Historia de la Constitución y de las Propuestas de Nuevas Constituciones
Convención Constitucional
- Sesión N° 10 Comisión de Normas Transitorias
- Celebrada el 2022-06-08
- Legislatura Convención Constitucional
Autora(or)(es)
Índice
Intervención en Comisión
— Indicación N°29. Vallejos et al. Para agregar un nuevo artículo transitorio a continuación del artículo transitorio trigésimo tercero transitorio del siguiente tenor:
“Artículo Transitorio XX.- En el plazo de 3 años contados desde la entrada en vigencia de esta Constitución, de no haberse determinado el órgano público encargado de la administración de los fondos del Sistema Nacional de Salud, se entenderá que estos serán administrados por el Fondo Nacional de Salud, en los términos señalados por el artículo 14. La integración a la red de prestadores de salud pertenecientes a las Fuerzas Armadas y de Seguridad Pública al Sistema Nacional de Salud, se realizará en el plazo máximo de dos años contados desde la entrada en vigencia de esta Constitución.”.
Justificación de motivos
Vallejos: Sí, muchas gracias. Esta indicación es de las pocas en que pudimos consensuar, al menos, en algunos aspectos sobre salud con algunos colectivos. Cuando se dio esta discusión en la mesa de derechos fundamentales, lamentablemente no hubo tiempo para deliberar con detención sobre salud.
Sabemos que es un tema muy complejo. Hemos retirado un inciso referido a mantener por diez años la cotización en un 7 por ciento, y hemos incluido los dos incisos que estaban en primer y en tercer lugar.
Les pedimos que al menos llevemos este tema al Pleno, de modo que este decida sobre este tema tan sensible de salud. Tenemos normas transitorias sobre educación porque hubo voluntad por parte de distintos colectivos para apoyar ese tema, pero no entendemos por qué ha sido tan difícil instalar vivienda y salud en el mismo lugar y con la misma importancia que educación.
Siendo profesora, entiendo la relevancia de la educación, pero también creo muy relevante que también exista transición en salud y en vivienda.
Por eso, les pedimos al menos llevar esta discusión al Pleno, para que este decida si esta indicación es pertinente o no, pero que no se cierre la posibilidad desde esta comisión de 33 constituyentes.
Valenzuela: Gracias, Coordinadora. No comparto la apreciación de la convencional Vallejos, porque sí tenemos una norma transitoria sobre salud, referida a un periodo para que el Presidente de la República envíe el proyecto de ley que crea el Sistema Nacional de Salud, y además un plazo perentorio para que el Congreso Nacional, el Poder Legislativo, evacúe ese proyecto de ley.
Uno de los componentes esenciales del Sistema Nacional de Salud tiene que ver justamente con aunar los fondos que hoy se descuentan a los trabajadores para efectos del financiamiento del sistema de salud. Además, se establece expresamente en la norma permanente que este sistema tiene el carácter integrado. Por lo tanto, esta norma transitoria no incorpora nuevos elementos a los ya resueltos y cubiertos por la transitoria que ya aprobamos.
Vallejos: Yo no comparto lo que dice César, porque hay una norma específica de educación además de la de sistema, que habla sobre el fondo para dotar de financiamiento basal a la educación. ¡Hay un artículo transitorio específico para educación! Sin embargo, a salud se le pone en una cláusula general, donde no se detallan aquellos aspectos relevantes que tienen que ver con el financiamiento. En cambio, como dije, sí se hace con educación -y uno podría ocupar el mismo argumento que acaba de señalar acá el compañero-, en el sentido de para qué habría que tener esa transición si en el artículo base está consagrado que va a ser un financiamiento basal, etcétera. Entonces, ¿por qué hacemos una cosa con un derecho fundamental tan importante como educación y no podemos usar el mismo argumento para salud o vivienda?
Yo entiendo, y no es mi intención polemizar, porque no voy a convencer a nadie, pero sí quiero decir lo siguiente, y ojalá se entienda por qué lo estamos diciendo. ¡Esto también es algo comunicacional, no es solamente jurídico!
Mucha gente está pendiente de lo que hacemos y de cómo estamos resolviendo y a qué le estamos dando énfasis.
Con respecto a la vivienda, hemos pedido una y otra vez que se integre una norma transitoria específica de vivienda, que le dé tranquilidad a mucha gente que lucha en campamentos por décadas para tener su casa. Lo mismo con el personal de salud. Entonces, no todo es jurídico; hay mucho de comunicacional, de cómo damos tranquilidad a la gente que vota Apruebo o Rechazo frente a estas decisiones políticas. Aunque no tengamos el apoyo acá en la Comisión, vamos a insistir en el Pleno con estas normas que nos parecen de una relevancia mayor.
Muchas gracias.
Fuchslocher: Gracias, Coordinadora. Yo comparto gran parte de lo que la convencional Vallejos, señala, pero creo que hay un punto importante respecto de esta norma y que va a aclarar, por lo menos en mi caso, la postura de mi voto.
Primero, se ha hablado de que los plazos legislativos, porque una cosa es que comunicacionalmente se haga bien y se den señales, pero, otra, cosa es que se haga bien en la práctica y en los plazos legislativos, ya lo hemos visto, los proyectos de ley compiten entre sí, y antes de que Fonasa tenga el control de todas las cotizaciones debe haber legislación, adecuación reglamentaria, administrativa y de infraestructura. Por lo tanto, el traspaso inmediato de esos fondos a Fonasa que, si bien lo puede manejar, requiere de legislación previa y adecuación y no puede ser mandatado directamente.
Es solamente ese punto respecto de esta norma. Gracias, Coordinadora.
Sometida a votación se rechazó (13 votos a favor, 5 en contra, 10 abstención).