Historia de la Constitución y de las Propuestas de Nuevas Constituciones

Acta de Sesión en Comisión: Sesión Nº 64 Comisión Derechos Fundamentales; Sesión N°64 Comisión Derechos Fundamentales

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COMISIÓN SOBRE DERECHOS FUNDAMENTALES

Acta 64ª sesión

Lunes 18 de abril 2022, Sala Hemiciclo, de 09:42 a 13:40 horas

Suma: Deliberación de las indicaciones ingresadas al texto devuelto en particular por el Pleno de la Convención Constitucional en los Bloques Temáticos N°1 y 2 (ex B3).

Asistencia:

Damaris Abarca González P

Dayyana González Araya R

Valentina Miranda Arce R

Benito Baranda Ferrán P

Lidia González Calderón No

Katerine Montealegre Navarro R

Luís Barceló Amado R

Giovanna Grandón Caro R

Alfredo Moreno Echeverría R

Adriana Cancino Meneses P

Felipe Harboe Bascuñán R

Matías Orellana Cuellar P

Rocío Cantuarias Rubio P

Natalia Henríquez Carreño P

Manuel José Ossandón Lira P

Claudia Castro Gutiérrez P

Bastián Labbé Salazar R

Bárbara Rebolledo Aguirre P

Roberto Celedón Fernández P

Elsa Labraña Pino P

María Rivera Iribarren R

Aurora Delgado Vergara R

Francisca Linconao Huircapan P

Mariela Serey Jiménez P

Gaspar Domínguez Donoso P

Isabella Mamani Mamani P

Fernando Tirado Soto R

Patricio Fernández Chadwick P

Teresa Marinovic Vial P

Tatiana Urrutia Herrera P

Javier Fuchslocher Baeza R

Janis Meneses Palma P

César Valenzuela Maass P

Nota: P: presente en sala; R: presente mediante zoom.

Secretaría: Cristián Ortiz Moreno, Aylen Velásquez Valenzuela y Natalia Pinto Flores.

Cuenta: Se recibió la siguiente comunicación:

1. Reporte sobre participación popular desde la Secretaría de Participación Popular.

Acuerdos: No hubo.

ORDEN DEL DÍA:

Deliberación de las indicaciones ingresadas al texto devuelto en particular por el Pleno de la Convención Constitucional en los Bloques Temáticos N°1 y 2 (ex B3)1

Cancino: Muy buenos días, queridos coordinadores, queridos convencionales. Nos encontramos por tercera vez discutiendo aquellas normas del bloque uno y dos que mayor debate han generado y que, por tanto, han sido devueltas a esta Comisión por el Pleno. Me referiré en primer lugar, a los límites de los derechos fundamentales, allí les invito a aprobar la indicación 52 que establece que solo en virtud de la ley, podrá regularse o limitarse el ejercicio de los de los derechos fundamentales.

Se trata de una cláusula mínima que establece la reserva de ley, pero emitiendo la colaboración reglamentaria autorizada por el legislador, se trata de una formula dinámica, pero pertinente que permite el adecuado desarrollo doctrinario y jurisprudencial posterior a medida que esta Constitución cobre vida. En seguida me referiré a la expropiación como parte del derecho de propiedad; allí creo que la norma más adecuada es la lineada por las indicaciones N°137, N°141 y N°145. Ellas establecen como garantía de la expropiación la indemnización del daño patrimonial efectivamente causado, el pago previo y la posibilidad de recurrir a tribunales. Esta norma es necesario para dar calma y estabilidad en tiempos muy difíciles para la Convención.

Modificar la fórmula de daño patrimonial efectivamente causado, generara incertidumbre, pues deberemos de esperar que la jurisprudencia reinterprete las garantías y ello generara temor por parte de los propietarios, e incluso en temas tan sensibles como las pensiones. Hoy debemos ser cautelosos y jugar nuestras cartas para establecer derechos sociales fuertes, avanzando hacia un Estado social, pero cautelando el interés de los propietarios, en especial de quienes son más expropiados en este país, que son los pequeños propietarios. Por ello, las y los invitos a aprobar dichas indicaciones. Muchas gracias, coordinadora.

Coordinación: Gracias, convencional. Bien, se ofrece la palabra. Les recuerdo que estamos en la deliberación de aquellas normas respectivas al bloque uno y al bloque dos, que serán posteriormente discutidas en el Pleno, en el informe de reemplazo. Se ofrece la palabra. Convencional Harboe, tiene la palabra vía telemática.

Harboe: Muchas gracias, coordinadora. Muy buenos días, saludos a todas las convenciones y convencionales que nos acompañan hoy día. Me referiré muy brevemente a un conjunto de indicaciones, yo creo que el Pleno nos ha dado una segunda oportunidad para reflexionar y cambiar aquellas normas que se han considerado meritoriamente que no son adecuadas.

En primer lugar, creo que es importante hacer presente la necesidad de instalar en el texto, en nuestro texto, normas relativas a la sustentabilidad o el respeto a regla fiscal en el ejercicio de la consagración de los derechos. Los derechos fundamentales se diferencian de los derechos que no lo son, justamente porque los primeros tienen vocación de estabilidad en el tiempo y por tanto, tienen que tener asegurado su rentabilidad en el punto de vista económico. Para eso, establecer la regla fiscal creo que es fundamental porque obligará a los futuros gobernantes a adoptar medidas en el sentido.

En segundo lugar, en materia de libertad de expresión, estamos proponiendo una indicación destinada a eliminar el inciso cuarto, particularmente el que dice relación con todas estas normas relativas a la facultad del Estado para limitar ciertos tipos de discursos. Resulta que es extremadamente delicado conferirle al Estado ese poder de censura previa porque justamente son las herramientas que han utilizado los dictadores de regímenes totalitarios para poder silenciar a las oposiciones en sus respectivos países.

Luego creo que en materia de derecho de propiedad coincido con lo que plantea la convencional Cancino que antecedió al uso de la palabra, en sentido de que no hay que confundir propiedad con riqueza. La persona que con mucho esfuerzo logra adquirir un bien, sea este mueble, inmueble, tiene legítimo derecho a mantenerlo, esa señora que tiene un quiosco, que le ha costado muchos años tenerlo, resulta que si por disposición de la autoridad del Estado se le va a expropiar, por razones de autoridades públicas que estén establecidas en la ley, puede ser muy legítimo, pero lo importante es que en el proceso de expropiación, esa persona sea debidamente indemnizada de acuerdo al valor que corresponde.

Y en tercer lugar, la toma de posesión por parte del Estado, sea con posteridad de pago. De lo contrario, esa señora del Kiosco no va a poder ejercer su función sino hasta que el Estado se digne a pagar todo. Todos los que hemos trabajado en el Estado sabemos que los plazos no siempre son los adecuados. En consecuencia, en materia de libertad ambulatoria, hemos presentado un conjunto de indicaciones que les pediría a las y los convencionales mirarlas en su conjunto ya que se trata, o se tratan, más bien, de un todo, de un cuerpo orgánico; no son indicaciones aisladas, sino que representan la idea de garantizar la libertad ambulatoria, circunscribir el rol del Estado en la posibilidad de limitarla y justamente establecer garantías para las y los ciudadanos. Pensemos siempre que es con independencia del gobierno de turno y los conflictos que podamos tener.

Y finalmente, en materia de derecho colectivo indígena, hemos presentado una indicación también con el objetivo de establecer, de sustituir el articulo 21 por uno más breve que dice: los pueblos y naciones indígenas reconocidas por esta Constitución en leyes, tienen derecho colectivo a las tierras y territorios en la forma y condiciones que determine la ley, permitiéndole al legislador que se vaya adecuando de acuerdo a las realidades que vayan surgiendo en nuestra sociedad porque no parece adecuado que nosotros como constituyentes, 154 hombres y mujeres, de un momento determinado, dejemos obligados a los futuros gobernantes. Eso es, muchas gracias.

Coordinación: Gracias, convencional. Convencional Cantuarias, tiene la palabra.

Cantuarias: Gracias, coordinadora. No sé cuál es la estadística, pero la mayor parte de los conflictos humanos tienen que ver con la protección de la propiedad, con la posibilidad de hacerse dueño y con mantener eso que es producto del trabajo o la invención propia, o del trabajo e invención de los padres. Los niños pelean por la propiedad de sus juguetes, de la pelota; los vecinos por el límite de la pandereta, las familias por la herencia, los países por problemas de fronteras o de riquezas de unos que otros quieren obtener. No importa si esto es bueno o malo, lo relevante es que es. Así es.

Por lo mismo, uno de los grandes triunfos de la civilización y garantía, por cierto, de la paz social, consistió en regular este tema, en reconocer y darle protección al derecho de propiedad. Las cuentas claras conservan la amistad, se dice y es cierto, y esto no porque lo diga una teoría o una ideología en particular, sino porque es la mejor forma de asegurar la paz social y de evitar conflictos como los que se produjeron en el gobierno de la Unidad Popular, que a juicio del propio Congreso de la época, violó la Constitución y las leyes ¿Sabían eso?

Tomas de previos y de fábricas, de casas, amenazas, atentados terroristas que contribuyeron fuerte y decididamente al caos social y quiebre de nuestra institucionalidad, conflictos que hoy día han renacido no solamente en la macrozona sur, sino que incluso en zonas urbanas mediante tomas y ocupaciones ilegales de viviendas y terrenos propios. De ahí entonces que la nueva Constitución deba preocuparse muy especialmente de asegurar a los propietarios que su derecho de propiedad será respetado tanto por el Estado como por los demás ciudadanos y esto no es, insisto, una teoría neoliberal, como dirían ustedes; esto forma parte de la civilización y lo opuesto a la barbarie.

Y cuando nos referimos a la propiedad, hablamos de bienes corporales como un terreno, un auto, una casa, pero también de bienes incorporales como los derechos; por ejemplo, sobre los fondos provenientes, sobre las cotizaciones de los trabajadores, y este matiz, un poco jurídico, hay que hacerlo justamente porque ustedes consideran fuera de lugar hablar de la propiedad de los ahorros de los trabajadores cuando hablamos de propiedad. Claro, quieren evitar el tema, y nosotros les contamos, por si no se han dado cuenta, que vamos a ponerlo cada vez que haga falta porque ustedes nos han dado, ustedes y su gobierno, demasiadas razones, muy poderosas, además, para sospechar.

Quisimos consagrar el derecho de cada chileno a elegir quién administra sus ahorros y qué modelo quiere: público, privado, de capitalización o de reparto, se opusieron. Sospechamos entonces que eran como en Argentina: dirán que los ahorros siguen siendo de los trabajadores, pero ups, el único administrador posible es el Estado, sin previa consulta a sus dueños. Quisimos asegurar constitucionalmente también que los ahorros se declararan de propiedad de los trabajadores, también se opusieron. Sospechamos entonces que van a empezar a decir que los ahorros son de los trabajadores, pero en realidad en un fondo común, ya lo han dicho, de hecho, con propiedad colectiva y todas esas cosas que ya sabemos dónde van a parar.

Les propusimos también que dejaran por escrito que los ahorros serian heredables, también se opusieron. Que la propiedad fuera no solo sobre los ahorros, presentes, sino sobre los ahorros futuros porque eso de que dame tu cotización para pagar una pensión ajena, también es expropiatorio, tampoco quisieron. Sospechamos, tenemos razones para sospechar de un gobierno que tiene un discurso en la primera parte de la campaña, uno distinto en la segunda vuelta, y otro totalmente inconsistente para gobernar, lo lamento, pero se han ganado hace rato mi desconfianza.

Por eso los instamos de una buena vez, a reconocer que les encanta el modelo de reparto, lo hemos escuchado tantas veces aquí, de eruditos convencionales; digan nomás que es más solidario, nosotros volveremos a recordarle a los chilenos que nada es más responsable que ahorrar y hacerse cargo de uno mismo y de sus familias, mientras tanto, sigan ustedes con su mantra: lo de colectivo, lo empático, lo súper bueno, lo inter y multi cultural, lo inter seccional y cuanta cosa que se les ocurre, nosotros no nos dejaremos engañar ni seducir por su pluri tontera. Muchas gracias.

Coordinación: Convencional Domínguez, tiene la palabra.

Domínguez: Muy buenos días a la coordinación, muy buenos días a la secretaría. Quería referirme al artículo número 5 que fue devuelto por el Pleno y a la indicación número 51.

El artículo número 5 dice: “Regulación y limitación de los derechos fundamentales. En virtud de una ley se podrá regular el ejercicio de los derechos fundamentales para hacerlos compatibles entre sí o con otros fines amparados en la Constitución”. A nuestro juicio, es necesario saber escuchar al Pleno, poder evaluar cuáles son los aspectos que no satisficieron a los compañeros, y por qué razón lo devolvieron y a nuestro juicio, la indicación numero 51 viene a resolver dos aspectos esenciales que no estaban considerados en esta norma: el primero tiene que ver con la reserva legal a las eventuales limitaciones ¿Por qué? La norma que fue rechazada en el Pleno dice: una ley podrá regular el ejercicio de los derechos fundamentales.

Esto, a nuestro juicio, pudiera entenderse o interpretarse como que, a través de una ley, o incluso de un procedimiento reglamentario, poder limitarse los derechos consagrados en la Constitución, cuestión que no parece razonable, y es por eso que la primera propuesta que proponemos en esta indicación es que el articulo sea explícito y diga: solo podrá regularse con una ley. O sea, no solo que una ley puede, sino que solamente puede hacerse a través de una ley. Por eso creemos que debe ser clara la regulación en relación con la reserva legal, y lo segundo, creemos que esta regulación o limitación de los derechos fundamentales, a través de una ley para hacerlos compatibles entre sí, debe incluir algún criterio o test que pueda permitir o evitar incluso, algunos eventuales abusos por parte del legislador o de la administración.

Por lo que, esta indicación en la segunda parte incorpora que dichas regulaciones o limitaciones deben ser razonables y necesarias en una sociedad democrática; es decir, y con esto me gustaría comentar algún aspecto comparado, nos parece necesario establecer que solo una ley, y segundo, que esta restricción debe cumplir, o debe tener al menos cierto test, que sería en principio que sean razonables y necesarios para una sociedad democrática. Sobre la experiencia comparada, me gustaría contarles que, en el caso de Canadá, se establece que únicamente los límites razonables y prescritos por la ley para una sociedad libre y democrática pueden restringir o modificar de alguna manera el manejo entre la colisión de los derechos.

La Constitución Sudafricana en el artículo 36 sobre limitaciones de derecho también dice que la limitación sea razonable y justificable en una sociedad democrática abierta. La Constitución de Portugal en el artículo 18 sobre el alcance jurídico dice: “la ley solo podrá restringir los derechos y libertades en los casos en que” (…), y después termina diciendo, “(…) para limitar es necesario y salvaguardar estos derechos deben ser protegidos por la Constitución”.

Finalmente, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el artículo 29, de nuevo lo mismo, establece que para el bienestar general de una sociedad democrática. La Sociedad Interamericana de Derechos del Adulto Mayor, también se refiere a esta materia en relación con la limitación del goce y ejercicio de los derechos que solo pueden ser con el objeto de preservar el bienestar general dentro de una sociedad democrática.

Finalmente, entonces, hacemos el llamado a aprobar y considerar la indicación número 51 que viene a perfeccionar el artículo que fue rechazado por el Pleno sobre la regulación y limitación de los derechos fundamentales, habiendo escuchado al Pleno y considerando que es necesario primero, que solo en virtud de una ley y segundo, cuando esta limitación sea razonable y necesaria para una sociedad democrática.

Coordinación: Gracias, convencional Gaspar. Tiene la palabra convencional Alfredo Moreno, vía telemática.

Moreno: Si. Muchas gracias, coordinadora. Yo quisiera referirme al artículo 20, que hace referencia al acto expropiatorio y quisiera decir muy breve qué es lo que nosotros proponemos. Nosotros consideramos que el mínimo que se le puede dar a los chilenos es que, en los actos expropiatorios, la indemnización sea previa, en efectivo, al contado y dado el valor del mercado del bien del cual está siendo expropiado.

Eso para nosotros es el mínimo y eso es válido para los bienes corporales, para los incorporales. Es válido también cuando hablamos de nuestros fondos de pensiones, de los fondos que los chilenos tienen expropiado y nos dicen ¿Pero por qué ustedes dicen eso, si aquí nadie nunca ha dicho algo así? Y yo quisiera referirme a algunas indicaciones que están propuestas aquí que aun cuando puede ser que no sean aprobadas en esta Comisión, y yo así espero que sea, sí dan pie a tener cerca de 15 firmas para tener un cierto entendido de qué es lo que algunos convencionales plantean.

Me quiero referir a la indicación N°155, convencional Labraña et al, dice: “la nacionalización no estará sujeta a las normas de la expropiación”, primera indicación. Después quiero ir a la N°158 de los mismos autores: “cuando el interés de la comunidad internacional lo exija, la ley podrá nacionalizar o reservar al Estado el dominio exclusivo de los bienes naturales, bienes de producción u otros que declare de importancia preveniente para la vida económica, social y cultural, y conservación de la biodiversidad”. La N°159 enumera de la letra A a la G, distintas causas por las cuales se podrán hacer las nacionalizaciones.

En el N°160 dice que cuando exijan los intereses generales del Estado, será obligación nacionalizar aquellas empresas que, por los otorgamientos de concesiones para la explotación de los bienes naturales, bienes comunes o prestación de servicios, han causado pobreza a las arcas del Estado. La nacionalización no estará sujeta a las normas de la expropiación ¿Quién va a medir esas causas de pobreza al Estado, arca del Estado? ¿Cómo lo vamos a hacer? Nadie sabe, pero en lo que vamos a terminar lo tenemos más o menos claro.

En la N°163, el monto de la indemnización o indemnizaciones según los casos podrá determinarse sobre las bases post original de dichos bienes, pero luego vienen no solamente el costo original, sino todas las reducciones que hay que hacerle: deducir las amortizaciones, depreciaciones, castigos y desvalorización por obsolescencia. También podrá deducirse del monto de la indemnización el todo o parte de las rentabilidades excesivas que hubieren obtenido las empresas nacionalizadas. Rentabilidad excesiva que nadie sabe qué es lo qué es eso, qué es lo que miden ni cómo.

La indemnización será pagada en dinero a menos que el afectado acepte otra forma de pago en un plazo no superior a 21 años. Estas son las normas por las cuales tenemos que proteger a los chilenos, para cuando nos dicen por qué lo hacemos y somos reiterativos, simplemente, y no he terminado, me quedan varias. El Estado podrá tomar posesión material de los bienes comprendidos de la nacionalización inmediatamente después de que esta entre en vigencia, no antes del pago. En la N°164 habla sobre bienes minerales, hidrocarburo, y continua con las nacionalizaciones.

En la N°165 debido al interés de los pueblos de Chile y en ejercicio el derecho soberano de inalienable del Estado a disponer libremente de sus riquezas y bienes naturales, se podrán nacionalizar o expropiar toda clase de bienes.

Yo quiero preguntarle, cuando termine, a la secretaría ¿Si estas no son sustitutivas, subsidiaria, complementaria, trasladativa? Porque me pareciera a mí al leerlas, no sé si a los demás convencionales les parecerá, yo las leí ahora, en la N°166 que a mí por lo menos, y a los que provenimos del mundo rural, creo que nos va a interesar.

Cuando se trate de la expropiación de medios rústicos, rústicos supongo que se referirá a rurales, la indemnización será equivalente al evalúo vigente para los efectos de la Constitución territorial. Y lo importante respecto de la expropiación y al pago, es que podrá pagarse una parte al contado. El saldo en cuotas en un plazo nunca superior a cinco años, para que estén tranquilos la gente del mundo rural, si es que llegan a pasar estas cosas, no va a ser así, nunca más de cinco años.

La N°168 debido al interés de los pueblos de Chile y en ejercicio al derecho soberano en la del Estado a disponer libremente sus riquezas y bienes naturales, nacionalizarse y declararse, así está escrito. Por tanto, incorporados al dominio del Estado las empresas de explotación y expropiación de bienes minerales y de hidrocarburo, pasando al dominio nacional, de nuevo nos referimos a bienes nacionales, minerales e hidrocarburo. La nacionalización no estará sujeta a las normas de expropiación. En el N°169 en conformidad del dominio patrimonial del Estado, sobre todo los bienes estratégicos como los minerales y los hidrocarburos, no habrá lugar a indemnización alguna por los derechos sobre bienes mineros y de hidrocarburo, ya que, por mandato constitucional, pertenecen al Estado de Chile, dichos derechos serán inscritos sin otro trámite a nombre del Estado.

Y podemos continuar así hasta que se terminó el artículo. Yo quisiera preguntar si ¿vamos a aplicar estas normas después del comparado o no? Y además de eso, quisiera decirle a aquellos que nos han dicho tantas veces que nosotros presentamos indicaciones y que terminan siendo dilatorias, filibusteras y otros, si no les parece que estas normas son repetitivas y al menos pueden causar cierto grado de intranquilidad en los chilenos. Gracias, guardo los tres minutos para después. Gracias.

Coordinación: Gracias, convencional. Bien, tiene la palabra, convencional Luis Barceló.

Barceló: Gracias, coordinadora. No me voy a referir a ninguna norma en específico, sino más bien a temas que van a ser debatidos hoy día.

Respecto de los límites de los derechos ¿Cuánto tiempo nos habríamos ahorrado de momento oportuno? Todo esto se discutió, si hubieran aprobado no una, sino que varias normas mediante de distintos colectivos que establecían las limitaciones que son razonables y necesarias en una sociedad democrática. Todo eso se discutió, no solo a propósito de una norma presentada por una agrupación, sino por varias. Sin embargo, fueron rechazadas. Nos habríamos ahorrado, como he dicho, una cantidad de tiempo inmensa.

Ahora, no tengo ninguna duda de que va a ser aprobada, tiene que ser aprobada porque de lo contrario, no va a pasar el filtro del Pleno. Entonces, les quiero pedir yo a todos y cada uno de los convencionales, más allá de las posiciones ideológicas que cada cual sustenta, seamos también mínimamente razonables, entendamos que no solo están en juego nuestras ideas, sino que también los intereses de la inmensa mayoría de la población común y corriente del país. Eso es lo primero como en líneas generales.

Ahora, refiriéndome a algunas cosas que aquí se han dicho, respecto de los actos expropiatorios, comentarios o normas presentadas por otros colectivos, sin que necesariamente sean mías o en conjunto con Felipe. He sido abogado, he visto casos de expropiación, calculo probablemente 22 casos son de gente clase media, y tal vez mucho menos que clase media, es que se ven afectadas porque cuando están ubicadas, por ejemplo, en esquinas y hay que hacer un ensanche de calle, su casa, su pequeño local comercial se ven afectados.

Con las normas aprobadas, esa gente simplemente puede quedar en la miseria o en una precariedad total ¿Ustedes creen que cuando lea la Constitución, ese tipo de personas, va a votar sí? Los cambios que, si o si tenemos que hacer en nuestra patria, de pasar de este Estado, como decía bien Darwin, porque Darwin cuando hizo su viaje a Chile no solo habló de la naturaleza, fíjense también que habló la inequidad social y decía que entre los países que había recorrido en américa latina, el más desigual de todos era Chile, y así una comparación explicita con lo que eran las repúblicas unidas del Rio de la Plata de esa época, hoy en día Argentina.

Quiero decirles, en definitiva, que esa gente que lee la Constitución, que sabe que Chile es desigual inmensamente, que quiere aprobar la Constitución, por este tipo de errores va a votar que no. Entonces, yo les solicito a todos quienes queremos cambiar radicalmente este país, pero sobre base razonable, meditemos bien antes de votar decisiones extremas que solo pueden servir de base para grupos excesivamente ideologizados, además de que muchas veces su vínculo con la sociedad son absolutamente escasos.

En base a mi experiencia, que anteriormente señalaba, sé lo que estoy diciendo. Es necesario, que sea previa y en base al valor comercial, porque las cosas que tengan que reemplazar aquellos que fueron despojados en bienes a través de la ley expropiatoria, después tienen que comprar algo que sea equivalente a lo que tenían, uso de resguardo de derechos, las normas presentadas hasta ahora constituyen nada más y nada menos que un perjuicio grave que sería irrogado. Esos son los comentarios, sin perjuicio que más tarde pueda hacer otros respecto de otros temas. Muchas gracias.

Coordinación: Gracias, convencional. Convencional César Valenzuela, tiene la palabra.

Valenzuela: Muchas gracias, coordinadora. Sí, yo primero referirme, y sin ánimo de polemizar, a lo que señalaba la convencional Marinovic, que decía temas que no le importan a nadie, yo no sé a qué se refiere. Porque, nosotros hemos hablado de desigualdad, hemos hablado de educación, de salud, hemos hablado de seguridad pública. Entonces, no sé si esos temas no les interesarán a los chilenos, yo entiendo que sí.

Y también a pesar de que no es parte de esta discusión, y ruego me excusen, pero necesito referirme a la temática relacionado al sistema de seguridad social, porque se sigue insistiendo en elementos que son distintos al texto aprobado. Es la lógica de los fantasmas que nosotros ya anticipábamos en varias oportunidades. Se decía que el único administrador iba a ser el Estado, yo no sé dónde está eso en la norma de seguridad social, eso no es efectivo. Al revés, si uno tuviera que revisar el texto aprobado, uno se daría cuenta que, muy por el contrario, el texto que va a conocer mañana el Pleno, permite justamente que las personas puedan elegir, cosa que hoy día no sucede. Usted no puede elegir el sistema de pensiones, no puede elegir su sistema de seguridad social.

La norma aprobada da la posibilidad de implementar un sistema mixto o un sistema solidario, o que las personas puedan elegir alguno de estos dos sistemas libremente, no solamente elegir a cual fondo de pensiones le puede administrar su plata. Entonces, creo que no corresponde seguir tergiversando el texto que fue aprobado, más allá de las opiniones en particular de algunos convencionales, a lo que tenemos que referir es al texto aprobado.

Y en segundo término, yo quiero también replicar la idea de la responsabilidad por el propio trabajo para hacerse cargo del tema de las pensiones, porque eso deja ver algo que es absolutamente incorrecto, y es que las bajas pensiones serían, supuestamente entonces, producto de la flojera o de que las personas no trabajarían y eso es absolutamente falso. Vean a las personas, 30 años de cotización interrumpida, vean las pensiones de miseria que están recibiendo hoy día. Entonces, confundir sobre estos supuestos, creo que no corresponde, lo hemos señalado en reiteradas oportunidades respecto de la propiedad de los fondos de pensiones que hay en la norma general, que ya fue aprobada en materia de propiedad, que es perfectamente susceptible de ser aplicada para los fondos de pensiones.

Acá no se le va a quitar la plata a nadie, ni se va a ir a un fondo común a menos que usted lo disponga así expresamente. Entonces, por favor dejemos esas cosas atrás porque no corresponde. Me voy a referir en particular con relación a este informe a la cláusula de límites, que yo la verdad nunca me imaginé que nos iba a traer tantos problemas, y quiero aclarar, al menos la indicación que presentamos nosotros el sentido de la palabra “en virtud”.

Cuando nosotros decimos “en virtud” se opone a la idea del “solo”, y ustedes me dirán bueno, pero justamente es lo que dice nuestra indicación, la que dice también la que presentó el convencional Baranda, dice solo “en virtud”, porque lo que quiere decir cuando nosotros agregamos la palabra en virtud, que no es solamente el instrumento correcto para efecto de limitar los derechos fundamentales la ley, sino que también es susceptible de efectuarse esto a través de actos administrativos, decretos, reglamento, pero ¿Dónde está la limitación entonces? La limitación está dada porque ese ejercicio de la potestad reglamentaria solo puede aplicarse en la medida en que haya una habilitación legal previa, pero en ningún caso significa que la limitación, regulación o como le queramos llamar, porque yo sé que esta también es materia de amplio debate, pueda hacerse solo a través del instrumento denominado ley, porque eso la verdad es que es imposible, al menos de acuerdo a lo que tenemos el desarrollo de los tiempos.

Elementos tan cotidianos como el corte de una calle para efectos de lo que sea, de una manifestación pública, de una manifestación religiosa, de lo que sea, son productos de decisiones administrativas, y descartar la posibilidad de que la administración puede efectuar eso generaría situaciones bien complejas, como por ejemplo que cualquier limitación a los derechos fundamentales deben hacerse por ley. Imagínense ustedes que cada vez que en la región metropolitana se aplique la restricción vehicular tuviéramos que hacer una ley. No, el sentido de agregar las palabras “en virtud” justamente a lo que apuesta es que debe existir una ley general que habilite a la administración para efecto del ejercicio de la potestad reglamentaria pueda hacer limitaciones a estos derechos.

Yo quiero aclarar ese elemento, porque me parece importante y que quede muy claro establecido, porque uno tendería a pensar que justamente las indicaciones que presentan esta palabra “en virtud”, finalmente son las que uno cree que podrían ser aprobadas y desde esa perspectiva, es muy importante dejar en claro que en virtud en ningún caso significa que el único instrumento idóneo para efecto de limitación de derecho fundamental es la ley, sino que más bien se requiere una ley habilitadora previa. Muchas gracias, coordinadora.

Coordinación: Bien. Gracias, convencional. Convencional Marinovic tiene un minuto para la réplica, por favor.

Marinovic: Yo entiendo, coordinador, que usted tiene buenas intenciones, yo no tengo una mal opinión suya, por lo menos en términos personales, pero lo creo hasta ahora un poco ingenuo.

La norma que usted señala habla del derecho a la seguridad social, la misma expresión que uso Gabriel Boric para evadir la respuesta acerca de si la propiedad es o no de los trabajadores. Entonces, todos los principios que aparecen en las normas de seguridad social, son los principios propios de un sistema de reparto. Usted es buena persona, pero averigüe esto, porque yo no quiero ser antipática.

Luego, habla de prestaciones definidas, eso lo único que puede ofrecer, eso es un sistema de reparto. Y además, habla de un sistema de seguridad público, pero lo más grave, si usted y todos los convencionales del gobierno de Boric y del mismo gobierno, entienden que hay una preocupación y una inquietud en la ciudadanía en esta materia, por qué entonces cuando nosotros queremos dejar ciertos puntos explícitos. ─

Coordinación: Efectivamente, convencional Marinovic, son dos minutos por reglamento, entiéndanos de la interpelación, le queda un minuto todavía. Tiene la palabra, convencional.

Marinovic: Muchas gracias, coordinadora. Si es que ustedes saben que hay una inquietud de parte de la ciudadanía ¿Por qué tanto problema con dejar explícitos ciertos principios que están asociados justamente a la propiedad de los fondos? Porque ustedes dicen están implícitos ¿Cuál es el problema con ponerlos explícitamente?

Entonces, yo creo que lo que no quieren decir es que les gusta un sistema de reparto, y el sistema de reparto sabemos que por definición es expropiatorio, digamos en el sentido que la plata que se le descuenta mensualmente de las cotizaciones va a pagar pensiones ajenas, pero le repito, los principios que están en la norma aprobada son principios propios del reparto, habla de un sistema de seguridad público, habla de prestaciones definidas. Todo eso corresponde a un sistema de reparto, pero lo más importante, ustedes se han negado una y otra vez en todas las instancias que hemos tenido a aprobar aquellas normas, aquellas indicaciones o propuestas, que apuntaban a explicitar los derechos de los trabajadores y a ser dueños de sus ahorros presentes y futuros, a elegir la administración, a dejarlos en herencia a su familia.

Coordinación: Gracias, convencional. Convencional Felipe Harboe todavía le quedan seis minutos para intervenir, tiene la palabra.

Harboe: Muy breve, coordinadora. Voy a guardar esos minutos para efectos de la argumentación más adelante, pero quería plantear una moción de orden porque tenemos un conjunto de indicaciones que hay que votar, tenemos y eso es un hecho a la causa, un acuerdo mayoritario que se ha instalado legítimamente, no voy a hacer ningún tipo de cuestionamiento y no juicio de valor para que no se malinterprete y quiero plantear que quizás lo que debiéramos hacer en cada uno de los artículos que nos han sometido a consideración, y partiendo por votar aquellos en los cuales está el acuerdo mayoritario, y el resto de las indicaciones obviamente van a ser incompatibles si es que se aprueba eso, porque de lo contrario, vamos a estar viendo lo mismo que hemos visto en otras discusiones donde damos discusión respecto a cada una de las indicaciones.

Entonces pregunto ¿Si se habría disposición para eso? Para sincerar la discusión y no tener tantas horas de votación, cuando sabemos que en general, respecto a las normas que están propuestas, si hay acuerdo podría validarse eso y todas las otras entiéndanse como rechazadas, para que lo analice la Mesa.

Coordinación: Bien. Entiendo que era un punto de reglamento convencional. Le recordamos que hoy día la sesión está citada para la deliberación, y las sesiones del miércoles y el jueves, vamos a hacer la votación. Sin embargo, a mi juicio, volver a innovar en la metodología creo que ya es improcedente. La idea es que podamos deliberar porque hay muchas normas, hay muchos artículos, que hay diversos autores y autoras que han presentado propuestas y eso es lo que estamos haciendo ahora. Bien, se ofrece la palabra. Convencional Bárbara Rebolledo tiene la palabra.

Rebolledo: Muchas gracias. Quiero retomar el tema que planteó el señor Valenzuela. Y de verdad, yo entiendo que estén preocupados porque ha disminuido la aprobación de la ciudadanía respecto del trabajo que hemos realizado como constituyentes. Entiendo también la preocupación que existe en un sector importante acá dentro de la Convención, con el lamentable apoyo ciudadano que tiene hoy día el actual presidente Boric, quien con todo un récord en la historia de nuestro país, al mes de gobierno alcanzó menos de un 50%.

Entiendo la preocupación. Lo que me parece curioso es que no nos invite esto a la autocrítica, a preguntarme ¿Qué estamos haciendo mal? ¿Por qué la ciudadanía cada vez rechaza más nuestro trabajo? Y, por último ¿Por qué no enmendamos el rumbo entonces? Y ¿Por qué no tratamos de establecer aquellos temas que de verdad le hacen sentido a la ciudadanía y de los cuales nosotros también hemos querido hacer un eco?

Y con respecto a la seguridad social, hemos tratado de consagrar en numerosas oportunidades que los trabajadores son dueños de sus fondos. Sin embargo, acá se ha rechazado. Hoy día es tan curioso lo que sucede que incluso el ministro Jackson, esta mañana se supone enviando al Congreso un proyecto para que se consagre que estos son inexpropiables, para darle seguridad y para que de esa manera la derecha por lo menos no apoye el quinto retiro. Quinto retiro del cual hizo gárgaras la ministra actual, vocera de gobierno, el mismo presidente Boric, pero ahora ya no les gustan los retiros, pero antes les gustó ¿Pero quién paga el pato? La ciudadanía, la clase media, la gente pobre. Es a ella la que la inflación le duele. Es a ella la que le suben los precios y hoy no puede consumir. Es la clase media la que hoy día, debido al alto precio, a los altos intereses bancarios, no puede acceder a una vivienda propia.

Porque el tema de la vivienda propia tampoco está clarísimo al interior de la Convención. Pero continúo con el tema de las pensiones. Hemos dicho que queremos que sean heredables, cosa que acá también se ha rechazado, incluso se han dado algunos argumentos tan infantiles e ignorantes, a mi juicio, como decir si las pensiones son tan bajas ¿Qué puedo yo heredar el día de mañana? Le quiero decir a esas personas que tienen poco conocimiento de cómo funciona el sistema, pero se las dan de grandes eruditos en la materia, que lamentablemente en nuestro país y en el mundo mueren hombres antes de los 65 años y mueren mujeres también antes de los 60.

Si nosotros no consagramos que esos fondos sean heredables, si un padre muere el día de mañana, Dios no lo quiera, a los 55 años y deja hijos chicos, esa mujer, esa esposa no tiene derecho, hacer uso de esos fondos de pensión y por lo tanto va a tener menos recursos para sacar adelante a sus hijos.

Entonces, no puedo entender cuál es esta ideología, que reina en las cabezas de algunos convencionales, absolutamente estatista, por un lado. Y por otro lado, con muchas ganas de miraje expropiatorias, de no consagrar que los fondos de una persona sean heredables. Porque dicen ¿Es que, si son tan poco, para qué lo van a heredar? Claro, el Estado no quiere que sean heredable, porque si se va muriendo gente en el camino, van quedando fondos de pensión acumulados en el pozo.

Hoy día los hijos hasta los 24, 26 años, si no me equivoco, pueden incluso heredar ellos, no sólo su viuda o el viudo en este caso. Entonces, por favor, pensemos en la ciudadanía y dejemos de lado las ideologías obtusas de izquierda refundacionales que no nos dejan avanzar, ni escuchar lo que realmente quiere la gente, que no se expropien sus fondos de pensión, quieren elegir al prestador, sea público o privado. Ellos quieren elegir quién administra esos fondos, pero también, obviamente necesitan que sean heredables. Muchas gracias.

Coordinación: Orden en la sala, por favor. Nos pidieron expresamente, hace unas sesiones atrás que pudiéramos, por favor tener un debate. Recordamos hace unas semanas pasadas, hace unas sesiones pasadas. Bueno, tal vez como no estaban todos presenciales, pasó esta misma situación, en la misma situación donde nos pidieron que no, hicieran aplausos y nos pidieron eso. Por lo tanto, reitero, para que podamos tener un diálogo en esta sesión. Convencional Labraña tiene la palabra.

Labraña: Muchas gracias señora coordinadora. Muy buenos días. Bueno, ya que Alfredo Moreno me honro, en haber visto la indicación que presentamos sobre el tema de expropiación y nacionalización, y todavía no entiende por qué estamos presentando esta iniciativa. Me gustaría así como dar unos datos, no solamente a él, sino que a toda la gente que nos pueda estar escuchando en este momento.

Entonces, les quiero decir que sí sabía, señor Alfredo Moreno que el impuesto directo que pagan la gran mayoría de los chilenos modesto, desde profesionales, empleados, jubilados y lo más pobres, con ellos, en especial el IVA, son lo que le aporta el 59% de recursos al Estado para la educación, para la previsión, para viviendas sociales, para obras públicas, para los subsidios. Sabía usted también que entre recursos naturales, lo más importantes como el cobre, el litio, el oro, la plata, el molibdeno, sacan un valor de, salen a un valor de país según la empresa extranjera de Londres, la suma de 60 mil millones de dólares, 60 mil millones de dólares y sólo pagan de acuerdo a esa información, apenas un 2% de impuestos.

¿Cómo es posible que paguen menos que un jubilado, por nuestras principales riquezas?, Ya que, el jubilado en su mísera pensión que le pagan todos los meses, en su jubilación un 19% de IVA. Por eso, en los impuestos directos, los consumos los llaman regresivos en el mundo. Siempre son muchos menores que los impuestos proporcionales directo a las ganancias. Sabía usted que cuando se produjo el estallido social, que colmó la paciencia de millones de chilenos de todos los colores políticos, fue por la profunda injusticia social, diría que tenemos una de la peor distribución de los ingresos y las riquezas de planeta.

¿Sabía usted, que significa que en Chile tenga una de las peores distribuciones, lo ingreso? Pues le respondo. El 90% de lo que el país produce anualmente va a parar al 10% más rico de personas y empresas, y restante del producto, es el que se reparten entre los 18.000.000 de chilenos. Por eso, es que la tajada de los sectores medio y modestos es tan fina, que no alcanza para la educación de calidad, lo mismo que en salud y prevención, ni para ser mejores viviendas. Y ahora nacimos con la inflación, tampoco no alcanza para la comida.

¿Usted sabe que el 30% del salario mínimo, y si a este le sumamos solo el IVA, los gastos fijos llegan a 49% del ingreso más mínimo? Ni hablaremos del gas, el agua, de los fármacos, de la educación y libros que los hijos menores necesitan. Este es el verdadero problema, la falta de recursos en sectores modestos, y la poca tributación de la ganancia, ese 10% más rico, que seguirá anualmente el 90% de lo que el país produce.

Sabía usted que las grandes mineras en Chile llegan a llevarse los 60 mil millones de dólares anuales, si gana el equivalente al 61% del presupuesto nacional, pagando únicamente un 2% de impuesto. Y con esos recursos se podría financiar, todos los reclamos económicos del estallido social, toda la demanda social, todos los derechos sociales.

Usted sabe que en materia tributaria, el 1% más rico percibe al 33% de lo que produce el país. Y más encima logra convencer a una importante cantidad de chilenos, con su medio de comunicación, que no se puede subir la tributación, igual que existen todos los países del mundo, porque esas empresas se irían de Chile. Me pregunto, ¿A dónde se irían? ¿A países con una más alta tributación que la de Chile?, Imposible ¿A países donde no existe el cobre? Imposible.

Quiero informales, finalmente, que Chile está entre los siete países potencialmente más rico en recursos naturales. El cobre, en el cobre este país tiene entre 40%, y el 50% de reservas conocida en el mundo, en litio, en Salares, que son lo más económico de explotar, hemos exportado el 48% del comercio internacional, en el molibdeno somos el principal productor del mundo, lo mismo que la plata, el yodo, las valiosas tierras raras, que dicen que se las llevan como basura. Y 38 metales que se iban de contrabando en los concentrados del cobre. Todo esto, las multinacionales que salen desde Chile. Todo esto es muy grave y recién ha salido a la luz, informe de empresas contratadas en Londres por los miembros extranjeros del Consejo Minero, para realizar los concentrados de cobre. Los datos, basada en el propio Consejo Minero han aparecido sumas y ganancias estratosféricas.

La actual ministra de minería del presidente Gabriel Mori, que por evasión, elusión, sobrevaloración en los costos, debido a la ineficacia realización del embarque en nuestro minerales y la nulidad del servicio en cuestión interno, aumentó su ganancia a una suma aún mucho más grande, que la de todo el PIB del país en muchos años. Toda esa riqueza que se lleva el cobre y la gran empresa, es lo que nosotros queremos que bien puede cubrir los derechos sociales. Con eso queremos financiar la salud, con eso queremos financiar la educación, con eso queremos financiar las viviendas de calidad.

Yo no creo que el señor Moreno no conozca estos números, ni tampoco cómo la gran empresa extranjera se lleva nuestra riqueza.

Me extraña en realidad que no quieran tocar el tema de la nacionalización, que no quieren tocar el tema siquiera de sacar una de esas tajadas, que ellos se llevan a manos llenas para ponerlo en nuestro país. Me extraña que diciéndose tan patriotas y enamorados de algunos símbolos, no sean capaces de proteger y ser patriótico con nuestros recursos naturales. A mirar aún más a fondo las exportaciones de nuestros productos naturales, salen como su materia prima, sin ningún valor agregado de Chile, ni siquiera 67% del cobre como refinado, es refinado en Chile ¿Por qué? Porque un insumo barato, a que se le da valor agregado fuera del país, y porque los concentrado de cobre se pueden llevar de contrabando los valiosos subproductos y las caras raras, que han sido inescrupulosamente robadas y que estas han sido analizados y valorizados en el exterior. ¿Quieren saber algo más? Codelco, la empresa estatal chilena, forma parte del Consejo Minero y no lo ha denunciado. Y esto es una corrupción a la gran escala, que hemos callado y sostenido por años y que los gobiernos siempre han hecho la vista gorda, y usted no opina nada de eso.

Le acompaño un cuadro después de la tributación comparada hecha por el Banco Mundial y la OCDE, que desmiente que aquellos que han dicho que Chile hay una tributación alta, ¿A qué país irá la empresa Gran Minería? Según el cuadro que le voy a mandar en un momento más a su WhatsApp ¿A dónde se van a ir a pagar más alto impuesto? Imposible que se vayan de Chile, imposible que dejen de saquearnos, si nosotros a la Constitución no le ponemos los límites.

Eso es lo que nosotros estamos proponiendo en nuestra propuesta de nacionalización. Pero dentro de todas las que leyó el compañero Moreno, se le olvidó leer una, una muy importante, que tiene que ver con la indicación N°157, que dice precisamente, la pequeña propiedad trabajada por su dueño y la vivienda habitada por su propietario no podrá ser expropiada sin el pago previo de la indemnización. Y la ley va a esclarecer para determinar, cuál es el tamaño de la propiedad que puede apropiarse esta normativa.

Entonces, lo que nosotros queremos con esta normativa no es quitarle la casa a alguien que durante mucho tiempo le costó. Tampoco lo que queremos es quitarle los campos a aquellos que los labran, porque sabemos que necesitamos de la comida que ellos producen. Lo que nosotros que necesitamos es que toda esa riqueza, que se están llevando a manos llenas, las empresas trasnacionales, queden en el país y que el Estado se puede hacer cargo de ella. Eso, muchas gracias.

Coordinación: Gracias convencional. Convencional Alfredo Moreno, aún le quedan tres minutos para intervenir, tiene la palabra.

Moreno: Bien. Gracias, coordinadora. Yo supongo que después de ocho minutos de esto, más que prender el cronómetro, porque yo no quiero nada cronómetro, yo quiero mi derecho a réplica. Supongo que no habrá duda por parte de la coordinación de que fui aludido por la convencional Labraña.

Yo la verdad es que me encantaría que los datos que supuestamente dio la convencional Labraña fueran con dato, ya que el índice que mide la desigualdad, como ha ido mejorando en este último año en Chile. El índice Gini lo que hace eso, es medir cómo va la desigualdad y se compara de esa manera un país con otro. Y eso sería bueno también tenerlo presente, no para ver las cosas que no hay que cambiar, porque sin duda hay muchas cosas que cambiar, sino que, para no equivocarse y seguir tratando de cambiar todo y refundar todo, y seguir teniendo que hacer un trabajo como el que estamos haciendo, para recibir semana a semana respuesta de la ciudadanía o cuando uno va a las regiones como en este fin de semana vamos a nuestro territorio, y tienen que escuchar a la gente diciendo que nos dejemos de hablar tonteras.

Entonces, la verdad que yo personalmente quisiera pedirle que por favor lo hiciéramos y solo respecto a lo que ella dice, quisiera ir a la indicación N°165 de ella misma, en que dice en que debido al interés de los pueblos de Chile y en ejercicio del derecho soberano inalienable del Estado, dispone libremente de sus riqueza y bienes naturales, se podrán nacionalizar y expropiar toda clase de bienes.

Y como hemos dicho otras veces, más que referirnos a nuestros intereses, como referirnos a lo que escribimos, a las indicaciones que enviamos. Y aquí lo que dice es clarísimo, y cuando se trate de bienes rurales o rústicos, la indemnización será equivalente a la luz vigente para los efectos de la constitución territorial, y podrá pagarse con una parte al contado y saldo cuota no superior a cinco años. Yo no sé si con su indicación N°157, lo que me quiere decir es que aquellas personas que tienen un pequeño predio, y les ayuda a otra persona a hacer su trabajo, para ellas son menos válidos que otros que solamente trabajan en ello. Gracias.

Coordinación: Bien se ofrece la palabra, convencional Harboe tiene la palabra hasta por seis minutos todavía disponibles.

Harboe: Muchas gracias. Yo creo que esto está interesante, porque se ponen, se inician la idea de una deliberación o un debate, respecto ciertos temas, así que valoro siempre la posibilidad de intercambiar puntos de vista.

Y en ese mismo sentido, quisiera hacer mención de una argumentación que ha hecho Gaspar Domínguez, en orden a establecer ciertas leyes marco, para cada derecho fundamental. Y la verdad es que eso sería el mundo ideal, si pudiésemos tener leyes marco, en el entendido de que la vorágine de cambios tecnológicos, sociales, culturales, de tal rapidez que cualquier ley que entre en detalle, puede significar un riesgo de obsolescencia, eso es cierto. No obstante, el entramado de la aplicación de cada derecho fundamental es extremadamente complejo, lo cual hace inviable la posibilidad de sólo la ley marco para establecer la regulación de derechos fundamentales.

Además, los ejercicios de ponderación que hacen los tribunales en cierta medida, también establecen el alcance de los derechos fundamentales y esto no constituyen ley. Y eso es lo preocupante de querer ir a un punto, porque el texto que estamos discutiendo, es un texto cuando uno lo revisa y más allá de las consideraciones, uno puede estar de acuerdo o no con el contenido del artículo. Es un texto equívoco, es decir, que permite a lo menos dos interpretaciones y en algunos casos muchas, múltiples.

¿Qué es lo que ocurre cuando los constituyentes, proponen un texto equívoco o cuando el concepto originario derivado da lo mismo? Lo que ocurre es que el ciudadano, el afectado, el sujeto pasivo de la norma, cuando siente que es un gravamen, recurre a tribunales, y cuando siente que requiere de una protección recurre a tribunales ¿Quiénes terminan determinando el alcance de los derechos, la profundidad de los mismo o los límites de ello? Son los tribunales de justicia. Es decir, constituimos lo que se denomina la doctrina constitucional comparada, el gobierno de los jueces. Y eso es el principio del fin de la política.

Porque al final del día, convengamos que más allá de que podamos tener visiones políticas distintas, lo que necesitamos para que tengamos una democracia plena, es que los gobernantes o las gobernantes, que los ciudadanos soberanamente elijan en las próximas elecciones de aquí hacia el futuro, cualquiera sea el color político, tengan la capacidad de decisión. Porque si hay algo que le ha hecho mal, probablemente o que ha restado legitimidad, además de que es un problema, por cierto, a la actual estructura política del país, es justamente la incapacidad de hacer transformaciones importantes, porque estaban definidas en un texto constitucional que imponía un determinado tipo de visión.

Si vamos a pasar a un segundo texto constitucional que impone otro tipo de visión y que va a declarar prácticamente incapaces relativos a los futuros gobernante de poder hacer esos, cambios. Entonces, lo que vamos a tener al final del día es que vamos a institucionalizar la idea, de que las constituciones definen sistemas, definen todo tipo de normas y no se deja al legislador y al gobernante que la gente elige libremente, digamos, la posibilidad de hacer esos cambios. Y eso es extremadamente delicado, porque entramos en la lógica de las constituciones reglamentarias, que evidentemente pueden cometer errores y que adicionalmente, insisto, terminan entregando el poder principalmente a jueces y juezas.

En ese cuadro, en ese marco, entonces creo que hay que observar las indicaciones que hemos presentado junto al convencional Barceló y otras que he estado revisando de otros convencionales, que primero establece la lógica del minimalismo constitucional, es decir, que reducen la cantidad de texto justamente para evitar confusiones en su interpretación, para fortalecer la lógica del lenguaje unívoco. Y en segundo lugar, porque también lo que hacemos a través de la presentación indicaciones, es ir instalando la idea de que el legislador tiene que definir muchas cosas.

Por ejemplo, si vamos a entrar a la discusión en materia de sistemas previsionales, yo creo que la constitución, ni la que se va, ni está, ni en ninguna, debe definir un sistema. Lo que debe hacer la constitución, es establecer principios que obliguen al legislador futuro en cómo enfrentar ese tema. Pero no hay que establecer ni lo uno ni lo otro. Pero ahora, por eso creo que es importante que se vaya instalando ese tipo de discusión.

En segundo lugar, en materia de libertad de expresión, vuelvo a repetir, no parece adecuado que se permita que el Estado sea el que defina cuáles son, cuál es un discurso de odio, cual es un discurso xenófobo ¿Quién es el Estado? El Estado es el poder. Es el poder establecido. Y cuando el poder establecido tiene herramientas de poder establecido para poder limitar algún tipo de discurso, lo que está haciendo es validarse la posibilidad de que el poder censure a quien opina distinto que el poder, y eso es extremadamente delicado.

Y finalmente, respecto a la propiedad. Insisto en esto, no confundir propiedad con riqueza. Creo que estamos a tiempo de instalar en esta discusión la posibilidad o la obligatoriedad de que frente al ejercicio legítimo del derecho a la autoridad, del Estado, de la expropiación, se cumplan determinado tipo de condiciones, para que esa persona que le ha costado tener su propiedad de sus bienes, bueno tenga la posibilidad de ser indemnizado en los montos adecuados, que sea un pago en efectivo y previo a la toma de posesión. Porque lo contrario, vamos a estar poniendo una solución imposible a alguien que, sin ningún tipo de intención va a ser despojado de su dominio. Eso por ahora. Gracias.

Coordinación: Bien, gracias convencional Harboe. Se ofrece la palabra. Se ofrece la palabra. Convencional Natalia Henríquez tiene la palabra.

Henríquez: Muchas gracias Coordinadora. Muy buenos días a todos y a todas las presentes, y los que se encuentran conectados de forma telemática y nos ven por la transmisión.

En primer lugar, creo que es importante que cada vez que hagamos presentación en este espacio, nos refiramos al contenido de este espacio. Y ojalá que esto no se transforme en escuchar hablar del gobierno actual, de un lado para otro, porque acá entiendo que hay una mayoría que está pensando en una Constitución a largo plazo. Dicho eso, en el ámbito de las limitaciones al derecho, nosotros también propusimos una indicación, que busca mantener el hecho que para cualquier limitación se considere su contenido, el cual va a estar descrito tanto en la Constitución, como en aquellos tratados que se encuentran ratificados y vigente de acuerdo con lo mismo que hemos ido aprobando. Y por otra parte, que se ocupe un principio razonabilidad que abarca, a nuestro entender, metodologías que van más allá de lo ya planteado en el artículo original.

Por otra parte, y antes de ocupar mis primeros minutos de la palabra, porque no dije cuanto tiempo, así que espero que me lo descuenten. Quiero corregir una afirmación que hizo el convencional Moreno, Chile es un país extremadamente desigual y eso se puede encontrar fácilmente en internet, para poder verificar esa información. Y efectivamente, el índice Gini, como él muy bien cita, a nosotros toda la última información, nos posiciona como uno de los países más desiguales dentro del mundo, de los 159 países que por lo menos tenemos información y como el más desigual dentro de los países de la OCDE. Entonces Chile es un país desigual. Entendiendo que ese número varía entre cero y uno y los que están más cerca de uno son los más desiguales y el cero, el que tendría una igualdad perfecta. Nosotros estamos en número 47 o 44. En eso fluctúa, por tanto, nosotros somos un país desigual y eso es súper sumamente fácil de encontrar en Internet. Eso, muchas gracias.

Coordinación: Bien. Convencional Patricio Fernández tiene la palabra.

Fernández: Hola, todos y todas. Quisiera participar en la conversación que más o menos se va generando, por las preocupaciones que vamos poniendo sobre la mesa. Espero usar en esto máximo 3 minutos, pero bueno vamos viendo.

Efectivamente cuando hablamos de la Constitución, creo que es bien importante que uno imagine que las normas que está aprobando, no están siendo aprobadas solo para usarlas el gobierno que a uno les gusta, sino también el designo perfectamente contrario. Esto es bien importante porque a veces uno tiende a confundirse en eso y a imaginarse, que aquello que está planteando solo lo va a utilizar una cabeza como la propia y no una muy distante. Y esto es importante, por ejemplo, cuando hablamos de la libertad de expresión.

Por eso yo también soy partidario de que suprimamos ese inciso cuarto, e incluso creo que tenemos ya una norma bastante precisa, que podría prescindir también del inciso tercero, dado que en la Comisión de conocimiento se aprobó, aunque de manera bastante estrecha, una norma que vela por el pluralismo de los medios. Ahora, entre una norma precisa, concisa, con lenguaje acotado como la que tenemos y una que arriesga, difuminar o dispersar el derecho fundamental que estamos defendiendo. Yo sería partidario de dejar lo que tenemos y darlo por concluido y ya he votado.

Otra cosa, nosotros en esta discusión constituyente queremos una serie de transformaciones y transformaciones que son profundas, son bien estructurales. Pero también le estamos hablando a una ciudadanía, que así quiere cambios, como quiere seguridades, que así quiere buscar nuevos acuerdos respecto de muchos temas que hemos trabajado en las distintas comisiones de esta Convención. Pero también quiere la tranquilidad de que lo ganado en sus vidas o lo conseguido, no va a peligrar, o sea, de que haya acuerdos que los cuidan. Y yo creo que ahí es donde entra también a tener mucho sentido el tener una buena norma y cuidadosa norma de expropiación, por ejemplo, que pone márgenes, que da seguridades jurídicas, que genera la tranquilidad de que las distintas necesidades sociales que puedan haber del Estado, no van a pasar por encima justamente de las propiedades y lo conseguido en la vida particulares.

Y ahí son dos los valores fundamentales, el pago previo, efectivamente, y el que lo que se le pague a la persona sea el daño efectivamente causado. Y estos son dos principios que le dan estabilidad, incluso a otros cambios que podamos llevar por delante. A mí me satisface mucho la norma de propiedad indígena que se está trabajando y que presentaron los escaños, y que una vez más, esa norma, que además es fruto de una conversación, es fruto de un aprendizaje, es fruto de una contención, de un diálogo o una experiencia de escucha, con también las preocupaciones ciudadana.

Es una norma que también requiere contenciones. Y esas contenciones también son la seguridad de que una norma expropiatoria, bien diseñada le da. Porque tenemos la necesidad también de cuidarnos de que los funcionarios del Estado, los gobiernos, que no sean precisamente los que nosotros soñamos, sino que sean los gobiernos ante lo que estamos precaviendo, buenos funcionamientos con las normas que generamos. No puedan tampoco decidir de manera arbitraria, sino que tienen costo las decisiones y exigen actos de responsabilidad, y eso quedan muy bien definido. Es decir, si es que nosotros somos capaces de generar una norma expropiatoria que dé tranquilidad y que no genere incertidumbre.

Creo que nuestro gran tema en lo que nos queda de la Convención, es cuidarnos de generar y de aumentar temores e incertidumbre. Vivimos tiempos de incertidumbre, son tiempos de cambios digamos. Por lo tanto, difícilmente vamos a conseguir habitar con la estabilidad que en otros momentos de la historia se vive, estamos en un tiempo de transformaciones. Pero al mismo tiempo que nos subimos a las transformaciones, la Convención en su totalidad busca generar cauce, es el lugar de encuentro, es generar la construcción de un camino que nos genere, que nos dé o nos aporte tranquilidad también, cambio y tranquilidad o cambio tranquilo.

Y hoy día lo que vemos en parte de la población es también inquietud. Y es cierto, porque a veces hemos sido más ruidosos, bulliciosos y estrambóticos de lo necesario. A veces nuestras conversaciones han quedado atrapadas en griterío de lado y lado, en aprovechamiento de las causas particulares, sin atender a esa totalidad de la comunidad. Y hoy día nuestro reto es transmitirle también a esa comunidad, que somos capaces de entenderla, de acoger sus miedos y no solo sus deseos de cambio y de saber que formamos parte de una conversación mayor, que la que simplemente tenemos adentro de la Convención.

Yo creo que acá empezamos unas semanas muy determinantes, tenemos acá temas cruciales que cubrir y yo lo haría de las prevenciones que acabo de mencionar. Gracias.

Coordinación: Gracias convencional. Se ofrece la palabra. Se ofrece la palabra. Convencional Isabela Mamani. Tiene la palabra convencional.

Mamani: (Lengua originaria) Convencionales presentes, muy buenos días a todos. Nuevamente estoy aquí para la defensa de los derechos de los pueblos y naciones indígenas a sus tierras, territorios y recursos naturales. Sin antes extender mi saludo a las y los convencionales que, durante este proceso, han abierto su entendimiento y con ello su amabilidad y comprender estos derechos. Ellas y ellos, así como millones en Chile y en el mundo saben que esta defensa se trata de una por la persistencia, por la existencia y por el porvenir. Saben que la relación que tenemos con la Pachamama es algo distinto a la mera superficie donde posamos nuestros pies. Es la condición de posibilidad de nuestra propia vida. Las tierras, territorios y recursos son vitales para la subsistencia de los pueblos indígenas.

Qué duda cabe si posee los elementos dados que nos permiten comer, abrigarnos, pero no solo aquello, sino que también es fuente de también, de dar respuestas a nuestras inquietudes, nos otorgan sentido a nuestras experiencias y valga decirlo, nos determina como sujetos que forman parte de una particular manera de ver el mundo. Por ello, que el lugar, digámoslo más ampliamente, el territorio de donde nosotros venimos es fundamental para saber hacia dónde vamos.

Cuando salí de la Región de Tarapacá, de las comunas de Camiña, Colchane, Huara, vine con la promesa inquebrantable de volver allí con una Constitución que consagrara estos derechos, ya que es de suma relevancia para los pueblos indígenas contar con esta certeza que permita enfrentar con menos inquietud el futuro. Por años hemos estado al margen de lo que se escribe en esta República y que se nos ha aplicado, incluso muchas veces sin saber el propio idioma en que se nos ha hablado. Hoy, por el contrario, los pueblos y naciones indígenas, a través de sus representantes, participan por primera vez en la redacción de un pacto social que albergue las distintas realidades de nuestro país. Hoy tenemos la posibilidad de construir hacia el futuro, sin desconocer el pasado que aún sigue allí, interpelando este presente.

Por eso hoy invito a esta Comisión a ser parte del consenso que permita contar con este derecho y de este modo, comenzar a forjar la estabilidad con la que convivamos en este país. Les invito, sin falsas esperanzas, a confiar que el futuro democrático de esta Constitución pulirá las libertades en las cuales se desmarque el derecho a las tierras, territorios y recursos que los pueblos y naciones indígenas han utilizado a lo largo de su historia.

La indicación N°176, que sustituye al artículo 21, es el resultado de múltiples diálogos entre representantes de pueblos indígenas, así como de distintos colectivos al interior de esta Convención, con tal de ofrecer una propuesta que aúna distintas voluntades y verdades sobre esta realidad, ha sido un camino en que las distintas opiniones se han congregado en puntos comunes. Ha implicado el esfuerzo mutuo de comprendernos más allá de categorías que imponen distancias al relacionamiento entre las personas. Es una indicación que, utilizando el lenguaje jurídico, intenta abarcar la relevancia de este derecho. Es por eso que invito a todos los convencionales y convencionales de esta Comisión a aprobar esa indicación. Muchas gracias.

Coordinación: Gracias convencional. Convencional. Benito Baranda, tiene la palabra.

Baranda: Muchas gracias coordinadora Janis, saludo usted y a César, a la secretaría, al equipo técnico, saludos también a todas y a todos los convencionales.

Tenemos hoy una nueva oportunidad de perfeccionar normas necesarias para la adecuada convivencia y el desarrollo nacional, gracias a las libertades y derechos que deseamos consagrar en esta Constitución. Escuchamos las observaciones del Pleno, aquellas demorosas personas e instituciones y esperamos que con las indicaciones presentadas estas se hayan mejorado, y puedan ser aceptadas por 2/3 del Pleno y pasar a formar parte del borrador de la nueva constitución.

Me referiré en particular a las indicaciones N°137, N°141 y N°145. En las que participé, acerca de los incisos segundo y tercero del artículo 20, en relación a la propiedad y sobre expropiación. No me dedicaré a comentar las indicaciones de otras y otros, ya que desconozco el mérito y argumentación que las sostiene. Considero que las presentadas por nosotros ya señaladas, mejoran sustantivamente el artículo, protegiendo la propiedad, en particular aquellas de quienes son personas más desprotegidas.

Proponemos una formulación breve y sintética de las garantías necesarias para regular bien la expropiación y dar certeza a la población, en el caso de que el Estado, en su legítimo derecho, decida sobre algún bien por fin, de utilidad pública. Proponemos pues, derecho al pago de la indemnización de conformidad a los estándares de los tratados internacionales, como el artículo 21 número dos del Pacto de San José de Costa Rica.

Segundo, el derecho a que la indemnización sea pagada previamente a la toma de posesión del bien material, sea un terreno, un bien inmueble, derechos o una empresa. Este aspecto de la garantía no es un invento nuestro, es una garantía asentada en nuestra tradición constitucional, presente en la Constitución del 33 y del 25 y también en constituciones de la región, como en Argentina, Brasil, Perú y en otras como la de Francia. Insistimos en esta garantía general de pago previo para asegurar los derechos básicos de la ciudadanía frente a la potestad expropiatoria del Estado, ya que sin esto las personas afectadas se verían privadas de su propiedad, sin contar con los recursos necesarios para adquirir otro bien, enfrentándonos a una carga desproporcionada, sin justificación suficiente y gravemente atentatorio de los derechos básicos adquiridos y afianzados por parte de las personas.

Tercero, el derecho a reclamar por parte de la persona expropiada, tanto de la legalidad, de la expropiación, como del monto del mismo. En caso en que no se haya llegado a un acuerdo sobre el mismo y sea necesario reclamar, de los criterios por los cuales se determinó el monto de indemnización. Esto supone una mejora sustantiva de la regulación exhaustiva, casi reglamentaria que hacía la Constitución del 80, en aspectos que pueden ser delegados a la ley y a su vez mantiene garantías mínimas exigidas por la población. En este proceso constituyente estamos regulando diversas materias para dar respuesta a las demandas ciudadanas largamente esperadas. Estamos habilitando y mandatando expresamente al Estado para regular, intervenir, garantizar derechos sociales.

Este avance puede y debe ir de la mano con garantizar además los derechos individuales civiles ya conquistados. Esta es la vía de respeto integral de derechos humanos que debe orientar a un estado social y democrático y de derecho. Muchas gracias.

Coordinación: Gracias convencional. Se ofrece la palabra. Convencional Moreno. Tiene la palabra hasta por tres minutos convencional.

Moreno: Gracias Coordinadora. No, simplemente voy a ocupar mis minutos que me quedan, para poder hacer algunos puntos que he sido aludido, ha sido una mañana muy aludida para mí, así que quiero poder contestar.

Es simplemente contestarle a la convencional Henríquez, respecto a lo que me dice del índice Gini, que tiene toda la razón, sin duda Chile aún, es un país muy desigual y debe seguir trabajando en ese sentido. Hay que pensar además que Chile es un poco menos pobre de lo que era antes, pero es un país muy pobre y era mucho más antes. Y el índice de Gini, a lo que yo me refería, no es que no seamos un país desigual, sino que somos menos desigual que antes. Y eso es gracias al trabajo que se ha hecho en las últimas décadas. Si uno ve en el mismo Google, que me hacía ir a revisar la convencional, uno busca los gráficos donde no se ve solamente la foto actual, sino que se ve de dónde venimos y dónde estamos hoy día. Sólo desde el año 98 a el año 2018, 2017, se ha bajado ocho puntos en el índice Gini respecto a desigualdad y si bien por supuesto queda mucho camino por recorrer.

No quiere decir eso, que no se haya avanzado nada en las últimas décadas. Creo que eso es una de las cosas que debemos tomar en cuenta también. Entonces eso simplemente dejar en vistas eso y de esa manera tratar de hacer un análisis de lo que hemos hecho bien, de lo que hemos hecho mal, de tratar de cambiar las cosas que están mal, pero no desvirtuando y eliminando lo que han hecho otros antes. Gracias.

Coordinación: Gracias convencional. Convencional Montealegre tiene la palabra.

Montealegre: Sí, muchas gracias coordinadora. Yo solo complementar al convencional Moreno, sobre todo respecto de lo que señala la convencional Henríquez, pedirle que dejemos de invitar a revisar internet, que elevemos un poco el debate, que dejemos de copiar las fuentes del rincón del vago, Wikipedia, y que si vamos a hablar de datos y de desigualdad, le recomiendo el libro “Chile más equitativo” de Claudio Sapelli, fuentes creíbles y serias, porque creo que eso es lo que merece Chile hoy día. Muchas gracias.

Coordinación: Bien. Le quedan todavía varios minutos para intervenir convencional, si así lo desea posteriormente, en el debate. Se ofrece la palabra. Se ofrece la palabra. Convencional Tatiana tiene la palabra.

Urrutia: Muchas gracias. Me voy a referir a las normas de este comparado respecto a expropiación en particular. La Constitución debe procurar que si llegan a gobernar los adversarios, se vea constreñido a seguir una acción, no tan distinta a lo que uno mismo anhelaría porque, valga la metáfora, el margen de alternativas que la cancha imponga de hecho, a quienes juegan en ellas, sea lo suficientemente reducido para ser extremadamente difícil lo contrario. Creo que sabemos de quiénes son estas palabras, las conocemos altamente en últimos años, palabras del creador de esta Constitución, el senador Guzmán. Una de las piezas clave en el antidemocrático diseño de la Constitución del 80, fue el concepto absoluto de la propiedad y las restricciones excesivas a la expropiación.

La constitución de la dictadura es una rareza del mundo. Si revisamos a los países de la OCDE nos encontramos con sorpresas que derivan varios de los límites que se han levantado sobre esto, que derriban varias de los mitos que se han levantado sobre esta materia en España, Francia, Bélgica, Suiza, Portugal, Suecia, las constituciones garantizan una indemnización justa o correspondiente. En Estados Unidos ni eso, la Constitución establece que la propiedad privada no podrá ser destinada a uso público, sin que se pague una compensación. Alemania va incluso más allá, estableciendo que la compensación se determinará estableciendo un balance equitativo entre el interés público y el de las personas afectadas. En caso de existir disputas acerca del monto de la indemnización, se podrá impugnar ante los tribunales ordinarios.

Me gustaría preguntarle a esta Comisión si es que en Alemania la inversión extranjera se ha visto afectada por esta norma, o si en Estados Unidos se ha producido una crisis de confianza de las instituciones para que la Constitución no asegure más que una compensación en caso de expropiación, porque así se regula la expropiación en el mundo, se obliga al Estado a pagar una justa indemnización que no necesariamente es el valor de mercado, ni el daño patrimonial efectivamente causado, por sobre todo este no está sometido a la negociación entre el Estado y las personas propietarias del bien a expropiar. La Constitución del 80 está llena de trampas porque buscaba evitar que la democracia cambiara las cosas.

Pero en este comparado nos encontramos con algo que es aún más preocupante. La indicación número N°137 establece que se indemnizará el daño patrimonial efectivamente causado, monto que se fijará según de común acuerdo a las partes ¿Qué es eso? El daño patrimonial efectivamente causado es un criterio objetivo ¿Por qué buscan convertir al país en uno que hasta la indemnización se negocie? Esto pareciera ser defensa de las pequeñas propiedades, del kiosco, de la esquina y de la casa de la Pintana. Pero nos podrían explicar ¿En qué mundo esas personas se van a sentar a negociar, a llegar a un acuerdo con el Ministerio de Obras Públicas? La derecha, al menos se basó en la Constitución del 80 y sus indicaciones establecen, que la falta de acuerdo sobre ese monto de indemnización, este será definido por peritos que defina la ley.

Pero la indicación número N°145 establece, ni siquiera abre esa solución. Lo único que establece, es que se puede reclamar del monto de la indemnización en caso de no haber llegado a acuerdo. Esto significa varias cosas. Primero, que si se va a expropiar una pequeña propiedad y el estado fuerza un acuerdo, en el que no hay una real voluntad de la persona dueña del bien que será expropiado, este no podrá reclamar el monto. Imagino que, si se le permitiera el reclamo, si es que el acuerdo sobre el monto es declarado nulo, pero sabrán que después de cinco años los tribunales para la nulidad de dicho acuerdo, abrir un juicio nuevo sobre el monto de la indemnización es un poco mucho. ¿Cuál es la necesidad de incorporar normas que complejicen tanto a las personas?

Segundo, si la indemnización se define por acuerdo entre las partes, quienes acumulan más poder de negociación que el órgano que va a expropiar, puede terminar abusando del Estado, llegando a montos que signifiquen enriquecimientos injustificados. No se confundan, el Estado somos todas las personas que estamos en el país. Es quien va a prestar y financiar los derechos sociales, quien paga las carreteras y los semáforos. El patrimonio fiscal es el interés de todas y todos. Por último, como decía la Constitución actual y algunas de las indicaciones del comparado establecen que, a falta de acuerdo, el monto de la indemnización es designado por peritos o por tribunales, incluso en aquellas se establece que durante ese proceso se suspende la expropiación.

Acá las indicaciones N°137 y N°145 producen una norma abusiva, ya que la única garantía es que puedan reclamar del monto. Hay varios vacíos en la norma, pero esto es especialmente grave. El reclamo es solamente posterior a que ya se lleva a cabo la expropiación o la suspende.

Si es solo posterior, tenemos un problema ¿Cómo le explicas a la gente que el Estado decide quitarles un bien y el monto de la indemnización se negocia? Pero, si no llegan a acuerdos se expropia igual y se puede reclamar después. Es esencial que hagamos estas cosas bien. Por esos motivos proponemos una fórmula que soluciona de mejor manera los desafíos.

La indicación N°135 establece la justa compensación por el bien expropiado, será determinado por la ley considerando el interés público que fundamente la expropiación, así como el interés del titular. La ley es el principal instrumento democrático del sistema determinará el justo monto del pago, porque a veces el daño patrimonial efectivamente causado, no es exactamente el monto que corresponde y la justa compensación puede ser menos o más que el daño, y deberá tener en consideración el interés público como el del titular, porque este mandato es el principal del Estado. Nos parece clarísimo que es necesario que el justo monto de la compensación sea definido considerando el interés público además del particular, y que si el monto determinado en virtud de esta ley no fuera el apropiado, se puede reclamar ante el tribunal.

A continuación, la indicación N°142 establece que el pago, deberá efectuarse de forma previa a la toma de posesión material del bien expropiado y la persona expropiada siempre podrá reclamar la legalidad del acto expropiatorio, así como del monto y modalidad de pago ante los tribunales de la ley. Nuestra indicación busca permitir que cada órgano haga su trabajo, que el Congreso articule el equilibrio entre los distintos intereses constitucionalmente relevantes en un caso de expropiación y que los tribunales ejerzan el control, en caso de que sea necesario. Eso por ahora. Muchas gracias.

Coordinación: Gracias convencional. Bien, se ofrece la palabra. Bien, convencional Mamani, tiene la palabra.

Mamani: Muchas gracias, coordinadores. Voy a seguir defendiendo la indicación 176 desde una mirada de análisis de incisos, desde lo técnico.

Bueno, el primer inciso establece que “el Estado reconoce y garantiza conforme a la Constitución el derecho de los pueblos y naciones indígenas a sus tierras, territorios y recursos”.

Este primer inciso es la consolidación del guion jurídico a tutelar por dicha norma mediante el mecanismo de reconocimiento y garantía de derechos de los pueblos a las tierras, territorios y recursos. Se trata de un inciso que pone énfasis en dicha triada conceptual que se encuentra ampliamente reconocido por el sistema internacional de derechos humanos. Son categorías que claramente conllevan consigo un nivel fáctico, a saber, la correlación geográfica con determinado grupo de población.

El derecho es precisamente a que dichos grupos, los pueblos y naciones indígenas como sujetos de derecho colectivo, mantengan relación con dichos bienes jurídicos, es decir, las tierras, territorios y recursos y que el Estado, por su parte, garantice su ejercicio.

El inciso segundo establece que “la propiedad de las tierras indígenas goza de especial protección, el Estado establecerá instrumentos jurídicos eficaces para su catastro, regularización, demarcación, titulación, reparación y restitución”. Este segundo inciso consagra la especial protección de la propiedad de las tierras indígenas en cuanto tal, toda vez que la competencia tierra y persona es indisoluble, razón por la cual el Estado ha de proteger este vínculo. Asimismo, dota de los verbos rectores necesarios para delimitar el espacio, es decir, en la tierra, los alcances de dicha propiedad.

Para ello, la labor del Estado será fundamental para generar aquellos deslindes que permitan, de una vez por todas, hablar con certeza sobre cuáles son las tierras que corresponde llamar como tal, o sea, las tierras indígenas.

El inciso tercero: “la restitución constituye un mecanismo preferente de reparación de utilidad pública e interés general”. El tercer inciso, y en total sintonía con el sistema internacional de derechos humanos, se propone que la restitución de dicha propiedad sobre tierras sea el mecanismo preferente, dado que el énfasis del derecho está en que exista la relación entre el derecho y la posesión. Y sobre este segundo punto, quisiera apaciguar los ánimos de algunos que ven vetadas de esta norma un cheque en blanco para futuras expropiaciones sin el menor recaudo jurídico.

Sepan aquellos que, en lo personal, aprobaré la indicación sobre propiedad que resguarde la misma y que así mismo establezca las reglas claras de expropiación, incluido el pago previo a su justo valor. Y es que sepan que como representante del pueblo aymara estoy aquí para abogar por la justicia no solo de mi pueblo en particular, sino también de todos.

El siguiente inciso, el cuarto inciso que establece: “conforme a esta Constitución y la ley, los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a utilizar los recursos que tradicionalmente han usado u ocupado y que se encuentran en sus territorios y sean indispensables para su existencia colectiva”.

Por último, se postula el derecho a los recursos que yacen en los territorios indígenas y que hayan sido utilizados para la existencia de los pueblos y naciones indígenas. Se trata de un derecho que se diferencia de la propiedad sobre las tierras; eso para que lo tengan presente los convencionales cuando nos señalan que nosotros queremos la propiedad sobre los territorios y sobre los recursos; no es así.

Lo fundamental es habilitar la utilización de los recursos que están en nuestros territorios, a saber la utilización tradicional y lo indispensable para la existencia colectiva de los pueblos y naciones indígenas, se trata de resguardar lo necesario para que los pueblos no deban, nuevamente, emigrar de sus lugares significativos, como hoy está pasando por lo menos en el pueblo aymara, que muchos abuelos, mujeres, niños están emigrando desde las comunas como Camiña, Colchane; en particular la Comuna de Colchane a ciudades como Alto Hospicio e Iquique, porque no se resguardan, no se protegen los derechos colectivos que tenemos hoy vigentes.

Es por ello que llamo nuevamente a todos los convencionales de esta Comisión a aprobar la indicación N°176 para reivindicar los derechos de tierras, territorios y recursos que siempre hemos demandado desde el primer día uno aquí en la Convención. Muchas gracias.

Coordinación: Convencional Labbé.

Labbé: Muy buenos días. Bueno, en esta intervención el día de hoy voy a hacer referencia a dos indicaciones que presentamos para modificar el artículo 20 sobre la expropiación. La primera de ellas señala lo siguiente: “la ley determinará los criterios para definir el justo monto del pago y su forma, incluyendo el interés público, el de sus afectados y la historia de adquisición de la propiedad”.

Es importante mencionar que en la mayoría de las expropiaciones realizadas para la construcción o ensanchamiento de caminos no se presentan grandes problemas. Si a una persona le van a expropiar la casa para construir el camino, le tienen que pagar lo que vale la casa; si ese monto no lo considera suficiente, pueden contratar a un abogado para que lleve la causa ante los tribunales civiles y éste, conforme a lo establecido en la ley, pueda designar los peritos para determinar el monto.

También es relevante mencionar que la ley determina los criterios. Actualmente esa ley sigue existiendo y es el Decreto de Ley N°2.186. Seguirá existiendo mientras no se legisle de forma distinta y eso creo que también da certeza respecto de lo que estamos discutiendo. Sabemos que los actos administrativos deben ser fundamentados. Si se interponen criterios, éstos tienen que fundamentarse y si no se está conforme con el monto, se puede ir a tribunales. Eso sigue estando en la redacción de esta disposición.

¿Cuál sería el fundamento para que el Estado no pague el valor de mercado en el caso de la casa expropiada de alguna persona, de la señora Juanita o Pedro? Ninguno. Entonces no inventemos situaciones que no van a existir.

Pero, también hay casos donde estos criterios son necesarios para hacer justicia, por ejemplo, cuando se quiere expropiar hectáreas pertenecientes a grandes terratenientes forestales, es importante considerar el interés público y la historia de la adquisición de la propiedad. Si uno realiza un estudio del título fácilmente puede darse cuenta de que estas hectáreas muchas veces han sido adquiridas sin pagar un justo precio al Estado e incluso sabemos cómo Ponce Lerou cuando estaba a cargo de CORFO regalaba prácticamente hectáreas a las forestales; en algunos casos incluso hay usurpaciones legalizadas a través de la prescripción adquisitiva a comunidades mapuche, incluso donde se registraban títulos de merced.

Esta norma significa que, si una forestal pagó un justo precio para adquirir un predio, se le tendrá que pagar un monto similar o igual al valor de mercado; no obstante, en aquellos casos donde se han usurpado o adquirido propiedades a un precio que no fue el de mercado, especialmente durante la dictadura, se pueden expropiar a un precio distinto. Esto por supuesto que tendrá que ser fundamentado y siempre tendrá la posibilidad, en este caso la forestal, por ejemplo, de acudir a los tribunales de justicia ¿Qué es lo descabellado de esta propuesta? Absolutamente nada. Y en la línea de lo anterior también presentamos la siguiente indicación: “el pago tendrá lugar de forma previa al acto de toma de posesión material del bien, salvo acuerdo en contrario o en los casos que señale la ley”.

¿Por qué esta indicación? Porque en casi todos los casos el pago será previo. Es absurdo pensar que el legislador plantee una excepción para expropiar la casa de alguien, en caso de la construcción de un camino, pero por ejemplo, si el Estado quisiera expropiar una gran cantidad de hectáreas de forestales concentradas en manos de dos grandes grupos empresariales, como lo son los señores Matte y Angelini, para comenzar a solucionar el conflicto entre el Estado de Chile y el pueblo mapuche y también de las comunidades campesinas que han sido despojadas históricamente de sus terrenos, podría dictarse una ley para buscarse una forma de pago distinta debido a la magnitud de la expropiación.

Esa es la razón de la existencia de una indicación de estas características. Y sobre el debate respecto a la propiedad de los fondos de pensiones, me reservaré la reflexión cuando corresponda, pero sorprende la hipocresía donde se considera una amenaza a lo que podría ocurrir en un futuro sistema de pensiones, pero no se dedica ninguna palabra a la AAFP, el supuesto Mercedes-Benz que hoy no cumple con la promesa que hizo en su momento José Piñera. Podrían también dedicarle unas palabras.

Ustedes no están por la libertad de elegir realmente, porque el sistema actual no permite elegir, ese es el gran problema. Ni siquiera permite que los trabajadores metan sus ahorros en un depósito fijo y no pierdan dinero. Los trabajadores y trabajadoras, y tuve la oportunidad de conversar con varios este fin de semana, no quieren más AAFP, simplemente porque ven semana a semana cómo van perdiendo dinero en sus cuentas de ahorro. Lo que ustedes hacen es defender los intereses de la AAFP alegando defender los intereses de los trabajadores, cosa que no existe. Sigamos construyendo derechos sociales que vayan en beneficio de las grandes mayorías de Chile. Muchas gracias.

Coordinación: Bien, se ofrece la palabra. Convencional Labraña, le quedan 20 segundos, ¿los va a usar?

Labraña: Bueno, aprovechando mis 20 segundos, les voy a recordar que no somos un país pobre y que basta de mentir con eso. Somos un país sometido, explotado y colonizado. Somos un país que históricamente ha sido gobernado por una elite corrupta e indolente, ambiciosa e indigna, sin ningún valor humanos que se pueda rescatar y eso es lo que vamos a cambiar.

Coordinación: Gracias, convencional Labraña. Se ofrece la palabra. Convencional Serey, tiene la palabra.

Serey: Buenas tardes. Voy a hablar de dos puntos específicamente: de la expropiación y la libertad de expresión. Cuando se revisa el comparado de las últimas indicaciones entre el bloque uno y dos sobre el tema de propiedad y particularmente de expropiación podemos ver que hay dos grandes posturas. La primera busca no apartarse de la Constitución del 80, esa que se escribió en dictadura y que se ratificó por medio de un plebiscito sin registros electorales, a todas luces un acto antidemocrático que lo único que buscaba era generar las condiciones base para la instalación del modelo neoliberal que la dictadura definió para Chile, modelo que ha generado las crisis sociales de los últimos años. Muchas de las propuestas que hoy vemos en la expropiación siguen la línea de esta Constitución y buscan la sobrerregulación de este derecho.

Por otro lado, desde la vereda de enfrente, de aquellos que creemos que la Constitución del 80 debe desaparecer y debemos construir una Constitución en democracia representativa de la sociedad chilena, estamos proponiendo un artículo de expropiación acorde con la experiencia internacional, los nuevos tiempos y el nuevo Chile que queremos. Lamentablemente los fantasmas y las falsedades rondan estas propuestas transformadoras y por ello es importante aclarar qué proponemos y qué no sucederá.

Primera verdad: señor, señora, nadie le va a quitar el derecho a la propiedad privada, nadie le va a expropiar su casa porque sí, nadie le va a expropiar su casa de veraneo ni le va a privar de sus bienes, eso es totalmente falso y solo responde a la campaña del terror de aquellos que tienen miedo a perder sus privilegios ¿Sabe quiénes son los que están inculcando miedo con estos temas? La derecha y los empresarios a los que este modelo solo les ha traído ganancias y más ganancias.

La propuesta que hacemos en indicaciones como la N°135 y la N°142, al igual como lo hace la Constitución de Alemania, es definir que toda expropiación recibirá una justa compensación y que ésta será determinada por la ley considerando los intereses del titular como el interés público. Se agrega que “el pago deberá efectuarse de forma previa a la toma de posesión del bien expropiado”, es decir, si una circunstancia excepcional usted es el expropiado, porque sí, las expropiaciones son excepcionales, recibirá el pago de su propiedad antes de que ésta le sea expropiada.

Asimismo, toda persona expropiada siempre podrá reclamar de la legalidad del acto expropiatorio, del monto recibido y de la modalidad de pago ante los tribunales que la ley determine. Como podrá darse cuenta, en ninguna de las indicaciones que defendimos se propone que las expropiaciones se realicen a diestra y siniestra como se sigue haciendo creer.

Chile y esta nueva Constitución reconocen y respetarán los pactos internacionales ratificados, entre ellos, por ejemplo, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la que en su artículo 17 dice claramente que “toda persona tiene derecho a la propiedad individual y colectivamente” y que “nadie será privado arbitrariamente de su propiedad”.

Vuelvo a recalcarlo cuantas veces sea necesario: “nadie será privado arbitrariamente de su propiedad”, nadie.

Y otro punto también que quiero señalar es sobre la libertad de expresión, sobre los incisos del artículo 8, “la libertad de expresión”, que devolvieron del Pleno, proponemos suprimir el inciso tercero, pues la pluralidad de los medios ya forma parte del borrador de nuestra Constitución, pues fue trabajado por la Comisión de Sistemas de Conocimiento, la cual en su artículo número 2 plantea: “el Estado debe respetar la libertad de prensa, promover el pluralismo de los medios de comunicación y la diversidad de información”.

Asimismo, buscamos sustituir el inciso cuarto del artículo 8 por uno que define al Estado como el responsable de adoptar todas las medidas necesarias para eliminar toda apología de odio que constituya una incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia, siendo responsable la ley de establecer las sanciones por el incumplimiento de este derecho.

Por tanto, no se busca censurar, como han dicho algunos, sino que se busca dar un rol activo al Estado, lo que es coherente con el derecho internacional, el cual permite establecer límites al ejercicio de la libertad de expresión.

Para terminar, el derecho internacional nos dice que las restricciones deben estar establecidas en la ley y que solo podrán imponerse por fines legítimos, como la apología del odio o la protección de los derechos de las otras personas, es decir, estamos proponiendo un inciso para resguardar que la libertad de expresión no vulnere otros derechos, todo ello sin ir en contra del derecho internacional ni de la libertad de expresión misma. Muchas gracias.

Coordinación: Gracias, convencional Serey. Convencional Ossandón, tiene la palabra.

Ossandón: Gracias, señor coordinador. Bueno, en primer lugar, lamento mucho de que el comparado haya llegado ayer en horas de la tarde, razón por la cual creo que esta deliberación al final baja muchísimo el nivel, puesto que no hemos tenido el tiempo suficiente para estudiar y para debatir los temas en profundidad.

En otro aspecto, creo que hay que tener mucho cuidado con la forma y la redacción. Las formas jurídicas se basan en los riesgos que uno ve en la historia hacia atrás y también como abogado, cuando uno ejerce y redacta contratos que son similares a una norma, pero entre partes, uno trata de ver también los riesgos futuros que puedan existir.

Pero lamentablemente respecto de la expropiación nos encontramos en un camino sin salida. Personas que dan un discurso preparado sin haber pisado un tribunal o una oficina del Ministerio de Obras Públicas respecto de causas de expropiación, sin haber representado a personas de escasos recursos que han sido expropiados y que hablan a diestra y siniestra como si tuvieran grandes conocimientos al respecto. En definitiva, una improvisación en base a la ideología y prejuicios.

Creo que una Constitución nos exige más, que como convencionales constituyentes debemos tener más prolijidad, más análisis hacia el pasado porque en este país sí se vulneró el derecho de propiedad de forma grave respecto a muchas personas a quienes se les pagó a 20 o 30 años sin valores indexados, sin valor de mercado, y eso no ha ocurrido, según entiendo, ni en Alemania ni en Estados Unidos, países en los cuales, por ejemplo en Estados Unidos, existen ciertos capítulos constitucionales de forma genérica muy reducida, pero existe un derecho de propiedad bien resguardado, por eso es que la inversión no ha caído, lo mismo que ocurre en Alemania.

Pero el caso de Chile no es así y entendiendo ese pasado, no entiendo cuál es el problema, porque creo que esto no es de derecha o de izquierda, de ingresar elementos como: valor de mercado, pago previo y en efectivo. ¿Cuál es el problema? Realmente no lo entiendo.

¿Por qué señalar apelativos de forma tan amplia? No, que las forestales se apropiaron de terrenos; sí, puede existir, pero le pregunto, señor convencional ¿Y qué pasa con las forestales que son sociedades anónimas y que al momento de la adquisición tenían accionistas distintos a los actuales? O sea ¿Usted va a afectar a los actuales accionistas que no tienen nada que ver con esa adquisición supuestamente viciada? Es complejo.

Es importante establecer criterios generales abstractos, bien establecidos ¿Cuál es el miedo? Si ustedes establecen esos tres elementos se evitan la portada de la última noticia del otro día, así de simple, porque si el día de mañana se quiere establecer un sistema de reparto, que es perfectamente lícito, si bien a mí no me gusta, la gente va a haber asegurado de que se le pague el valor exacto de los fondos que tienen en sus cuentas individuales.

Pero bueno, creo que hay varias materias bien relevantes. Si hay algo por lo cual estamos acá, yo creo que la razón central, es por los derechos sociales y en ese sentido también los invito a tener una mirada de responsabilidad más allá del sector político, a entender las consecuencias que puede tener la redacción de un artículo que aparentemente es simple, pero puede afectar a muchos.

Yo creo que en el fondo tenemos que partir de una base racional de que todos acá, yo creo que ni uno quiere hacerle el mal al que está al frente y que todos tenemos un sentido de que queremos que nuestro país sea mejor y más justo, y el día que asumamos eso, me da la impresión de que vamos a tener una discusión mucho más profunda y con altura de miras y teniendo una visión central de que el objetivo es tener un mejor Chile. Gracias.

Coordinación: Se ofrece la palabra. Convencional Dayyana González.

D. González: Bueno, saludar a todas y a todos. Me voy a referir a un punto del cual mucho se ha dicho sobre la supuesta vulneración de la libertad de expresión que significa el inciso cuarto del artículo 8, es por esto que hemos presentado una nueva indicación en la línea de que el Estado tenga la obligación de generar las políticas necesarias para erradicar la difusión de discursos de odio racial, de género, religioso, xenófobo u otras forma de discriminación y de vulneración de derechos establecidos en el ordenamiento jurídico, así como una habilitación a la ley para establecer las sanciones y responsabilidades por la contravención a este artículo.

Lejos de lo que se ha dicho hoy en esta Comisión o en el Pleno, este inciso no presenta un mandato de censura, sino uno obligación estatal contra el negacionismo y el revisionismo, tal como lo ha establecido en innumerables ocasiones la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Al respecto, el Relator Especial, entre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición de la ONU, ha establecido que, cito: “el negacionismo respecto de políticas de exterminio como el holocausto, los genocidios y otros crímenes contra la humanidad cometidos en la historia, así como la reivindicación o elogio de los regímenes que los llevaron adelante debe repudiarse plenamente y son inaceptables. Los gobiernos y otros poderes públicos tienen la obligación de abstenerse de manifestar expresiones en esa dirección que son contrarias a la ética y a las obligaciones internacionales, revictimizan a las víctimas y ofenden a la comunidad internacional”.

En este sentido, nos parece del todo razonable que, así como Alemania sacó en el proceso constituyente posterior al Tercer Reich toda la apología al nacismo, sea nuestro momento de erradicar el odio racial, de género y que ha negado sistemáticamente las violaciones a los derechos humanos en nuestro país, que de una vez por todas nos digan dónde están nuestros muertos y dejen de pedir minutos de silencio para un ideólogo de la dictadura como Jaime Guzmán. Solo eso, muchas gracias.

Coordinación: Bien, convencional Fernández.

Fernández: Sí, solo una pequeña mención a lo último dicho. Que el Estado promueva eliminar todo tipo de discursos de odio, distinciones, etcétera, lo estamos viendo también en otras normas que garantizan, digamos, la igualdad de trato, en fin, la libertad de expresión y por eso mismo el Relator de derechos humanos de Naciones Unidas recomendaba no ponerle excepciones a esta norma.

La libertad de expresión lo que viene a garantizar es algo previo a eso, es que cualquier expresión queda permitida y solo será sancionada (inaudible) sin censura previa, es decir, el valor que se protege no se contradice con el deseo de que esas otras, los discursos de odio, etcétera, no existan en lo posible en ningún ámbito del Estado ni que se promuevan, sino que sean lo más controlado posible.

Pero el valor de la libertad de expresión es un valor que enfatiza la posibilidad de todos de expresar sus pareceres más allá de aquellas cosas que no nos gustaría que se expresaran. Por eso me parece importante que se distingan ambos ámbitos. Gracias.

Coordinación: Convencional Delgado, tiene la palabra.

Delgado: Muy buenas tardes a todos y todas y a todes. Es un gusto escuchar quienes realmente están defendiendo sus indicaciones respecto al bloque uno y dos. Efectivamente me voy a referir a lo que se refiere a autonomía, libre determinación y desplazamiento forzado y a algunas apreciaciones respecto a lo que son las normas de expropiación.

Como ya es costumbre en nuestra Comisión, hoy nos afrontamos a deliberar sobre temas de gran relevancia para las personas y comunidades desde una segunda mirada que nos ha permitido mejorar tanto contenido como formas de los artículos anteriormente presentados. Uno de estos temas a los que me quiero referir es el derecho a la autonomía. Lo que hoy presentamos para este artículo por medio de la indicación N°101 es un cambio en la redacción de la norma inicial que busca facilitar su comprensión.

En primer lugar, se establece el derecho de autonomía personal, libre desarrollo de la personalidad, identidad y a los proyectos de vida como núcleo del derecho, reafirmando la relevancia de este tema para el desarrollo de las personas y de la sociedad. Además, elimina el inciso final ya que su contenido se encuentra desarrollado en el derecho a la no discriminación, también trabajado desde esta Comisión en el bloque cuatro. De esta forma, se despeja la redacción de este derecho, pero se mantiene la sustancia que éste requiere para poder avanzar a una Constitución feminista que defiende el derecho a decidir sobre nuestras vidas.

También quiero detenerme particularmente en la indicación sobre desplazamiento forzado, actualmente artículo 11 bis, y contarles un poco de su historia, que creo es necesaria para entender la necesidad de la indicación que defiendo. Esta propuesta, cuya primera parte ya fue aprobada, surge de las comunidades cordilleranas de la Región de Los Ríos y nos cuenta sobre los años más oscuros que ha conocido nuestro país. Habla de un proyecto de habitar el territorio, un proyecto colectivo que fue truncado con la fuerza de las armas en el 73.

Panguipulli, lugar en el que ocurren estos hechos, arrastraba una historia de asentamiento de trabajadores y trabajadoras de la industria maderera que hicieron allí su vida y que en los años 70 lograron conformar el Complejo Maderero y Forestal Panguipulli. La llegada de la dictadura implicó una alta ocupación militar de la zona y por supuesto una alta privatización que entregó esos terrenos a forestales.

La violencia, el asedio y la llegada de la industria obligaron a las personas que allí vivían a huir y buscar asilo en otros lugares, y les quiero contar algo de lo que muchos habitantes, algunos historiadores locales relataron: “así que yo fui a ver si tenía unos amigos ahí, para ver si me podía arrendar una casita para irme. Imagínese que me echaron un día, en julio parece que fue. Fue un mes en pleno invierno, lloviendo. Mojé a todos mis hijos y cuando llegué a donde tenía para arrendar, el hombre ya había arrendado. Tuve que limpiar para que estuvieran mis hijos ahí. Era un gallinero para pasar el invierno”. Esas son las historias que se cuentan de ese lugar y que debemos de rescatar.

Esto no es solo de una comunidad cordillerana, es de muchas comunidades del sur de Chile que se vieron obligados a dejar su hogar, su territorio, por la llegada de un gobierno tirano acompañado de grandes empresas. Esta es una realidad que aún duele y que no ha encontrado reparación. En nuestra Comisión y en la Convención hemos avanzado enormemente en saldar esta deuda histórica cuando hace algunos plenos atrás logramos constitucionalizar la prohibición del desplazamiento forzado. Hoy los invito también a la búsqueda de verdad, justicia y reparación, una de las demandas centrales que motiva a estas comunidades.

En esta línea la indicación N°95 mantiene la esencia del texto anterior, generan solo un cambio en el sujeto, es decir, pasa desde el derecho de las comunidades afectadas, al de las personas afectadas, insistiendo así en complementar la prohibición y ya afirmada por la justicia y verdad esperada.

En relación, al tema de posesión y de que aquí tanto se ha hablado, finalmente quisiera referirme a ella, que sin duda en este bloque ha sido uno de los temas que más atención ha tenido desde los medios y algunos actores nacionales. Partimos acá desde un conflicto cultural impuesto. Se nos ha dicho constantemente que de esta norma y de su mantención intacta depende nuestra estabilidad económica. Lo cierto es que la Constitución del 80 con la cual se instaura por la fuerza de las armas el neoliberalismo en Chile no escatimó en regular la propiedad y la expropiación por sobre cualquier otro derecho.

De la misma forma en que se naturalizó que los derechos no tienen por qué ser garantizados por el Estado, sino que basta con que haya oferta de éstos en el mercado, se nos ha dicho que no se puede tener otra norma de propiedad y expropiación. Lo curioso es que haciendo una revisión de otras constituciones es difícil encontrarse con una norma de expropiación como la nuestra. Aquí muchos lo han mencionado.

En la indicación N°135 que presentamos en la línea, y así como lo he mencionado anteriormente, de la Constitución alemana, plantea una compensación por el bien expropiado determinado por la ley considerando tanto el interés público como el interés del titular. Como ven, no es algo inventado acá, sino que en una de las potencias económicas mundiales donde claramente esta norma de expropiación, escueta para algunos sectores en Chile, no ha causado la caída de la economía.

Sin embargo, como entendemos nuestro contexto, la indicación N°142 prosigue con la propuesta asegurando el pago previo y la posibilidad de reclamar por el acto probatorio y el monto del pago, resguardando condiciones apropiadas y entregando certezas en casos excepcionales de expropiación.

Esta norma que proponemos establece principios orientadores razonables para el proceso de expropiación como una medida excepcional y cuyo detalle será tema de un debate legislativo. Por ende, llamo a despejar los fantasmas de la expropiación en toda la discusión constitucional, ya que al igual que lo que se ha tratado de implantar con respecto a los fondos de pensiones, no existe hoy una sola norma en la propuesta de norma de Constitución que vulnere el derecho de propiedad en los términos que la experiencia internacional lo determina.

Y así como dice el convencional que me antecedió, no sigamos descalificándonos, no sigamos con la idea de que aquí faltan elementos y que de repente no somos abogados o abogadas como para entrar en esta discusión. Espero que lean cada una de las indicaciones planteadas y vean allí si efectivamente son o no abogados o abogadas las que redactan estas indicaciones. Desde el pueblo, desde los movimientos, desde aquellos que tienen discapacidades, hemos sido capaces de plantear norma, como también indicaciones. Muchas gracias.

Coordinación: Gracias, convencional Delgado. Convencional Celedón, tiene la palabra.

Celedón: Muchas gracias. Primero quiero excusarme porque no conocía que estábamos citados y que había sido enviado este comparativo. Desgraciadamente, por alguna razón desconocía, se me echó a perder el Outlook que me permite conectarme con la Convención. Entonces, a riesgo de cierta improvisación, quiero compartir algunas reflexiones.

Yo valoro enormemente el artículo 1, “objeto y fin”. Se hizo por parte nuestra, se le dio un diagrama, dice aquí, una indicación basada en la frase inicial de un instrumento de la Unión Europea sobre derechos humanos. Entonces iniciar con la frase: “los derechos fundamentales derivan de la dignidad humana y son universales, inalienables, indivisibles, interdependientes e interrelacionados entre sí”. Solo se le agrega una frase al inicio respecto del objeto y fin: “los derechos fundamentales derivan de la dignidad humana”, y eso es bastante universal en toda la doctrina e instrumento de derechos humanos.

Y la definición posterior que “son universales, inalienables, indivisibles, interdependientes e interrelacionados entre sí”, es un concepto que viene de la reunión que hubo en el año 1993 en Austria, una reunión mundial sobre los derechos humanos y me parece que es un alcance muy rico. También, valoro mucho las frases posteriores y el término de este inciso primero o segundo, no sé bien, respecto del “respeto, promoción y satisfacción de los derechos humanos como un fin primordial del Estado y la sociedad”. Yo creo que ese concepto no lo he encontrado en ningún otro instrumento internacional de derechos humanos y creo que tendría un gran valor para nosotros.

Voy a hacer una pequeña reflexión en voz alta sobre lo que he escuchado en relación al derecho de propiedad. A mí me preocupa especialmente este tema en relación al tema indígena. El derecho de propiedad fue definido en el Código Civil de 1857, se le llama el Código de Bello, pero es nuestro Código Civil y dice “el dominio o el derecho de propiedad es el derecho real en una cosa corporal para gozar y disponer de ella arbitrariamente, no siendo contra la ley o contra derecho ajeno”.

El derecho de propiedad se estableció en Chile y se estableció el régimen de propiedad inscrita. Eso en la tradición y en la cultura indígena no existía, además que era una lengua solo hablada. A través de este artilugio de la propiedad inscrita comenzaron las expropiaciones y las pérdidas de tierra que se sabía que pertenecían a terceras personas, a los indígenas. Se sabía a ciencia cierta que se estaba actuando contra derecho ajeno.

Se utilizó una institucionalidad nueva para, en definitiva, apropiarse de tierras y dominios que no le correspondían, a más de todo un proceso que se inicia con la llamada pacificación de la Araucanía, que de pacificación no tenía absolutamente nada.

Entonces yo pido coherencia. Si para nosotros es tan importante el derecho de propiedad ¿Por qué no es – y no lo es – para los indígenas? ¿Por qué me preocupo hoy día sabiendo que Chile se apropió de tierras que no le pertenecían?

Cuando se plantea el tema de la expropiación, la verdad es que siempre han existido las expropiaciones menores en relación a lo urbano, al desarrollo de caminos y etcétera, pero ocurrió en Chile un proceso que fue iniciado nada menos que por Estado Unidos, por la presión del presidente Kennedy de la reforma agraria a través de la Alianza para el Progreso, y el primer presidente que en la Constitución del 25 cambia, modifica el derecho de propiedad, fue el presidente Jorge Alessandri para desarrollar la primera experiencia de reforma agraria que fue conocida en su época como Reforma del Macetero, pero tuvo que cambiar el derecho de propiedad.

Y el presidente Frei después, para extender un proceso que era masivo, tuvo que cambiar la misma norma para hacer posible el proceso de reforma agraria. En ese contexto, efectivamente, se produjeron situaciones de no pago previo, sino que pago en el tiempo sin perjuicio de las reservas que hubo, del derecho a reserva, y después sin mencionar el proceso de contrarreforma agraria que se inicia posteriormente con la dictadura.

Pero, nosotros tenemos que, más aún cuando felizmente esta Convención tiene un consenso bastante importante con relación a definir a Chile como un Estado plurinacional, reconociendo a los pueblos originarios que nos preceden, es muy importante tener la capacidad de reparar el daño causado, de haberle expropiado sin más, y hay antecedentes escritos y yo he mencionado en otras intervenciones a este respecto, documentos que son indiscutibles.

Coordinación: Tiempo, convencional Celedón. Convencional Rivera, tiene la palabra.

Rivera: Muchas gracias, coordinador. Buenas tardes a todas y todos. La verdad es que he estado atentamente toda la mañana escuchando cada intervención y algunas de ellas sobre el derecho de propiedad me parecen realmente increíbles. Ya hemos escuchado en el desarrollo de estas discusiones, antes y hoy, de todo. Hemos escuchado que la propiedad es una extensión del cuerpo humano. Hemos escuchado que la propiedad y un cheque de una minera con prácticamente lo mismo.

Hoy escuchamos la comparación de una pelea de niños por un juguete en los conflictos sociales de la riqueza material. Los convencionales y las convencionales de derecha, como buenos representantes del gran empresariado, presentan el derecho de propiedad como si fuera algo sacrosanto coincidiendo con esta Semana Santa, como si fuera el centro del planea y del universo para intentar engañar a las personas que nos escuchan y que las escuchan principalmente.

Siempre hablan de una casita, de la propiedad de un pequeño agricultor que tiene seguramente un azadón y una picota o una echona o no sé cómo le llaman. Nunca dicen la verdad: que lo que los tiene preocupados con la propiedad son la propiedad de los bancos, de las mineras, de los latifundios. Están preocupados en defender los enormes privilegios de un sector minoritario del país y de las transnacionales.

Yo les voy a contar algo a los convencionales de la derecha para que solamente se enteren, aunque ellos opinan que nosotros todos somos ignorantes, semianalfabetos, no somos ilustrados y seguramente nuestros títulos de abogados nunca llegarán al nivel del valor o la importancia que tienen los títulos de ellos.

Nosotros, señoras y señores, los trabajadores y trabajadoras en este país prácticamente no tenemos propiedad ¿Y saben por qué? No tenemos propiedad porque a quienes ustedes representan y seguramente ustedes o sus familias nos arrebataron todo. Una convencional decía hace un rato criticando al gobierno de Boric, del cual, alerto, no soy partidaria, decía que ahora en el gobierno de Boric no podrán los pobres adquirir una casa.

Señoras y señores convencionales de la derecha, si ustedes abren El Mercurio hoy, van a ver un reportaje de El Mercurio, no es la voz de los trabajadores que es el órgano de mi organización Movimiento Internacional de los Trabajadores. Hoy en Chile aumentaron los campamentos a 76.000. Los últimos años ha crecido esto. En cada uno de esos hogares vive una familia de tres, cuatro o cinco personas. Estamos hablando de 300.000 o 400.000 personas que no tienen dónde vivir. Esto sin hablar de las decenas o centenas de miles más que viven de allegados, pagan arriendos carísimos o viven en pésimas condiciones, entonces ¿De qué estamos hablando cuando hablamos de propiedad?

La única propiedad que tienen las y los trabajadores es la fuerza de trabajo, y la tienen que vender por un sueldo miserable. En este país, el 1% de la población concentra más del 50% de los ingresos. Ahí es donde está la mayoría de la propiedad. Como ya denuncié en otras intervenciones, los más ricos se hicieron millonarios porque saquearon lo que le pertenece a todo el pueblo: las empresas estatales y los bienes y recursos naturales, como el cobre.

Hoy discutimos nuevamente el tema de las expropiaciones e indemnizaciones y nuevamente algunos vienen a decir que si el Estado expropia, debe pagar el monto total del bien y por adelantado. Yo estaría de acuerdo con eso si estuviéramos hablando de una casa que será expropiada para construir una línea de metro o un camino, pero todos sabemos que no se trata de eso. Todas y todos sabemos que estamos hablando, por ejemplo, de la nacionalización de las empresas de la gran minería del cobre. Por más que los convencionales insistan, hay indicaciones, propuestas que saldan, resguardan a la pequeña minería.

En las últimas décadas, las grandes mineras se han llevado centenas de miles de millones de dólares a los bolsillos de los grandes capitalistas extranjeros y algunas familias chilenas. Solo entre el 2005 y el 2014 se calcula que más de 120.000 millones fueron regalados en ganancias no declaradas a la gran minería. Entonces después de saquear nuestro país, ¿Debemos pagarles indemnizaciones si queremos recuperar el cobre que pertenece a cada una y uno de los chilenos y chilenas y demás pueblos que viven en Chile?

Y aquí yo quiero dialogar con mis compañeros y compañeras de izquierda, yo quiero preguntar a Janis Meneses a Bastián Labbé y otros que hicieron una indicación planteando que la regla para las expropiaciones debe ser el pago de indemnizaciones por adelantado ¿Ustedes realmente creen que deberíamos pagarle indemnizaciones a empresarios que han ganado fortunas explotando a los trabajadores, secando los ríos, contaminando regiones enteras? ¿Esto es lo que proponen? ¿Y creen que debemos pagarles por adelantado después de haber saqueado nuestro país? Yo no estoy de acuerdo con eso y creo que el pueblo tampoco lo estaría.

Por eso, llamo a aprobar las indicaciones de Elsa Labraña en el artículo 20, que son las que diferencian las expropiaciones de las nacionalizaciones. Es fundamental, que nacionalicemos las riquezas que pertenecen a todos los trabajadores y trabajadoras. Si nacionalizamos las empresas de la gran minería podríamos invertir los miles de millones de dólares que se roban las transnacionales en salud, en educación, en vivienda. Esta es la única forma de hacer que esta Constitución se transforme en realidad y no se transforme en un poema. Muchas gracias.

Coordinación: Convencional Meneses, tiene la palabra.

Meneses: Gracias, coordinador. Tal vez tenía otros elementos que relevar en este debate, pero partiendo por lo expresado por la convencional Rivera, por supuesto, convencional, que no estamos de acuerdo con la afirmación que usted hace; de hecho, si se fija en nuestra indicación N°133 que levantamos con el convencional Labbé, menciona expresamente que vamos a tener: “la ley determinará los criterios para definir el justo monto del pago y su forma, incluyendo el interés público, el de sus afectados y la historia de adquisición de la propiedad”.

Con ese elemento se despeja lo que usted estaba afirmando, ahora que por supuesto nuestra intención no solo con Bastián, sino con nuestro colectivo de movimientos sociales, es resguardar, por supuesto, a las y los trabajadores de nuestro país.

Bueno, dicho eso, quería incluir en este debate algo interesante que ha aparecido sobre todo desde la derecha y la ultraderecha hoy día en este debate, que hoy viene entrando porque no estaba en este debate, viene entrando la ultraderecha y bueno la verdad es que las palabras que se han emitido en este hemiciclo son hacia el gobierno, mensajes hacia los ministros, las ministras; hablan del quinto retiro, hablan sobre el nivel de aprobación de la Convención, entre otros elementos que no nutren el debate en este hemiciclo, que no van apuntando a ninguna propuesta al proyecto de transformación en el que estamos estableciendo hoy día en este hemiciclo

¿Saben cuál es la verdad? La derecha no tiene proyectos de transformación, esa es la verdad. Y no son capaces de mencionar que sí, que vinieron a defender los intereses de un sector minoritario de este país. Y no son capaces de decir que eso es lo que están haciendo en esta Convención, no son sinceras, no son sinceros. Lo que hacen, intentan confundir a la gente, diciendo que representan los intereses de los trabajadores, cuando históricamente nunca han realizado ninguna acción para proteger a las trabajadoras y los trabajadores de este país, y lo saben ¿Y qué nos ofrecen? Nos dicen, si se quieren evitar la portada del diario equis, equis, deben votar tal y tal redacción.

Es decir, nos dicen a nosotras y nosotros, que tenemos que renunciar a nuestro proyecto de país para evitar la portada de un diario. La verdad, es que nuestros proyectos no viene al alero de la encuesta de la semana, nosotras y nosotros no venimos acá a decir: “bueno, voy a cambiar de opinión, porque equis encuesta, que sabemos quiénes realizan generalmente, viene diciendo tal y tal cosa”. Nosotros tenemos un compromiso, un compromiso con nuestro país, un compromiso con las trabajadoras y los trabajadores, y eso es lo que vamos a hacer, vamos a generar una Constitución que sí, que sí resguarda los derechos de las y los trabajadores.

Y, bueno, mencionando eso, hablaron algo sobre el tema de propiedad hoy día, eso es lo que ha estado circulando en este debate, y sólo decir para la gente que nos escucha; ya en el texto, en el borrador de la Constitución, ya está un artículo que menciona: “Ninguna persona puede ser privada de su propiedad, sin en virtud de una ley que autorice la expropiación por causa o utilidad pública, o interés general declarado por el legislador”. Ya está resguardado el derecho de propiedad, es una falsa lo que están mencionando, porque no hay un interés de esta Convención de resguardar el derecho de propiedad. Y sí, ahora estamos en el debate de la expropiación, y también hay un interés mayoritario de esta Convención, a resguardar que esa expropiación, cuando sea el caso, sea con las medidas justas para las personas, y eso es lo que estamos hoy día debatiendo, en eso es lo que estamos, estamos debatiendo en este debate de la Comisión.

Y sólo mencionar al respecto, porque sólo hablan del tema de las pensiones, del sistema de seguridad social, que la gran solución, porque la verdad, en este Pleno, yo jamás he escuchado una propuesta, para, efectivamente, mejorar las pensiones de las personas. Solamente hablan de elementos tales como de abordar y hacerme cargo sólo de sí mismo. Porque sí, hay una idea del individualismo exacerbado en un sector de la ultraderecha, que sí, piensa eso, que cada una y cada uno debe salvarse sola y solo, por eso están en contra de la solidaridad. Porque al parecer no es un principio que les haga sentido, y está bien, es democrático que no les haga sentido, pero que sean honestos y honestas, en decir lo que sí piensan, que cada una y cada uno debe salvarse por sí solos.

Nosotros no creemos eso, creemos que los seres humanos nos necesitamos los unos a los otros, y que sí, necesitamos la solidaridad, y que sí, cada trabajo es necesario en esta sociedad, por lo tanto, cada trabajador y cada trabajadora debe tener una vejez digna. Gracias, coordinador.

Coordinación: Convencional Katerine Montealegre.

Montealegre: Sí, muchas gracias, coordinador. Lo primero, señalar que me voy a referir a las indicaciones que hemos presentado, también pido que se le pueda otorgar, quizás el premio Nobel a la coordinadora, tan buena, por Dios ¿Cómo no se lo han dado todavía? Hoy estamos acá, discutiendo nuevamente sobre los errores que ustedes han cometido, y que, si no son capaces de ver más allá de sus narices, volverán a cometer. Ya lo vemos en el gobierno al que ustedes pertenecen, sí, pertenecen, porque me imagino que no votaron por Kast, así que háganse cargo. Y que no quieren que nombremos, porque quizás les da vergüenza que no han dado el ancho ni la altura, aún con el jueguito del primer mes.

Los errores son contumaces en el gobierno y también en la Convención, donde ustedes, que pertenecen al actual gobierno, son mayoría, tienen los dos tercios, ponen las reglas, las cambian a su beneficio, censuran al que piensa distinto, y aún así no dan el ancho.

Como que sí, da un poquito de vergüenza y al mismo tiempo pena, que quienes tienen en sus manos el futuro de los chilenos, jueguen a los experimentos refundacionales entre autoaplausos y felicitaciones. Que enherbolen discursos proderechos fundamentales, pero luego voten para restringirlos y eliminarlos. Esta Convención está llegando realmente a un punto ciego y de no retorno, y cuando uno lee las indicaciones que hoy han presentado, hacen entender que aquí hay un sector que no quiere salir del microclima en que están envueltos, tratando de negar los hechos, esconder la realidad, sin asumir su responsabilidad. Sé que les molesta escuchar esto, pero yo no vine acá a aplaudirlos ni felicitarlos, lo están haciendo mal y le están haciendo daño a Chile, háganse cargo, ustedes son mayoría en esta Convención. Y hoy les damos una nueva oportunidad, nuevas indicaciones para que pongan primero a los chilenos y corrijan sus errores, tienen mayoría y no hay excusas.

Pueden en materia de propiedad, asegurar normas de expropiación claras, en donde se les asegura a las personas que antes de la posesión material del bien, se les indemnice con un pago total y previo, pago al contado, pago en dinero efectivo y acorde al valor del mercado, votar en contra es no creer en la propiedad.

En materia de propiedad de los ahorros previsionales, hoy tienen la posibilidad de dejar de hablar sobre fake news y demostrar que ustedes quieren asegurarles a los trabajadores que serán dueños de sus ahorros previsionales, que nadie podrá robárselos, que nadie podrá impedirles que los hereden, y que podrán elegir quien los administre. Votar una vez más en contra, demuestra que no quieren que sean los trabajadores, dueños de sus ahorros.

Hoy tienen la oportunidad para consagrar una libertad de expresión inviolable, sin censura previa, con un pilar fundamental de la democracia, medios de comunicación libres, y no controlados por un gran hermano de poder central, como propone la convencional Labraña. Demuestren que realmente creen en la libertad de expresión, demuéstrenlo. Hoy tienen la oportunidad también de demostrar que creen en el derecho a la vida, incluso de las personas que están por nacer, y enmendar el error que cometieron al consagrar abortos sin límites, sin condición, y sin consecuencias, afectando profundamente el valor humano más elemental: la vida. Bueno, socialistas, tienen la oportunidad de enmendar el rumbo. La coordinadora nos dice que nosotros no tenemos un proyecto, pero cuando le presentamos nuestra iniciativa e indicaciones, nos llama obstruccionistas.

Bueno, pónganse de acuerdo ¿Quieren que presentemos o no presentemos indicaciones? Parece que no leen ni escuchan. Un día dicen que la Constitución del 80 murió el 18 de octubre, y que el rechazo no significa volver a ella. Ahora cambian el discurso, resulta que las personas sólo pueden elegir entre su muy mala Constitución, y la Constitución del 80. No mientan, hay muchas, muchas otras oportunidades, pero bueno, las volteretas son sus modus operandi, y no sorprende. Hoy tienen la oportunidad de demostrar que están del lado de las personas, hoy tienen la oportunidad única de dejar de cometer errores, los que han cometido constantemente. Dejen de echarle la culpa a la derecha, son mayoría, háganse cargo, y demuestren que ponen primero a las personas. Muchas gracias.

Coordinación: Convencional Abarca, tiene la palabra.

Abarca: Muy buenos días, gracias coordinador. Primero, yo quisiera hacer un llamado a no gritonearnos en este espacio. Creo que podemos defender nuestras posturas y sin tener que ser premio Nobel, expresarlas con respeto y mesura. Tenemos tanto trabajo aquí en la Convención, que me parece de poco pudor estar más pendiente de lo que hace o no hace el gobierno, que todo el trabajo que tenemos que hacer aquí nosotras y nosotros.

En general, me voy a referir a todo este trabajo de informe de Bloque 1 y 2, que viene a zanjar prontamente los derechos civiles y políticos que la ciudadanía está esperando. Quiero valorar el trabajo de amplios sectores de esta Comisión, que hemos generado indicaciones a la altura de las necesidades del país y de la gente. En primera instancia me quiero referir a lo propuesto en las normas que dicen relación con la parte general de los derechos fundamentales, y sobre ello quiero destacar las indicaciones N°6 y N°14, que buscan reformular el sentido del artículo 1.

Respecto a objeto y fin de los derechos fundamentales, para ser modificado tal como se señala en la indicación N°6, con la expresión sobre los derechos fundamentales y lo que busca dar coherencia a lo descrito en el mismo artículo. Les invito a aprobar también las indicaciones N°24 y N°46, en donde les presentamos una propuesta más concreta, en cuanto al financiamiento de los derechos fundamentales y la limitación de estos, en donde señalamos que, en virtud de la ley, se podrá limitar el ejercicio de los derechos, haciendo el mandato expreso al legislador a establecer tales límites. Respecto a la libertad de expresión, hemos propuesto una indicación que busca regular este derecho, ya que entendemos que no es tolerable, que, escudados en esta, se busque menospreciar o violentar a otras personas.

En tal sentido, la indicación N°62 señala que el Estado deberá adoptar las medidas necesarias para eliminar toda apología de odio, racial, religioso, sexual o de género, que constituya una incitación a la discriminación, la hostilidad, la violencia, siendo la ley la que establezca las sanciones que derivan del incumplimiento de este derecho. Lo anterior va en línea con lo establecido en la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, en su artículo 13 número 5. Sobre el derecho a la libertad personal ambulatoria, quiero señalar que hemos presentado las indicaciones N°81, N°84, N°88, y N°91, las que buscan dar regulación más acotadas a este derecho y que encierra los principales elementos que debe contener.

En cuanto, a la detención de una persona, es donde se señalan los supuestos, en lo que procede esta última, los derechos que les nacen a las personas cuando se encuentran en dicha situación, tales como: saber los motivos de su detención. El ser puesto a disposición del tribunal competente y poder comunicarse con un abogado o abogada, o la persona que estime pertinente.

Finalmente, hemos señalado que no existirá la detención por deudas, salvo, por supuesto, en caso de incumplimiento de los deberes alimentarios. Tema sensible para miles de niñas, niños y adolescentes, más aún cuando el Ministerio de Justicia, informó que, en Chile, en el año 2019, existe un 84% de deudas de pensión de alimentos, por lo que es necesario consagrar esta excepción como medida de apremio. Me gustaría continuar refiriéndome a la indicación referente al inciso segundo, sobre educación sexual integral. Y que versa sobre quién tiene la responsabilidad, quién recibe el derecho y cuáles son las limitaciones sobre eso. En ese sentido, quiero llamar a apoyar la indicación N°119, que establece que las personas son titulares de este derecho, desde la primera infancia, y este sigue gestándose a lo largo de la vida de la persona.

Además, establece que el Estado garantizará este derecho a través de políticas públicas, y se define como principio regidor de la información que se entregará en esta materia, la evidencia científica como fuente. En línea de este último punto, quiero dejar en claro; que la educación sexual integral, no son criterios morales, como han tratado de instalar algunas personas aquí. Sino que son temas de salud pública, que las y los jóvenes sepan cómo cuidarse para evitar una infección de transmisión sexual, por ejemplo, son temas de salud pública. Que sepan de la anticoncepción responsable, es materia de salud pública y de desarrollo social también, por supuesto. Que estén al tanto de la importancia del consentimiento para el desarrollo de una sexualidad sana, es tema de salud pública. Porque impacta directamente también en la salud mental de la población, por eso, esta materia no puede quedar al alero del criterio de cada padre o madre.

Aquí nadie quiere negar la importancia de la familia como orientadora social y moral de los niños, niñas y adolescentes. Y sabemos que tendremos un rol fundamental en torno a cómo se acerca la información disponible para nuestros hijos e hijas, sin embargo, sabrán disculparme por poner el parche antes de la herida, antes de que salga en todos los medios indicando que una vez hemos quitado el derecho preferente de los padres y madres a educar a nuestros hijos, es necesario hacerles saber a la gente, que mañana el Pleno determinará en su norma de educación, la responsabilidad preferente de los cuidadores para educar a los niños y niñas, poniendo énfasis en que la educación es un derecho de las y los menores, y que sus padres, madres y sus tutores, tienen el derecho de entregar esta información. A las familias jamás se les va a restar importancia o se va a cuestionar su labor en torno a la educación que le entreguen a los niños y niñas.

A mí no me cabe duda que la alianza social entre el Estado, a través de sus políticas públicas, y de las familias, en sus diversidades valóricas y de composición, pueden aportar mucho más a la formación de niños, niñas y adolescentes, que solamente la imposición moral de unos u otros.

Por último, quiero referirme a algo que persistentemente la derecha nos habla de estar deliberando de manera ideologizada, de trabajar desde la ideología o de ser obtusos y obtusas. Me parece que este comentario devela un poco de sinvergüenzura, porque para hacer esa afirmación hay que posicionarse desde la neutralidad política total, cuando claramente no es así. No es sino por defender a rajatabla un sistema de pensiones que derivó en una crisis social en la que vivimos. No es carente de ideología, tratar a tu contendor de activista de la cama, no es insulto rechazar la responsabilidad de las familias de educar a sus hijas, hijos o tutores solamente, porque se pone el foco en el menor y no en el adulto. Estas cosas también son ideologías. Yo los invito a que seamos más transparentes en torno al debate, ustedes no están aquí representando el sentido común, sino que representan precisamente una ideología añeja.

¿Eso es malo, representar ideologías? No ¿Es algo que ya hay que ocultar a la población?, tampoco. Muchas gracias.

Coordinación: Convencional Orellana, tiene la palabra.

Orellana: Muchas gracias, coordinador. Buenos días, compañeros y compañeras. Sí, no nos asustemos, compañeros y compañeras. Somos todos compañeros de trabajo ¿No? No me traten por eso de estar cargado ideológicamente en las palabras que voy a expresar a continuación. Primero; hablar de expropiación, debo señalar lo siguiente: cuando uno va a expropiar por parte del Estado, debemos señalar que es una excepcionalidad, el Estado va a adquirir un bien inmueble, precisamente para elaborar una política pública que va a tener un interés colectivo. Precisamente aquí se pondría el interés colectivo por sobre el particular, pero hemos visto en Chile cómo se ha tratado eventualmente la propiedad y las expropiaciones en lo que algunos llaman la Constitución del 80, que es una Constitución de facto, es una Constitución de un gobierno, que algunos le llaman gobierno, equivocadamente, pues bien, es una dictadura y digámoslo así.

Hoy día – le pido, por favor, convencional Cantuarias, que me deje terminar, porque yo a usted nunca le he interrumpido antes. Continuo, respecto del tema que planteamos hoy día, que se está haciendo en democracia, donde el pueblo elegimos un 80% progresista, o la izquierda, como ustedes le llaman, bueno, en buena hora ha sido así. El hecho de que algunos convencionales planteen como errores lo que estamos planteando, me parece bien, pues, pensamos muy distinto, si para ellos son errores, para mí es un avance. Plantear lo siguiente; cuando habla de expropiación, sin duda hay temas importantes, que se tienen que relevar, pago previo respecto de un pago posterior, pago en cuotas, o pago en contado, son temas que tenemos que discutir. Nosotros tenemos que señalar que el Estado de Chile, realiza miles y miles de expropiaciones al año, no sólo a grandes empresas, sin duda.

Creemos que hay un derecho consagrado, que es el derecho a propiedad. Yo debo señalar que muchas veces hay coaliciones este derecho respecto de lo que ocurre, por ejemplo, de el derecho a expropiar con respecto de derecho a propiedad. Nosotros los socialistas, como se ha comentado, nunca hemos sido aquellos que han ponderado o han establecido posiciones para perjudicar a una persona expropiada. Hemos hablado del previo pago, efectivamente garantizando lo que es un pago anterior. Pero yo creo que el debate principal, está respecto incluso del valor de mercado justo monto de pago. Y aquí es donde tenemos que poner un hincapié especial; yo, increíblemente cuando estamos discutiendo derechos sociales, solamente he escuchado comentarios para rebatir sólo de propiedad, y tiene que ver muy con la lógica de la Constitución del 80, que prácticamente tiene un tratado de regulación de propiedad, y un tratado de regulación de expropiación.

Esto implica que, en muchos derechos, queremos consagrar un concepto minimalista, donde tengamos solamente principios generales, pero en propiedad lo regulamos todo, en expropiación lo regulamos todo. Bueno, tiene que ver muy con la lógica neoliberal, que, sin duda, pretendemos ponerle fin en esta nueva Constitución. No queremos hablar más de Estado subsidiario, sí. No queremos hoy día andamos en un Estado democrático y social de derecho, donde sin duda, por ejemplo, la expropiación va a tener un valor, en que el Estado, precisamente, va a ser políticas públicas en concepción del verbo rector, que es garantizar, garantizar la serie de derechos que estamos consagrando en esta nueva Constitución.

Hablar de AFP nuevamente lo sacamos, pareciera que esta Comisión solamente viéramos temas de seguridad social, pues bien queremos vincular la protección del negocio privado con la plata de los trabajadores, prácticamente en todos los derechos desde esa precepción, por una parte de esta Comisión.

Queremos decir lo siguiente, para aquellos que no les ha quedado claro, no queremos más AFP en Chile. Muchos de nosotros llegamos con esa consigna, con esa concepción precisamente a esta Convención, y vamos a hacer lo que se requiera para que no exista más el modelo de AFP, que lucra con nuestros trabajadores y es un monopolio respecto a lo que está pasando, respecto a la administración. Donde ya hemos consagrado en este espacio, que no tenemos derecho a opción. Señalar que efectivamente el interés general, que siempre es importante consagrarlo, respecto de una expropiación, por ejemplo, implica que el Estado hoy día, sea parte de las políticas públicas y lo consagremos en distintos derechos como ya lo hemos señalado.

Basta de señalar frases que eventualmente más confunden a la gente, yo me lamento profundamente que el debate solamente sea respecto a estos temas y no abarquemos, por ejemplo, en las coaliciones de derecho, en temas más importantes, por la sociedad, en el común y corriente, y no respecto de los grandes intereses que hoy día vemos como un sector de esta Convención y de esta Comisión, hoy día lo defienden más que nada. Muchas gracias.

Coordinación: Convencional Cantuarias, tiene la palabra.

Cantuarias: Yo quería responderle, si es que hay alguna posibilidad de dialogo aquí, a la coordinadora, a la convencional meneses. No tenemos proyecto de refundación, de eliminar instituciones que funcionan, como carabineros de Chile, que el viernes se aprobó el sistema político, que fuera monigote del poder político de turno, igual que en otros Estados totalitarios. No queremos que el senado se elimine, desaparezca, no. Lo que queremos es mejorar las condiciones y oportunidades de los chilenos, eso queremos. Y tantas propuestas tenemos, convencional Meneses, que ustedes por secretaría, tuvieron que dejar fuera 100 indicaciones nuestras, en que teníamos propuestas concretas de cambios y mejoras, particularmente en derechos sociales.

Lo siguiente, esta superioridad moral, la co-coordinadora, la convencional del pueblo, no se refiera más a nosotros; “que la ultraderecha, que la fake news, que dijeron, que no dije”, son de ustedes las normas, háganse cargo de ellas, explíquenle a la ciudadanía por qué han rechazado en 12 oportunidades la protección de los ahorros de los trabajadores. No sigan hablando de nosotros, y esto también va para la convencional Abarca ¿Qué les importamos? Si somos nada de votos, no estamos escribiendo ni una coma en esta Convención, háganse cargo de su mamarracho, de la eliminación de instituciones, y vean cómo las ideas fracasadas que están poniendo en cada una de sus propuestas, no van a funcionar. Esa responsabilidad es de usted, no de nosotros, y ese tonito de superioridad moral, querida coordinadora, úsela con todo el mundo.

Por ejemplo, con la convencional Linconao que acaba de llegar, y usted se refiere a nosotras: “ahí viene la ultraderecha”, en término despectivo, le pediría más respeto. Gracias. Coordinación: Convencional Domínguez, tiene la palabra.

Domínguez: Muchas gracias, coordinador. Bueno, la verdad, yo quería comentar dos aspectos muy relevantes sobre el comparado que ha sido enviado y las normas que estamos hoy día discutiendo. Y el primero tiene que ver con la norma que se le devolvió al Pleno, sobre derechos sexuales y reproductivos. Y yo quería agradecer que esta Comisión haya escuchado las voces que generaban algunas dudas sobre el alcance que puede tener la norma, y que también quería manifestar que esta Convención está escuchando las preocupaciones que de la ciudadanía existen. Y es por esto que la indicación N°113, establece al final para añadir al inciso tercero, que la ley regulará el ejercicio de estos derechos, y esto atendiendo a las preocupaciones legítimas de algunas personas, por ejemplo, que se preguntaban cómo se regularía el derecho a la interrupción voluntaria al embarazo.

Entonces, quiero dejar de manifiesto y por explicito, que esta Comisión y esta Convención está escuchando las aprehensiones que existen legítimamente en la ciudadanía, y están siendo incorporadas. Y creo también que es necesario reconocer esto transversalmente, de distintos sectores, que esto está ocurriendo. Lo mismo sobre la norma de expropiación, si uno realiza las indicaciones que vienen desde distintos colectivos, con distintas redacciones y de distintas maneras, es casi transversal que se comparte, por ejemplo, la necesidad de que se pague un precio previo a la expropiación, o a la posesión material, alguna indicación habla del precio del valor patrimonial, otros dicen de justo precio, pero de alguna manera, hay efectivamente en esta Comisión y en esta Convención, una escucha de las aprehensiones respecto a la norma que estamos deliberando.

Y yo hago un llamado transversal de generosidad y de sinceridad, y así como de alguna manera se levanta la voz, y se manifiesta y se reclama cuando las normas no están en la línea con lo que uno pudiera pensar, yo pediría también generosidad para reconocer cuando las indicaciones presentadas por un grupo distinto a los propios, se hacen cargo de las críticas y de los comentarios e inquietudes que han aparecido en la sociedad. Creo que es necesario eso para elevar el debate y disminuir también las interpelaciones personales o tipo de otras cuestiones que la verdad no nos favorece en nada a llevar este tipo de discusión. Gracias, coordinador.

Linconao: (Lengua originaria). Muy buenas tardes a todas y a todos los que están presentes acá. Hoy me refiero al a indicación N°176 sobre el derecho a la tierra, el territorio, y recurso que fue resultado del dialogo. Entre hermanos de los distintos pueblos, y recogió la inquietud a los demás miembros de la Convención, en una norma necesaria para los pueblos que debe estar en el borrador de la nueva Constitución, y la principal razón que nos hicimos sumarnos a este proceso.

En mi caso vive del Wallmapu, para este, esta nueva Constitución conozca el derecho, la tierra, el territorio y recursos, porque son las bases de nuestras exigencias, en ello están nuestro espacio sagrado, viven – comunitaria, ahí está nuestra historia y nuestra espiritualidad. Por eso es necesario para el Estado, no reconozca, garantice este derecho, y también la indicación N°176 se hace cargo del Estado, cree mecanismos eficaces para demarcación, titulación, regularización, y por supuesto, para la restitución de nuestras tierras, para dar seguridad que se usarán mecanismos justos y no seguir alimentando los temores infundados, que un sector de la Convención ha implantado en la prensa.

Por eso, los invito a votar a favor la indicación N°176, a dar seguridad de los pueblos que la garantizará su derecho la tierra y territorio, y recurso. Y también la salud del pueblo originario, que sea reconocido en esta nueva Constitución, la educación intercultural. Gracias. Coordinación: Gracias, convencional. Tiene la palabra la convencional Bárbara Rebolledo.

Rebolledo: Muchas gracias, coordinadora. Bueno, me sigue preocupando respecto de lo mismo que estaba hablando la convencional Linconao, la indicación número N°176, que hace alusión al artículo 21, que versa sobre la restitución o derecho territorial indígena. Y, bueno, me sigue preocupando lo que pasa específicamente con respecto a los territorios indígenas, porque acá se presenta esta indicación, la N°176 como te decía, y me quiero detener, porque me imagino es la que se va a aprobar, y aquí se vuelve a hablar de territorios, pero seguimos, a diez meses de la Convención, sin saber cuáles son estos territorios, de dónde hasta dónde, cuáles son los límites. Y lo planteo otra vez, ya que nunca he obtenido una respuesta al respecto. En fin, en esta indicación se señala; abro comillas: “Los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a utilizar los recursos, que tradicionalmente han usado y ocupado, y se encuentran en sus territorios, y sean indispensables para su existencia colectiva”.

Por lo tanto, hacen referencia a los recursos de estos territorios y también a unos territorios que lamentablemente no están definidos, pero que quieren que votemos a favor de una norma, que no sabemos cuál es el alcance o las implicancias territoriales que tiene ¿Cuáles son los márgenes de este territorio? No lo sabemos. Entonces – y lo digo ¿Por qué? Porque estoy consciente de que hay que hacer una restitución de tierra, pero lo más importante es darle tranquilidad a toda la gente. Y digo, que toda la gente, porque hay vecinos de estos territorios, o sea, hay gente que vive cercana de estos territorios, sean en la Macrozona Sur, sean en la Araucanía, sean en el Norte, en el Centro de nuestro país, donde sea, siempre hay vecinos. Y no necesariamente son grandes empresarios o terratenientes, y es por esto, que veo que es absolutamente necesario dejar consagrada la expropiación, porque la gente no es tonta, sabe que esta Constitución finalmente nos está dividiendo entre chilenos indígenas y chilenos no indígenas.

Esta distinción, atención, es peligrosa, dañina y sólo va a generar problemas, no soluciones. ¿Qué va a pasar sentir un chileno no indígena cuando se le expropie su parcela, su tierra, o esa casa que consiguió como fruto de su trabajo? Porque, el Estado debe entregárselo a un chileno indígena ¿Se va a poner feliz? ¿Estará contento cuando le digan que no sólo le van a expropiar su propiedad? Sino que, además no se le va a pagar el precio de mercado, por lo que difícilmente podrá adquirir otra propiedad en un nuevo lugar ¿Es eso justo? Y si ese chileno no indígena está pagando dividendos, si aún debe esa propiedad ¿Qué va a pasar? Porque no está claro el precio a definir y el monto a pagar. El artículo 20 no da certeza ni tranquilidad al respecto, esta norma deja desprotegido a todo aquél que vaya a ser expropiado. Por eso, queremos que el pago sea contado, en efectivo, previo a la posesión del bien, y en cuanto a su precio, se dé el valor del mercado.

Hemos elaborado numerosas indicaciones en esta línea, con el fin de resguardar a cualquier persona, e insisto, y no a los empresarios ni terratenientes, pero ustedes las han votado en contra. En cuanto, a las AFP, quiero decirle a la convencional que dice: “no proponemos nada”, bueno, que por favor lea, que seguramente no hizo el sinnúmero de normas que presentamos, además, en esta materia. Que iban en defensa de estos trabajadores de los cuales se enarbola como la gran defensora ¿Por qué? Porque, ellos piden ser los dueños. Una encuesta dice que el 72% no quiere que vayan a un Fondo Común, el 78% quiere poder elegir a la persona que le administre sus fondos, sin embargo, acá, las propuestas no protegen a los trabajadores, porque no quieren dejar claro que el dinero, son de él, no son expropiables, y que, por lo tanto, sean heredables.

Sólo como dato, antes de terminar, en el año 2021, es decir, el año pasado, se tenía a modo de herencia, en las AFP, 162 millones de dólares, eso es lo que hubo como saldo dentro de las AFP. Aquí no estamos haciendo una defensa de las AFP, lo que queremos es que la gente pueda elegir si el administrador es el Estado, o es un particular, y que ese particular no se llame AFP, llámese como se llame, pero que la gente pueda elegir qué hace con sus recursos. Nosotros no podemos tomar decisiones previas, además, eso no es lo que quieren los trabajadores que ustedes dicen defender, esos trabajadores a los que supone, no representamos.

Y en cuanto a la cantidad de normas que hemos presentado, quiero decir que, en lo personal, presenté con respecto a la educación, a la salud, a la salud mental, a la rehabilitación de drogas, derecho también a que las personas sufren de infertilidad, sean heterosexuales u homosexuales, puedan acceder a tratamientos de infertilidad, en fin, un sinnúmero de normas que también tenían que ver con el derecho al cuidado, tenían que ver también con el derecho a las trabajadoras dueñas de casa. Normas presentamos, ustedes no las leyeron, y por cierto, las rechazaron todas, incluso, las grandes defensoras de las mujeres acá, que votaron a favor del aborto, no quieren, o no quisieron proteger a las personas que hoy día no pueden ser madre.

Coordinación: Tiempo, convencional. Convencional Natalia Henríquez, tiene la palabra.

Henríquez: Muchas gracias, coordinadora. Voy a retomar la argumentación que hice en la primera intervención, respecto al artículo 5, relativo a lo que es la indicación N°49, podrán encontrar como limitación a la regulación de los derechos fundamentales. No tenía el número en la primera intervención, así que, ahora sí los puedo, y las puedo invitar para que revisen la indicación N°49. Por otra parte, en lo relativo al artículo 11 bis, sobre prohibición de desplazamiento forzado en su inciso segundo, les pido que ojalá puedan revisar la indicación N°96, porque hace alusión no sólo a las comunidades, sino que también a las personas y comunidades afectadas por este derecho, y, por otra parte, a que se resguarden sus derechos humanos en este proceso de acompañamiento, en el caso que se deba dar efectivamente un desplazamiento. Y se incluye, y, se mantiene la alusión a la justa reparación y todo esto de conformidad a la ley, esa es la indicación N°96.

Y, otra indicación que les quiero invitar a que ojalá podamos revisar, aprobar, es lo relativo al resguardo de las personas que efectivamente hacen defensa de derechos humanos y la naturaleza. En la misma lógica de lo que les comentaba en la indicación previa, es que también hace alusión a aquellas personas y asociaciones que se dedican a la protección y defensa. Porque muchas veces, las primeras instancias de defensas ante situaciones de violación de derechos humanos y la naturaleza, no son necesariamente por organizaciones. Muchas veces son de personas que quedan a veces en el anonimato también, que parten con estas defensas, y también hay que resguardarlos. Por último, me queda medio alguito.

Creo que lo ideal sobre todo para las personas que nos escuchan, y para los compañeros y compañeras que tienen deseo de dialogo, es que, acá creer que alguien tiene la verdad absoluta, sería francamente un error, todos tenemos parcialidad de verdad, porque todos pertenecemos probablemente a sectores de la sociedad, y sectores socioeconómicos de la sociedad, diversos. O sea, que hasta ahora es muy difícil encontrar la política, porque tiene a ser un espacio bastante homogénea, entre una oligarquía, que habitualmente ha gozado de tener poder y sabe cómo usarlo. Acá tenemos diferencias y entre diferentes, para las personas que tienen probablemente problemas de ego, es mucho más fácil anular al otro, y anularlo aludiendo a criterios de conocimiento, inteligencia, sin realmente conocerlo, es una de las herramientas más fáciles y lo hemos conversado en procesos de discusión, anular al otro.

Así que, mi llamado en general, es a las personas que nos están escuchando, a que ojalá puedan verificar la información de todos y todas las constituyentes, la información que dice. Y sobre respecto a la desigualdad en Chile, es muy fácil, efectivamente ahora, y se agradece en este sentido, el acceso a la información a través de los medios digitales, poder buscar, no voy a seguir pasando propaganda de una empresa, pero, meterse a internet, abrir un buscado, poner aquellas consultas que uno tenga, e ir a fuentes confiables. Ustedes podrán encontrar la página de la OCDE, la página del Banco Mundial, la página de la Biblioteca del Congreso Nacional, la página del Ministerio del Desarrollo Social, podrán encontrar distintas fuentes de información, que espero, les sean, entiendo aceptadas por todos.

Y, por otra parte, si es que les queda un ratito, yo no invito a nadie a leer, pero diría que hay un gran libro que se llama: “La gran brecha”, y que justamente fue escrito por Joseph Stiglitz, que me imagino, que tampoco creerán que es una persona ignorante. Así que, la invitación es a informarse, para efectivamente dar un voto con consciencia tranquila y no en base a imparcialidades de verdad, no voy a decir nada más de mentiras, porque son evidentes, pero sin duda las parcialidades de verdad. Eso, muchas gracias.

Coordinación: Convencional Marinovic, tiene la palabra, hasta por tres minutos que le quedan todavía.

Marinovic: Gracias, coordinadora. Nosotros nunca nos hemos presentado como defensores del pueblo, yo no digo que soy dueña del pueblo, no digo que soy del pueblo, no trato al pueblo y a la gente en general como si fueran niños, esos son ustedes, yo simplemente defiendo principios que creo buenos, y sí, también buenos para nosotros, para todos, para mí y para todos. Y digo la verdad, y por eso la gente me cree, a algunos les caigo mal, eso es cierto, pero me creen. Y entre otras cosas, porque no actúo como madre superiora, ni voy por la vida haciéndome la buena, y hablando, acusando a otros de defectos morales. En materia de libertad de enseñanza, he de decirle, convencional Abarca, que usted o está equivocada, o miente, supongo que está equivocada más bien.

La norma que se aprobó es una norma que reconoce la libertad de enseñanza, no el derecho preferente de un padre de educar a su hijo, y eso es muy distinto desde el punto de visto jurídico, luego decirle que otro inciso de la norma dice que la libertad de los padres, la libertad de los padres, profesores, educadores, comprende la libertad para diseñar metodología, o sea, ni siquiera va a intervenir en el contenido, o sea, puedo elegir cómo, y esto, por supuesto que va por un sistema único. Después, habla de los particulares pueden fundar colegios y proyectos ejecutivos, pero de acuerdo con lo que diga el Estado, y, además, como último límite que es muy grave, porque esto conecta con la norma de la educación sexual. Este derecho se ejercerá considerando el interés superior y la autonomía progresiva del niño, niña y adolescente, como le gusta decir a ustedes.

Que no es el interés superior del niño, niña y adolescente, el interés superior que consideran ustedes. En todo caso, convencional Abarca, cuando hablamos de educación, hablamos siempre de una visión o una aproximación que incluye una perspectiva épica, la de ustedes también la tienen, nosotros simplemente queremos consagrar el derecho, no la libertad, el derecho preferente de los padres de educar a sus hijos, no sólo a criarlos. Y eso incluye el derecho, no sólo formar colegios, sino que elegir los contenidos que aprenden, a elegir la forma en que se hace, a tomar todas las decisiones que están incluidas dentro de la educación. Muchas gracias.

Coordinación: Convencional Abarca, tiene sus dos minutos por haber sido interpela.

Abarca: Gracias, coordinadora. Sí, yo creo que ambas tenemos problemas de comprensión aparentemente, convencional Marinovic. Porque, lo que yo expresé, y lo cito textual: “Hacerles saber a la gente, que mañana el Pleno determinará en su norma de educación, la responsabilidad preferente de los cuidadores para educar a sus hijos, hijes o niños que cuidan”. Eso es lo que yo dije, evidentemente también creo que hay una confusión entre el concepto moral y ética, no son lo mismo. Por último, el que lo ha escuchado acá, porque no solamente me mencionó la convencional Marinovic, también me mencionó la convencional Cantuarias, y ellas aluden constantemente a ciertas opiniones, aquí no estamos expresando opiniones, aquí no se trata de qué me gusta a mí o le gusta a usted. Incluso, ustedes dijeron: “a mí me gusta el senado”, bueno, a la mayoría de las chilenas y chilenos, no les gusta el senado. Y están a favor, según las encuestas que tanto también les gusta mencionar, Data Influye sacó una, donde dice que más del 55% de las chilenas y chilenos, están de acuerdo con la iniciativa de eliminar el senado. Por lo tanto, aquí no estamos para legislar por lo que nos guste o no nos guste, estamos para legislar en función de la ciudadanía que nos eligió.

Coordinación: Convencional Ossandón, tiene la palabra.

Ossandón: Gracias. Espero no salir trasquilado, pero yo quiero hablar de forma muy breve respecto a una norma que me salta a la vista, y esto demuestra también lo perjudicial que ha sido este cambio de forma, creo yo, porque antes, al ir revisando norma a norma, con discusiones, con exposiciones, creo que había un espacio para evitar errores, que hoy día, lamentablemente, creo que por hacer rápido el trabajo, no va a existir, y se nos van a pasar varios elementos como este, y lamentablemente probablemente el día de mañana nos vamos a tener que comer el sapo cuando la Constitución esté lista, o el proyecto esté aprobado. Pero yendo al punto, específicamente respecto al artículo 10, se menciona en uno de los incisos que ninguna persona será detenida por deudas, este principio no limita los mandatos de autoridad judicial competente dictado por incumplimiento de deberes alimentarios.

Esto está perfecto, pero tiene un simple problema que me acaba de saltar a la vista, algo que está contemplado en la Ley N°17.322 en sus artículos 12 y 14, en virtud del cual se autoriza a los tribunales de cobranza laboral y previsional, a ordenar el arresto de hasta por 15 días de un empleador o representante legal de alguna empresa, que se haya apropiado indebidamente de los dineros previstos para el pago de cotizaciones (fonético) previsionales.

No sé qué les parece a ustedes, pero yo creo que la deuda de pago cotizaciones previsionales, creo que es algo tan grave como el no pago de derechos de alimentos. Por lo cual, en virtud queda el efecto, y esto no está contemplado en el artículo, en el día de mañana podría quedar abierto el espacio para que no se paguen cotizaciones y no exista una norma gravosa, como establece la Ley N°17.322 que creo que es lo mínimo, porque tenemos que tener un resguardo de los trabajadores.

Los invito a coger la indicación N°90 de los convencionales Harboe y Barceló, para suprimir dicho inciso sexto. Entiendo de que, en mi posición, creo que esto es realmente grave, y demuestra otra vez, que lamentablemente, este método de deliberación nos ha llevado a errores y nos va a seguir llevando a errores, porque al final, esto se traduce en un simple discurso de lado y lado. Gracias.

Coordinación: Convencional Montealegre, tiene la palabra.

Montealegre: Muchas gracias, coordinador. Yo súper cortito, porque yo sé que estamos en el tiempo, pero quisiera precisar respecto a lo dicho que ha emitido el Vicepresidente de la Convención Constitucional, en lo relativo a la materia de derecho a la vida y aborto. Hoy en día en la propuesta de texto de nueva Constitución, que ya está aprobado, inamovible, existe un aborto libre, sin causales, sin consecuencias, sin limitaciones, y lo que hacen algunas de las indicaciones, como, por ejemplo, de la convencional Pustilnick, es establecer que la ley regulará el ejercicio de estos derechos, no lo limita, no establece límites, ni protección a las personas que están por nacer. Así que, creo que se debe entregar toda la información, y que esta información sea clara para la ciudadanía. Muchísimas gracias.

Coordinación: Se ofrece la palabra. Convencional Meneses.

Meneses: Muy breve, coordinador, muchas gracias. Sólo precisar para que las personas que nos están escuchando, cuando yo menciono que la derecha y la ultraderecha no tienen propuestas, no es lo mismo decir que presentan cientos de indicaciones. Cientos de indicaciones que van apuntando a mantener el modelo tal y cual está, lo que yo apunto, lo que yo estoy esperando, que tuvieran la posibilidad de decir alguna propuesta de transformación real. Porque estamos en una Convención Constitucional que pretende eso, una transformación profunda a nuestro país, si quieren reformas, está el congreso, ahí disponible, para que hagan reformas maquillando algunas cosas. Pero aquí, el mandato que tenemos es a transformar, entonces a eso apunto, que presenten cientos de indicaciones, no significa que tengan un proyecto de transformación. Muchas gracias.

Coordinación: Convencional Ossandón.

Ossandón: Gracias, señor coordinador. Yo quisiera decirle a la convencional Meneses, que, en su rol de convencional, ella tiene todo el derecho de hablar lo que quiera, pero decir que las indicaciones no tienen ninguna propuesta, es un descaro, y por favor, primero léalas, porque claramente, acá es como jugar a una carrera de caballos arreglada, que sabemos que su apellido dice relación con la aprobación de normas. Tenga un mínimo de respeto con las personas que hemos trabajado acá, con los periodos que hemos perdido, y si quiere decir que acá son puras improvisaciones, vaya a decírselo a mis hijos, a los cuales los veo muy poco en la semana por el nivel de trabajo que tengo con esto. Yo no se lo voy a aguantar, ni a usted, ni a nadie acá, como el convencional Labbé también lo dijo, que somos representantes de las grandes empresas, que me vengan a tratar de vendido, ni a mí, ni a Bárbara, ni a quienes represento.

Porque yo, si estoy acá, esto es por el amor a mi país, yo no hago juicios contra usted, ni contra el convencional Labbé u otros que han señalado, yo parto acá de que todos estamos por el amor a nuestro país. Pero, que venga a acusar de que las indicaciones no tienen propuestas de fondo, es un descaro, no las ha leído, usted no conoce mi historia personal ni familiar, dista mucho de una posición de comodidad, porque yo podría estar en mi casa con muchas comodidades, y en una situación económica mucho mejor de la que tengo actualmente, pero si estoy acá, es porque, ante todo, quiere a mi país, y quiero transmitirles a mis hijos de que el amor a la patria es un valor fundamental en la vida. No le voy a aguantar que venga a señalar ese nivel de descalificaciones sin ninguna argumentación de fondo. Gracias.

Coordinación: Se ofrece la palabra. Convencional Labbé, tiene la palabra.

Labbé: Muchas gracias, coordinador. Bueno, he sido nombrado un par de ocasiones el día de hoy. En realidad, yo jamás me he referido directamente en mis palabras, a ningún convencional en específico, quizás alguien se siente aludido, eso ya no es responsabilidad mía. Nuestro trabajo, nuestras indicaciones, y principalmente desde movimientos sociales en los que nosotros hemos planteado, y que efectivamente, trabajamos y vemos las indicaciones dentro de su complejidad, sabemos que gran parte de las indicaciones que se presentan desde el sector de la derecha, plantean maquillar la actual Constitución, o mantener ciertos elementos que para nosotros son sustanciales y que deberían transformarse. Creo que eso tiene que quedar sumamente claro.

No quiero seguir ahondando en esta discusión que no tiene ningún sentido, sabemos que hay posiciones diferentes en cuanto a nuestras propuestas, nosotros estamos abogando por transformaciones, estamos presentando mandatos que vienen desde nuestras organizaciones, nosotros también tenemos que hacernos cargo de nuestra representación, porque fuimos elegidos. Venimos a establecer una nueva Constitución democrática, por primera vez en la historia de Chile, tener un espacio de democracia abierto, para considerar derechos sociales y también pensar en el futuro, y pensamos evidentemente en Chile, en nuestras familias, lo estamos viendo siempre desde esa perspectiva.

Así que en ese sentido, responderle eso al convencional Ossandón, jamás, al menos yo, lo he mencionado en mis palabras, si él se siente aludido, es su responsabilidad, y también qué bueno que vaya reconociendo sus privilegios, tal como el mismo lo mencionó, que a partir de que esta situación económicamente no le favorece, porque claramente pertenece a otro grupo social, en el cual está muy cómodo y evidentemente de eso también se quiere hacer cargo con sus indicaciones, con su trabajo en esta Convención. Muchas gracias.

Coordinación: Se ofrece la palabra, por última vez, si no, vamos a cerrar el debate y vamos a cerrar la sesión. Se ofrece la palabra. Bien. Al no haberse solicitado más palabras, se cierra el debate, y por haberse cumplido con su objeto, y siendo las 13:40 horas, se levanta la sesión. *****

Registro audiovisual de la sesión se encuentra disponible en

https://convencion.tv/video/comision-derechos-fundamentales-n64-lunes-18-de-abril-2022

Por haber cumplido con su objeto, se levantó la sesión a las 13:40 horas.

CRISTIAN ORTIZ MORENO

Secretario de la Comisión

Secretaría Comisión sobre Derechos Fundamentales

1

Secretaría Comisión sobre Derechos Fundamentales

1

[1] Las indicaciones aludidas en esta sesión
refieren a aquellas contenidas en el comparado disponible en: https://www.cconstituyente.cl/comisiones/verDoc.aspx?prmID=2600&prmTipo=DOCUMENTO_COMISION