Historia de la Constitución y de las Propuestas de Nuevas Constituciones
Convención Constitucional
- Sesión N° 8 Comisión de Normas Transitorias
- Celebrada el 2022-05-26
- Legislatura Convención Constitucional
Autora(or)(es)
Índice
Intervención en Comisión
Coordinación:
Tiene la palabra el convencional Fuchslocher.
Fuchslocher:
Muchas gracias. Saludar a los y las convencionales y también a la Coordinación.
Me referiré a la indicación 57 con respecto a trabajo.
Hemos establecido en estas normas transitorias un plazo de 18 meses para la adecuación de la regulación laboral, al derecho al trabajo decente, contenido en el artículo 12, y 24 meses para la adecuación en materia de libertad sindical y derecho a huelga mediante la presentación de proyectos de ley por parte del Presidente.
En concreto, esto es la adecuación del Código del Trabajo y la normativa asociada. Ya hemos visto anteriormente reformas laborales realizadas en tiempos similares, y creemos que este es un plazo prudente para dar respuesta a esta demanda social y especialmente a la demanda histórica de las organizaciones de trabajadoras y trabajadores para poner fin, de una vez por todas, al plan laboral de la dictadura. Y, en este sentido, confiamos en que el Legislativo y el Ejecutivo tomarán esta demanda ciudadana y la reflejarán en la actualización de la legislación laboral vigente.