Historia de la Constitución y de las Propuestas de Nuevas Constituciones
Participación
Convención Constitucional
- Sesión N° 13 Comisión de Armonización
- Celebrada el 2022-06-11
- Legislatura Convención Constitucional
Autora(or)(es)
Índice
Intervención en Comisión
La señora MANUELA ROYO.-
Buenos días a todas y a todos. En primer lugar, quiero recalcar que ni en la Constitución de 1980 ni en la de 1925 existe una protección constitucional respecto de la vida del que está por nacer. Eso es básico.
En segundo lugar, la teoría del control de convencionalidad establece que las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son fuente del derecho interno y que es obligación del Estado respetarlas.
En ese sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido, en su sentencia del caso Artavia Murillo, la existencia de derechos sexuales y reproductivos, los cuales tienen una bajada concreta en el texto constitucional, razón por la cual lo que señala la convencional Montealegre no es solamente falso, sino altamente cuestionable. Incluso, habla de un desconocimiento de teorías del derecho contemporáneo.
En ese sentido, consideramos muy relevantes y son evidentemente coherentes con el derecho internacional las normas que se establecen en materia de derechos fundamentales, por lo cual también sus argumentaciones son absolutamente erróneas.
Muchas gracias.








