Decreto 82
Decreto 82 MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE CHAÑARAL
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE CHAÑARAL
Santiago, 15 de mayo de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 82.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo N° 126, de 1997, modificado por decreto supremo N° 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y
f) El decreto supremo N° 570, de 29.06.2007, que otorgó la concesión, y modificación posterior, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
a) La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, ingreso Subtel N° 90.481 de 15.07.2016, complementada mediante ingreso Subtel N° 106.320 de 19.08.2016;
b) El informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, notificado mediante ingreso Subtel N° 98.333 de 03.08.2016, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38º de la ley N° 19.733 de 2001;
c) La resolución exenta N° 2.430, de 16.11.2016, que autorizó previamente la transferencia;
d) El instrumento privado de fecha 05.01.2017;
e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel N° 5.692 de 12.01.2017; y, en uso de mis atribuciones.
Decreto:
1. Modifícase la concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQA-480, para la localidad de Chañaral, III Región, cuyo titular es Radio Corporación S.A., RUT N° 96.677.320-0, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es la Productora Domingo Sandoval E.I.R.L., RUT Nº 76.228.723-4, con domicilio en Avenida Bicentenario N° 4063, Torre D, Dpto. N° 22, comuna de Vitacura, Región Metropolitana.
2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 19-JUL-2017
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19-JUL-2017 |
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