Ley 19899
Ley 19899 MODIFICA LA LEY N°19.848 SOBRE REPROGRAMACION DE DEUDAS A LOS FONDOS DE CREDITO SOLIDARIO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Promulgación: 14-AGO-2003
Publicación: 18-AGO-2003
Versión: Única - 18-AGO-2003
Materias: Fondo de Crédito Solidario, Reprogramación de Deudas, Ley no. 19.848, Ley no. 19.899
LEY NUM. 19.899
MODIFICA LA LEY N°19.848 SOBRE REPROGRAMACION DE DEUDAS A LOS FONDOS DE CREDITO SOLIDARIO
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Modifícanse los siguientes
artículos de la ley N°19.848:
1) En el artículo 2º, reemplázase la expresión "dentro de los sesenta días siguientes contados desde la publicación en el Diario Oficial del Reglamento a que se refiere el artículo 14°" por la expresión "antes del 30 de septiembre de 2003".
2) En el artículo 4º, inciso tercero, agrégase a continuación de la frase "según cual sea mayor", un punto seguido y la siguiente oración "El deudor podrá realizar dicho pago hasta en cuatro cuotas mensuales, durante el año 2003.".
3) En el inciso tercero del artículo 4º, elimínase la última parte del inciso, desde la expresión ", y suscribir un pagaré".
4) Agrégase el siguiente inciso cuarto, nuevo, en el artículo 4º, pasando el actual inciso cuarto a ser quinto:
"Asimismo, el deudor deberá suscribir un pagaré que dé cuenta de su nueva deuda. El saldo se pagará hasta en diez cuotas anuales iguales y sucesivas, expresadas en Unidades Tributarias Mensuales.".
5) Intercálase, a continuación del artículo 13º, el siguiente artículo 13º bis, nuevo:
"Artículo 13º bis.- Interprétase el artículo 15° inciso 2° de la ley N° 19.287, en el sentido que las nóminas de los deudores morosos de los fondos solidarios de crédito universitario son públicas sin que les haya sido ni les sea aplicable lo establecido en la ley N° 19.812.".".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 14 de agosto de 2003 .- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Sergio Bitar Chacra, Ministro de Educación.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María Ariadna Hornkohl Venegas, Subsecretaria de Educación.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 18-AGO-2003
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18-AGO-2003 |
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