Resolución 179 EXENTA
Resolución 179 EXENTA FÍJESE "NORMA TÉCNICA DE SEGURIDAD Y CALIDAD DE SERVICIO PARA SISTEMAS MEDIANOS"
MINISTERIO DE ENERGÍA; COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA
FÍJESE "NORMA TÉCNICA DE SEGURIDAD Y CALIDAD DE SERVICIO PARA SISTEMAS MEDIANOS"
Núm. 179 exenta.- Santiago, 8 de marzo de 2018.
Vistos:
a) El DL Nº 2.224, de 1978, que crea la Comisión Nacional de Energía, en adelante, "Comisión", modificado por la ley Nº 20.402, que crea el Ministerio de Energía, en especial lo dispuesto en los artículos 7º y 9º letra h);
b) El decreto con fuerza de ley Nº 4 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1 del Ministerio de Minería, de 1982, modificado por la ley Nº 20.936, en adelante e indistintamente, "Ley General de Servicios Eléctricos" o "Ley", en particular, lo dispuesto en su artículo 72º-19;
c) El decreto supremo Nº 11, de 2017, del Ministerio de Energía, que aprueba reglamento para la dictación de normas técnicas que rijan los aspectos técnicos, de seguridad, coordinación, calidad, información y económicos del funcionamiento del sector eléctrico, en adelante "Reglamento";
d) La resolución exenta Nº 754 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2016, que aprueba Plan de Trabajo Anual para la Elaboración y Desarrollo de la Normativa Técnica correspondiente al año 2016, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 72º-19 de la Ley General de Servicios Eléctricos, en adelante "resolución exenta Nº 754";
e) La resolución exenta Nº 792 de la Comisión, de 23 de noviembre de 2016, que fija normas de procedimiento para la dictación de normas técnicas para el funcionamiento del sector eléctrico en los términos del artículo 72º-19 de la ley, en adelante "resolución exenta Nº 792";
f) La resolución exenta Nº 23 de la Comisión, de 13 de enero de 2017, que aprueba Plan de Trabajo Anual para la Elaboración y Desarrollo de la Normativa Técnica correspondiente al año 2017, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 72°-19 de la Ley General de Servicios Eléctricos, modificada por las resoluciones exentas de la comisión Nº 424 y Nº 469, ambas de 2017;
g) La resolución exenta Nº 185 de la Comisión, de 17 de abril de 2017, resolución de inicio del proceso de elaboración de la Norma Técnica de Sistemas Medianos, contenida en el Plan Anual para la elaboración y desarrollo de la normativa técnica correspondiente al año 2017, en adelante "resolución exenta Nº 185";
h) La resolución exenta Nº 274 de la Comisión, de 31 de mayo de 2017, que designa integrantes del Comité Consultivo Especial que colaborará en la elaboración de la Norma Técnica de Sistemas Medianos, contenida en el Plan Anual para la elaboración y desarrollo de la normativa técnica correspondiente al año 2017, y fija plazo para la celebración de la primera sesión de constitución del mismo, en adelante "resolución exenta Nº 274";
i) El aviso de la Comisión sobre inicio de la consulta pública del borrador de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio para Sistemas Medianos, publicado en el Diario Oficial el 24 de noviembre de 2017;
j) Las observaciones recibidas por la Comisión en el marco de la consulta pública del borrador de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio para Sistemas Medianos, a través de correos electrónicos de fecha 14 de diciembre de 2017;
k) El Informe Consolidado de Respuestas a que se refiere el artículo 34º del Reglamento, aprobado por la resolución exenta Nº 159 de la Comisión, de fecha 23 de febrero de 2018, en adelante "resolución exenta Nº 159"; y,
l) Lo establecido en la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
a) Que, el artículo 72º-19 de la Ley establece que la Comisión deberá fijar, mediante resolución exenta, las normas técnicas que rijan los aspectos técnicos, de seguridad, coordinación, calidad, información y económicos del funcionamiento del sector eléctrico, debiendo establecer un plan de trabajo anual que permita proponer, facilitar y coordinar el desarrollo de tales normas, en el marco de un proceso público y participativo cuyas normas deben ser establecidas en un reglamento;
b) Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72º-19 de la Ley, la Comisión dictó la resolución exenta Nº 754, que consideró como parte del Plan de Trabajo Anual para la elaboración y desarrollo de la normativa técnica del año 2016, la elaboración de la Norma Técnica de Sistemas Medianos, a la que se refiere el Reglamento de Operación y Administración de los Sistemas Medianos establecido en la Ley General de Servicios Eléctricos, cuyo proceso de elaboración continuó en el año 2017, de acuerdo a lo señalado en la resolución exenta Nº 23;
c) Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72º-19 de la Ley y la resolución exenta Nº 23, la Comisión dictó la resolución exenta Nº 185, correspondiente a la resolución de inicio del proceso de elaboración de la Norma Técnica de Sistemas Medianos;
d) Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72º-19 de la Ley y la resolución CNE Nº 23, la Comisión dictó la resolución exenta Nº 274, que designó a los integrantes del Comité Consultivo Especial de la Norma Técnica de Sistemas Medianos;
e) Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32º y 33º del Reglamento y en la resolución exenta Nº 185, la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio para Sistemas Medianos fue sometida a consulta pública entre los días 23 de noviembre y 14 de diciembre, ambos de 2017;
f) Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34º del Reglamento, las observaciones recibidas por la Comisión en el marco de la consulta pública, señaladas en el literal j) de vistos, fueron analizadas y respondidas fundadamente a través del Informe Consolidado de Respuestas, aprobado por resolución exenta Nº 159;
g) Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35º del Reglamento, la Comisión fijará la norma técnica definitiva, disponiendo su publicación en el Portal Normativo y en el Diario Oficial; y,
h) Que, habiéndose dado cumplimiento al procedimiento para la dictación de normas técnicas establecido en el Reglamento, corresponde fijar a través del presente acto administrativo la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio para Sistemas Medianos.
Resuelvo:
Artículo primero: Fíjese la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio para Sistemas Medianos, cuyo contenido íntegro se señala a continuación:
Artículo segundo: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 y segundo transitorio del decreto supremo Nº 11, de 2017, del Ministerio de Energía, que aprueba reglamento para la dictación de normas técnicas que rijan los aspectos técnicos, de seguridad, coordinación, calidad, información y económicos del funcionamiento del sector eléctrico, publíquese la presente resolución en el sitio web de la Comisión y en el Diario Oficial. La Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio para Sistemas Medianos deberá estar disponible a más tardar el mismo día en que se publique la presente resolución exenta, en forma permanente y gratuita para todos los interesados, en formato Acrobat (*.pdf), en el sitio web de la Comisión.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 14-MAR-2018
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14-MAR-2018 |
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