Decreto 95
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Decreto 95
Decreto 95 CREA COMISION ASESORA DEL MINISTRO DE AGRICULTURA PARA LA INDUSTRIA ALIMENTARIA CHILENA
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Promulgación: 08-OCT-2006
Publicación: 09-ABR-2007
Versión: Última Versión - 03-ABR-2013
CREA COMISION ASESORA DEL MINISTRO DE AGRICULTURA PARA LA INDUSTRIA ALIMENTARIA CHILENA
Santiago, 8 de octubre de 2006.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 95.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 24 y 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; los artículos 1º, 3º y 5º de la ley Orgánica Constitucional de la Administración del Estado; el D.S. Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y la resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1.- Que por mandato constitucional, corresponde al Presidente de la República el Gobierno y la Administración del Estado, tarea que ejerce con la colaboración de los organismos que integran la Administración del Estado, teniendo ésta como finalidad atender las necesidades públicas en forma continua y permanente y fomentar el desarrollo del país a través del ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución y las leyes.
2.- Que uno de los desafíos que el Gobierno se ha planteado en materia de competitividad y desarrollo, es conducir al país hacia su consolidación como "Potencia Alimentaria" a nivel mundial, para lo cual se requiere impulsar una estrategia nacional integrada y remover los obstáculos o restricciones que impidan la sustentabilidad de dicha estrategia.
3.- Que para enfrentar este desafío se requiere integrar y aunar los esfuerzos de diversos sectores y organismos públicos, coordinando y dirigiendo sus políticas y acciones hacia el diseño e implementación de una estrategia nacional de la industria alimentaria.
4.- Que para dichos efectos, se requiere contar con una comisión asesora ministerial integrada por todos los sectores y organismos vinculados a la promoción y desarrollo de la industria alimentaria, que preste su colaboración al Gobierno en el diseño e implementación de dicha estrategia nacional,
Decreto:
Artículo 1º.- Créase una Comisión asesora del Ministro de Agricultura para la Industria Alimentaria Chilena, que tendrá la misión de asesorarlo en todo cuanto diga relación con la identificación, formulación y ejecución de una estrategia nacional y de las políticas, planes, programas, medidas y demás actividades relativas a la consolidación de Chile como potencia alimentaria, y a servir de instancia de coordinación entre los organismos con competencias asociadas a dichas materias.
Artículo 2º.- Para el cumplimiento de su función, corresponderá a la Comisión, en especial, las siguientes tareas:
a) Formular y proponer una Estrategia Nacional de la Industria Alimentaria, así como las medidas, planes y programas tendientes a su ejecución y cumplimiento.
b) Servir de instancia de coordinación para la aplicación de la estrategia nacional de la industria alimentaria y de los programas, planes y medidas que en ese marco se implementen.
c) Velar por que la política exterior de Chile, en aquellas materias que tengan incidencia en asuntos relativos a la industria alimentaria, se adecue a la Estrategia Nacional, efectuando las proposiciones pertinentes.
d) Estudiar la legislación nacional vigente aplicable en materia de industria alimentaria y proponer las normas y reglamentos que sean necesarios para su perfeccionamiento, en orden a lograr la consolidación de Chile como Potencia Alimentaria.
e) Servir de instancia de coordinación de los organismos públicos que tengan competencias asociadas a la industria de los alimentos y su competitividad.
f) Las demás tareas que sean necesarias y pertinentes para el cumplimiento de su cometido de asesoría al Ministro de Agricultura.
Artículo 3º.- La Comisión para la Industria Alimentaria será presidida por el Ministro de Agricultura y estará integrada por los siguientes miembros:
1. La Subsecretaria de Agricultura.
2. El Subsecretario General de la Presidencia.
3. La Subsecretaria de Salud Pública.
4. El Director General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores.
5. El Director Nacional de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias (ODEPA).
6. El Director del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
7. El Director Nacional del Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP).
8. El Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO).
9. El Director del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).
10. El Director Nacional del Servicio Nacional de Aduanas.
11. La Directora de la Dirección de Promoción de Exportaciones (Prochile)
12. El Vicepresidente Ejecutivo del Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas.
13. El Presidente del Consejo de Innovación para la Competitividad.
14. El Presidente de la Fundación Chile.
15. El Presidente de la Federación de Productores de Frutas de Chile (FEDEFRUTA).
16. El Presidente de la Asociación de Productores Avícolas de Chile (APA) y de la Asociación de Productores de Cerdos de Chile (ASPROCER).
17. El Presidente de la Asociación de Exportadores de Chile (ASOEX).
18. El Presidente de la Asociación de Plantas Faenadoras Frigoríficas de Carnes (FAENACAR).
19. El Presidente de la Asociación de Empresas de Alimentos de Chile (Chilealimentos).
20. El Presidente de la Asociación de Exportadores de Productos Lácteos (EXPORLAC).
21. El Presidente de la Asociación de Productores de Aceite de Oliva (CHILEOLIVA).
22. El Presidente de la Asociación de la Industria del Salmón de Chile (SALMONCHILE).
23. Un representante de la Asociación de Productores de Vinos Finos de Exportación (CHILEVID) y de la Asociación de Viñas de Chile, nombrado de común acuerdo por ellas.
24. El Presidente de la Sociedad Nacional de Pesca (SONAPESCA).
25. El Presidente de la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA).
26. El Presidente del Consorcio Agrícola del Sur (CAS).
27. El Presidente del Movimiento Unitario Campesino y Etnias de Chile (MUCECH).
28. El Presidente de la Confederación Nacional La Voz del Campo.
29. El Presidente de la Fundación Cinco al Día.
30. Director Ejecutivo de la Agencia Decreto 41, AGRICULTURA
N° 1
D.O. 03.04.2013Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentaria, Achipia.
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D.O. 03.04.2013Chilena para la Calidad e Inocuidad Alimentaria, Achipia.
Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión podrá invitar a participar a otros funcionarios de la Administración del Estado, así como a personalidades de reconocida competencia de los ámbitos político, social, científico o académico, funcionarios públicos de alto nivel, expertos o personas, nacionales o extranjeras, de diversos sectores.
Artículo 4º.- La conducción de la Comisión corresponderá a su Presidente, quien impulsará las actividades necesarias para el cumplimiento de las tareas de la comisión.
La Comisión contará, además, con un Secretario Ejecutivo nombrado por su Presidente, quien le asistirá en el cumplimiento de sus funciones, asumirá las tareas que se le encomienden y actuará como coordinador de la Comisión ante los organismos de la Administración del Estado.
Para apoyar el cumplimiento de su cometido, la Comisión constituirá grupos operativos interinstitucionales por área o especialidad, cuya integración y cometido específico serán definidos por acuerdo de la Comisión.
Los integrantes de la Comisión y de los grupos operativos que aquella constituya, desempeñarán sus funciones ad honorem.
Artículo 5º.- La Comisión se reunirá con la periodicidad que acuerde y cuando la convoque su Presidente. En todo caso, celebrará a lo menos cuatro sesiones ordinarias en el año.
La Comisión fijará las demás normas para su funcionamiento, por unanimidad de sus integrantes, en la sesión constitutiva.
Artículo 6º.- El apoyo técnico y administrativo que se requiera para el funcionamiento de la Comisión será proporcionado por el Ministerio de Agricultura, a través de su Subsecretaría.
Artículo 7º.- Los órganos de la Administración del Estado y sus directivos y funcionarios deberán prestar, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y atribuciones, la colaboración que la Comisión les solicite para el cumplimiento de su cometido.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- "Por orden de la Presidenta de la República".- Alvaro Rojas Marín, Ministro de Agricultura.- Paulina Veloso Valenzuela, Ministra Secretaria General de la Presidencia.- María Soledad Barría Iroumé, Ministra de Salud.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Relaciones Exteriores.- Alejandro Ferreiro Yazigi, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- Osvaldo Andrade Lara, Ministro del Trabajo.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Cecilia Leiva Montenegro, Subsecretaria de Agricultura.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 03-ABR-2013
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03-ABR-2013 | |||
Texto Original
De 09-ABR-2007
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09-ABR-2007 | 02-ABR-2013 |
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