Decreto 213 EXENTO
Decreto 213 EXENTO FIJA TARIFA DE ANÁLISIS DE PUREZA VARIETAL EN SEMILLAS POR TÉCNICA DE ISOELECTROENFOQUE
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Promulgación: 28-ABR-2009
Publicación: 04-JUL-2009
Versión: Única - 04-JUL-2009
FIJA TARIFA DE ANÁLISIS DE PUREZA VARIETAL EN SEMILLAS POR TÉCNICA DE ISOELECTROENFOQUE
Santiago, 28 de abril de 2009.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 213 exento.- Visto: el oficio Ord. Nº 3.725, de 2009, del Servicio Agrícola y Ganadero; el artículo 6º del DFL Nº 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, orgánico del Ministerio de Agricultura; el artículo 7, letra ñ), de la ley Nº18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, y sus modificaciones; el artículo 16 del decreto supremo Nº 186, de 1994, del Ministerio de Agricultura; la resolución Nº 7, de 1997, de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el artículo 32, Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando
1.- Que el artículo 6 del DFL Nº 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, orgánico del Ministerio de Agricultura, faculta al Servicio Agrícola y Ganadero a cobrar las tarifas y derechos que se fijen por decreto supremo, por las inspecciones, análisis, certificaciones y demás trabajos, informes y estudios que sus departamentos técnicos hagan a pedido de otros servicios públicos o de particulares.
2.- Que el artículo 3º de la ley Nº 18.755, orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, y sus modificaciones, establece, entre las funciones y atribuciones que corresponderá al Servicio para el cumplimiento de su objeto, prestar asistencia técnica directa o indirecta y servicios gratuitos u onerosos, en conformidad con sus programas y cobrar las tarifas y derechos que le corresponda percibir por sus actuaciones.
3.- Que el análisis de pureza por técnica molecular en semillas es un servicio que otorga el Servicio Agrícola y Ganadero a solicitud de terceros,
Decreto:
1º.- Fíjase la tarifa que a continuación se detalla, para ser aplicada en los análisis de pureza por técnica de isoelectroenfoque, que el Servicio Agrícola y Ganadero, a solicitud de terceros, practique en semillas:
Tarifa por Muestra
(Valor en U.T.M., equivalente
en moneda nacional)
Análisis de pureza
por técnica molecular
en semillas 10,1
2º.- La tarifa fijada por el presente decreto no incluye los impuestos correspondientes.
3º.- El presente decreto regirá a contar del primer día hábil del mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 04-JUL-2009
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04-JUL-2009 |
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