Historia de la Constitución y de las Propuestas de Nuevas Constituciones
Convención Constitucional
- Sesión N° 13 Comisión de Armonización
- Celebrada el 2022-06-11
- Legislatura Convención Constitucional
Autora(or)(es)
Índice
Intervención en Comisión
CAPÍTULO I. PRINCIPIOS Y DISPOSICIONES GENERALES
Se dio inicio al proceso de deliberación y votación de las indicaciones relativas al capítulo Nº 1 del texto constitucional, relativo a Principios y disposiciones generales. Se ofreció la palabra por un tiempo de veinte minutos para la deliberación de las indicaciones presentadas.
Intervino el convencional señor Fernando Atria, para referirse que, en la lógica de armonización, este pretende ser un capítulo breve, que afirme ciertas disposiciones dogmáticas y generales, buscando dejar la regulación que desarrollan estas normas en los capítulos pertinentes. En cuanto a la ordenación de las disposiciones, señaló que comienza con la referencia al Estado, entendiendo que se trata de una Constitución Política “del Estado”, para luego abarcar aspectos relativos a la soberanía, el territorio y las personas, como una manera de indicar los tres elementos que han caracterizado a la unidad política.
La convencional señora Rosa Catrileo, señaló que se optó por eliminar las referencias a los nombres o títulos de los principios contenidos en cada uno de los artículos. Sobre el Estado plurinacional, precisó que se eliminó en el artículo respectivo la referencia a la plurinacionalidad, por estar contenido en el artículo 1º. En cuanto a los derechos, como el de la autodeterminación de los pueblos, así como la interculturalidad, fueron distribuidos al capítulo de derechos fundamentales, como parte de derechos colectivos.
El convencional señor Mauricio Daza, señaló que se eliminaron los epígrafes de cada uno de los artículos para dar cuenta de un texto que se baste a sí mismo como un todo. Se reafirma asimismo en el artículo 2º que Chile es una unidad dentro de la diversidad, lo que permite entender el resto de disposiciones constitucionales, y el resto de los artículos de este capítulo da cuenta de la mirada del Estado chileno, caracterizándose como uno plurinacional, intercultural, regional y laico. Por ello, termina el capítulo cerrando con el principio de juridicidad, entendiendo que aquello es vinculante.
El convencional señor Felipe Harboe planteó que este capítulo define la forma de Estado democrático y social de derecho, consagrando los valores relevantes dentro de la sociedad, el rol que le cabe al Estado, junto con destacar la democracia directa y representativa y el límite de los derechos humanos al ejercicio de la soberanía.
La convencional señora Alondra Carrillo se refirió a la disposición de las familias. Situó esta definición de las familias en un sentido amplio, avanzando en el reconocimiento del derecho de cuidados, que lo asimila a una actividad económica y social indispensable.
Por otro lado, el convencional señor Ruggero Cozzi agradeció las referencias específicas como la sostenida por la convencional Carrillo, pues de esta manera queda claro qué es lo que se intentó hacer. Consultó por qué se agrega la democracia “inclusiva” y cuál sería el sentido. Consignó que se eliminó en la democracia paritaria la expresión “órganos” y sostuvo que aquello podría tener implicancias en cuanto a la formulación original.
La convencional señora Ivanna Olivares se refirió al Estado ecológico, entendiendo que este principio general permea todo el capítulo y lo desarrolla a lo largo de diversas disposiciones al interior de la propuesta.
El convencional señor Ricardo Montero se refirió a la metodología que se tuvo a la vista para efectos de proceder a las indicaciones de armonización. Señaló que la Comisión recibió diversos insumos para estas propuestas, como el informe de la Secretaría Técnica y la filóloga de la Convención Constitucional, un informe de un grupo transversal de profesores de Derecho, además de propuestas individuales de cada uno de los colectivos políticos, los que fueron considerados para proceder conforme a dichas recomendaciones.
La convencional señora Bárbara Sepúlveda explicó las consideraciones que se tuvieron para eliminar referencias a las diversidades sexo genéricas como tales para pasar a referencias relativas a diversidades sexuales y de género, indicando que, en estricto sentido, son sinónimos, pero permiten una mayor comprensión hacia un lenguaje claro. Se mantuvo esta fórmula a lo largo del texto constitucional. En materia de paridad, señaló que se eliminaron palabras reiteradas como las referencias al concepto de “órganos”, entendiendo que no se suprime el mandato de paridad en su composición, procurando una cuestión de lenguaje y estilo. La remisión a los términos se ha hecho en términos claros para determinar cuál es el sujeto protegido por cada norma. En una parte de democracia paritaria, en vez de la referencia a “disidencias sexuales y de género”, se decidió estandarizarlo al lenguaje utilizado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que se refiere a estas personas como “personas de género diverso”, permitiendo y facilitando su aplicación a los jueces.
El convencional señor Christian Viera destacó que, sin perjuicio del grupo de que forma parte relativo a las indicaciones identificada como “Villena y otras y otros”, la Comisión efectuó una invitación a trabajar a toda la Comisión y sus colectivos. Por otro lado, se refirió a aspectos específicos de armonización, destacando que trabajaron bajo un criterio de deferencia hacia el Pleno. Específicamente, trataron de armonizar este texto “escrito a siete manos” (siete comisiones) bajo una sola, manteniendo con ello las decisiones del Pleno. Solo en el evento de recomendaciones sostenidas por diversos especialistas a este respecto se intervino el texto para superar inconsistencias o incongruencias relevantes.
El convencional señor Andrés Cruz, complementó esa afirmación refiriéndose a la metodología de trabajo. Reiteró que hubo integrantes que se excluyeron de dicho trabajo, no obstante la invitación abierta. Por otro lado, indicó que tuvieron a la vista las diversas referencias advertidas por profesores de derecho, buscando evitar afectar lo que el Pleno había aprobado.
El convencional señor Hernán Larraín valoró el espíritu de inclusión sostenido. También consignó que, a su juicio, se tuvo tiempo limitado para examinar las indicaciones propuestas hacia al texto final, y que la metodología no es clara para determinar los cambios.
La convencional señora Tammy Pustilnick se refirió específicamente a dudas advertidas por el convencional Cozzi, particularmente por qué se incorporó la expresión “inclusiva” en la democracia paritaria. Explicó que esto se encontraba en el ID 334, trasladándose hasta la disposición de democracia paritaria. En cuanto al término “recursos”, señaló que este se encuentra consagrado en el ID 753 y, por lo tanto, se buscaba coordinar la sistematicidad del texto.
El convencional señor Patricio Fernández sostuvo que se trató de consolidar las normas ya aprobadas por el Pleno hacia un texto único y armónico, buscando la mayor claridad, evitar las redundancias y aclarar los sujetos protegidos de las normas. Todo conforme a las sugerencias advertidas en los informes tenidos a la vista.
Finalmente, el señor Roberto Celedón se refirió a los derechos sexuales y reproductivos conforme a la intervención pasada de la convencional Montealegre. En este sentido, aclaró que el informe de la Secretaría Técnica a este respecto enuncia la compatibilidad de este derecho con las obligaciones contenidas en tratados internacionales de derechos humanos ratificadas por Chile y vigentes, y que solo recomienda mejorar la redacción para un mayor entendimiento de la norma. Destacó la seriedad del trabajo de armonización desarrollado por la Comisión, independiente de las posturas personales que a este respecto se pudieran tener.