otros países. Frente a ello, en mi opinión, no se pueden rasgar vestiduras en un sentido o en otro.

La fórmula de 55/45 por ciento podrá ser criticable para algunos sectores, pero para otros no. Personalmente, creo que si con ello se evita un conflicto y se buscan mejores relaciones laborales entre el sector público y los funcionarios del sector salud, bien vale la pena establecer un mecanismo combinado de desempeño y experiencia, como el indicado.

Señor Presidente , también quisiera referirme a algo que reiteradamente en la Sala hemos escuchado a uno de los Senadores que seguramente va a volver a intervenir y que fue informante de la Comisión de Salud. Su Señoría sostiene que no hay eficiencia en el sector salud; que en éste no se repone la inversión hecha en él; que ha habido incrementos de remuneraciones, en términos reales, del orden del 150 por ciento, lo cual no es efectivo, aunque lo queremos aceptar. El señor Senador ha manifestado que a pesar de todo eso el sector salud no responde a las exigencia de la población.

Sobre el particular, primeramente quiero levantar un cargo hecho a los funcionarios del sector salud. La gente que trabaja en el sistema chileno de salud pública cumple una abnegada tarea. A mi juicio, trata de dar el mejor servicio que puede otorgarse a la gente. Por lo tanto, para hacer una crítica al sector salud debe tenerse en cuenta en qué estado él se encontraba al momento de asumir el Gobierno del señor Aylwin en 1990. No podemos desconocer que contaba con una infraestructura absolutamente deficitaria y con un sistema de remuneraciones realmente crítico. Sin embargo, a pesar de eso --y sin perjuicio de que concordemos en que podría haber mucho mejor atención de salud para la población--, no podemos negar, según los índices que conocemos, que el sector salud por lo menos está respondiendo a los requerimientos.

Tengo a la mano los indicadores biodemográficos clásicos entre los años 1989 y 1994. Según ellos, la tasa general de mortalidad infantil ha pasado de 17,1 por mil a 12 por mil, disminuyendo 5,1 puntos; la tasa de muerte en menores de 28 días se redujo en 2,3 puntos, pasando de 6,8 por mil a 4 y tantos por mil, y se ha reducido la mortalidad perinatal en 3,8 puntos, llegando a 9,8 por mil.

Por otra parte, los SAPUS --los Servicios de Atención Primaria de Urgencia o los que atienden la primera parte de los casos que requieren atención urgente y rápida, sobre todo en los sectores más desposeídos-- otorgan alrededor de un millón 500 mil prestaciones. Y en los programas de los IRAS, se brinda más de 3 tres millones 600 mil prestaciones.

Yo también desearía que la eficiencia en el sector salud se midiese desde el punto de vista del mercado, como sucede en muchas áreas. Y tengo en mi poder una encuesta TIME, realizada en agosto de 1996, en relación con el FONASA, sistema de atención pública similar o equivalente a lo que podrían ser las ISAPRES para los privados. Tal encuesta entrega cifras en términos de confianza y calidad del servicio de FONASA en comparación con las ISAPRES. En respuesta a la pregunta de cuál sistema brinda mayor seguridad en la atención al público --escúchese bien--, el 67,2 por ciento de los encuestados señaló que FONASA presta mejor atención; y sólo 10,9 por ciento opina que son las ISAPRES. Respecto a la cobertura de las prestaciones, 40,3 por ciento del público opinaba que FONASA brinda más servicios, en tanto que 26,3 por ciento piensa que ellos son mejor cubiertos por las ISAPRES.

Entonces, a los Senadores que son críticos al sistema público actual de prestación de salud les digo que seguramente existen todavía muchos déficit que debemos corregir; pero, a la vez, tenemos que reconocer que en tal sector --es el que indiscutiblemente ha tenido un retraso en materia de remuneraciones--, durante estos últimos seis años se ha hecho un esfuerzo por mejorar los sueldos. Si bien el mejoramiento no ha sido en el nivel que todos quisiéramos, hoy día podemos decir con satisfacción que al menos las remuneraciones del sector público de salud son ciento por ciento mejores, en términos reales, que las existentes en 1990.

Por todas estas razones, señor Presidente , al momento de aprobar el proyecto de ley en debate, aunque no estemos dando todo lo necesario al sector salud, pero sí seguramente para evitar nuevas situaciones de conflicto que ha debido sufrir la población en el último tiempo, creo que por lo menos estamos avanzando.

En forma adicional, quiero referirme en mi exposición al tema del pago de una asignación en relación con las ausencias injustificadas.

Cuando en la Comisión de Hacienda analizamos el proyecto, concluimos que el beneficio debería regir hacia el futuro y no con efecto retroactivo. Y en ese sentido aceptamos la posición del Ejecutivo , consignada en una norma transitoria, en cuanto a que para los efectos de determinar la asignación por desempeño y experiencia, se consideraran nada más que los meses de enero y febrero de 1997 para ser pagada en marzo y no en diciembre de este año. Se nos dijo que con eso permitíamos que la gente que estuvo en huelga recibiera el beneficio que se otorgaba en virtud de la ley en proyecto. En la Comisión dijimos que, por supuesto, el beneficio correspondía a los funcionarios de salud por su desempeño en los meses de enero y febrero, porque no podía sancionarse a la gente quitándole un beneficio que ignoraba que se otorgaría al momento de participar en el conflicto, ni que iba a existir una normativa legal como la que hoy día estamos aprobando. Pero estamos de acuerdo en que, a contar del primer trimestre de 1997, el beneficio no rija frente a ausencias injustificadas. Así por lo demás lo señala el artículo 66 del Estatuto Administrativo. Pero no puede negarse por el solo efecto de la calificación, como muy bien lo señaló el Honorable señor Ruiz-Esquide , pues, en tal caso, a lo mejor, ni siquiera sería necesaria la norma. Porque si una persona en forma injustificada no asiste al servicio, habría que aplicarle las normas del Estatuto Administrativo. Por lo tanto, seguramente, no sería calificada ni en lista uno, ni en lista dos.

Pero, a pesar de todo lo anterior, considero que la norma es positiva en cuanto a que premia la eficiencia y no a quien, en algún momento, en forma injustificada no concurra a su trabajo. Incluso, el Estatuto Administrativo establece que cuando una persona falta y no lo justifica en ese momento, puede hacerlo con posterioridad. Lo importante es que se justifique la inasistencia. Si hay inasistencia injustificada, habrá una sanción que redundará en la calificación del trabajador, quien quedará fuera de la lista uno o de la lista dos.

Por todas esas razones, en la Comisión de Hacienda aceptamos una modificación en tal sentido, aprobada en la Comisión de Salud.

Estimo que el proyecto ha sido mejorado, y espero que la Sala lo apruebe en los términos en que lo despachó la Comisión de Hacienda, con las enmiendas formuladas al informe de la Comisión de Salud.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Senador señor Errázuriz.

El señor ERRÁZURIZ.-

Señor Presidente,...

El señor RUIZ-ESQUIDE.-

¿Me concede una pequeña interrupción para sugerir un procedimiento, señor Senador, con la venia de la Mesa?

El señor ERRÁZURIZ.-

Con mucho gusto, señor Senador.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor RUIZ-ESQUIDE.-

Señor Presidente , no quiero ser majadero, aunque pareciera ser así. Pero deseo insistir a la Mesa que realice gestiones ante los Comités, a fin de que rectifiquen su acuerdo anterior y sea posible alargar la discusión en, a lo menos, 60 minutos, y, de ese modo, los señores Senadores puedan exponer con mayor tranquilidad sus puntos de vista.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Señor Senador , una vez terminado el tiempo fijado por los Comités --a las 18:30--, haré presente su solicitud a la Sala, y entonces se adoptarán las resoluciones correspondientes.

Continúa con el uso de la palabra el Honorable señor Errázuriz.

El señor ERRÁZURIZ .-

Señor Presidente , en primer lugar, cabe recordar que aquí un señor Senador ha señalado que existe una crisis en los sistemas de salud. Deseo expresar que estoy en desacuerdo con ese planteamiento, puesto que, en definitiva, Chile muestra los mejores índices en servicio y atención de salud de Latinoamérica.

La crisis de los sistemas de salud es diferente, y ella dice relación a problemas de administración.

La huelga de la salud, con todos sus efectos negativos --en opinión de este Senador--, ha significado sensibilizar al país y, en especial, al Gobierno, para atender el grave problema del sector, en donde ni los trabajadores, ni los usuarios de los sistemas de salud están conformes con su situación actual.

Los sueldos de los empleados de los servicios de salud, dada su delicada función y el sacrificado esfuerzo que significa atender a dolientes enfermos, no son los adecuados: son malos. Es necesario capacitar a los funcionarios, sobre todo si se están introduciendo fórmulas de productividad, de superación, de desempeño o de eficiencia.

Por otra parte, echo de menos, en el proyecto del Ejecutivo, una norma que entregue los recursos necesarios para capacitar a los trabajadores, pues, al no contar con éstos, la ley no es completa.

Pero, a pesar de ello, no puedo dejar de felicitar al Gobierno por el proyecto presentado, pues --como señala el mensaje-- se busca "mejorar la calidad, la atención y la eficiencia" en los servicios de salud. Por consiguiente, primera vez, se incluye un premio a la productividad con claro sentido de modernidad.

Este primer paso que da el Ejecutivo debe ser aplaudido y respaldado por todos, si bien, en mi opinión, no es suficiente. Los porcentajes de 3,25 por ciento para el mejor tercio de los funcionarios de los servicios de salud, es decir, los de lista uno de distinción; 2 por ciento para el segundo tercio de los "buenos" empleados, y 1,25 por ciento para los demás, podrían haber sido infinitamente mejores.

La variación de 0,25 por ciento para asignaciones, tanto de desempeño como de antigüedad, no es el punto de discusión relevante. Mucho más importante es el monto de 14 mil 227 millones de pesos por repartir, que el 0,25 ó 0,5 por ciento (más o menos) que ha estado en debate.

En mi concepto, resulta relevante crear sistemas transparentes de calificaciones, que todos los entiendan, en los cuales todos participen. Es decir, que los funcionarios y empleados de los servicios de salud los comprendan claramente, los hagan suyos y les permitan, realmente, lograr los objetivos que se proponen.

El premio a la antigüedad --deseo ser claro-- no es tal. Realmente, no se trata --como se ha dicho-- de un premio a la experiencia. Basta señalar que un funcionario nuevo, llegado de un servicio distinto al del Estado, aunque cuente con gran experiencia, recibirá cero por ciento de asignación por concepto de antigüedad. Ello no me parece adecuado, porque, de esa manera, no se premia la experiencia, sino sólo la antigüedad.

La iniciativa legal, en mi opinión, representa un aporte a los servicios de salud que --según establece-- será financiado por los mismos servicios. Y en lo que no sea financiado por ellos, lo será por el Tesoro Público. Es decir, los mismos servicios de salud y los trabajadores terminarán pagando el mayor aporte. En otros términos, el ahorro por la mayor productividad se lo ganará totalmente el Estado y no quienes hayan hecho posible ese mayor ahorro, beneficio o mejor productividad. Esto me parece injusto.

Por consiguiente, lamento que el proyecto no incluya en el total de recursos --poco más de 14 mil millones de pesos, que surgirán de la mayor productividad-- el ahorro producto de una reducción de personal, que resulte por cualquier razón. Es decir, el mayor esfuerzo, por ejemplo, permitirá a los servicios de salud, sin aumentar la dotación de personal, ni tener un mayor costo, entregar una mejor atención al público.

En otros términos, si en determinado servicio o si en los servicios de salud en general, el 5 por ciento de los funcionarios renuncia o, por cualquier razón, deja de trabajar, lo natural y lógico es que, si no se aumenta el personal, y el resto de los trabajadores obtiene una mayor productividad, ellos sean los dueños del ahorro que han creado. Sobre esa base se construyen los sistemas de productividad.

Se me ha informado que esto puede generar un incremento muy grande en las reparticiones públicas, y será un ejemplo que tratarán de imitar todos los demás servicios. Porque así ellos capturarán el ahorro que nazca de la mayor productividad, y no el Estado. Y me parece que esto es de toda justicia, porque de este modo operan las empresas del mundo moderno al crear sistemas de productividad.

A continuación, me referiré a otro tema: inasistencia injustificada.

Quiero señalar que el proyecto, en su texto permanente --para que no haya equívocos--, no permite premiar las ausencias injustificadas; es decir, las inasistencias que no cuentan con plena justificación en el Estatuto Administrativo. Un señor Senador propuso una indicación en tal sentido, la que fue aprobada por unanimidad.

Por lo tanto, que nadie se induzca a error, pues se aplicará el Estatuto Administrativo a tales personas.

Si bien es cierto que en el artículo transitorio se establece que la primera calificación no se aplicará por trimestre, sino por bimestre, dejando fuera el mes de diciembre, resulta --y quiero advertirlo-- que en 1996 se deberá aplicar el Estatuto Administrativo. Por lo tanto, quienes hayan participado en las huelgas no serán bien calificados.

Sin embargo, como la ley obligará a incluir a un tercio de los empleados en lista uno, de distinción, y a otro tercio en la lista dos, de buenos funcionarios, podrán figurar en ellas algunos funcionarios que hayan participado en la huelga y, en definitiva, sí recibirán ese beneficio especial.

Cabe hacer presente que, en mi opinión, así debe ser, pues no debe haber leyes con efecto retroactivo --menos aún si son punitivas-- que castiguen ciertas actuaciones que no han sido previamente consideradas en la misma legislación. Es decir, hoy nadie puede aplicar una ley con efecto retroactivo a quienes hayan actuado en determinada forma ayer, pero sí debe aplicarse el Estatuto Administrativo vigente. Y esta obligación es de quienes ejercen la administración de los servicios de salud.

Echo de menos que no se agregue al monto global --como he mencionado-- superior a 14 mil millones de pesos, los ahorros producto del esfuerzo de la mayor productividad.

El señor Ministro de Salud manifestó en la Comisión informal de Hacienda , hace dos días, que estima acertada la iniciativa que propuse. El señor Ministro Secretario General de la Presidencia me expresó hoy que también la comparte plenamente, y, a su juicio, debiera ser recogida por el Gobierno para hacerla extensiva en futuras leyes, no sólo a los trabajadores de la salud, sino a toda la Administración Pública. Además, me autorizó expresamente para dar a conocer, tanto esta información como sus dichos, manifestándome --también en forma expresa-- que comparte el criterio en que se fundamenta esta propuesta.

Por lo tanto, deseo señalar categóricamente que estimo acertado el que, por primera vez, se comiencen verdaderamente a introducir fórmulas que permitan premiar a los buenos trabajadores por sus méritos, y no sólo por su antigüedad. Creo, por ello, que todos debemos acoger el planteamiento del Ejecutivo. Y, personalmente, anuncio desde ya, con las aprensiones que he hecho presente, que votaré favorablemente.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Piñera.

El señor PIÑERA.-

Señor Presidente , en primer lugar, creo importante no perder de vista cuál es el objetivo del proyecto: mejorar la atención de la salud pública en lo que respecta, tanto a la calidad de los servicios prestados a los nueve millones de chilenos, cuanto a su oportunidad y eficiencia.

En segundo lugar, es necesario destacar que la idea matriz, la columna vertebral, el instrumento fundamental con que se pretende lograr esta mejoría en la calidad consiste en ligar las remuneraciones con elementos de productividad y calidad de los servicios, con indicadores de carácter individual y colectivo. Por lo demás, en el propio programa de la Concertación se decía textualmente que era indispensable vincular los sistemas de remuneraciones a los niveles de productividad y calidad de los servicios.

En los últimos seis años, con un esfuerzo muy grande de la sociedad entera --sin perjuicio de reconocer que el financiamiento era muy bajo en los años 90--, se ha duplicado el presupuesto de la salud. Además, en el último sexenio (el Honorable señor Zaldívar ponía cierta cuota de duda respecto de las afirmaciones que yo habría hecho), el gasto en personal de la salud se incrementó en 152 por ciento. Y, para ser exacto, estoy comparando la Ley de Presupuestos de 1996, que contempla un gasto total en personal de 262 mil millones de pesos, con la del año 1990, que consideraba una cifra de 104 mil millones. La diferencia entre una y otra es exactamente de 152 por ciento. Por lo demás, el mensaje reconoce este hecho al afirmar que la remuneración-promedio (es decir, desde el punto de vista del número de funcionarios) prácticamente se duplicó durante este período.

Por lo tanto, tales cifras son absolutamente indesmentibles, salvo que las leyes de presupuestos no digan la verdad o que el Jefe del Estado tampoco lo haga en sus mensajes. Ojalá hubiera estado presente el Honorable señor Zaldívar para que sus dudas se disiparan.

Por otra parte, también es cierto que votaremos favorablemente la iniciativa, porque estamos conscientes de que las remuneraciones de los trabajadores de la salud pública son muy bajas. Eso no está en discusión. Más aún: el monto total de recursos que se distribuirá a través de estos bonos, que alcanza a catorce mil doscientos y tantos millones de pesos, fue determinado por el Ejecutivo y es el que propone en su mensaje. Nosotros no podemos incrementarlo. Por tanto, los que reclaman que sería la Oposición la que se opondría al aumento del bono, no tienen cabal comprensión de cómo funciona el sistema legislativo chileno. Sólo el Ejecutivo podría aumentarlo. Lo que estamos discutiendo --y lo seguiremos haciendo-- es la forma cómo se distribuye este bono, este estímulo, este incentivo. Y frente a ello caben dos posibilidades, privilegiando los dos conceptos que han estado sobre la mesa. Por una parte, la antigüedad, porque, tal como decía un señor Senador que me antecedió, esto, más que medir experiencia, está midiendo antigüedad, ya que mide solamente la experiencia en los actuales servicios de salud pública o en sus antecesores; no la que podría provenir de otras actividades de salud, sin vinculación con la salud pública. Y por otra parte está el mérito, el trabajo bien hecho, el desempeño. En esa materia, el mensaje considera fundamental reforzar en el personal de salud, sin excepciones, el valor del trabajo bien hecho. En consecuencia, lo que está aquí en discusión no es cuántos recursos se van a entregar para aumentar las remuneraciones o las compensaciones de los trabajadores de la salud, que son fondos absolutamente merecidos, y no lo ponemos en duda. Nunca en los últimos seis años hemos negado nuestros votos favorables a proyectos de reajustes al sector de la salud pública, pero siempre hemos planteado que el mecanismo de distribución debe ser revisado. Y ello, por una razón muy simple. Porque, a pesar del notable incremento en el gasto público en salud, que fue más allá de duplicarse en los últimos seis años, nadie puede sostener seriamente que la calidad y cobertura de la salud pública han aumentado proporcionalmente con el aumento de los recursos.

Por tal razón, siempre hemos sostenido que, en muchos aspectos, la salud pública requiere cirugía mayor, tanto en lo concerniente a la descentralización y autonomía de los servicios de salud pública como en lo tocante a política de remuneraciones. Entre esos aspectos, cabe señalar el desempeño, que es una variable fundamental por privilegiar, y muchos otros, que no es del caso discutir hoy día, pero sobre los cuales nos hemos preocupado en múltiples ocasiones en esta Corporación.

Por eso, deseo plantear con suma claridad que, en mi opinión y en la de la mayoría de la Comisión de Salud --y, originalmente, en la de Gobierno--, entre esas dos variables: mérito, desempeño, trabajo bien hecho, por una parte, y antigüedad, que está ligada a la experiencia, aunque no se trata de sinónimos, por otra, nos parecía muy conveniente considerar ambas, pero privilegiar la primera.

Eso fue lo que propuso el Ejecutivo en su proyecto original, y es lo que respaldamos en la Comisión de Salud, por una razón muy sencilla. Es de suma importancia que un trabajador de la salud pública o de cualquier otra actividad estatal, y también del sector privado, comprenda con claridad que si se esfuerza más, si se desempeña mejor, si actúa con mayor perseverancia en su labor, eso debe ser reconocido y premiado. Y en los últimos seis años, ese 152 por ciento de incremento en las remuneraciones no estuvo asociado a desempeño ni a mérito. Prueba de ello es que este proyecto se presenta en calidad de pionero, como una iniciativa innovadora en la materia.

Por lo tanto, creemos conveniente privilegiar el desempeño. Aquí no está en juego el monto de los recursos que se otorgarán a los trabajadores de la salud pública, y sí lo está la forma en que se distribuirán. Y, a nuestro juicio, debe premiarse en un grado mayor que el propuesto en la iniciativa aprobada por la Cámara, a quienes se están desempeñando bien, con respecto a quienes no lo hacen tan bien. Y mientras más favorezcamos la antigüedad, menor será la ligazón entre remuneración y productividad, que, de acuerdo con el mensaje, es la variable fundamental para mejorar la calidad de la salud, junto a otras.

En cuanto al ausentismo injustificado, el proyecto original del Gobierno planteaba que él constituiría razón para no recibir el bono por un trimestre. No es una sanción "ad aeternum"; ni siquiera es una sanción. ¡Si éste es un proyecto de bonificaciones, de estímulos, de incentivos! Nadie percibirá un peso menos de lo que recibe hoy día. Todos percibirán el bono de la primera escala, salvo los que estén en lista 3 ó 4, pero esto último corresponde a situaciones excepcionales. Lo que estamos discutiendo es quiénes deben recibir este premio, este incentivo. ¡Y quién podría negar, frente a dos trabajadores en igualdad de condiciones, pero uno con ausentismos injustificados, y otro sin ellos, que, indudablemente, debiera premiarse en mayor forma a este último!

Los argumentos en el sentido de que aquí trabajaría un porcentaje muy alto de mujeres --esto es totalmente cierto: más de 70 por ciento lo son -- tienen relación con las ausencias justificadas, porque la maternidad, la responsabilidad de la mujer, están reconocidas en nuestra legislación. En consecuencia, existen las licencias, los permisos relacionados con este aspecto. Cuando hablamos de ausencias injustificadas no podemos basarnos en argumentos que estemos dispuestos a considerar como justificados, porque entonces habría que modificar las definiciones de ausencia justificada y de ausencia injustificada, cosa que el Gobierno no está haciendo en este proyecto.

Finalmente, me parece importante mencionar que en esta materia la unanimidad de la Comisión de Hacienda (sus cinco integrantes) estuvo de acuerdo en estimar el ausentismo como causal para no otorgar bonos por un trimestre, el que viene inmediatamente después de aquel en que se generó ese ausentismo injustificado. Lo que es efectivo es que el Gobierno planteó que, por esta vez --estamos haciendo clara alusión al paro de noviembre y diciembre--, no se consideraría el ausentismo injustificado. Es muy distinto, porque la Comisión de Hacienda está aceptando unánimemente que la regla general es la de considerarlo. La discusión transitoria sobre si, por esta vez, se lo considera o no, es de menor importancia que la decisión de fondo de sí establecer que el ausentismo injustificado será considerado al momento de otorgar un bono para premiar el mérito y el desempeño, porque de lo contrario aquél no estaría premiando tales factores.

Creemos relevante dar una señal muy clara en esta materia: los ausentismos injustificados, que muchas veces pueden encontrarse asociados a paros ilegales, no constituyen un elemento que simplemente deba ignorarse o no considerarse al momento de otorgar incentivos al buen desempeño. Y esto debemos decirlo con mucha claridad. Porque nuestro compromiso no es sólo con los 50 mil trabajadores de la salud pública. También tenemos un compromiso con los 8 millones o 9 millones de chilenos que, a pesar del enorme esfuerzo hecho por la sociedad para aumentar los recursos de ese sector, siguen recibiendo una salud pública que, obviamente, no se halla dentro de los niveles aceptables, ni de acuerdo con las evaluaciones de la propia autoridad (como claramente se estableció en el informe de Caldera), ni con las apreciaciones de los gremios de la salud (que son los que conocen mejor las deficiencias de la salud pública chilena y los que más comparten la necesidad de introducirle un cambio estructural), ni mucho menos con las expectativas de los usuarios, quienes, en muchas encuestas de opinión, manifiestan con meridiana claridad su gran insatisfacción por la calidad de la salud que reciben.

Y éste es un desafío nacional, donde nadie elude el diagnóstico. Podemos, sí, tener distintos caminos de solución.

Por eso, señor Presidente , deseo mencionar algo que me parece contradictorio.

En los servicios de salud, donde más puede medirse el desempeño de cada unidad, no se va a un indicador de desempeño institucional, que sí existe en el Ministerio. Al menos hay indicadores que intentan medir el nivel de actividad por servicio de salud; y reflejan grandes variedades a lo largo de cada uno y evoluciones muy diferentes en el tiempo. En cambio, en los servicios de carácter más centralizado, donde es más difícil medir el desempeño institucional, ahí sí se establece.

Decía al señor Ministro de Salud que al comienzo me pareció más bien un lapsus línguae, un error de tipeo. Pero en esta materia, sin duda, hay una contradicción.

Por otra parte --y creo que el señor Ministro de Salud debiera entenderlo muy bien--, para que el sistema funcione bien, debe tener legitimidad. Y para tener legitimidad, debe ser considerado como un sistema equitativo, transparente, objetivo, que no permita discrecionalidades ni arbitrariedades en las calificaciones.

Leí en la prensa que dirigentes de la salud sostenían que los únicos que iban a tener buenas calificaciones eran los funcionarios de más alto rango, y en consecuencia, que el desempeño constituía un elemento que al final privilegiaría sólo a los de arriba.

Esa apreciación no puede seguir en el aire. Porque, si fuera cierta, no tendríamos dentro de los servicios de salud pública un mecanismo basado en el desempeño, sino una especie de aristocracia.

De ahí, señor Presidente , que el compromiso que adquirió el señor Ministro de Salud de revisar a fondo, con participación de los trabajadores, los mecanismos de evaluación, a fin de que sean objetivos, transparentes, legítimos y aceptados por todos, constituye un elemento fundamental para que el sistema que hoy analizamos se consolide en el tiempo.

Por otro lado, el mecanismo de financiamiento, tal como se halla concebido, no me parece apropiado. Aquí se sostiene que el proyecto será financiado con recursos de los propios servicios de salud pública y que, en la medida en que haya deficiencias o en que éstos no logren generar los ahorros suficientes para financiar el reajuste, se recurrirá al Tesoro Público.

Con ese mecanismo, señor Presidente , no sabemos cuál es la carga concreta que se impone al Tesoro Público. Y la Constitución Política obliga a la Comisión de Hacienda a garantizar el total financiamiento de los proyectos.

Por lo demás, en esta materia contamos con el respaldo del Presidente de la Comisión de Salud , quien señaló que no votaba en contra porque esperaba que en la Comisión de Hacienda se resolviera el problema. Lamentablemente, esta última no lo solucionó. De manera que, a mi juicio, tenemos ahí una deficiencia que sí hay que corregir.

Señor Presidente , la experiencia de los últimos años en materia de salud pública no es la más alentadora. Ha habido más de 21 paros ilegales en este sector. Y eso significa que algo está muy mal. No es normal que en un servicio tan vital como el de la salud se produzcan 21 paros en un período de seis años. No es normal que, habiéndose realizado un esfuerzo tan grande para aumentar los recursos, exista tal grado de insatisfacción en los trabajadores de la salud pública y en los usuarios del sistema. No hay nadie contento con lo que está ocurriendo en este sector. Y, sin embargo, la sociedad entera ha hecho un esfuerzo gigantesco, que no será capaz de duplicar. No podemos duplicar el presupuesto de la salud pública cada cinco años.

Por lo tanto, es bueno pensar muy a fondo que se requieren cambios en esta materia.

En la actualidad, ciento por ciento de las remuneraciones del sector se basa en la antigüedad. Todos sabemos que los ascensos dentro de la Administración Pública se determinan más por antigüedad que por mérito. Por consiguiente, cuando hablamos de un bono especial por encima de los reajustes parejos que ha habido en los últimos seis años, privilegiar el desempeño me parece obvio.

Y quiero repetir las palabras del Ministro señor Figueroa --aquí tengo su declaración--, quien, refiriéndose a los trabajadores de la salud pública, dijo que "ellos quieren sueldos por años de servicio y no por trabajar mejor".

Creo que detrás de esto hay un justo equilibrio entre el desempeño y la antigüedad y experiencia, que nadie desconoce. Pero creemos que la propuesta original del Ejecutivo constituía un mejor equilibrio que lo aprobado por la Cámara de Diputados.

Señor Presidente --y con esto termino--, estamos a favor de aumentar las remuneraciones a los trabajadores de la salud pública. Vamos a apoyar el proyecto. Sin embargo, pensamos que privilegiar el desempeño es la mejor forma de compatibilizar los legítimos intereses de esos trabajadores con los igualmente legítimos intereses de los 9 millones de chilenos que se atienden en el sector; que considerar el ausentismo injustificado como una causal para no otorgar la bonificación por desempeño es una sana política, y que lo contrario significa sentar un precedente nefasto para las futuras negociaciones y los mecanismos de incentivos que puedan aplicarse al resto de la Administración Pública.

He dicho.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

A continuación está inscrito el Honorable señor Ominami.

Tiene la palabra Su Señoría.

El señor OMINAMI.-

Señor Presidente , quiero plantear una cuestión previa.

Son las 18:26. De manera que quiero saber las condiciones en que realizaré mi intervención.

El señor ERRÁZURIZ.-

Su Señoría dispone de cuatro minutos por ahora.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Señores Senadores, hay un acuerdo de Comités para cerrar el debate a las 18:30, y no puede dejarse sin efecto. Al mismo tiempo, la Mesa considera razonable el planteamiento de Sus Señorías en el sentido de disponer de más tiempo para intervenir en la discusión de esta materia.

Por lo tanto, me permito sugerir a la Sala, primero, cumplir con el acuerdo adoptado por los Comités de cerrar el debate a la hora indicada; y segundo, proceder a la votación, otorgando hasta diez minutos a los señores Senadores que requieran más de los cinco establecidos por el Reglamento para fundar el voto. Así podremos despachar el proyecto en un plazo razonable.

Si le parece a la Sala, procederemos de la manera señalada.

Acordado.

Cerrado el debate.

En consecuencia, corresponde votar.

Han sido presentadas dos indicaciones, aparte las proposiciones de la Comisión de Hacienda. Desgraciadamente, debo declararlas inadmisibles, porque una significa aumento de remuneraciones, y la otra, incluir establecimientos hospitalarios no contemplados en el proyecto del Ejecutivo.

La señora FELIÚ.-

¿Me permite, señor Presidente?

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Tiene la palabra Su Señoría.

La señora FELIÚ.-

¿Sobre cuál proyecto deberían presentarse las indicaciones?

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Señora Senadora , de acuerdo con el Reglamento, las indicaciones deben hacerse al proyecto informado por la Comisión de Salud. En consecuencia, como sólo existen las proposiciones de la Comisión de Hacienda, se votarán éstas. Si son rechazadas, se pondrá en votación el artículo correspondiente del informe de la Comisión de Salud.

En votación.

Sugiero al Senado que vote en primer lugar el Honorable señor Ominami, a quien correspondía la palabra por orden de inscripción.

Si le parece a la Sala, así se acordará.

Acordado.

--(Durante la votación).

El señor OMINAMI.-

Señor Presidente , más allá de las insuficiencias del contenido del proyecto que nos ocupa y de las limitaciones propias de este debate, considero importante valorar el hecho de que efectivamente nos encontremos discutiendo acerca del otorgamiento de nuevos beneficios a los trabajadores de la salud. Ése es el centro del debate.

Antes de referirme a la materia específica, deseo plantear una cuestión previa.

Aquí se ha repetido el argumento de que se han aumentado de manera muy significativa los recursos para el sector salud sin que se haya producido un mejoramiento equivalente en su funcionamiento.

Quiero reiterar lo ya dicho aquí en el sentido de que eso no es efectivo. Durante los últimos seis años se han introducido profundos cambios y se han hecho significativas inversiones que, a mi juicio, permitieron a dicho sector salir de la situación francamente vergonzosa en que se encontraba a finales de los 80.

Considero relevante que tengamos a la vista la circunstancia de que, afortunadamente, ya no se ven en los hospitales de nuestro país mujeres embarazadas compartiendo camas, dependencias sin calefacción, ni médicos pidiendo a los pacientes llevar sábanas y vendas por no estar disponibles estos elementos tan importantes.

Ésta no es una cuestión puramente subjetiva, señor Presidente . El Senador señor Andrés Zaldívar entregó antecedentes relevantes respecto de la disminución de la mortalidad infantil durante los últimos años. Ese resultado no es gratuito: tiene que ver con las inversiones, con el esfuerzo de los propios trabajadores de la salud. Y deseo agregar dos indicadores más.

En primer término, la esperanza de vida en el quinquenio 1985-1990 se situaba en torno de 72,6 años. Para el quinquenio 1995-2000 se anticipa un aumento de casi tres años: de 72,6 a 75,2. Tal resultado es muy trascendente; constituye un resumen del mejoramiento de la situación sanitaria del país. Y ello no ha caído del cielo, sino que dice relación a las inversiones realizadas.

En seguida, hay otros indicadores, referentes al mejoramiento de la capacidad de gestión de los hospitales, que también merecen ser destacados.

Desde ese punto de vista, me parece extremadamente injusta la afirmación de que, en la práctica, el sector público de salud sería una especie de saco roto al cual se agregan y agregan recursos y en él nada pasa. ¡Eso no es efectivo!

¿Significa aquello que dicho sector no tiene problemas y que en él todo funciona de manera conveniente? Tampoco es cierto. A mi juicio, el sistema público de salud chileno adolece de serias dificultades. Y, utilizando una expresión del Senador señor Piñera , creo que el sector requiere cirugía mayor, pero probablemente una muy distinta de aquella en la que piensa Su Señoría.

Estimo que los problemas básicos de la salud en Chile tienen que ver con el hecho de que se ha producido una especie de "apartheid" sanitario: hay un sistema para los sectores de mayores recursos y otro para los de menores ingresos. Ésa es la razón principal del problema aquí planteado; ésa es la razón del desfinanciamiento crónico de la salud pública.

A ese respecto --creo--, se equivoca rotundamente el Senador señor Cantuarias al decir que ello no hace a la discusión planteada en torno del proyecto. Por cierto que hace: estamos discutiendo de financiamiento, y particularmente, de los graves problemas que ha acarreado el desfinanciamiento del sector público de salud. Y tal desfinanciamiento tiene que ver con algo muy sencillo: los estratos de mayores ingresos profitan del sistema público de salud, pero no cotizan en él.

Ése es el punto básico. Y espero, señor Presidente , que en algún momento podamos analizar en el Senado este tema, que es el fundamental. El sistema vigente es inequitativo. Además, funciona sobre la base de un muy extraño principio: en él hay solidaridad, pero al revés, pues son los sectores medios y pobres los que financian a los ricos; son los cotizantes del FONASA quienes deben sostener subsidios por alrededor de 20 mil millones de pesos anuales que van al sistema privado; son los estratos medios y pobres los que tienen que hacerse cargo, también, de los indigentes, quienes finalmente deben ser atendidos en el sistema público de salud.

Ése es el tema de fondo. Y quisiera, señor Presidente , que en algún momento pudiéramos discutirlo en serio.

Vamos ahora a la materia específica.

En primer término, valoro el hecho de que se haya corregido un dato que se entregó profusamente en el debate público sobre el particular.

Se decía con insistencia que las remuneraciones de los trabajadores de la salud habían aumentado en 150 por ciento y que, no obstante ello, nada pasaba en el sector.

¡Eso no es cierto! Lo expresado hoy por el Honorable señor Piñera , con razón, es diferente: que el gasto en personal de la salud ha crecido en 150 por ciento, lo cual es muy distinto de sostener que las remuneraciones de los trabajadores del sector se incrementaron en dicho porcentaje.

La verdad de las cosas es que el 150 por ciento de aumento en el gasto en personal tiene dos componentes: uno, el incremento de la dotación de los servicios de salud, la cual, de acuerdo con la información disponible, ha crecido 10 por ciento, pasando, de 61 mil trabajadores en 1991, a 67 mil en 1996; y otro, el aumento remuneracional, que, en promedio, es de 66,8 por ciento.

Pienso que es muy importante dejar perfectamente consignada esta aclaración: no estamos hablando de 150 por ciento de incremento en los sueldos, sino de un porcentaje sustancialmente inferior. Y este mejoramiento remuneracional, en mi concepto, tiene que ver también con los logros alcanzados.

¿Se trata de un aumento exorbitante, de que los trabajadores de la salud están en condiciones boyantes, de aristocracia o de privilegio? No. Me parece que no es así.

Al respecto --y con esto termino--, soy partidario de que lo esencial de las remuneraciones en el sector público pueda fijarse de acuerdo con el desempeño. Pero me parece que este factor sólo puede intervenir si se cumple una condición básica: que los trabajadores tengan sueldos dignos. De concurrir ese requisito, yo estaría por que ciento por ciento de los aumentos o parte muy significativa de ellos se estableciera a partir del desempeño. Pero no es éste el caso.

No creo que pueda considerarse digna, por ejemplo, la remuneración que en promedio percibe una auxiliar del sector salud: 188 mil pesos, en cifras de 1996. Esa trabajadora no está recibiendo un sueldo mínimo digno. Hay numerosos empleados mucho menos calificados que se desempeñan en otros ámbitos y ganan bastante más.

En términos de remuneraciones mínimas, ¿se puede afirmar que es digno un sueldo de 110 mil pesos --dato correspondiente a 1996-- para una auxiliar de salud? Me parece que no lo es.

Por lo dicho, considero importante que el Senado apoye lo propuesto por la Comisión de Hacienda en el sentido de asignar una mayor ponderación a las asignaciones que se van a pagar a todo evento, porque estamos arrancando de un piso muy bajo, a partir del cual el criterio de una asignación por desempeño, a mi entender, sólo se puede practicar de manera muy selectiva al no estar garantizado un mínimo que permita la subsistencia de los trabajadores.

Por tales razones, voto a favor del proyecto planteado por la Comisión de Hacienda.

El señor PIÑERA.-

¿Qué estamos votando, señor Presidente?

El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-

No comencé a presidir desde el momento de iniciarse la votación. Pero se me informa que el señor Presidente del Senado dispuso votar en general el texto sugerido por la Comisión de Salud, y con posterioridad, las proposiciones de la de Hacienda.

¿Así lo entienden Sus Señorías?

El señor HAMILTON .-

¿Me permite, señor Presidente ? Tal vez podríamos obviar la votación general, porque ningún señor Senador se ha pronunciado en contra de la iniciativa. Y lo único que cabe discutir son las indicaciones.

El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-

Señor Senador, estamos votando la normativa propuesta por la Comisión de Salud.

El señor ERRÁZURIZ .-

Versus la recomendada por la Comisión de Hacienda.

El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-

Cuando le conceda la palabra, tal vez me interese por lo que dice, señor Senador.

El señor ERRÁZURIZ.-

Pido la palabra, señor Presidente.

El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-

No se la daré, señor Senador, hasta que yo no termine lo que estoy manifestando.

El señor ERRÁZURIZ .-

Muchas gracias, señor Presidente .

El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-

No tiene nada que agradecer, señor Senador.

Se fundamentará el voto según el orden de inscripción, que es el siguiente: Honorables señores Díaz ; Otero , Ruiz-Esquide , Calderón , Feliú , Larre , Lagos, Larraín , Muñoz Barra y Bitar . Y luego se continuará votando en la forma acostumbrada.

Tiene la palabra al Honorable señor Errázuriz.

El señor ERRÁZURIZ .-

Muchas gracias, señor Vicepresidente , que actúa como Presidente en ejercicio.

Lo manifestado por la Mesa fue que se votaría el informe de la Comisión de Salud versus el de la Comisión de Hacienda, porque éste es modificatorio de aquél. Y no sería muy inteligente pronunciarse dos veces. Basta sujetarse a lo señalado por el Honorable señor Ominami --que recoge la sugerencia del Senador señor Hamilton -- que consiste en aprobar uno u otro informe. O sea, con una sola votación se logra el mismo propósito. Además, no resulta conveniente efectuarla dos veces, porque ello constituye un trámite burocrático innecesario, que el señor Presidente debería ser el primero en evitar.

El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-

Señor Senador, comprendo su argumentación. Pero, desgraciadamente, el Reglamento impide votar un informe versus otro, porque lo que corresponde es pronunciarse sobre la idea de legislar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-

Así es, señor Presidente .

El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-

Desde ese punto de vista, lo que se encuentra en votación es el texto sugerido por la Comisión de Salud. Y, si se aprueba, no hay otro pronunciamiento.

El señor SULE .-

¿Me permite, señor Presidente?

Deseo proponer lo siguiente, para ordenar y facilitar la votación: como nadie está en contra del proyecto, aprobémoslo en general y después discutimos y votamos las indicaciones.

El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-

Para eso la Mesa debe recabar la opinión de los señores Senadores que están inscritos.

El señor ERRÁZURIZ.-

Eso es lo que estamos pidiendo, señor Presidente.

El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-

Es necesario recabar el consentimiento de los Senadores inscritos, porque ciertamente ellos ya tienen un derecho.

El señor SULE .-

Señor Presidente , la inscripción es exclusivamente un sistema que otorga preferencia para intervenir en la discusión.

El señor ERRÁZURIZ .-

Así es.

El señor SULE.- Es una manera de organizar el debate, y no guarda relación con el fondo de la materia.

El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-

¿Están dispuestos a renunciar a su derecho los Senadores inscritos?

El señor DÍAZ .-

¡Por ningún motivo!

El señor ERRÁZURIZ .-

Nadie está planteando eso.

El señor SULE .-

¿Me permite, señor Presidente ? Deseo aclarar mi proposición.

El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-

Puede hacer uso de la palabra, Su Señoría.

El señor SULE.-

No estamos solicitando que los inscritos renuncien al derecho a intervenir con preferencia. Mi sugerencia es que, como se presentaron indicaciones, se apruebe en general el proyecto y posteriormente, en el orden indicado, los Senadores intervengan y se pronuncien respecto de ellas.

El señor ERRÁZURIZ.-

Eso es, precisamente, lo que estoy pidiendo a la Mesa: que recabe el asentimiento de la Sala en ese sentido, porque nadie se ha manifestado en contra de la iniciativa.

El señor SULE.-

Efectivamente, señor Presidente, todos estamos de acuerdo en acogerla.

El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-

Sobre esa base formulé la pregunta. Al parecer, no hay consenso.

El señor SULE .-

¡Pero hay acuerdo, señor Presidente ! ¿Quién está en contra? Ruego a la Mesa recabar el asentimiento de la Sala para ese efecto.

El señor HAMILTON .-

Señor Presidente , hay unanimidad para aprobar en general el proyecto y sólo se han manifestado discrepancias acerca de las modificaciones que se pretenden introducir.

El señor ERRÁZURIZ .-

Efectivamente, no hay oposición para acoger la idea de legislar.

El señor LARRAÍN .-

¿Por qué no seguimos votando, señor Presidente?

El señor ERRÁZURIZ .-

Procedamos como se ha sugerido. Se ha hecho presente una petición concreta.

El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-

El debate lo estoy conduciendo yo, señor Senador , y concederé la palabra al Honorable señor Díaz para que fundamente su posición. Las demás proposiciones...

El señor SULE.-

¡Muchas gracias, señor Presidente!

El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-

...aunque son muy interesantes, no corresponden reglamentariamente, porque estamos en votación. Me habría gustado que se hubiesen manifestado con anterioridad a la votación.

El señor SULE .-

¡Perdón, señor Presidente ! ¿Estamos en votación general?

El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-

Sí.

El señor SULE .- Entonces, como alguien dijo, ¿para qué votaremos dos veces lo mismo?

El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Díaz.

El señor DÍAZ .-

Señor Presidente , como decía, heredamos algunas cosas que todavía nos pesan: las ISAPRES, la atención primaria de la salud municipalizada...

El señor MUÑOZ BARRA .-

Las AFP.

El señor DÍAZ .-

...--me estoy refiriendo solamente a la salud, señor Senador -- y un déficit de 12 mil funcionarios en los servicios de salud. Y pese a toda esa herencia, asumimos la responsabilidad. Durante los Gobiernos democráticos se han promulgado 23 leyes relacionadas con el tema de la salud, de las cuales 12 se refieren a mejoramientos económicos para los funcionarios del sector. Con razón, se dice que desde 1990 a 1996 se ha más que duplicado el presupuesto en salud: de 360 mil millones de pesos aumentó a cerca de 800 mil millones de pesos, y para el próximo año se incrementará en más de 10,1 por ciento.

El Ministerio de Salud, tan vapuleado, ha logrado --por supuesto, con el concurso de sus funcionarios-- índicadores biomédicos comparables con los de los países más desarrollados. Y eso es un logro. No se pueden analizar los servicios de salud solamente por el caso de la persona que fue a consultar y no obtuvo hora, o por la que deseaba operarse y, desgraciadamente, no recibió atención de inmediato, sino que también deben ponderarse los índicadores biomédicos, el promedio de vida, la desnutrición infantil, que ha sido superada en gran parte. En todas las capitales de provincias había centros para la desnutrición y hoy ya no existen en muchos lugares, sencillamente porque se ha superado ese tremendo mal. ¿Qué fue del sarampión, de la coqueluche, del cólera? Obviamente, se desarrollaron acciones de salud pertinentes a través del Ministerio del ramo. Sin embargo, la situación se mide nada más que con parámetros negativos y casi nunca se toman en cuenta los positivos.

Hay una gran campaña --no se de quién-- para desacreditar profundamente el sistema público de salud y en la cual participa mucha gente. ¿Para qué? Para que en un momento dado se diga: "Los servicios públicos de salud no sirven; por lo tanto, privaticémoslos ". Sin duda, se corre ese riesgo cuando personas de distintos sectores y con diferentes objetivos se suman a la tarea común de desprestigiarlos, no obstante haber sido ejemplos en América y, muchas veces, en el mundo.

Es efectivo que las remuneraciones de los trabajadores del sector se duplicaron entre 1990 y 1996. Es posible que todavía sean insuficientes. De acuerdo, pero se han duplicado. Y en 1997 el sector no sólo recibirá un mejoramiento que supera el índice del costo de la vida proyectado de 5,5 por ciento, sino que, además, el reajuste de 9,9 por ciento para todos los empleados públicos, a lo cual deben sumarse estas asignaciones y bonificaciones cuyos montos son importantes.

No puedo dejar sin contestar una sugerencia formulada aquí y también en los diarios en el sentido de que, para mejorar la productividad, debe reducirse el número de funcionarios, o que, habiendo disminuido su dotación, no se reemplacen por otros. Pero no estamos hablando de productos materiales ni agrícolas, sino de vidas humanas y de la salud de seres humanos. Y con mucha liviandad se habla de productividad en el sector salud. Muchas veces he citado el ejemplo del muchacho que ingresa intoxicado, con órganos fosforados, a un servicio de salud, que permanece veinte días en la UCI con un gasto de 15 ó 20 millones de pesos y que, pese al esfuerzo de los trabajadores y médicos, muere. ¿Qué productividad es ésa? Por supuesto, cero. Por lo tanto, no es posible medir la labor del sector salud con los mismos parámetros con que se ponderan otras actividades. ¿Por qué no aplicar a los choferes de la locomoción colectiva el criterio de que no cabe reemplazo cuando, por ejemplo, se van dos de cuatro? Si cada conductor trabaja cinco horas y se elimina, sin reemplazo, uno de dos, entonces se aumentará la productividad; pero, claro, para este trabajador la jornada se duplicará a diez horas, con el consiguiente incremento de los accidentes de tránsito y, lo que es más trágico, el número de muertes. Debemos tener en cuenta que durante el presente año ya se contabilizan 1.800 accidentes con resultados fatales.

Obviamente, el criterio de la productividad, del rendimiento, de repartir entre quienes se quedan los recursos correspondientes a los que se van, en medicina no sirve.

¿Qué se puede decir en el caso de una enfermera que, en vez de ocuparse en diez enfermos, tiene que atender a treinta? ¿Lo hará bien? Indiscutiblemente que no. Porque existe algo que se llama "cansancio". Y eso se parece mucho a una palabra muy fea, señor Presidente : "explotación".

Con relación a la propuesta del Ejecutivo , no se ha tomado en cuenta un elemento que de alguna manera indica, de parte de la gente del Ministerio de Salud, una sensibilidad muy especial por los trabajadores. En efecto, las remuneraciones de que se trata serán entregadas --y nada se ha dicho sobre el particular-- en marzo, junio, septiembre y diciembre, épocas elegidas con delicadeza. Porque todos sabemos lo que pasa en marzo, con la entrada a la escuela, con las mayores necesidades que es preciso satisfacer. Y todos sabemos que en pleno junio, al comenzar el invierno, se incurre en mayores gastos. Y para qué decir en septiembre, con motivo de las Fiestas Patrias, y, posteriormente, al llegar la Pascua y el Año Nuevo. Reitero que hasta en esos aspectos --y lo destaco claramente-- el Gobierno y el Ministerio de Salud han demostrado delicadeza. Podrían haber sido determinados cualesquiera otros meses, pero se escogieron los aludidos. Ello envuelve un profundo significado, por lo menos para el Senador que habla.

Soy partidario, también, de apoyar el criterio de la Cámara de Diputados y de la Comisión de Hacienda. Trabajé 30 años en Rancagua, en el Hospital Regional, y estimo que la antigüedad va creando mérito. ¿Por qué ello va a tener lugar exclusivamente entre los militares? ¿Por qué no puede extenderse al personal de salud? ¿Por qué no puede regir para otros funcionarios? Porque, hasta donde sé, la primera antigüedad en las Fuerzas Armadas es quien registra más años en una Institución. ¿O no es así? Si estoy equivocado, Sus Señorías pueden corregirme. Pero entiendo --repito--...

El señor ERRÁZURIZ .-

¿Me permite una interrupción, Honorable colega? No es así.

El señor DÍAZ .- ...

que la antigüedad crea mérito. Y algunos ya muy antiguos parecen exhibir muchos méritos. No sé si en esa situación existe correspondencia entre uno y otro factor. Abrigo dudas al respecto.

El señor ERRÁZURIZ .-

El señor Senador se equivoca.

El señor DÍAZ .-

Puede que sí. Lo que he expresado obedece a lo que supongo. Y lo que señalo es que la antigüedad confiere grado y ciertos títulos.

Pienso, señor Presidente , que la posición de los trabajadores es absolutamente legítima, pero que no fue apropiada la fórmula de ir a un paro. Y lo sostengo claramente, a pesar de la posibilidad de recibir algunas réplicas desde las tribunas. A mi juicio, no es bueno que gente absolutamente inocente pague las consecuencias de una situación de conflicto entre Gobierno y funcionarios.

Durante 30 años, como dije, fui médico en el Hospital de Rancagua. Y claro que se hicieron huelgas. Pero jamás se dejó abandonado a ningún enfermo. Lo sostengo categóricamente. Y, por considerarlo muy relevante, repito lo aseverado por el doctor Alejandro Goic , compañero de curso de los Honorables señora Carrera y señor Ruiz-Esquide , así como del Senador que habla: existe un valor muy importante, que es la solidaridad, pero también uno que lo es más, como el de atender a los enfermos y a los pobres.

Coincido con esa posición. Estimo justas las peticiones formuladas, pero no que el procedimiento haya sido el más adecuado. El fin no justifica los medios, y, en el presente caso, estos últimos no han sido los más convenientes. Y lo expongo en forma clara, sin ningún temor. Apoyaré a los trabajadores, porque creo justo lo que piden, pero el procedimiento empleado no fue el más propio.

Como quien dirige la sesión en calidad de Presidente en ejercicio hizo un recuerdo de su relación con el servicio, he querido proceder a otro tanto. Por haber laborado 30 años en el servicio de salud, sé del esfuerzo, del trabajo, de la abnegación que ello demanda y que la gente que se desempeña en ese ámbito se siente incorporada a los hospitales. ¡Si esas personas quieren al establecimiento en que realizan su actividad y quieren a su trabajo! ¡Se desempeñan con agrado!

Y me parece casi imposible lo expresado por el Senador señor Piñera : que, de repente, una persona llega, sin saber nada, desde lo privado a lo público. Sobre la base de las mismas remuneraciones de que se trata, bastante más deterioradas en ese último sector, me gustaría que Su Señoría diera un solo ejemplo de alguien que se haya ido, para citar un caso, de la Clínica Las Condes o de ISAMÉDICA, de tal o cual parte, a trabajar en un servicio público. Eso no lo he visto.

Ojalá fuera como se dice. Porque significaría que la gente se está motivando no sólo por el aspecto económico, sino también por un espíritu de servicio público, que en algunas personas ha sido notable. Y lo digo en relación con profesionales que pertenecieron a otros sectores de la política y la economía: un doctor Alessandri , un doctor De Amesti, cuyo pensamiento político todos conocemos. Pero ellos colocaban por sobre la cuestión económica, que es fundamental, una capacidad de servicio y entrega pública admirables.

Por supuesto, voto a favor del proyecto, señor Presidente . Felicito al Gobierno y al Ministerio por la iniciativa en debate, pues considero que han demostrado una paciencia increíble...

--(Manifestaciones en tribunas).

El señor DÍAZ .- ...

para llevarla adelante y proporcionar un beneficio económico a 54 mil trabajadores. Y eso nadie puede discutirlo: ni los que protestan en este momento, ni el resto de los que se desempeñan en el sector. El que lograrán una remuneración más conveniente y mejorarán su condición económica es innegable.

He dicho.

El señor CANTUARIAS ( Vicepresidente ).-

Advierto al público asistente que el Reglamento obliga a la Mesa a disponer el desalojo de las tribunas si se realizan manifestaciones, de manera que ruego escuchar en silencio la votación de los señores Senadores, para no tener que tomar esa medida extrema.

Se halla inscrito a continuación el Senador señor Otero.

Tiene la palabra, Su Señoría.

El señor OTERO .-

Señor Presidente , me alegro del debate que se lleva a cabo. Los Honorables colegas son testigos de que en innumerables ocasiones he pedido que se celebre una sesión especial, con asistencia del señor Ministro , para tratar el tema de la salud, no en relación con un problema político contingente, sino como un problema grave de Estado.

Cuando se va a las poblaciones y se pregunta si ha mejorado o no la situación de las prestaciones de salud --y a ello se refieren el sistema de atención, la oportunidad, la rapidez, etcétera--, la respuesta es negativa. Se ha invertido mucho y, desgraciadamente, no se ha resuelto esa cuestión.

Porque, ¿qué debemos decir muy claramente? Que este proyecto de ley constituye una medida de parche; que no soluciona el problema de la salud; que dará lugar a lo mismo que expusimos hace muchos años en esta misma con motivo del Estatuto Docente, el cual ha debido ser revisado "ene" veces, siempre con huelgas de por medio, por no haber sido superado, realmente, el problema de la educación.

¿Cuál es el problema de la salud? Éste radica, fundamentalmente, en que debemos entender que en esa área se presentan realidades distintas, que no todos los lugares del país exhiben las mismas condiciones socioeconómicas y las mismas posibilidades.

Y es urgente descentralizar y desconcentrar los servicios del sector. No puede ser posible que a una hora de Santiago exista un hospital con quirófanos e incluso material quirúrgico sin uso y que en establecimientos de la Capital se registren esperas de 180 días y más para las operaciones. No puede ser posible que en un hospital en la Región Metropolitana se encuentren parados los equipos de rayos por la burocracia interna, ya que para poder efectuar una modificación se requiere solicitar recursos al Ministerio y una serie de papeleos. Allí hay profesionales que están perdiendo el tiempo, porque no pueden ocupar los equipos, en circunstancias de que algunos hospitales disponen de equipos y no de profesionales.

Además, señor Presidente , cabe considerar que un hospital es, en realidad, un lugar donde se da atención terciaria. Muchos de los señores Parlamentarios pueden comprobar que en las Regiones que representan existen muy pocos establecimientos de esa naturaleza, realmente: hay edificios destinados a hospitales, pero no se proporcionan todas las atenciones que corresponden, porque no se cuenta con los especialistas ni con los medios necesarios para ello.

Asimismo, ciertas enfermedades no pueden ser tratadas en Regiones y los pacientes tienen que viajar a Santiago. ¿Por qué? Porque no se dispone de especialistas, precisamente.

Y, entonces, ¿qué ocurre? Ocurre que la salud está para servir al país. La salud no sólo es una fuente de trabajo, sino que constituye un servicio fundamental para la población. Y no nos hemos preocupado, con la profundidad y seriedad necesarias, de analizarla como se merece.

Obviamente, si se quiere descentralizar y desconcentrar, deben existir distintos sistemas de remuneraciones según las regiones, comunas y establecimientos hospitalarios de que se trate. Tenemos que entender que las asignaciones del Estado para las comunas más pobres deben ser diferentes de las destinadas a las de mayores recursos. Pero todo ello hay que analizarlo. No es posible referirse en la Sala, en diez minutos, al problema de la salud, que se arrastra desde hace muchos años.

Un señor Senador argumentó que ahora hay gasas en los hospitales. Efectivamente, la prensa de comienzos de 1973 señalaba en grandes titulares que no existía algodón, gasas, alcohol, ni elemento alguno en los hospitales. Ello demuestra que hoy día el país ha mejorado en ciertos aspectos; pero que a través de los años --como he mencionado-- no ha podido dar una solución global al problema de la salud con la seriedad y la profundidad que el caso reclama.

Señor Presidente , deseo pedir que el Senado celebre sesiones especiales, con asistencia del señor Ministro de Salud , para abocarnos al problema de fondo, porque ahora se está analizando solamente un problema de remuneraciones. En esta materia, respaldo las declaraciones del Honorable señor Piñera , las que representan el sentir de los Senadores de Renovación Nacional. Nosotros siempre privilegiaremos la eficiencia. Y estimamos que la permanencia y la eficiencia en conjunto --no por separado-- permitirán avanzar en el camino del mejoramiento de la Administración Pública.

Hoy día se ha hablado en la Sala de los sueldos del personal de la salud. Anteriormente también se planteó, por ejemplo, la situación de Carabineros, cuyos funcionarios exponen todos los días su vida, trabajan permanentemente y están siempre de servicio, y, sin embargo, carecen de asignación por horas extraordinarias y ganan menos que el sueldo mínimo del personal de la salud. Asimismo, se ha analizado el problema de la Contraloría General de la República, que no puede completar su planta funcionaria.

Entonces, señor Presidente y señores Senadores, debemos realizar un análisis a fondo de la Administración del Estado. Porque, obviamente, los trabajadores de dicho sector deben recibir remuneraciones compatibles con las del sector privado, ya que, de lo contrario, habrá una emigración permanente y peligrosa hacia éste, y solamente permanecerán en la Administración estatal las personas que no tengan cabida en el área particular. Y esto es lamentable, afecta al Estado en su totalidad, y --como señalé en otra oportunidad-- tendrá perniciosas y graves consecuencias.

Como lo anterior ha sido señalado muchas veces en la Sala, sólo me referiré a una materia específica, ya que el señor Ministro de Salud se halla presente.

En la Región Metropolitana hay dos hospitales que se verán afectados directa y consecuencialmente por la aplicación de la ley en proyecto: el Hospital Clínico de la Universidad de Chile José Joaquín Aguirre, y el Hospital Parroquial de San Bernardo, el que cubre un área social extremadamente conflictiva y delicada, pues todavía no está habilitado el Hospital El Pino.

Estas dos instituciones no están incluidas en la iniciativa en estudio, y ello no puede llevarse a cabo mediante una indicación, pues corresponde a la iniciativa exclusiva del Presidente de la República . Sin embargo, tal como se ha hecho en otras oportunidades, puede solicitarse al señor Ministro de Salud que revise el convenio de prestación de salud pública de estos hospitales. Obviamente, su personal reclamará, con mucha justicia, el pago de las asignaciones que concede este proyecto, ya que prácticamente se les aplica la misma ley. No obstante, dichas instituciones, que no persiguen fines de lucro, no podrán otorgar los beneficios sin entrar en una grave y seria crisis económica, que también afectará a la población que ellos sirven.

En tal sentido, ruego al señor Ministro que considere muy claramente esta situación. Hay dos vías: incluir en el proyecto una asignación o subsidio para esos hospitales con el objeto de que puedan pagar los beneficios contemplados en el texto que nos ocupa, o bien, aumentar la cantidad de dinero que se les otorga por la prestación de salud que realizan a los servicios públicos del sector. Me parece que el último camino es el más adecuado, porque es la única manera de mantenerlos funcionando y con un financiamiento apropiado.

Por estas razones, aprobaré en general el proyecto, pues lo encuentro justo. No estoy de acuerdo con la forma en que se desarrolló el movimiento social. Lo dijeron expresamente los representantes de las juntas de vecinos --tengo el texto a la mano--, quienes afirman no estar de acuerdo con las huelgas ilegales, aun cuando sean muy legítimas las aspiraciones; menos aún cuando se ven afectados los sectores más desvalidos del país.

Votaré que sí. Y cuando debamos pronunciarnos sobre las indicaciones, lo haré en favor de lo propuesto en el informe de la Comisión de Salud.

El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Ruiz-Esquide.

El señor RUIZ-ESQUIDE .-

Señor Presidente , trataré de aprovechar al máximo los 10 minutos de que dispongo, aun cuando me hubiera gustado, ya que el debate ha sido de fondo, contar con más tiempo.

Por desgracia, el tenor de la discusión se ha centrado no sólo en el texto mismo de la iniciativa, sino que también en las interpretaciones públicas y en las declaraciones emitidas durante más de treinta días por distintos funcionarios, dirigentes gremiales, Senadores y autoridades de Gobierno. Tal vez ésa sea una de las razones por las que la discusión del tema no siempre vaya al fondo del problema, sino a situaciones accesorias.

Deseo formular cuatro observaciones:

La primera, la salud chilena --en este sentido, entendamos que me refiero a la salud, y no a la atención médica-- posee un nivel extraordinario, alcanzado por el sector público durante más de cuarenta años, en los cuales ha sido esencial el aporte del trabajo del personal. Cualquiera que lea publicaciones de organismos internacionales sabe que en materia de salud no sólo importa la infraestructura, sino que fundamentalmente el trabajo del personal.

Segundo, el déficit de la atención, a su vez, no es sólo un problema de funcionarios. Y lo señalo porque con demasiada frecuencia muchos Parlamentarios de Oposición --lo digo derecha y claramente--, a pesar del respeto que expresan hacia los trabajadores públicos de la salud, han extrapolado la idea de que, debido al déficit existente en un momento determinado, tales empleados son francamente indeseables como funcionarios, y de que ojalá todos actuaran en igual forma que los del sector privado, en circunstancia de que desconocemos el trabajo que éste realiza.

Además, el déficit en la atención depende de la situación que históricamente ha tenido el sector de salud. Al respecto, dos precisiones:

En primer lugar, no se puede hacer funcionar un sistema público de salud con los déficit existentes. De 1974 a 1990, la inversión en salud llegó a niveles inferiores al 40 por ciento de la tradicional. Hoy, Chile sigue gastando menos de lo que internacionalmente se invierte en países con las mismas necesidades que el nuestro, cuyo perfil epidemiológico es más caro que el de otras naciones y se acerca al de los países desarrollados. Podemos usar las cifras.

En segundo término, debemos entender la situación producida en torno del gasto del sector público de salud. Todos sabemos que éste gasta entre 40 a 50 por ciento de lo que desembolsa el sector privado. Y no hemos abordado este tema.

Con mucho respeto debo manifestar al señor Ministro que cuando se discutió en esta Sala la Ley de ISAPRES, hubo un compromiso del Ministro de la época en el sentido de que, una vez aprobadas las modificaciones introducidas por primera vez a dicha ley, se enviarían al Senado las enmiendas para terminar con los subsidios cruzados, ya que 40 mil millones de pesos de la nación van al sector privado, cantidad que perfectamente podría resolver muchos de los problemas del sector público.

Tercero, por lo tanto, nadie puede globalizar y afirmar que lo público --con mayúscula y en forma general-- es malo, y lo privado, bueno. Daré sólo dos ejemplos, pues debemos hablar rápidamente con el fin de aprovechar el tiempo.

En primer lugar, en Santiago hubo un hospital que se entregó a particulares; pero luego de seis meses tuvo que ser devuelto al Estado porque aquéllos no fueron capaces de manejarlo.

En segundo término, según cifras del sector privado de salud institucional, el costo de administración es de 19 por ciento. En cambio, la administración de la salud en el sector público sólo tiene un costo de 4,5 por ciento, lo cual es una demostración de capacidad de gestión y eficiencia.

Señor Presidente , como estamos limitados por el tiempo, le agradecería pedir a los Honorables colegas que mantengan silencio, a fin de poder exponer mis observaciones.

El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-

Ruego a los señores Senadores tomar asiento y guardar silencio.

Puede continuar Su Señoría.

El señor RUIZ-ESQUIDE .-

Cuarto, todo análisis debe contemplar la necesidad de entender que detrás de los problemas que estamos discutiendo hay pendiente un tema de fondo: la forma en que la sociedad chilena desea resolver la situación de la salud; cuál es el modelo de salud más adecuado, y el debate que cabe desarrollar a este respecto.

Sobre el particular, recogiendo lo expresado por el Senador señor Otero, debo manifestar que el ex Ministro de Salud, señor Massad, en su oportunidad estuvo absolutamente dispuesto a venir a esta Alta Cámara para examinar en profundidad la materia. No obstante, a causa de problemas con las reuniones del Senado no fue posible escucharlo.

He planteado el asunto a la Comisión de Salud y ésta aceptó, por unanimidad, iniciar en marzo un seminario serio, largo, con un debate de fondo, para saber en qué aspectos habremos de actuar.

En cuanto al proyecto, lo votaré favorablemente, por dos razones. Primero, porque recoge un acuerdo --en el que intervine-- en lo relativo a recursos. En el punto 2 del acuerdo a que se llegó en noviembre, se considera "un piso de 10 mil millones de pesos y un techo de 2l mil millones". Creo que los 14 mil 500 millones de pesos que ahora se destinan representan esa voluntad de parte del Gobierno.

Segundo, apoyo la iniciativa porque contempla las asignaciones señaladas en el protocolo: experiencia (el deseo de los trabajadores), y desempeño (el afán del Ejecutivo).

Sin embargo, uno está en el Senado para decir lo que piensa, al Gobierno, a los Parlamentarios y a los dirigentes gremiales. No estamos aquí para dar testimonio de lo que nos gustaría que se pensara que debemos hacer. Por eso, quiero dejar constancia de lo siguiente.

El proyecto incluye disposiciones que no comparto. Se lo he hecho presente al Ejecutivo y he formulado indicaciones. Algunas de ellas no pudieron tratarse por ser inadmisibles.

Por ejemplo, no concuerdo --se lo he dicho con mucha claridad al señor Ministro -- en que se hayan ligado ambas asignaciones. A mi juicio, ellas deberían aplicarse por separado. Son diferentes: hay una experiencia y un desempeño. Y no es factible catalogar una cosa en función de la otra. No puede medirse el desempeño y luego aplicárselo a la experiencia. Con la modalidad propuesta, la experiencia, en vez de mejorar la eficiencia del servicio, la perjudicará. Si tuviera más tiempo habría explicado por qué opino así. Debería haberse hecho de otra manera.

Tampoco coincido con el porcentaje fijado a las asignaciones. Yo propuse un 60 por ciento para la de experiencia, y un 40 por ciento para la de desempeño.

Señores Senadores, en salud, la experiencia está íntimamente ligada a la permanencia en el servicio. La indicación mencionada permitía lograr los dos objetivos buscados: mejorar la eficiencia modernizando el servicio, y mantener los derechos de los trabajadores.

Francamente, debo decir que en el sector salud no habrá modernidad sin participación del personal, ni de los usuarios.

Por otro lado, y considerando el dinero disponible, traté de dar más equidad procurando que el cálculo para los profesionales se hiciera sobre la base del 50 por ciento de su asignación profesional. Esto permitía mantener a los profesionales en el servicio y, al mismo tiempo, evitar que la diferencia al interior de él fuera exageradamente grande.

Mis proposiciones permitían afirmar el valor y la persistencia del sector público --en mi criterio, es el único que da garantía a los más pobres--, y hacer posible y eficaz el sistema mixto de salud que hoy existe. Me parece inconciliable la crítica al sector público de salud, que recibe todas las insuficiencias del privado, con un sector particular institucionalizado que, en definitiva, cuenta con todas las ventajas que implican los subsidios estatales.

Con relación a las inasistencias injustificadas, nadie puede pretender que se entregue un beneficio a quien es mal funcionario. Y no podría argumentarse --como se ha hecho-- que el otorgar las asignaciones de la manera que hemos señalado, de las cuales no se puede privar a los trabajadores simplemente por inasistencia, significa dar pábulo a igualar a quien es buen funcionario con uno malo.

He querido dejar establecido que esa forma de distribución no es un impedimento para el buen desempeño. Además, al calificarse las inasistencias la persona termina siendo sancionada varias veces: cuando se la califica conforme a la asistencia y, en vez de quedar en lista 1 ó 2, se la incluye en lista 3 ó 4; cuando, por esa circunstancia, se le niega el beneficio, ya que en el proyecto se concede o no la asignación en esas condiciones; cuando no hemos tenido previamente una lista de calificaciones adecuada en función de ese factor. Nadie puede ser juzgado, para evaluar sus méritos, en virtud de un sistema de calificaciones que no consigna un elemento que será considerado en el beneficio que se crea. Eso es de pleno y absoluto derecho.

Por eso, señor Presidente, el Senador que habla era partidario de otorgar las asignaciones en la forma referida.

En otro orden de cosas, y aunque sé que no es posible concretarlo por nuestra parte, pienso que en materia de bonificaciones podría tomarse en cuenta a instituciones que, si bien son ajenas al Sistema de Servicios de Salud , cumplen funciones de bien público y de salud pública: el Hospital José Joaquín Aguirre , el Hospital Parroquial de San Bernardo y algunos otros de estos establecimientos a lo largo de Chile.

Si queremos que la gente ingrese al servicio público, no veo razón alguna para que a una enfermera que ha trabajado, por ejemplo, en el Hospital José Joaquín Aguirre , que se destaca por su excelencia académica en Santiago, no pueda considerársele esa experiencia cuando se incorpora al sistema estatal.

Estoy consciente de que mis planteamientos pueden no concordar, incluso, con lo sostenido por el señor Ministro de Salud, de un Gobierno en el que participo. Tal vez tampoco satisfagan completamente a los trabajadores. Pero ése es mi punto de vista.

Adelanto que respaldaré la posibilidad de que aprobemos los porcentajes contemplados en el informe de la Comisión de Hacienda. Mi indicación era más favorable a la experiencia, pero no fue aceptada. En todo caso, si hubiere tercer trámite, quizás en él pudiéramos hacer otras modificaciones.

El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra la Senadora señora Feliú.

La señora FELIÚ.-

Señor Presidente , a propósito del proyecto se han planteado dos temas absolutamente distintos: uno relativo al mejoramiento de remuneraciones que él establece, y otro acerca de la salud pública.

La salud pública y la privada constituyen un tema complejísimo, muy difícil, y, como muy bien hizo presente en su intervención el señor Vicepresidente , no está hoy en el debate. Sólo quiero hacer una precisión atinente a algunas afirmaciones que se han escuchado --al parecer, para justificar situaciones que no están bien en la salud pública-- acerca del estado en que se encontraba el sector público de salud en 1990.

En relación con el estado de la salud pública en Chile en 1972, debo señalar que un informe de la Cámara Baja --suscrito en su oportunidad por el actual Presidente de la Comisión de Salud del Senado , que en ese momento era Diputado , el señor Mariano Ruiz-Esquide --, da cuenta de la situación desastrosa en que se encontraba dicho sector.

En 1952 --o sea, 20 años antes--, con motivo de la discusión del proyecto que se convirtió en la ley Nº 10.383, que creó el Servicio Nacional de Salud --antecesor de los servicios de salud--, también se discutió en el Parlamento el desastroso estado en que se encontraban los servicios públicos de salud. Por esa razón, se aprobó un servicio único de salud para refundir en una a las distintas instituciones de la época: las de beneficencia, las municipales, del trabajo, etcétera.

La salud pública atiende una necesidad inmensamente importante y muy necesaria; pero no por eso podemos hacer afirmaciones ligeras sobre la materia con motivo de la discusión de otro asunto.

Reitero: la situación de la salud pública en Chile tenía un diagnóstico claro, contenido en el informe de una Comisión, el cual atendía todos los casos y donde se señalaba entre otras la situación de las mujeres que debían dar a luz --hecho recordado por el Honorable señor Ominami --, que eran enviadas a clínicas privadas a tener sus hijos, porque el sector público de salud era incapaz de atenderlas. Incluso se las colocaba no de dos por cama, sino hasta tres. Pero aún en esas condiciones, dicho sector no podría acogerlas.

En verdad se trata de un tema complejo, difícil. Entonces, procuremos no hacer simplificaciones tales como: "La salud pública tiene este problema, por la situación en que se encontraba en 1990". ¡No! La materia es más complicada y debemos estudiarla con mucha detención. Indudablemente, tampoco podemos desconocer los recursos destinados por el Estado al sector público de salud, el que tiene una obligación primaria: atender a las personas de escasos recursos y que, por consiguiente, son las más desvalidas de la sociedad.

En definitiva, creo que sobre el asunto no conviene hacer generalizaciones que, normalmente, son falsas o intencionadas.

En cuanto al proyecto en discusión, considero que es bueno incluir un factor relativo al mérito en las remuneraciones del personal del sector salud. En general, en el ámbito fiscal no hay incentivos que motiven a los funcionarios a desempeñar mejor sus labores. Por ello, introducir un premio real, no simbólico, que implique no sólo reconocer la calidad de buen funcionario, sino que éste obtenga una adecuada remuneración, es un incentivo inmejorable para motivar a los servidores a desempeñarse con eficiencia, aspecto que en la Administración Pública hace mucha falta.

En todo caso, para que tal incentivo produzca los efectos esperados, es indispensable que el sistema calificatorio que sirva de base sea objetivo, imparcial y, en definitiva, justo. Las calificaciones, como fundamento del sistema de promociones en la Administración Pública no han sido eficaces. Un porcentaje mayoritario de los funcionarios --casi el 90 por ciento-- es calificado hoy en lista de Distinción y gran cantidad de ellos son evaluados con el puntaje máximo. Como eso no corresponde a la realidad, en definitiva, los ascensos se hacen ilusorios.

Asociar a las calificaciones un beneficio económico puede inducir a mejorar los procesos respectivos, pero es muy delicado. Es indispensable adoptar medidas, a fin de no empeorar los procesos calificatorios, que en lugar de premiar al que lo merece, puedan ser utilizados para favorecer a quien se estima que necesita más el incentivo económico.

Por ello es conveniente insistir en la necesidad de que el proceso calificatorio sea objetivo y de que éste diferencie debidamente a los funcionarios según su desempeño.

Por otra parte, creo indispensable hacer un seguimiento del sistema para evaluar sus resultados, porque se trata de un mecanismo nuevo muy importante.

En cuanto al porcentaje de incremento, existe un factor de discusión y de desacuerdo.

El Honorable señor Errázuriz planteó que la diferencia de 0,25 por ciento no es relevante. Coincido con él, pero los ejemplos ilustran que, no siendo relevante, es importante.

Respecto de los porcentajes y guarismos propuestos, deseo señalar que los contenidos en el mensaje indican que la excelencia máxima equivale a tener 3,5 trienios; de modo que, para superar el porcentaje de los mejor calificados, pero con sólo un trienio, los funcionarios con peor evaluación necesitan tener a lo menos 12 años de servicio. En cambio, sobre la base de los porcentajes aprobados por la Cámara de Diputados --que la Comisión de Hacienda repuso--, la excelencia equivale a sólo 2,6 trienios. Ello conduce a que a los mal evaluados sólo les basta tener 9 años de servicio para superar el porcentaje de los mejor calificados, que no tienen sino un trienio.

Señor Presidente , si bien ese punto no es relevante, conlleva consecuencias importantes. Además, da una señal de que estamos procurando beneficiar la calidad del desempeño funcionario más que la experiencia o antigüedad, la que se encuentra privilegiada en un porcentaje aproximado al 50 por ciento. A mi juicio, tal señal debería mantenerse. Por eso, participé de la idea de restituir los porcentajes propuestos en el mensaje.

En relación con las ausencias injustificadas, se ha dicho que debe eliminarse como factor que impida acceder al beneficio, sobre la base de que perjudicaría a los funcionarios, si la falta se comete dos veces o más en un período. Ello no es efectivo, pues, en verdad, se trata de elementos absolutamente distintos. Una misma falta que en el sector público no es grave, sino gravísima, debe tener consecuencias diferentes. Debe descontarse lo que corresponde de las remuneraciones --éstas son la consecuencia necesaria de la prestación de funciones--, ya que faltar más de tres días sin excusas, según lo establece de manera explícita el Estatuto Administrativo, tiene incidencia en las calificaciones, pues el hecho, a juicio de los calificadores, puede ser considerado como digno de sanción.

Al respecto, quiero recordar que el número 16 del artículo 19 de la Constitución prohíbe a los funcionarios del Estado declararse en huelga, pues ellos cumplen labores en un servicio público, el que, como tal, no debe paralizar. En efecto, si tales servicios pudieran hacerlo, no se justificaría que tuvieran tal calidad o calificación. En caso alguno es admisible que en los servicios públicos haya ausencias injustificadas.

Por esa razón, señor Presidente , estoy de acuerdo en lo planteado por la Comisión de Salud, sin perjuicio de que, en su oportunidad, aprobaré lo propuesto por la de Hacienda, en cuanto a no considerar las ausencias anteriores. Ello sólo en pro de una mayor armonía en el sistema. Pero debemos tener claro que las huelgas periódicas no deben aceptarse en los servicios públicos.

Señor Presidente , deseo referirme también a un tema muy importante, el cual aún no se ha abordado, que dice relación a la gran cantidad de mujeres que laboran en el sector público. De acuerdo con una modificación aprobada, por unanimidad, en la Comisión de Salud, no se considerará como causal de pérdida del derecho a los beneficios que establece la iniciativa la falta de calificación fundada en ausencias por maternidad. Ello comprende las ausencias por la licencia del parto propiamente tal, por las enfermedades provocadas por el estado de embarazo o por la necesidad de atender a los hijos menores.

En mi opinión, esa enmienda aprobada por la Comisión de Salud del Senado es importante y deberíamos prestarle nuestra aprobación en su totalidad.

Finalmente, señor Presidente , me quiero referir a la imputación presupuestaria sugerida al Gobierno en la Comisión de Salud. En efecto, el gasto del proyecto está mal imputado, pues concede mejoramiento de remuneraciones a los servicios de salud, al Ministerio del ramo y a los distintos entes descentralizados del sector como son el Instituto de Salud Pública, centrales de abastecimiento y el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente. Sin embargo, como el mayor gasto se carga al presupuesto de los servicios de salud, no puede imputarse a éste el mejoramiento de remuneraciones de la Cartera respectiva, ni del Instituto de Salud, etcétera. Por esa razón, la norma debe mejorarse.

El segundo aspecto que también es preciso perfeccionar, se refiere a que debe dejarse claramente establecido que el proyecto en debate tiene un costo de 14 mil 227 millones de pesos, el cual debe imputarse en menor cantidad a la Partida Tesoro Público, si es aprobado.

Por tal razón, he presentado una indicación tendiente a corregir lo que dice relación, al menos, a la imputación. Debe quedar muy en claro que la iniciativa representa ese gasto y que la cantidad señalada debe deducirse del Tesoro Público del Presupuesto de 1997 .

En suma, daré mi aprobación al proyecto en los términos planteados por la Comisión de Salud, y pido, a la vez, acoger la indicación formulada al artículo 4º transitorio, relativo a la imputación del gasto.

El señor CANTUARIAS (Vicepresidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Calderón.

El señor CALDERÓN .-

Señor Presidente , ante todo, concuerdo con mucho de lo señalado por el Senador señor Ruiz-Esquide , tanto en el aspecto general cuanto particular del proyecto mismo.

Estoy muy de acuerdo con lo planteado por el Colegio Médico --figura en el informe-- durante el debate en la Comisión de Salud. Propone una discusión que se halla pendiente y que debe llevarse a cabo sobre un sistema integral de salud en todo el país. Y realmente hay temas de real trascendencia.

Uno de los aspectos en discusión es el relativo al monto de los recursos. Al respecto, coincido con muchos señores Senadores, en el sentido de que 4 por ciento del Producto Nacional destinado a salud es un porcentaje que no cubre las necesidades de la población.

Otro tema que tiene que estar presente en el debate es el concerniente a la iniquidad de la salud chilena. Los porcentajes hablan por sí solos. Resulta que en el sistema privado cada beneficiado tiene una cobertura de 500 dólares anuales. En el caso del sector público sólo alcanza a 133 dólares en igual lapso. Lo anterior indica que, por una parte, hay un sistema de salud bueno, de lujo --podría decirse--, para un grupo de compatriotas; y por otra, existe una carencia para el grueso de la población chilena que alcanza aproximadamente al 75 por ciento.

Es grande la lista de iniquidades existentes en materia de salud, las que deberían compensarse llevando más recursos al sector público.

Otro tema que ha de discutirse es la calidad de los servicios. Sobre el particular hay diferentes estadísticas. No se trata sólo de los servicios públicos, sino también de los privados. Están las listas de espera, la poca transparencia de los programas de las ISAPRES, etcétera. Se trata de mejorar la calidad de la salud en ambos sistemas y no sólo en uno como algunas veces se señala en una información que es sesgada.

Por otro lado, deben mencionarse las relaciones del sector privado y del sector público de salud. Se ha hablado mucho al respecto. No existe un sistema mixto o de cooperación para cumplir con el mandato que, por último, la propia Constitución señala, en el sentido de un acceso igualitario a la justicia.

Por lo tanto, debe hacerse todo un debate gigantesco sobre la materia. En realidad, felicito al Colegió Médico por haber señalado esto cuando participó en la Comisión de Salud.

En cuanto al conflicto gremial mismo, en mi concepto, debe existir una meditación profunda.

En el conflicto la responsabilidad no sólo fue de los trabajadores, sino también del Gobierno. Según informaciones de alguna prensa o de los medios de comunicación, la culpa la tendrían los trabajadores. No comparto ese enfoque.

Incluso, a mi juicio, la responsabilidad en la segunda parte del paro fue mayor por parte del Gobierno, porque no cumplió claramente el acuerdo suscrito en el Palacio Ariztía. ¿Por qué afirmo esto? Algunos señores Senadores expresaron ciertos juicios al respecto. En realidad, gran parte del acuerdo se cumplió. Pero no hubo cumplimiento de lo convenido, porque se juntaron las asignaciones de experiencia y de desempeño. En general, el acuerdo se cumplió, pero sin la participación de los trabajadores. No hubo diálogo; no se convenció a los trabajadores de que gran parte de lo propuesto estaba en el acuerdo. Y aquí surge un problema: se buscó una salida sin la participación de los trabajadores. Se impuso una salida que no fue consensuada con los trabajadores, cuando pudo haberse convenido con ellos la solución que el Gobierno proponía.

Se ha puesto en práctica el método --que yo quiero criticar-- mediante el cual no hemos convencido a los trabajadores de la salud que debe llevarse a cabo una modernización, sino que amenazamos, y lo hacemos con eventuales sumarios e incluso con la Ley de Seguridad Interior del Estado. ¿Es admisible que en un conflicto de tal naturaleza se amenace a un sector por plantear problemas que en realidad la sociedad en su conjunto comparte?

Por lo tanto, debemos hacer una autocrítica como Gobierno --mi Gobierno, el de la Concertación-- acerca de cómo se enfrentó el conflicto. Porque puede haber otros paros a futuro, y puede que también no se enfrenten adecuadamente.

La gente de Gobierno puede confundir --como a veces sucede -- lo que es un principio sano de autoridad con prácticas autoritarias. Y me parece que aquí las hubo. De manera que quiero hacer la crítica desde dentro de la Concertación, desde nosotros mismos, desde el Gobierno. Y me parece que en buena hora la podemos hacer, porque no será el único conflicto que vamos a enfrentar.

No comparto determinados elementos consignados en el proyecto, algunos de los cuales fueron planteados aquí por el Senador señor Ruiz-Esquide . En tal caso, está la base de cálculo de la asignación, por cuanto amplía la brecha salarial y perpetúa el sistema de iniquidad: a quienes ganan menos, se les calcula sobre el sueldo base; y a los que ganan más, según aquél y otras asignaciones. De manera que sigue aumentando esa brecha.

Echo de menos los estímulos por desempeño colectivo en los servicios de salud, los cuales en la actualidad no existen. Resulta que todos hacemos gárgaras con la teoría moderna de administración, conforme a la cual debe tomarse en cuenta el trabajo de equipo y la responsabilidad de todos; sin embargo, aquí no le damos la relevancia merecida. Es decir, en este caso, no entregamos estímulos al trabajo colectivo de los trabajadores de la salud. No creo que se pueda concebir la modernidad de los sistemas de la salud sin un desempeño colectivo y sin premiarse las labores del mismo.

Asimismo, tengo críticas --ya planteadas por otros señores Senadores-- al tipo de financiamiento, ya que éste debiera sustentarse mediante fondos adicionales. No está clara la forma de financiamiento del p royecto.

Por último, se ha planteado una crítica a lo que ha sido el trabajo de la Comisión de Salud y, al respecto, es mi ánimo dejar las cosas claras. A nuestro amigo el Senador señor Piñera no le gustó el acuerdo adoptado por la Cámara de Diputados, el cual trataba de acercarse a la fórmula propuesta por los trabajadores en lo atinente a aumentar la asignación por antigüedad y bajar la asignación por desempeño. Y el Senador señor Piñera presentó una indicación para cambiar eso. Todos sabemos que nuestro chiíta del neoliberalismo siempre hace cosas parecidas, y es importante que ellas sean conocidas. A mi juicio, al plantear tales indicaciones, el Senador señor Piñera sólo contribuye a retrasar el despacho del proyecto y, junto con ello, intenta arrastrar el poncho a los trabajadores, cosa que muchas veces ha hecho. Es bueno esclarecer estos temas porque él, a veces, es muy diablo y en televisión se escabulle, y la gente no alcanza a comprender en profundidad su pensamiento.

Después tenemos lo referido al porcentaje de la asignación de experiencia y desempeño. Dado que estoy cumpliendo mi tiempo, nuevamente haré mías las palabras del Senador señor Ruiz-Esquide en relación con este tema.

Hay otro asunto más: el no pago por inasistencia injustificada. No me gusta lo que, respecto a esto, nos llega desde la Comisión pertinente del Senado, pues aunque es cierto que lo deja consignado en un artículo transitorio y no rige para la huelga de hoy, es innegable que sí se aplicará en futuros paros. Por la vía de una pequeña indicación, se cambia lo resuelto en la Comisión y en la Cámara Baja.

Me gustaría votar el proyecto tal como ha llegado desde la Cámara de Diputados, ya que los Parlamentarios realizaron un esfuerzo por acercarse a las posiciones de los trabajadores. Desde luego, felicito a la Comisión de Hacienda del Senado, pues rectifica lo planteado por el Senador señor Piñera en la Comisión de Salud respecto del primer tema, pero el segundo punto deja planteado un problema hacia adelante.

De este modo, señor Presidente , independientemente de los criterios que he señalado en el Senado, votaré favorablemente la iniciativa, pues en general significa un reajuste de alrededor de 15 por ciento para los trabajadores de la salud, lo que representa unos 14 mil 500 millones de pesos con los cuales ellos no contaban en sus remuneraciones salariales. De manera que, con esta autocrítica que siento y que debe hacerse --pues tiene que formar parte de nuestro debate--; con esta discusión que quedará pendiente sobre el gran tema de la salud, y con la valoración que finalmente he hecho, apruebo el proyecto.

El señor DÍEZ (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Larre.

El señor LARRE.-

Señor Presidente , esta iniciativa refleja la voluntad del Gobierno de perfeccionar la política de recursos humanos dentro del sector, con miras a la modernización y fortalecimiento del sector público de salud.

El establecimiento de incentivos remuneracionales a los funcionarios que laboran en el sector salud, sin duda resulta positivo, más aún si éstos van relacionados con la calidad del desempeño funcionario e institucional.

Sin embargo, en el caso de los Servicios de Salud, tal estructura de incentivos debiera ir acompañada de un importante impulso descentralizador, a fin de permitir la aplicación cabal de los grados de autonomía que la propia ley ha asignado a los servicios de salud.

Cabe recordar que el decreto ley Nº 2.763 otorga a estos Servicios el carácter de organismos estatales funcionalmente descentralizados, dotados de personalidad jurídica y patrimonio propio para los efectos de la ejecución de las acciones de salud. En esta calidad, les corresponde elaborar y ejecutar los presupuestos del respectivo servicio y aprobar y modificar los presupuestos de los establecimientos, junto con designar y administrar el personal bajo su dependencia, e incluso delegar atribuciones a los demás jefes de servicio, como, por ejemplo, a los directores de hospitales.

Dentro de este marco, resulta natural que sean los propios directores de servicios de salud y de hospitales quienes diseñen sus políticas de recursos humanos, en un ámbito general fijado en la ley, de manera de insertar esta herramienta en el nivel ejecutor que corresponde.

En este contexto, y con vistas a concretar a la brevedad mayores niveles de equidad, eficiencia y calidad en la atención del sistema público de salud, resulta de interés conocer, de parte de las autoridades del sector, su disposición a avanzar hacia crecientes grados de descentralización de los servicios y establecimientos de salud. Tal tendencia está claramente ausente en la iniciativa que hoy comentamos.

Asimismo, es necesario conocer de parte de las autoridades la política que se aplicará a los profesionales de la salud no incorporados en el proyecto --principalmente los médicos-- y que conforman un solo equipo humano con el personal de que trata esta iniciativa.

Con respecto a las asignaciones para el personal de los servicios de salud, resulta positivo otorgarlas en función de las calificaciones. Es preferible que la mayor progresión de aumento se dé en esta variable, en lugar de la de antigüedad.

Resalta favorablemente el hecho de marginar de este beneficio a los funcionarios mal calificados, a aquellos con ausencias injustificadas y a quienes estén sometidos a medidas disciplinarias. Cabe destacar, sí, la necesidad de especificar muy claramente estas situaciones, de manera que tanto las calificaciones como las exclusiones sean objetivas y claras. En este sentido, parece necesario reglamentar muy claramente estos aspectos y perfeccionar las normas existentes en lo que corresponda.

Por último, cabe preguntarse: ¿por qué se descartó para el personal de los servicios de salud un mejoramiento salarial en función del desempeño institucional global de cada servicio y establecimiento? Esto podría definirse como un "premio por cumplimiento de metas" para cada servicio de salud, el que podría distribuirse entre su personal en función del cumplimiento de metas específicas en las distintas áreas de la organización. Una norma de esta naturaleza permitiría al director del servicio aplicar políticas de incentivos diferenciadas por establecimiento en función del logro de las metas prioritarias del servicio.

Es probable que las bondades del proyecto --pago por méritos-- queden neutralizadas si no van acompañadas de la descentralización efectiva de la administración a nivel de cada establecimiento hospitalario del sistema, no sólo del personal, sino también del resto de los bienes y servicios comprometidos en la prestación de las atenciones de salud. Sólo de esta manera y con un adecuado esquema de incentivos de gestión, se podrán dar las condiciones para radicar las negociaciones salariales en la instancia que corresponda. De lo contrario, persistirán las presiones gremiales centralizadas, con todos los costos sociales que ello implica para los beneficiarios del sistema público de salud, especialmente para las personas de menores ingresos que no tienen posibilidad alguna de elegir otra alternativa de atención que no sean los servicios públicos.

En cuanto a las bonificaciones al personal del resto del Ministerio, nuevamente, en este caso, resulta positiva la discriminación por calidad del desempeño, con la salvedad anterior sobre la claridad de las normas que se aplicarán a las evaluaciones del desempeño.

Respecto de la bonificación por desempeño institucional, la idea resulta interesante. Sin embargo, nos surgen algunas interrogantes:

¿Sobre la base de qué criterios objetivos los jefes de servicios definirán las metas de eficiencia institucional? Los criterios generales debieran quedar establecidos en la ley, y su modo de operar debería ser definido en el Reglamento.

¿Cómo se establecerán e implementarán las metas de entidades como la Subsecretaría de Salud? Sería necesario solicitar al Ministerio del ramo orientaciones al respecto.

El porcentaje de la bonificación podría ser variable al interior de cada servicio. Esto no queda suficientemente claro en el proyecto.

En relación a lo anterior, la iniciativa dispone que un reglamento aprobado por decreto supremo establecerá los mecanismos de control y evaluación de las metas, y todas las disposiciones necesarias para la concesión de este beneficio. A fin de evaluar más cabalmente los alcances de la norma que se viene proponiendo, el Congreso debiera conocer el texto preliminar de tal cuerpo reglamentario antes de aprobar en definitiva el proyecto.

Respecto del financiamiento, el artículo 4º transitorio señala que la ley se financiará con los recursos contemplados en el Presupuesto vigente de los servicios de salud. Ello significaría que la partida incluyó los fondos correspondientes. Sin embargo, el proyecto de Ley de Presupuestos recientemente aprobado en el Congreso Nacional no lo declara así.

Considerando que este cuerpo legal comprometerá recursos de manera permanente, parece insuficiente que se informe sólo sobre las fuentes de financiamiento para 1997. Se considera relevante solicitar al Ejecutivo una proyección de mediano plazo de los ingresos fiscales y de los financiamientos ya comprometidos, a fin de evaluar la seguridad del financiamiento futuro de la iniciativa.

Señor Presidente, el proyecto se ha discutido en la Comisión de Salud sobre la base de los antecedentes expuestos. Habiendo participado en los estudios pertinentes, siento la responsabilidad personal de aprobar su informe.

El señor BITAR.-

Señor Presidente , al votar, haré una referencia breve a tres puntos: el proyecto mismo, la situación de crisis de la salud pública y la necesidad de ir mucho más lejos que esta iniciativa en una reforma del sector.

En lo relativo al primer punto, me inclinaré por los términos en que se ha pronunciado la Comisión de Hacienda. Me parece que el proyecto significa un avance, aunque tiene el carácter de paliativo.

La línea de combinar desempeño y antigüedad me parece adecuada dentro de los marcos en que se ha planteado; pero debe mejorarse con el pago a todo evento.

La fórmula contemplada en el proyecto favorece a 54 mil personas, utilizando un mecanismo que considera la antigüedad, más el desempeño. Es lo que contempla el artículo 1º. Únicamente dos mil recibirán bonificación sólo por desempeño funcionario. A ellos se refieren los artículos 3º y 4º. Es decir, existe preferencia por una combinación desempeño-antigüedad.

Además, me pronuncio por no castigar las inasistencias generadas por la suspensión de actividades en este paro. Lo contrario significaría castigar a quienes no trabajaron en lo que consideramos una circunstancia muy excepcional. Lo digo así, porque he notado en las expresiones de algunos señores Senadores un ánimo cuasi persecutorio en esta materia, tratando de llegar, respecto de circunstancias excepcionales, a incorporar restricciones cuya aplicación puede justificarse en lo sucesivo --como se manifiesta en el informe de la Comisión--, pero no en este mes de diciembre, en que ha ocurrido el paro.

El proyecto ha sido objeto de una corrección contenida en el artículo 6º transitorio introducido por la Comisión de Hacienda, la que me parece adecuada, como, asimismo, el cambio que significa la letra h) del artículo 1º, sobre aplicación del artículo 66 del Estatuto Administrativo.

Respecto del aporte del Fisco, reitero que una vez más se establece en la práctica que la mitad del costo será de cargo del Ministerio de Salud, mientras otro tanto se financiará por el de Hacienda. Me parece que esto significa continuar en una línea que no es la más adecuada. Es necesario que incrementemos el aporte fiscal al sector salud, y sería de toda racionalidad hacerlo con mayores recursos de Hacienda; no con recortes de gastos y de inversiones de los servicios de salud, de acuerdo al presupuesto con que cuentan actualmente.

Todas estas consideraciones, dentro de lo que estimo un paliativo, me llevan a aprobar la fórmula propuesta por la Comisión de Hacienda.

Sin embargo, no quiero dejar pasar esta oportunidad sin referirme a un asunto más general.

Pienso que esta situación y las que se han vivido antes en democracia son consecuencia de una crisis histórica, la que proviene esencialmente de una política neoliberal aplicada al sector de la salud, pensando que el mercado resuelve estos problemas. Eso no funciona en ninguna parte del mundo.

Se ha seguido la política del Estado mínimo, y hasta 1990 se aplicó un criterio de destrucción de la salud pública. Aun más, me atrevería a decir con toda claridad que los funcionarios de salud han estado subsidiando a su sector al recibir sueldos y salarios absolutamente incompatibles con un mínimo equilibrio dentro del país.

Se señala que antes no había paros. ¿Cómo va a haber paros en dictadura? Igualmente se afirma que el desempeño es lo fundamental y que no tomar en cuenta en todo el desempeño es un precedente nefasto. A mí me parece que el gran precedente nefasto ha sido la destrucción o el intento muy fuerte de debilitamiento de la salud pública.

Hasta 1990, las inversiones en infraestructura fueron mínimas; los sueldos, mínimos; los materiales de que se disponía, mínimos. Por lo tanto, hay un hecho estructural más largo, más histórico, que tenemos que recoger. No podemos, entonces, dejar pasar observaciones referidas al año 1973 (23 años atrás), en lugar de darnos cuenta de cuál es la crisis que proviene de hace no más de 6 años de Gobierno democrático.

También quiero referirme a lo que queda por hacer.

Dimos ya un paso importante, como Gobierno de la Concertación, para mejorar lo que hay; pero no hemos dado un paso decisivo para realizar la reforma del sector salud. Eso es lo que está pendiente, y no puede demorar más tiempo en materializarse.

¿Tenemos que establecer desempeño? Sí, debemos hacerlo. ¿Tenemos que agregar recursos adicionales del Fisco? En la discusión que deberemos sostener pronto sobre reforma tributaria defenderemos la tesis de mantener las tasas de tributación actuales, con el propósito de destinar esos recursos a la salud y a la educación públicas. Lo digo, porque un señor Senador de la Derecha ha venido planteando en el último tiempo que debiera rebajarse de los impuestos actuales la mitad del aumento de ingresos derivado del crecimiento económico por la actual estructura tributaria, aumento que se calcula en mil millones de dólares al año. Nosotros decimos que no. No vamos a concurrir a ninguna discusión sobre reforma tributaria que signifique rebaja de la tasa de tributación. La carga tributaria en Chile no es alta, y los recursos que rinda tienen que servir para dar más equidad.

Por lo tanto, necesitamos más recursos fiscales para la salud, y ello debe ser parte de una reforma importante. También debe ser parte de esa reforma el cambio del sistema actual de pago del 7 por ciento, y el aporte de una parte de tal porcentaje a un fondo solidario. No puede existir un sistema de salud pública que se financie exclusivamente con el pago de cada cual, del 7 por ciento. La salud de la ciudadanía depende en forma creciente de un estado general de ese servicio, y eso supone que el gasto correspondiente cubre a todos. Por consiguiente, debe operar un sistema solidario, con financiamiento por un fondo solidario, y una parte constituida por el 7 por ciento de cotización existente.

Tenemos que ir a una reforma de la salud, y el Gobierno debe dar pasos más audaces en ese campo, para establecer una gestión descentralizada, una participación del personal y la formación del mismo. Y tenemos que dar pasos importantes para la creación de un programa de salud básico universal que asista a todos los ciudadanos, con los recursos que se dispongan, con aportes de los cotizantes y con impuestos.

Es importante que el Ejecutivo avance en tal dirección, que envíe proyectos en este sentido. En materia de ISAPRE, en particular --coincido con las observaciones del Senador señor Ruiz-Esquide -- tenemos que dar prontamente los pasos para suspender los traslados de fondos, subsidios del sector público al privado. Este último puede tener todo el desarrollo, está bien que lo haga; sin embargo tienen que controlarse sus gastos de administración, además de otros aspectos. A medida que la población vaya envejeciendo, empezaremos a ver los problemas de las ISAPRES. Porque estas instituciones funcionan estupendamente bien cuando la gente no se enferma; sin embargo, no sabemos cómo van a operar en caso contrario. Tenemos que prever tal situación y estudiarla con mucho cuidado. Pero debe haber mayor iniciativa de parte del Gobierno en el envío de los proyectos, al menos del que suspende el subsidio de 2 por ciento a las ISAPRES.

Se dice, señor Presidente --y con esto termino--, que Chile es un país moderno. Pero en el ámbito de la salud la modernidad no alcanza a todos, sino sólo a unos pocos. Y esta iniciativa, si bien constituye un avance, no es más que un paliativo. Debemos analizar con Hacienda un incremento de recursos al sector. Chile necesita una reforma seria que permita dar a luz una nueva salud pública. Ése es el desafío de un país realmente moderno. Y no podemos sacar ese tema de la discusión más general acerca del proyecto y su financiamiento específico.

La idea no es ir avanzando sólo a pasitos cortos: hay que tener una mirada estratégica. Los problemas que hoy enfrentamos como Concertación, como Gobierno y como país en parte nacen de la falta de una visión estratégica de largo alcance que ubique los avances parciales que vamos consiguiendo. Es imposible resolver todo al mismo tiempo. Pero, a tres años del próximo milenio, se requiere un diseño más potente, una reforma seria, que nos posibilite contar con una salud pública de alta calidad, para que tengamos un país moderno, pero un país moderno para todos.

He dicho.

El señor LAVANDERO.-

¡Muy bien, Senador Bitar!

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.

El señor MUÑOZ BARRA.-

Señor Presidente , a esta altura del debate, prácticamente todos los argumentos en pro y en contra de la iniciativa ya han sido dados por los Senadores de las diferentes bancadas políticas. Por tanto, quiero simplemente plantear algunas inquietudes.

En primer lugar, me llama la atención que, en un tema tan delicado y tan actual como el que hoy estamos examinando en esta Corporación, distinguidos colegas hayan retrocedido al año 1973. Y no puedo juntar ni pegar la razón. Para discutir el problema de la salud de hoy y de los actuales trabajadores del sector, se ha procurado hacer un análisis de una etapa que culminó hace ya veintitantos años.

El señor SIEBERT.-

¡Y que está superada en la historia!

El señor MUÑOZ BARRA.-

En segundo término, también me llama profundamente la atención --y en esto coincido con el Honorable señor Calderón -- que ciertas personas tengan dos libretos que utilizan con mucha habilidad: en los hospitales, en contacto con los trabajadores, emplean el primer libreto, diciéndoles que están con ellos; pero posteriormente, cuando llega el momento de la verdad, plantean indicaciones que desdicen todo lo que, con cierta voluntad mediatista, expresan a esos servidores.

Por ejemplo, un distinguido Senador de la Oposición no se hace cargo en forma viril --diría yo-- de su aseveración en el sentido de que, mientras el presupuesto del sector público de salud ha sido aumentado en ciento cincuenta por ciento, la atención que, en cuanto a calidad y cobertura, reciben las personas de escasos recursos permanece estancada, en malas condiciones.

¿Por qué Su Señoría no dice aquí, en la Sala, que está inculpando directamente a los trabajadores de la salud, cuyo sentido de la responsabilidad conocemos?

Quienes visitamos los hospitales públicos sabemos cómo esos servidores sufren cuando muere un enfermo o se alegran al llegar una nueva vida. ¡Ésa es la verdad de estas personas, que tienen una profunda vocación y aman lo que hacen!

Aquí se habla de productividad, de que hay cosas que no funcionan a pesar de los recursos.

Un señor Senador de estas bancadas indicó en su intervención que el aumento del personal no ha superado el 10 por ciento. Por mi lado, quiero agregar algunos elementos para la historia de este debate.

Debe saberse --y esto lo ocultan (no lo dicen) los sectores que tienen metido en el alma y en el corazón el eslogan "ISAPRES para todos", a diferencia de nosotros, que queremos salud para todos y que, por tanto, defendemos el sistema de salud pública-- que en Chile hay 4 enfermeras por cada 10 mil habitantes, mientras que en Canadá, país con el que estamos vinculándonos a través de un tratado comercial, existen 95 enfermeras por cada 10 mil habitantes, y en Estados Unidos, 87.

¿Por qué no se dice que en el sector público de salud, donde se trabaja con tanta heroicidad, hay en total sólo 24 mil paramédicos, o sea, apenas 21 por cada 10 mil habitantes?

Tampoco se señala que únicamente disponemos de 11 médicos por cada 10 mil habitantes, en tanto que en un país latinoamericano como Uruguay, por ejemplo, ese número se eleva a 36.

Asimismo, hay que expresar ciertas cosas que se soslayan.

¿Qué hace el sector público de salud? Se hace cargo de todas las enfermedades crónicas, de las incurables y de las catastróficas. El sistema privado de salud, en cambio, ¡por Dios que le saca el bulto a esa realidad!

En el sistema público se producen situaciones increíbles y que guardan directa relación con el problema económico que estamos analizando. Por ejemplo, en él se forman los médicos, con un alto costo de inversión para el Estado, en las universidades estatales y en los hospitales públicos donde realizan sus prácticas. ¿Y qué pasa con estos profesionales, quienes son formados con recursos de todos los chilenos? Cuando ya están aptos plenamente, se van del sector público al privado. Y, a la inversa, ahora estamos viendo que los usuarios se trasladan al sector público cuando ya han agotado sus recursos y no son capaces de seguir financiando las prestaciones para atender sus enfermedades en una ISAPRE.

El sistema público de salud --¡esto tienen que entenderlo los sectores opositores!-- se encarga de atender al 73 por ciento de la población.

Aquí se habla de productividad. En el fondo, se alude a la existencia de utilidades.

Quiero entender que las palabras "utilidad", "rentabilidad", etcétera, se están empleando con un sentido humano y no con el propósito de revivir experiencias como la que el país presenció con asombro hace algún tiempo cuando una ISAPRE --no recuerdo su nombre en este instante-- instruyó a cerca de 300 profesionales para que otorgaran sólo la mitad de licencias médicas respecto de cierta enfermedad y no ordenaran exámenes demasiado caros. Por ese concepto, por negar licencias que correspondían, según los sumarios que ella misma realizó, dicha ISAPRE ahorró ¡4 mil millones de pesos!

Tal insensibilidad no existe en el sector público de la salud, que proporciona aparatos ortopédicos a la gente de escasos recursos, lentes a los niños y a las personas de la tercera edad, atenciones dentales, etcétera.

¿Qué entrega gratis el sistema privado? ¡Absolutamente nada!

Ahora, yo pregunto por qué, paradójicamente, en el sistema privado se aplica cesárea a 57 por ciento de los partos, contra 20 por ciento en el sistema público. Razones de mucho peso explican por qué 57 por ciento allá y 20 por ciento acá, con los consiguientes problemas que biológicamente --y esto pueden explicarlo en forma mucho más documentada que yo los señores Senadores médicos-- es factible ocasionar para el futuro a una mujer en cuanto a su capacidad procreativa.

Señor Presidente , son varias las cosas ocultas en este tema. Entre ellas, la ansiedad de algunos sectores por que en Chile la salud sea privada, al igual que la educación. ¡Ésa es la verdad!

Por consiguiente, como ya lo expresó mi colega Senador del Partido por la Democracia, estamos por entregar la mayor cantidad de recursos posible a la salud pública; estamos por respaldar a los trabajadores.

Alguien decía, casi con asco: "¿Cómo es posible que haya habido veintiuna huelgas desde 1990 a la fecha?". ¡Ello es factible en democracia! ¡En una dictadura no hay posibilidad alguna de reclamar! ¡Ése es el silencio de la fuerza, no el de la convicción!

En consecuencia, rescato las movilizaciones como una parte del proceso de modernización; en este caso, de la salud.

Quiero plantear esta tarde que, así como hemos dado prioridad uno al mejoramiento del sistema educacional para los efectos de proyectar a Chile hacia el siglo XXI, también debemos otorgar primera prioridad al sistema de salud pública, porque hay cerca de diez millones de chilenos que recurren a él.

El señor MC-INTYRE .-

Perdón, señor Senador. ¿Usted pertenece al FONASA o a una ISAPRE?

El señor MUÑOZ BARRA.-

Pertenezco al FONASA, Su Señoría. Soy profesor. Y, como tal, siempre he estado en el FONASA.

El señor DÍEZ (Presidente).-

Ruego evitar los diálogos.

El señor MUÑOZ BARRA.-

Es que se me formuló una pregunta, señor Presidente .

Y me siento muy orgulloso de estar en el FONASA, Honorable señor Mc-Intyre .

Señor Presidente , antes de concluir mi intervención, debo puntualizar que, en un tema tan fino como éste --y me da cierta conformidad y aliento el que personas brillantes a veces incurran en lapsus--, un señor Senador de Oposición expresó que a los carabineros, quienes trabajan arduamente y arriesgan su vida, no se les pagan horas extraordinarias. Estimo injusto que no perciban el beneficio respectivo si trabajan por tiempo ilimitado. Pero, en la misma medida en que considero que sería justo pagar sobretiempo a esos servidores cuando correspondiera, me parecería procedente que los trabajadores de la salud pudieran jubilar con veinte años de servicios, como ocurre con los carabineros y los miembros de las Fuerzas Armadas.

Es lamentable, señor Presidente , que uno deba dar respuesta a tales afirmaciones. Pero si no lo hiciera, nuestras bancas aparecerían aceptándolas como verdades.

Yo siento --y lo saben mis Honorables colegas-- profundo respeto por las Fuerzas Armadas. Sin embargo, creo que, dentro de los principios de la equidad, ésa es una rémora que distancia la comprensión y el cariño de los sectores laborales hacia quienes trabajan en esas Instituciones. Porque mientras en el sector salud la mujer debe jubilar a los 60 años de edad y el hombre a los 65, un uniformado --no niego su importancia-- puede hacerlo entre los 38 y 40 años de edad, si egresó alrededor de los 18 de la escuela matriz que lo formó.

Por lo expuesto, vamos a respaldar el proyecto. Y nos inclinamos por los porcentajes que aprobaron en la Cámara Baja 80 señores Diputados de todas las bancadas --sólo hubo una abstención--, quienes ratificaron el acuerdo celebrado por el Gobierno, que, si bien los trabajadores de la salud no aceptan totalmente, al menos constituye una solución que nos permite dar este primer paso frente a la política de justicia que debe aplicarse a esos servidores.

Finalmente, quiero solicitar en esta Sala al señor Ministro de Salud que suspenda las demandas judiciales presentadas contra los trabajadores de la salud y que desactive los sumarios que se están instruyendo a lo largo del país.

¡Ésa es la forma de lograr el reencuentro entre los trabajadores y el Gobierno! ¡Ésa es la forma de caminar unidos --no desunidos-- en la búsqueda de la modernización de un sistema tan vital como el de la salud pública, en un país donde existen aún cinco millones de pobres!

He dicho.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.

El señor LARRAÍN.-

Señor Presidente , en el transcurso de este debate --que lamentablemente, dada la importancia del tema, ha sido breve-- hemos escuchado consideraciones de diverso tipo. Algunas, muy completas; otras, muy humanas; otras, muy científicas; otras, algo demagógicas. De todo hemos oído. Empero, lo que sí sabemos es que, no obstante la discusión habida, los problemas de la salud existentes en Chile no se resolverán con esta iniciativa. Porque --la verdad debe ser dicha-- este proyecto es consecuencia de un conflicto. Constituye una salida rápida a una cuestión de hecho. Por lo mismo, es una iniciativa un tanto improvisada, que surge de un día para otro, para tratar de resolver una situación laboral específica.

En mi concepto, así no se solucionan los problemas de la salud.

Resulta curioso. Porque, a decir verdad, los conflictos en el ámbito de la salud han sido la tónica durante estos años de Gobierno de la Concertación.

Más de alguien dirá que ello es fruto de la democracia. Es posible. Pero lo que nadie discute es que esos conflictos reflejan insatisfacción en los distintos trabajadores que integran el sector público de salud, debido a la situación en que se encuentran. Eso sí que es cierto. Lo otro podrá ser discutible. Pero la insatisfacción existe.

Y también hay insatisfacción en los usuarios, según las distintas mediciones hechas. En efecto, los diez millones de personas que reciben los beneficios del sistema público de salud tampoco consideran que sus problemas han sido debidamente resueltos.

Aparentemente, ello podría ser, aun, injusto. Porque es efectivo que el Gobierno de la Concertación, en estos seis años, ha incrementado los recursos destinados a dicho sector; las cifras varían, las podemos deflactar, etcétera; pero ha habido un esfuerzo significativo, el que, por lo demás, ha sido respaldado por todas las bancas del Congreso. Sin embargo, el problema de la insatisfacción, tanto de los trabajadores de la salud como de los usuarios, sigue vigente.

Creo que ésa es una reflexión que no podemos dejar de hacer en esta oportunidad. Porque no pensemos que con la aprobación de esta proposición de ley vamos a resolver los problemas. Éstos siguen ahí. Y siguen ahí porque, como alguien ya lo dijo, no se ha efectuado una reforma estructural de la salud en estos años. Ha habido iniciativas sueltas. Pero, quizás, la forma como se ha resuelto gastar los mayores recursos de que se dispone no ha sido la mejor.

A ratos, me parece que esto es lo mismo que arreglar un auto antiguo, una "burrita". Uno puede reparar una y otra vez las fallas del motor, de los neumáticos; los conductores y los mecánicos pueden hacerlo muy bien; pero al final, pese a todo el esfuerzo realizado, el vehículo no camina. En ese caso, no hay que seguir malgastando la plata en un auto viejo y que no tiene remedio, sino, haciendo un esfuerzo innovador, cambiarlo por un vehículo nuevo, mejor.

Creo que eso debemos hacer en el ámbito de la salud. No discutamos ni pongamos etiquetas en el sentido de que se pretende esto o lo otro, porque eso descalifica. Y no estamos aquí para descalificar, sino para razonar.

Lo cierto es que el sistema actual no funciona y no resuelve debidamente los problemas: ni los de quienes trabajan en la salud, ni los de aquellos que reciben el servicio.

A mi entender, todos deberíamos trabajar para lograr el servicio de salud que los chilenos quieren y satisfacer las demandas justas de quienes laboran en el sector.

El proyecto en sí mismo, a pesar de que puede ser muy parcial y de que no resolverá los problemas de fondo, tiene una dosis de atractivo: la incorporación del concepto de desempeño. Éste, por cierto, nada tiene que ver con una mayor rentabilidad económica de parte de los trabajadores, como alguien pareciera haber insinuado (supongo que no es ése el espíritu de la iniciativa del Presidente de la República cuando propone incorporar la asignación de desempeño a las remuneraciones de los funcionarios de la salud). Tiene que ver con un incentivo ligado a los beneficios que el usuario recibe. Y eso parece razonable. Es importante pensar en cómo mejorar el desempeño del servicio teniendo en consideración al usuario.

Sin embargo, no sólo debe pensarse en compensar a quien realiza un esfuerzo mayor para atender mejor a la gente. También hay que tener en cuenta otro factor, que es muy importante, sobre todo en los servicios públicos: la estabilidad en el cargo.

Muchas veces olvidamos ese factor. Pero debemos tener presente que el sector público sufre muchos vaivenes que no se dan en el ámbito privado. Desde luego, están los cambios de Gobierno, los cambios de regímenes políticos que se producen en una democracia como la nuestra. Incluso, dentro del propio Gobierno hay cambios. En el ámbito de la salud, en dos años la Concertación ha tenido cuatro Ministros de Salud . Y eso puede generar cambios de autoridades al interior de tales servicios, que, a su vez, pueden provocar otros cambios incluso casi sin relación con lo político, sino con otras circunstancias. En consecuencia, la estabilidad siempre debe estar presente como factor de valoración en el ámbito de la Administración Pública.

Por lo tanto, aquí están en juego dos elementos --el desempeño, el premio al esfuerzo, y la experiencia, el reconocimiento de la antigüedad--, para dar cierta estabilidad al ejercicio de los cargos. De ahí que me pareció más apropiado --como lo recordaba el Senador señor Cantuarias -- el llamado acuerdo del Palacio Ariztía, que, al aludir a asignaciones separadas, permitía un mejor tratamiento de los conceptos. La integración y combinación que de ellos hace el proyecto desnaturaliza algo que debe ser evaluado con cierta diferenciación, que es lo que, a mi juicio, importa.

Esta tarde nos enfrentamos, a propósito de esas dos asignaciones o de esta asignación con dos facetas, a una discusión sobre si es mejor el proyecto de la Comisión de Salud o el de la de Hacienda. La verdad es que tengo que ser franco. Entiendo que, en el detalle, puede ser relevante una u otra proposición según el objetivo que se quiera privilegiar, pero, en la línea gruesa, la diferencia entre ambos textos no es mayor, particularmente si se considera que recién se entra a una primera etapa de la aplicación de estos conceptos. En mi opinión, no deberíamos poner tanto énfasis en las diferencias que aquí se plantean (no creo que en ellas se esté jugando lo fundamental), sino, más bien, en cómo logramos que este sistema se aplique bien.

Y el sistema tiene un talón de Aquiles que no está debidamente resguardado en el proyecto: la asignación de desempeño depende en la actualidad de un sistema de calificaciones que, aun cuando se anuncia que se mejorará, parece que no ha dado muy buenos resultados. Cuando más del 90 por ciento del personal del sector salud queda calificado en un solo grado, no puede ser cierto que el mecanismo de evaluación sea adecuado. Y esto es evidente si, en un ámbito donde laboran decenas de miles de funcionarios, la medición de la eficacia laboral no revela diferencias. Entonces, la pregunta es si se logrará diseñar un sistema de calificaciones adecuado que permita que los trabajadores se sientan debida y objetivamente evaluados y que no haya ningún tipo de interferencias, no sólo políticas, sino tampoco religiosas, sociales, de amistad, de enemistad, de regionalismo, etcétera, que incidan negativamente en la ponderación del trabajo funcionario. A mi juicio, esta es la incidencia más delicada del proyecto, y constituye un verdadero talón de Aquiles. Y si en esta materia no se procede bien, no tiene ningún sentido la asignación de desempeño, que no será más que un saludo a la bandera y que terminará en una disputa de quizá qué nivel.

Con todo, esta normativa presenta otro problema más delicado referido no a ella misma, sino a la forma como está concebido su financiamiento. El Honorable señor Cantuarias y otros señores Senadores que me precedieron en el uso de la palabra ya aludieron al artículo 4º transitorio que establece que "El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley para el año 1997" --14 mil 500 millones de pesos-- "será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto vigente de los Servicios de Salud" y lo que falte el Ministerio de Hacienda podrá suplementarlo de la partida presupuestaria Tesoro Público. Estimo que ésta no es una manera responsable de señalar el financiamiento de una iniciativa de esta naturaleza. En la Comisión de Salud se manifestaron alcances y preguntas al respecto, pero, como no era el órgano técnico competente, no pudo resolverlas. Recuerdo, por ejemplo, que el Senador señor Ruiz-Esquide "hizo presente que aprobaba la disposición en el entendido de que ella debía ser objeto de una enmienda sustancial en la Comisión de Hacienda". Por su parte, el Honorable señor Piñera "señaló que la disposición debía precisar qué porcentaje del gasto se cargará al presupuesto a los Servicios de Salud y cuánto a Tesoro Público".

Sin embargo, la Comisión de Hacienda --que conforme a la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional es la "encargada de informar los proyectos en lo relativo a su incidencia en materia presupuestaria y financiera del Estado, de sus organismos o empresas"-- no realizó el estudio ni el análisis que nos permitan dilucidar quién está financiando el proyecto. ¿Lo hacen los servicios de salud? ¿Estamos sacando plata de un bolsillo para meterla a otro? ¿Qué se dejará de hacer en salud para financiar esto? ¿Qué está pasando ahí? ¿Cuánto aportará el Ministerio de Hacienda del Tesoro Público?

No me parece responsable...

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

¿Me permite, señor Senador ?

El señor LARRAÍN.-

Ya termino, señor Presidente .

Creo que una iniciativa de esta naturaleza debería haber contado, desde luego por parte del Ejecutivo y también de nuestra Comisión de Hacienda, con un análisis más acucioso, y no sólo limitarse a indicar que en tal partida se hallan los recursos. Necesitamos saber con responsabilidad cómo se financian estos beneficios y qué se está gravando. No me parece responsable la forma en que estamos procediendo, a ciegas, tal vez dañando los servicios de salud al tratar de lograr algo que todos compartimos: mejorar las bajas rentas de los trabajadores de la salud.

Con todo, señor Presidente , aprobamos en general el proyecto. Pensamos que es un paso adelante en la dirección correcta. Sin embargo, estimamos que es una solución de parche y que no vamos a avanzar en este ámbito hasta que realmente realicemos una reforma estructural del sector. Como digo, la iniciativa adolece de defectos serios que debieron haber sido previstos, si no por el Ejecutivo , por lo menos por la Comisión de Hacienda.

El señor DÍEZ (Presidente).-

Tiene la palabra el Senador señor Lagos.

El señor LAGOS .-

Señor Presidente , quienes hemos hecho uso de la salud pública durante la mayor parte de nuestra vida tenemos una clara concepción de la verdadera labor que desarrollan sus trabajadores.

Esta tarde hemos asistido a una gran discusión, en términos comparativos, acerca de uno y otro sistema de salud. Sin embargo, creo que este proyecto no dejará satisfechos a los trabajadores, a pesar del esfuerzo del Gobierno, porque la situación económica del sector es muy dramática y se arrastra por años. De modo que mayoritariamente lo rechazan.

Me parece que nosotros, junto con el Gobierno, deberíamos procurar con más fuerza dar mayor estabilidad laboral a estos trabajadores, que en esta materia viven una situación muy incierta e insegura.

Con motivo de la movilización del gremio de la salud --que considero plenamente justificada, pero muy criticada por Gobierno y diferentes sectores--, nadie hizo gestiones o se preocupó de la difícil situación económica por la que atraviesan estos dirigentes y sus familias. En la Primera Región de Tarapacá hemos visto que, a pesar de su desarrollo, en especial la ciudad de Iquique, hoy día un trabajador que gana 120 mil pesos no puede pagar un arriendo de 100 mil pesos, lo que lo obliga a vivir en un verdadero hacinamiento, con graves problemas sociales para sus hijos. Sin embargo, se ha cuestionado a esta gente, amenazándola con la cárcel y hasta con sanciones administrativas. Y estoy de acuerdo con lo planteado por el Senador señor Muñoz Barra en el sentido de aprovechar la presencia del señor Ministro para pedirle al Gobierno que retire las amenazas y los procedimientos judiciales.

Por consiguiente, el problema es más de fondo.

Esta tarde hemos hablado sobre distintas materias, pero la más importante es que el Estado tiene la obligación de dar salud al país. ¡Tiene la obligación de hacerlo! Y para eso, hoy día este país diferente tiene más recursos que en el pasado. En consecuencia, debe buscarse una fórmula para distraer recursos de otros sectores, no tan importantes tal vez, para destinarlos al de la salud, a fin de dar una solución definitiva a sus carencias. Porque la solución que propone a través de estas normas es de parche. El próximo año y el subsiguiente se presentarán otras dificultades. Y la gente quiere estabilidad, seguridad y saber cuánto ganará mensualmente para enfrentar sus problemas sociales.

Por eso, señor Presidente , apoyo el proyecto en todas sus partes, pero considero que el problema debería ser materia de una discusión más profunda. Y a menudo, cuando se trata de remuneraciones para diferentes sectores, descuidamos la parte humana, al trabajador. Por ejemplo, cuando abordamos el tema de la delincuencia y de las policías, se habla del carro, de la metralleta y de cómo atacar al delincuente, pero olvidamos a la persona, que es la que debe poner en práctica las actividades pertinentes. Igual sucede en el caso de los profesores, cuya labor, como la de quienes se dedican a la salud, constituye un verdadero apostolado. Tratándose del sector salud, el Estado tiene la obligación de proporcionar elementos necesarios, como hospitales, equipos y medicamentos, y los profesionales y técnicos correspondientes. Y lo mismo ocurre en educación. No es bueno que recorran las calles como mendigos para que se atienda algo tan sensible como lo es el aspecto económico, pues detrás de ellos hay familias, hijos. La situación económica de los trabajadores de la salud amerita adoptar las medidas del caso. Sin el ánimo de politizar el tema ni de impresionar a las tribunas con comparaciones del pasado, estimo que debemos buscar una fórmula que brinde estabilidad y seguridad en el tiempo a estos servidores.

Personalmente, debí mantener casi un año a mi padre en el hospital Trudeau, y en esa oportunidad me llamó la atención la presencia casi constante de una auxiliar. Un día le pregunté ¿y usted no descansa, cuántas horas trabaja? Y me contestó que se ganaba unas horas extraordinarias para pagar la locomoción, y que, después de dar de comer a los enfermos, lo hacía ella, pues de esa manera había una boca menos que alimentar en su hogar. Me parece que ese ejemplo grafica totalmente la situación económica de ese sector.

Como fui "apatronado" y también dirigente sindical, conozco la labor de ellos. Por eso, sin el ánimo de aprovechamiento de ninguna clase, creo que en alguna ocasión deberíamos efectuar un gran debate para analizar los problemas de esos sectores y encontrar una solución justa, reconociendo los esfuerzos que el Gobierno hace en esta oportunidad, aunque, a mi juicio, son insuficientes.

He dicho.

El señor DÍEZ (Presidente).-

Tiene la palabra el Honorable señor Prat.

El señor PRAT.-

Señor Presidente , en realidad este debate que se inició sobre el proyecto que mejora las remuneraciones del sector salud ha derivado en un análisis de la política de salud y de la situación de la salud en el país en general, lo cual nos obliga a realizar algunos comentarios sobre la materia.

En primer lugar, se ha sostenido que en Chile se gasta muy poco en salud y que estaríamos muy distantes de los estándares internacionales para países similares en esta materia. Creo que cuando se formula una observación como ésa, para los efectos de llegar a una suma global, debe considerarse el gasto total que realizan los ciudadanos, tanto por vía particular como a través del Fisco. Es claro que en el último tiempo; vale decir, en los últimos veinte años, se ha incrementado mucho el gasto privado de salud, que también constituye gasto en salud, por privado que él sea, y, por lo tanto, debe ser adicionado al gasto público para así obtener la suma total. Y eso nos lleva a una cantidad cuya cuantía en absoluto puede catalogarse de menor y que es en definitiva la que ha permitido los mejoramientos de estándares en salud.

Asimismo, hay muchos factores que también han contribuido a la salud, como el saneamiento ambiental. El gasto que en los últimos años ha efectuado el Estado y el país en alcantarillado, agua potable, y en incorporar a la población a normas deseables de saneamiento ambiental, tiene una componente de salud incluida que ha contribuido al mejoramiento de los estándares, y es digno de elogio para países con condiciones económicas similares a Chile..

El Honorable señor Bitar se refirió a la necesidad de establecer un fondo solidario con el 7 por ciento, a fin de lograr una mejor redistribución de los ingresos y gastos en materia de salud. Esta proposición --que aprecio-- constituye un proyecto, si no formal al menos informal, de una parte importante de la Concertación gobernante. En este sentido, me parece importante identificar, en primer lugar, que el tema de la solidaridad en salud no es un deseo exclusivo de algunos sectores o partidos políticos. Es más bien una convicción de toda la ciudadanía en su conjunto. El problema reside en cómo materializarlo, y la experiencia histórica muestra que lo más efectivo es hacerlo a través de impuestos solidarios, y, en virtud de los fondos que se recaudan, entregar a cada uno de los ciudadanos los recursos necesarios para que suplementen su 7 por ciento, en la medida en que sea necesario. Asimismo, este último método es, al parecer, el más concordante -- de acuerdo también con la experiencia histórica-- con ese sentir tan propio de la naturaleza humana, cual es la libertad de elección, el que cada usuario pueda optar por el servicio médico en el cual atenderse para lograr, de esa manera, su mejoría. Los fondos solidarios en base a un 7 por ciento seguramente llegarán indefectiblemente a repetir lo que sucedió con la previsión solidaria, o la salud solidaria, que, por la vía de los subsidios cruzados, se traducía en que quienes poseían más recursos o mayor capacidad de presión política o gremial, obtenían un beneficio adicional o suplementario a costa de la gran masa que carecía de esa misma capacidad de presión.

Por eso, es conveniente mantener un sistema sano sobre la base de que, con impuestos solidarios, se suplemente el 7 por ciento de las personas que no se encuentran en condiciones económicas de proveerse, a través de ese porcentaje, de una salud deseable.

Respecto del sistema público, desde los inicios del primer Gobierno de la Concertación, hemos escuchado planteamientos tendientes a modernizarlo, y todos han apuntado en la dirección de contar con mayor autonomía en las unidades hospitalarias, de establecer un manejo descentralizado de cada uno de los centros de atención médica y de generar en ellos una competencia por captar público, llegando también a la libre elección por parte de los usuarios. Pero lo cierto es que no ha habido capacidad política para llevar adelante estas medidas, las que se han quedado o bien en declaraciones de los Ministros o en intenciones de los departamentos técnicos superiores, y ha faltado, en el equipo político que ha gobernado en los dos últimos períodos presidenciales, la capacidad para llevar a cabo esta idea que, a nivel técnico, recoge opiniones unánimes. Y hoy día nos enfrentamos a este problema de las remuneraciones médicas.

En lo referente al proyecto en votación, y llamado a tener que resolver, no puedo sino que manifestar escepticismo. Y no cabe otra actitud, si se considera su gestación como la evolución que incluso ha tenido dentro del Parlamento, ya que forma parte de una política inorgánica y puntual de mejoramiento de las remuneraciones del sector público, que, como hemos visto ya a lo largo de seis años, consiste en ir de embate en embate, en un proceso del cual podría decirse que va a la deriva. Por lo tanto, es ilusorio creer que con este proyecto estamos resolviendo el problema de las remuneraciones del sector salud. Y no me cabe duda que, de aquí a un par de meses, vamos a estar enfrentados a un nuevo conflicto. Yo no les temo a los conflictos; con ellos creo que la sociedad en su conjunto se enriquece. Lo importante es que los conflictos den lugar a soluciones. Cuando se observa --en especial, lo aprecian los funcionarios del sector público-- la inorganicidad con que se encara el problema de las remuneraciones del sector público, entonces, de esa apreciación surge el conflicto del próximo mes. Y, a mi juicio, la iniciativa en estudio no escapará de esa tónica que se ha ido asentando en nuestro quehacer.

En todo caso, considero razonable la suma de 14 mil millones de pesos, por cuanto incrementará las remuneraciones de este personal que, como todo el sector público, ha sufrido un rezago histórico. Además, resulta un canal más orgánico que el del pago de honorarios o de horas extraordinarias, o los trabajos a contrata, camino que ha sido el más inorgánico que se ha seguido en estos seis años, y que es el que alimenta los conflictos. Ello, porque el sector contratado de planta percibe que por esa vía se está postergando el mejoramiento de su situación, en aras de la inorganicidad imperante en el manejo de la Administración Pública.

Por eso, planteadas estas consideraciones, voy a votar a favor del proyecto, haciendo presente mi escepticismo respecto del resultado final que se logre con él.

El señor GAZMURI .-

Señor Presidente , votaré afirmativamente el proyecto, porque entiendo que los 14 mil 500 millones de pesos que se otorgan para aumentar los salarios y sueldos del personal de la salud --que fueron recibidos por la democracia en condiciones realmente imposibles, y que han ido mejorando con el tiempo-- significan un esfuerzo sustantivo, sin perjuicio de que no lleguemos todavía al nivel de remuneraciones que necesitaría un sistema moderno en un país que progresa como el nuestro.

Además, votaré por lo propuesto en el informe de la Comisión de Hacienda, pues, a mi juicio, recoge mejor que el de la de Salud la relación entre la bonificación a la experiencia y al desempeño.

Me parece razonable establecer normas que premien el desempeño. Pero creo que debemos tener en cuenta también --y se ha dicho acá-- que la experiencia, sobre todo en este tipo de servicios y profesiones, constituye un elemento fundamental desde el punto de vista de la calidad del servicio y, finalmente, de la eficiencia que se pretende lograr. Sobre todo en la atención de salud, en los distintos niveles (médicos, paramédicos, funcionarios auxiliares, administrativos), el factor de la experiencia es sin duda un elemento básico de la madurez de los sistemas. Particularmente en Chile, donde tenemos una larga escuela de salud pública, que de alguna manera se rompió durante los 17 años del Gobierno militar. Y ella se construyó sobre la base de la acumulación sucesiva de experiencias y de desarrollos. De manera que este factor debe valorarse.

Manifiesto algunas aprensiones respecto de las modalidades para medir el desempeño, cuestión que espero que pueda corregirse en el futuro. Como se ha dicho acá, evidentemente, el actual sistema de calificaciones no está construido para estos propósitos. Y, seguramente, el próximo año no habrá otro mecanismo para aplicar. Pero ojalá que se construyan indicadores de desempeño. Esta materia fue señalada en la Sala, y me hago parte de ese planteamiento. Además, deben medirse desempeños institucionales y por equipos. La atención de salud no sólo depende del esfuerzo individual de cada trabajador, sino de la calidad del trabajo en equipo y de la del sistema institucional.

Considero que la discusión producida y la movilización del gremio han servido, por lo menos, para afirmar en el país la importancia de establecer un sólido sistema público de salud. Creo que lo fundamental es tener presente que, si queremos avanzar en un servicio de salud que sirva a toda la sociedad, particularmente a los sectores más desfavorecidos, eso sólo puede lograrse mediante un sistema público sólido, que sea complementado --pero no sustituido-- por iniciativas privadas. Y en tal sentido, la experiencia mundial indica que ahí donde existen buenos índices generales de salud de la población, eso se ha conseguido sobre la base de sistemas públicos de amplia cobertura, de adecuado financiamiento y de niveles profesionales de excelencia.

Es evidente que el sistema público de salud chileno necesita transformaciones. Pero ellas deben realizarse con los trabajadores de la salud, que son los actores fundamentales en este proceso.

Me preocupa seriamente el deterioro producido en el tiempo en las relaciones entre los trabajadores de la salud y sus gremios, y el Gobierno, que es el encargado de conducir principalmente el proceso de transformación. No habrá un proceso bueno en esta materia, si no se incorpora el concurso activo de los trabajadores del sector.

Y en ese sentido, desde acá, del Senado de la República, llamo al Gobierno y también a los gremios para que realicen un gran esfuerzo por restituir un clima de diálogo y de colaboración mutuos. Porque si ello no ocurre, el sistema público de salud se verá dañado y, en definitiva, se perjudicará a toda la población.

Finalmente, a pesar de que no tiene que ver con el tema que nos ocupa, quiero recoger la iniciativa del Gobierno --junto con el envío del proyecto-- en el sentido de preocuparse por un asunto que habíamos planteado en el Senado, esto es, la adecuación de la actual legislación respecto a las condiciones de negociación del sector público.

Los conflictos que hemos tenido este año, tanto del magisterio como del área de la salud, indican que nuestra estructura jurídica resulta completamente inadecuada para regular las negociaciones entre los trabajadores del sector público y el Gobierno respecto a salarios y condiciones de trabajo. Y, por tanto, estamos en el peor de los mundos. Porque, en efecto, hay movilizaciones que son legítimas, pero que carecen de un marco legal adecuado. Y esto tiende --diría--, inevitablemente, a enrarecer las relaciones de los trabajadores con el Gobierno.

Es indispensable, entonces, recoger la experiencia que hemos tenido este año, y dotar a los trabajadores del sector público de mecanismos legales para las negociaciones y acuerdos en lo tocante a sus condiciones de trabajo y de salarios.

Por todas estas razones, voto a favor.

El señor HORVATH.-

Señor Presidente , primero, para fundamentar el voto hay que señalar que la estructura del proyecto que se somete a nuestra consideración, en sus asignaciones de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, y en el programa anual de mejoramiento de gestión con metas de eficiencia, se articula fundamentalmente en lo que dice relación a las calificaciones. Y las calificaciones en la Administración Pública no funcionan prácticamente en todos los servicios. Y no se estima que con la iniciativa en debate vayan a funcionar bien.

El Estatuto Administrativo señala que la calificación se hará por la Junta Calificadora.

En cada institución existirán Juntas Calificadoras Regionales que harán las calificaciones de sus funcionarios cuando el número de éstos, en la región, sea igual o superior a quince.

En las regiones en que la institución de que se trate tenga menos de quince funcionarios y en la Región Metropolitana de Santiago, las calificaciones se harán por una Junta Calificadora Central. Le corresponderá asimismo a ésta evaluar a los integrantes de las Juntas Calificadoras Regionales.

Las Juntas Calificadoras Regionales estarán integradas por los tres funcionarios de más alto nivel jerárquico y por un representante del personal.

La Junta Calificadora Central estará compuesta por los cinco funcionarios de más alto nivel jerárquico, con excepción del Jefe Superior , y por un representante del personal. No será calificada.

Las apelaciones de los funcionarios las conocerá el Subsecretario o el Jefe Superior del Servicio , según corresponda.

Entonces, evidentemente, resultará bastante complicado aplicar el sistema, como para que el universo de los trabajadores del sector de salud pueda verse objetivamente calificado y acceder a los beneficios que otorga esta iniciativa.

Si vamos más allá, la Comisión de Hacienda introdujo un llamado en la letra h), del artículo 1º, en el sentido de que las personas deberán regirse específicamente por el artículo 66 del Estatuto Administrativo para acceder a los beneficios del proyecto. Esta norma dispone, entre otras cosas, lo siguiente: "Los atrasos y ausencias reiterados, sin causa justificada, serán sancionados con destitución, previa investigación sumaria".

No podemos dejar pasar esto, porque, evidentemente, de aprobarse la iniciativa en la forma como viene, los trabajadores van a quedar atados de manos. Creemos que ello no se debe permitir al momento de dirimir entre uno y otro informe, artículo por artículo.

Además, esta huelga del personal de salud, y anteriormente la del de educación, ponen al desnudo el franco desmedro en que se encuentra la Administración Pública. Otros sectores --tal vez minoritarios y que no tienen este efecto social-- no han podido representar sus demandas al Gobierno, para que se sensibilice en esta materia y nos haga llegar los proyectos correspondientes. Es el caso de la Corporación Nacional Forestal o el de la Dirección de Vialidad, reparticiones en las que un porcentaje significativo de sus trabajadores está clasificado socialmente en condiciones de extrema pobreza, y algunos ganan el sueldo mínimo por muchos años. Evidentemente, tal condición no puede seguir.

En resumen, en esta coyuntura a la cual se nos ha llevado, votaré favorablemente la iniciativa en la línea que nos propone mayoritariamente la Comisión de Salud. Sin embargo, considero que merece un mejor análisis --inclusive, está la posibilidad de presentar indicaciones--, pues aún hay plazo para despacharla en el mes de enero del año venidero, con el objeto de que los trabajadores puedan recibir los beneficios correspondientes, pero en forma transparente.

El señor HUERTA.-

Señor Presidente , votaré afirmativamente el proyecto. Y no voy a fundamentar el voto, sino que aprovecharé mi tiempo para aclarar algunos conceptos, a fin de que pueda aplaudir con propiedad la "barra de los de arriba".

Quien hizo la comparación entre Carabineros y los Servicio de Salud fue "mi general" Otero. ¿No fui yo quien comandó esa benemérita Institución durante más de 6 años? Efectivamente, se pueden comparar: ambas reparticiones están para salvar vidas. Tiene toda la razón "mi general" Otero.

Asimismo, se hizo un alcance respecto de que los carabineros pueden jubilar con 20 años de servicio, por parte de mi dilecto amigo el Senador señor Muñoz Barra , a quien sé muy bien intencionado y un excelente amigo de Carabineros. En efecto, pueden retirarse con 20 años, con dos tercios de su sueldo miserable, para dedicarse a otra actividad y alimentar a sus familias, seguramente cuando los hijos están en la universidad.

En lo que no se pueden comparar es en que nunca los carabineros se han declarado en huelga, dejando a sus semejantes librados a su propia suerte.

Voto que sí.

El señor LAVANDERO .-

Por haber hecho uso de parte de mi tiempo, intervengo sólo para señalar mi aprobación al texto propuesto por la Comisión de Hacienda, porque destina de mejor manera los recursos a estos trabajadores que el de la de Salud. Me parece que ese personal debe ser apoyado en sus reivindicaciones salariales, objetivo que recoge de manera más adecuada --reitero-- el texto de la primera que el de la segunda.

El señor NÚÑEZ.-

Señor Presidente , seré breve. No cabe duda de que después de estos días navideños hemos vuelto con bastante entusiasmo para hacer uso de la palabra. No me puedo sustraer al estímulo que ha significado el hecho de que durante estos días hemos podido reflexionar, en el calor de nuestros hogares, acerca de muchos dramas que vive el país, entre los cuales, obviamente, el de la salud es uno de ellos.

En verdad, en el curso del debate nos hemos dado cuenta de que la salud, a nivel mundial --particularmente, la pública--, se encuentra en una verdadera crisis, lo cual ha motivado, no sólo a la OMS, sino también a Gobiernos de países europeos y latinoamericanos a realizar numerosos estudios acerca de cómo enfrentarla.

La única diferencia con nosotros es que a ninguna de las naciones que conozco se le ha ocurrido seguir privatizando la salud pública. Por el contrario, la mayor parte de ellas está viendo cómo reforzarla para hacerla más eficiente, equitativa, que dé cuenta de las exigencias y demandas de la mayoría de la población. En ningún Estado europeo que conozca está en cuestión el hecho de que debe haber una salud pública. Inclusive, en Inglaterra, donde se implementó una política destinada a disminuir su presencia, el Gobierno conservador ha echado pie atrás, porque no cabe duda de que la salud pública requiere de un Estado firme, en condiciones efectivas de otorgar este bien tan preciado para los seres humanos. Eso, en primer término.

En segundo lugar, creo que desgraciadamente no hemos tenido oportunidad de realizar el debate que tantos Honorables colegas han demandado, y que normalmente postergamos, no sé si para las calendas griegas, o si efectivamente algún día nos vamos a sentar a enfrentar el tema de la salud pública, aun cuando lo que digamos, a lo mejor, no es mucho lo que pueda aumentar la claridad del Poder Ejecutivo . Porque todos sabemos que, en verdad, el Parlamento, en virtud de la Constitución de 1980, es poco lo que puede hacer para enfrentar temas de esta naturaleza, salvo entregar nuestra experiencia, que la tenemos en virtud de nuestra condición de servidores públicos.

Sin embargo, desde hace mucho tiempo deseo discutir la posibilidad de que la salud primaria deje de estar a nivel de las municipalidades. Personalmente, creo que hace rato que ella debiera depender de los Gobiernos Regionales. Incluso, a propósito del concepto de desempeño --que hemos discutido con tanta latitud esta tarde--, no veo cómo vamos a poder controlarlo con una visión burocrática y centralista que, normalmente, no es capaz de condensar en el funcionamiento de un mismo servicio, con una concepción similar, el cometido que se exige a un funcionario médico, paramédico o de otro tipo, en la Primera Región y en la Duodécima. Lo que una persona de la Primera entienda por tal es absolutamente distinto, en mi opinión, del concepto que tenga una de la Duodécima. Chile es un país distinto, diferente, plural. Es más: tiene diversidades muy grandes.

Por lo tanto, a mi parecer, la única manera de que podamos enfrentar seriamente esa situación es regionalizando nuestra salud pública, para que efectivamente haya conceptos de desempeño adaptados a la realidad, y no cuestiones tan abstractas que normalmente pueden interpretarse en forma arbitraria, o bien, no aplicarse adecuadamente.

Participo de las inquietudes manifestadas por los trabajadores, en el sentido de que para los efectos de la asignación por desempeño pueden darse situaciones extraordinariamente arbitrarias, como también que, si no hay una aplicación muy concreta de tal concepto a la realidad, pueden darse otras que efectivamente pongan en duda ese concepto, junto con la idea que hay involucrada en él.

En tercer lugar, me parecen francamente lamentables algunas opiniones vertidas durante la última huelga, particularmente en lo referente a los trabajadores de la salud, en el sentido de que debiera privárseles del derecho a paro. Francamente, creo que constituiría un retroceso muy lamentable. Pienso que, de una vez por todas, debiéramos tener la posibilidad de discutir el Convenio Nº 151 de la OIT, que entrega algunas líneas generales, normas globales, respecto de cómo enfrentar las huelgas y paros de los trabajadores del sector público. Limitar ese derecho legítimo a los trabajadores, me parece un retroceso que los Senadores de esta bancada no están dispuestos a avalar.

En cuarto lugar, deseo señalar algunas aprensiones que yo, por lo menos, todavía tengo respecto del financiamiento del proyecto, que alcanza a 14 mil 500 millones de pesos. Entiendo que el Ministerio de Salud se ha comprometido a cubrir el 50 por ciento de tal suma, y sería bueno que sobre el otro 50 por ciento hubiera un claro compromiso por parte del Ministerio de Hacienda, para que no se produzcan ciertas dificultades. Porque ya hemos tenido malas experiencias --digámoslo francamente-- en asuntos muy importantes. Y no porque dude de las palabras que puedan expresar aquí tanto el Ministro como el Subsecretario ; pero, a mi juicio, el señor Aninat , en algún instante, debería entregarnos una opinión favorable en el sentido de que el proyecto se encuentra financiado adecuadamente.

Por otro lado, todavía no queda claro cómo se aplica el sistema relativo a las asignaciones. Entiendo que algunas se calculan conforme a los sueldos bases y otras en virtud de los mismos, más las asignaciones propias de algunos profesionales. Eso en teoría me parece muy bien; pero no vaya a suceder que con ello se incrementen aún más las diferencias de sueldos en el interior del sector. Porque de esa manera, en mi opinión, no estaríamos considerando debidamente la legítima demanda de la mayor parte de los trabajadores, expresada a través de su movimiento huelguístico. Respecto de éste no comparto particularmente el que en determinadas regiones, al parecer, se hayan abandonado los servicios de urgencia. En la que yo represento, no ocurrió eso. En Atacama, por ejemplo, todos ellos funcionaron bien; pero no sucedió lo mismo en otros lugares.

No comparto el que, con motivo de este proyecto, es posible que se generen ciertas dificultades a propósito del cálculo de las asignaciones, lo cual podría producir mayores diferencias en los propios trabajadores de la salud, especialmente entre aquellos más postergados dentro de tal servicio.

Por todas estas razones, votaré favorablemente la idea de legislar, sobre la base del informe de la Comisión de Hacienda y no del elaborado por la de Salud. Pero esto lo veremos cuando analicemos en particular la iniciativa.

El señor RUIZ (don José) .-

Señor Presidente , a mi juicio, hemos tenido un debate muy interesante. Algunos señores Senadores han planteado que no debiéramos hablar de la salud en general; sin embargo, estimo que el tema es ése: si la salud va a ser un servicio o un negocio. Éste es el problema de fondo. Muchas intervenciones han justificado ciertas posturas. Pero la salud, en mi concepto, no puede convertirse en un negocio, porque si así sucediera, ella estaría solamente al alcance de las personas con mayores ingresos, como se da precisamente en el caso de las ISAPRES, donde la gran mayoría de la población queda absolutamente alejada de la posibilidad de ingresar a ellas.

Por lo tanto, el tema de la productividad y el problema del financiamiento de la salud tienen que enmarcarse dentro de lo que debe ser un servicio vital, cuya obligación corresponde al Estado, sin que pueda eludirla. Éste es el problema de fondo, el cual --como se ha dicho tantas veces--, hay que discutir. No lo hemos hecho. Estamos aplicando un modelo de salud no compatible con la situación de pobreza existente en el país. Por consiguiente, el tema es importante.

No podemos aceptar que se diga que, por haberse aumentado las remuneraciones, en el mismo porcentaje en que ellas se incrementaron debería haberse mejorado el servicio de salud. Pienso que eso es un absurdo. Cuando uno tiene una empresa --muchos empresarios han intervenido antes que yo--, sabe muy bien que en ella no se produce más porque aumenten los sueldos. Son muchos los elementos que inciden en el buen funcionamiento de un servicio y de una empresa. Por lo tanto, en mi opinión, el problema no sólo radica en mejorar los sueldos. Hacerlo es una necesidad imperiosa basada en diversas razones. Ojalá, las alzas de remuneraciones pudieran ir acompañadas de un mejoramiento en la productividad o rendimiento de los hospitales; pero en el caso de la salud existen otras materias de fondo que aquí no se han discutido.

Un Parlamentario habló de la credibilidad en el Congreso y en los políticos. La credibilidad no está basada en la extensión de los discursos, sino en la consecuencia de ellos con nuestras acciones. Y cuando ayer se dejó a los servicios públicos de salud postergados, no hubo quienes levantaran sus voces ni tampoco cuando se disminuían los presupuestos para el sector, ni cuando se reducían las condiciones de vida de quienes los atendían y las de sus familiares. Hoy día, cuando los trabajadores de la salud están aquí, en las tribunas, todos se declaran partidarios de los servidores del sector salud, callando lo que señalaron en la discusión de otros proyectos y manifestando que no estaban preocupados de esos trabajadores, sino de los millones de chilenos atendidos en los consultorios públicos. Ése discurso hoy día no lo hicieron.

Resulta verdaderamente lamentable el uso demagógico en que se cae al momento de defender una tesis. Seamos francos y digamos las cosas por su nombre. Yo, por lo menos, he tenido siempre la misma postura: la salud pública debe estar a cargo del Estado y no debe ser privada. No me opongo a que existan clínicas ni hospitales privados, y que ingresen a ellos quienes dispongan de los medios necesarios. Pero el Estado tiene la obligación de garantizar niveles de salud adecuados para todos los chilenos. Ése, para mí, es un problema fundamental y básico.

Deseo referirme ahora al último movimiento huelguístico de los trabajadores de la salud. Me hubiese gustado que el país no se enfrentara a situaciones de este tipo. Lo he planteado en muchas oportunidades. En mi opinión, todos los trabajadores deben tener derecho a negociar colectivamente y todos igualmente deben tener derecho a la huelga, siempre que ésta se encuentre regulada. Me habría gustado que el paro en los servicios de salud se hubiera declarado después de un proceso de negociación colectiva, en donde quedaran establecidas las condiciones en que aquél se realizara y se garantizara el derecho a la vida de los enfermos, además de fijarse las condiciones en que debe enfrentarse una emergencia, a fin de que, a lo menos, haya turnos de emergencia.

Ésa es mi posición. La he planteado en muchas oportunidades. Pero tenemos temor. Y creo que incluso en el Gobierno nuestro, en el de la Concertación, existe miedo a abordar el problema. Ahora tenemos un sistema mentiroso. Hoy los trabajadores de la salud no tienen derecho a la huelga. Entonces, ¿de qué estamos hablando? No debe mantenerse un derecho sin base, sino que debemos otorgarlo a través de la ley, a fin de que sea regulado. Porque esos servidores prestan servicios en lugares que son de gran importancia para ellos y para las personas que atienden. Por lo tanto, estimo que deberíamos enfrentar los problemas con mucha más seriedad. No se trata de hacer demagogia ni de formular peticiones absurdas al Gobierno, sino de afrontar los problemas y la realidad. El sistema de salud impuesto durante el Gobierno militar no sirve al país. Y ése es el problema que debemos analizar; pero como no podemos remediarlo en su totalidad, voto a favor de la tesis aprobada en la Comisión de Hacienda del Senado.

El señor SIEBERT.-

Señor Presidente , en el fundamento de mi voto, quiero celebrar la intención del Ejecutivo en este proyecto de premiar y de incentivar con ello el desempeño funcionario de los integrantes del sector estatal de la salud.

La iniciativa, junto con estimular un buen desempeño funcionario mediante la asignación concebida, impulsa la eficiencia y la modernización. Estimo que aquélla se da tanto en los trabajadores con mayor antigüedad como en los que tienen menos años de servicio. Eso es indudable. Por ello, la eficiencia y el impulso modernizador de las nuevas, pujantes y activas generaciones no pueden ser frenados ni coartarse mediante una señal como la contenida en el proyecto aprobado por la Comisión de Hacienda, la cual, a mi juicio, no es buena, en cuanto a privilegiar la asignación por antigüedad por sobre la de desempeño funcionario sobre la base de las calificaciones.

Hago votos por que el sistema de calificaciones se mejore sustancialmente, para que él sea la mejor garantía de una iniciativa justa y equitativa. Lamentablemente --muchos lo han dicho-- en la actualidad el sistema de calificaciones en el sector público es permanentemente criticado, tanto por quienes califican como por los calificados. Ojalá que el proyecto en debate contribuya a mejorar las actuales normas de desempeño funcionario, ya que en ellas se basan también las modernizaciones y las asignaciones de productividad de otros servicios públicos, como sucede, según lo escuchamos, con el Servicio Nacional de Aduanas y con el Ministerio de Obras Públicas, cuyo mejoramiento de remuneraciones se encuentra en estudio.

Por otro lado, considero interesante y digno de ser considerado en futuros proyectos de modernización de otros servicios públicos lo relativo a las bonificaciones por desempeño institucional. Es posible que en tal factor se pueda basar tan importante incentivo para que, desde las jefaturas correspondientes, con el concurso de las respectivas asesorías, se busque el aumento de la eficiencia que todo Chile desea para estos trascendentes servicios fiscales.

Antes de dar término a mis observaciones, deseo expresar que lamento las expresiones tan críticas, tan vehementes y tan negativas en contra de otro sistema y de otras instituciones, que no viene al caso traer a colación durante el debate de una iniciativa específica que tiende a beneficiar a un vasto sector de trabajadores del sector público. A mi juicio, no es la oportunidad; todo lo contrario. Creo que ellas sólo contribuyen a una polarización, que se agudiza cada vez que se trata en la Sala un proyecto de la categoría del que estamos analizando. Sin embargo, esos mismos críticos, en otras oportunidades, rasgan vestiduras en aras de un reencuentro de todos los chilenos y de una reconciliación que mucho se predica, pero que poco se practica.

Por último, quiero adherir a la gran mayoría de los señores Senadores en cuanto a aprobar en general el proyecto.

El señor LAGOS ( Prosecretario ).-

¿El señor Senador no está pareado con el Honorable señor Errázuriz?

El señor SIEBERT.-

Efectivamente, convine un pareo con el Senador señor Errázuriz , pero sólo para la votación particular. Inclusive él aparece también aprobando en general el proyecto.

El señor SINCLAIR.-

Al igual como sucede en una empresa o en una institución particular bien organizada, se supone que el Gobierno debe estar permanentemente evaluando los regímenes remuneracionales del sector público. Existen sistemas para ponderar la moral en determinadas áreas; y esos indicadores de moral van señalando a las autoridades administrativas cuáles son las necesidades y las insatisfacciones. Las autoridades, a su vez, las hacen suyas, proponen soluciones y, finalmente, buscan remediar alguna situación conflictiva, sin llegar a actuar bajo la fuerza gremial, como se hizo en el caso que hoy nos ocupa y que precedió al análisis del proyecto en estudio.

En cuanto a la iniciativa misma, en mi concepto, uno de sus elementos fundamentales dice relación al éxito al cual se llegue mediante el correcto sistema de evaluación administrativa del personal del sector Salud, para fijar posteriormente las asignaciones de desempeño. No obstante que el sistema ya está concebido, no cabe duda alguna de que él debe ser profundamente dominado por los calificadores y especialmente conocido por los calificados, en este caso por los trabajadores de la Salud, quienes deben saber cuáles son sus derechos y los procedimientos de apelación y cómo poder recurrir ante la autoridad, en el caso de sentirse injustamente tratados. Considero fundamental tal aspecto del proyecto, por cuanto, si no se maneja con la debida objetividad, puede llevar a situaciones bastante lamentables.

Resulta curioso comprobar, señor Presidente , cómo, a lo largo de muchos años, eminentes señores Senadores, cuando los problemas son demasiado complejos y deben discurrirse y encontrarse soluciones, aluden a situaciones bastante manidas, no muy elegantes --diría yo-- y un poco gastadas: "Es que esto ocurrió en el Gobierno de la dictadura". "Es que esto es herencia del Régimen de las Fuerzas Armadas". "Es que éstos son privilegios", etcétera, etcétera. Como si hubiera sido lícito para el Gobierno militar aludir, durante su gestión, a situaciones pretéritas cuando se encontraba abocado a la solución de problemas difíciles. Señores Senadores, frente a tales situaciones, creo que no debemos llorar sobre la leche derramada, y asumir el problema en la forma como se encuentra presentado, tratando de encontrar las soluciones adecuadas, sin pretender inculpar a nadie. Tenemos que dejar de mirar hacia atrás y clavar la vista en el futuro, buscando la unidad entre todos los chilenos y la solución a los problemas que los afligen.

Finalmente, es preciso enfatizar, señor Presidente , que la mística del servicio público --y esto fue dicho por una autoridad en un espacio televisivo-- obliga a subordinar todo interés gremial o personal al bien superior o al bien protegido. No me cabe duda alguna de que las demandas fueron justificadas y lícitas, pero me preocupa que se trastrueque la escala de valores. Fueron lamentables los hechos de fuerza, durante los cuales se vio a tanta gente necesitada caminando por las calles en la búsqueda de que la autoridad escuchara sus requerimientos. Lo mismo ocurrió por parte de la autoridad, con evidente daño para unos y otros, y en especial para muchísimos enfermos de escasos recursos económicos, quienes se encontraban en situaciones muy lamentables y, en algunos casos, hasta fatales. Creo que lo vivido por el país en esta materia nos debe dejar una valiosa experiencia y una gran enseñanza. Todos tenemos que ser más receptivos respecto de nuestros conciudadanos y de las situaciones que se plantean, sin llegar a casos extremos. Por estas razones, y después de haber hecho las precisiones anteriores, anuncio que aprobaré en general el proyecto en los términos planteados.

El señor URENDA.-

Indudablemente que estamos frente a un tema muy importante, porque en él está implícito el problema de la salud. Y a este respecto, debo señalar que, cuando hablamos de "salud", tenemos que referirnos a algo que interesa prioritariamente a toda la población y que debe ser una preocupación permanente del Estado y de todos los chilenos. Y no se trata simplemente de la salud pública o de la salud privada, sino de cómo crear sistemas que permitan mejorar el nivel de vida de los chilenos en un aspecto tan prioritario como la salud personal.

Lamento que, como siempre, nos aboquemos a discutir este problema con mucha urgencia. Me sumo a las apreciaciones que señalan lo negativo de pretender politizar este problema y reducir lo que sucede con el personal de la salud a un simple ataque a las ISAPRES. Chile encontró una solución ingeniosa en materia de salud al ofrecer diversas opciones. Porque no olvidemos que nadie está obligado a incorporarse a una ISAPRE y que su existencia --la liberación de personas que corresponden o pesan sobre la salud pública-- permite liberar recursos del Estado para atender mejor a los más necesitados. La salud pública se financia no sólo con las imposiciones, sino también con los impuestos. Y en nuestro caso específico, en los últimos años, afortunadamente con fuertes ayudas del exterior.

Sobre el particular, se ha hecho --diría-- un doble juego de cifras. Se exagera al referirse a los aumentos de remuneraciones, ya que, aunque es efectivo que han sido relativamente importantes en el sector salud, por otra parte, ello debe considerarse como propio de un país que crece. En consecuencia, ahora es posible remunerar en mejor forma que hace seis o doce años al personal de la salud y, en general, a todos los trabajadores chilenos. Debemos considerar este elemento.

Por otro lado, me causa extrañeza que un señor Senador especialista en materia económica traiga a colación cifras absolutamente parciales, con el sólo ánimo de desmerecer --como se dijo-- lo hecho en esta materia con anterioridad a 1990.

Se refirió al Índice de Calidad Material de Vida como el resumen del "desideratum" de lo sucedido en estos seis años. Tengo a la vista dicho índice con sus datos parciales, no sólo de los tres o cuatro años anteriores, sino que de los últimos treinta años. En él, podemos apreciar que durante el Gobierno en el cual la salud en Chile fue destruida, según afirmaron algunos Honorables Senadores en la Sala, el índice de mortalidad infantil bajó de 72,7 por mil a 17,1 por mil; y la esperanza de vida al nacer subió de 65, a prácticamente 72 años . Y en estos últimos seis años, la esperanza de vida no ha aumentado en seis o en cuatro años, sino apenas en dos años, pero continuamos progresando al respecto.

En consecuencia, algo debe haber ocurrido, porque tan malos no deben haber sido los programas existentes en esos años como para que fuera posible obtener estos espectaculares índices de calidad material de vida, los cuales, por lo demás, pueden ser conocidos por Sus Señorías todos los meses, si revisan con el mismo detenimiento con que lo hago, el Boletín Mensual del Banco Central de Chile.

Por lo tanto, no se debe jugar con estas cifras. Hay que ser absolutamente objetivo para así captar los elementos en su verdadera extensión.

En cuanto al proyecto mismo, yo diría --repito-- que su mérito es introducir el factor de eficiencia, lo cual me parece una idea excelente. Indudablemente --recojo lo dicho por el Senador señor Cantuarias --, la aplicación práctica de la iniciativa no será fácil. Al mismo tiempo, echo de menos los cálculos aritméticos que demostrarían que entre el criterio de la Comisión de Salud y el de la Comisión de Hacienda del Senado existen las diferencias que se han señalado. Las cifras no calzan y creo que las diferencias son bastante menores.

Por eso, aprobaré el proyecto en general. Deseo que ello implique perfeccionar la eficiencia en todos los servicios de la Administración del Estado, dentro del contexto de la batalla en que estamos empeñados todos los chilenos para mejorar la eficiencia en el país. Ojalá los problemas que puedan presentarse respecto a las calificaciones no redunden en nuevas dificultades.

Por último, deseo hacer una consideración sobre la huelga. Indudablemente, ella está prohibida y nos duele mucho cuando se produce en el sector salud. Sin embargo, no deja de extrañarme que el Gobierno atienda a determinadas peticiones sólo cuando hay una huelga. Con ello, está señalando un mal camino por seguir, porque si las demandas de los trabajadores son justas, deberían ser debidamente consideradas sin necesidad de recurrir a medidas de fuerza.

Por lo anterior, señor Presidente, voto en general a favor.

El señor LAGOS ( Prosecretario ).-

¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba en general el proyecto (38 votos afirmativos y un pareo).

Votaron por la afirmativa los señores Bitar, Cantuarias, Carrera, Díaz, Díez, Errázuriz, Feliú, Fernández, Frei (don Arturo), Frei (doña Carmen), Gazmuri, Hamilton, Hormazábal, Horvath, Huerta, Lagos, Larraín, Larre, Lavandero, Letelier, Martin, Matta, Mc-Intyre, Muñoz Barra, Núñez, Ominami, Otero, Piñera, Prat, Ríos, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide, Siebert, Sinclair, Sule, Urenda, Zaldívar (don Adolfo) y Zaldívar (don Andrés).

No votó, por estar pareado, el señor Calderón.

El señor DÍEZ ( Presidente ).- La Comisión de Hacienda sugiere modificar los numerales i) e iii) de la letra b) del artículo 1º del proyecto, para sustituir los guarismos "3,5%" y "1%" propuestos por la Comisión de Salud, por "3,25%" y "1,25%", respectivamente.

En votación esta proposición.

El señor URENDA.-

Señor Presidente , ¿no será sometida a discusión esa sugerencia?

El señor DÍEZ (Presidente).-

La iniciativa fue debatida en general y particular a la vez, porque todas sus materias se trataron. Por lo tanto, debe procederse a la votación de las modificaciones propuestas por las Comisiones.

El señor SULE.-

Sin perjuicio de fundamentar el voto.

El señor DÍEZ ( Presidente ).- Los señores Senadores que estén de acuerdo con la proposición de la Comisión de Hacienda deben pronunciarse afirmativamente, y los que estén de acuerdo con el texto sugerido por la Comisión de Salud, lo harán en forma negativa.

En votación la referida proposición de la Comisión de Hacienda.

--(Durante la votación).

El señor RUIZ-ESQUIDE.-

Voto a favor, con la salvedad que hice en mi intervención.

El señor URENDA.-

En el entendido de que la significación económica es mucho menor que la señalada acá, voto que sí.

El señor CANTUARIAS.-

Señor Presidente , normalmente estoy pareado con el Senador señor Arturo Frei; pero, como el Comité Demócrata Cristiano me ha autorizado para votar, me pronuncio a favor de la proposición.

El señor LAGOS ( Prosecretario ).-

¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Terminada la votación.

--Se aprueba la propuesta de la Comisión de Hacienda (15 votos contra 6 y 6 pareos).

Votaron por la afirmativa los señores Cantuarias, Carrera, Díaz, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Hamilton, Huerta, Lagos, Lavandero, Matta, Muñoz Barra, Núñez, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide y Urenda.

Votaron por la negativa los señores Díez, Feliú, Horvath, Larre, Mc-Intyre y Sinclair.

No votaron, por estar pareados, los señores Calderón, Hormazábal, Ominami, Sule, Zaldívar (don Adolfo) y Zaldívar (don Andrés).

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Además, la Comisión de Hacienda, por unanimidad, ha introducido modificaciones en las letras d), e) y h) del artículo 1°.

Si le parece a la Sala, se aprobarán.

Aprobadas.

El artículo 2° no ha sido objeto de proposiciones ni de indicaciones.

--Queda aprobado reglamentariamente.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

En el artículo 3°, la Comisión de Hacienda, por cuatro votos a favor y una abstención, propone agregar el siguiente inciso final, nuevo:

"No obstante lo dispuesto en la letra h) del referido artículo 11 de la ley N° 19.479, los Jefes Superiores de Servicios tendrán derecho a percibir la bonificación conforme al número i) de la letra c) de ese artículo y los miembros de las Juntas Calificadoras Centrales podrán optar entre percibirla de acuerdo con el número ii) de dicha letra, o bien, en el caso que hayan sido calificados en el año inmediatamente anterior al del pago del beneficio, sujetarse a las normas generales conforme al puntaje obtenido en esa calificación.".

Si le parece a la Sala, se aprobará la propuesta.

El señor LARRE.-

Con mi abstención.

--Se aprueba, con la abstención del Senador señor Larre.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

En el artículo 4°, la Comisión de Hacienda propone suprimir, en el inciso primero, el vocablo "anual".

El señor LAVANDERO.-

Es de mera redacción.

--Se aprueba la proposición.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

En el inciso séptimo del mismo artículo, la Comisión de Hacienda, por unanimidad, recomienda intercalar, después de la expresión "al trabajo", la frase "conforme a lo establecido en el artículo 66 del Estatuto Administrativo,".

Se refiere a las inasistencias al trabajo.

El señor LAVANDERO.-

También es sólo de redacción.

El señor DÍEZ (Presidente).-

Si le parece a la Sala, se aprobará.

El señor RUIZ-ESQUIDE.-

Señor Presidente , ¿podría repetir la modificación?

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

La modificación recae en el inciso séptimo del artículo 4°, y consiste en intercalar, después de la expresión "al trabajo", la frase "conforme a lo establecido en el artículo 66 del Estatuto Administrativo,".

El señor LAVANDERO.-

En el texto del Ejecutivo también se contemplaba. Expresaba "por aplicación del artículo 66".

El señor LARRE.-

De acuerdo, señor Presidente.

El señor DÍEZ (Presidente).-

Si le parece a la Sala, se aprobará.

El señor RUIZ-ESQUIDE.-

Con mi abstención, señor Presidente , por las razones que expresé en mi intervención. Fui artífice de una indicación que se rechazó y, por lo tanto, no puedo apoyar esta norma, a pesar de que es menos mala que la otra.

La señora CARRERA.-

También me abstengo.

El señor NÚÑEZ.-

Lo mismo yo.

El señor HORVATH.-

Me abstengo, igualmente, por lo que dije en mi exposición.

El señor CALDERÓN.-

Mi postura también es de abstención, pero estoy pareado.

--Se aprueba la propuesta, con las abstenciones de los Senadores señor Ruiz-Esquide, señora Carrera y señores Núñez y Horvath.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

En el artículo 4° transitorio, los Senadores señora Feliú y señor Piñera han formulado una indicación que la Mesa declara inadmisible.

El señor RUIZ (don José).-

Estamos de acuerdo con la Mesa.

La señora FELIÚ.-

Pido la palabra.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Señora Senadora, antes explicaré por qué he decidido declarar inadmisible la indicación.

La señora FELIÚ.-

Perfecto.

El señor DÍEZ (Presidente).-

He declarado inadmisible la indicación, porque sus autores proponen sustituir por otra la frase "vigente de los Servicios de Salud".

El proyecto establece que el costo del mismo se cargará al presupuesto de los servicios de salud, que corresponde a la Partida 16, Capítulo 03. La indicación hace un agregado a la Subsecretaría de Salud, que corresponde a la Partida 16, Capítulo 01. Por ello, la Mesa estima que la indicación implica una enmienda al financiamiento del Ejecutivo establecido en la Ley de Presupuestos. En consecuencia, la declara inadmisible.

Tiene la palabra la Senadora señora Feliú.

La señora FELIÚ.-

Señor Presidente , lamentablemente, el artículo 4° transitorio de la iniciativa contiene un error evidente. Así se hizo notar en la Comisión de Salud. El presupuesto de la Partida Ministerio de Salud, que tengo en mis manos, consigna, en capítulos separados y conforme al decreto ley N° 1.263, los gastos correspondientes a dicho Ministerio, vale decir, a la Subsecretaría de Salud , Servicios de Salud, Instituto de Salud Pública, Central de Abastecimiento y Fondo Nacional de Salud.

Dentro de nuestro sistema presupuestario, no es posible incrementar las remuneraciones del personal de la Subsecretaría de Salud y, no obstante, cargar los gastos a los servicios de salud a que se refiere el decreto ley N° 2.763, que son organismos descentralizados creados en virtud de una ley.

Indiscutiblemente, hay un error que el Gobierno debió corregir, porque en la Comisión de Salud se lo advirtió oportunamente al estudiarse el texto. El Parlamento no puede aprobar una iniciativa legal que incrementa los fondos de un servicio descentralizado e imputa el gasto a un organismo diferente. Ello tendría graves consecuencias.

No olvidemos que en esta Sala se ha abordado, a través de la intervención de distintos señores Senadores, un tema de gran importancia y muy de fondo. Este proyecto de mejoramiento de remuneraciones aumenta el gasto en 14 mil y tantos millones de pesos. ¿Por qué se pretende cargarlo a los servicios de salud, en circunstancias de que cuando el Congreso aprobó el Presupuesto de la Nación para 1997 y, por ende, el presupuesto del sector salud, todos los recursos solicitados para la respectiva Partida tenían una autorización de gasto equivalente?

¿Por qué se pretende cargar a los servicios de salud --éstos de por sí tienen un gasto que la sociedad requiere con urgencia y que fue estudiado y analizado al aprobarse el presupuesto-- los gastos de otras reparticiones, que además tienen personalidad jurídica propia y presupuestos separados?

Tengo en mis manos la Partida correspondiente. En ella figura el presupuesto aprobado por el Congreso y puede apreciarse que todos estos servicios tienen distinto financiamiento y, como muy bien ha recordado el señor Presidente, están en capítulos diferentes.

El señor CANTUARIAS.-

Pido la palabra.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Puede hacer uso de ella Su Señoría.

El señor CANTUARIAS.-

Señor Presidente , después de varias horas de debate del proyecto y respecto de esta materia de carácter técnico --en lo que al problema se refiere, coincido absolutamente con lo planteado por la Senadora señora Feliú --, quizá sea posible conocer la voz del Ministerio acerca de la iniciativa.

El señor HAMILTON.-

El representante del Ministerio está pidiendo la palabra para explicar la materia.

El señor CANTUARIAS.-

Ya interrumpiré a Su Señoría cuando estime también que ha dicho alguna impertinencia.

El señor HAMILTON .-

¡Estoy contestando su pregunta, señor Senador ...!

El señor CANTUARIAS.-

No le he otorgado interrupción, Su Señoría.

El señor HAMILTON .-

Sólo trato de ayudarlo.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Ruego a los señores Senadores evitar los diálogos.

El señor CANTUARIAS.-

Estoy seguro de que las declaraciones a la salida darán cuenta del esfuerzo que ha desarrollado el Gobierno, y en particular el Ministerio de Salud, para obtener la aprobación del proyecto que esta tarde debate el Senado. Quizá el comentario de la Honorable señora Feliú nos permita conocer alguna opinión de dicha Secretaría de Estado a propósito del despacho de esta iniciativa. Porque hasta el momento no la hemos podido escuchar.

He dicho.

El señor DÍAZ.-

El Ministro no necesita hablar, pues tiene sus buenas espadas en el Ministerio y en el resto de los Senadores.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Las razones aducidas por usted, Honorable señora Feliú , podrían servir para rechazar lo propuesto, pero no autorizan a la Mesa para declarar admisible la indicación.

El proyecto carga el mayor gasto que irrogue su aplicación al presupuesto de los servicios de salud, que se encuentra en el Capítulo 03 de la Partida 16, Ministerio de Salud, con un gasto en personal de 293 mil millones de pesos y fracción. De manera que, si el Gobierno quiere hacer esa imputación presupuestaria y advierte que podría suplementar si los recursos no fueran suficientes, a la Mesa no le es factible admitir que por iniciativa parlamentaria se efectúe el cargo a un capítulo distinto.

Lo siento mucho, pero la Mesa mantiene la inadmisibilidad de la indicación.

El señor SULE.-

El Gobierno ha pedido la palabra, señor Presidente. Sería bueno escucharlo.

El señor HAMILTON .-

Señor Presidente , ¿por qué no da la palabra al representante del Gobierno?

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Porque, reglamentariamente, no puedo, ni aun con el acuerdo unánime de la Sala. Ésta no es una Comisión.

El señor HAMILTON .-

Inclusive durante una votación, los Ministros tienen derecho preferente para hablar.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

El señor Ministro no ha pedido la palabra, señor Senador . De haberlo hecho, se la habría concedido.

El señor FIGUEROA (Ministro de Salud).-

Pido la palabra, señor Presidente.

El señor HAMILTON.-

El Ministro le está pidiendo la palabra, señor Presidente . ¡Su Señoría debe mirar también a la izquierda...!

El señor DÍEZ (Presidente).-

Tiene la palabra el señor Ministro de Salud.

El señor FIGUEROA ( Ministro de Salud ).-

Señor Presidente , como ésta es una materia eminentemente financiera, que sin duda impacta sobre el presupuesto de los servicios de salud --según aquí se ha señalado--, deseo explicar que todos los proyectos que se envían al Parlamento vienen con un desglose financiero, donde se señala a qué presupuesto se carga el gasto respectivo. Hay varios ejemplos que el Congreso Nacional, y específicamente el Senado, ha conocido.

Sin embargo, para mayor claridad, quiero señalar, en mi calidad de Ministro de Salud --y me acompaña hoy el señor Subdirector de Presupuestos--, que el esfuerzo que hará el Gobierno tiene que ser meridianamente compatible con la no suspensión de la atención a la ciudadanía en ningún servicio de salud. Por lo tanto, en esa línea, no cabrá presión de naturaleza alguna que signifique que el presupuesto de los servicios de salud sea cercenado en forma que ponga en serio riesgo la atención a los usuarios del sistema.

En tal perspectiva, debo puntualizar que todas las iniciativas de ley indican el financiamiento compartido, haciendo referencia al organismo beneficiario y, al mismo tiempo, al ítem correspondiente del Tesoro Público.

Así fueron aprobadas, por ejemplo, la ley Nº 19.432, que concede beneficios a los funcionarios regidos por la ley Nº 15.076 ("Ley Médica"); la ley Nº 19.179 (artículo 12), que modificó la Planta Nacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y Servicios Dependientes; la ley Nº 19.191 (artículo 6º), sobre Sustitución de Plantas del Personal del Servicio de Registro Civil e Identificación.

En fin, podríamos enumerar muchas leyes despachadas por el Parlamento que contienen preceptos redactados de igual forma que el artículo observado por algunos señores Senadores.

Gracias, señor Presidente.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Finalmente, la Comisión de Hacienda, por cinco votos contra cero, aprobó una indicación del Ejecutivo para agregar un artículo 6º transitorio, nuevo.

El señor LARRE.-

No se aprobó por unanimidad, señor Presidente , pues el Honorable señor Piñera se abstuvo.

El señor LAVANDERO.-

La indicación fue acogida con cuatro votos a favor y una abstención.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Pido disculpas a la Sala, pero el informe de la Comisión de Hacienda da cuenta de que la indicación fue aprobada por unanimidad.

El señor HAMILTON.-

La aprobamos de todas maneras.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Si le parece a la Sala, se aprobará el artículo 6º transitorio.

El señor HORMAZÁBAL.-

Señor Presidente , hay una indicación al artículo 5º transitorio, que es previo al 6º.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

No hay indicación alguna al artículo 5º transitorio, señor Senador.

El señor HORMAZÁBAL .-

Señor Presidente , la Mesa podrá declarar la inadmisibilidad o la admisibilidad. Pero yo presenté una indicación con el objeto de incluir, para los efectos del cómputo de los años de servicio, además de los consultorios y el Hospital Clínico San Borja Arriarán (las corporaciones administradoras eran completamente privadas), al Hospital José Joaquín Aguirre , establecimiento universitario que era hospital base del área norte de Santiago hasta 1995.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Señor Senador, cuando se declaró cerrado el debate, esa indicación fue declarada inadmisible, por razones obvias: la materia es de iniciativa exclusiva del Presidente de la República .

El señor HORMAZÁBAL .-

Señor Presidente , no voy a cuestionar su decisión. Tan sólo quiero hacer presente al señor Ministro de Salud que en este caso cabe la misma argumentación hecha valer respecto del artículo 5º transitorio. Me parece que, tratándose de un establecimiento universitario fiscal que cumplió funciones de hospital base, el personal que allí se desempeñó tiene igual derecho que el que sirvió en corporaciones privadas de tan triste memoria en la administración de los servicios de salud del Estado.

Por lo tanto, solicito al señor Ministro que tome en consideración los fundamentos de la indicación en comento.

El señor LARRE.-

Pido la palabra.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Puede hacer uso de ella, Su Señoría.

El señor LARRE.-

Señor Presidente , insisto: la indicación del Ejecutivo que dio origen al artículo 6º transitorio nuevo fue aprobada por cuatro votos a favor y una abstención. Acabo de confirmarlo con el Senador señor Andrés Zaldívar.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Ya lo corroboró el Presidente de la Comisión de Hacienda . Existe un error en el informe de este organismo.

Si le parece a la Sala, se aprobará el artículo 6º transitorio, nuevo, propuesto por la Comisión de Hacienda.

El señor LARRE.-

Con mi abstención, señor Presidente.

Se aprueba, con la abstención del Senador señor Larre.

El señor DÍEZ ( Presidente ).-

Los demás artículos propuestos por la Comisión de Salud no han sido objeto de indicaciones. Por lo tanto, se entienden aprobados automáticamente.

Queda terminada la discusión del proyecto en este trámite.

2.4. Oficio de Cámara Revisora a Cámara de Origen

Oficio Aprobación con Modificaciones . Fecha 26 de diciembre, 1996. Oficio en Sesión 33. Legislatura 334.

Valparaíso, 26 de diciembre de 1996.

OFICIO Nº 10602

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOS

Tengo a honra comunicar a V.E., que el Senado ha dado su aprobación al proyecto de ley de esa honorable Cámara que otorga asignaciones y bonificaciones al personal del sector salud, con las siguientes modificaciones:

Artículo 1º

letra a)

Ha reemplazado la expresión "artículo 19 de la ley Nº 19.185" por "artículo 19 de la misma ley."

letra b)

Ha sustituido su encabezamiento, por el siguiente:

"b) La asignación será equivalente a los siguientes porcentajes, que se aplicarán sobre el universo de los funcionarios calificados en lista 1, de Distinción, o en lista 2, Buena, por cada tres años de servicios efectivos cumplidos al 31 de diciembre del año anterior al de su concesión, en calidad de planta o a contrata en los Servicios de Salud, o en sus antecesores legales, con un máximo de 30 años:".

letra e)

Ha reemplazado el inciso primero, por el siguiente:

"e) Los funcionarios que hayan sido calificados en lista 3, Condicional, o en lista 4, de Eliminación, y los que no hayan sido calificados por cualquier motivo en el correspondiente período, excepto cuando esto último se deba al ejercicio del derecho al descanso de maternidad, no tendrán derecho al beneficio. No obstante, los Jefes Superiores de los Servicios de Salud tendrán derecho a percibir la asignación conforme al número i) de la letra b) precedente y los miembros de las Juntas Calificadoras Centrales podrán optar entre percibir el beneficio de acuerdo con el número ii) de dicha letra, o bien, en el caso que hayan sido calificados en el período mediatamente anterior al del pago del beneficio, sujetarse a las normas generales de este artículo conforme al puntaje obtenido en esa calificación.".

letra h)

Ha agregado a continuación del punto aparte (.), que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente oración: "No tendrán derecho al pago de la cuota respectiva los funcionarios que hayan tenido ausencias injustificadas en el trimestre anterior al mes en que corresponda pagarla, conforme a lo establecido en el artículo 66 del Estatuto Administrativo.".

Artículo 3º

Ha reemplazado, en el inciso tercero, la expresión "artículo 17 de la ley Nº 19.185" por "artículo 17 de la misma ley."

Ha consultado los siguientes incisos finales, nuevos:

"La limitación dispuesta en la letra h) del artículo 1º, se aplicará también al pago del beneficio de que trata el presente artículo.

No obstante lo dispuesto en la letra h) del referido artículo 11 de la ley Nº 19.479, los Jefes Superiores de Servicios tendrán derecho a percibir la bonificación conforme al número i) de la letra c) de ese artículo y los miembros de las Juntas Calificadoras Centrales podrán optar entre percibirla de acuerdo con el número ii) de dicha letra, o bien, en el caso que hayan sido calificados en el año inmediatamente anterior al del pago del beneficio, sujetarse a las normas generales conforme al puntaje obtenido en esa calificación.".

Artículo 4º

Ha suprimido, en el inciso primero, el vocablo "anual".

Ha sustituido, en el inciso segundo, la expresión "en base a" por "sobre la base de".

Ha reemplazado, en el inciso cuarto, la expresión "artículo 19 de la ley Nº 19.185" por "artículo 19 de la misma ley."

Ha intercalado, en el inciso séptimo, a continuación de la expresión "ley Nº 18.834" la siguiente frase, sustituyendo el punto seguido (.) que figura a continuación de aquélla, por una coma (,): "ni quienes hayan tenido ausencias injustificadas al trabajo conforme a lo establecido en el artículo 66 del Estatuto Administrativo, en el año precedente al del pago.".

-o-

Ha consultado el siguiente artículo 6º transitorio, nuevo:

"Artículo 6º.- Para los efectos de la aplicación de la letra h) del artículo 1º, en relación al primer pago de la asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, sólo se considerarán las eventuales inasistencias injustificadas que se registren en los meses de enero y febrero de 1997.".

-o-

Lo que comunico a V.E. en respuesta a su oficio Nº 1344, de 17 de diciembre de 1996.

Acompaño los antecedentes respectivos.

Dios guarde a V.E.

SERGIO DIEZ URZÚA

Presidente del Senado

JOSÉ LUIS LAGOS LÓPEZ

Secretario del Senado

Subrogante."

3. Tercer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados

3.1. Discusión en Sala

Fecha 27 de diciembre, 1996. Diario de Sesión en Sesión 33. Legislatura 334. Discusión única. Se aprueban modificaciones.

MEJORAMIENTO ECONÓMICO PARA EL SECTOR SALUD. Tercer trámite constitucional.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Corresponde ocuparse de las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto que otorga asignaciones y bonificaciones al personal del sector salud.

Antecedentes:

-Modificaciones del Senado, boletín Nº 1957-11. Documentos de la Cuenta Nº 5, de esta sesión.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-

Antes de iniciar el estudio de las modificaciones, la Mesa sugiere a la Sala adoptar el siguiente acuerdo de procedimiento:

Que, en todo caso, sin perjuicio de la discusión, a las 12.30 horas se voten todos los artículos que no hubiesen sido despachados hasta ese momento, sin debate.

Acordado.

La Mesa, junto con el señor Alex Figueroa, Ministro de Salud , solicita autorización a los señores diputados para que ingresen a la Sala los señores Fernando Muñoz, Subsecretario de Salud , Pablo Ortiz, Jefe de Recursos Humanos del Ministerio , y Carlos Vergara, Jefe del área política del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Acordado.

La Mesa solicitó al señor Ignacio Walker, Diputado informante en primer trámite, que, previamente, haga una pequeña relación de las modificaciones del Senado.

Tiene la palabra su Señoría.

El señor WALKER.-

Señor Presidente , informaré acerca de las modificaciones introducidas por el Senado a este proyecto de ley, con urgencia calificada de “suma”, aprobado en general por unanimidad en esta Corporación, y en particular, sólo una decisión -relacionada con las ausencias injustificadas- fue adoptada por mayoría.

El Senado propone once modificaciones, las cuales, en lo esencial, son dos, puesto que siete son exclusivamente cuestiones de redacción, y las cuatro restantes -que en realidad, es una sola, pero abordada en cuatro disposiciones diversas- se refieren a un tema de fondo: las ausencias injustificadas.

Quiero llamar la atención de la Cámara en cuanto a que las modificaciones a las letras a) y b) del artículo 1º sólo se refieren a cuestiones de redacción, que, a mi juicio, se justifican plenamente, especialmente la de la letra b), que señala que la asignación del artículo 1º se aplicará a los funcionarios calificados en listas 1 ó 2, idea que ya aprobamos, pero que la nueva redacción clarifica.

Lo mismo sucede con la letra e), que se refiere al mismo tema. Se le ha dado una redacción distinta que, en mi opinión, mejora la original.

En cambio, las modificaciones a la letra h) del artículo 1º -aprobada por mayoría en la Cámara-, la que agrega dos incisos finales al artículo 3º, la que intercala una frase en el inciso séptimo del artículo 4º y la que consulta un artículo 6º transitorio nuevo, se refieren al tema de las ausencias injustificadas. Por lo tanto, aun cuando hay cuatro modificaciones, porque hay cuatro referencias en el proyecto en distintas disposiciones, el tema es uno solo y así lo trataré.

Sin pronunciarme sobre las bondades o no de una u otra posición, ¿cuál es el tema en debate?

Recuerdo que la Cámara, por mayoría de votos, rechazó la sugerencia inicial del Ejecutivo -repuesta y aprobada en el Senado- en el sentido de que la asignación funcionaria -que se paga trimestralmente, en cuatro cuotas en el año, a partir de marzo- no se pagaría a los funcionarios que hayan tenido ausencias injustificadas en el trimestre anterior al mes en que corresponda pagarla. ¿Por qué, por mayoría de votos, la Cámara estimó del caso rechazar y, a través de una indicación, eliminar esa referencia del Ejecutivo? Porque en esa oportunidad se dijo que respecto de las ausencias injustificadas ya hay dos sanciones establecidas en el artículo 66 del Estatuto Administrativo. La primera -nadie la ha discutido y recuerdo que los gremios involucrados tampoco tuvieron reparos en ese sentido- se refiere a que los días no trabajados por concepto de ausencias injustificadas se descuentan de la remuneración. La segunda, que las personas con ausencias injustificadas tengan una menor calificación que quienes no las tienen. Es decir, además de serles deducidos de su remuneración los días no trabajados, tendrán una menor calificación.

Pero, había una tercera situación -que no constituye necesariamente una sanción legal-, cual es que, como Comisión de Salud, dábamos cuenta de que esta disposición, en la práctica, afectaba más a las mujeres, porque son ellas quienes exhiben más ausencias injustificadas, básicamente por sus responsabilidades familiares. Por lo tanto, nos pareció -en voto de mayoría ratificado por la Sala- que no se justificaba añadir otra sanción, por ejemplo, a una persona que faltare un día injustificadamente. Pensamos -insisto que el Senado revisó la materia, la reformuló y la aprobó de manera distinta- que no se justificaba que, además del descuento de remuneración, de ser mal calificado y de afectar preferentemente a las mujeres, como consecuencia de lo ya señalado, se estableciera la sanción de no pagar esta asignación trimestral por ausencias injustificadas.

El voto de minoría, con buenos argumentos, sostuvo que no se podía generar una situación de impunidad y que, en el fondo, aquellas ausencias injustificadas no merecían recibir una asignación funcionaria trimestral.

En síntesis, propongo a la Sala aprobar las siete modificaciones de forma, porque, en mi entender, mejoran la redacción del proyecto original como del que fue despachado por la Cámara de Diputados. Esas modificaciones de redacción son las introducidas a las letras a), b) y e) del artículo 1º, al inciso tercero del artículo 3º y a los incisos primero, segundo y cuarto del artículo 4º.

Estas siete modificaciones se justifican plenamente y, como son sólo cuestiones de redacción, que no afectan el fondo del asunto, la Cámara haría bien con confirmarlas y aprobarlas.

En cuanto al tema de fondo, las ausencias injustificadas -insisto-, las cuatro modificaciones son las siguientes: se agrega en la letra h) del artículo 1º una oración que dice: “No tendrán derecho al pago de la cuota respectiva -recuerdo que es una cuota trimestral- los funcionarios que hayan tenido ausencias injustificadas en el trimestre anterior al mes en que corresponda pagarla, conforme a lo establecido en el artículo 66 del Estatuto Administrativo.”

La segunda modificación consulta dos incisos finales en el artículo 3º. La tercera intercala una frase en el inciso séptimo del artículo 4º y, finalmente, el Senado agrega un artículo 6º transitorio -a mi juicio, todos vamos a estar de acuerdo con esta última modificación, porque ya lo estuvimos en ese punto- que impide que se descuenten, como ausencias injustificadas, las del último mes de diciembre que representaron los diez días de paro. Creo que habrá unanimidad al respecto, porque -repito- aquí la tuvimos y en el Senado también.

Ésas son, en muy apretada síntesis, las modificaciones que propone el Senado en relación con el proyecto despachado por la Cámara de Diputados.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Ministro de Salud señor Alex Figueroa.

El señor FIGUEROA ( Ministro de Salud ).-

Señor Presidente , quiero señalar que, a partir del informe expuesto por el Diputado señor Ignacio Walker, en que claramente establece algunas prioridades, al Ejecutivo las modificaciones del Senado le parecen bastante bien, y pide su aprobación.

Sin embargo, a pesar de que se expresó que en el proyecto hay sólo cambios de redacción, algunos de ellos son de fondo y otros, de forma.

En cuanto a la explicación de cada uno de dichos cambios, quiero hacer notar que los que figuran en la página del comparado son prácticamente de forma.

En la página 2, letra e), hay un cambio de fondo que me interesa explicitar respecto de la conveniencia de mantenerlo. Se refiere, básicamente, a que los jefes superiores de los servicios de salud, de la confianza del Presidente de la República y del Ministro de Salud , van a percibir una asignación en el tramo superior. Ello se explica, principalmente, porque si no estuvieran en ese tramo, por lógica, no deberían contar con la confianza del Presidente de la República y renunciar a sus cargos. Estamos hablando de 26 personas y, el próximo año, de 28 personas.

A los miembros de las juntas calificadoras centrales se les asigna la calificación del tramo intermedio, pero se da la posibilidad de que ellos elijan la calificación del año anterior, lo cual también es de toda justicia, porque se aplica la norma del Estatuto Administrativo, con el objeto de que se les respete esa fórmula.

A la letra h) del artículo 1º, se introdujo una modificación de fondo, porque uno de los grandes conflictos o inquietudes que hubo en la Cámara de Diputados, y también en el Senado, fue cómo interpretar las ausencias injustificadas. Pues bien, por indicación de los Senadores señores Ominami y Zaldívar se aclaró este punto, y se explicitó mucho más con la mención del artículo 66 del Estatuto Administrativo que define las ausencias justificadas en el servicio público, cuales son, básicamente, cuatro: los permisos, las licencias, los feriados legales y -muy importante- los casos fortuitos o de fuerza mayor.

El hecho de hacer alusión al artículo 66 del Estatuto Administrativo en esta norma, salvaguarda, por ejemplo, a la madre que deba ausentarse durante un día por enfermedad de su hijo pequeño o por concurrir a control médico, y no contar con el beneficio de la licencia de maternidad ni tampoco con derecho a pedirla.

Aquí estamos hablando de un caso de fuerza mayor que perfectamente se puede considerar dentro del artículo 66 del Estatuto Administrativo, como ausencia justificada. Por ende, no cabe aplicar la letra h) del artículo 1º, que consagra el concepto de ausencia injustificada como exclusión para recibir esta asignación.

Debo señalar enfáticamente que el Gobierno hace suyo el planteamiento de las Diputadas Pollarolo, Saa, Cristi y Matthei y de las Senadoras Carrera, Feliú y Frei, en términos de hacer un estudio más acabado sobre el tema del ausentismo laboral en los servicios de salud, que afecta en particular a las mujeres, que constituyen la inmensa mayoría de la gente que trabaja dicho sector.

En el artículo 3º, hay un cambio de forma.

En la página 5 del boletín comparado ocurre lo mismo en cuanto al beneficio que se otorga a los jefes superiores del servicio y a los miembros de las juntas calificadoras centrales. Lo otro es formal.

En la página 6 también hay un cambio formal. Sin embargo, en el último inciso nuevamente se habla de ausencias injustificadas, haciendo referencia al artículo 66 del Estatuto. A nuestro juicio, es una modificación de fondo, porque saca de la discusión un tema bastante álgido.

Otra modificación importante ha sido la introducción de un artículo transitorio, por indicación del Ejecutivo, frente a la restitución que hizo el Senado en el sentido de que quienes hayan tenido inasistencias injustificadas en el trimestre inmediatamente anterior al pago de la asignación, no tendrán derecho a percibirla. El Ejecutivo propone que esa medida rija sólo a partir de enero y febrero de 1997 y no con efecto retroactivo, desde diciembre de 1996.

La finalidad de esta norma es evitar que la acepción se contamine con la idea de que se está reprimiendo a los trabajadores por haber ido a un paro en diciembre.

En segundo lugar, nos parece de toda justicia dar señales claras a los trabajadores, en términos de que no estamos legislando para reprimir sus legítimas aspiraciones, menos aún con un carácter retroactivo, al cambiar las reglas del juego, a fin de sancionar a las personas que fueron a esta paralización de actividades.

En esa perspectiva, ésta es una norma muy importante para los servicios de salud, toda vez que estamos hablando, por razones obvias, de un ausentismo bastante superior al del sector público, lo que naturalmente justifica que el Ejecutivo esté pendiente y preocupado de discutir un nuevo marco laboral para dicho sector. Al mismo tiempo, debo señalar expresamente que se mantuvo algo muy importante, aprobado por la Cámara de Diputados, es decir, los guarismos del 3.25, de la base cálculo para el tramo superior, el 2 por ciento para el tramo intermedio y el 1.25 para el tramo inferior. Esto se hizo en el entendido de que esta norma permitía disminuir la brecha al interior de las plantas con la captación de ese beneficio. Esta disposición se mantuvo en el Senado. Es bueno destacarlo por ser un tema de fondo.

También se conservó un concepto introducido por la Cámara de Diputados, en términos de que la calificación fuera el momento para profundizar la descentralización de los servicios de salud, básicamente a nivel de los hospitales públicos, y se mantuvo la potestad de las juntas calificadoras locales en la calificación de los funcionarios y, al mismo tiempo, las facultades para dirimir los empates entre distintos funcionarios de una misma planta. Este concepto es clave, porque en las Comisiones de Hacienda y de Salud se nos dijo que la evaluación de un funcionario no podía ser hecha por personas que no tuvieran un conocimiento real de la persona evaluada.

Más allá de las modificaciones -para concluir mi intervención-, también se mantuvo el criterio de computar los años de servicios en instituciones como la Corporación Lautaro, lo que permite reconocer la experiencia y el tiempo de los funcionarios que durante mucho tiempo trabajaron en esas corporaciones y que hoy pertenecen a los servicios de salud.

Por lo tanto, en nombre del Ejecutivo, solicito a esta honorable Cámara de Diputados dar su aprobación al proyecto, en los términos despachados por el Senado, porque mantiene la esencia de su iniciativa, las modificaciones principales formuladas por la Cámara de Diputados, con las observaciones que todos conocemos y, al mismo tiempo, su idea fundamental, consistente en ligar el aumento de las remuneraciones a un mejor desempeño funcionario y, a la vez, a una mayor calidad de los servicios prestados a la gente. Sobre este tema, el Ejecutivo se comprometió a avanzar en el corto plazo en la elaboración de un reglamento especial de calificaciones que recoja las particularidades del sector, que, naturalmente, son distintas de las que tiene el resto de la Administración Pública.

Esta indicación fue hecha por las Comisiones de Salud y de Hacienda de la Cámara de Diputados y recogida en forma unánime por las del Senado. El espíritu del Ejecutivo es avanzar hacia el perfeccionamiento de esta norma en el corto, mediano y largo plazos, pues tenemos la certeza de que es un instrumento muy importante en el proceso de modernización y fortalecimiento del sector público y una de las materias fundamentales a la cual está abocado el gobierno del Presidente Frei.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg (Presidente).-

Tiene la palabra el Diputado señor Melero.

El señor MELERO.-

Señor Presidente, seré muy breve, porque a buenos proyectos de ley pocas palabras.

La bancada de diputados de la UDI aprobará las modificaciones del Senado, porque entendemos que, en lo sustancial, se mantienen los criterios centrales establecidos por esta Cámara, en especial la modificación de los porcentajes de asignaciones por desempeño y antigüedad. Concordamos plenamente con las indicaciones que precisan que el beneficio será percibido por los funcionarios calificados en Lista 1, de Distinción, o en Lista 2, Buena. Por lo tanto, no repetiré los términos del debate anterior.

Me alegro de la oportunidad y rapidez con que está siendo despachado este proyecto, por lo que -repito- concurriremos con nuestros votos a su aprobación.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Diputado señor Tohá.

El señor TOHÁ.-

Señor Presidente , muy breve.

Estamos frente a un proyecto calificado de innovador por los miembros de la bancada socialista, pues, por primera vez, se ha relacionado el elemento desempeño con la posibilidad de una mejor remuneración.

Cabe destacar que el aporte de 14.500 millones de pesos para su financiamiento demuestra la voluntad del Gobierno de destinar al sector salud los recursos necesarios para mejorar su gestión.

Además, dijimos que nos habría gustado que estas asignaciones por experiencia y desempeño se hubieran tratado en forma separada. Eso no prosperó en la Sala.

También hicimos ver que valoramos profundamente las modificaciones introducidas en la Comisión de Salud, en cuanto a modificar los porcentajes que se destinaban a experiencia y desempeño, en el sentido de privilegiar el primer aspecto.

En el proyecto primitivo, al desempeño se le asignaba el 60 por ciento y nosotros creíamos que debería tener un porcentaje menor. Se acordó que la asignación por desempeño fuera de un 47 por ciento, sacando los cálculos de proporcionalidad. A su vez, el porcentaje destinado a experiencia -que en el proyecto primitivo era de un 40 por ciento-, se logró llevarlo al 57 por ciento, lo que, a mi juicio, fue una decisión muy buena, pues creó un mejor ambiente para aceptar este proyecto.

En general, estamos de acuerdo con lo aprobado por el Senado. Sin embargo, personalmente debo manifestar mis reservas en cuanto a que se haya repuesto en la letra h) el inciso que priva del derecho a recibir este incentivo a aquellos funcionarios que tuvieran inasistencias injustificadas en el trimestre inmediatamente anterior. Las razones son de lógica: está dentro del tiempo que permite tomar una decisión sobre la base de la mejor evaluación, es decir, decidir este aspecto de acuerdo con las calificaciones anuales. Este elemento permite que las personas que durante el año no pudieran demostrar que sus inasistencias tenían un asidero que pudiera ser aceptado a través de las calificaciones, el próximo recibieran un tratamiento según su grado de responsabilidad. Además, en el Estatuto Administrativo se establecen sanciones en relación con esta materia. Por lo tanto, con esta indicación tendríamos un tercer mecanismo de sanción para aquellas personas que, por uno u otro motivo, no hayan podido demostrar que su inasistencia tenía alguna justificación.

Por las razones expuestas, junto con votar favorablemente las modificaciones del Senado, señalo mis reservas en relación con este inciso de la letra h).

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Diputado señor Sergio Ojeda.

El señor OJEDA .-

Señor Presidente , este proyecto ha sido debatido intensa y ampliamente. Su contenido, espíritu y fondo –seña-lados en el mensaje- nos hablan de un mejoramiento del sector salud sobre la base de diferentes mecanismos e instrumentos. Uno de ellos es este proyecto.

Esta bancada votará favorablemente, a fin de expresar, de esta manera, su conformidad con todas las disposiciones del proyecto.

Las modificaciones introducidas por el Senado, en su mayor parte han sido de carácter meramente formal y de redacción. Sin embargo, en algunas de ellas, ha realizado algún mejoramiento o precisión respecto de situaciones relevantes, lo cual nos parece muy bien.

En cuanto a los porcentajes correspondientes a las asignaciones de estímulo por experiencia y desempeño, el Senado las mantuvo, por lo cual no hay reparo en esta parte.

Sin embargo, quiero destacar el hecho de que el Senado recogió el clamor del 70 por ciento de las mujeres que laboran en la administración de salud que quedaban en situación desmedrada. En virtud de la modificación que introdujo al inciso segundo de la letra e), repara esta discriminación estableciendo que no es ausencia injustificada o motivo de mala calificación el ejercicio del derecho al descanso de maternidad por parte de ese sector.

Asimismo, se clarifica la situación de los jefes superiores de los servicios de salud y de los miembros de las juntas calificadoras.

En atención a que el proyecto no ha sido objeto de modificaciones sustanciales, salvo respecto de esta situación específica y del artículo 6º transitorio nuevo, que establece un beneficio para quienes estuvieron en conflicto, nuestra bancada lo votará favorablemente. No obstante, hay que dejar establecido que algunas cuestiones deben continuar discutiéndose, como es el marco laboral del cual tanto nos hablaron los dirigentes de la Fenats y un sistema de calificaciones más objetivo y operante, aparte de otras situaciones.

Por último, quiero hacer resaltar el hecho relevante e histórico de que durante el estudio del proyecto la Cámara escuchó a todos los dirigentes nacionales de la salud. A esta Sala concurrieron más de 150 dirigentes de todo el país, y para nosotros es motivo de gran satisfacción que ellos hayan podido entregar su opinión.

Por estos motivos -reitero-, vamos aprobar las modificaciones introducidas por el Senado.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Diputado señor Jaime Rocha.

El señor ROCHA.-

Señor Presidente , sin duda, este proyecto que hoy llega al final de su tramitación representa una modificación sustancial al sistema de remuneraciones de los trabajadores de la salud y esperamos se mantenga en el tiempo.

Pero, además, tiene un significado adicional. El mejoramiento de las bajas remuneraciones involucra también un mejoramiento de la atención de salud que reciben los beneficiarios del sistema público, materia que para nosotros es muy importante. Sin duda, la ponderación no es la que los trabajadores esperaban, pero tendrán que reconocer que el Gobierno ha hecho un esfuerzo importante. Consideramos que la aplicación del artículo 66 del Estatuto Administrativo también es un elemento que debe realzarse en este debate.

Por lo tanto, los Diputados del Partido Radical Social Demócrata votaremos favorablemente las modificaciones del Senado.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Diputado señor Francisco Bayo.

El señor BAYO .-

Señor Presidente , hoy estamos dando los pasos finales en la tramitación de un proyecto de ley, en la cual al Congreso Nacional le correspondió jugar un importantísimo papel, dando con ello -como ya se dijo- una demostración cabal, cierta y real de que éste es el lugar en donde se logran acuerdos y consensos y donde se debaten con altura de miras y se acercan las posiciones discrepantes. Por eso es tan importante para nosotros estar viviendo los momentos finales -reitero- de esta iniciativa que tiene connotaciones político-técnicas difíciles de encontrar en otros proyectos.

Coincido con lo expresado de que la mayoría de las modificaciones introducidas por el Senado son formales y, por lo mismo, estamos dispuestos a votarlas favorablemente.

Sin embargo, quiero dejar constancia, para el establecimiento de la historia fidedigna de la ley, de que me asiste alguna duda respecto de un hecho. El Senado reemplazó el inciso primero de la letra e), que se refiere a que los jefes superiores de los servicios de salud tendrán derecho a percibir la asignación conforme al número i) de la letra b) precedente y los miembros de las juntas calificadoras centrales podrán percibir el beneficio de acuerdo con el número ii) de dicha letra.

En mi opinión, aquí se introduce un componente innecesario porque, tratándose de funcionarios del mismo servicio y sector –su-jetos de este proyecto-, lo lógico es aplicarles las normas precedentes relativas al monto de las asignaciones que les corresponde recibir, que dicen relación con las calificaciones obtenidas el año anterior.

En segundo lugar, quiero aclarar la mención que se hace respecto de los miembros de las juntas calificadoras centrales. En realidad, en lo que se refiere a sistemas de calificaciones, de acuerdo con el Estatuto Administrativo, hay sólo una junta calificadora central, que corresponde a la Región Metropolitana. Es posible que en el futuro aparezca otra junta calificadora central, siempre que algún servicio de salud tenga menos de quince funcionarios; pero como eso es prácticamente imposible, resultaría inadecuado usar el plural y referirse a “las juntas calificadoras centrales”, cuando en la actualidad se habla de una junta y todo hace suponer que a futuro ocurrirá lo mismo.

Sin embargo, por tratarse de una cuestión formal y en atención a la importante actuación de la Cámara y del Senado en el despacho del proyecto, los parlamentarios de Renovación Nacional votaremos favorablemente las modificaciones del Senado, porque consideramos que, en general, esta iniciativa es un paso positivo dado en la dirección correcta, no obstante ser susceptible de perfeccionarse acorde con los compromisos contraídos por el Ejecutivo durante su tramitación.

Por último, hago un llamado a todos los trabajadores de la salud de Chile para que reciban este proyecto con satisfacción, tal vez no con toda la que ellos quisieran, pero sí como un esfuerzo inicial -pequeño o grande, pero esfuerzo al fin y al cabo- que apunta a mejorar sus siempre postergadas remuneraciones y a destacar en forma positiva a los buenos funcionarios. Ningún buen funcionario puede negarse a ser calificado de acuerdo con su desempeño. Hoy lo es un porcentaje determinado. Que no teman, en el futuro, a seguir siendo calificados sobre la base de ese desempeño porque, conociéndolos como los conocemos, sabemos que el 99 por ciento de ellos son merecedores de las más altas calificaciones.

Que éste sea el mensaje que la Cámara de Diputados les entrega al avecinarse un nuevo año que, por supuesto, se lo deseamos pleno de ventura y de éxitos personales.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Diputado señor Octavio Jara.

El señor JARA.-

Señor Presidente , la completa relación del diputado informante y la intervención del Ministro han dejado en claro que las modificaciones introducidas por el honorable Senado son muy adecuadas.

Por ello, los diputados del Partido Por la Democracia las votaremos favorablemente; además, porque -como dije- no alteran en forma sustancial las normas aprobadas por la Cámara, en especial las relativas a la distribución de los recursos destinados al pago de las asignaciones establecidas en el proyecto.

En cuanto a la idea de no pagar las asignaciones debido a ausencias injustificadas, la precisión del honorable Senado nos parece muy importante porque garantiza que esta causal no se aplicará en forma arbitraria.

Sin embargo, haré una reflexión final –cuando termina la tramitación del proyecto-, en el marco de los acuerdos suscritos por los trabajadores y el Gobierno, relativa a la necesidad de diseñar un nuevo marco laboral. En ese orden de materias, quiero precisar que en él deben recogerse las especiales singularidades de su quehacer laboral que presenta características relevantes y de enorme trascendencia.

Por último, hago una petición al Gobierno, y en especial al Ministro de Salud , respecto de la necesidad de poner término a los sumarios y a las denuncias formuladas en contra de los trabajadores, a raíz del paro que motivó el envío del proyecto. Creo absolutamente necesario iniciar un proceso que restablezca el entendimiento y la confianza entre las autoridades de Gobierno y los trabajadores de la salud para que, cumpliendo con sus respectivos roles, puedan llevar a cabo en forma más eficiente sus labores y responsabilidades, en el entendido de que con este proyecto damos por solucionado un conflicto que tuvo relevancia nacional y que preocupó a la comunidad por las situaciones de riesgo a que estuvo expuesta. Solucionado el conflicto, deben darse gestos que revelen la necesidad de crear un clima de mayor entendimiento.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Tiene la palabra la Diputada señora Fanny Pollarolo.

La señora POLLAROLO.-

Señor Presidente , en primer lugar, me alegro de que en la Sala del Senado no haya prosperado la iniciativa de su Comisión de Salud que pretendía cambiar la ponderación por el desempeño y experiencia. A mi juicio, ello habría sido muy grave porque significaría no entender el rico y extenso debate realizado en la Sala y en la Comisión de Salud de la Cámara con asistencia de diversas autoridades, en virtud del cual se logró un cambio que, sin ser óptimo para los trabajadores, pues no recogía todas sus aspiraciones, representaba no sólo una mejor ponderación del porcentaje por desempeño y antigüedad, sino también -para mí esto es especialmente importante- lograba ser más cuidadoso respecto de los efectos, que pueden ser muy perniciosos en el procedimiento de calificación y otorgamiento del premio de desempeño para el equipo de salud.

Con la modificación -que aceptó el Gobierno- también se busca disminuir los rangos entre el mínimo y el máximo de la ponderación, porque evaluar y premiar el desempeño es un instrumento nuevo muy importante, pero también complejo en su aplicación. Tenemos que ser extraordinariamente cuidadosos para que no se produzca un efecto dañino y negativo, especialmente en el ámbito de la salud para el trabajo en equipo.

Se trata de ser evaluado en uno de los tres tercios de las calificaciones que van a ser premiadas, los cuales son rígidos, de manera que para subir al tercio superior, alguien va a tener que descender. Y ése es un tema delicado en un trabajo que, por definición, es de equipo.

En todo trabajo humano, incluso en la producción, el equipo es fundamental. Entiendo que esos son elementos de la modernidad del trabajo productivo. Para qué decir en un trabajo que es de servicio en áreas tan sensibles como la enfermedad y la salud.

Este aspecto y su ponderación, que fue discutido, insisto, en la Comisión de Salud, tiene que ser tomado en cuenta. Es parte de los elementos tan complicados y confusos que han estado presentes en el conflicto que todos conocemos.

Entonces, cuando el señor Ministro ha dicho aquí muy bien que se trata de apuntar a un cambio cultural, tenemos que tomar en cuenta todo lo complejo que ello significa, más aún con las características que acabo de mencionar.

Por lo tanto, se requiere -y no lo podemos olvidar en ningún momento- que el proyecto vaya en la perspectiva de un clima laboral sano. Los trabajadores deben sentir que esto se hace con ellos y no contra ellos, más allá de las irracionalidades, de los errores y de las malas visiones.

Esto no es coyuntural, es estratégico. No tiene que ver sólo con la huelga, el paro y los tremendos conflictos y tensiones que hemos vivido, de los que todavía hay huellas.

Y es en esta reflexión donde quiero hacer presente mi rechazo a la modificación de la letra h) del artículo 1º, porque suscribo -y además subrayo- las razones que han dado los Diputados señores Walker y Tohá . Aquí se produce un sobrecastigo y eso es malo para el clima laboral, para el trabajo en equipo y para ganarnos a los trabajadores para este cambio cultural.

Aquí se está castigando en exceso y, además, se está haciendo de manera ilógica y absurda. Y eso siempre es odioso. Toda irracionalidad que afecta, se siente odiosa; se siente como un ánimo de castigar, porque en este caso, en la práctica se trata de despojar de un beneficio que se obtuvo por el rendimiento del año anterior y no por el del último trimestre, el cual va a ser ponderado en la evaluación anual posterior, oportunidad donde es lógico y racional que sea castigado. Lo otro no tiene, a mi modo de ver, ningún asidero, sino simplemente un sobrecastigo por algo que es complicado y que todos sabemos que hay que corregir, como son las ausencias injustificadas.

Por estas razones, reflexionadas en el marco más general y no sólo subrayando lo perjudicial de las ausencias injustificadas, anuncio mi voto en contra de la modificación a la letra h) del artículo 1º.

Por último, considero extraordinariamente importante el compromiso asumido en la Sala por el Ministro de Salud , en cuanto a la realización de un estudio exhaustivo y a fondo de la situación de las trabajadoras de la salud. Conozco perfectamente el trabajo que desempeñan -sé cuán complejo y difícil es-, como también el deterioro y resentimiento que existe y la forma como les afecta.

De manera que celebro este compromiso del Gobierno, el que contará, al menos, con el respaldo de todas las mujeres parlamentarias.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

El último Diputado inscrito para intervenir es el señor Nelson Ávila. Si ningún otro parlamentario desea usar de la palabra, solicitaré el asentimiento de la Sala para cerrar el debate y se llamará a votar a los señores diputados.

¿Habría acuerdo para cerrar el debate después que intervenga el Diputado señor Nelson Ávila?

Acordado.

Tiene la palabra el Diputado señor Nelson Ávila.

El señor ÁVILA .-

Señor Presidente , así sólo sea para hacer un saludo a la bandera, quiero insistir en un punto que ya señalé en la sesión pasada y que considero de extraordinaria relevancia.

Estamos en presencia de objetivos que todos compartimos, pero que, desgraciadamente, se pretenden alcanzar a través de un método equivocado. A mi juicio, la evaluación individual de desempeño tiene, de todas maneras, signado su fracaso por dos razones fundamentales: una, porque en el ámbito público existe una cultura de la evaluación que ha transformado a este método en un ritual anodino, al que nadie le hace mayor caso, ni los evaluadores ni los evaluados. Por lo tanto, así se introduzcan modificaciones que se estiman importantes, al sumergirse este método en una cultura de las características que señalo, inevitablemente terminará cumpliendo el mismo rol que tiene actualmente en todos los servicios públicos.

Por otra parte, también está presente el tema de la eficacia del método mismo. Las recompensas individuales alientan a acaparar información y a hacer competir entre sí a los miembros de un grupo; en cambio, las recompensas al establecimiento, a la institución o al grupo alientan la colaboración y, además, un sentido de solidaridad por la entidad de la que se forma parte.

La paga por el mérito individual, inevitablemente, se basa en juicios subjetivos, crea resentimientos entre los funcionarios y daña la moral del grupo. No entiendo cómo se produce esta suerte de empecinamiento de las autoridades de salud por plasmar un método. Si se hubiese examinado la experiencia comparada, tal vez podrían haberse obtenido elementos significativos para debilitar este empeño por imponer un sistema de evaluación que, por las consideraciones que efectué con antelación, inexorablemente prestará un flaco favor a los objetivos básicos planteados por el sector de la salud y que, desde luego, la comunidad nacional espera que se cumplan, porque son demasiados los recursos que se destinan a mejorar el sector, sin que se aprecie ostensiblemente que allí ha habido un cambio significativo.

Sé que el proyecto se aprobará en los términos señalados, pero es importante tener en cuenta este elemento para los efectos de revisarlo en el futuro y aplicarlo de manera conveniente más adelante.

He dicho.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Cerrado el debate.

El diputado informante propuso votar las modificaciones del Senado en dos grupos: uno, las que son más bien de redacción, y, otro, las cuatro relativas a la ausencia injustificada.

El señor FERRADA .-

Señor Presidente , ¿en qué grupo está comprendida la letra e) del artículo 1º?

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

De acuerdo con lo señalado por el diputado informante , sólo mejora la redacción.

El señor FERRADA .-

Señor Presidente , no me parece que sólo introduzca una modificación de redacción. Por ello, pido que la letra e) se vote en forma separada.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Tiene la palabra el Diputado señor Tohá.

El señor TOHÁ.-

Señor Presidente , pido que se vote separadamente el artículo 6º transitorio, que se refiere a una situación más puntual.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

De conformidad con lo solicitado y si le parece a la Sala, se efectuarán cuatro votaciones para decidir sobre las modificaciones del Senado: primero se votarán las de redacción, excluida la letra e); después, la de la letra e) del artículo 1º; en seguida, las que dicen relación con ausencias injustificadas, excluida la del artículo 6º transitorio, y, finalmente, el artículo 6º transitorio.

¿Habría acuerdo?

Acordado.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

En votación las modificaciones del Senado a las letras a) y b) del artículo 1º; al inciso tercero del artículo 3º, e incisos primero, segundo y cuarto del artículo 4º.

Si le parece a la Sala, se aprobarán por unanimidad.

Aprobadas.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

En votación la modificación a la letra e) del artículo 1º.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 58 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 15 abstenciones.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Aprobada.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:

Allende ( doña Isabel), Arancibia, Ascencio, Aylwin (don Andrés), Aylwin (doña Mariana), Balbontín, Cornejo, Cristi ( doña María Angélica), Chadwick, De la Maza, Dupré, Elgueta, Elizalde, Escalona, Estévez, Fuentealba, Gajardo, Gutiérrez, Hamuy, Jara, Jeame Barrueto, Jürgensen, Kuschel, León, Letelier (don Felipe), Longueira, Makluf, Martínez ( don Gutenberg), Melero, Montes, Morales, Muñoz, Naranjo, Navarro, Ojeda, Ortiz, Palma ( don Andrés), Palma ( don Joaquín), Pérez (don Aníbal), Pérez (don Víctor), Pizarro, Pollarolo ( doña Fanny), Prochelle (doña Marina), Reyes, Rocha, Saa (doña María Antonieta), Sabag, Salas, Seguel, Silva, Sota, Tohá, Valenzuela, Viera-Gallo, Villouta, Walker, Wörner ( doña Martita) y Zambrano.

-Se abstuvieron los Diputados señores:

Alvarado, Álvarez-Salamanca, Ávila, Bayo, Caminondo, Cantero, Ferrada, Galilea, García (don José), Hurtado, Prokuriça, Urrutia (don Raúl), Vargas, Vega y Vilches.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Corresponde pronunciarse sobre las modificaciones relacionadas con la ausencia injustificada, excluyendo el artículo 6º transitorio.

Si le parece a la Sala, se aprobarán por unanimidad.

El señor MONTES.-

No.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

No hay acuerdo.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 53 votos; por la negativa, 14 votos. Hubo 6 abstenciones.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Aprobadas.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:

Alvarado, Álvarez-Salamanca, Aylwin (don Andrés), Aylwin (doña Mariana), Balbontín, Bayo, Caminondo, Cantero, Cardemil, Cornejo, Cristi ( doña María Angélica), Chadwick, De la Maza, Dupré, Elgueta, Elizalde, Ferrada, Fuentealba, Gajardo, Gutiérrez, Hamuy, Hurtado, Jara, Jeame Barrueto, Jürgensen, Kuschel, León, Longueira, Makluf, Martínez ( don Rosauro), Martínez (don Gutenberg), Melero, Morales, Ojeda, Ortiz, Palma ( don Andrés), Palma ( don Joaquín), Pérez (don Víctor), Prochelle (doña Marina), Prokuriça, Reyes, Rocha, Sabag, Salas, Seguel, Silva, Urrutia (don Raúl), Vargas, Vega, Vilches, Villouta, Walker y Zambrano.

-Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:

Allende ( doña Isabel), Escalona, Estévez, Letelier (don Felipe), Montes, Muñoz, Naranjo, Navarro, Pérez (don Aníbal), Pollarolo ( doña Fanny), Sota, Tohá, Valenzuela y Wörner ( doña Martita).

-Se abstuvieron los Diputados señores:

Ávila, Galilea, García (don José), Saa (doña María Antonieta), Urrutia ( don Salvador) y Viera-Gallo.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Finalmente, corresponde votar el artículo 6º transitorio nuevo, propuesto por el Senado.

Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad.

Varios señores diputados.-

No.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

No hay acuerdo.

En votación.

-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos; por la negativa, 3 votos. Hubo 4 abstenciones.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Aprobado.

-Votaron por la afirmativa los siguientes señores Diputados:

Alvarado, Allende ( doña Isabel), Arancibia, Ascencio, Ávila, Aylwin (don Andrés), Aylwin (doña Mariana), Balbontín, Caminondo, Cantero, Cardemil, Cornejo, Cristi ( doña María Angélica), Chadwick, De la Maza, Dupré, Elgueta, Elizalde, Escalona, Espina, Estévez, Gajardo, Galilea, García (don José), Gutiérrez, Hamuy, Jara, Jeame Barrueto, Kuschel, León, Letelier (don Felipe), Longueira, Makluf, Martínez ( don Gutenberg), Melero, Montes, Morales, Muñoz, Naranjo, Navarro, Ojeda, Ortiz, Pérez ( don Aníbal), Pérez (don Víctor), Pizarro, Pollarolo ( doña Fanny), Prochelle (doña Marina), Prokuriça, Reyes, Rocha, Saa (doña María Antonieta), Sabag, Salas, Seguel, Silva, Sota, Tohá, Urrutia (don Raúl), Urrutia (don Salvador), Valenzuela, Vargas, Vega, Viera-Gallo, Vilches, Villouta, Walker, Wörner ( doña Martita) y Zambrano.

-Votaron por la negativa los siguientes señores Diputados:

Fuentealba, Palma ( don Andrés) y Palma ( don Joaquín).

-Se abstuvieron los Diputados señores:

Álvarez-Salamanca, Ferrada, Hurtado y Jürgensen.

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Tiene la palabra el señor Ministro .

El señor FIGUEROA ( Ministro de Salud ).-

Señor Presidente , en nombre del Presidente Frei, agradezco la colaboración prestada por las dos ramas del Congreso Nacional a un proyecto respecto del cual tenemos la convicción de que cambiará la cara, en forma positiva, al sistema público de salud, principalmente porque materializa una aspiración muy antigua de los trabajadores, como el reconocimiento a la experiencia de los funcionarios de los servicios de salud y, al mismo tiempo, se hace eco del clamor nacional de ligar los sueldos a una mejor calidad de atención a las personas.

En nombre del Gobierno, quiero agradecer la activa participación de los parlamentarios y señalar que ha sido preocupación fundamental del Ejecutivo , particularmente del Ministro de Salud , cooperar en todas las iniciativas planteadas por los señores diputados y senadores, con el objeto de darle mayor transparencia y sustentabilidad en el tiempo al proceso, acogiendo varias de sus proposiciones. Así como hoy creamos asignaciones al desempeño individual, también queremos, a futuro, incorporar asignaciones de desempeño institucional en los hospitales públicos, recogiendo el clamor de muchos señores diputados y senadores, en términos de fortalecer los trabajos en equipo.

Señor Presidente, en nombre del Gobierno, reitero los agradecimientos a su Señoría y a todo el Congreso Nacional.

He dicho

El señor MARTÍNEZ, don Gutenberg ( Presidente ).-

Por haberse cumplido con su objeto, se levanta la sesión.

3.2. Oficio de Cámara Origen a Cámara Revisora

Oficio Aprobación de Modificaciones. Fecha 07 de enero, 1997. Oficio en Sesión 20. Legislatura 334.

No existe constancia del oficio por el cual se aprueban las modificaciones introducidas por el Senado. Se transcribe la cuenta en la que se hace referencia a éste.

Oficios

Dos de la Cámara de Diputados:

Con el segundo, hace presente que ha aprobado las modificaciones propuestas por el Senado al proyecto de ley que otorga asignaciones y bonificaciones al personal del sector salud.

--Se toma conocimiento y se manda archivar el documento junto a sus antecedentes.

4. Publicación de Ley en Diario Oficial

4.1. Ley Nº 19.490

Tipo Norma
:
Ley 19490
URL
:
http://www.leychile.cl/N?i=50307&t=0
Fecha Promulgación
:
27-12-1996
URL Corta
:
http://bcn.cl/2cwt4
Organismo
:
MINISTERIO DE SALUD
Título
:
ESTABLECE ASIGNACIONES Y BONIFICACIONES QUE SEÑALA PARA EL PERSONAL DEL SECTOR SALUD
Fecha Publicación
:
03-01-1997

ESTABLECE ASIGNACIONES Y BONIFICACIONES QUE SEÑALA PARA EL PERSONAL DEL SECTOR SALUD

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente:

    P r o y e c t o  d e  l e y:

    "Artículo 1º.- Establécese, a contar del 1º de enero de 1997, para el personal de planta y a contrata de los Servicios de Salud a que se refieren el decreto ley Nº 2.763, de 1979, y la ley Nº 19.414, regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974, excluido el Servicio de Salud  Metropolitano del Ambiente, una asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, la que se regulará por las normas que se pasan a expresar:

    a) La asignación se determinará aplicando los porcentajes que más adelante se señalan a la suma mensual del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario, más la asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185, la asignación profesional del artículo 19 de la misma ley y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977.

    b) La asignación será equivalente a los siguientes porcentajes, que se aplicarán sobre el universo de los funcionarios calificados en lista 1, de Distinción, o en lista 2, Buena, por cada tres años de servicios efectivos cumplidos al 31 de diciembre del año anterior al de su concesión, en calidad de planta o a contrata en los Servicios de Salud, o en sus antecesores legales, con un máximo de 30 años:

    i) 3,25% para los funcionarios pertenecientes al 33% mejor evaluado de cada planta.

    ii) 2% para los funcionarios que sigan a los anteriores, en orden descendente de evaluación, hasta completar el 67%.

    iii) 1,25% para los funcionarios que sigan a los anteriores, en orden descendente de evaluación, hasta completar el 100%.

    c) Para estos efectos se considerará el resultado de las calificaciones que hayan obtenido los funcionarios, separadamente en cada una de las juntas calificadoras que existan en cada Servicio de Salud y en conformidad con las disposiciones de la ley Nº 18.834, en el proceso calificatorio del año inmediatamente anterior al del pago del beneficio.

    d) En caso de producirse empate en los puntajes de calificación entre varios funcionarios de una misma planta, y cuando ello impida determinar qué porcentaje del beneficio le corresponde a cada funcionario, cada junta calificadora dirimirá dichos empates. Un reglamento, aprobado por decreto supremo del Ministerio de Salud, el que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda, determinará los procedimientos y criterios que deberán observar las juntas para estos efectos.

    e) Los funcionarios que hayan sido calificados en lista 3, Condicional, o en lista 4, de Eliminación, y los que no hayan sido calificados por cualquier motivo en el correspondiente período, excepto cuando esto último se deba al ejercicio del derecho al descanso de maternidad, no tendrán derecho al beneficio. No obstante, los Jefes Superiores de los Servicios de Salud tendrán derecho a percibir la asignación conforme al número i) de la letra b) precedente y los miembros de las Juntas Calificadoras Centrales podrán optar entre percibir el beneficio de acuerdo con el número ii) de dicha letra, o bien, en el caso que hayan sido calificados en el período inmediatamente anterior al del pago del beneficio, sujetarse a las normas generales de este artículo conforme al puntaje obtenido en esa calificación.

    A los delegados del personal ante las juntas y a los directores de las asociaciones de funcionarios se les considerará para estos efectos su calificación anterior, a menos que soliciten ser calificados en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 29 de la ley Nº 18.834 o en el inciso tercero del artículo 25 de la ley Nº 19.296.

    f) Los funcionarios con derecho a percibir el beneficio que sean sancionados con alguna de las medidas disciplinarias indicadas en el artículo 116 de la Ley Nº 18.834, serán excluidos del pago de la asignación a contar de la aplicación de la sanción y por el lapso que reste para completar el período anual respectivo.

    g) El funcionario que por ascenso o cualquier otro motivo cambie de grado con posterioridad al afinamiento del proceso calificatorio, percibirá la asignación en relación a las remuneraciones que estaba percibiendo en el cargo en que fue calificado, sin perjuicio de los reajustes legales de remuneraciones que pudieren corresponderle.

    h) La asignación será pagada a los funcionarios en servicio a la fecha de pago en cuatro cuotas, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año. El monto a pagar en cada cuota será equivalente al valor acumulado en el trimestre respectivo como resultado de la aplicación mensual de los porcentajes establecidos en la letra b) precedente. No tendrán derecho al pago de la cuota respectiva los funcionarios que hayan tenido ausencias injustificadas en el trimestre anterior al mes en que corresponda pagarla, conforme a lo establecido en el artículo 66 del Estatuto Administrativo.

    Artículo 2º.- La asignación a que se refiere el artículo 1º será tributable e imponible sólo para efectos de salud y pensiones y no servirá de base de cálculo para la determinación de ninguna remuneración o beneficio remuneratorio.

    Para determinar las imposiciones e impuestos a que se encuentra afecta, se distribuirá su monto en proporción a los meses que comprenda el período a que corresponda y los cuocientes se sumarán a las respectivas remuneraciones mensuales. Con todo, las imposiciones se deducirán de la parte que, sumada a las respectivas remuneraciones mensuales, no exceda del límite máximo de imponibilidad.

    Artículo 3º.- Establécese, para el personal de plantay a contrata de la Subsecretaría del Ministerio de Salud, del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública de Chile, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, regidos por la ley Nº 18.834 y el decreto ley Nº 249, de 1974, o por el decreto ley Nº 3.551, de 1981, según corresponda, una bonificación de estímulo por desempeño funcionario.

    Dicha bonificación se regulará por lo dispuesto en el artículo 11 de la ley Nº 19.479.

    Con todo, respecto de las remuneraciones a que se refiere la letra c) del citado artículo, éstas serán aplicables a los funcionarios de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, y en cuanto a las demás instituciones mencionadas en el inciso primero de la presente disposición, se considerarán para tales efectos la suma del sueldo base del grado en que esté nombrado o contratado el funcionario más la respectiva asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la ley Nº 19.185, la asignación del artículo 17 de la misma ley y la asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977.

    Asimismo, respecto a las juntas calificadoras a que hace referencia el artículo 11 antes citado, se estará a las juntas que se constituyan en cada uno de los Servicios de conformidad a las normas que les sean aplicables, y no obstante lo dispuesto en la letra k) de dicha disposición, en caso de empates se aplicará lo dispuesto en la letra d) del artículo 1º de esta ley.

    La limitación dispuesta en la letra h) del artículo 1º, se aplicará también al pago del beneficio de que trata el presente artículo.

    No obstante lo dispuesto en la letra h) del referido artículo 11 de la ley Nº 19.479, los Jefes Superiores de Servicios tendrán derecho a percibir la bonificación conforme al número i) de la letra c) de ese artículo y los miembros de las Juntas Calificadoras Centrales podrán optar entre percibirla de acuerdo con el número ii) de dicha letra, o bien, en el caso que hayan sido calificados en el año inmediatamente anterior al del pago del beneficio, sujetarse a las normas generales conforme al puntaje obtenido en esa calificación.

    Artículo 4º.- El Subsecretario de Salud y los Jefes Superiores del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente, del Fondo Nacional de Salud, del Instituto de Salud Pública de Chile, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud y de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, propondrán cada año al Ministro de Salud un programa de mejoramiento de la gestión del respectivo Servicio para el año calendario siguiente. Dicho programa especificará metas de eficiencia institucional y de calidad de los servicios proporcionados a los usuarios.

    Por su parte, el Ministro de Salud, sobre la base de dichos antecedentes y mediante uno o más decretos, los que también serán suscritos por el Ministro de Hacienda, fijará las metas definitivas a alcanzar en cada año por cada Servicio. Además, podrá fijar metas específicas a determinadas áreas de actividad, unidades orgánicas o Direcciones Regionales del respectivo Servicio.

    Corresponderá al Ministro de Salud ejercer el control del cumplimiento de las metas respecto de cada Servicio.

    Anualmente, el cumplimiento de las metas del año precedente dará derecho a los funcionarios de planta y a contrata pertenecientes al correspondiente Servicio, a una bonificación por desempeño institucional de hasta el 10% de la suma de las siguientes remuneraciones: sueldo base y asignación de fiscalización en el caso de la Superintendencia de Instituciones de Salud Previsional, y sueldo base, asignación del artículo 17 de la ley Nº 19.185; asignación profesional a que se refiere el artículo 19 de la misma ley y asignación de responsabilidad superior otorgada por el decreto ley Nº 1.770, de 1977, respecto de los demás Servicios antes referidos.

    Dicha bonificación se calculará sobre las referidas remuneraciones percibidas mensualmente por cada funcionario beneficiario en el año calendario precedente al del pago; se pagará de una sola vez, a más tardar el 31 de marzo de cada año, y será tributable e imponible sólo para efectos de salud y pensiones.

    Para la determinación de las imposiciones e impuestos a que estará afecta esta bonificación, se aplicará lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 2º de esta ley.

    No tendrá derecho a percibir la bonificación de que trata este artículo, respecto de cada planta de personal, el 10% de los funcionarios peor calificados de conformidad con las disposiciones del Párrafo 3º del Título II de la ley Nº 18.834, ni quienes hayan tenido ausencias injustificadas al trabajo conforme a lo establecido en el artículo 66 del Estatuto Administrativo, en el año precedente al del pago. En caso de producirse empate en los puntajes de calificación entre varios funcionarios de una misma planta y cuando ello impida determinar quienes serán excluidos del pago de esta bonificación, corresponderá a las juntas calificadoras centrales dirimir dichos empates, estableciendo los funcionarios que no tendrán derecho a la misma.

    El porcentaje a pagar en cada año por concepto de esta bonificación, se establecerá para cada Servicio y para sus áreas, Unidades o Direcciones Regionales, si así procediere, mediante decreto fundado del Ministerio de Salud, el que también deberá ser suscrito por el Ministro de Hacienda.

    El reglamento, que será aprobado por decreto supremo del Ministerio de Salud y suscrito, además, por el Ministro de Hacienda, establecerá los mecanismos de control y evaluación de las metas; la forma de medir y ponderar los distintos elementos o indicadores a considerar; la manera de determinar los distintos porcentajes de la bonificación; los procedimientos y el calendario de elaboración, fijación y evaluación de las metas a alcanzar, y toda otra norma necesaria para la adecuada concesión de este beneficio.

    Artículos  transitorios

    Artículo 1º.- Las normas del artículo 3º entrarán a regir a contar del 1º de enero de 1997, sobre la base de los resultados del proceso calificatorio correspondiente al año 1996.

    Artículo 2º.- La bonificación de desempeño institucional a que se refiere el artículo 4º podrá pagarse a contar del año 1998 respecto de aquellos Servicios a los que, a más tardar, durante el curso del primer semestre del año 1997, se les hubieren fijado las metas a alcanzar durante este último año. En este caso, la bonificación se pagará de una sola vez en el mes de marzo de 1998 y se calculará sobre las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, percibidas durante el segundo semestre del año 1997.

    Durante el segundo semestre de 1997, sólo se podrán fijar metas para ser cumplidas en el año 1998.

    En la primera oportunidad en que se pague la bonificación por desempeño institucional en algunas de las entidades afectas, el porcentaje de la misma no podrá exceder del 5% de la suma de las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, devengadas durante el período de que se trate.

    Artículo 3º.- Autorízase el pago, por una sola vez, en el mes de marzo de 1997, a los funcionarios de planta y a contrata de las instituciones mencionadas en el inciso primero del artículo 3º, que se encuentren en servicio a esa fecha, de una bonificación no imponible ascendente al 4,75% de las remuneraciones a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de esta ley, percibidas durante el año 1996.

    La exclusión a que se refiere el inciso séptimo del artículo 4º se hará extensiva a la concesión de esta bonificación.

    Para efectos tributarios, esta bonificación se regirá por las reglas señaladas sobre la materia para la asignación por desempeño institucional en el artículo 4º.

    Artículo 4º.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley para el año 1997 será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto vigente de los Servicios de Salud. No obstante, el Ministro de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no pudieren financiar con sus recursos.

    Artículo 5º.- Para los efectos del cómputo de los años de servicio a que se refiere la letra b) del artículo 1º se considerará, además, por una sola vez al personal en funciones a la fecha de publicación de la presente ley, el tiempo servido en las ex-corporaciones que administraron los consultorios y el Hospital Clínico San Borja Arriarán (Ex-Paula Jaraquemada) del Servicio de Salud Metropolitano Central.

    Artículo 6º.-  Para los efectos de la aplicación de la letra h) del artículo 1º, en relación al primer pago de la asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario, sólo se considerarán las eventuales inasistencias injustificadas que se registren en los meses de enero y febrero de 1997.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 27 de diciembre de 1996.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Alex Figueroa Muñoz, Ministro de Salud.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.,Fernando Muñoz Porras, Subsecretario de Salud.